miércoles, 9 de mayo de 2018

CUMPLEAÑOS FELIZ: LOS 70 AÑOS DE LA REVISTA URUGUAYA DERECHO LABORAL



La revista Derecho Laboral ha cumplido sus primeros setenta años de vida. Con esta ocasión feliz, se ha organizado un acto público en el que se celebró el aniversario de este periódico especializado en el análisis y la reflexión sobre la regulación jurídica del trabajo. Hugo Barretto en su blog La realidad y el resto de las cosas ha hecho una crónica de este acto que, en rigurosa exclusiva, se publica en esta bitácora.

El 7 de mayo se celebró el 70° aniversario de la revista DERECHO LABORAL en el auditorio de la Asociación de Magistrados del Uruguay.

El acto de apertura estuvo a cargo del Dr. Marcelo Vigo, miembro de la Junta Directiva de la FUNDACIÓN DE CULTURA UNIVERSITARIA (editora de la revista), quien destacó la trayectoria de la FCU, que cumple 50° años en el presente; de la Dra. Gloria Seguessa, de la Asociación de Magistrados del Uruguay, que subrayó la relevancia de la revista DERECHO LABORAL para la formación jurídica de los magistrados, y del Lic. Pedro Daniel Weinberg, presidente de la Fundación Eletra.
En su presentación, Weinberg evocó el tiempo histórico y la significación de la revista para la cultura jurídico laboral uruguaya y latinoamericana.

En un pasaje de su intervención señaló:

“Derecho Laboral. Revista de doctrina, jurisprudencia e informaciones sociales apareció exactamente hace setenta años; abril de 1948. La dirigía el Dr. Francisco de Ferrari, y contaba con dos redactores permanentes: Américo Pla Rodríguez y Héctor Hugo Barbagelata. Veinticuatro años después, ante el fallecimiento del Director de Ferrari (1972), asumen la conducción de la revista los dos redactores mencionados hasta su fallecimiento: Pla Rodriguezl o hizo hasta 2008; Barbagelata hasta 2014. Oscar Ermida Uriarte se sumó a la dirección en el período 2006-2011.

En qué contexto histórico apareció la revista Derecho Laboral. Citemos a Héctor Hugo Barbagelata, en un artículo escrito para el número especial con motivo del XXV aniversario:

Al iniciarse la publicación de Derecho Laboral, la legislación social integraba la lista de cosas que para el uruguayo medio caracterizaba a su país y de las que estaba orgulloso. Era también en el exterior, parte principal de la imagen del Uruguay, no sólo a nivel oficial, sino que también sociólogos, economistas, juristas o simplemente viajeros que nos visitaron por esos años, dejaron testimonio de que las leyes sociales formaban junto a la legalidad constitucional “la base del Welfare State uruguayo”.

Su vocación académica, esto es, su compromiso por recoger planteos apegados a los paradigmas científicos en el abordaje del problema del trabajo queda claramente expuesto entre los Propósitos que delinean sus fundadores en el número inicial:

No ignoramos que los problemas que estudia la ciencia del derecho laboral, conducen a menudo a la polémica, porque están demasiado mezclados a los dolores y pasiones humanas. Nuestra revista no participará, sin embargo, en ese largo y áspero debate, impregnado de recriminaciones mutuas, y hará siempre desde sus columnas sobre todo tópico que interese por su actualidad e importancia, un examen puramente agnóstico, procurando que la exégesis o el comentario no trascienda nunca el plano del planteo rigurosamente científico del problema.

También le cupo un lugar destacado en los Propósitos de la Revista a otro de los imperativos que los responsables consagraron y aplicaron durante toda la existencia de esta notable publicación: me refiero al pluralismo ideológico, al respeto por la diversidad de pensamientos y a la convocatoria de autores nacionales y extranjeros afiliados a las más diversas posturas y abordajes teóricos e ideológicos. Sólo se exigía un estricto apego a los criterios científicos a la hora de redactar sus respectivas contribuciones. Así se expresaban en esa primera entrega:

Ninguna de las tesis que aparezcan expuestas en la parte doctrinaria de esta revista, bajo la firma y responsabilidad de sus autores, deberá entenderse que compromete la opinión de sus directores, o que configura un pronunciamiento de las orientaciones ideológicas de la nueva publicación. Esta verá la luz para dar preferencia en sus columnas a todo trabajo o información científicos que encaren –más que a las cuestiones sociales o económicas- los aspectos jurídicos de la relación que crea el trabajo entre los hombres.

