El
número 58 de la Revista de Derecho Social
vuelve a su formato habitual, después del monográfico dedicado a la reforma
laboral del RDL 3/2012. En el editorial se examina, como no podía ser menos, la
estabilización de la realidad social que está produciendo el proceso de reformas
emprendido, en un crescendo
antisocial, a partir de mayo de 2010. En relación con este texto, se incorporan
dos intervenciones a la sección de Debate.
Una de esta la realiza Francisco
Gualda, que examina alguna de las medidas de reforma
del gobierno del Partido Popular. Se anticipa pues aquí, en rigurosa primicia,
un fragmento de la intervención de Gualda
en el número 58 de la RDS, de inminente
aparición, en el que examina la regulación del pago a proveedores y los
recortes en sanidad y asistencia sanitaria.
El
Consejo de Ministros del día 27 de abril de 2012 aprobó la remisión a Bruselas
del Programa de Estabilidad 2012-2015: en el marco del Procedimiento de Déficit
Excesivo abierto a España en 2009 y de sus obligaciones dentro de la UEM y el Programa Nacional de
Reformas 2012. En los dos documentos se
recoge la Estrategia
de Política Económica del Gobierno para los próximos años e incorporan un
relato de las medidas de Estrategia Fiscal 2012 en el programa de Estabilidad y
las denominadas reformas estructurales que integran el Plan Nacional de
Reformas.
Entre
ellas se incluyen medidas dirigidas a reducir y lo que llama racionalizar las
Administraciones Públicas, evitando duplicidades y clarificando sus
competencias, la reforma del Sistema Sanitario para reducir el gasto sanitario,
lo mismo que en sistema de Atención a la Dependencia. En
materia educativa se contempla la reducción de costes de personal y gastos
materiales, así como un incremento de las tasas para acercarlas al coste del
servicio, sobre todo en el ámbito Universitario. Se pretende descongestionar la
administración de Justicia facilitando medios extraprocesales y sobre todo,
desincentivando su uso mediante el incremento de sus costes. El ajuste en
Seguridad Social ya se realizó, en buena medida, con la reforma de 2011, pero
se anuncias cambios organizativos con la creación de la Agencia Estatal de
la Seguridad Social
que asuma las entidades gestoras y servicios comunes, y se plantea revisar el papel de las Mutuas.
En infraestructuras se anticipa la entrada de capital privado y la
incorporación de nuevos modos de gestión. El mercado laboral entra dentro de
estas previsiones, si bien ya se han materializado en el RDL 3/2012, de 10 de
Febrero, y se complementan con otras previsiones vinculadas a la inserción de
los jóvenes. Se incluyen medidas orientadas a la competitividad de la economía,
como la corrección del déficit energético, el impulso de la sociedad de la
información, garantizar la unidad de mercado, la creación de una Ley de
Emprendedores para simplificar la creación de empresas, así como actuaciones en
materia de I+D+i y actuaciones en el ámbito del suelo y la vivienda.
Las
primeras medidas ya se han ido instrumentado en diversas reformas legales, y lo
que queremos plantear es una discusión sobre el grado de eficacia de dichas
medidas adoptadas y su congruencia con la recuperación económica y la reducción
de la tasa de desempleo.
1. El
sistema de pago a proveedores: Modelo de política económica sin objetivos de
empleo.
