sábado, 22 de octubre de 2022

LA LEY DE LA MEMORIA DEMOCRÁTICA Y LA RELEGITIMACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

 


El Boletin Oficial de Estado del jueves 20 de octubre venía lleno de normas importantes. La que sin duda resulta más relevante es la Ley 20/2022, de 19 de octubre de Memoria Democrática, que tiene como objetivo explícito neutralizar el olvido y evitar la repetición de la barbarie y el sufrimiento que trajo el nazifascismo y las dictaduras aliadas del mismo, especialmente la española. Lo que la Ley llama “despliegue de la memoria” es un elemento fundamental en las sociedades democráticas que han padecido la transición de la dictadura a la democracia por su potencial de cohesión y la correlativa capacidad de enfrentamiento. Es una norma que rechaza de plano la validez delas decisiones y de las instituciones franquistas y por consiguiente refuerza la legitimación democrática del orden constitucional nacido en 1978.

La Ley de Memoria Democrática ha generado, como su antecesora, la Ley de Memoria Histórica del 2007, la oposición frontal de las diferentes opciones de derecha representadas en el parlamento, desde la ultraderecha de Vox que reivindica el legado de paz y prosperidad de la dictadura y el revanchismo de la izquierda, hasta la posición del Partido Popular que rechaza lo que denomina reapertura de viejas heridas que reaviva el enfrentamiento entre españoles cuarenta y ocho años después de la muerte del dictador. Ciudadanos por su parte, criticó la diferencia de trato entre las víctimas de ETA y las de la dictadura, señalando que éstas últimas gozan a partir de la Ley de mayor protección, obviando el hecho de la existencia de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, en donde se concentra un cuerpo de medidas muy importantes de rehabilitación de éstas. Una línea de rechazo que se acentuaba con la crítica al apoyo de Bildu a la aprobación de la ley, que el Partido Popular identifica, según uno de sus mantras reiterados, con los “asesinos etarras”. Esta oposición frontal a la reivindicación de la memoria de las víctimas de la dictadura y de la guerra civil ha llevado al Partido Popular a anunciar que una de sus primeras medidas al llegar al gobierno será la de derogar esta ley, propósito compartido por Vox que además ha iniciado una ofensiva para derogar las respectivas y limitadas leyes de memoria que se han aprobado en algunas Comunidades autónomas.

Es decir, que el reconocimiento de esos procesos de memoria que forman parte de las transiciones a la democracia desde las dictaduras genera entre una parte de las fuerzas políticas del país una fuerte oposición y el rechazo activo, en lo que sin demasiado esfuerzo se puede interpretar como una propuesta de conservación plena de todos los resultados lesivos de la vida, integridad física, la dignidad y los derechos humanos de las personas que sufrieron los actos violentos y represivos de la dictadura franquista.

No se trata de algo nuevo, porque reitera la oposición que encontró la Ley de Memoria histórica del 2007 – titulada Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura – al declarar la ilegitimidad de los órganos represores del franquismo sin que sin embargo se llegara a conseguir la nulidad de las sentencias de estos mismos tribunales. La labor importante y paulatina del Centro Documental de la Memoria Histórica creado por esta ley fue frenada en seco cuando en el 2011, con la llegada simultánea de la crisis financiera y del Partido Popular, se eliminaron los fondos presupuestarios para su desarrollo y ejecución, una situación que continuó hasta 2018, tras la moción de censura que derribó al gobierno Rajoy. En ese lapso de tiempo, las iniciativas existentes lo fueron gracias a la actuación de algunas Comunidades Autónomas, y eso que ya el 2014 se produjo un proceso de internacionalización de las políticas de memoria democrática en nuestro país, impulsado por el grupo de trabajo de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas e involuntarias, que incitó al Estado español a hacerse cargo y desarrollar el compromiso en la búsqueda de personas desaparecidas durante la Guerra y la Dictadura.

El punto de partida de la Ley no debería producir ninguna indignación en cualquier persona que defienda la democracia: “Las violaciones de los derechos humanos durante la Guerra y la durísima represión de la posguerra y la dictadura franquista fueron condenadas en el informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, adoptado en París el 17 de marzo de 2006. Los hechos descritos por el Consejo de Europa señalan que durante la Guerra de España se cometieron gravísimos crímenes y que durante la posterior dictadura franquista se estableció un sistema político autoritario que reprimió masivamente todo atisbo de oposición política de manera sistemática y generalizada. En España se produjeron de manera sistemática desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, políticas de campos de concentración, trabajos forzados, torturas, violaciones e incluso secuestro masivo de recién nacidos bajo una política de inspiración eugenésica. La ciudadanía tiene actualmente el derecho inalienable al conocimiento de la verdad histórica sobre el proceso de violencia y terror impuesto por el régimen franquista, así como sobre los valores y los actos de resistencia democrática que llevaron a cabo quienes cayeron víctimas de su represión”. ¿Qué tiene que ver eso con “provocar el enfrentamiento entre españoles” o comparar este proceso represivo con los asesinatos y las extorsiones del terrorismo de ETA?. Conocer la cultura democrática que en tantas ocasiones se ha aplastado en nuestro país y preservar  y mantener la memoria de las victimas de la guerra y de la dictadura franquista con objetivos irrenunciables para cualquier ciudadano español que viva en este país en este primer cuarto de siglo XXI.

