viernes, 18 de julio de 2008

UN SEMINARIO EUROPEO SOBRE "ACCIÓN COLECTIVA"

El seminario sobre derecho del trabajo comparado que se organiza en Montepulciano (Siena), bajo la dirección de los profesores Gaeta (Universidad de Siena) y Ales (Universidad de Cassino) desde hace dos años, se ha dedicado en esta edición al estudio de la "acción colectiva" en los seis países sobre los que funciona el comparatismo de estas reuniones: Francia, España, Holanda, Inglaterra, Italia y Alemania. En la foto, el eje Paises Bajos, Alemania y España, aparece retratado en la plaza mayor de la Città Ideale que un Papa sienés imaginó para su pueblo natal. Los laboralistas fotografiados - Deinert y Blanke por Alemania, Dorsemont y Jaspers por Holanda y Bélgica y, en fin, Aparicio y Baylos por la parte española - no se dejan intimidar por este glorioso pasado y se aprestan a tomar un prosecco para emitir alguna valoración de síntesis sobre el derecho de huelga en Europa tras las denostadas sentencias Viking y Laval.

El seminario se dirige a jóvenes investigadores universitarios de los seis países que, tras escuchar los informes nacionales de situación sobre las líneas generales de regulación en los respecivos sistemas jurídicos estatales, trabajan en una intervención centrada en algunos aspectos relevantes y trasnversales a las diferentes realidades nacionales. En esta ocasíon, se trataba de examinar la regulación jurídica de los diferentes medios de acción colectiva de conflicto, lo que en la mayoría de las regulaciones nacionales implicaba hablar ante todo de la huelga. El tema es muy difícil, pero para un observador externo, revelaba una modificación profunda en la relación entre este fenómeno de conflicto, insertado en la lógica de la acción sindical, y la forma de asimilarlo en términos de la cultura jurídica que maneja un gran número de estos investigadores, quienes lo conseptuaban exclusivamente en términos de límites jurídicos y de responsabilidades colectivas e individuales. La cultura sindical sobre el conflicto y la propia tradición sindical sobre la huelga no aparecía en el discurso, poniendo de relieve la pérdida de influencia de éste - y la propia visibilidad del sindicato y de sus medios de actuación - sobre la producción de teoría juridica universitaria. Naturalmente que no era esta la tónica general, pero si adquiría la suficiente corposidad como para ser resaltado con preocupación. Como consecuencia de ello, la forma de interrogarse sobre la huelga era profundamente equivocada.

Sin embargo, el trabajo que en su conjunto se ha llevado a cabo, merece la pena y la acción de los coordinadores, profesores doctores de distintas universidades que dirigían el debate y la realización de un texto de intervención en cada uno de los temas seleccionados, resultó muy importante en una recuperación de las vertientes sindical y legal - jurisprudencial para explicar la forma precisa de regulación de la huelga, derecho de participación democrática y simultáneamente, medida de alteración de la normalidad productiva.

Donde el debate discurrió de manera más fluida fué en el análisis de la intervención del Tribunal de Justicia y la influencia que Viking y Laval han de tener sobre cada uno de los sistemas jurídicos examinados. De nuevo aquí la intervención del junior staff fué determinante para hacer avanzar críticamente la discusión. Por parte española, coordinaron comisiones diferentes Adoración Guamán, de la Universidad de Valencia, y Paco Trillo, de la UCLM.

El seminario ha resultado por tanto muy interesante, como es fácil representarse. Tanto que se prepara un libro, coordinado por Edoardo Ales y por la profesora británica Tonia Novitz que recoja las intervenciones de los ponentes nacionales y que examine el espacio regulativo de la huelga en esta dimensión europea y transnacional tras las decisiones del Tribunal de Justica europeo. Debería estar publicado en marzo del 2009, pero ya se hablará en este blog de sus avatares editoriales.

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