La tercera característica que singulariza a este emprendimiento desde sus inicios, y que por atendibles razones no está consignada entre los propósitos fundacionales, se relaciona con la regularidad de su aparición. La revista apareció prolijamente cuatro veces por año. Las peores tormentas políticas vividas por el país; la vigencia del oscurantismo ideológico verificado en todos los ámbitos de la vida nacional, especialmente en la Universidad de la República,  durante más de una década; la puesta entre paréntesis del orden jurídico;  las diferentes formas de extrañamiento vivida por sus directores bajo la dictadura; las dificultades para su financiamiento; las restricciones para el acceso a la compra de  papel, entre otras,  no fueron nunca un impedimento para que Derecho Laboral apareciese con  rigurosa puntualidad; si señalamos este rasgo acuñado desde los primeros años de circulación, lo hacemos para subrayar algo que no resulta demasiado habitual en los ámbitos académicos, científicos, artísticos, literarios… de Nuestra América.

A mi criterio, y en esto no quiero comprometer a mis colegas de la FE, hay otra cualidad que tiene la Revista y que merecería ser analizada con mayor cuidado y profundidad con la que lo haré yo de manera somera y esquemática. Desde hace tiempo sostengo la tesis que Derecho Laboral ha sido uno de los principales instrumentos que hicieron posible proyectar la “escuela uruguaya del derecho del trabajo” más allá de las fronteras. No dejo de valorar en todas su dimensión el impacto de la destacada presencia de laboralistas uruguayos en Congresos internacionales (sobre todo los efectuados fuera del territorio nacional), la docencia en universidades Iberoamericanas (especialmente en la formación de posgrado y de miembros de la justicia laboral), la asistencia técnica brindada, el impacto de la obra de autores uruguayos publicada en el país y en el extranjero. Lo que quiero destacar es que desde el punto de vista doctrinario, de la construcción de conocimiento, de consolidación de una disciplina, de la conformación de un cuerpo original de ideas y lineamientos originales, el mensaje del iuslaboralista uruguayo tuvo, y sigue teniendo, en la revista su principal carta de presentación y medio de difusión.

Vinculado a esto último, reconozcamos el sutil mensaje del último párrafo de la “Presentación” de la Revista en su primera entrega:

“Al dejar así señalados sus propósitos y su finalidad, los fundadores envían un cordial saludo a todas las publicaciones similares de América”.

Esto significa, mirando desde la perspectiva de nuestros días, que los fundadores eran conscientes que la empresa de forjar una disciplina con identidad propia (particularismo diría Barbagelata) como era el incipiente derecho laboral, obligaba a hacer un llamado a los especialistas en la materia, a nivel continental, que trascendiera las fronteras del Uruguay, para acometer semejante obra. Esta amplia convocatoria explica, en buena medida, el hecho de la asidua participación de catedráticos y tratadistas extranjeros, principalmente americanos, a partir de comienzos de la década de los cincuenta del siglo pasado”.

En su intervención, el Prof. Antonio Baylos, catedrático de la Universidad de Castilla – La Mancha, destacó el papel de las publicaciones académicas independientes, delineando el trayecto histórico y la periodización de las revistas jurídico laborales.

Así, ubicó los inicios del proceso en la década de los años cuarenta del siglo pasado, cuando aparecieron las revistas pioneras, carácter nacional, integradoras de todas las corrientes y puntos de vista, que coadyuvaron decisivamente en la construcción de una disciplina autónoma, por fuera de los contornos del derecho común.

En una segunda etapa, se asiste a la diversificación de las publicaciones, producto de la paralela diversificación de las cátedras universitarias y del advenimiento de las tendencias flexibilizadoras, de lo cual dieron cuenta con distinto tono las publicaciones, que ya no obedecieron a un único patrón conceptual.

Finalmente, calificó  el momento  como de persistentes desafíos para las editoriales y publicaciones independientes (como son la FUNDACION DE CULTURA UNIVERSITARIA  y la revista DERECHO LABORAL), en tanto la presencia de las empresas multinacionales ha absorbido y homogeneizado la producción jurídica bajo el peso de la lógica y el interés  propio de estas corporaciones.

El profesor de la Universidad de Buenos Aires Héctor García, al comentar la intervención de Baylos, destacó el papel de la revista DERECHO LABORAL  para la cultura jurídico laboral latinoamericana así como para  la conformación de lo que podemos llamar un “modelo de lector” que continúa valorando a la revista como una publicación referencial e ineludible.

El  prof. Jorge Rosenbaum, catedrático de la Universidad de la República calificó a la revista, por su acervo único, como de una “biblioteca viviente”, destacando el papel de la misma en la evolución del Derecho del Trabajo en nuestro país, y subrayando la labor del equipo de redacción de Derecho Laboral.

