miércoles, 5 de agosto de 2015

REPRESENTACIÓN Y DELEGACIÓN SINDICAL (NOTAS DE LECTURA II)



Como ya se dijo en la entrada anterior, estas notas de lectura aprovechan textos más o menos alejados de la materia de derecho laboral o sindical y los descontextualizan, aplicándolos a otras situaciones que no tienen mucho que ver con el tenor en el que se desarrollan originalmente, pero que sin embargo pueden ser vistas de una manera original a partir precisamente de esa lectura. El carácter por consiguiente expropiatorio y tergiversador de los textos excusa al autor de estas notas declarar su fuente, ya que no haciéndolo no la traiciona e impide que los lectores comprueben el estropicio. En este caso se trabaja fundamentalmente el problema de la representación sindical desde la perspectiva del conflicto como afirmación del poder y de la organización de las clases trabajadoras.

Si se plantea desde ese punto de vista, el conflicto como base de la organización y de la potencia del colectivo de los trabajadores, es preciso no plantear separadamente los problemas “reivindicativos” de los “políticos”, en el entendimiento que por “políticos” no hay que entender los derivados de la esfera de actuación del Estado o de los poderes públicos, ni tampoco la extensión del concepto de reivindicación a los “socio-político”, que siguen teniendo por tanto un contenido reivindicativo-material. Por el contrario, este concepto se relaciona directamente con el problema de la libertad y de la democracia y por tanto con el poder en los lugares de trabajo y la necesidad de deslegitimar su función en el proceso de acumulación y en la explotación del trabajo desde una perspectiva estrictamente democrática, es decir, reivindicando la importación del esquema democrático a la relación de trabajo, a la organización de la empresa y la toma de decisiones. Este es un punto central, porque el mecanismo de la representación del trabajo tiene que unir implícita o explícitamente a la reivindicación material un sentido de proyecto que impugne la organización del trabajo y las condiciones en las que ésta se expresa.

En qué medida la percepción de esta versión político-democrática que implica la “impugnación” del trabajo se revaloriza ante la extensión del trabajo precario, del trabajo irregular y del incumplimiento masivo de los límites colectivos y legales a la forma de prestación de la actividad laboral, es algo que posiblemente tenga que analizarse sobre la base de determinadas experiencias de acción colectiva, pero también tiene su repercusión, de forma ambivalente, en el alejamiento de amplios sectores de trabajadores y trabajadoras de los sujetos que les representan para el logro y la gestión de los contenidos reivindicativos materiales. Se suscita entonces la cuestión sobre la validez de la forma representativa que históricamente ha sido practicada para la mejora de las condiciones laborales y para la lucha por una democracia social o si debe someterse a una reformulación importante.

En su forma extrema, se expresa como un rechazo a la representación sindical tal como está formulada, equivale a un no dejarse representar por los sindicatos: “Vosotros no nos representáis, lo que os preocupa no nos interesa, y lo que a nosotros nos interesa, vosotros lo ignoráis”. Pero este rechazo se traduce más bien en una queja sobre la opacidad de la organización sindical “despegada” de las vivencias reales en el trabajo concreto de un amplio número de trabajadores y trabajadoras, por lo que la desafección frente a estas organizaciones sindicales confluye con planteamientos que consideran imprescindible para recuperar esa función representativa que se extienda la participación democrática en paralelo a la reformulación del espacio de lo político como un ámbito de libertad y de empoderamiento ciudadano.

En consecuencia, se reproduce una antigua división entre “dirigentes” y “ejecutantes” del mecanismo representativo colectivo en el proceso de producción y en las condiciones en las que se concibe esa ejecución del trabajo, hoy esencialmente precario, subvalorado y sometido a un poder despótico de una parte o de otra desmotivado, ininfluyente, rutinario. Y la separación entre estos dos niveles es posible por la autorreferencialidad de los “dirigentes” frente a las pulsiones reales de la mayoría de los trabajadores o “ejecutantes” de las decisiones de la organización sindical.

