La revista Derecho Laboral ha cumplido sus
primeros setenta años de vida. Con esta ocasión feliz, se ha organizado un acto
público en el que se celebró el aniversario de este periódico especializado en
el análisis y la reflexión sobre la regulación jurídica del trabajo. Hugo Barretto en su blog La realidad y el resto de las cosas ha
hecho una crónica de este acto que, en rigurosa exclusiva, se publica en esta
bitácora.
El 7 de mayo se celebró el 70° aniversario de la revista DERECHO LABORAL en
el auditorio de la Asociación de Magistrados del Uruguay.
El acto de apertura estuvo a cargo del Dr. Marcelo Vigo, miembro de la
Junta Directiva de la FUNDACIÓN DE CULTURA UNIVERSITARIA (editora de la
revista), quien destacó la trayectoria de la FCU, que cumple 50° años en el
presente; de la Dra. Gloria Seguessa, de la Asociación de Magistrados del
Uruguay, que subrayó la relevancia de la revista DERECHO LABORAL para la
formación jurídica de los magistrados, y del Lic. Pedro Daniel Weinberg,
presidente de la Fundación Eletra.
En su presentación, Weinberg evocó el tiempo histórico y la significación
de la revista para la cultura jurídico laboral uruguaya y latinoamericana.
En un pasaje de su intervención señaló:
“Derecho Laboral. Revista de doctrina, jurisprudencia e informaciones
sociales apareció exactamente hace setenta años; abril de 1948. La dirigía el
Dr. Francisco de Ferrari, y contaba con dos redactores permanentes: Américo Pla
Rodríguez y Héctor Hugo Barbagelata. Veinticuatro años después, ante el
fallecimiento del Director de Ferrari (1972), asumen la conducción de la
revista los dos redactores mencionados hasta su fallecimiento: Pla Rodriguezl o
hizo hasta 2008; Barbagelata hasta 2014. Oscar Ermida Uriarte se sumó a la
dirección en el período 2006-2011.
En qué contexto histórico apareció la revista Derecho Laboral. Citemos a
Héctor Hugo Barbagelata, en un artículo escrito para el número especial con
motivo del XXV aniversario:
Al iniciarse la publicación de Derecho Laboral, la legislación social
integraba la lista de cosas que para el uruguayo medio caracterizaba a su país
y de las que estaba orgulloso. Era también en el exterior, parte principal de
la imagen del Uruguay, no sólo a nivel oficial, sino que también sociólogos,
economistas, juristas o simplemente viajeros que nos visitaron por esos años, dejaron
testimonio de que las leyes sociales formaban junto a la legalidad
constitucional “la base del Welfare State uruguayo”.
Su vocación académica, esto es, su compromiso por recoger planteos apegados
a los paradigmas científicos en el abordaje del problema del trabajo queda
claramente expuesto entre los Propósitos que delinean sus fundadores en el
número inicial:
No ignoramos que los problemas que estudia la ciencia del derecho laboral,
conducen a menudo a la polémica, porque están demasiado mezclados a los dolores
y pasiones humanas. Nuestra revista no participará, sin embargo, en ese largo y
áspero debate, impregnado de recriminaciones mutuas, y hará siempre desde sus
columnas sobre todo tópico que interese por su actualidad e importancia, un
examen puramente agnóstico, procurando que la exégesis o el comentario no
trascienda nunca el plano del planteo rigurosamente científico del problema.
También le cupo un lugar destacado en los Propósitos de la Revista a otro
de los imperativos que los responsables consagraron y aplicaron durante toda la
existencia de esta notable publicación: me refiero al pluralismo ideológico, al
respeto por la diversidad de pensamientos y a la convocatoria de autores
nacionales y extranjeros afiliados a las más diversas posturas y abordajes
teóricos e ideológicos. Sólo se exigía un estricto apego a los criterios
científicos a la hora de redactar sus respectivas contribuciones. Así se
expresaban en esa primera entrega:
Ninguna de las tesis que aparezcan expuestas en la parte doctrinaria de
esta revista, bajo la firma y responsabilidad de sus autores, deberá entenderse
que compromete la opinión de sus directores, o que configura un pronunciamiento
de las orientaciones ideológicas de la nueva publicación. Esta verá la luz para
dar preferencia en sus columnas a todo trabajo o información científicos que
encaren –más que a las cuestiones sociales o económicas- los aspectos jurídicos
de la relación que crea el trabajo entre los hombres.
