Los días 2 y 3 de marzo 2012, en la Escuela de Formación del sindicato Ver.di, de la DGB, en Wansee (Berlín), se ha celebrado un seminario organizado por la red "Abogados Europeos para los Trabajadores" (European Lawyers for workers), que tenía por objeto analizar dos temas de importancia en Europa: de un lado, la situación del derecho de huelga, ante la inminente consideración de un proyecto de Reglamento comunitario que pretende regular en el nivel europeo el derecho de huelga. En segundo término, la situación de los derechos de información y consulta de los representantes de los trabajadores en la empresa, con especial hincapié en los Comités de empresa europeos. a la conferencia han asistido, por parte italiana, los amigos Antonio Loffredo y Giovanni Orlandini. Por España, Antonio Baylos. En el curso de las sesiones del smeinario, se ha votado el siguiente texto de denuncia del intento de regular el derecho de huelga en un contexto además de exacerbación de los diferenciales nacionales en materia salarial y de condiciones de trabajo.
Los días 2 y 3 de marzo de 2012, los abogados europeos que defienden los derechos de los trabajadores, se han reunido en Berlín para una conferencia sobre los derechos laborales y han adoptado la siguiente declaración, exigiendo la retirada inmediata del proyecto de reglamento denominado Monti II, que será examinado por la comisión el 14 de marzo 2012.
El objetivo de esta conferencia es expresar su completa solidaridad con los trabajadores europeos (en especial los de Grecia, España, Irlanda y Portugal) que padecen las medidas extremas que les han sido impuestas por sus gobiernos y por la Unión Europea, o a petición propia. Estas medidas se declaran necesarias para superar la crisis financiera y económica en cada país respectivo. En realidad, la crisis es una crisis mundial del capitalismo provocada por la inagotable búsqueda del beneficio. Se ha convertido de ahora en adelante en un argumento para abolir los elementos esenciales del derecho del trabajo, cuidadosamente logrados a través de decenios. El objetivo es evidente en sí mismo considerado: tomar más fácilmente a los trabajadores de rehenes para que éstos sean quienes paguen el coste de la crisis financiera. Las negociaciones colectivas son ignoradas y despreciadas. Los acuerdos colectivos son desmantelados, incluso por los gobiernos. Los despidos masivos son facilitados y las indemnizaciones son reducidas. Los sindicatos se ven privados de su poder de defensa de los intereses de los trabajadores.
Más allá del ataque europeo sin precedentes contra los derechos sindicales y los derechos de los trabajadores, la Comisión Europea somete al mismo tiempo a los derechos fundamentales a una erosión importante en función de las medidas que se han descrito. Pero hay medidas que aún se desconocen y ya están en marcha. Nos referimos al proyecto de reglamento Monti II de la Comisión.
En principio concebida como una respuesta normativa a las muy criticadas decisiones del Tribunal de Justicia en los asuntos Viking y Laval, que subordinan los derechos humanos fundamentales a la libertad de empresa para explotar las diferencias del coste de trabajo en los distintos países, al final, el proyecto de Reglamento Monti II viene a insertar en el conjunto normativo de la Unión Europea todos los principios que enunciaban las sentencias Viking y Laval. El art. 2 (1) del proyecto de Reglamento establece que un derecho humano fundamental no tiene primacía sobre una libertad económica. No es necesario afirmar que se trata de una subversión clara de los derechos humanos. Sugiere que el derecho a la vida no es más importante que la libertad de empresa, que permite exponer a los trabajadores a riesgos de salud y seguridad como forma de incrementar el beneficio empresarial. El principio de “equivalencia” entre derechos humanos y libertades de empresa es claramente contrario al derecho internacional. En lo que se refiere al derecho de negociación colectiva y el derecho de huelga (al que el Reglamento Monti II ataca especialmente), el texto está en total contradicción con la adhesión de la Unión Europea a la Convención Europea de los Derechos Humanos, ignora los convenios de la OIT y los preceptos de la Carta Social Europea. En su aplicación concreta, el proyecto de Reglamento llevará a la consideración prioritaria de las libertades económicas y favorecerá a intervención restrictiva de los jueces en las acciones colectivas, reduciendo la autonomía de los sindicatos.
Comunicado elaborado por la Red Europea de “Abogados para los Trabajadores”, que sostienen organizaciones y personalidades de Alemania, Bélgica, Francia, Reino Unido, Suecia, Finlandia, Italia y España.
Gracias por esta síntesis, Don Antonio. Con todo, debería debatirse sobre cómo articular el ejercicio del derecho de huelga ante los nuevos desafíos, básicamente el de la difamación a través de las grandes redes de comunicación. Probablemente, habría que cambiar el modus operandi y apostar por un modelo de advertencia masiva -coordinación en el ejercicio del derecho de manifestación- con huelgas en cascada. Pero no sé. A mí lo de la huelga general me parece muy desgastante y más fácil de responder por parte del gobierno y la gran empresa.
ResponderEliminarAl hilo de lo que dice don Jaime, pregunto: ¿Por qué no estudiar un sistema huelguístico rotativo ya sea por sectores o territorios? Saludos desde Pórtugos.
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