El próximo martes, 3 de diciembre 2013, la Fundación 1 de Mayo, aprovechando la proximidad de la conmemoración del
35 aniversario de la Constitución española, ha convocado un acto en el que se reivindica
el trabajo como centro de la sociedad y los derechos laborales y sociales como señas
de identidad de la democracia. En el acto se distribuirá una declaración que sustancialmente
se corresponde con la que se reproduce a continuación. El acto programado se denomina ‘Derecho del Trabajo y Constitución’,
y tendrá lugar en el Centro ‘Abogados de Atocha’ [Sebastián Herrera, 14.
Madrid] a las 11:00 horas. Los intervinientes
serán, por este orden, Carlos L. Alfonso,
María Luz Rodríguez, Antonio Baylos y Rodolfo Benito.
El trabajo no es una mercancía.
El trabajo es una relación social sobre la que se basa el sistema económico y
la estructura de nuestra sociedad. Una sociedad en la que el poder privado se ejercita
sobre las personas en una clara situación de asimetría que genera desigualdades
de clase, de género, étnicas y culturales. El sistema democrático reconoce esa
situación de desigualdad e incluye al trabajo y a sus figuras representativas
en el centro de la estructura de los contenidos constitucionales, asignándole
un valor político fundamental. Los derechos derivados del trabajo, individuales
y colectivos, permiten definir la condición de ciudadanía. Una ciudadanía en
progreso porque requiere de un desarrollo social, de un espacio
desmercantilizado donde las necesidades sociales no sean satisfechas en razón
de la capacidad de adquirir servicios en función de la renta de cada uno, y un
poder público que se compromete a ir reduciendo el campo de la desigualdad
económica y social. Las constituciones democráticas que surgen en distintos
países de Europa tras la derrota de los fascismos se erigen sobre el valor
político – democrático del trabajo y la cláusula del Estado Social. La
Constitución española de 1978 participa de esa misma tendencia.
La vigente Constitución establece
una amplia cláusula de estado social, configura a los sindicatos como
representantes institucionales del trabajo en todas sus formas y despliega los
derechos de libre sindicación y de huelga como piezas clave en el espacio
político de los derechos fundamentales. Reconoce solemnemente el derecho al
trabajo como eje de la dignidad de las personas y enuncia los derechos básicos
que se ligan a éste, el derecho a un salario suficiente, a un tiempo de trabajo
compartido con el tiempo de vida, a la formación y al progreso en la
profesionalidad elegida, a la salud y a la integridad psico-física en el
ambiente de trabajo. Compromete al poder público en una política de pleno
empleo. La cláusula de estado social obliga a mantener un sistema público de
seguridad social que asegure prestaciones suficientes en los estados de
necesidad, en especial ante el desempleo y que garantice de forma universal el
derecho a la salud de todos los ciudadanos. La constitución atrae a la esfera
político-democrática al trabajo que dota de derechos de plena ciudadanía en un
proceso dinámico de construcción de la democracia social.
Porque la ciudadanía no se define
ni exclusiva ni principalmente por la participación de quienes pertenecen a una
comunidad nacional en un proceso que dirime la concurrencia electoral entre
partidos políticos y que se repite en una determinada frecuencia temporal. La
ciudadanía política va más allá y requiere participación y control de la administración
de los resultados electorales, de la forma de gobernar. Requiere instituciones
de participación democrática permanente, y en ese camino se sirve de los
instrumentos democráticos de tipo colectivo, a través de la movilización
social, el derecho de manifestación, la huelga y el rechazo del trabajo
desigual que esta conlleva como forma de
afirmación de un proyecto político de regulación de las relaciones laborales,
de las prestaciones públicas en materia social. Garantiza con la negociación
colectiva las condiciones de suficiencia del salario y del uso del tiempo de
vida y de trabajo. Exige condiciones dignas de existencia social de todos los
ciudadanos, en un impulso a la nivelación social y a la remoción de las
desigualdades existentes sin negar las diferencias ni las identidades que las
subyacen.
Vivimos sin embargo en un tiempo
en el que este cuadro complejo de relaciones sociales y de enunciación de
derechos se está desmoronando. Y no es un hecho catastrófico externo e
imprevisible el causante de este derrumbe, sino la acción política consciente
de fuerzas políticas y agencias privadas que persiguen una nueva
institucionalidad social y económica contraria al reconocimiento del trabajo
como base de la ciudadanía. Es un proceso de una violencia institucional
inconcebible, que ha forzado los mecanismos formales ordinarios de producción
de normas y de reglas colectivas, afirmando un conjunto de decisiones
unilaterales de alcance general mediante
un principio autoritario de gobierno.
