sábado, 21 de mayo de 2016

REPRESIÓN PENAL Y MEDIOS DE ACCIÓN SINDICALES





El pasado 17 de mayo se celebró en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de Toledo – en el marco incomparable del Teatrillo del Convento de San Pedro Mártir – una Jornada de Estudio promovida por el grupo parlamentario europeo de Izquierda Unida Europea / Izquierda Verde Nórdica, en la que colaboraba el Centro Europeo y Latinoamerícano para el Diálogo Social (CELDS) de la UCLM y la Editorial Bomarzo además, claro está, de la propia Facultad.

El acto comenzó con un saludo de Joaquín Aparicio, Decano de la Facultad de Relaciones Laborales de Albacete, y otro de la diputada de IU Paloma López, seguido de una presentación general de la Jornada a cargo de Antonio Baylos. El objetivo de la Jornada era el de poder discutir desde una perspectiva más técnico-jurídica, las consecuencias de la introducción de figuras y mecanismos especialmente represivos de la acción sindical en la legislación que ha sido promulgada en los últimos cuatro años de gobierno, en los que el poder público desarrolló toda una estrategia de desarticulación de las resistencias colectivas llevadas a cabo en sucesivos conflictos para preservar el modelo laboral que estaba poniendo en práctica durante ese tiempo. El caso central que gravitaba sobre esta reflexión era el proceso penal contra los 8 de Airbus, es decir, la persecución penal de los integrantes de los piquetes de huelga en la huelga general de 2010, considerado con razón un caso fundamental para determinar el tipo de respuesta represiva que el Estado iba a desarrollar respecto de las 300 personas encausadas por participar en piquetes de huelga. El caso Airbus, cuyos protagonistas por cierto estuvieron presentes en el seminario, con José Alcázar  a lo largo de toda la Jornada, acabó con la absolución de los procesados después de un amplio proceso de movilización que permitió dar visibilidad ciudadana a la estrategia represiva del derecho de huelga que llevaba a cabo el gobierno – iniciado ese proceso de incriminación con el PSOE y continuado por el PP – y que pretendía disuadir de forma directa y amenazante la participación en los piquetes de extensión y difusión de la huelga.

En la discusión que se planteaba en la misma, el objeto de análisis desbordó el tema concreto de la huelga y se situó en términos más amplios, en el examen de la represión de la protesta social y sindical en todos sus matices, en cuanto a los derechos de reunión y manifestación y la propia libertad de expresión. Un tema muy debatido resultó ser la opción concreta de política de derecho que se debía seguir frente a la tipificación penal del delito de coacciones laborales – el famoso art. 315.3 CP – en el sentido de optar por la derogación total del mismo o su reconfiguración muy restrictiva en el precepto penal. Juan Terradillos, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Cádiz, defendía la segunda opción sobre la base de que la derogación del artículo haría entrar en juego por parte de Fiscales y policía el tipo penal genérico de coacciones, que produciría efectos aún más perniciosos desde el punto de vista represivo, mientras que otras posiciones mantuvieron la conveniencia de su derogación total, como habían expresado todos los grupos parlamentarios menos el PP y se había recogido en una proposición de ley de Podemos e IU, con una exposición de motivos en la que se insistiera en la necesaria protección del derecho de huelga y su prolongación en los piquetes.

La represión de los derechos de manifestación y de reunión como formas de acción colectiva que materializan un más genérico derecho a la protesta, la inescindibilidad de los derechos fundamentales y el consecuente encadenamiento entre la degradación de los derechos laborales, los derechos de ciudadanía y los derechos políticos, caracteriza el tiempo en el que vivimos, de restricción de la democracia y de la participación de la ciudadanía. Sobre este tema intervino Marco Aparicio, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Girona, encuadrando en su discurso la incidencia que la Ley de Seguridad Ciudadana – la conocida “Ley Mordaza” – y la Ley de Seguridad Privada – mucho menos conocida – han tenido en este clima de normalización de la represión. Un discurso que fue profundizado por Ramón Sáez, magistrado de la Audiencia Nacional, al enlazarlo con el estudio de la libertad de opinión y la libertad de expresión, como manifestaciones colectivas que tienden a ser fragmentadas y ocultadas tras la propiedad de los medios de comunicación en un espacio público de intercomunicación personal progresivamente privatizado. El repaso de las decisiones judiciales que permitían y alentaban la represión de discursos sin capacidad de daño e inefectivos, la equiparación entre la ficción y la realidad, o el castigo a las caricaturas fueron algunos de los puntos subrayados críticamente, para plantear como línea de acción alternativa la configuración de un Estado realmente democrático que ampare, proteja y permita el acceso al espacio público de quienes no están en él representados y que someta a la legalidad a los poderes mediáticos.