En el cierre de la actividad,  el prof. Hugo Fernández Brignoni evocó las figuras de los fundadores de la revista, Américo Plá Rodriguez y Héctor Hugo Barbagelata así como del prof. Oscar Ermida Uriarte.

Sobre el primero de ellos, recordó las sesiones del llamado “grupo de los miércoles”, donde frecuentemente de decidían los contenidos de la revista a partir de la apelación o el pedido del prof, Plá Rodriguez a que los participantes del grupo desarrollaran temáticas de actualidad para su publicación.

La composición actual del staff de la revista se compone:

Secretaría de Redacción: Hugo Barretto Ghione, Hugo Fernández Brignoni, Rosina Rossi Albert
Consejo Asesor: Osvaldo Mantero de San Vicente, Juan Raso Delgue, Jorge Rosenbaum Rímolo
Jurisprudencia: Alejando Castello, Graciela  Giuzio
Documentos: Alvaro Rodríguez Azcué, Adriana López López, Carolina Panizza Dolbajián.
Bibliografía: Ariel Nicoliello
Índice: Laura Zúñiga


Adhesiones y saludos recibidos para el aniversario de la revista DERECHO LABORAL
                   

Manuel Carlos Palomeque –  Catedrático de  DTSS de la Universidad de Salamanca. Wilfredo Sanguineti – Catedrático de  DTSS de la Universidad de Salamanca. Alexander Godínez – Profesor de DTSS de la Universidad de Costa Rica. Ricardo Seco – Profesor de  DTSS de la Universidad Nacional de Córdoba Argentina. Raúl Saco – Profesor de DTSS de la Universidad Católica del Perú. Jesús Cruz Villalón – Catedrático de DTSS de la Universidad de Sevilla. Maria José Romero Rodenas – Profesora Titular DTSS Universidad de Castilla-La Mancha y Decana de la Facultad de Relaciones Laborales y Recursos Humanos -  Albacete Universidad Castilla La Mancha. María Luz Vega – experta de OIT  Coordinatora de Future of Work Initiative. Fabio Bertranau – Director de la Oficina Regional OIT (Santiago de Chile) – Joaquín Aparicio – Catedrático de DTSS de la Universidad de Castilla La Mancha. Manuel Planelles – Presidente de la Asociación de Egresados de la Licenciatura de Relaciones Laborales. Sidnei Machado – Profesor de DTSS de la Universidad Federal de Paraná (Brasil). César Augusto Carballo Mena – Profesor de DTSS de la Universidad Andrés Bello (Venezuela). Jaime Cabeza – Catedrático Universidad de Vigo. Francisco Tapia  - Profesor de DTSS de la Universidad Católica de Chile. Luis Raffagheli – Magistrado de la Cámara Nacional de Apelaciones del -–Trabajo (Argentina). Rodrigo Palomo Velez – Profesor de DTSS de la Universidad de Talca, Chile. César Arese  -  Profesor de la Universidad Nacional de Córdoba Argentina. Miguel Canessa – Profesor de DTSS de la Universidad Católica de Perú. Marcial Sánchez-Mosquera -–Departamento de Economía e Historia Económica Universidad de Sevilla Facultad del Ciencias del Trabajo. Ana María Olmo – ¨Profesora de DTSS de la Universidad de Castilla – La Mancha. Laura Mora Cabello de Alba – Profesora de DTSS de la Universidad de Castilla – La Mancha. Amparo Merino -–Decana de la Facultad de Ciencias Sociales Universidad de Castilla – La Mancha. Daniela Muradas – Profesora de DTSS de la Universidad Federal de Minas Gerais. Aldacy  Coutinho – Profesora Titular de DTSS de la Universidad Federal de Paraná (Brasil). Guillermo Gianibelli – Profesor de DTSS de la Universidad de Buenos Aires. Humberto Villasmil Prieto – Experto de OIT en Normas Internacionales Oficina Regional de Santiago de Chile. Luis Eduardo Díaz – Profesor de DTSS de la Universidad de Zulia, Venezuela. Adolfo Ciudad Reynaud – Profesor de  DTSS de la Universidad de San Marcos, Perú. Juan Pablo Capón Filas -–Equipo Federal del Trabajo (EFT).Héctor Humeres – Profesor de DTSS de la Universidad de Chile. María Cristina Gajardo -–Directora del Departamento de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social Universidad de Chile. Martha Monsalve – Profesora de DTSS de la Universidad Gran Colombia.

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