La tercera característica que singulariza a este emprendimiento desde sus
inicios, y que por atendibles razones no está consignada entre los propósitos
fundacionales, se relaciona con la regularidad de su aparición. La revista
apareció prolijamente cuatro veces por año. Las peores tormentas políticas vividas
por el país; la vigencia del oscurantismo ideológico verificado en todos los
ámbitos de la vida nacional, especialmente en la Universidad de la
República, durante más de una década; la
puesta entre paréntesis del orden jurídico;
las diferentes formas de extrañamiento vivida por sus directores bajo la
dictadura; las dificultades para su financiamiento; las restricciones para el
acceso a la compra de papel, entre
otras, no fueron nunca un impedimento
para que Derecho Laboral apareciese con
rigurosa puntualidad; si señalamos este rasgo acuñado desde los primeros
años de circulación, lo hacemos para subrayar algo que no resulta demasiado
habitual en los ámbitos académicos, científicos, artísticos, literarios… de
Nuestra América.
A mi criterio, y en esto no quiero comprometer a mis colegas de la FE, hay
otra cualidad que tiene la Revista y que merecería ser analizada con mayor
cuidado y profundidad con la que lo haré yo de manera somera y esquemática.
Desde hace tiempo sostengo la tesis que Derecho Laboral ha sido uno de los
principales instrumentos que hicieron posible proyectar la “escuela uruguaya
del derecho del trabajo” más allá de las fronteras. No dejo de valorar en todas
su dimensión el impacto de la destacada presencia de laboralistas uruguayos en
Congresos internacionales (sobre todo los efectuados fuera del territorio
nacional), la docencia en universidades Iberoamericanas (especialmente en la
formación de posgrado y de miembros de la justicia laboral), la asistencia
técnica brindada, el impacto de la obra de autores uruguayos publicada en el
país y en el extranjero. Lo que quiero destacar es que desde el punto de vista
doctrinario, de la construcción de conocimiento, de consolidación de una
disciplina, de la conformación de un cuerpo original de ideas y lineamientos
originales, el mensaje del iuslaboralista uruguayo tuvo, y sigue teniendo, en
la revista su principal carta de presentación y medio de difusión.
Vinculado a esto último, reconozcamos el sutil mensaje del último párrafo
de la “Presentación” de la Revista en su primera entrega:
“Al dejar así señalados sus propósitos y su finalidad, los fundadores
envían un cordial saludo a todas las publicaciones similares de América”.
Esto significa, mirando desde la perspectiva de nuestros días, que los
fundadores eran conscientes que la empresa de forjar una disciplina con
identidad propia (particularismo diría Barbagelata) como era el incipiente
derecho laboral, obligaba a hacer un llamado a los especialistas en la materia,
a nivel continental, que trascendiera las fronteras del Uruguay, para acometer
semejante obra. Esta amplia convocatoria explica, en buena medida, el hecho de
la asidua participación de catedráticos y tratadistas extranjeros,
principalmente americanos, a partir de comienzos de la década de los cincuenta
del siglo pasado”.
En su intervención, el Prof. Antonio Baylos, catedrático de la Universidad
de Castilla – La Mancha, destacó el papel de las publicaciones académicas
independientes, delineando el trayecto histórico y la periodización de las
revistas jurídico laborales.
Así, ubicó los inicios del proceso en la década de los años cuarenta del
siglo pasado, cuando aparecieron las revistas pioneras, carácter nacional,
integradoras de todas las corrientes y puntos de vista, que coadyuvaron
decisivamente en la construcción de una disciplina autónoma, por fuera de los
contornos del derecho común.
En una segunda etapa, se asiste a la diversificación de las publicaciones,
producto de la paralela diversificación de las cátedras universitarias y del
advenimiento de las tendencias flexibilizadoras, de lo cual dieron cuenta con
distinto tono las publicaciones, que ya no obedecieron a un único patrón conceptual.
Finalmente, calificó el momento como de persistentes desafíos para las
editoriales y publicaciones independientes (como son la FUNDACION DE CULTURA
UNIVERSITARIA y la revista DERECHO
LABORAL), en tanto la presencia de las empresas multinacionales ha absorbido y
homogeneizado la producción jurídica bajo el peso de la lógica y el
interés propio de estas corporaciones.
El profesor de la Universidad de Buenos Aires Héctor García, al comentar la
intervención de Baylos, destacó el papel de la revista DERECHO LABORAL para la cultura jurídico laboral
latinoamericana así como para la
conformación de lo que podemos llamar un “modelo de lector” que continúa
valorando a la revista como una publicación referencial e ineludible.
El prof. Jorge Rosenbaum,
catedrático de la Universidad de la República calificó a la revista, por su
acervo único, como de una “biblioteca viviente”, destacando el papel de la
misma en la evolución del Derecho del Trabajo en nuestro país, y subrayando la
labor del equipo de redacción de Derecho Laboral.
