Se han publicado, a mediados de este año 2011, por la editorial Trotta, las memorias de Juan Ramón Capella, que se titulan “Sín Ítaca”, y que abordan la memoria de su vida desde su nacimiento, en 1940, hasta el emblemático 1975. Capella es posiblemente el jurista crítico más interesante – y más reconocido como tal – del panorama académico español, y ha escrito unas Memorias en las que resalta su origen familiar burgués, su formación personal y académica, la intervención en la creación y orientación del movimiento de los PNNs y su compromiso político en el PSUC, junto a su actuación en la lucha por la consecución de la democracia política y social.
Una parte importante de este importante texto se dedica a describir los itinerarios formativos de Capella, su decisiva estancia en Paris en el curso 1962-63, y sus proyectos de investigación, con sus insatisfacciones y sus vacilaciones. Entre estas reflexiones, hay algunas que realiza en el curso de su estancia clandestina en la Abadía de Montserrat en el estado de excepción de 1969. Allí habría de escribir una de las obras más influyentes - en el estilo de “pamphlet” que él reivindicaría – sobre la formación de los juristas demócratas y socialistas de la década de los 70: “Sobre la extinción del derecho y al supresión de los juristas”. Leido y comentado cientos de veces, a la generación de estudiantes que cursó los estudios de derecho entre 1970 y 1975, sería un texto básico en seminarios, referencias en trabajos y en debates académicos, integrando de modo ineludible la cultura jurídica democrática de la época. Leer hoy las reflexiones y los recuerdos de cómo Capella concibió este espléndido y brillante trabajo de inmediata eficacia política e ideológica, saber cuál era su intención y verificar los presupuestos de los que parte en un mundo jurídico universitario que en el área de la reflexión sobre la filosofía del derecho y la teoría política pesaba una inmensa losa reaccionaria, merece la pena por ser muy instructivo y retener hoy, en un contexto académico muy cambiado, una buena parte de su valor subversivo e imaginativo en la construcción de un discurso jurídico alternativo.
Veamos lo que narra Juan Ramón Capella:
“Yo no compartía - está hablando en 1969 – los modos de considerar el derecho predominantes entonces, el iusnaturalismo, laico o no (que postula la existencia de dogmas o valores no convencionales), y el puro y simple positivismo, la ideología espontánea de los juristas prácticos. Pero por otro lado tampoco me parecían de recibo las concepciones del derecho y del estado predominantes entre los marxistas, que infravaloraban claramente el fenómeno jurídico moderno y su densa costra cultural y burocrática. En el joven Marx había encontrado una crítica pertinente de las limitaciones del derecho y la democracia burgueses, pero la consideración del derecho como superestructura de la sociedad no me resultaba en absoluto satisfactoria – por ambigua e infecunda – como tampoco las elaboraciones teorético-jurídicas de esta idea o de la noción de la forma mercancía por autores “marx¡stas” como Stuchka o Pashukanis. Por otro lado, no creía que el análisis puramente filosófico del derecho me permitiera avanzar, de modo que me entregaba a un ciertamente desordenado estudio de la historia, la sociología, la antropología y la economía, en la suposición que tarde o temprano conseguiría hacerme con las lógicas esenciales del funcionamiento histórico de las sociedades humanas. Y este estudio, completamente fuera de los cánones académicos de mi disciplina, era ciertamente una aventura: no sabía si sería productivo ni cuando lo sería, o si tendría que reconocer que había equivocado el camino. Manolo Sacristán, la única persona con quien podía discutir mis razones, las aceptaba, pero me exhortaba a ser académicamente prudente para no quedar ostracitado de la vida universitaria como le había ocurrido a él. Por otra parte yo me preguntaba si el fideísmo que veía en otros me salpicaba también a mi mismo: encontraba inspiración en textos de Gramsci y de Marx, pero no había emprendido todavía un análisis de fondo de los supuestos implícitos de este último pensador (eso tendría que esperar aún unos años). De modo que era un marxiano – me situaba y me sitúo en esa tradición de pensamiento – que desconfiaba de su propio marxismo. Tenía mucho trabajo por delante.
(….) La verdad es que envidiaba a Joan Redorta la facilidad con la que producía objetos bellos mientras que yo, perplejo, sólo podría producir ideología (…) Pero un día, volviendo del obrador de cerámica (,,,) mi cerebro le dio la vuelta al planteamiento: al menos ¡podía producir ideología!. Estaba en situación de suscitar ideología jurídica de izquierdas. Por unos segundos rondaron por mi cabeza los grandes panfletos jurídicos del siglo XIX – "La jurisprudencia no es una ciencia", de Von Kirchman, o "La lucha por el derecho", de Ihering – que, salvadas las distancias intelectuales, me proporcionaban un modelo formal, y también reviví algunos temas de crítica jurídica que había esbozado, sin poder desarrollarlos, en mi contribución a una revista estudiantil de la época de la caputxinada. Un minuto después ya tenía una idea precisa y acabada del panfleto jurídico que iba a escribir, y que se llamaría Sobre la extinción del derecho y la supresión de los juristas. ¡Por fin hallaba algo productivo qué hacer mientras durara mi etapa de fugitivo. Por pobre que fuera mi aportación, obligaría a discutirla.
¿Creía yo en la extinción del derecho y en la supresión de los juristas como algo que se pudiera proponer realmente? La extinción del derecho – del que la supresión de los juristas es lógicamente un correlato – era entonces un viejo tema, tradicional, del socialismo. Marx lo había recogido sin más de Saint Simon, y con él se expresaba la aspiración a un mundo social no regido por la coerción institucional sino, esencialmente, por una moral colectiva unificada. Yo consideraba el asunto remitido si acaso al futuro distante de una humanidad nueva, liberada de la lógica del cálculo egoísta y además, lo volvía más problemático aún mi escepticismo antirousseauniano (…) A pesar de todo, no me parecía inoportuno – mas bien lo contrario – proponer un mundo regido por la moral, sobre todo cuando el título elegido (…) podría funcionar como un guiño a los juristas de izquierda dispersos por el país, además de llamar la atención sobre el panfleto, para estimular una polémica en las remansadas aguas de la cultura jurídica de entonces. Por otra parte, pensaba poner en pie de guerra a los estudiantes de derecho contra la presencia en sus planes de estudios de dos disciplinas inadmisibles: el derecho canónico y el derecho natural. Lo primero se había convertido en mera oficialización del nacional-catolicismo, sobre todo en el terreno del derecho matrimonial, y lo segundo era una vergonzosa y obligada conversión en ideología, en el peor sentido de la palabra, justamente, del filosofar sobre el derecho”.
(pp. 232-233 y 236-237 de la obra).
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