viernes, 30 de octubre de 2009

UNA INICIATIVA AMERICANA: EL TRIBUNAL INTERNACIONAL DE LA LIBERTAD SINDICAL EN MÉXICO


Se ha puesto en marcha del 26 al 29 de octubre, en Ciudad de México, una iniciativa muy interesante como fórmula de denuncia de las violaciones a la libertad sindical en un país determinado, en este caso en México. El Tribunal Internacional de la Libertad Sindical persigue en efecto analizar por expertos internacionales y nacionales algunos de los casos más relevantes en los que se ha producido una fuerte vulneración de los derechos de libertad sindical. Es un proyecto en el que han participado organizaciones sindicales y también organizaciones de defensa de los intereses de los trabajadores, abogados laboralistas y juristas universitarios. En México, han sido determinantes personas como Oscar Alzaga y el catedrático de la UNAM Enrique Larios, ambos en la foto. En el ámbito americano, Hugo Barretto, como profesor de la Universidad de la República de Uruguay y abogado sindical, y los laboralistas Lucho Ramírez, de la asociación argentina, y Luiz Salvador, abogado laboralista brasileño recién elegido presidente de la Asociación Americana de Abogados Laboralistas. En este Tribunal estuvo también presente por parte europea la UCLM a través de la profesora Marta Olmo. Es bien conocido que este tipo de iniciativas no tienen ninguna cobertura en nuestro país, al proceder de países con gobiernos "amigos" como lo son Colombia o México. En aquel país, sin embargo, prensa y televisión han recogido de forma amplia el hecho. La propia organización sindical regional americana, la CSA, ha seguido con evidente interés la noticia y es posible que su empleo como forma de visibilizar la agresión a la libertad sindical de los trabajadores, se traslade a otras experiencias. La huella del Tribunal Permanente de los Pueblos es muy clara al respecto. Seguramente se volverá sobre estos temas, pero ahora tan sólo se recogen, como documentos de interés, tanto la convocatoria al Tribunal y los motivos que explican su puesta en marcha, como la muy contundente Resolución que ayer mismo este organismo hizo público.




TRIBUNAL INTERNACIONAL SOBRE LIBERTAD SINDICAL EN MÉXICO
(Octubre 26-28, Cd. de México)

CONVOCATORIA

México es una de las naciones donde más se viola lo establecido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre libertad sindical. La libertad de asociación es una condición indispensable para defender o mejorar otros aspectos vitales de las condiciones de trabajo y de vida de la gente, castigadas nuevamente por la crisis económica. Ante la falta de libertad sindical, y en consecuencia, también se vive una simulación en materia de contratación colectiva y una violación sistemática de lo establecido por la propia OIT al respecto en su convenio 98, mismo que ni siquiera ha sido ratificado por el gobierno mexicano.
La “sindicalización” corporativa, la corrupción, la represión, la existencia de bandas de golpeadores y pistoleros para disputarse contratos y controlar a los trabajadores, con la complicidad de las autoridades, es una realidad. Hasta hace apenas unos meses la Suprema Corte resolvió a favor del derecho de los trabajadores al voto secreto y sin coerción en los recuentos sindicales.
Además, la autonomía de los sindicatos auténticos es vulnerada constantemente por la intromisión abierta del estado. En general, el registro de sindicatos o reconocimiento de sus direcciones electas están sujetos a la mayor arbitrariedad de las autoridades laborales.
A las viejas prácticas se ha sumado en los últimos tiempos algo todavía más perverso: los sindicatos y contratos de protección patronal. Se trata de un negocio entre verdaderas mafias y empresas, incluyendo trasnacionales, que pactan “contratos” con “sindicatos” fantasmas con el desconocimiento absoluto de los trabajadores sobre su existencia y de sus supuestos dirigentes. Fenómenos como la expansión abusiva del “outsourcing” vulneran igualmente de manera cotidiana los derechos laborales y sindicales de las y los trabajadores.
Los trabajadores mexicanos deben atravesar un verdadero viacrucis para contar con un sindicato auténtico y casi nunca lo consiguen, perdiendo muchas veces su trabajo y arriesgando incluso su integridad física. En México, pues, no existe prácticamente el derecho de libre asociación sindical y contratación colectiva. Resulta entonces una cruel ironía y una simulación inadmisibles que el año pasado el gobierno mexicano haya sido admitido como integrante del Comité de Libertad Sindical de la OIT. En todo caso, debería estar más comprometido que nunca en respetar ese derecho.
Democratizar la vida laboral es indispensable para hablar en serio de democratización del país y de respeto a los derechos básicos en México.
Es por todas estas razones que se ha impuesto la necesidad de crear una instancia civil de peso internacional y de indiscutible calidad moral que juzgue y resuelva sobre este grave problema y, por tanto, los próximos días 26, 27 y 28 de octubre tendrá lugar en la Antigua Escuela de Jurisprudencia de la Ciudad de México la constitución y primera sesión del Tribunal Internacional sobre Libertad Sindical en México.

ORGANIZACIONES CONVOCANTES

Organizaciones internacionales: Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas (ALAL), Federación Internacional del Transporte-Américas (ITF), Federación Internacional de Trabajadores de la Industria Metalúrgica (FITIM), Federación de Sindicatos de Holanda (FNV), Centro de Solidaridad de la AFL-CIO en México, Red de Solidaridad con las Maquiladoras (RMS-Canadá), Campaña Internacional contra los Contratos de Protección Patronal (CICPP)
Sindicatos mexicanos: Alianza de Tranviarios de México (ATM), Sindicato Minero Metalúrgico (SNTMMSC), Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), Unión de Técnicos y Profesionistas Petroleros (UNTYPP), Secciones 3, 7 y 9 del SNTE-CNTE, Sindicato 20 de Noviembre de la UVM, Sindicato de Trabajadores de la Vidriera del Potosí, Sindicato de Trabajadores del CONALEP, Frente Auténtico del Trabajo (FAT), Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA), Sindicato Independiente de Trabajadores de la UAM (SITUAM), Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear (SUTIN)
Asociaciones mexicanas: Asociación Nacional de Abogados Democráticos (ANAD), Unión de Juristas de México (UJM), profesores del Área Laboral y de Seguridad Social de la UAM Azcapotzalco, Área de Derechos Humanos de la UACM, profesores e investigadores del Área Jurídico Laboral de la UNAM, Red de Abogados Laboralistas, Centro de Reflexión y Acción Laboral (Cereal), Centro de Investigación Laboral y Asesoría Sindical (CILAS).

En cuanto a la resolución,es la siguiente:

TRIBUNAL INTERNACIONAL DE LIBERTAD SINDICAL
DECLARACIÓN DE OCTUBRE
Este Tribunal Internacional de Libertad Sindical, integrado desde la sociedad civil mexicana e internacional, se ha constituido con base al llamado que numerosas organizaciones sociales y civiles tanto internacionales como de México han hecho bajo la denuncia o presunción de sistemáticas violaciones a los preceptos básicos de la libertad sindical establecidos en convenios internacionales aceptados por México y en la Constitución y las leyes de este país. Partimos de que, en cualquier país del mundo, estas libertades son básicas e imprescindibles para medir el grado de democracia existente.
El Tribunal no pretende reemplazar a los tribunales e instancias legales nacionales e internacionales relacionadas con esta materia, sino coadyuvar a que éstas se apeguen y procedan con oportunidad con base a la normatividad internacional en la impartición de justicia en México, sobre todo cuando existen denuncias fundadas de que en los marcos nacionales se falta al respeto o se vulnera de plano a las normas básicas de la libertad sindical por parte de las empresas y de la mayoría de las autoridades laborales.
Reunidos en Audiencia Pública los días 26 y 27 de octubre del 2009 en la Ciudad de México, las y los integrantes de este jurado internacional hemos escuchado la acusación general sobre la vulneración sistemática de la libertad sindical en México por parte de un grupo de destacados abogados y expertos, así como los testimonios de dieciséis organizaciones de trabajadores. Hasta abril del 2010 -cuando se volverá a reunir y sostendrá nueva audiencia pública en la Ciudad de México antes de emitir su resolución final-- este Tribunal estará recibiendo más quejas o denuncias y pruebas de las organizaciones de trabajadores mexicanos y, desde luego, podrá recibir o escuchar los elementos de defensa que autoridades laborales o empresas deseen interponer, mismas que, como la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, han sido notificadas o lo serán en el curso de este proceso.
No obstante el carácter preliminar del trabajo realizado hasta ahora, y que por separado estaremos difundiendo un informe más amplio de las sesiones sostenidas, con los elementos y testimonios obtenidos y escuchados hasta ahora, las y los integrantes de este Tribunal podemos declarar que nos encontramos preocupados, sorprendidos y hasta escandalizados por la gravedad de las violaciones y la violencia contra los trabajadores que están ocurriendo en México, y podemos ya afirmar lo siguiente:
• Observamos graves, sistemáticas y sostenidas violaciones a prácticamente todas las normas y principios establecidos en los Convenios 87 y 98 de la OIT, así como en la Constitución mexicana y las leyes del trabajo de este país
• Más aún, vemos con gran preocupación que se vulneran también derechos civiles y humanos y garantías constitucionales junto con la violación de la libertad sindical
• Constatamos una grave ruptura de la legalidad en numerosos órdenes
• Observamos una institucionalización de la violencia contra todo movimiento de trabajadores que pretenda organizarse de manera autónoma o defienda esta autonomía frente a las empresas o el estado, e incluso la criminalización e la protesta y las dirigencias sociales
• Observamos restricciones y coerción evidentes de la libertad de expresión, y el abuso de algunos de los grandes medios de comunicación en la tergiversación de los hechos reales, de la verdad
En particular, no necesitamos esperar para expresar nuestra más profunda preocupación y condena a los gravísimas violaciones a los derechos humanos, laborales y sindicales de más de 44 mil trabajadores miembros del Sindicato Mexicano de Electricistas, cometidas con violencia por fuerzas policiacas y militares, además de una brutal campaña de algunos de los medios de comunicación contra el sindicato y su contrato.
En este caso, se afectan los derechos internacionales con plena vigencia en México, como el derecho al trabajo, al empleo estable, la prohibición de despidos arbitrarios y sin causa, a la seguridad social, "el derecho humano a un proyecto de vida", la integridad y dignidad de los trabajadores, reconocidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y se vulneran los derechos consagrados en la OIT del empleo, la libertad sindical y la contratación colectiva.
Asimismo, sin el debido proceso ni previa resolución de una autoridad jurisdiccional, se despidió por decreto a los 44 mil trabajadores, del mismo modo en que se extingue una empresa pública protegida por la Constitución y sin la autorización obligada del Congreso de la Unión que es el único responsable de su creación, lo que ocurre en el país de la primera Constitución avanzada de América, donde surgió el artículo 123 con derechos laborales para todo el mundo.
En el conflicto del SME, pero también en el caso que viene de tiempo atrás del sindicato minero, así como en el de los maestros del DF y otros que conocimos, consideramos que claramente ha sido quebrantado el estado de derecho, agravando el descontento social producido por la crisis actual.
Llamamos al gobierno mexicano a restablecer el estado de derecho y demandamos:
• La abrogación del decreto y la reapertura de la empresa pública Luz y Fuerza del Centro, así como la salida inmediata de la Policía Federal y el ejército de sus instalaciones
• La reinstalación inmediata de los trabajadores del SME con respeto a su contrato colectivo vigente
• Establecer una mesa de diálogo social con alternativas apegadas a la Constitución y a las normas internacionales
México, 28 de octubre de 2009
SUBSCRITORES DE LA DECLARACIÓN:

JAMES D. COCKCROFT (USA), MARTA OLMO (España), LUIS GUILLERMO PÉREZ, LYDIA GUEVARA (Cuba), KJELD JAKOBSEN (Holanda), LUÍS ENRIQUE RAMÍREZ (Argentina), LUIZ SALVADOR (Brasil), HUGO BARRETO GHIONE (Uruguay), RUBÉN DARÍO GONZÁLEZ (Venezuela), ROSARIO IBARRA, MIGUEL ÁNGEL GRANADOS CHAPA, MIGUEL CONCHA MALO, ANA COLCHERO, ALFREDO SÁNCHEZ ALVARADO, OSCAR ALZAGA, ENRIQUE LARIOS, EDUARDO MIRANDA (todos ellos de México).

jueves, 29 de octubre de 2009

La política y el derecho frente a la crisis (en el 90 aniversario de la Constitución republicana de Weimar): Habla Gerardo Pisarello





Se publica en este blog un anticipo del artículo del profesor Pisarello sobre la importancia actual de la Constitución de Weimar en un contexto general marcado por la crisis, como en los años 30 del siglo pasado. Es cierto sin embargo que en aquellos tiempos tanto la crisis del 29 como la gran crisis europea que atraviesa Weimar no se abrodan solo en sus aspectos económicos, sino que se presentaron como crisis directamente políticas. Este es el interés indudable de repensar Weimar hoy. Este artículo es una reconstrucción de la intervención y posterior discusión mantenida con los profesores Antonio Baylos Grau y Wilson Ramos Filho en el Seminario Crisis y derechos sociales: de Weimar al crack del año ocho, realizado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Castilla La Mancha (Ciudad Real), el 8 de octubre de 2009. Está dedicado a la memoria de Joaquín Herrera Flores. El texto íntegro del artículo publicado en Sin Permiso, se puede encontrar en esta dirección : http://www.rebelion.org/docs/94037.pdf . A continuación se insertan algunos párrafos del mismo.


