Se sabe
que la crisis y la posterior regulación laboral que nace de las llamadas políticas
de austeridad han reducido derechos individuales y colectivos, produciendo una
intensa devaluación salarial y precipitando un empleo de baja calidad, inseguro
y precario. Todo ello además ha generado un hecho apenas mencionado en los
medios de comunicación, que es el incumplimiento masivo de la legislación
laboral por parte de los empresarios, convencidos de que no iba a poder darse
una respuesta colectiva ante la amenaza siempre esgrimida del despido y la
pérdida del trabajo de los trabajadores que protesten sin que el sistema
legal prevea mecanismos disuasorios de este tipo de conductas ilegales.
Una modalidad del incumplimiento
de la legislación laboral es precisamente la de considerar que las normas
laborales no son aplicables a las prestaciones de servicios que se desarrollan
en un determinado sector de producción. Se denomina a este fenómeno de manera
elegante “huida del Derecho del trabajo” y es una actitud muy extendida que se
aprovecha de la aceptación forzada por parte de los trabajadores de una
calificación jurídica de su relación que les impide insertarse en el conjunto
de derechos y obligaciones que caracterizan la relación jurídica laboral y la
que superpone a la misma, relación jurídica de seguridad social. El fenómeno
por tanto de los “falsos autónomos” que tiene una cierta relevancia al afectar
de manera señalada a las nuevas formas de trabajo emergentes en la economía de
plataformas – y a las que en breve se dedicará un espacio en este blog – ha
llegado a constituir una manera relativamente común de gestión empresarial.
El combate contra este tipo de
gestión ilícita de las prestaciones de trabajo ha integrado la estrategia
sindical, que ha combinado la denuncia a la Inspección de Trabajo, el impulso
de demandas en la jurisdicción social, la convocatoria de huelgas y
concentraciones y finalmente la renegociación de las nuevas condiciones
laborales, reinsertando los falsos autónomos como trabajadores. Todo el ciclo
de la acción sindical que denota una fuerte vitalidad sindical y que hace
visible la utilidad inmediata del mismo. Quizá por ello estos esfuerzos no han
encontrado el eco mediático que seguramente requeriría.
Es el caso de la lucha contra los
falsos autónomos encuadrados falsamente como socios trabajadores de unas
cooperativas meramente formales que se ha llevado a cabo de manera permanente y
coordinada en las industrias cárnicas. Ya desde hace tiempo, pero de manera más
intensa a partir de febrero de 2018, se ha incrementado por parte de la
Federación de Industria de CCOO una campaña denominada “carne limpia de fraude
y de explotación laboral” que denuncia la utilización de la figura de la
cooperativa de producción como fórmula para evitar el disfrute de los derechos
laborales y de seguridad social que si tienen el resto de trabajadores. La
utilización de cooperativas se inserta en un mecanismo de subcontratación de
actividades, y en un contexto de cierta sofisticación organizativa que además
se beneficia de posiciones muy complacientes por parte de la jurisprudencia
social tanto respecto del mecanismo de la descentralización productiva como
respecto de la naturaleza de la relación jurídica.
Por eso la actuación del
sindicato ha sido en muchos sentidos ejemplar. No sólo se ha denunciado a todas
las falsas cooperativas cárnicas, como Servicarne, TAIC, Clavial, Auga, Aliagro,
Copergo, Coaldes, Sercicios Integrales, Work Man ACP, Globalcarne,
Iesso, Sigma, Matarifes C. Viejo, Canapeni entre otras, que en algún
caso, como el muy conocido de Servicarne ha servido para que se le
retirase la licencia por el Ministerio de Trabajo, de manera que los falsos
socios cooperativistas pasarán a formar parte de las empresas cárnicas dentro
del Régimen General y del convenio colectivo. La movilización ha sido – y continúa
siendo – muy activa en las concentraciones y la convocatoria de huelga en
algunas empresas, con la finalidad de reabsorber estos falsos asociados en la
relación jurídico-laboral común. Si se googlea
sobre este tema, se podrá encontrar un rosario de acciones colectivas y de
realizaciones sindicales a través de acuerdos con las principales empresas que
se comprometen a reconocer la cualidad de trabajador por cuenta ajena a los
falsos cooperativistas.
Además el sindicato quiere
intervenir regulando este tema. En el convenio colectivo, mediante la
prohibición de subcontratar la actividad principal cárnica, una técnica de
ahorro de costes que distorsiona la competencia del sector e introduce un
diferencial salarial que castiga a las empresas que se hacen cargo de esta
actividad con su plantilla de trabajadores. En la ley, reformando las Leyes de
Cooperativas autonómicas precisando claramente los caracteres de la relación
del socio cooperativista respecto del trabajador por cuenta ajena e impidiendo
la consolidación organizativa de la cooperativa como un mero envoltorio que
falsea las relaciones laborales en su seno. Frente a estas reivindicaciones,
una parte de la patronal cárnica quiere recuperar la figura del TRADE para este
tipo de trabajadores, una propuesta que es frontalmente rechazada por parte de
los sindicatos, pero que dice mucho sobre la concepción del TRADE como un
mecanismo de elusión de derechos laborales.
