lunes, 11 de mayo de 2020

EL VALOR POLÍTICO DE LA FIRMA DEL ACUERDO SOCIAL PARA LA DEFENSA DEL EMPLEO



Hoy, 11 de mayo, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, firma en La Moncloa con los presidentes de la CEOE y Cepyme, Antonio Garamendi y Gerardo Cuerva, y con los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, el Acuerdo Social para la Defensa del Empleo (ASDE), un acuerdo alcanzado en diálogo social para extender los ERTE más allá del estado de alarma entre estos agentes sociales y la Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

Se trata de un acuerdo un tanto especial, puesto que está destinado a convertirse en un Decreto Ley que previsiblemente aprobará el gobierno en su reunión del consejo de Ministros del martes y por tanto expresa gráficamente la realidad de un norma directamente pactada con los interlocutores sociales que desvincula la medida fundamental de mantenimiento del empleo en la crisis económica derivada del Covid-19, el Expediente de Regulación Temporal de Empleo, de la situación del estado de Alarma, y da una proyección posterior al mismo como instrumento de regulación y amortiguación social ante las evoluciones negativas para sectores y empresas que lleven consigo la reanudación de la actividad económica después de que finalice el período de excepción, permitiendo a su vez una transición de los ERTE por Fuerza mayor a los de causas objetivas. Ya habrá tiempo para que los analistas desbrocen en detalle esta regulación cuando se convierta en Decreto Ley y se publique en el BOE, pero lo que se quiere resaltar en esta entrada es la relevancia del propio Acuerdo en la determinación de las reglas que han de regir las relaciones laborales en el período post-pandemia o si se prefiere, en la reconstrucción social que debe presidir esta etapa.

En el ASDE se inserta un elemento importante que compromete a los sindicatos más representativos y a las asociaciones empresariales, y es la creación de una Comisión de Seguimiento tripartita laboral del proceso de desconfinamiento, que estará integrada por las personas al efecto designadas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, CEOE, CEPYME, CCOO y UGT. Tiene como función principal “el seguimiento de las medidas que, en el ámbito laboral, se están adoptando durante la fase de excepcionalidad atenuada, el intercambio de los datos e información recabada por las organizaciones integrantes y el Ministerio de Trabajo y Economía Social al respecto, así como la propuesta y debate de aquellas medidas que se propongan por este o por cualquiera de las organizaciones que la integran”. Es decir, que se pretende con el Acuerdo insertar en la acción pública de desarrollo de la crisis un elemento de cogobierno con los interlocutores sociales, reforzado por la obligación de consulta previa en el caso concreto de prolongación de los ERTE por fuerza mayor más allá de la fecha señalada para estos de 30 de junio de 2020.

Una gobernanza de la salida a la crisis fundada sobre el diálogo social y la cooperación entre el poder público – Trabajo y Seguridad Social – el sindicalismo confederal y las asociaciones empresariales más representativas, que marca posiblemente la vía para ir diseñando un proceso de reconstrucción económica y social después del período de excepción que estamos viviendo. Es decir, que la participación directa de los interlocutores sociales en ese proceso de interlocución con el poder público es hoy más seguro que el por el momento improbable encuentro con los llamados partidos de oposición, representados por el PP y Vox junto con Ciudadanos y otros grupos como Coalición Canaria. Los agentes socio-económicos han conquistado con este Acuerdo un status sociopolítico que no puede frustrarse o supeditarse a una supuesta prioridad del acuerdo entre partidos.

Si se quiere seguir utilizando la evocación de los Pactos de la Moncloa como referente del objetivo pretendido de reconstrucción económica, social y política del país, que desplazó al espacio de la negociación entre partidos las líneas maestras tanto del esquema institucional democrático posterior como del marco legislativo en materia económica y social,  situando a sindicatos y asociaciones empresariales en una posición subordinada – y seguidista – del proyecto global resultante, en esta ocasión los términos tienen que alterarse sustancialmente. Son las figuras colectivas que representan los intereses económico-sociales de trabajadores y empresarios quienes han demostrado la capacidad de comprometerse en la administración de la crisis y en la defensa de una recuperación económica que intente, con la ayuda pública, el mantenimiento del empleo, pese a su fragmentación y debilidad estructural ocasionada por un modelo de desarrollo productivo que tiene que ser modificado. Esta corresponsabilidad en la legitimación de las políticas públicas de gestión de la crisis económica derivada del Covid-19, tiende, por su propia dinámica, a continuar en el futuro como una forma de gobierno de la dimensión social y económica que será clave en la fase de reconstrucción del tejido industrial y económico de nuestro país tras la crisis. La conducción tripartita del “desconfinamiento” basada en el diálogo social que hoy se explicita en la firma del ASDE, es un dato lo suficientemente valioso para el Gobierno como para no hacerlo progresar y desarrollar en su diseño de reconstrucción nacional, creando dentro de él un amplio espacio de negociación y de cooperación con los agentes sociales.

