lunes, 15 de octubre de 2018

ALGO MAS QUE PRESUPUESTOS PARA UN ESTADO SOCIAL



Hacía mucho tiempo que el centro de las noticias no lo ocupaba la problemática social. La firma del acuerdo entre el Gobierno y el grupo confederal Unidos – Podemos / En Marea / En Comú Podem sobre los Presupuestos Generales del Estado del 2019, calificados “para un Estado social”, ha acaparado titulares tanto para explicar su contenido y su alcance como para recoger las valoraciones que partidos políticos, organizaciones sociales e instituciones financieras han hecho del mismo. Esta centralidad de la discusión sobre lo social como eje de la actuación política es una muy buena noticia en sí misma considerada, después de tanta atención prestada a escándalos mediáticos y reivindicaciones identitarias extremas. Por fin se habla en todos los medios de comunicación de la regulación concreta de las condiciones económicas y sociales de la mayoría de la población.

Esa misma acumulación informativa hace que a estas alturas no tenga interés el desarrollo exhaustivo de los contenidos de este acuerdo, en especial en lo relativo a las medidas relativas a las relaciones de trabajo y empleo y a las medidas de seguridad social. Quienes frecuentan la blogosfera laboralista de este país, han tenido ocasión de leer el amplio análisis que se contiene en el blog de Eduardo Rojo confrontando el informe del FMI y el contenido del acuerdo del Gobierno con Unidos Podemos y las confluencias, mostrando lúcidamente dos formas de entender el mundo de trabajo derivadas de puntos de vista completamente diferentes, a la vez que se describía con detenimiento lo que el Acuerdo suponía en materia de trabajo y de Seguridad social:  De la declaración del FMI al Acuerdo de la LGP 2019 Lo que se pretende efectuar en esta entrada es por tanto algo relativamente diferente, suministrar algunos elementos de análisis y de reflexión sobre el significado de un Acuerdo como el efectuado el jueves 11 de octubre.

El Acuerdo va más allá de un pacto para poder sacar adelante los Presupuestos generales del 2019. Se trata de un documento que implica una alianza entre el Gobierno y el grupo parlamentario que le da estabilidad al mismo, y compromete una acción política durante más tiempo que el marcado por la aprobación de la Ley de Presupuestos. La presencia pública del gobierno es importante porque marca el sentido de la alianza, una transacción “a la portuguesa” en el sentido que un gobierno monocolor es sostenido, sobre la base de un compromiso programático, por la izquierda política con representación parlamentaria, y esta sustentación se prolonga implícitamente durante el tiempo de la legislatura, hasta 2020. Desde este punto de vista, supone, como se ha dicho hasta la saciedad y reitera el propio documento, un cambio de inflexión respecto de los siete años de gobierno del Partido Popular, que no sólo incrementaron la desigualdad y la injusticia sino comprometieron seriamente la democracia. Es razonable por tanto el encarnizamiento con que este acuerdo ha sido recibido por los líderes actuales de este Partido, al que se han sumado los dirigentes de Ciudadanos (C’s) que se consideran al parecer coautores de esta deriva autoritaria y antisocial que practicó el gobierno al que apoyaron a partir del 2016.

Se ha señalado insistentemente que el Acuerdo requiere para su concreción obtener las mayorías parlamentarias requeridas, puesto que la suma de diputados no permite alcanzarlas, y que por consiguiente se deberá contar con el apoyo de los partidos nacionalistas vascos y catalanes. La situación de los presos catalanes complica las cosas, pero la cultura política del diálogo que se está implementando en los tiempos más recientes, puede aventurar que se  llegue a un cierto punto de encuentro. No parece sin embargo que en este tema quepa ningún pacto ni con el PP ni con C’s.  En el caso de los presupuestos un escollo adicional es el Senado, en manos de una bulliciosa mayoría del Partido Popular, y la Mesa del Parlamento, dominada por PP y C’s que complicará necesariamente el camino de su eventual aprobación. Además el propio compromiso presupuestario tiene que sortear la aprobación de la Comisión europea en lo que se refiere al compromiso del déficit, en un contexto en el que las energías de la Comisión están volcadas en encontrar una solución a la oposición italiana expresada de forma contundente porque está segura de la debilidad futura de estas posiciones oficiales sobre la estabilidad monetaria una vez que en el 2019 se verifique un cambio político muy decisivo en el Parlamento europeo con el pronosticado ascenso de posiciones neo soberanistas y renacionalizadoras que además consagre posiciones de rechazo a los flujos migratorios y de los demandantes de asilo. En esta prospectiva, sin embargo, la orientación política de este Acuerdo es mucho más prometedora, puesto que abre espacios para la profundización de la democracia que deberían ser valorados positivamente en una consideración general – “holística” diría el FMI – por parte de las autoridades europeas.

