Mañana 15
de marzo, decenas de colectivos de jóvenes españoles se han agrupado bajo el
nombre 'Juventud por el clima' para secundar la huelga estudiantil
internacional contra el cambio climático que este viernes apoyarán jóvenes de
más de 1.000 ciudades de 89 países. Se han convocado concentraciones en 30
ciudades españolas entre ellas Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Badajoz o
Palma. La jornada se inspira en la activista juvenil sueca Greta Thunberg, que ha protagonizado esta convocatoria global. Los
sindicatos CCOO y UGT no convocan la huelga en los centros educativos, pero sí
apoyan la jornada de concentraciones.
La lucha contra el cambio
climático se presenta como una actuación esencialmente pública de los
respectivos gobiernos de los estados nacionales, fundamentalmente los más desarrollados
o en crecimiento. Es decir que entre la actividad económica que ignora la
sostenibilidad y el poder público no parece haber mediaciones ni espacios de
actuación que no sean los que orienten desde la protesta y la regulación, la
actividad del poder político. Sin embargo, el espacio de la producción está
anclado en las relaciones salariales y allí actúan sujetos colectivos como los
sindicatos y la regulación de esas relaciones se establecen a través de la
negociación colectiva. Un libro reciente ha venido a incidir en este aspecto
frecuentemente descuidado, analizando la posible incidencia de la negociación
colectiva en favor de la sostenibilidad medioambiental.
La ecologización de nuestras
economías tendrá sin duda un efecto directo sobre el empleo, “en la medida en
que adoptemos prácticas sostenibles y tecnologías limpias”, subraya el informe
de la Comisión Mundial sobre el futuro del trabajo Trabajar para un futuro más prometedor, y eso plantea la necesidad
de un cambio de modelo productivo en muchas economías nacionales, como la
española, y el abordaje de transiciones hacia otro tipo de sectores de
producción, lo que es especialmente evidente en lo relativo a la energía y sectores
extractivos.
La economía sostenible, pese a
haber dado nombre a una de las iniciativas legislativas durante la primera
parte de la crisis financiera y económica que inauguró el crack del 2008, sin embargo no ha tenido acogida alguna en la
conformación de la noción de empresa en las sucesivas fases de las políticas de
austeridad con el punto de inflexión de la reforma de la Constitución de 2011 y
las posteriores normas que giraron sobre el emprendimiento como forma de
“resiliencia corporativa” a través de la devastación de derechos sociales y la
conservación del mismo modelo de negocio que antes de la crisis, tal como ha
explicado Marta Olmo en un texto muy
clarificador sobre el modelo empresarial promovido durante la fase intensa de
reformas estructurales[1].
La influencia por tanto de la crisis financiera en los ordenamientos internos
de los países sobre endeudados como el español ha conllevado la cancelación de
iniciativas que reorientaban sectores de actividad y programas de producción
hacia objetivos de sostenibilidad y energías renovables, reforzando por el
contrario a aquellos sectores con mayor peso corporativo y dependencia
financiera directa, como la construcción y los sectores de la energía,
clásicamente dominantes e influyentes en la política, junto con la apuesta por
renovar el empleo a partir de las actividades intensivas en mano de obra, como
la hostelería y el turismo de una parte y servicios con trabajo de escasa
cualificación. A ello se une un cambio de ciclo político global con la presidencia
de Trump en Estados Unidos y su
decidida animadversión hacia los esfuerzos globales en favor de contrarrestar
el cambio climático y su política proteccionista de la producción y la
industria norteamericana que abre conflictos importantes en la geoestrategia
global con especial repercusión en la Unión Europea.
La desestabilización de la
economía sostenible durante la crisis a la vez que la ineludible necesidad de
construir un marco institucional que la fomente, amparando las transiciones
ambientales y energéticas imprescindibles parece conducir a un marco de
regulación fundamentalmente público en interlocución directa con la empresa y
el poder de las grandes corporaciones. Es sin embargo menos evidente la
relación que existe – y que el debate promovido para el centenario de la OIT
pone de manifiesto – entre este cuadro normativo y sus repercusiones sobre el
empleo y el trabajo. Esta suerte de incomunicabilidad que conduce a la
postergación del espacio de las relaciones laborales como un elemento definitorio
de las propias políticas económicas sobre sostenibilidad ambiental implica
ignorar el rol importante que en este tema están desempeñando los sujetos
colectivos que representan los intereses del trabajo en la determinación, a
través de la negociación colectiva y del diálogo social sobre este mismo tema.
La obra de la profesora Chacartegui, profesora de la
Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, se
dedica precisamente a desmentir esta impresión acerca de la impotencia o el
desentendimiento por parte de la negociación colectiva sobre estos asuntos. En
efecto, el libro comentado, tras afirmar la relevancia de la negociación
colectiva en el marco de los procesos de “desformalización” que caracterizan el
trend de la formación de reglas en la
globalización y la consideración multiescalar de las mismas, selecciona el
ámbito material de la negociación colectiva centrado en la sostenibilidad
medioambiental como objeto de su estudio. Sin embargo, el trabajo no discurre
por la capacidad de incorporar estos compromisos a través de la negociación
colectiva entre empresas transnacionales mediante los Acuerdos Marco Globales,
sino que de manera más precisa escoge el ámbito europeo como objeto prioritario
de su análisis para en un segundo término, centrarse en la situación de la
negociación colectiva española.
