miércoles, 17 de febrero de 2016

EL JUZGADO ABSUELVE A LOS 8 DE AIRBUS



El Tribunal Superior de Justicia ha hecho pública una nota en la que comunica el fallo absolutorio en el juicio contra los 8 de Airbus.A continuación se incorpora el extracto que de la misma ha hecho el digital Eldiario.es :


La sentencia acredita los hechos juzgados, por los que trabajadores concentrados en la planta de Airbus comenzaron a entorpecer la entrada a la fábrica de trabajadores que no querían participar en los paros convocados para aquel 29 de septiembre de 2010. El fallo también recoge que un trabajador que no cedió en su intento de acudir a su puesto fue insultado, amenazado y agredido. Esto provocó la intervención de la policía antidisturbios presente en la zona.
El juez acredita considera probado que hubo coacciones a los trabajadores que no querían hacer huelga. Pero también recuerda que es necesario probar que los imputados participaron de forma personal, que no colectiva, en los hechos. Una situación que no cuenta con pruebas suficientes, sostiene la sentencia.
"La falta, pues, de acreditación de la imputación personal de hechos concretos a cada uno de los acusados, hace de por sí innecesario abordar en profundidad el estudio de una posible coautoría de los acusados por tener los mismos un dominio funcional del hecho", dice el fallo.
Además, el juez también destaca que "en otras pruebas practicadas a algunos de los acusados incluso se les atribuyen actividades mediadoras de apaciguamiento tanto en el momento de los hechos como una vez producidas las detonaciones" que realizó uno de los policías con arma real y por las que se le abrió un expediente disciplinario.
Respecto de la posibilidad de una coautoría por "tener un dominio funcional del hecho" que estableció la fiscal, el juez indica que "es de sobra conocido que tal forma de atribuir la coautoría requiere, además del reparto de roles, de un acuerdo previo hoy huérfano de todo soporte probatorio".
"Aquí, repetimos, no queda probada ni la existencia de 'pactum sceleris' ni la realización de hechos conforme a los roles asignados", concluye la sentencia.
Sin perjuicio de que realicemos en el futuro un comentario de la sentencia, mañana en el blog se reproducirá un artículo de Juan Terradillos, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Cádiz, en el que se hace una reflexión muy lúcida sobre este proceso de criminalización y efectúa algunas propuestas sobre la re-regulación de esta materia. Hoy por el momento hay que alegrarse por esta absolución de los seis sindicalistas que estaban encausados tras la retirada de la acusación por el Ministerio Fiscal respecto dos de ellos.


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