En estos días se está hablando
mucho de Francisco Pérez de los Cobos,
presidente del Tribunal Constitucional
desde mediados de junio de este año por unanimidad. El diario El País ha dado a conocer que era militante
del Partido Popular y que había pagado las cuotas al mismo después de ser
nombrado magistrado del Tribunal Constitucional, en diciembre de 2010. Se trata
de una figura pública que ha realizado su carrera profesional en el área de
Derecho del Trabajo, por lo que a continuación se expresan algunas referencias
sobre su persona y su relación política, en un intento de añadir informaciones y
valoraciones personales que contextualicen la identificación política con el
Partido Popular del “modesto profesor de universidad” como él mismo se
autodefinió en la presentación ante el Senado y su buena estrella en su
promoción institucional.
Aunque minoritaria en el ámbito
universitario, hay una tendencia conservadora entre los estudiosos de derecho
del trabajo. No tanto sobre la base de planteamientos ideológicos cuanto de una
aproximación pragmática a la defensa del interés de los empleadores en las
relaciones laborales. Muchos de ellos han compatibilizado su trabajo académico
con la actividad de informes y de consultas. En algunos casos, los más
conocidos, han mantenido una actividad profesional como abogados desde hace ya
tiempo insertada en firmas colectivas de amplio alcance, en puestos de
responsabilidad. La mayoría de estos profesores-abogados se proyectan en el espacio
puramente empresarial, asesorando a empresas y a asociaciones empresariales,
tanto transnacionales como estatales, asociaciones de sector o a la propia
CEOE-CEPYME. En un segundo nivel, las relaciones de estos profesionales se prolongaban en el trato de servicios con las
estructuras de gobierno en el nivel autonómico y a nivel central, por así decir
en un plano de autonomía de las relaciones laborales que se expresaba en la
negociación o intermediación con las instancias públicas. El campo del asesoramiento
puramente político al centro-derecha español en materia laboral no formaba
parte de las prácticas establecidas a partir de las décadas de los 80 y de los
90 por los expertos laboralistas al servicio del poder económico.
Esta figura la desempeñó, desde
muy pronto, Pérez de los Cobos, aunque
sin la visibilidad que por el contrario tenían otros profesores que orientaban
y aleccionaban a los empleadores. Una anécdota personal me permitió conocer
esta relación. En 1992-1993, parecía posible que en el Parlamento se lograra
una ley de huelga mediante un acuerdo entre los grupos parlamentarios
socialista y de IU principalmente con los sindicatos UGT y CCOO, sobre la base
de un documento elaborado y discutido por un numeroso grupo de juristas del
trabajo progresistas. En Albacete concebimos un acto público en el que se
debatiera sobre este proyecto de ley de huelga, con participación de las
fuerzas políticas más importantes. Por parte del PSOE mi colega Joaquín Aparicio consiguió la
participación de José Barrionuevo,
que entonces dirigía la comisión en la que se estaba gestando este acuerdo,
recurriendo a su conocimiento que venía de antiguo. Yo me dirigí al PP, a Loyola del Palacio, que había sido mi
alumna en la Facultad de Derecho de la UCM en 1988. Fue ella la que me dijo que
en materia laboral, el asesor con el que contaban era Pérez de los Cobos, y que a él me debía dirigir porque no tenían
un diputado “idóneo” para un debate técnico y político como el que
pretendíamos. Yo sin embargo no llamé a mi joven colega, aún profesor titular,
porque en efecto lo que necesitábamos era un personaje público
que diera visibilidad al debate y no dar visibilidad pública a un profesor como
representante técnico de un partido. Con ello quiero decir que la relación
entre Pérez de los Cobos y el
Partido Popular debe venir de lejos, y esa “antigüedad” en la relación de
asesoramiento y de consulta ha debido ser especialmente apreciada por la cúpula
directiva del Partido y en especial por su secretario general, Jose Maria Aznar.
Más aún, me parece que este
posicionamiento político no tenía el contenido retributivo que por el contrario
si revestía el tipo de relación de consulta y de asesoramiento a las empresas y
a asociaciones empresariales que llevaban a cabo otros exponentes
universitarios del derecho del trabajo. Al menos esa es la explicación que dan
algunos colegas a la enemistad manifiesta que a partir del concurso de cátedra
a la Universidad Autónoma de Barcelona mantuvo con Salvador del Rey, socio del bufete Cuatrecasas muy activo en la elaboración del diseño estratégico
empresarial no sólo en la Comunidad Catalana, con especiales relaciones con la
CiU de Pujol. También con ello pretenden contextualizar su desapego crítico
respecto de la realidad nacional (y nacionalista) catalana. En todo caso, su
relación “externa” a la universidad, donde nunca perdió la condición de
empleado público a tiempo completo, se desplegaba especialmente a partir de
relaciones institucionales, como consejero del CES en el grupo de “expertos”
nombrados por el gobierno, pero también en una serie de dictámenes y trabajos
para entidades y organismos administrativas y públicas.
