Hoy, domingo 4 de diciembre, los italianos están llamados
a votar en un referéndum por una reforma constitucional que quiere modificar de
forma importante las reglas institucionales de la República, conformar una
mayoría de gobierno por un sistema mayoritario y reducir drásticamente el
sistema parlamentario y el control del ejecutivo. Es otro de los momentos que
pueden jalonar la tendencia constatada en tantos países europeos hacia un
modelo neoautoritario que se asienta en una fuerte subordinación del trabajo al
mercado y a la organización de empresa y expulsa del espacio público de la
política al disenso y al pluralismo político, unificándolo bajo un conglomerado
gubernativo-financiero que actúa las políticas de la gobernanza
desestructurando los derechos de ciudadanía. Confiemos por tanto en que mañana
lunes 5 de diciembre, la mayoría del pueblo italiano se haya decantado por el
NO en su decisión refrendaria.
Ese mismo día 5 está previsto que se desarrolle en Bari, en el marco de la
Universidad Aldo Moro de Bari en colaboración con la Rivista Giuridica del Lavoro – la revista jurídica de la CGIL - un
simposio transnacional que lleva por título
Función y funcionamiento del derecho sindical en Europa, que
reúne a un buen número de expertos internacionales y a un amplio grupo de
iuslaboralistas italianos que se encuadran en lo que podríamos llamar la
izquierda laboralista de aquel país.
El simposio se organiza ante la constatación de que la modernización
reflexiva del capitalismo en su desarrollo neoliberal está determinando una
fortísima presión sobre el Derecho del Trabajo en toda Europa, que es precisamente
el lugar donde éste ha tenido un mayor desarrollo. Las llamadas “reformas
estructurales” lo son porque afectan a la estructura del capitalismo y la
relación entre Capital y Trabajo. Por eso – señalan sus organizadores – hay que
estudiar la evolución del Derecho que regula la fuente principal de los
derechos de la relación laboral: el derecho que nace de la dimensión colectiva
de las relaciones laborales. Es el Derecho Sindical el que más ha padecido las
innovaciones de las llamadas “reformas estructurales”, en línea con una
tradición neoliberal que tiende a reducir los espacios de la autonomía
colectiva. De esta manera en el simposio
se discutirá sobre los tres grandes aspectos que regulan las relaciones
colectivas: la forma de la representación de los intereses del trabajo, la
estructura y la función de la negociación colectiva, la regulación del
conflicto colectivo.
Hay que discutir por tanto los distintos cambios que han tenido lugar en
varios países de Europa occidental para poder delinear la modificación que ha
experimentado el derecho sindical en Europa. No es suficiente por tanto el
análisis comparado entre tal o cual institución de diversos países europeos,
sino que se pretende un esfuerzo de comprensión global del conjunto de estas políticas reformistas
llevadas a cabo por la gobernanza económica europea, que ya había sido precedida
de importantes indicios de cambio a partir de Libro Verde sobre la
modernización del Derecho del Trabajo en Europa y las decisiones del Tribunal
de Justicia sobre Viking y Laval que supeditaban el ejercicio del
derecho de huelga en el espacio transnacional europeo al respeto de la libertad
de empresa. Es cierto sin embargo que este tipo de desarrollo se está
produciendo en el marco de un sistema de derechos reconocido
constitucionalmente tanto en el nivel europeo con la Carta de Derechos
Fundamentales como en el plano nacional-estatal a través de los textos
constitucionales de cada país, y además en un juego de escalas o de niveles
jurídicos que se superponen y en donde por consiguiente la Convención Europea
de Derechos Humanos o la Carta Social Europea construyen un tipo de función del
ejercicio de los derechos colectivos o sindicales que generan un tipo de funcionamiento
diferente. La huelga, la negociación colectiva y las formas de representación
colectiva, especialmente la sindical, son campos de análisis en donde esta
ambivalencia se debe desplegar.
La hipótesis general de este
simposio es que la función y el funcionamiento del derecho sindical en Europa
demuestran que la Unión Europea y las instituciones de la Gobernanza están
produciendo una formidable convergencia entre todos los países. Cabe
preguntarse por tanto sobre las trayectorias que marcan la evolución de los
derechos sindicales nacionales hacia un derecho sindical europeo, en un
contexto macro económico posiblemente semejante, al menos en los países del Sur
de Europa, y en qué medida estos trayectos representan una innovación respecto
de las tradiciones nacionales del derecho sindical de los respectivos países,
si en definitiva se está produciendo un cambio de la función del derecho sindical
derivado del contexto histórico-jurídico en el que se afirma una “edad
neoliberal” como fórmula hegemónica de
resolución política de la crisis. Es oportuno también preguntarse sobre los
sujetos sociales que impulsan las reformas del derecho sindical, y su
adecuación a las transformaciones que se están produciendo en las relaciones
materiales de trabajo.
Esta “delineación de las instituciones del derecho sindical en Europa” está dirigida por Vincenzo Bavaro, de la Universidad de Bari - que aparece en la foto que abre este post - y se despliega a través
de una serie de intervenciones de expertos europeos como Wolfgang Daubler, de la Universidad de Bremen en Alemania, Nicola Contouris, de la Universidad de
Londres (UCL), en Gran Bretaña, Antonio
Baylos, de la UCLM de España, y Filip
Dorsemont, de la Universidad de Lovaina, en Bélgica, a la que se añadirán
algunas intervenciones de los asistentes al acto en los debates. Las
conclusiones del simposio las llevará a cabo Bruno Veneziani, de la Universidad convocante.
Los textos sobre los que se habrán producido las intervenciones de los
ponentes serán recogidos por la Rivista
Giuridica del Lavoro en un número
monográfico.
No hay comentarios:
Publicar un comentario