De esta manera, tras examinar las
normas que conforman la “gobernanza
verde” europea en relación con los derechos laborales, y en especial el hecho
de que la Directiva 2009/28/CE integre por primera vez la necesidad de
cumplimiento de estándares mínimos de derechos sociales materializados en la
Declaración de principios y derechos fundamentales de la OIT de 1998, el texto
se concentra en la descripción del diálogo social sectorial europeo orientado a
la construcción de un modelo ecológicamente sostenible. A lo largo de casi
treinta páginas la autora va desgranando las prácticas de los principales
interlocutores sociales europeos, tanto sindicales como empresariales, y sus
resultados a través de una larga serie de lo que ella denomina “acuerdos
autónomos” (p. 56) en materia
medioambiental que afectan a la minería e industria extractiva, al sector de la
industria química, a la industria del acero – muy afectada últimamente por la
política proteccionista de Estados Unidos - , a la madera y el papel, el sector
pesquero, el medio marítimo, el sector de la electricidad y hasta los servicios
postales, el transporte o el sector alimentario. Normalmente efectuados en el
marco de los Comités de Diálogo Social Sectorial, cuya producción ha sido
analizada en su conjunto por la monografía pionera de Antonio Garcia-Muñoz[2],
estos acuerdos normalmente adoptan la forma de opiniones conjuntas o
declaraciones, cuyos contenidos temáticos tanto en lo relativo a los
compromisos como los principios rectores resultan analizados en ese capítulo de
manera exhaustiva.
Tras este repaso a la producción
de reglas procedentes de la autonomía colectiva europea, el texto se adentra en
el análisis de la gobernanza medioambiental en el marco de la negociación
colectiva española, y lo hace sobre la base de una muestra de cien convenios
colectivos entre 2011 y 2018, la mitad de ellos de ámbito estatal y la otra
mitad de comunidad autónoma y provinciales, que coinciden con los sectores
sobre los que la autonomía colectiva europea había llegado a declaraciones u
opiniones conjuntas (p. 86) para verificar el “efecto irradiación” que se ha
producido entre el nivel europeo y los respectivos niveles en los que se
articula la negociación colectiva española. El examen pormenorizado de las
reglas colectivas españolas permite obtener una serie de apreciaciones muy
interesantes, tanto en lo que se refiere a la mayoritaria inclusión de esta
problemática entre los contenidos relativos a la salud laboral, que de esta
forma se amplía cada vez más hacia una consideración más amplia, comprensiva
del medio ambiente – aunque fundamentalmente calificado y limitado por el
adjetivo “laboral” – como en lo que respecta a la importancia de los
denominados “compromisos ambientales” que se adoptan en más de la mitad de los
convenios analizados. Además de eso, es relevante señalar la importancia que
tiene la relación que la negociación colectiva establece entre estas materias y
la formación, o la repercusión sobre los cambios en la clasificación
profesional y el sistema de ocupaciones. Particular interés suscita el
desplazamiento de esta temática al ámbito de la responsabilidad social
empresarial en un número significativo de los convenios colectivos estudiados, en
línea con un discurso que define a la empresa desde la sostenibilidad social.
En fin, la autora subraya la escasa previsión en los convenios analizados de
mecanismos de evaluación, seguimiento o monitoreo de los compromisos adoptados.
La obra
concluye afirmando que a través de la negociación colectiva se está
intensificando la sensibilización de las empresas y trabajadores en la lucha
contra el cambio climático desde una perspectiva que integra solidaridad
intergeneracional y justicia social, iniciando por tanto un “cambio de cultura
empresarial orientado a la asunción de responsabilidades medioambientales
basadas en la iniciativa negocial” (p. 107). Lo que si es seguro es que como
obra de estudio, el libro comentado es importante porque abre de forma razonada
y sobre la base de un material muy sólido una línea de investigación de las
funciones de la negociación colectiva en una perspectiva de ampliación de
derechos y de asunción de un proyecto alternativo y emancipador. Es por tanto
una obra especialmente recomendada para juristas del trabajo y para la
formación de cuadros y dirigentes sindicales, que podrán extraer de la misma un
conjunto de ideas y de experiencias útiles para la práctica cotidiana.
NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y SOSTENIBILIDAD MEDIOAMBIENTAL. UN
COMPROMISO SOCIAL Y ECOLÓGICO
Consuelo Chacártegui Jávega.
Editorial Bomarzo, Albacete, 2018. ISBN 978-84-17310-43-1. 114 páginas. 14 €
Negociación
colectiva y sostenibilidad medioambiental
Precio: 14 €
ISBN: 978-84-17310-43-1
1. Formas de organización
empresarial sostenibles ante los nuevos retos medioambientales y sociales.
2. El papel de la negociación colectiva ante los nuevos retos de la globalización. 3. Derechos laborales en el marco de la sostenibilidad: más allá de los green jobs. 4. Derecho social europeo y gobernanza verde. 5. La función transformadora del diálogo social europeo hacia un modelo ecológicamente sostenible. 6. Gobernanza medioambiental en el marco de la negociación colectiva española. 7. Conclusiones. Anexo. Acuerdos europeos medioambientales negociados por los agentes sociales europeos (1990-2018). |
[1]
M. Olmo Gascón, “De empresarios a emprendedores: la resiliencia corporativa a
través de la devastación de los derechos laborales”, Estudios financieros. Revista de trabajo y seguridad social:
Comentarios, casos prácticos : recursos humanos, Nº. 381, 2014, págs. 13-56
[2]
A. Garcia Muñoz Alhambra, La negociación
colectiva europea de sector, Editorial Bomarzo, Albacete, 2017,
especialmente pags. 165- 184.
Hay que comenzar a abordar el tema de la sostenibilidad desde los aspectos más básicos como la educación si queremos seguir habitando este planeta. Y aplicarlo en todos los ámbitos, desde las pequeñas empresas de servicios o los hogares hasta las multinacionales.
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