En el cierre de la actividad, el
prof. Hugo Fernández Brignoni evocó las figuras de los fundadores de la
revista, Américo Plá Rodriguez y Héctor Hugo Barbagelata así como del prof.
Oscar Ermida Uriarte.
Sobre el primero de ellos, recordó las sesiones del llamado “grupo de los
miércoles”, donde frecuentemente de decidían los contenidos de la revista a
partir de la apelación o el pedido del prof, Plá Rodriguez a que los
participantes del grupo desarrollaran temáticas de actualidad para su
publicación.
La composición actual del staff de la revista se compone:
Secretaría de Redacción: Hugo Barretto Ghione, Hugo Fernández Brignoni,
Rosina Rossi Albert
Consejo Asesor: Osvaldo Mantero de San Vicente, Juan Raso Delgue, Jorge
Rosenbaum Rímolo
Jurisprudencia: Alejando Castello, Graciela
Giuzio
Documentos: Alvaro Rodríguez Azcué, Adriana López López, Carolina Panizza
Dolbajián.
Bibliografía: Ariel Nicoliello
Índice: Laura Zúñiga
Adhesiones y saludos recibidos para el aniversario de la revista DERECHO
LABORAL
Manuel Carlos Palomeque –
Catedrático de DTSS de la
Universidad de Salamanca. Wilfredo Sanguineti – Catedrático de DTSS de la Universidad de Salamanca.
Alexander Godínez – Profesor de DTSS de la Universidad de Costa Rica. Ricardo
Seco – Profesor de DTSS de la
Universidad Nacional de Córdoba Argentina. Raúl Saco – Profesor de DTSS de la
Universidad Católica del Perú. Jesús Cruz Villalón – Catedrático de DTSS de la
Universidad de Sevilla. Maria José Romero Rodenas – Profesora Titular DTSS
Universidad de Castilla-La Mancha y Decana de la Facultad de Relaciones
Laborales y Recursos Humanos - Albacete
Universidad Castilla La Mancha. María Luz Vega – experta de OIT Coordinatora de Future of Work Initiative.
Fabio Bertranau – Director de la Oficina Regional OIT (Santiago de Chile) –
Joaquín Aparicio – Catedrático de DTSS de la Universidad de Castilla La Mancha.
Manuel Planelles – Presidente de la Asociación de Egresados de la Licenciatura
de Relaciones Laborales. Sidnei Machado – Profesor de DTSS de la Universidad
Federal de Paraná (Brasil). César Augusto Carballo Mena – Profesor de DTSS de
la Universidad Andrés Bello (Venezuela). Jaime Cabeza – Catedrático Universidad
de Vigo. Francisco Tapia - Profesor de
DTSS de la Universidad Católica de Chile. Luis Raffagheli – Magistrado de la
Cámara Nacional de Apelaciones del -–Trabajo (Argentina). Rodrigo Palomo Velez
– Profesor de DTSS de la Universidad de Talca, Chile. César Arese -
Profesor de la Universidad Nacional de Córdoba Argentina. Miguel Canessa
– Profesor de DTSS de la Universidad Católica de Perú. Marcial Sánchez-Mosquera
-–Departamento de Economía e Historia Económica Universidad de Sevilla Facultad
del Ciencias del Trabajo. Ana María Olmo – ¨Profesora de DTSS de la Universidad
de Castilla – La Mancha. Laura Mora Cabello de Alba – Profesora de DTSS de la
Universidad de Castilla – La Mancha. Amparo Merino -–Decana de la Facultad de
Ciencias Sociales Universidad de Castilla – La Mancha. Daniela Muradas –
Profesora de DTSS de la Universidad Federal de Minas Gerais. Aldacy Coutinho – Profesora Titular de DTSS de la
Universidad Federal de Paraná (Brasil). Guillermo Gianibelli – Profesor de DTSS
de la Universidad de Buenos Aires. Humberto Villasmil Prieto – Experto de OIT
en Normas Internacionales Oficina Regional de Santiago de Chile. Luis Eduardo
Díaz – Profesor de DTSS de la Universidad de Zulia, Venezuela. Adolfo Ciudad
Reynaud – Profesor de DTSS de la Universidad
de San Marcos, Perú. Juan Pablo Capón Filas -–Equipo Federal del Trabajo
(EFT).Héctor Humeres – Profesor de DTSS de la Universidad de Chile. María
Cristina Gajardo -–Directora del Departamento de Derecho del Trabajo y la
Seguridad Social Universidad de Chile. Martha Monsalve – Profesora de DTSS de
la Universidad Gran Colombia.
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