Cuando la prensa o los analistas al uso intentan establecer paralelismos entre la crisis del 2008 y sus antecesoras, resultan inevitables las referencias a los años 30’ y al New Deal. Varios elementos podrían justificar la comparación: el hecho de que ambas hayan tenido su epicentro en los Estados Unidos, el “efecto Obama”, y sobre todo, la forma en que se resolvió el propio crack de Wall Street. Para muchos, en efecto, el New Deal rooseveltiano constituye un programa valiente, pero moderado al cabo, de intervención pública de la economía, que permitió salvar al capitalismo tanto de la garras del nazismo como del socialismo. Esta frecuente evocación del New Deal contrasta con el olvido o la escasa atención prestada, sobre todo en Europa, al otro escenario en el que transcurrió la gran crisis capitalista de entreguerras: el de los ensayos republicano democráticos que tuvieron lugar en países como Alemania, Austria o España.
A diferencia del halo de contenida audacia que rodea al New Deal, estas experiencias republicanas son con frecuencia presentadas como ejemplo de un conflicto entre “extremos” que se tendría que dejar atrás para siempre. Lo cierto, sin embargo, es que la luz que arrojan sobre el presente está lejos de haberse extinguido: por el trágico desenlace que tuvieron, desde luego, pero también por las expectativas de democratización radical que suscitaron, tanto desde el punto de vista político como económico.
Son las alternativas que abrieron, en efecto, las que justifican volver críticamente sobre estas experiencias republicanas y cotejarlas con un escenario en el que una salida neoliberal a la crisis neoliberal podría, como antaño, asestar un golpe irreversible al principio democrático y la entrada en una inédita era de autoritarismo y barbarie. El 90 aniversario de la Constitución de Weimar de 1919, el texto que cristalizó en Europa las potencialidades y límites de una de las más sugerentes alternativas republicano democráticas a la crisis capitalista, brinda una oportuna excusa para acometer esta reflexión.
Precisamente, la república de Weimar fue un intento de dar una salida democrática a la crisis de este capitalismo desbocado que, entre otros extremos, había conducido a la primera gran guerra europea. La alternativa republicana intentó proyectar su vocación democratizadora a todos los ámbitos, mostrando que la parlamentarización y la democratización de las anquilosadas estructuras políticas del Imperio eran inseparables de la parlamentarización y de la democratización radical de las estructuras económicas, comenzando por la empresa gran-capitalista y por las concentraciones cuasi-feudales de la tierra. La conquista y defensa de la democracia política, en otras palabras, no podía entenderse al margen de la democracia económica, industrial y agraria. Y la profundización de ambas, a su vez, constituía el horizonte irrenunciable de un republicanismo socialista digno de ese nombre.
Para llevar adelante este proyecto, naturalmente, era menester cambiar el sentido común dominante en múltiples frentes. No extraña, por eso, que la República de Weimar fuera un portentoso laboratorio de iniciativas económicas, políticas y jurídicas, pero también de vanguardias estéticas y culturales que iban desde la arquitectura de la Bauhaus, de Walter Gropius, al teatro de Bertolt Brecht, pasando por la pintura de Georg Grosz o el cine de Georg Wilhelm Pabst. La propia Constitución de 1919 fue un producto de aquel singular microcosmos. En una línea similar a la Constitución mexicana de 1917 y a la soviética de 1918, ambas hijas de sendos intentos de republicanización revolucionaria, la Constitución de Weimar fue la primera en Europa en reconocer una serie de derechos sociales dirigidos a asegurar las condiciones materiales para el ejercicio de la libertad. Pero junto a ello, configuró además una Constitución económica que permitía desterrar la existencia de poderes privados incontrolados e imponer, a su vez, la planificación de sectores productivos estratégicos en función del interés general. Su célebre artículo 153, por ejemplo, recordaba que la propiedad “obliga” y que, precisamente por ello, quedaba sujeta a expropiación por causa de utilidad pública y con criterios flexibles de compensación. Su artículo 156, por su parte, contemplaba el control público de la economía en beneficio del interés general, bien a través de la nacionalización de sectores claves como del posible desarrollo de formas cooperativas de propiedad. Finalmente, el célebre artículo 165 –que tuvo entre sus principales mentores al jurista socialdemócrata Hugo Sinzheimer- preveía la participación de los trabajadores en la determinación de las condiciones laborales y productivas a través de los consejos de fábrica.
Lo cierto, sin embargo, es que aunque la constitución no era socialista, contenía un programa que no suponía obstáculo alguno para los intereses de las clases populares y trabajadoras. La tragedia de Weimar, en parte, fue el fracaso de las fuerzas republicanas de hacer efectivas las promesas de democratización política y económica contenidas en la constitución. La miopía de las izquierdas y la ferocidad de la derecha, más que éste o aquél artículo concretos, desempeñaron un papel crucial en todo ello.
Las promesas constitucionales y el fracaso de Weimar, en todo caso, tendrían una incidencia clara en el desarrollo del resto de las nuevas repúblicas de entreguerra, desde la austríaca a la española. Luego serían olvidadas o marginadas, tras la segunda guerra mundial, como ejemplo de una época de “extremismos” y “maximalismos” que convenía dejar atrás. Ese desdén se profundizó aún más con el auge del neoliberalismo que, con la astucia del ladrón que señala a la multitud que lo adelanta mientras grita “¡al ladrón!”- pretendió que cualquier intento de civilización de la vida económica estaba destinado a convertirse en un camino inapelable hacia la servidumbre. Las lecciones de Weimar, sin embargo, no se desvanecieron. Siguieron allí, y de hecho continúan interpelando con sorprendente vitalidad a la crisis que atraviesa el capitalismo remundializado de nuestra época.
Naturalmente, una de las lecciones más concluyentes de Weimar es que para imponer un programa republicano socialista no bastan las buenas ideas, las buenas constituciones o las buenas declaraciones de derechos. El derecho, como recordaba M. Luther King, necesita ayuda. Y el programa jurídico-político republicano de ilustración y auto-ilustración popular exige, hoy como ayer, la organización y la fuerza suficientes para remover los férreos privilegios económicos, políticos, militares y culturales que, también hoy como hace 90 años, obstaculizan su realización.
El constitucionalismo social de entreguerras entendió que sólo aquellos que vivían de su trabajo podían ser el motor de un proceso de transformación de esta magnitud. Que la centralidad del trabajo no ha perdido vigencia es tan cierto como que su conformación interna y su sentido político han sufrido transformaciones significativas: como consecuencia de su creciente precarización y feminización; de su composición nacional y cultural cada vez más diversa; o, finalmente, de una crisis ecológica que sólo permite atribuirle un sentido emancipatorio si es capaz de servir a las necesidades básicas de las personas y, al mismo tiempo, a la conservación y reproducción de la vida en el planeta.
La organización y movilización, en todo caso, de la “humanidad sufriente” a la que el capitalismo mundializado ha mercantilizado hasta extremos inauditos, depende también de la existencia de fuerzas políticas y sindicales capaces de articular intereses y tradiciones plurales en torno a demandas unitarias. Y es aquí donde los fantasmas de entreguerra vuelven a comparecer. Para recordar, frente a los “oportunismos” y “maximalismos” de diferente signo, que a menudo las reformas aparentemente moderadas son imprescindibles para hacer avanzar causas más radicales, al tiempo que las demandas radicales, aunque lleguen a incomodar, suelen ser con frecuencia, como admitía el propio Max Weber, la única vía para obtener reformas concretas Por eso tiene sentido, 90 años después, volver a Weimar y a su proyecto constitucional. Para superar sus evidentes límites, en la línea de lo que pedía el joven Kirchheimer, pero sin renunciar, como exigía Neumann, a lo que de actual mantiene aquel viejo programa republicano.

lunes, 26 de octubre de 2009

POR UN MUNDO GLOBAL CON INCLUSIÓN SOCIAL: LA DECLARACIÓN DE LA ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE ABOGADOS LABORALISTAS





En el área cultural latinoamericana correspondiente a los juristas del trabajo, la Asociación de Abogados Laboralistas constituye una referencia insoslayable. Es manifiesta su posición de firme defensa de los derechos de los trabajadores y de sus sindicatos de clase. En el reciente congreso celebrado en México, han elaborado una extensa declaración de intenciones. Conocerla y posiblemente dialogar con ella desde Europa es del mayor interés, y seguramente algunos medios especialmente sensibles a este tipo de movimientos culturales y políticos, como la Revista de Derecho Social - Latinoamérica, lo publicará en sus páginas en el próximo número 6 (2009). Como adelanto, se copia a continuación.