Por tanto, lo que en muchos momentos aparece como un problema de representación se presenta de forma más correcta como un asunto de delegación de las funciones de organización y de dirección de la acción representativa gestionada por las estructuras sindicales. Esta delegación se suele enmascarar o no subrayarse al confundirse con el fenómeno de la organización sindical en la que se integra el trabajador y por tanto con el reconocimiento de los trabajadores a “organizarse y dirigirse por si mismos”, que constituye por cierto la base de la libertad sindical de organización. Pero deja en la sombra la delegación que el mecanismo representativo lleva a cabo en los dirigentes del sindicato que requiere la participación efectiva y el control material por parte de los trabajadores como una condición no sólo de legitimidad, sino de eficacia de la acción colectiva.

Esta consideración de la problemática de la delegación conduce a un debate sobre los medios que favorecen la participación de los trabajadores como forma de fortalecer la eficacia de las medidas de acción colectiva, lo que plantea el uso de la asamblea o el recurso al referéndum como condición de la decisión del sindicato ante temas centrales de su programa reivindicativo, la consulta a los afiliados, las concentraciones de delegados y delegados en los centros de trabajo. El ámbito específico del conflicto se presenta asimismo como un espacio especialmente sensible, puesto que esa delegación sin control puede proyectarse sobre la ineficacia de las medidas de presión o la incapacidad de intimidación de la acción huelguística del sindicato. Puede suceder así que las manifestaciones y presiones planeadas sindicalmente no conduzcan “a ninguna parte” o que simplemente constituyan “una parodia” de conflicto que no incomoda al interlocutor o antagonista. Este hecho puede provocar la apatía o el no seguimiento de los trabajadores. La apatía de las trabajadoras y trabajadores es una señal de la distancia de sus representantes, pero también puede implicar que éstos estén sacando conclusiones sobre la práctica del sindicato y sobre la propia eficacia (o, propiamente dicho, ineficacia) de la medida de conflicto planteada.

Un último aspecto problemático relacionado con el hilo narrativo anterior es el que conduce a una reflexión sobre las diferentes formas de organización que permiten vertebrar la acción sindical en torno a la presencia real y directa de la gran mayoría de los trabajadores. Se trata de la consideración de la proximidad de la forma organizativa como una forma de asegurar que el mecanismo de la delegación funcione correctamente. Lo que se conecta con las fórmulas con arreglo a las cuales se estructura el interés “profesional” del trabajo en torno a los diferentes sectores productivos, mediante la federación de sindicatos en torno a un sector determinado. En este aspecto, hay ya desde los años sesenta del siglo pasado, una cierta literatura crítica respecto de los sindicatos “amalgamados”, es decir grandes federaciones producto de sucesivas fusiones, las más de las veces por problemas de financiación y sostenimiento de respectivos sindicatos, que se aíslan progresivamente de las experiencias de los sectores en concreto y dificultan el funcionamiento conectivo de la representación colectiva.

Pero también es esta una manera de abordar las fórmulas de representación en los lugares de trabajo como espacios de proximidad y por tanto susceptibles de una mayor relación representativa inmediata y de una forma más sólida de trabar el conflicto y mantener su desarrollo. En la literatura de los años cincuenta y  sesenta, se recogía la experiencia de los shop stewards británicos como delegados del centro de trabajo como una existencia conflictiva autónoma respecto de las estructuras sindicales de rama, y la vitalidad que este hecho generaba en cuanto a la movilización obrera. Idénticas reflexiones podría hacerse sobre el movimiento de delegados en Italia. Entre nosotros, sin descuidar la experiencia histórica de las Comisiones Obreras en su etapa de consolidación bajo el tardo franquismo, este debate se ha ido desplegando en torno a la idoneidad de la forma de representación, voluntaria o unitaria, y se ha complicado con el fenómeno de la representatividad sindical. Actualmente la tendencia a la “sindicalización” de las representaciones de empresa que parece estar ofreciendo una cierta síntesis del debate clásico en el sindicalismo democrático español,  no excluye el planteamiento de este enfoque sobre la “proximidad” del conflicto en relación con posibles disonancias entre las estructuras organizativas que lo administran y gestionan. La experiencia del conflicto de Coca Cola puede suministrar un buen ejemplo al respecto.




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