Este es el valor político fundamental del acuerdo, sin perjuicio de que también señale por defecto las carencias del cuadro político que quincenalmente abochorna a la opinión pública informada con los improperios e insultos a la actuación del gobierno en la crisis y que en el último pleno del Congreso amagó de manera irresponsable con echar abajo el estado de alarma con la lesión irreparable que ello acarreaba a la prevención sanitaria y de las medidas de protección social arbitradas. El acuerdo social supone un nuevo revés a la política agresiva de enfrentamiento que lleva a cabo el Partido Popular a nivel nacional y que reduplica, de manera también chirriante durante la semana pasada, en la Comunidad de Madrid, con la crisis política abierta en ese gobierno con la dimisión de la Directora General de Salud Pública expresando su desacuerdo con la decisión de la CAM de solicitar el pase a la fase 1 de la desescalada. Demuestra que los agentes económicos, las asociaciones empresariales, si saben llevar a cabo un proceso de consultas y de negociación en el marco de la gobernanza de la crisis, tanto con los sindicatos como con el poder público, asumiendo un rol de interlocutor político de suplencia frente a la incomparecencia del PP en este plano y la debilidad evidente de Ciudadanos al intentar rellenar este puesto. Una interlocución posiblemente no buscada, pero que ha sido el resultado natural del fracaso de la orientación política de confrontación directa que buscaba el Partido Popular y la extrema derecha y que se ha hecho patente en esta última semana.

En el Acuerdo hay compromisos muy relevantes que marcan un cierto sesgo en la gestión que se está haciendo de la crisis, y resulta conveniente darles el valor que se merecen al estar respaldados por el consenso de todas las partes firmantes del mismo, patronales, sindicatos y gobierno. Fundamentalmente resaltan los acuerdos sobre la normativa ya aprobada sobre la prohibición de los despidos mientras dure el estado de alarma y la cláusula de mantenimiento de empleo y consecuente prohibición de despedir durante los seis meses posteriores a la reanudación de la actividad para aquellas empresas que se hayan acogido a la regulación temporal de empleo, un rasgo definitorio de la regulación de la crisis. Pero destacan asimismo los límites presentes en el ASDE sobre la “transparencia fiscal” y el reparto de dividendos. Respecto de lo primero, las empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en países o territorios calificados como paraísos fiscales no podrán acogerse a los expedientes de regulación temporal de empleo que prevé la regulación excepcional que se ha venido efectuando desde el RDL 8/2020. Respecto de lo segundo, las empresas y sociedades que hagan uso de “los recursos públicos destinados a los ERTEs” regulados en la normativa de excepción, “no podrán proceder al reparto de dividendos correspondientes al ejercicio fiscal en que se apliquen estos expedientes de regulación temporal de empleo”, a menos que devuelvan el importe de la exoneración de las cuotas a la Seguridad Social efectuada. Aunque esta regla es sólo de aplicación a las empresas de más de cincuenta trabajadores en plantilla, la idea es clara: no aprovechamiento de los recursos públicos bien para evadir impuestos, bien para proceder a repartir beneficios a los ocios sobre la base del sostenimiento público de su actividad productiva.

Se trata por consiguiente de la consolidación de un proyecto de dirección de la regulación de intereses en la crisis que está especialmente preocupado por la repercusión negativa sobre las condiciones de existencia social que la crisis del Covid-19 está causando sobre la población trabajadora, a la vez que exige una corresponsabilización de las empresas en este compromiso común adoptado por las partes. Manifiesta una tendencia cuyo ensanchamiento y prolongación se verá en el futuro. Un elemento central para verificar la continuidad de estas iniciativas habrá de ser, de manera muy significativa, l concreción de ese “pacto contra la temporalidad” del que habló en el Congreso la ministra de Trabajo, Yolanda Diaz, y que ha sido recogido también por el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el debate sobre el Estado de alarma y en otras comparecencias. Mientras tanto, la firma de Acuerdo es una buena noticia que fortalece la acción del gobierno y refuerza la vertiente de la participación colectiva de los interlocutores económicos y sociales como figuras centrales en la disputa de la gestión política de las soluciones  a la crisis.



1 comentario:

  1. Muy buen comentario, profesor Baylos, acerca del impulso del diálogo social cono instrumento esencial para hacer la reconstrucción y las transiciones pendientes de forma negociada y equitativa. Un "Pacto contra la temporalidad" es no solo necesario, sino absolutamente imprescindible para introducir una dinámica completamente diferente en el funcionamiento de nuestro mercado de trabajo: empleo digno y trabajo decente.

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