CARTA SOCIOLABORAL LATINOAMERICANA

HACIA UNA SOCIEDAD PLANETARIA CON INCLUSIÓN SOCIAL



Los abogados laboralistas latinoamericanos, representantes de las asociaciones y agrupaciones adheridas a la ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE ABOGADOS LABORALISTAS (ALAL), reunidos en la Asamblea General Ordinaria celebrada en la ciudad de México el 23 de octubre de 2009, aprueban por unanimidad la siguiente declaración:
El sistema capitalista está pasando por una de sus peores crisis, ya que los coletazos de la debacle financiera se han trasladado al resto de la economía mundial. Una de sus peores consecuencias es el flagelo del desempleo, que rompe varios récords en muchos países. La propia Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) ha reconocido que la crisis ha barrido con millones de puestos de trabajo. Durante el corriente año 61 millones de personas fueron empujadas hacia la desocupación, y en el mundo hay 241 millones de desempleados, lo que representa la mayor cifra de la historia. En Estados Unidos, por ejemplo, el desempleo ha llegado casi al diez por ciento, la cifra más alta en varias décadas.
En su resolución “Para recuperarse de la crisis: un Pacto Mundial para el Empleo”, la O.I.T. dice que la crisis económica mundial “ha puesto al mundo ante una perspectiva prolongada de aumento de desempleo y agudización de la pobreza y la desigualdad”, a la vez que pronostica que, según enseñan experiencias anteriores, la recuperación del empleo sólo se alcanzará “varios años después de la recuperación económica”. Este organismo internacional reconoce en su documento que “El mundo debería ser diferente después de la crisis”, y mejor, agregamos nosotros.
Pero pecaríamos de ingenuos si pensáramos que la crisis del orden social y económico que está vigente en la inmensa mayoría de los países del planeta, se soluciona salvando a los bancos de la ruina, mediante la transferencia de billones de dólares aportados, en definitiva, por los contribuyentes de cada país. Más ingenuo aún es pensar que la solución pasa por una mayor regulación de los mercados financieros mundiales, medida absolutamente necesaria, pero también absolutamente insuficiente para alcanzar ese “mundo diferente” que propone la OIT.
La verdadera crisis del sistema capitalista son los más de mil millones de seres humanos que, según la FAO, padecen hambre y desnutrición. La crisis es el cuarenta por ciento de la población mundial que sobrevive con menos de dos dólares por día. Es el trece por ciento que no tiene acceso a fuentes de agua limpia y el treinta y nueve por ciento que no tiene agua corriente ni baño en su casa. El sistema está en crisis por la tremenda desigualdad social que ha generado, permitiendo que el veinte por ciento de los habitantes del planeta se queden con el setenta y cinco por ciento de la riqueza, mientras que el cuarenta por ciento que ocupa la base de la pirámide social sólo posee el cinco por ciento. Está en crisis porque, por ejemplo, mas de la mitad de la población del mundo no tiene acceso a un sistema de salud adecuado.
Está en crisis, en definitiva, porque produce ricos cada vez más ricos, a costa de pobres cada vez más pobres, no como una consecuencia no querida, sino como resultado natural y lógico de los principios y valores en los que se apoya. Esta tremenda desigualdad social se ve agravada por la impúdica ostentación de riqueza y poder que hacen las minorías privilegiadas. Sectores sociales dedicados al consumismo y al disfrute y que viven en la abundancia, que no tienen el menor pudor de exhibir su afán inmoderado de placeres frente a los que sufren miseria, indigencia y exclusión social.
El capitalismo ha generado una sociedad materialista e insolidaria, que no se conmueve frente a las situaciones radicalmente injustas que ella misma promueve de manera vergonzosa e inhumana. Un individualismo abyecto que todo lo ordena y subordina al provecho propio, avasallando sin culpa los derechos de los demás. Una clase social, particularmente en Latinoamérica, que es minoritaria pero rica y poderosa, y que monopoliza la producción, el comercio y las finanzas, aprovechando en su propia comodidad y beneficio todas las riquezas. Que goza de una enorme influencia en todos los poderes del Estado, y que la utiliza para mantener sus privilegios y reprimir toda amenaza a ellos. No en pocos países latinoamericanos un puñado de familias son propietarias de todos los bienes y riquezas, empujando a la pobreza y a la marginación a la inmensa mayoría del pueblo.
Es claro, entonces, que el capitalismo, en cuanto a la pretensión de todo orden social de ser justo, ha fracasado. Pero la caída del muro de Berlín y el colapso del llamado “socialismo real” ha dejado un vacío que aún no ha podido ser ocupado: la ausencia de un modelo social alternativo, apoyado en principios y valores diferentes. Y en esto somos nosotros, los intelectuales, los que estamos en mora con nuestros pueblos.
Sin lugar a dudas ha llegado el momento de dejar a un lado las actitudes defensivas y de decir lo que no queremos, para pasar a la etapa de comenzar a diseñar ese nuevo orden social, justo y solidario que esos pueblos merecen. Para ello es preciso convencernos que no hay nada que autorice a pensar que el sistema social vigente ha alcanzado una hegemonía total y definitiva. La ideología dominante nos ha querido convencer de que con el neoliberalismo la historia había llegado a su fin, y que cualquier cuestionamiento a ella era absurdo e irracional. La crisis actual del sistema capitalista prueba la falsedad de este slogan.
Pero es claro que entre el fracaso de un modelo social y su reemplazo por otro hay un largo trecho. Una cosa es tomar conciencia del agotamiento del modelo neoliberal, y otra muy distinta es ofrecer una alternativa creíble y convocante. Para ello tenemos que establecer con claridad los principios fundantes del nuevo orden social que anhelamos, elaborando una agenda concreta y realista de políticas e iniciativas. Un proyecto de cara al siglo XXI, que coloque al trabajador en el centro del escenario, que acabe con el flagelo del desempleo, que proponga una equitativa distribución del ingreso, que profundice la democracia y que baje a la realidad la justicia social.
A tal efecto, la ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE ABOGADOS LABORALISTAS hace tiempo que viene proponiendo la construcción de un nuevo paradigma de relaciones laborales, que constituya un piso inderogable para todos los trabajadores latinoamericanos. Una respuesta global a una crisis global del sistema capitalista. Una Carta Sociolaboral para Latinoamérica, como paso previo a una Constitución Social planetaria.
No hay otra región del mundo en la que existan mejores condiciones para un efectivo proceso de integración social, económica y política. Sin embargo, estamos en mora en el cumplimiento de algo que es un imperativo que emana de nuestras propias raíces históricas y culturales, con el que soñaron todos nuestros próceres. Poderosos intereses económicos internacionales, y la colonización cultural de nuestras clases dirigentes, explican este fenómeno.
Pero Latinoamérica tiene un destino común, tal como lo demuestran los similares procesos históricos vividos desde hace seis siglos. La feroz ofensiva neoliberal contra los derechos de los trabajadores, que todos nuestro países sufrieron en la década del ‘90, debería ser una prueba mas que suficiente de la necesidad imperiosa de integrarnos para establecer una estrategia de resistencia a nuevos intentos de dominación y explotación que seguramente se avecinan, y para construir un modelo alternativo al vigente.
Hay un escenario político en Latinoamérica excepcional. Con sus distintas realidades y contradicciones, Cuba, Nicaragua, Ecuador, Venezuela, Brasil, Argentina, Uruguay, Paraguay y Bolivia, viven procesos políticos que con mayor o menor intensidad apuntan a reemplazar el modelo social de los `90.
La Carta Sociolaboral para Latinoamérica debería establecer, en primer lugar, la libre circulación de bienes y personas, eliminando cualquier discriminación por razones de nacionalidad. Y debe fijar un denominador común en el nivel de protección de los derechos de los trabajadores, que actuará como un dique de contención frente a nuevos ataques que contra ellos intentará el neoliberalismo, quizás vestido con nuevos ropajes con los que pretenda disimular sus lacras y miserias.
Proponemos una legislación laboral supranacional, que contenga normas plenamente operativas e inmediatamente aplicables, para no repetir la triste experiencia de nuestros pueblos, de derechos y garantías constitucionales que se enuncian clamorosamente pero que jamás se bajan a la realidad.
La Carta Sociolaboral Latinoamericana debería consagrar el derecho a un empleo digno como un derecho humano fundamental. Un sistema de economía capitalista de acumulación privada ofrece un solo camino, a quienes no son titulares de los medios de producción, para acceder al consumo de supervivencia: el alquiler de su fuerza de trabajo para obtener una remuneración, que posteriormente pueda trocar por bienes y servicios. Esto significa que, por un lado, el trabajador se encuentra cautivo del sistema y, por otro lado, que éste sólo puede aspirar a un mínimo de legitimidad social si les garantiza a todos los trabajadores un empleo con una remuneración digna.
El ordenamiento jurídico, que pretende ser un sistema de organización social justo y de convivencia en paz, debería, en consecuencia, garantizar a los trabajadores un empleo estable que les posibilite tener un proyecto vital, o sea la posibilidad de construir un plan de vida que les permita pensar, a partir de una piso firme, en un futuro sentido como esperanza.
De esta premisa se desprenden varios derechos laborales que, repetimos, son derechos humanos fundamentales. En primer lugar el derecho al trabajo, que comprende el derecho a no ser privado de él sin justa causa. En segundo lugar la garantía de percepción de la remuneración, de la que se deriva la obligación de todos los que en la cadena productiva se benefician con el trabajo ajeno, de responder solidariamente ante la falta de pago. Ello sin perjuicio de la obligación de los Estados de crear fondos especiales para cubrir una eventual insolvencia patronal. Una remuneración digna, por otra parte, no es sólo aquella que le permite al trabajador cubrir sus necesidades y las de su familia, sino la que también contempla una creciente participación en la riqueza que el trabajo humano genera.
Pero todos estos derechos serían una mera fantasía si no se garantizara a los trabajadores la posibilidad de organizarse para defenderlos. Para ello la legislación debe asegurarles la libertad de asociación y la democracia interna. Sindicatos fuertes y dirigentes gremiales auténticamente representativos, democráticamente elegidos, y que sean la correa de transmisión de las demandas de sus bases y no voceros de los poderes constituidos, son la única garantía de la efectividad de los derechos laborales. Los representantes sindicales deberán gozar de la tutela necesaria para el ejercicio de sus mandatos, sin temor a represalias que puedan afectar su empleo o sus condiciones de trabajo. Además, deberá descalificarse todo tipo de discriminación o sanción contra cualquier trabajador o activista sindical, con motivo del ejercicio legítimo de sus derechos gremiales.
Lamentablemente observamos que en muchos de los países latinoamericanos se violan sistemáticamente los Convenios 87 y 98 de la OIT, sobre Libertad Sindical y Contratación Colectiva. México es un claro ejemplo de ello. El poder político y el poder económico, mediante prácticas que podemos calificar de mafiosas, intentan evitar que los trabajadores puedan constituir libremente sus organizaciones y elegir dirigentes auténticamente representativos. En Colombia la situación es aún peor, y la vida y la libertad de los activistas gremiales no vale nada.
Es en este marco que la ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE ABOGADOS LABORALISTAS propone al movimiento obrero y a todos los gobiernos latinoamericanos la aprobación de una CARTA SOCIOLABORAL LATINOAMERICANA, que contenga, entre otros, los siguientes derechos y garantías:
1) Libre circulación de personas en el espacio comunitario, sin discriminación en razón de la nacionalidad y con igualdad de derechos;
2) Relaciones laborales democráticas y sin discriminación de cualquier tipo, de manera tal que el trabajador, ciudadano en la sociedad, también lo sea en la empresa;
3) Derechos de información y consulta, en todos los temas relativos a la vida de la empresa que puedan afectar a los trabajadores;
4) Derecho a un empleo estable, y prohibición y nulidad del despido arbitrario o sin causa;
5) Derecho a un trabajo digno y de calidad que, como mínimo, responda a las pautas de la Organización Internacional del Trabajo;
6) Derecho a una retribución digna, que cubra todas las necesidades del trabajador y de su familia y que, además, tenga en cuenta los beneficios obtenidos por el empleador;
7) Derecho a una real y efectiva jornada limitada de trabajo. Los Estados deberán ejercer con la energía necesaria y con los medios adecuados su Poder de Policía, para evitar toda trasgresión a los límites horarios máximos de labor;
8) Derecho a la formación y capacitación profesional;
9) Derecho a la Seguridad Social, que cubra las necesidades vitales del trabajador y de su familia, frente a las contingencias sociales que puedan afectar sus ingresos económicos. La Seguridad Social debe ser función indelegable del Estado, por lo que deberá revertirse el proceso de privatización que sufrieron nuestros países en la década del ´90;
10) Institucionalización de una Renta Básica Ciudadana, como derecho de cada persona, sin importar su raza, sexo, edad, condición civil o social, de recibir una renta para atender sus necesidades vitales;
11) Derecho a la efectiva protección de la salud y la vida del trabajador, frente a los riesgos del trabajo. La gestión del sistema de prevención y reparación de los daños causados por los siniestro laborales, no podrá estar en manos de operadores privados que actúen con fin de lucro;
12) Derecho a la organización sindical libre y democrática;
13) Derecho a la negociación colectiva, nacional y transnacional;
14) Derecho de huelga, comprensivo de las diversas formas de presión y protesta, y sin restricciones reglamentarias que lo limiten o anulen;
15) Protección laboral real y efectiva para los trabajadores afectados al servicio doméstico y al trabajo agrario;
16) Garantía del cobro de los créditos laborales, estableciéndose la responsabilidad solidaria de todos los que en la cadena productiva se aprovechan o benefician de la fuerza de trabajo asalariada;
17) Creación de Fondos que cubran los casos de insolvencia patronal;
18) Garantía de una Justicia especializada en Derecho del Trabajo, con un procedimiento que recepte el principio de protección;
19) Tutela para los representantes y activistas sindicales contra cualquier represalia que pueda afectar su empleo o sus condiciones laborales;
20) Principio de progresividad, que significa no sólo la prohibición de retroceso social, sino el compromiso de los Estados de alcanzar progresivamente la plena efectividad de los derechos humanos laborales.