Pero el Acuerdo es fundamentalmente un texto interactivo, que se relaciona con otros procesos de intercambio político y social, muy en especial con los protagonizados por los sujetos que representan a las y los trabajadores, que resultan interpelados directamente por el mismo. En efecto, los sindicatos más representativos están escribiendo también la estructura y el alcance de los derechos sociales a partir del diseño de la negociación colectiva y los compromisos que se desenvuelven en el diálogo social, y en ese sentido, se relacionan desde esa posición con el conjunto de acuerdos alcanzados en el Acuerdo de los Presupuestos para un Estado social. No se trata por tanto de que el pacto político haya desplazado al acuerdo social o que éste sea irrelevante ante la acción colectiva de sindicatos y empresarios. De hecho, algunos de los compromisos adoptados en el Acuerdo de Presupuestos para un estado social, como el tan publicitado del salario mínimo, son funcionales a la obligación pactada en el IV AENC de conseguir un salario mínimo de convenio de 14.000 euros al año, puesto que con esta subida se consolida desde el espacio público la tendencia a la recuperación de salarios tras siete años de devaluación de los mismos.

Por eso no se entiende bien la oposición de la CEOE a esta medida, puesto que se inscribe en los compromisos a los que ha llegado en el IV AENC a los que ya en este blog se hizo cumplida referencia (Alcance y eficacia del IV AENC 2018 - 2020) Es cierto sin embargo que son muchas las asociaciones empresariales territoriales que explícita – la de Asturias o la de Castilla La Mancha) o implícitamente - la castellano leonesa – han afirmado que no cumplirán ese objetivo, pero resulta claro que el Acuerdo social no tiene un carácter programático y requiere hacer cumplir lo acordado (IV AENC : revitalizar la negociación colectiva ). La subida del salario mínimo implica un paso adelante en el reparto de la riqueza y camina en la misma dirección de nivelar las desigualdades más intensas en los tramos más bajos de la jerarquía salarial, donde la precariedad es mayor. El SMI de 900 € mensuales es inferior en términos absolutos y relativos al de los principales países europeos, siendo España la cuarta economía de la Unión europea, y está por debajo de la cuantía que le correspondería en función del nivel de salarios, de riqueza y de productividad. Como se han señalado por los expertos de los gabinetes económicos sindicales, la relación entre la productividad por hora trabajada y el SMI es inferior en España a Gran Bretaña, Alemania, Países Bajos, Bélgica o Francia, por lo que “además de ser una medida necesaria para subir los salarios más bajos, no es ningún disparate económico”, en palabras del secretario general de CCOO Unai Sordo. Se trata además de una obligación que se desprende de la Carta Social Europea, que ha establecido en sucesivos informes el incumplimiento de sus prescripciones por parte del Estado español.  Lo que esta subida plantea ahora a los agentes sociales es justamente el de ir consiguiendo en la negociación colectiva el salario mínimo de convenio de 14.000 € anuales. Si esto fuera así, el 92% de las personas que ganan menos de 1000 euros verían incrementado su salario, no por ley sino por convenio, en una muestra evidente de revitalización de la negociación colectiva que ya se ha acordado con CEOE-CEPYME.

Es esta sin embargo la medida que fundamentalmente ha cosechado mayores críticas por parte de los expertos y creadores de opinión neoliberales, tras de los cuales se parapetan C’s y el Partido Popular. En síntesis, el retruécano neoliberal implica que cuanto más social y favorable a las clases trabajadoras sea una medida, más contraproducente será al final para ellas, puesto que la ventaja se tornará impedimento en el empleo, tanto para encontrarlo como para mantenerlo. La receta correcta es la desigualdad en la distribución de la riqueza, la baja retribución del trabajo y la remercantilización de los espacios de satisfacción pública de las necesidades sociales, porque es la llave de un empleo fluido y flexible. Nada que ver con la realidad de las cosas ni con las obligaciones internacionales a las que el Estado español se debe. El Acuerdo se sitúa en el terreno de la política que combate los estereotipos que inciden en la segmentación del trabajo y el confinamiento en el área de la pobreza laboral.