Nos enfrentamos a un proyecto que
pretende la desvinculación del trabajo de su inclusión en el espacio
democrático de los derechos político-sociales, y la reapropiación masiva de la
lógica del intercambio mercantil en la satisfacción de las necesidades
sociales. Se despoja al trabajo de su
anclaje constitucional. El trabajo es sustancialmente precarizado, fragmentado,
dislocado, tratado desigualmente, porque es materialmente una mercancía y como
tal debe ser considerado, en cuanto coste y valor económico sometido a las reglas
de la competencia de mercado. Se trata de la desconstitucionalización del
trabajo en cuanto que tendencialmente se define como un trabajo sin derechos
que condicionen su explotación y que impidan su degradación como actividad social,
cultural y política. Son los derechos
quienes relacionan al trabajo con una existencia social digna. No hay
democracia sin derechos laborales y sociales fuertes.
Se ha puesto en marcha un mecanismo
de demolición de las garantías y controles públicos y colectivos del poder privado en las relaciones
materiales de trabajo y de reducción consecuente de los derechos que le dan
dignidad y decencia al trabajo. La positivización débil de estos derechos
derivados del trabajo en nuestra Constitución ha favorecido la impunidad de estas
operaciones, a lo que se ha unido una robusta actividad del poder público y de
los poderes privados que custodian la información para impedir la actividad
colectiva sindical de regulación de las relaciones laborales y deslegitimar a
la vez la figura del sindicato y su capacidad representativa.
La actividad administrativa de
control de la legalidad laboral se ha dirigido hacia el control del uso de las
prestaciones económicas del sistema, y las relaciones de poder en la empresa
están plenamente desequilibradas. No hay una respuesta sancionatoria
administrativa a lo que cada vez más se conforma como modo de gestión asiática
de las relaciones de empleo, lo que contrasta fuertemente con una cada vez
mayor intervención represiva de los procesos de movilización social. Los
órganos jurisdiccionales como instrumentos de garantía de estos derechos ven
desvirtuada su capacidad de control, que en ocasiones resulta expresamente
negada por la ley.
El máximo órgano de control constitucional ha
sido capturado institucionalmente – comenzando por su Presidencia –por las
instancias políticas y las agencias privadas que han puesto en marcha este
diseño político que se ha apropiado del espacio de la constitucionalidad,
procediendo a una deconstrucción consciente de la jurisprudencia constitucional
precedente. Así ha sucedido en materia laboral con el control de la intimidad
del trabajador o la destrucción de la tutela antidiscriminatoria en el caso del
embarazo de la mujer trabajadora. No se puede aceptar una justicia
constitucional que se atiene a un guión que re-escribe el campo de los derechos
derivados del trabajo, sin atender a la doctrina que el propio Tribunal
Constitucional ha venido realizando desde su creación. Es en efecto
desmoralizador para la legitimidad democrática que se pueda pronosticar hoy sin
asomo de dudas cuál va a ser el resultado del recurso de inconstitucionalidad
frente a la reforma laboral del 2012 ante la defensa cerrada de la acción de
gobierno que la mayoría de este órgano lleva adelante.
No podemos soportar como testigos
incómodos este estado de cosas. Queremos hacer una llamada de atención a todos
los ciudadanos, a las mujeres y los hombres que trabajan, a los sindicatos y a las organizaciones sociales y a aquellos
medios de información que todavía no estén bajo la custodia de los poderes
privados económicos dominantes para que
cobren conciencia de la gravedad de la situación y reaccionen frente a ella. Es
urgente un giro social que se deberá materializar en reformas normativas
futuras que impidan esta deriva autoritaria en la que estamos inmersos. Pero al
margen de la concreción de ese impulso a la vigorización de los derechos
derivados del trabajo, desde hoy mismo hay que denunciar esta situación y hay
que exigir que se cumplan escrupulosamente los controles constitucionales a las
normas que se apartan de las exigencias de una ciudadanía cuyos elementos
básicos de seguridad y de dignidad están siendo amenazados durante la crisis.
Queremos que se detenga y se invierta este proceso de degradación del trabajo
como centro de la sociedad y de la política.
Mientras tanto, debemos recordar a los poderes públicos y a los sujetos
privados que es una exigencia inexcusable el cumplimiento de la Constitución y cuanto significa que la misma proclame al estado
español como un Estado social de derecho, en los términos en los
que esto ha sido interpretado tradicionalmente que se han
convertido en garantía de nuestra convivencia cívica.
Madrid, 3 de diciembre 2013.
No hay comentarios:
Publicar un comentario