Nuestra propuesta no es una utopía. Es el desafío de navegar con esperanza, aún en medio de un mar tormentoso, hacia la integración latinoamericana; hacia la Patria Grande con la que soñaron los héroes de las luchas por la independencia. Lucha que no ha terminado y que nos encuentra en la primera línea del frente, de la batalla por la emancipación de nuestros pueblos.


Ciudad de México, 23 de octubre de 2009.

jueves, 22 de octubre de 2009

DECLARACIÓN DE LA CES SOBRE LA SALIDA A LA CRISIS

La llamada "salida de la crisis" alimenta el imaginario de las fantasías neoliberales. Hay un evidente concurso en los medios de comunicación sobre los males que acechan a la salida de la crisis, o incluso la imposibilidad de su superación si no se cumplen las condiciones desreguladoras de los derechos laborales en la línea de las llamadas "reformas estructurales". Frente a ese tema, la posición sindical, como se ha repetido en las páginas de este blog hasta la saciedad, es firme y razonable. Se esperaba por tanto un comunicado de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) que abordara estos problemas. Lo ha hecho en Estocolmo, el 20 de octubre, y Paco Soriano, de la oficina de CCOO en Bruselas, lo ha trasladado con eficacia probada. Es el que se copia a continuación. Como siempre, se echa en falta un poco más de "garra" en estos comunicados europeos, si bien hay que entender que se trata realmente de "contrapuntos" a reuniones y decisiones de los órganos comunitarios. No obstante, la introducción en los mismos de algunos elementos del proyecto sindical europeo respecto del tratamiento de la crisis, no estaría mal. (En la foto, un grupo multinacional de juristas del trabajo aguardan expectantes la declaración de la CES. Se destaca especialmente el abogado Rafael Carvallo, tocado con clásica gorra típica del sur de la cordillera andina).




Declaración del comité ejecutivo de la Confederación Europea de Sindicatos

Estocolmo 20/10/2009

1. Las elevadas deudas y los déficits públicos hicieron su reaparición en Europa. Con un déficit medio que debería alcanzar un 7% del PIB [ 1] en 2010, Europa vuelve a los niveles de déficit de cuando los Estados miembros empezaban a preparar su entrada en la unión monetaria. La mayor parte del déficit provienen de los estabilizadores automáticos: una reducción importante de la actividad económica reduce los ingresos fiscales y aumenta las prestaciones de desempleo. Sólo una pequeña parte (no más del 1% del PIB) debe asignarse a las medidas fiscales explícitas que se adoptaron con el fin de relanzar la actividad.

2. En la reunión informal del 1 de octubre, los Ministros europeos de Hacienda se pusieron de acuerdo sobre los principios básicos de una estrategia coordinada destinada a acabar con los incentivos fiscales expansionista: supresión "a su debido tiempo" del incentivo fiscal, consolidación estructural al 0,5% o más del PIB al año, reformas estructurales en el mercado laboral e inversiones a largo plazo. Por su parte, la Comisión Europea reclama una consolidación estructural a partir del momento en que el crecimiento corresponda al crecimiento potencial (calculada en el 1%) sin la ayuda de medidas de incentivación.

3. La consecuencia de esta elección política es que el desempleo sigue siendo elevado. Además la negativa a recurrir a una política fiscal que permite reducir el nivel de desempleo se traduce en una mayor presión en favor de la reforma de las instituciones del mercado laboral, y como consecuencia probable de un debilitamiento de los derechos de los trabajadores.

4. Es necesario tener en cuenta también el hecho de que la recesión actual no es una recesión normal. Es el sobreendeudamiento del sector privado, y no del sector público, que causa una debilidad estructural de la demanda global, el crecimiento y los empleos. La verdadera cuestión que debe tratarse actualmente no consiste en suprimir sino en saber cómo conservar y mejorar sensiblemente los incentivos fiscales con el fin de ayudar al sector privado a reducir sus deudas sin causar una disminución prolongada de la actividad económica.

5. Para ello, la CES incita vivamente a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos nacionales al reforzamiento sensiblemente de la cooperación macroeconómica europea y hacer de ello un nuevo motor de la demanda y del crecimiento para el próximo período. Eso significa:

Prevenir las estrategias de salida "oportunistas". En un momento en que varios Gobiernos ya intentan establecer medidas de saneamiento presupuestario, Europa necesita un urgente pacto de estabilidad "invertido" con el fin de evitar que los países no se precipiten prematuramente, y todos a la vez, hacia una desastrosa política fiscal.

Transformar el incentivo temporal en incentivo "a la inversión". El plan de reactivación es muy limitado [ 2] y muy fragmentado [ 3]. Por lo tanto, la CES propone transformar las medidas de política fiscal temporales y fragmentadas en una acción europea más potente: consagrar un 1% al año del esfuerzo de inversión del PIB en "la ecologización" de la economía [ 4], utilizando en los tres próximos años, los instrumentos de nivel europeo (Banco Europeo de Inversiones, presupuesto europeo.).

Movilizar la potencia financiera de Europa y hacer frente a la competencia fiscal. Es posible administrar un aumento de la deuda pública si el tipo de interés a pagar es bajo o disminuye. El Banco Central Europeo puede aportar una sustancial asistencia comprando obligaciones del Estado con el fin de hacer bajar los costes de los tipos de interés a largo plazo de las capacidades de financiación del Estado [ 5]. Además la emisión conjunta de una obligación europea/de la zona euro aumentaría la liquidez del mercado y reduciría las primas de liquidez de los tipos de interés a pagar por el Estado. Otra contribución importante a la durabilidad de la hacienda pública consiste en poner fin a la competencia fiscal en Europa y en aumentar la presión fiscal sobre las rentas [ 6] que son muy móviles pero tienen tasas de consumo poco elevadas.

6. Finalmente, la CES pone alerta contra el abuso de las "estrategias de salida" destinadas a renovar e intensificar la "desregulación estructural" de los mercados laborales. Las políticas de reducción del bienestar; de los salarios; de los servicios públicos; de la protección del empleo causaron desigualdades importantes y crecientes. Estas políticas que contribuyeron esencialmente a la crisis; no pueden sacarnos de ella. En particular, la política destinada a debilitar los sistemas de seguridad social, al aumentar la edad de la jubilación o al reducir los subsidios de desempleo, extenderá la inseguridad social a la cual los trabajadores y los ciudadanos responderán gastando menos y aumentando el ahorro por precaución. No es necesario fomentar un aumento de las tasas de ahorro del sector privado durante la crisis.

[ 1] en 2010, la deuda pública debería alcanzar un 84% del PIB. Fuente: previsiones de primavera de la Comisión

[ 2] solo representa un 0,6% del PIB en 2009)

[ 3] una acumulación de varias medidas políticas diferentes, incluido un lugar importante para las reducciones de impuestos. Sin embargo, estas reducciones de impuestos se traducirán principalmente en un aumento del ahorro y no en un aumento de los gastos.

[ 4] pasar a una economía pobre en carbono, a las energías renovables, a las tecnologías limpias, a coches y sistemas de transportes modernos.

[ 5] a pesar de la crisis, los tipos de interés a largo plazo de la zona euro no disminuyeron de manera sensible con relación a los niveles de antes de la crisis, lo que indica que los bancos acumularon la liquidez a bajo coste que les ha sido proporcionada por el banco central con el fin de aumentar su margen beneficiario.

[ 6] Beneficios de las sociedades, pagos de tipo de interés, fortunas financieras, impuestos sobre operaciones financieras

martes, 20 de octubre de 2009

SOBRE LAS ELECCIONES ALEMANAS: AVISO PARA NAVEGANTES. HABLA ANTONIO LETTIERI


En esta ocasión, el Grupo de Juristas Críticos de Parapanda ( retratados en la fotografía algunos de sus miembros) han recibido un interesante análisis de nuestro amigo Antonio Lettieri sobre el significado de las elecciones alemanas de finales de septiembre de 2009 y su implicación para el discurso de la izquierda socialdemócrata y socialista europea en adelante. El texto se ha publicado en la revista Eguaglianza e Libertà y aqui se presenta traducida por Antonio Baylos.





Cuando se celebre en Berlín, el 9 de noviembre, el vigésimo aniversario de la caída del muro con la participación de muchos Jefes de Estado y dirigentes mundiales, Angela Merkel espera encontrarlos, en su segundo mandato como Canciller, a la cabeza de un gobierno formado por la nueva coalición entre demócrata – cristianos y liberales. Las elecciones de final de septiembre han decretado el fin de la Gran Coalición junto con la derrota del SPD, el partido histórico de la socialdemocracia alemana fundado ya en tiempos de Marx. Una derrota amarga y desastrosa después de siete años de gobierno con Gehrard Schroeder y cuatro más de coparticipación en la Gran Coalición. Una derrota prevista, pero no por ello menos clamorosa. El SPD pasa del 34 al 23 por ciento de los votos, perdiendo un tercio de sus electores.


La dimensión del hundimiento resulta más dramática si se considera que, solo diez años antes el SPD había obtenido el 40 por ciento de los votos, cuando fue presidente del gobierno Gehrard Schroeder. ¿Qué cosa tan grave ha podido suceder para provocar una debacle tan desastrosa? Hay que señalar que ésta ha sido precedida por la derrota de los socialistas franceses y anticipa la ya anunciada de los laboristas ingleses en el 2010, por no hablar de la drástica reducción del Partido Democrático en Italia. En definitiva, puede extenderse este interrogante, en grado diverso, a los partidos de centro izquierda de los cuatro países más grandes de la Unión Europea. ¿Cuál es la causa de su imparable desmoronamiento? La tesis corriente es que la crisis de la izquierda europea hay que atribuirla a un cierto conservadurismo, a un residuo ideológico del siglo XX, a la incapacidad de entender las novedades del tiempo actual y adecuar a éstas las propuestas políticas. ¿Es este realmente el caso del SPD?.


La socialdemocracia alemana, desde Schroeder en adelante, no ha hecho sino adecuarse al análisis comúnmente establecido de los cambios sociales. Ha adoptado las ideas de la responsabilidad individual, del redimensionamiento de la función del Estado en la economía, de una progresiva desregulación del mercado de trabajo, de la reducción del estado social. El gobierno socialdemócrata no ha ahorrado ninguno de los que se consideran nuevos principios del reformismo: las llamadas “reformas estructurales”. El Neue Mitte, el “Nuevo Centro”, siguiendo la huella de la “Tercera Vía” de Tony Blair, se convirtió a finales de los años 90, en la estrella polar de la modernización socialdemócrata. En el comienzo de su segundo mandato, en el 2003-2004, el gobierno Schroeder dio a luz, con la Agenda 2010, uno de los más ambiciosos programas en sentido reformista que se conocen en Europa. Entre sus puntos centrales resaltaban los siguientes: la reducción de la prestación de desempleo para favorecer la movilidad del trabajo, la ampliación de la libertad de despido, el alargamiento de la edad pensionable hasta los 67 años, y otras más del mismo estilo.