Pero otra de las propuestas
sindicales se sitúa en el espacio de lo que se conoce como Responsabilidad
Social, puesto que se trata de la creación de un Semáforo Laboral Cárnico
con la finalidad de dar a conocer a los medios de comunicación y a los
consumidores y consumidoras qué empresas cárnicas abusan de las personas, qué productos
hacen y en qué supermercados se distribuyen. Con ello el sindicato enlaza el
espacio de la producción con el de la información y el consumo, mediante un
instrumento importante que viabiliza un consumo responsable y justo que oriente
a la ciudadanía en sus hábitos de consumo, una suerte de label o etiqueta de origen sindical que tiene una evidente
originalidad y que debería por tanto ser objeto de una mayor atención como
fórmula de acción colectiva y de conectividad de los intereses de los
trabajadores con el espacio del consumo.
El sindicalismo ha conseguido ciertamente
un importante triunfo con estas acciones colectivas correctamente anudadas y
coordinadas. En una época en la que se suele insistir en la prescindibilidad de
la forma sindicato como medio de agregación de intereses colectivos dotada de
efectividad, este tipo de acciones deben ser conocidas y difundidas.
Caben más reflexiones al
respecto. No me resisto a traer a colación la de Joaquín Panceira (alias de Joaquín
Pérez Rey) en su muro de Facebook, que
se desplaza de este hecho a una consideración general:
El panorama mediático de este país está dominado por la información
deportiva, bien en sentido estricto, bien aplicada a la competición entre
partidos políticos. Rara vez un intruso rompe el cerco, aunque lo merezca.
No sé si me equivoco, pero lo que está pasando con las cooperativas,
especialmente en el sector cárnico, tiene una importancia decisiva y la
actuación sindical merece destacarse.
No es solo que se haya logrado atajar el fraude lo que no era fácil a
la vista de las posiciones jurisprudenciales y el sofisticado entramado
jurídico creado, sino que se están gestionando las consecuencias, lo que
tampoco es precisamente sencillo.
Los acuerdos para integrar a los falsos cooperativistas en las
plantillas de las empresas cárnicas como trabajadores por cuenta ajena son un
ejemplo. También lo es la intensa labor pedagógica que combate la mirada miope
obnubilada con los (pocos) beneficios inmediatos del falso cooperativista y no
repara en sus consecuencias a medio y largo plazo.
Y por el camino otra lección. Las nuevas formas de trabajo son en
muchas ocasiones construcciones sin cimientos. El discurso que las naturaliza
sin cuestionar su esencia suele ser una extensión de la inflación discursiva
del trabajo autónomo. En verdad un mal cuento para justificar la sangría de los
ingresos de la SS; las condiciones de trabajo lamentables y la estigmatización
de los parados, que dentro de poco pasarán a ser considerados como
, unos
losers responsables únicos de su situación.
Una reflexión que se abre a otros
análisis. Como los que en los días sucesivos se asomarán a las páginas de este
blog.
Las cooperativas de falso trabajo autónomo, son una expresión de “ingeniería empresarial”. Recoge buena parte de esas nuevas realidades por las que habitualmente nos preguntan para tratar de concluir “que no nos adaptamos a los tiempos”.
ResponderEliminarHemos conseguido regularizar en torno a 14 mil trabajadores, descalificar (digamos quitar el carnet de conducir) a SERVICARNE, la principal empresa de este fraude. Con denuncias, huelgas, despidos y readmisiones. Con una visión sindical periférica que va más allá “de lo que pasa en mi empresa”. Hablamos de miles de trabajadoras/es cuyos salarios se actualizan al convenio y decenas de millones de euros de cuotas sociales que van a la seguridad social.
Habéis visto alguna referencia en los medios?
Estos son los datos, suyas son las conclusiones...
Una extraordinaria y decisiva acción sindical la que está desarrollando CCOO en el sector cárnico -y no sólo- que, además de los significativos logros arrancados, tiene el valor de ofrecer alguna clave de lectura para la reescritura del Derecho del Trabajo, el que queremos para el futuro. Y ello, pese a la vigencia del modelo económico y jurídico de la austeridad.
ResponderEliminarEl estatuto jurídico de los trabajadores asalariados se está dirimiendo hoy a través del conflicto sociolaboral, la acción colectiva y la negociación colectiva sectorial multi-territorial. Interdependientes, todas, de la intervención y, en ocasiones, conducción de la labor de la Asesoría jurídica sindical.
Un modo (modelo) de creación normativo-laboral a reivindicar frente a aquel que, reclamándose igualmente de progreso social, confía exclusivamente a la acción legislativa (del Ejecutivo) la reescritura (liberal¿?) del Derecho del Trabajo. Modelo que convalida sin reparo alguno la superación de la validez de la noción (valor) del trabajo asalariado como axioma sociopolítico de atribución del status de ciudadanía (protección social y laboral, en la denominación de este sector doctrinal).
Este asedio al concepto ontológico-constitucional del trabajo, y del Derecho del Trabajo, se está operando a partir del cuestionamiento en sede judicial de la validez y vigencia de los indicios y requisitos constitutivos del trabajo por cuenta ajena. Una labor de ingeniería jurídica a cargo de algunos de los grandes despachos jurídico-laborales.