Los sindicatos confederales, CC.OO y UGT, han tomado una posición contraria y de denuncia frente a la reforma del Código Penal, un texto poco conocido por la ciudadanía pero que en nuevo articulado el gobierno busca decididamente la via represiva de las movilizaciones sociales entre las cuales sobresalen las relativas a los trabajadores y sus representantes sindicales. A continuación se ofrece un extracto del comunicado de UGT y CCOO ante las manifestaciones convocadas para el día de ayer, 18 de febrero, en consonancia con la Jornada Mundial de defensa del derecho de huelga que había organizado la Confederación sindical Internacional.
(En la foto, el titular del blog con sus amigos Jose Luis, Coral y Carlos. En una fotografía de Ruth en medio de la mani de ayer en Madrid)
Las reformas en curso incorporan nuevas restricciones al ejercicio
de derechos democráticos y libertades civiles, y dan continuidad a la ofensiva
contra el derecho de huelga que ha llevado a encausar a trabajadores y
trabajadoras y representantes sindicales, por la defensa colectiva de sus
derechos. El marcado carácter ideológico de esta reforma persigue un único
objetivo: cercenar las libertades democráticas para acallar la protesta social
y el ejercicio de las mismas frente a las políticas de recortes, restrictivas y
antisociales del Gobierno. Nos oponemos a este intento de restringir derechos fundamentales, basándonos en los principios democráticos que emanan de la Constitución, y reclamamos la derogación del art. 315.3 del Código Penal, que vulnera el ejercicio del derecho de huelga.
El proyecto del Código Penal incorpora una amplia
modificación de toda una serie de figuras que se encuadran en lo que se llaman
los “Delitos contra el orden público”. El derecho de reunión y el de
manifestación son dos de ellos, y el derecho de huelga es una herramienta
imprescindible de la libertad sindical. Criminalizar tales derechos supone
convertir el conflicto social y el laboral en un continuo conflicto de orden
público. La sanción penal, siempre la última en un sistema democrático, va a
ser ahora la regla general, porque permitirá sancionar comportamientos que,
hasta el momento, o eran irrelevantes penalmente, o solo tenían un tratamiento
sancionador administrativo. Estamos en un terreno claro de endurecimiento de la
respuesta penal ante las expresiones del conflicto social y las vías de protesta
ciudadana.
Es inaceptable que el Gobierno pretenda incorporar, a través de
estas reformas, nuevas restricciones al ejercicio de los derechos fundamentales
que mejor definen un sistema democrático, y que son el cauce de participación
social en los asuntos públicos, así como la expresión del pluralismo político e
ideológico.
Además, la incorporación de la prisión permanente revisable, con
claros visos de inconstitucionalidad, reservada a delitos de excepcional
gravedad, el sistema de medidas de seguridad, la revisión de la regulación del
delito continuado, la regulación de la suspensión y de la sustitución de las
penas privativas de libertad, la introducción de un nuevo régimen de
suspensión, la supresión del Libro III del Código Penal (Faltas y sus penas),
salvo algunas faltas que se incorporan al Libro II, como delitos leves,
aumentando el sistema de sanciones administrativas y civiles, no solo vulneran
el derecho a la tutela judicial efectiva, sino que tienen una clara finalidad
de intimidación a las organizaciones convocantes de las manifestaciones,
protestas y concentraciones, y también un objetivo recaudatorio.
Las reformas
anunciadas limitan las libertades ciudadanas y, lejos de ofrecer vías de
integración y de expresión articulada de los conflictos sociales, optan por una
legislación represiva.
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