Pero la adhesión a la visión neoconservadora dominante, velada apenas bajo la mistificación de la “tercera vía” no ha traído suerte a la socialdemocracia alemana. Ha contribuido por el contrario a borrar sus señas de identidad. Intentaba perseguir el famoso “centro”, lugar místico de las agregaciones políticas y electorales, y por el contrario ha perdido consensos tanto en la clase obrera como en las clases medias. ¿Se trata de un destino singular, aislado, o es una deriva del reformismo de una gran parte de los partidos de la izquierda europea? Sería interesante saber si los diversos candidatos a la Secretaría General del PD italiano han discutido la derrota electoral del SPD y, en su caso, qué conclusiones han sacado.


Pero volvamos a Alemania. El colapso del SPD no implica una derrota irrecuperable de la izquierda alemana. Die Linke, el partido de izquierda fundado en 2007 bajo la guía del viejo líder carismático de la socialdemocracia alemana, Oskar Lafontaine, que salió del SPD en tiempos del primero gobierno Schroeder, ha conquistado el 12 por ciento de los votos, más de un millón de los cuales provienen del SPD. Los Verdes han alcanzado con más del 10 por ciento el mejor resultado de su historia. En el total, la opción ciudadana que se coloca a la izquierda del próximo gobierno CDU-FDP puede contar con un 46 por ciento del electorado frente al 48 por ciento de la alianza gubernamental.


Después de la derrota, se ha producido un cambio en el grupo dirigente del SPD. En la Presidencia ha sido situado Sigmar Gabriel y en la Secretaría General Andrea Nahales, una mujer de 38 años de la izquierda del partido. La primera señal de un cierto giro ha sido la apertura de un diálogo con La Izquierda. Un nuevo posicionamiento de izquierdas, junto con Los Verdes, puede proponerse conquistar el gobierno de un buen número de Länder. Por primera vez una mayoría “roja-roja” formada por SPD y La Izquierda dirigirá el gobierno de Brandenburgo. En el 2010 se juega el gran partido de Renania del Norte – Westfalia, una región de 18 millones de habitantes, donde la izquierda podría desbancar al gobierno CDU. La partida que se juega en los Estados tiene importancia nacional porque puede modificar la composición del Bundesrat , la Cámara donde están representadas las regiones, con efectos generales sobre la política del gobierno federal.


En suma, tras la derrota se dibuja un cambio programático y político de la SPD hacia la izquierda. ¿Es un intento ilusorio o se trata de la posibilidad concreta de un giro político importante no solo para Alemania sino también para el resto de la izquierda europea? La pregunta está en el aire a la espera de desarrollos concretos. Pero ya ha sucedido algo y hay que constatarlo. La socialdemocracia alemana (y no sólo ella) ha seguido el reformismo sin principios inspirado en las políticas neoliberales y ha pagado un precio casi mortal por ello.


Volviendo a Italia (o en concreto al PD en búsqueda de una nueva identidad) el resultado de las elecciones en Alemania podría considerarse un “aviso para navegantes”. Una invitación a abandonar las tentaciones del magma centrista y el ambiguo reformismo social de derecha que en los mayores países europeos ha condenado a la izquierda a ser irrelevante. Un desarrollo que se debe considerar paradójico si se tiene en cuenta que la crisis actual a nivel global ha demostrado, por si todavía fuera necesario hacerlo, la vacuidad de las ideologías neoconservadoras que han dominado el mundo en los últimos dos o tres decenios.


18-10-2009.

sábado, 17 de octubre de 2009

SEMINARIO DE FILOSOFÍA EN EL ICEJC: HABLA ENRIQUE OLIVAS


El Instituto Complutense de Estudios Jurídicos Críticos anuncia para este curso la creación de un seminario permanente de filosofía que, en esta edició, se va a centrar en la Filosofía del derecho de Hegel. Su coordinador, Enrique Olivas, expresa los objetivos del seminario en el texto que se coloca a continuación; desde Parapanda se advierte que sin duda se trata de una iniciativa muy interesante y atípica en el mortecino panorama académico del pensamiento crítico de nuestro país.




El Seminario de Filosofía, es un espacio abierto que acoge a estudiosos e interesados con un riguroso criterio de estímulo dialógico entre los saberes, el pensamiento crítico y la interdisciplinariedad. Aspiramos a trabajar con la premisa del vínculo esencial entre los saberes y las acciones humanas. Muchos conocéis que este espacio se consolidó desde la experiencia de los seminarios con el maestro Juan Blanco. En la actualidad, el seminario de filosofía desarrolla su actividad dentro del ICEJC (Instituto Complutense de Estudios Jurídicos Críticos). Queremos enfatizar la naturaleza permanente de este seminario. En otras palabras, un esfuerzo colectivo por atrapar significaciones referidas a situaciones históricas determinadas: un grandísimo repertorio de conocimientos y saberes que están ahí, y que pertenecen a toda la especie.

Se trata de un producto específicamente social; expresión del trabajo humano. Somos conscientes de que no son patrimonio de ningún grupo ni caudal de algún agente o especialista diestro y adiestrado en hacer suyo lo que a todos pertenece; no estamos ni debemos estar en los lamentables subsuelos de la “cultura de la retribución” tan singularmente académica. Frente a todos los registros curriculares y frente a la farsa académica en general, es importante recordar aquello de “ de cada uno según su capacidad y a cada uno según sus necesidades.” No está de más tener esto en cuenta en tiempos de un pragmatismo ciego que sacraliza todo “lo dado”, y que considera “buenismo” cualquier intento de modificar las cosas. Frente a las distintas formas de presentismo que postulan las políticas del espectáculo, debemos reivindicar el conocimiento y difusión de la historia que se halla detrás de nuestras maltrechas instituciones Debemos apoyar las pretensiones altermundialistas en cuestionar los pretendidos derechos sobre los “territorios económicos”, así como los privilegios de que gozan la multitud de individuos cínicos que lucen sus títulos y méritos como pavos académicos, sabiendo que el único suelo firme del orden social es el dinero: ahí comienza y acaba “lo social” para nuestros individuos meritocráticos. Evidentemente, estos hombres y mujeres privilegiados se hacen tan conservadores que detestan la Política con mayúscula; en otras palabras, cualesquiera análisis y acciones que cuestionen sus privilegios en un mundo de hombres y mujeres sin espacio para vivir y de inmensos espacios sin derechos .

Este curso vamos a tener como referencia privilegiada de nuestro trabajo la Filosofía del Derecho de Hegel. Más concretamente, la sección dedicada al Estado. Será un trabajo completamente abierto a los criterios que se puedan suscitar. Ya podéis intuir que no haremos un trabajo filológico ni pretendemos sumarnos a las mil interpretaciones posthegelianas; sí, desde luego, atender unos resultados tan dispares y sorprendentes. El propósito esencial, es que este texto nos sirva de pretexto para un estudio y una discusión fundamentada, sobre formas de legitimidad que subsumían la incapacidad para dar expresión política a los antagonismo sociales que se cronifican desde el XIX hasta el postfordismo.

También, sobre los distintos tiempos del Estado contemporáneo, desde el viejo imaginario liberal que operaba con la completa escisión entre la sociedad civil y el Estado, hasta el mundo contemporáneo, en el que la forma Estado expresa la política de forma casi exclusivamente jurídica, con los resultados reductivos y empobrecedores que se observan en el espectáculo de esas corporaciones de poder en las que se han convertido los grandes partidos; reparar en su íntima conexión con los ajustes económicos incesantes que afectan a las grandes entidades financieras convertidas en receptoras de inmensos flujos de dinero público. Simultáneamente, el Estado no consigue expresar la socialización de la producción, con lo cual refuerza unas divisiones sociales muy intensas, en forma de exclusión y altísimos índices de precarización laboral, acompañados de niveles de corrupción incontrolables y de una lucha frenética por garantizarse parte de los decrecientes ingresos públicos. Esta topografía tan rica y sugerente, con tantas idas y venidas del propio Estado y de transformaciones del derecho, nos obliga a desarrollar, como en los viejos tiempos, un trabajo paciente, de lectura de textos, línea a línea, que nos ha decidido a adoptar, inicialmente, el derecho público hegeliano como guía de nuestro trabajo que, evidentemente, tomará muchos desvíos sobre otros autores, sus textos y sus correspondientes contextos.

Obviamente, ahí se encuentran los nexos con las reflexiones críticas sobre los pliegues de la forma social contemporánea y las múltiples lecturas sobre la misma: específicamente sobre el derecho, la producción normativa y las dificultades de materialización de los principios constitucionales en el ámbito jurisdiccional .

Las sesiones del seminario tendrán lugar en la Facultad de Derecho/UCM. Departamento de Filosofía/ Sala de Doctorado/ Edificio de Biblioteca y Departamentos/ Planta 2ª. Nos reuniremos todos los jueves a las 18.30. Todos los interesad@s, podéis hacer extensivo este aviso a vuestros amigos y conocidos sin problemas. Celebraremos la 1ª sesión para hablar sobre todos estos extremos el próximo jueves 29 de Octubre. Es muy importante que llevéis todas las ideas que juzguéis interesantes para nuestro trabajo. que Para cualquier duda, podéis contactar conmigo. Gracias.

Enrique Olivas/ ICEJC/ eolivasc@der.ucm.es
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jueves, 15 de octubre de 2009

MODELO SOCIAL EUROPEO Y CRISIS ECONÓMICA ANTE LA PRESIDENCIA ESPAÑOLA DEL 2010.





Se ha celebrado el 14 de octubre en Madrid un seminario organizado por CCOO que pretendía analizar a lo largo de toda una jornada la repercusión de la crisis económica sobre el modelo social europeo y todo ello en el contexto de la próxima asunción por el gobierno español de la presidencia europea en el primer trimestre del 2010.

La apertura del seminario estaba confiada, además de al veterano responsable confederal de relaciones internacionales, Javier Doz, al propio secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, junto al Secretario de Estado para la Unión Europea, Diego López Garrido. La mañana se articulaba en dos mesas consecutivas. Por un lado, Walter Cerfeda de la dirección de la CES y Nicolás Sartorius , de la Fundación Alternativas, que examinaron la presencia de la crisis económica y su impacto posible en el modelo social europeo y sobre la evolución del empleo. Por otro, una segunda en la que Jose Maria Zufiaur, del Consejo Económico y Social de la UE y Emilio Gabaglio , ex secretario general de la CES, analizaron más en profundidad la vigencia y los problemas del modelo social europeo a partir de la crisis. La sesión de tarde tenía un sesgo más especializado. La primera mesa se dedicó a examinar las circunstancias de la crisis desde la perspectiva estrictamente económica, con intervenciones en gran medida divergentes de Miguel Angel García, del gabinete jurídico confederal de CCOO, y Enrique Viaña, catedrático de la UCLM. El segundo bloque se dedicaba a un análisis jurídico de la crisis del modelo social europeo, atendiendo a la última jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los casos Viking, Laval, Rüffert y Luxemburgo, que llevó a cabo Antonio Baylos. El seminario fue clausurado por Carlos Carnero, eurodiputado y director general en asuntos europeos.

Como puede comprobarse, el seminario tenía un enorme interés aunque sólo fuera por escuchar a los expertos concitados. El tema de Europa se suele asociar a unos discursos muy genéricos, con escasa capacidad de concreción, y en los que se ha producido ya una retórica conocida como “euro-optimismo” que en el caso español se inserta en un cierto triunfalismo optimista respecto de los objetivos y logros de la Unión Europea, acentuado con la próxima asunción de la presidencia en el primer semestre del 2010. La victoria del sí en el referéndum irlandés daría alas a esta mirada ante la casi segura entrada en vigor del Tratado de Lisboa, una vez que la Comisión atienda a otra exigencia insolidaria más como las que han permitido la aceptación del Tratado por Gran Bretaña, Polonia, Irlanda y, ahora, Chequia. En el seminario reseñado, no fue este el tenor general de las intervenciones. Al contrario, la crítica a la evolución de la política de los gobernantes europeos y a la posición nacional fue la tónica dominante.