En el texto hay otras prescripciones muy interesantes. Se recupera el subsidio de desempleo para mayores de 52 años y se anuncia una remodelación del nivel asistencial de protección por desempleo. En materia sociolaboral, el objetivo pretendido es el de “recuperar un sistema de relaciones laborales más equilibrado y garantista”, lo que implica, por un lado, proceder a derogar con carácter inmediato algunos aspectos “lesivos” de la reforma laboral, y por otra parte a acelerar los proyectos legislativos de normas ya en tramitación sobre subcontratación, registro de jornada e igualdad salarial. En este tema especialmente la interactividad con el diálogo social es evidente, puesto que los aspectos mencionados en el texto del acuerdo son en gran medida insuficientes desde la perspectiva sindical, que en la negociación con la patronal está impulsando una propuesta más ambiciosa. En efecto, en el texto del acuerdo se habla de modificar las causas y la regulación de la modificación sustancial de condiciones de trabajo y del llamado descuelgue salarial y “ampliar el régimen de caducidad del convenio” hasta la finalización de su vigencia, pero no incluye mención alguna a una reivindicación central en el debate sindical sobre la desaparición de la prevalencia del convenio de empresa sobre el del sector, derogatorio de las condiciones salariales y laborales más favorables de éste, y la redacción de la limitación de la ultraactividad del convenio no es lo completa que los sindicatos quisieran. En este sentido, la negociación bilateral como consecuencia del IV AENC se desarrolla en paralelo  , como se recuerda en este post del blog y pretende avanzar en las próximas fechas  consolidando un cambio importante en materia laboral al menos en ultraactividad, prevalencia convenios, subcontratación y  en la concreción de las causas y procedimientos de inaplicación del convenio del art. 82 ET. De esta manera se ponen de manifiesto las dos vertientes, pública y colectiva, en el proceso de re-regulación de las relaciones laborales que corrige aspectos importantes de las llamadas “reformas estructurales”.

El Acuerdo además promete la apertura de un proceso de debate y de discusión sobre un “nuevo Estatuto de los Trabajadores” del siglo XXI, lo que sin duda merecerá un comentario específico, en la medida en que esta iniciativa se entrecruza de nuevo con los proyectos regulativos de los actores sociales, especialmente sindicales, y promete la ratificación de instrumentos internacionales muy significativos, desde la Carta Social revisada de 1996 – aunque no menciona los Protocolos que permitirían la interposición por parte de los sindicatos de recursos directos ante el CESE – hasta el muy importante Convenio 189 de la OIT sobre trabajadoras domésticas. En otros puntos incluye elementos importantes como la equiparación de los permisos de maternidad y paternidad, con un calendario que fragmenta su equiparación plena hasta el año 2021, y en materia de regeneración democrática, se menciona expresamente la derogación del art. 315.3 sobre la incriminación penal de los piquetes de huelga considerados delito de coacciones laborales. 

En cuanto a medidas de Seguridad Social, el Acuerdo concede una relevancia especial al tema de las pensiones, que abre el documento, y que recoge la primera reivindicación de la plataforma de pensionistas y de los sindicatos, la revalorización de las pensiones en función del IPC, con el compromiso de una paga extraordinaria si el IPC del 2018 supera el 1,6%, e incrementando un 3% las pensiones mínimas y no contributivas. No se hace sin embargo ninguna alusión a la supresión del factor de sostenibilidad, y tampoco resultan muy explícitas las medidas relativas al incremento de los ingresos por cotizaciones, pero este tipo de omisiones se entienden en el contexto de la remisión explícita a los compromisos alcanzados en el Pacto de Toledo y en el diálogo social. En lo relativo a la atención a la situación de dependencia, se acuerda un incremento importante de la financiación “a través de la recuperación de los acuerdos CCAA-Estado que se derogaron en el 2012” y el establecimiento de nuevo de la cotización a la Seguridad social por los familiares que cuidan a las personas dependientes. Una reforma del sistema de cotización de los trabajadores autónomos se promete para el 2019, para garantizar a los autónomos con menos ingresos una cotización más baja, así como el desarrollo del ingreso mínimo vital como prestación por hijo a cargo de las personas vulnerables, con ayudas de comedor y el compromiso de extender la universalidad de la escuela infantil de 0 a 3 años. El panorama de atención a la ciudadanía social se completa con prescripciones en materia de sanidad, educación y especialmente, vivienda. En estos aspectos la interlocución del programa aprobado no sólo se dirige a las Comunidades Autónomas, sino a las entidades locales, a las que por otra parte dedica un apartado especial. Otras medidas sobre la promoción de i+d+i o sobre la transición energética se diseñan con una cierta genericidad pero en una línea claramente expansiva.

Las valoraciones positivas del Acuerdo coinciden con el espectro político y social crítico con las orientaciones de la gobernanza económica europea y con la vertiente autoritaria y degradatoria de los derechos sociales y políticos que esta aceleró. Con mayor o menor convencimiento, las formaciones políticas del espectro del centro izquierda y de la izquierda, los sindicatos de trabajadores y los movimientos sociales, han entendido que se trata de un documento que viabiliza la posibilidad de un espacio común de encuentro entre las fuerzas del cambio democrático sobre la base de un redireccionamiento de las políticas públicas que convergen con los procesos de movilización social en una nueva regulación de las relaciones laborales y de las condiciones de ejercicio de la ciudadanía social para corregir las líneas de acción que se habían consolidado en los últimos siete años con los gobiernos del Partido Popular apoyadas a partir del 2016 por C’s. Y eso, sin duda, constituye una buena noticia, con independencia de (o precisamente por) las dificultades que encierra llevarlas a cabo ante tan obcecados como poderosos adversarios.


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