La Ley de Memoria Democrática contiene novedades importantes. La norma considera como víctimas a las de la guerra y todas las personas que sufrieron cualquier tipo de forma de represión o persecución durante la Dictadura y hasta la entrada en vigor de la Constitución de 1978, con la creación de un Registro de Víctimas con información relevante. Consecuentemente, se declara el carácter ilegal y radicalmente nulo de todas las condenas y sanciones producidas durante la Guerra y la Dictadura por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa o de orientación e identidad sexual, una reivindicación que no se había podido llevar a efecto con la anterior normativa del 2007. “Por ser contrarios a Derecho y vulnerar las más elementales exigencias del derecho a un juicio justo, así como la concurrencia en estos procesos de intimidación e indefensión, se declara en todo caso la nulidad de las condenas y sanciones y la ilegalidad e ilegitimidad del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo, el Tribunal de Orden Público, así como los Tribunales de Responsabilidades Políticas y Consejos de Guerra constituidos por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa”. La declaración de nulidad dará al derecho a obtener una declaración de reconocimiento y reparación personal, pero no permitirá el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado, de cualquier administración pública o de particulares, ni dar lugar a efecto, reparación o indemnización de índole económica o profesional.

La Ley además declara como víctimas a los niños adoptados o sustraídos de sus madres durante la guerra y el franquismo. “Esta práctica constituyó una especial forma de represión contra las mujeres de muy larga duración y en distintas manifestaciones. Si inicialmente se trató de una motivación política que tuvo como víctimas a los hijos de las presas políticas, auspiciada por el régimen franquista siguiendo la ideología de pureza racial, posteriormente se manifestaría en una forma de represión ideológica, moral, religiosa y de género que se cebó con las mujeres más vulnerables de la sociedad, como eran las madres de familia numerosa, mujeres pobres o solteras. Y, finalmente, este fenómeno se prolongaría a lo largo de décadas con propósitos económicos o de distinta naturaleza”.

El derecho de las víctimas a la verdad lleva aparejada una serie de disposiciones sobre el tema largamente discutido y conocido de las exhumaciones y búsqueda de las víctimas desaparecidas, seguido de prescripciones sobre archivos y documentos e investigaciones públicas que esclarezcan las violaciones de derechos humanos producidas durante la guerra y la Dictadura, asi como una auditoría de los bienes expoliados por la dictadura, con la restitución de los bienes incautados a las fuerzas políticas en el extranjero. Se recoge el reconocimiento y reparación de las víctimas que realizaron trabajos forzados durante la Guerra y la Dictadura, entendiendo por tales, de acuerdo con el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo, de 28 de junio de 1930, todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente.

En la parte dedicada a la garantía de no repetición, la Ley de Memoria afirma que “en el marco de una cultura de derechos humanos, la exaltación, enaltecimiento o apología de los perpetradores de crímenes de lesa humanidad supone en todo caso un evidente menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, que es obligado combatir en respeto y preservación de su dignidad, como un ejercicio necesario de recordarlas y honrarlas”. La retirada de los símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática se suma a la prohibición de los actos públicos contrarios a la misma y la prohibición de subvenciones. En ese mismo sentido se ordena  la revocación de distinciones, nombramientos, títulos y honores institucionales, de condecoraciones y recompensas que hayan sido concedidos o supongan la exaltación de la Guerra y la Dictadura, disponiendo expresamente la supresión de determinados títulos nobiliarios concedidos por el dictador. Se regulan los lugares de memoria democrática, que tendrán una función conmemorativa y didáctica, para los que se crea un inventario como instrumento de publicidad y conocimiento de los mismos. Cuelgamuros, el Valle de los Caídos en la denominación de la dictadura, una vez trasladados los restos de Francisco Franco, se resignifica como lugar de memoria democrática con una finalidad pedagógica y se reconoce el derecho de los familiares a recuperar los restos de sus ascendientes, extinguiéndose la Fundación que velaba por el mausoleo. La ley termina con la tipificación de las infracciones a la memoria democrática y las sanciones que éstas merecen.

En fin, una ley que se integra a la perfección en el marco constitucional español como cierre hacia atrás de la relación de éste con la dictadura, una relación que no puede ser de continuidad jurídica, sino de abrupta ruptura con el mismo. “Se repudia y condena el golpe de Estado del 18 de julio de 1936 y la posterior dictadura franquista, en afirmación de los principios y valores democráticos y la dignidad de las víctimas. Se declara ilegal el régimen surgido de la contienda militar iniciada con dicho golpe militar y que, como consecuencia de las luchas de los movimientos sociales antifranquistas y de diferentes actores políticos, fue sustituido con la proclamación de un Estado Social y Democrático de Derecho a la entrada en vigor de la Constitución el 29 de diciembre de 1978, tras la Transición democrática”. La ley de Memoria consolida la esencia democrática de la Constitución de 1978, reconoce la ruptura neta con el orden anterior. Este es el sentido final de esta Ley que ciertamente ha tardado mucho más tiempo del deseado– 45 años desde la promulgación de la constitución – pero que hoy es una norma que rechaza expresamente por inválido e ilegítimo el franquismo, asienta por tanto en esta negación un elemento de legitimación de la democracia constitucional y constituye por tanto una realidad que cualquier partido político que se declare democrático deberá respetar y mantener.

 

 


1 comentario:

  1. Eso es, memoria solo para unos, para los nuestros. Los malos y malvados no pueden tener memoria a pesar de paracuellos, eta u otras barbaries similares. Ademas, ya de paso aprovechamos y ponemos otro puntito de revancha.
    Yo lo llamo racismo ideológico, entre otros

    Pd: año 2850. Porque franco…. Que fue eta? Y Lenin? Y Mao?

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