Entre las intervenciones realizadas, la del Secretario General de CCOO, fue muy crítica y autocrítica tanto respecto de las líneas generales llevadas a cabo por la Comisión Barroso – cuya reelección la consideró una mala noticia sin que se pudiera entender la posición del grupo socialista – como en lo relativo a la “gestión” de la crisis económica de forma no unitaria, favoreciendo las tendencias “renacionalizadoras” de las respuestas. Para Toxo, el movimiento sindical europeo no ha estado tampoco a la altura. No ha dicho nada, no ha sido capaz de presentar un proyecto de reforma social, y no ha sabido defender la “argamasa” del modelo social europeo, la tutela sobre el trabajo y la protección social, erosionada de forma muy incisiva por la aplicación agresiva de las reglas del mercado. También el sindicalismo europeo ha sufrido esa involución hacia dentro del Estado-nación, y de esa culpa tampoco están exentos UGT y CCOO. La necesidad de un cambio de orientación y ganar presencia e iniciativa política resulta imprescindible para el sindicalismo europeo. En cuanto a la presidencia española, Toxo insistió en que se percibía por todo el sindicalismo europeo, no sólo el español, como una oportunidad para un cambio de orientación política, que compatibilice la salida de la crisis con el mantenimiento y la extensión del modelo social europeo. Este pronóstico fue confirmado por López Garrido, que expresó la voluntad política de una presidencia no conformista, de transformación social, elencando toda una serie de medidas de política social y de política económica – las directivas de supervisión financiera – con especial hincapié en los impulsos a la formación y el desarrollo de la movilidad. La promulgación del Tratado de Lisboa posiblemente permitirá hablar de un comienzo de una nueva etapa en la formación de la unidad europea.

No sería posible hacer un resumen aquí de las ricas intervenciones posteriores. En todas ellas se apreciaba la mirada crítica y la observación inteligente que se presuponía. Si acaso en el sesgo de las intervenciones podría apreciarse rasgos de un cierto pesimismo en los pronósticos basado en una razonable estimación de los datos con los que se obra y señalando la importancia decisiva de lograr un giro en la decisión política del sindicalismo europeo – en este sentido la intervención de Zufiaur – o de forma más optimista, confiando en un cierto giro de la “governance” de las relaciones laborales a partir de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa – como la intervención de Gabaglio.
El tema tiene una enorme relevancia, y a él se volverá en otra ocasión, recuperando esta ocasión que ofrece la presidencia española de la UE a partir del primer semestre del 2010.

lunes, 12 de octubre de 2009

IUSLABORALISTAS Y CONSTRUCCIÓN DE LA MEMORIA EN LA ITALIA REPUBLICANA


Acaba de publicarse un muy interesante libro italiano sobre la construcción de la identidad del iuslaboralismo en aquel país despues de la Constitución de 1947, y la memoria de los avatares teóricos y doctrinales de medio siglo de producción de pensamiento jurídico. Se da noticia del mismo en el blog hermano Ciudad Nativa:

http://ciudadnativa.blogspot.com/2009/10/iuslaboralistas-y-construccion-de-la.html

domingo, 11 de octubre de 2009

UN NUEVO BLOG JURIDICO-UNIVERSITARIO: JAIME CABEZA

Se ha añadido a la lista de profesores de Derecho del Trabajo presentes en la blogosfera, un nuevo blog jurídico y universitario, el del catedrático de la Universidad de Vigo, Jaime Cabeza Pereiro, gran amigo y frecuentador de los ambientes culturales y socio-recreativos de Parapanda, como puede comprobarse en la fotografía anexa.

El blog que se localiza en el sitio http://www.conjaimecabeza.blogspot.com/ , está escrito íntegramente en gallego, y alterna reflexiones de política universitaria, noticias sobre los seminarios y actos celebrados en la universidad viguesa y análisis de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (en el último post, un breve comentario crítico a la publicación de la Ley que reconoce el permiso parental). Como dato adicional, el autor coloca al margen recomendaciones sobre lecturas de narrativa y preferencias musicales muy interesantes, además de contar con una muy significativa galería fotográfica personal y de eventos sucedidos y narrados.

Le damos la bienvenida a este espacio virtual de contacto y de análisis y lo incluimos, como no podía ser menos, en la lista de blogs amigos.



jueves, 8 de octubre de 2009

REFORMA Y AUTORREFORMA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Sobre la base de una pregunta realizada por un periódico de color salmón español, al parecer signo o distintivo de su preferente dedicación a noticias de economía, se produjo un animado debate, que recoge la fotografía, con ocasión de la inauguración del nuevo Camping de Parapanda entre el profesor Baylos, el abogado colombiano Harald y el magistrado mexicano Mercado que está en primer plano. La opinión sobre las reformas que se requieren en la negociación colectiva en España en medio de la crisis económica, fué bien valorada por los debatientes y se publica a continuación.






Una de las constantes de las políticas neoliberales en materia de relaciones laborales es perseguir la reforma de la regulación legal de la negociación colectiva en al menos dos puntos: la prioridad de la empresa como centro de imputación de las condiciones salariales y de trabajo, y la reformulación del conjunto de lo negociado sin que exista un principio de progresividad o un suelo de contratación. En España estos inputs se manifiestan en la reivindicación de un principio legal de derogación general por parte de los acuerdos de empresa de lo estipulado en los convenios colectivos de sector – es decir, la extensión del principio de inaplicación del convenio al ámbito de la empresa o centro de trabajo si así se decide en este nivel – y la eliminación del principio de ultra-actividad del convenio colectivo una vez denunciado el mismo y hasta que no se alcance uno nuevo que lo sustituya. Esta última reivindicación permitiría una renegociación permanente de las condiciones de trabajo al albur de la concreta correlación de fuerzas de cada momento que a la postre beneficiaría a los representantes del poder económico estable. En cuanto a la primera, situar la empresa o el centro de trabajo en el centro de gravedad del sistema de negociación colectiva persigue jugar con los diferenciales salariales y de condiciones de trabajo de forma que se obtengan ventajas competitivas de las empresas, lo que tendría importantes consecuencias sobre las reglas de acción colectiva y sobre la forma de representación sindical de los intereses de los trabajadores, al erosionar directamente la capacidad de regulación colectiva de los sindicatos en el sector o en la rama de producción.

Esta última y reiterada reivindicación neoliberal, tantas veces repetida por los “expertos” al servicio de las fuerzas del privilegio económico, pierde pié en la crisis, puesto que las consecuencias de la misma en los ajustes del empleo se sustancian, en el nivel de la empresa fundamentalmente, a través de los acuerdos colectivos en el marco del expediente de regulación de empleo, o mediante el procedimiento judicial concursal paralelo. Sin embargo, es la crisis una oportunidad para reformular y reforzar el sistema de negociación colectiva clave en la recuperación laboral frente a los avatares negativos sobre el empleo y sobre la producción de bienes y de servicios. Por eso el tema de la reforma de la negociación colectiva entra hoy en las agendas del cambio posible tanto de las asociaciones empresariales como de los sindicatos más representativos.

¿De qué reforma hablamos? Se puede decir que en líneas generales, no se detecta en España una necesidad de reforma del sistema legal de negociación colectiva, basado en la mayor representatividad sindical y empresarial y en la eficacia normativa y general del convenio colectivo. Tras la intervención legislativa de 1994 y su corrección en 1997, el cuadro legal tiene una cierta estabilidad y es aceptado de forma generalizada como marco de desarrollo del poder de negociar colectivamente las condiciones de trabajo por los interlocutores sociales. Lo que no impide pensar que pueden hacerse ciertos retoques o intervenciones de detalle. Sería conveniente en este sentido algún ajuste de la normativa legal, especialmente referido a la precisión de los sujetos legitimados para negociar del lado empresarial. Parece necesario introducir, a efectos negociales, la figura del empresario complejo tanto en los supuestos de grupos de empresas jerarquizados como conectados en red, o en determinados fenómenos de subcontratación de actividades como sujeto legitimado para negociar un convenio colectivo de eficacia general. Pero también es oportuno evitar algunas de las consecuencias negativas de la determinación meramente asociativa de la representatividad empresarial en el sector productivo, garantizando una representación institucional que eluda los problemas de eficacia planteados por empresas no representadas por la asociación empresarial de sector y que por esta vía logran restar eficacia general al convenio colectivo firmado con la asociación patronal adherida a la CEOE.

Sin embargo, donde la necesidad de reforma más clara resulta es en las prácticas y en los contenidos que ha ido asumiendo el sistema convencional español en sentido estricto. Por eso se puede hablar con más propiedad de autorreforma del sistema de negociación. Porque ello supone el despliegue de un diseño regulativo fruto de la autonomía colectiva. Se trata de un proceso en el que se tienen que implicar los sujetos representativos de los trabajadores y de los empresarios, y que aborda, a través de la propia negociación colectiva no sólo los instrumentos generales de encuadramiento de la misma – el llamado diálogo social bilateral – sino las reglas de articulación de niveles y de unidades de negociación del sistema convencional. Por el momento, la propuesta sindical – llevada a cabo por el secretario general de CCOO, pero compartida en unidad de acción por UGT – pretende cambiar la duración y el contenido del acuerdo interprofesional de negociación colectiva y articular de manera más flexible los niveles de negociación, siempre centrando en el convenio de sector el eje del modelo.

Pero además es urgente una autorreforma de los contenidos de la negociación. También en sede sindical se ha propuesto como elemento directivo de la negociación el desarrollo de los contenidos sobre el empleo y sobre el control de los dispositivos de la organización empresarial, donde todavía hay muchos territorios que constituyen una auténtica terra incognita para la acción sindical. Además, en la última intervención de Toxo ante un nutrido público empresarial y del llamado periodismo económico, se ha presentado una propuesta adicional que ha sido justamente resaltada como novedosa. Se trata de abordar la flexibilidad negociada en el plano interno de las relaciones de trabajo, lo que significa no sólo insistir en la contratación flexible de los poderes de disposición del empresario sobre la determinación cualitativa de la prestación de trabajo, en lo referente al desempeño del tipo de trabajo pactado medido en un sistema de clasificación profesional cada vez más elástico, sino, de manera muy decisiva, en la contratación de las potestades del empresario en la organización del trabajo . Así, y como han señalado ya algunas intervenciones muy sugerentes, como la de López Bulla en la Revista de la Fundación 1 de mayo, el objetivo ha de ser que este terreno, hasta ahora preservado en el círculo de la determinación unilateral del empleador, pueda atraerse a un proceso de codeterminación colectiva. El salto que puede dar la negociación colectiva en este aspecto será cualitativo, porque se insertará ese momento de contratación en los basamentos del dominio sobre el trabajo productivo.

La autorreforma de la negociación colectiva es por consiguiente la mejor prospectiva de análisis sobre la vitalidad de la misma. Y resulta extremadamente interesante que los sujetos que pronostican y teorizan este espacio de regulación encuadrado en las coordenadas ya referidas, sean precisamente los sindicatos confederales, desmintiendo el tópico sobre su apego a las situaciones rutinarias herederas de un pasado fordista. Es ahora el turno de la CEOE para que se pueda apreciar cuáles son sus ideas al respecto, el modelo del sistema de negociación colectiva que propone la asociación representativa del empresariado y sus líneas maestras.
Un añadido: Resulta conveniente ver en el blog hermano Metiendo Bulla las reflexiones de JLLB sobre este tema.

http://lopezbulla.blogspot.com/2009/10/renovara-toxo-comisiones-obreras.html

martes, 6 de octubre de 2009

ADIOS A GINO GIUGNI: LAS NIEVES DE ANTAÑO




Como se ha sabido ya por los medios, el 4 de octubre murió en Roma Gino Giugni, profesor de Derecho del Trabajo desde los años sesenta del siglo pasado. A él se le atribuye la paternidad del Statuto dei Lavoratori de 1970, y de toda su actividad pública, tanto en el Gobierno como en el Senado, se puede afirmar que constituyó un ejemplo de reformismo activo en materia de relaciones laborales promoviendo desde la intervención legislativa la corresponsabilización del sindicalismo confederal en las relaciones laborales italianas.