El debate de esta sesión de la mañana, dirigido por Rosario Gallardo, profesora de Derecho del Trabajo de la UCLM en esa Facultad, resultó muy intenso y productivo, puesto que entre la nutrida asistencia era mayoritaria la presencia de abogados del sindicato y dirigentes sindicales, junto a otro grupo importante de profesores, fundamentalmente de la UCLM, y en él se ponderaron las opciones de política del derecho más oportunas, en un animado intercambio de opiniones entre ponentes y público.

La Jornada cambiaba la perspectiva de enfoque en la sesión de tarde. En efecto, en ella lo que se pretendía era reflexionar sobre la posible utilización para defender y tutelar los derechos de libertad sindical y huelga reconocidos en el art. 315 CP y sin embargo no aplicados prácticamente desde su introducción en el Código Penal en 1983 como art. 177 bis. En esta mesa redonda, conducida por Natividad Mendoza, profesora de Derecho del trabajo en el Centro de Estudios Universitarios de Talavera de la Reina, intervinieron Nicolás Garcia Rivas, catedrático de Derecho Penal en Albacete, Joan Coscubiela, diputado en el Parlamento de Catalunya por Iniciativa por Catalunya – CSQP – y Carolina Vidal, abogada de CCOO de la Unión Regional de Castilla La Mancha de CCOO. En ella se ponderaron los principales impedimentos actuales para la aplicación de estos preceptos penales, que no provenían de posibles imperfecciones técnicas de la tipificación producida, sino fundamentalmente de la inacción constante de los diferentes sujetos que actúan el mecanismo judicial – desde el ministerio fiscal y los magistrados hasta la propia diferenciación entre la consideración de la delincuencia económica como una conducta que pone en riesgo el patrimonio público, pero que no comprende el ataque a los derechos colectivos de los trabajadores – la inacción consecuente de la policía, naturalmente, pero asimismo de los cuerpos como la Inspección de Trabajo que detienen  su acción en la esfera del ilícito administrativo. Sobre todo este conjunto de omisiones, gravita asimismo una situación económica extremadamente crítica, con altísimas tasas de desempleo y precariedad que acentúa la sensación empresarial de impunidad ante cualquier abuso y en especial respecto de sus ataques a la libertad sindical y el derecho de huelga.

Además de ello, el sindicalismo tampoco ha puesto en marcha una estrategia de denuncia y posible querella criminal ante los hechos más evidentes de desvalor social susceptibles de incriminación penal. Carolina Vidal describió una serie de supuestos recientes – que afectaban a empresarios privados, pero también públicos, especialmente activos en su antisindicalidad durante el gobierno de Cospedal – que podrían previsiblemente ser empleados como “casos – tipo” en esta estrategia de incriminación penal con evidentes efectos disuasorios en el futuro. Es cierto que ello exige una nueva práctica de los abogados sindicales, no acostumbrados a desempeñarse en el fuero penal, y la inversión por parte del sindicato en el sostenimiento económico de estos procesos, que requieren un gasto muy superior al que soporta la jurisdicción social, pero la selección inteligente de supuestos clamorosos podría con mucho compensar este esfuerzo.


Tras otro espacio de debate, de nuevo Paloma López puso fin a la Jornada, ponderando muy positivamente el desarrollo de los trabajos realizados, el nivel de desarrollo técnico de las propuestas efectuadas y la muy importante y activa participación de los presentes. Anunció que la colaboración con la UCLM habría de continuar e incluso adelantó el primer tema futuro de examen, la nueva directiva sobre desplazamiento temporal de trabajadores. Una iniciativa futura que sin duda habrá de cosechar los mismos frutos positivos que esta muy interesante Jornada de Estudios.


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