El
sistema de pago a proveedores[1], se presento como la
primera y urgente acción de gobierno que tendría unos efectos más directos en
la dinamización de la situación económica y del empleo, al permitir, según sus autores, que las
entidades locales y comunidades autónomas puedan pagar las facturas pendientes,
con lo que a este mecanismo se ofrece una solución a las administraciones
territoriales para que hagan frente a estos pagos a la vez que se garantiza la
sostenibilidad de sus finanzas. Y tras su puesta en marcha, no ha ahorrado el
Gobierno elogios sobre sus supuestos resultados[2]
Pero
en su instrumentación no se ha vinculado a ningún objetivo concreto relacionado
con la creación, o al menos, el mantenimiento del empleo. No obstante la
declaración de que el plan de ajuste al que se sujeta la aprobación por parte
del Ministerio de este mecanismo de financiación incluirá compromisos en
materia fiscal y de estabilidad presupuestaria, así como reformas estructurales
para fomentar el crecimiento y el empleo, sólo se ha contemplado la reducción
de las deudas que pesan sobre las Administraciones Públicas, sin ponderar si la
prioridad en los pagos atiende o no a la consecución de objetivos por los que
las empresas que los reciben se encuentran en condiciones de realizar nuevos
proyectos de inversión, o si están afectadas por programas de viabilidad, o si
al menos están en funcionamiento. En realidad sí que se ha contemplado un
objetivo de política macroeconómica en el expresado programa, al exigir a las
Administraciones que aprueben programas de viabilidad económica, que son el
nuevo instrumento de planificación económica para reducir la extensión del
sector público. Pagar a proveedores se ha convertido, no en una herramienta
para rentabilizar esa enorme inyección de liquidez a la economía congruente con
la creación de empleo, sino exclusivamente como un mecanismo de consolidación y
reducción del gasto público.
Ello
carece por completo de lógica desde el punto de vista de la gestión de los
recursos públicos y la consolidación financiera del sector público, pues
precisamente a las entidades que no están en condiciones de adoptar tales
planes de viabilidad y sostenibilidad, son las que quedan al margen del
programa, lo que implica asignar los recursos en sentido inversamente
proporcional a las necesidades de cada entidad. Sólo las que puedan presentar
un plan sostenible y viable son las que reciben dicho apoyo financiero para
cubrir sus deudas pendientes, lo que deja en la absoluta precariedad la que no
son capaces de ofrecer tal plan, o más grave aún, no ofrecen un plan que sea
viable y obtenga la conformidad del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, lo que convierte a las deudas de los proveedores, en la práctica, en
un crédito fallido, y por tanto, degrada la solvencia financiera de tales
contratistas.
2. El
recorte en gasto social y la incertidumbre económica: La desconfianza como
política.
Otras
medidas del programa de reformas tienen como objetivo común aumentar la cuota
de mercado de determinados sectores, en los que la crisis se quiere presentar
como una nueva oportunidad. Ello se hace desde la perspectiva de la reducción
de los servicios públicos y la apertura de tal actividad al mercado.
-
La reforma sanitaria[3] implica un completo
catálogo de recortes sociales, mediante
la supresión del concepto de universalidad en el acceso a la sanidad pública,
sustituido ahora por el concepto de asegurado, y la reducción del catálogo de
prestaciones, el incremento de los
costes farmacéuticos que se trasladan a los usuarios. Sus efectos concretos
sobre el gasto público o no se conocen, o no se pueden contrastar. Se anuncia que
el recorte de los fármacos excluidos de la cobertura pública supondrá 450
millones de euros, pero está por ver sus efecto reales ante la posibilidad,
nada remota, de que los productos excluidos sean sustituidos por otros de mayor
coste objeto de cobertura. Pero lo más importante es que el incremento en la
parte del coste de los medicamentos a cargo de los usuarios, incluyendo a las
personas jubiladas, así como la omisión de medidas mínimamente racionales
vinculadas a la esfera de la reducción de gasto farmacéutico, son medidas que
tienen enormes consecuencias macroeconómicas, pues rompen el principio de
confianza básica que tienen enormes capas de la población para atender sus
necesidades básicas, ya que estamos ante una suerte de “mercado” regido por la
aberrante ley de que el consumidor no puede dejar de consumir al margen del
precio que se fije, pues tiene que
atender su propia subsistencia basada en la preservación de su salud. Esa
ruptura de la confianza en que esa necesidad se atiende desde lo público, para
ser cubierta con cargo a los recursos personales de cada unidad familiar,
genera un cambio completo en las prioridades en el gasto, así como en la necesidad
de asegurar esa contingencia mediante el recurso a formulas de
aseguramiento.