Además de lo que los italianos llaman un político di razza, Gino Giugni fue también un importante teórico del derecho del trabajo. Muy influido por la cultura anglosajona, su Introduzione all’ autonomía collettiva de 1960 fue la obra que incorporó al pensamiento iuslaboralista la noción del ordenamiento intersindical como eje de explicación del sistema de relaciones laborales. Profundamente asentada en una consideración social-realista de las relaciones de trabajo, en donde la vertiente colectiva y sindical resultaba determinante – y ya no por tanto la construcción de facultades y de poderes desde la norma estatal – la reivindicación de una formación extralegislativa del derecho del trabajo con el sindicato como centro de gravedad del sistema habría de causar una conmoción teórica y política en el ambiente cultural de los sesenta italianos. Asumida por la doctrina laboralista más inquieta y sugerente - como explica el libro imprescindible de Giovanni Tarello, traducido al español entre nosotros por José Luis Monereo y José Antonio Fernandez Aviles, en la granadina editorial Comares – y asumida como un punto de partida desde el sindicalismo confederal, paradójicamente ha sido más conocida entre los juristas de mi generación por el trabajo que Gaetano Vardaro – por cierto desaparecido prematuramente en 1988 – realizó imbricando esta noción en el pensamiento sistémico luhmaniano. Pero este impulso doctrinal se fue materializando en una práctica cultural y política, la colaboración estrecha entre el mundo del pensamiento teórico del iuslaboralismo con el sindicalismo confederal y su proyecto de reforma de la sociedad, y marcó un estilo, una forma de estar en la universidad , orientando la producción científica sobre el derecho laboral. La revista que fundó y dirigió, el Giornale di diritto del lavoro e delle relazioni industriali, era una revista de culto en el laboralismo italiano, sólo compartido a partir de la mitad de los 80, por la creación de Lavoro e Diritto, dirigida por Umberto Romagnoli.

Giugni ha sido un referente para una parte de la doctrina laboralista española en los años 70. Principalmente para la llamada “Escuela de Sevilla”, con Miguel Rodriguez – Piñero a la cabeza, pero también en los estudios de Fernando Valdés sobre la negociación colectiva, en especial a partir de su trabajo sobre “ideologías pluralistas y relaciones de trabajo” de 1975, la huella de su pensamiento es muy patente. Su relación personal con los juristas del trabajo españoles fue grande, ejercía una fuerte influencia también simbólica, como puede comprobarse fácilmente a través de los editoriales de la revista Relaciones Laborales en relación con la significación política que tenían los avatares italianos sobre la concertación social, la escala móvil, el llamado garantismo colectivo y el debate sobre la flexibilización del derecho laboral. A partir de 1990, su puesto de presidente de la Comisión de Garantía en la determinación de las prestaciones indispensables con ocasión de la huelga en los servicios esenciales, derivó su presencia en España a los intentos por regular el derecho reconocido en el art. 28.2 de nuestra Constitución.

Ya en el nuevo siglo, su salud se fue deteriorando. Las secuelas del atentado sufrido en 1983 – Giugni fue gambizzato por una terrorista de Brigadas Rojas que le disparó varios tiros en las piernas, como sin duda recuerda Julia López, que estaba en la puerta de La Sapienza cuando éste se produjo – le fueron pasando la factura en cuanto a su movilidad. En esa época con todo se publicó un interesante libro-conversación en el que Giugni exponía, con claridad e ironía, sus reflexiones sobre lo vivido y sobre el momento político: La memoria de un reformista, se llamaba el texto, publicado en el 2007 por Il Mulino, con la aportación de Andrea Ricciardi como interlocutor.

Era un jurista progresista y un reformista convencido. Con su muerte no sólo se genera una sensación de un tiempo que ha pasado, de pérdida de un exponente de relieve de una generación de los padres fundadores del Derecho del trabajo en la posguerra europea, sino que se deja en el aire alguna pregunta incómoda. ¿Dónde están hoy, en la izquierda italiana, los políticos reformistas como Gino Giugni? O, como diría François Villon, ¿dónde están, virgen soberana, dónde están las nieves de antaño?

UNA REMISIÓN: Umberto Romagnoli publica un comentario muy hermoso ante la desaparición del amigo: Gino Giungi, a bracetto della storia, en la revista digital Eguaglianza e Libertà, dirigida por Antonio Lettieri. Se puede consultar en http://www.eguaglianzaeliberta.it/articolo.asp?id=1173 . Tambien se ha registrado en el blog amigo Los Bártulos de Karl Korsch: http://bartobaylos.blogspot.com/2009/10/homenaje-de-umberto-romagnoli-gino.html

sábado, 3 de octubre de 2009

HA MUERTO JOAQUIN HERRERA FLORES, FILÓSOFO DE LOS DERECHOS HUMANOS

Ayer, a las 12 del mediodía, tras 19 días de convalecencia hospitalaria tras una operación, moría Joaquín Herrera Flores, profesor de filosofía del derecho en la Universidad Pablo de Olavide y un teórico de la cultura contemporánea. Su capacidad enorme de construir teoría jurídica y política la volcó especialmente en el terreno de los derechos humanos, en donde ha producido obras y aportaciones insustituibles. Trabajó especialmente volcado en la lucha por la dignidad humana en el espacio cultural occidental, y encontró un ambiente de trabajo muy fértil en Latinoamérica, y esepcialmente en Brasil, en donde era reputado con razón uno de los teóricos del derecho con más fuerza e influencia. Sus "masters" y posgrados en derechos humanos fueron extraordinariamente seguidos y frecuentados por juristas, activistas y militants de movimientos sociales de toda Latinoamérica, ya desde los primeros tiempos de la Universidad de La Rábida. Extremadamente inquieto intelectualmente, JHF se relacionó con los pensadores más interesantes y activos de nuestro tiempo, entablando un diálogo intenso con su pensamiento y las consecuencias políticas del mismo. En el interior del Estado español, fué poco a poco enhebrando unas redes de comunicación y de diálogo con grupos academícos y con movimientos sociales que desde perspectivas diferentes convergían en un amplio espacio de crítica y de búsqueda de la emancipación social. Con el grupo de iuslaboralistas de la UCLM tenía una relación muy firme, y participábamos coordinadamente en muchos proyectos comunes. Como persona resultaba además extremadamente inteligente y seductor. La leyenda que le acompañaba agigantaba su estatura moral a la altura de un personaje literario fabuloso.

Concebía los derechos humanos como forma de control o incluso de subversión de la globalización del capital. Eran "máquinas de resistencia" que permitían responder a la globalización desde el interior de la globalización. En su libro Los derechos humanos como productos culturales. Crítica del humanismo abstracto, Libros La Catarata, Madrid, 2005, hay un párrafo que siempre me ha parecido muy emblemático de su personalidad:

"Se necesitan respuestas desde la globalización de los derechos de la ciudadanía y de los pueblos. Derechos que vayan haciendo confluir las luchas en la exigencia de reapropiación de los instrumentos de producción y de los bienes que nos permitan liberar la vida de la hegemonía del valor de cambio que mata la alegría y el ansia de dignidad, y construir un "biopoder" que afirma su propia existencia -vital, alegre, compositiva - con respecto a la mercantilización de nuestros modos de existencia. Un "biopoder" que se proyecte sobre los planos de inmanencia de lo real no sólo para comprenderlos o, incluso, organizarlos, sino fundamentalmente para producirlos y construirlos".

Era uno de los nuestros. Ya no lo veremos más, pero su recuerdo y su obra quedan. Un brindis en silencio por el amigo y el camarada.

jueves, 1 de octubre de 2009

MANIFIESTO SOBRE LA GLOBALIZACIÓN VIRTUOSA

Con la crisis, son muchas las iniciativas que se plantean para enfocar un cambio en las relaciones sociales, económicas y por supuestos laborales en el mundo. La globalización es el marco en el que se desenvuelven estas propuestas. Dos profesores de la Universidad de Venecia, Adalberto Perulli y Fabrizio Marella, elaboraron y distribuyeron un largo proyecto de manifiesto del que entresacamos aqui algunos párrafos significativos. El título de la intervención es bien sintomático, La globalziación virtuosa, y como un hallazgo simbólico ha sido valorado en los mentideros consabidos de Parapanda. El texto consta de una introducción y del enunciado de unos principios que se desarrollan extensamente. Estos principios y su desarrollo resumido son los que se mencionan a continuación. La traducción del texto del italiano ha corrido a cargo de la investigadora de la UCLM, Milena Bogoni, y el texto en su integridad se encontrará en el número 6 - por salir - de la Revista de Derecho Social - Latinoamérica.





Principio 1. “Conjugar entre sí la liberalización de los intercambios, la integración de los mercados, el respeto de los derechos humanos, la justicia social y respeto del medioambiente”
El rápido crecimiento de los intercambios comerciales internacionales de bienes, servicios y capitales, favorecido por la aplicación de los principios de liberalización del comercio elaborados en el ámbito GATT-WTO, ha producido una desterritorialización de las actividades económicas al cual no ha seguido ningún proyecto político capaz de mantener el nexo social mediante intervenciones bilaterales, multilaterales o supranacionales. (...) La liberalización de los intercambios ha sido entonces considerada como un objetivo en si, a cuesta de los objetivos de justicia social, los cuales deben volver a encontrar su rol de principios autónomos y prioritarios fundadores a nivel internacional, como previsto en la Declaración de Filadelfia, parte integrante de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.

La globalización económica y la relativa reducción de los tradicionales obstáculos a las fronteras (por ejemplo aranceles e impuestos) han hecho que emergiera el papel cada vez más significativo de las interrelaciones entre comercio y tutela medioambiental, inversiones, cuestiones monetarias, respeto de los core labour standards y de los derechos humanos. De todos modos, en la actual fase de transición entre sistemas nacionales en crisis y fuentes supranacionales en gestación, el enramado regulativo de la dimensión económica y social vive todavía de específicas negociaciones bilaterales y sectoriales, y espera una solución política idónea a estabilizar, a nivel multilateral, un mecanismo de gobierno de la dimensión social del comercio internacional.

