miércoles, 7 de diciembre de 2011

NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL SECTOR PÚBLICO Y REFORMAS LABORALES EN EUROPA


Sigue el relato de Judas del LLano sobre la estancia de la profesora Castelli en la Universidad Federal de Rio de Janeiro. En esta ocasión, el cronista da cuenta de una primera intervención sobre negociación colectiva de los empleados públicos, tema especialmente relevante en Brasil, donde se discute actualmente su reconocimiento tras la ratificación del Convenio 151 OIT, y una segunda sobre los rasgos caracterizadores de la crisis económica como elemento justificatorio de las reformas laborales emprendidas tanto en España como en Italia. (En la foto, la profesora Castelli con el profesor Aparicio antes de intervenir en una actividad conjunta en el auditorio Alain Badiou - también conocido como Le désastre obscur - en la ciudad de Parapanda).


El programa de actividades se ha seguido desarrollando el 1 de diciembre con un encuentro organizado por la Profesora Sayonara Grillo con el Colectivo Nacional de Abogados de Servidores Públicos (CNASP), una asociación de abogados de servidores públicos de los distintos Estados que conforman la federación brasileña, constituida en 2006 con el objetivo de fomentar el debate democrático de cuestiones teóricas e investigaciones que permitan la más amplia socialización de los conocimientos y de las experiencias en función del refuerzo de la efectividad de la actividad de defensa de los derechos y de los intereses de los funcionarios brasileños. El encuentro ha tenido por objeto, entre otras cosas, el análisis de los distintos proyectos de ley en examen en las Cortes brasileñas que mueven en la dirección de un reconocimiento general del derecho a la negociación colectiva funcionarial en aplicación del Convenio n. 151 de la OIT, recientemente ratificado por parte del Estado Federal Brasileño.

En el ámbito de este encuentro, la aportación de la Profesora Castelli se ha traducido en una intervención de corte comparatista sobre los modelos italiano y español de negociación colectiva en el sector público, haciendo especial hincapié sobre las cuestiones relativas al reconocimiento jurídico del derecho a la negociación colectiva, el alcance efectivo del mismo, la definición de la naturaleza y eficacia jurídica de lo acordado colectivamente y los problemas (jurídicos y jurisdiccionales) derivados de eventuales incumplimientos de lo pactado. Cociente de las dificultades y de los riesgos derivados de la adopción del método comparado, especialmente evidentes cuando se trata de comparar modelos sindicales, Castelli ha insistido también sobre la necesidad de adecuar el sistema de definición de las condiciones de trabajo y empleo del personal al servicio de las Administraciones públicas al modelo democrático de relaciones laborales diseñado por la Constitución, superando la tradicional configuración autoritaria, jerárquica y a-conflictual que ha marcado históricamente su reconstrucción jurídica.

Se ha insistido pues en la necesidad de superar el exceso de tradicionalismo que desde antiguo afecta a la definición de lo que hay que entender por “función pública” que ha llevado a atraer hacia el órbita del derecho público toda la actividad administrativa y por tanto también la relativa a las relaciones entre Administración Pública y sus empleados y el exceso de formalismo en la interpretación de la reserva de ley presente tanto en la Constitución española como en la italiana que ha obstaculizado la apertura de espacios significativos para la autónoma definición de las normas aplicables a las relaciones laborales y sindicales en el ámbito público.

Como resultaba obligado, se ha hecho referencia también a los efectos especialmente perniciosos del actual contexto de crisis que se está traduciendo en un ataque sin precedentes a “lo público” a través de intervenciones autoritarias que cifran la necesidad de reducción del déficit y del débito públicos de los países integrantes de la Zona Euro en un recorte generalizado de la financiación a los servicios públicos (educación, universidad, sanidad, transporte, etc.) y un ataque a las prestaciones sociales relacionadas con situaciones de necesidad (desempleo, viejez, dependencia, etc.), así como en un adelgazamiento del aparato estatal y administrativo que se está traduciendo en privatizaciones de sectores rentables de la economía pública, reducciones de plantillas e, incluso, en rebajas salariales para todo el personal al servicio de las administraciones públicas.

En este sentido, no ha podido faltar una referencia al conflicto social y jurídico desencadenado en España por la promulgación por parte del ya ex Gobierno socialista del RD-Ley 8/2010 (que de manera autoritaria ha dispuesto una bajada del sueldo de los empleados públicos españoles de un 5% de media sobre la masa salarial global) por sus efectos de deslegitimación de la fuerza vinculante de los acuerdos y convenios colectivos públicos vigentes y en especial del Acuerdo Gobierno-Sindicatos firmado en septiembre de 2009 consagrada sin embargo en la misma Constitución española.

El extenso y rico debate que siguió a la intervención permitió poner en común análisis, experiencias y preocupaciones comunes acerca de la recrudescencia de la deriva antidemocrática del capitalismo neoliberal actual y reflexiones compartidas acerca de los mecanismos para contrarrestarla, con respecto a la elaboración de los cuales es cada vez más necesario aquel espíritu de diálogo y elaboración teórica conjunta expresado por el Encuentro mismo.

Finalmente el último encuentro, se realizó el día 2 de diciembre en el Instituto de Filosofía y Ciencias Sociales (IFCS) en el ámbito del programa de Postgrado en Sociología y Antropología de la UFRJ, en otro edificio emblemático de la historia de Rio y de Brasil, bajo la coordinación de la Profesora Elina G. F. Pessanha. Se trató de una cita focalizada en el análisis de la respuesta europea a la crisis económica, mirada a través del prisma de las principales intervenciones de reforma operadas en el contexto italiano y español. A este respecto, la profesora Nunzia Castelli se ha encargado de enmarcar las últimas reformas que han intervenido sobre la configuración actual del sistema de relaciones laborales individuales y colectivas/sindicales en ambos países el contexto de 3 ejes fundamentales:
1. La reorientación del derecho del trabajo hacia objetivos de empleo;
2. La nueva centralidad asignada a la empresa y a la protección preferente de los intereses empresariales de gestión flexible de la mano de obra y de reducción de los costes económicos y normativos ligados al trabajo y su configuración como nivel privilegiado para la definición de las reglas ordenadoras de las relaciones laborales;
3. La íntima relación entre derechos sociales y procesos democráticos de construcción el orden social, económico y político y los efectos negativos de la configuración neoliberal de los instrumentos de participación democrática como meros obstáculos a la recuperación económica y a la creación de empleo.

En este contexto, Castelli ha hecho especial hincapié sobre un dato particularmente relevante. Si bien es cierto que el crecimiento económico es condición indispensable para la creación de empleo, el mismo no es condición imprescindible para el desarrollo de los derechos sociales y de participación democrática, como demuestra la historia europea y latinoamericana del último siglo (desde Weimar y el New Deal americano, hasta los procesos de democratización de Latinoamérica). En este sentido, se ha subrayado una vez más la necesidad de un re-pensamiento general de los paradigmas del derecho del trabajo más allá de las fronteras nacionales y de la importancia del abandono de una actitud meramente defensiva frente a los avatares y los embates de la crisis neoliberal y sobre la necesidad de la reconstrucción de una estrategia global que ponga en el centro del sistema a las personas y sus necesidades básicas.

El intenso y concentrado programa de actividades ha representado una oportunidad inmejorable de alejarse de las contingencias y reflexionar sobre los procesos más amplios que están afectando a  la construcción del orden social y democrático global especialmente útil en momentos tan frenéticos y por ciertos aspectos anárquicos como los actuales.


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