Contrae
el consumo de capas de población, sobre todo las de mayor edad, jubiladas o
próximas a la jubilación, donde la degradación de la salud es una certidumbre
vinculada a la edad, y donde la única capacidad de adaptación a esos nuevos
sobrecostes puede provenir reduciendo el gasto en otras partidas. El efecto
práctico de esa consolidación del gasto público es, nada menos, que la
generalización a millones de ciudadanos de desconfianza al alterar las bases de
su economía familiar, lo que tiene un efecto mucho mayor al incremento efectivo
de costes, pues lo relevante no es el importe del incremento, sino la ruptura
del principio de confianza en la cobertura pública de tales necesidades
básicas, y la traslación al ciudadano de una nueva carga cuyo coste total
depende de la solvencia de las cuentas públicas, lo que no puede controlar. Sus
efectos para destruir la confianza en nuestra economía, para contraer las
decisiones de gasto y las previsiones de inversión, con los efectos que a su
vez tiene sobre la reducción de la recaudación, pone en evidencia que reducir
el gasto no es la mejor vía ni para la recuperación económica, ni siquiera para
el saneamiento de las cuentas públicas.
La
misma desconfianza generaliza se ha implantado en el conjunto del empleo
público, al que de forma insistente se le imputa la responsabilidad del déficit
público, y se adoptan toda una serie de medidas para reducir su salario así
como el número de personas ocupadas. La falta de cualquier programa mínimamente
racional sobre el empleo público, y toda la serie de medidas que se van
adoptando desde las diversas administraciones, en unos casos adoptadas desde el
Estado en los ámbitos sobre los que tiene competencia, como la habilitación al
despido colectivo y objetivo por insuficiencia presupuestaria sobrevenida de
los trabajadores fijos de las Administraciones Públicas introducida por el RDL
3/2012, de 10 de Febrero, o los límites máximos a los incrementos de la masa
salarial como contenido típico de la
Ley de Presupuestos Generales del Estado que afecta a todas
las Administraciones o entidades públicas,
o los nuevos límites a la duración mínima de la jornada de trabajo que
incorpora la Ley
de Presupuestos Generales del Estado para 2012[4], o la intervención en
sectores específicos como el educativo.
También
han incidido otras medidas impuestas a la Administración Autonómica
o Local por distintas vías, entre las que tienen particular importancia el citado
plan de pago a proveedores, o la nueva Ley Orgánica sobre Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera[5] a través del variado
conjunto de medidas preventivas, correctivas y coercitivas, que no sólo vienen generando un incremento
sustancial de personal que han perdido su empleo, o una reducción de la
capacidad adquisitiva del conjunto de empleados públicos, sino un nada
desdeñable efecto de indeterminación
sobre buena parte del conjunto de unos 3 millones de empleados públicos sobre
su propia estabilidad en el empleo y la suficiencia de sus recursos, que en un
contexto de recesión económica sólo sirve para abundar en la desconfianza a la
hora de adoptar decisiones económicas para este grupo de la población.
[1]
Para las Entidades Locales, el Real Decreto-ley 4/2012 de 24 de febrero por el
que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para
establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las
entidades locales. Y Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea
el Fondo para la
Financiación de los Pagos a Proveedores (Modificado por Real
Decreto Ley 10/2012, de 23 de marzo). Para las Comunidades Autónomas, Acuerdo
del Consejo de Política Fiscal y Financiera 6/2012 de 6 de marzo por el que se
fijan las líneas generales de un mecanismo extraordinario de financiación para
el pago a los proveedores de las Comunidades Autónomas, y Acuerdo de la Comisión Delegada
del Gobierno para Asuntos Económicos, de 22 de marzo de 2012, para la puesta en
marcha de un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las
Comunidades Autónomas (BOE de 17 de
abril de 2012)
[2]
Según el propio Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, nota de
prensa del 27-06-2012, se anuncia que con el plan de pago a los proveedores se
salvarán o propiciarán más de 100.000 empleos.
[3]
Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar
la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y
seguridad de sus prestaciones, (BOE 24-04-2012)
[4]
Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2012 (BOE
2-07-2012). Disposición Adicional Septuagésima primera. Jornada general del
trabajo en el Sector Público.
[5]
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, sobre Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera (BOE 30-04-2012)
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