El sistema económico que rige la globalización deja irresueltos fundamentales problemas éticos y jurídicos, que reclaman ya respuestas globales. Éstos interesan tanto el respeto de estándares de protección en los países pobres del mundo, donde la degradación social y las violaciones de los más elementales derechos humanos resultan cada vez más intolerables, como la resistencia de los sistemas jurídicos más desarrollados, cuya desregulamentación competitiva se representa por parte de los Gobiernos como la única respuesta posible a la competencia internacional.
El conjunto de las problemáticas trazadas supera la capacidad de autorregulación del mercado y pone de manifiesto la exigencia de intervenciones heterocorrectivas, que tiene que efectuarse con normativas y procedimientos que impongan el respeto de los derechos humanos y, al mismo tiempo, de las reglas de competencia.
En esta perspectiva se hace necesario:
- introducir cláusulas sociales en los tratados comerciales internacionales bilaterales y multilaterales, dirigidas al respeto de las Convenciones de la OIT. Es ya improrrogable una profunda reforma de la OMC capaz de “internacionalizar las externalizaciones” producidas por la liberalización de los intercambios, incorporando las instancias non trade en el gobierno del comercio mundial donde, sobre la base de los tratados y de las normas internacionales en vigor en los Estados miembros de la OMC, evaluar el impacto social e medioambiental de las decisiones de los panel y del Órgano de apelación.
- Promover por parte de cada uno de los Gobiernos legislaciones sobre contratos públicos y sobre la modalidad de partnership público/privado según cuanto previsto por el Government Procurement Agreement y por el Convenio de la OIT n. 94, que establece la adopción de cláusulas sociales en las atribuciones de contratas en el sector público con el objetivo de evitar que los estándares sociales representen un elemento de competencia a baja;
- Promoción de los mismos dispositivos citados en el punto precedente por parte de los organismos internacionales que operan en el área de los contratos, como el Banco Mundial, las Instituciones financieras internacionales (como la International Finance Corporation), los Bancos regionales de desarrollo, la Unión Europea y las otras organizaciones internacionales-regionales (como por ejemplo APEC, Mercosur, NAFTA), las ONG y las Líneas guías voluntarias (sobre la base del ejemplo de lo previsto por los Equator Principles Financial Institutions y por la International Federation of Consulting Engineers);
- Instituir un nudo relacional operativo entre OIT, OMC y otras organizaciones internacionales con competencia especializada, según lo establecido en el art. 7 de la Havana Charter (que nunca llegó a entrar en vigor) relativamente al respeto, a nivel global, de Fair Labour Standard.
- Introducir cláusulas de condicionalidad “esenciales” orientadas al respeto de los derechos humanos en los tratados internacionales sobre inversiones, ayudas al desarrollo, cooperación económica; promover y garantizar un mayor protagonismo a las cláusulas de condicionamiento en la actividad del FMI, del Banco Mundial y de los Bancos regionales de desarrollo, que permitan, si necesario, recurrir a sanciones y a la rescisión del contrato en caso de incumplimiento.
- Introducir entre los criterios de elegibilidad de los países en vía de desarrollo admitido a la reducción total o parcial de su deuda hacia los países ricos, el criterio del respeto de los derechos humanos y, en particular, de los derechos sociales fundamentales;
- Subordinar el acceso a la financiación y a la garantía de los créditos para la exportación al respeto por parte de las empresas de los derechos sociales fundamentales. Además, entre los riesgos-países tiene que ser incluido el respeto de los estándares sociales establecidos por la OIT, y hace falta evitar que el dinero público – como la financiación de proyectos de internacionalización de las empresas – se utilice para financiar el dumping social.

Principio 2. “Fomentar nuevos instrumentos de garantía de los derechos económicos y sociales a través de la certificación social y medioambiental”.

La crisis financiera global implica una aceleración en el proceso de nutación de los modos de regulación, también a través de la predisposición de dispositivos dirigidos a integrar el respeto de los derechos humanos, sociales y medioambientales en los mecanismos de producción de bienes y servicios introducido en el mercado, consintiendo a los consumidores operar mediante sus compras una legitima forma de presión económica. Numerosas voces se levantan para reclamar una regulación de este tipo, siendo además compatible con el actual sistema OMC, mediante la creación de una marca de sostenibilidad medioambiental y social que garantice el respeto de los derechos fundamentales a lo largo de la entera cadena productiva. En esta perspectiva la Comisión europea tiene que revisar rápidamente el actual Reglamento CE n. 1980/2000 del 17 de julio de 2000 que instituye un sistema comunitario de atribución de la marca ecológica, y tendrá que revisar también la Decisión de la Comisión del 10 de noviembre de 2000 relativa a un contrato-tipo relativo a las condiciones de uso de las marcas ecológicas comunitarias. La necesidad de una marca social y medioambiental se impone tanto a causa la debilidad de la disciplina imperativa multilateral y europea, como a causa de la eficacia real de los mecanismos de regulación que utilizan el eco/social labelling.

Se propone entonces el fomento, por parte de los Gobiernos nacionales y de la UE, de una legislación sobre la tutela de estándares sociales y medioambientales, con mecanismos eficaces como son:
- predisposición de la certificación social y medioambiental;
- adopción de principios contables nacionales e internacionales dirigidos a representar en el presupuesto y en los anexos la acción de la empresa en el social y en el respeto de los derechos humanos;
- instituir el presupuesto social, medioambiental y de sostenibilidad configurándolo como obligatorio tanto para las empresas industriales y comerciales, como para las empresas que operan en ámbito bancario y financiero, sean o no valoradas en bolsa;
- adopción de disciplinas fiscales ad hoc orientada a favorecer las inversiones de las empresas en ámbito social;
- creación de una Comisión nacional para los derechos humanos, ya operativa en algunos países europeos, con la obligación de vigilancia en el respeto de los estándares normativos y de compenetración con la magistratura para conseguir las violaciones de los estándares y comprobar las relativas responsabilidades.

Principio 3. “Fomentar la efectividad de la autorregulación de los poderes privados económicos en la dirección de una ciudadanía social de la empresa”.
El progreso social ya no es sólo asunto propio de los Estados, sino que concierne también los otros sujetos que operan en la escena internacional, los otros actores económicos y las empresas, especialmente multinacionales. En los últimos años ha crecido la conciencia respecto la necesidad de adoptar, por parte de estos sujetos, prácticas de responsabilidad social sobre base voluntaria (RSE). Estas formas de responsabilidad autoproclamada, siguen fundamentándose sobre bases jurídicas frágiles y ponen notables problemas de efectividad, cuya solución ha sido de hecho en muchos casos conectada con la buena voluntad de las empresas mismas.
La experiencia internacional demuestra la persistencia de comportamientos irresponsables por parte de los actores económicos, la carencia de mecanismos de control e implementación sistemática de principios y de normas adoptadas en los códigos de conducta, una escasa efectividad de los sistemas de RSE.
En relación a los códigos de conducta y a los otros instrumentos de responsabilidad social es entonces necesario:
- instituir controles periódicos relativamente al respeto de los compromisos adoptados por parte de las empresas mediante agencias nacionales e internacionales independientes, según una perspectiva ya indicada en los Principios sobre la responsabilidad de las sociedades transnacionales de Naciones Unidas (2003);
- adoptar por parte de las asociaciones empresariales nacionales e internacionales de categoría una serie de normas estatutarias que establezcan la creación de mecanismos de monitorización sobre la actividad de RSE de los asociados, con la creación de un registro de las sociedades que han adoptado códigos éticos y la evaluación de comportamientos aplicativos, estableciendo la adopción de sanciones endoasociativas en caso de transgresión;
- fomentar a nivel transnacional acuerdos sindicales de sector en el ámbito del diálogo social sectorial, eventualmente con la asistencia de la Comisión europea, que tienen como objeto códigos de conducta dirigidos a las empresas europeas;
- difundir informaciones sobre las best practices existentes en Europa sobre la negociación colectiva de los códigos de conducta, con el fin de fomentarlas como modelos a seguir y difundir su práctica;
- hacer que los códigos de conducta contemplen por lo menos las obligaciones originadas en la Declaración universal de los derechos humanos y en particular los derechos económicos y sociales reconocidos en los arts. 22-25 (seguridad social, igualdad de trato, trabajo que permita una vida digna, libertad sindical, limitación del tiempo de trabajo), al cual corresponde el deber de las empresas de contribuir, con el cumplimiento de las prestaciones sociales, a los mecanismos de solidariedad que condicionan su ejercicio;
- superar la contradicción entre el carácter puramente voluntario de los dispositivos de RSE adoptados y el carácter no vinculante de los compromisos, mediante la valorización en los ordenamientos jurídicos nacionales de la regla patere legem quam ipse fecisti, que permite a los jueces de dar fuerza obligatoria a los compromisos adoptados unilateralmente.

Principio 4. “Fomentar la regulación desde abajo a través de una nueva legitimación de los actores de la sociedad civil en una óptica de regulación multinivel”.

Sin normas y presiones organizadas por la sociedad civil, las empresas no tienen ningún incentivo para tutelar suficientemente los derechos económicos y sociales. También la sociedad civil, entonces, tiene que considerarse responsable del cumplimiento y del respeto de los derechos humanos (véase la Declaración universal de los derechos humanos) adoptando comportamientos económicos en línea con el respeto de los derechos humanos, denunciando a los órganos competentes las violaciones y haciendo sentir su propia voz en las instancia internacionales donde esté permitido (por ejemplo según los procedimientos de amicus curiae).
A su vez, las ONG tienen que operar en condiciones de máxima transparencia y responder a requisitos de efectiva representatividad. (...)
Principio 5. “Reconducir la financiación de la economía a nuevas reglas y principios de transparencia, protección del inversor y del consumidor, inversión responsable y sostenible”.

La crisis económica mundial encuentra su origen en un proceso de financiación de la economía-mundo, entendida como uso incontrolado de la liquidez liberada por los procesos productivos con el fin de aumentar el valor en bolsa de los capitales, con la creación de un mercado financiero global desconectado de la economía real. Un trend catastrófico, no sólo por los efectos sociales que ha provocado, sino también por los resultados a medio plazo de las empresas, enjauladas en la lógica de monetarización de los resultados a corto plazo y por la difusión de una gestión empresarial irresponsable.
El uso de las inversiones especuladoras a corto plazo es solamente un aspecto de un proceso de creación de dinero que ha evidenciado una serie de características negativas, entre las cuales el uso de procedimientos financieros de distribución del dinero demasiado vulnerables y gestionados por sujetos privados irresponsables, utilizo de la liquidez para crear otra liquidez y no para favorecer inversiones productivas.
Frente al fracaso de este modelo de financiación sin reglas es sin duda necesario, como afirmado recientemente en la Declaración del G20 del 15 de octubre de 2008, reforzar la transparencia de los mercados y la responsabilidad de las empresas, promoviendo la regulación y el control, sosteniendo la protección del inversor y del consumidor, evitando conflictos de intereses, reforzando la cooperación internacional y reformando las instituciones financieras internacionales. Es necesario ir más allá, individuando una serie de parámetros de comportamiento para los inversores institucionales, los cuales deberían:
- promover la transparencia de los mercados financieros, individuando las actividades productivas que hay que privilegiar con el fin de cumplir inversiones responsables;
- direccionar los capitales de ahorro hacia la producción de bienes públicos, como infraestructuras urbanas, escuelas, transportes;
- mejorar las condiciones de trabajo en el mundo mediante inversiones productivas sostenibles a largo plazo;
- apoyar y favorecer, también a través de concretas políticas fiscales, la finanza ética, o sea las inversiones socialmente responsables que, operando en condiciones de máxima transparencia, excluyen por principio cada relación con aquellas actividades económicas que contribuyen a violar los derechos humanos, como la producción y el comercio de armas, las producciones gravemente lesivas de la salud y del medioambiente, las actividades que se fundamentan en la explotación infantil o en la represión de las libertades civiles. (...)

Principio 6. “Crear las condiciones para un sistema de justiciabilidad global de los derechos económicos y sociales”.

La globalización, con su carga de desnacionalización y desterritorialización de los fenómenos económicos, requiere la institución de dispositivos jurisdiccionales capaces de garantizar el respeto de los derechos también fuera de las fronteras nacionales. Es necesario mejorar los mecanismos nacionales y sobre todo los internacionales de acceso a la justicia por parte de los individuos. En esta perspectiva se invitan los Gobiernos a respetar cada acto, sea de naturaleza jurisdiccional o de naturaleza no jurisdiccional, proveniente de organismos internacionales habilitados al control internacional del respeto de los tratados vigentes en materia de derechos humanos. Se invitan además los Gobiernos a adoptar nuevos mecanismos internacionales, que consientan un acceso directo e inmediato de los individuos a los mecanismos de tutela de los derechos humanos, y a ratificar lo más pronto posible el Protocolo opcional al Pacto internacional sobre los derechos económicos, sociales y culturales del 1966, adoptado a diciembre de 2008 por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el ámbito de las celebraciones del 60º aniversario de la Declaración Universal de los derecho humanos.

Venecia, 12 de mayo de 2009
Los redactores del Manifiesto:

Profs. Adalberto Perulli y Fabrizio Marella
(Universidad Cá Foscari de Venecia)