El segundo gobierno de Zapatero y
el quiebro realizado a partir de la crisis, posiblemente consolidó la posición
política de Pérez de los Cobos como
asesor orgánico del PP. Sus comentarios a las normas de aquel gobierno, alguno
de ellos en colaboración con su discípulo, colaborador académico y
posteriormente letrado del Tribunal Constitucional a él asignado, Javier Thibault, hacen pensar en una
línea de justificación de la crítica política de aquellas decisiones afirmando
su incoherencia y su insuficiencia, separada por tanto de lo que era el eje
tradicional de la crítica de un nutrido grupo de universitarios laboralistas a
las mismas. Aunque su posición se fortalecía como diseñador de la estrategia
futura de las reformas, su perfil público no era reconocido como tal. De hecho,
se había aproximado a las prácticas tradicionales de los asesores laboralistas
de empresas que no se declaran profesores-abogados de manera explícita. Había
formado una sociedad para realizar dictámenes y consultas jurídicas, y formaba
parte del Consejo Asesor del Estudio Jurídico Sagardoy, una vez trasladada su
cátedra a la Universidad Complutense de Madrid.
Es a partir de la Ley 35/2010 que
brilla con mucha mayor intensidad la buena estrella de Pérez de los Cobos. En la
renovación del Tribunal Constitucional– tan retrasada por la imposibilidad de
encontrar la mayoría requerida – el Partido Popular realizó un movimiento
estratégico, el de situar el área de la regulación del trabajo y la seguridad
social en el espacio intelectual conservador, pro-empresarial, frente a la
tradicional presencia en este dominio de profesores con una clara orientación pro labour. El Partido Popular aprovechó
además de manera inteligente que el gobierno socialista se abstuviera de
proponer al candidato más adecuado y competente tanto en razón de su
trayectoria profesional como por el hecho de haber sido votado y propuesto por
una asamblea legislativa autonómica, Fernando
Valdés, pospuesto seguramente en razón de su posición crítica ante la
reforma de la legislación laboral llevada a cabo por el gobierno. De esta
manera, tras el examen en el Senado, fue nombrado magistrado del Tribunal Constitucional
por el RD 1787/2010, de 29 de diciembre, y habría de ser el único laboralista
en el TC hasta la última renovación del mismo en la que el PSOE en la oposición
propuso a Valdés, en un intento de
compensar el movimiento estratégico del Partido Popular.
La posición clave de Pérez de los Cobos respecto al
encauzamiento, orientación y límites del cambio político efectuado a partir de
las reformas llevadas a cabo por el Partido Popular - laborales, públicas, ciudadanas - desde una
posición relevante en el Tribunal Constitucional, permitían desmontar una línea
de defensa de las organizaciones sociales y de la izquierda política respecto
de la vulneración de derechos fundamentales y garantías institucionales, y
asimismo reformular y corregir los elementos más garantistas de la doctrina
constitucional elaborada durante la etapa de la magistrada y presidenta del TC,
Maria Emilia Casas. Este movimiento
se refuerza a partir de la renovación de julio del 2012, con la conformación de
una mayoría netamente conservadora en el Tribunal con la incorporación de
personas como Enrique López, que
había sido siempre vetado por el PSOE por su extremismo ideológico y su
curriculum deficiente.
Además de esta ubicación central,
Pérez de los Cobos situó a su
discípulo y colaborador académico, Thibault,
que había sido su letrado adscrito desde 2011, en la Dirección General de
Empleo, en el Ministerio dirigido por Fátima
Báñez, al que se le atribuye la redacción concreta del texto del RDL
3/2012. A la vez, el ya magistrado constitucional fue propuesto por el gobierno del Partido Popular para desempeñar
el cargo de miembro de la Comisión de Expertos en aplicación de convenios y
recomendaciones de la OIT, siendo nombrado en la 313ª reunión del Consejo de
Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, celebrada los días 15 a
30 de marzo de 2012. Se plantearon algunas dudas razonables sobre la
compatibilidad entre un magistrado del Tribunal constitucional en activo y el
puesto de miembro de la Comisión de Expertos de la OIT, sobre la base de la
prohibición que pesa sobre los miembros del Tribunal Constitucional de realizar
cualquier tipo de asesoramiento legal, sea o no retribuido. Pero el resultado
de la consulta permitió concluir que no era ilegal compatibilizar ambos cargos.
Las quejas de los sindicatos CCOO y UGT ante la OIT contra la reforma laboral
llevada a cabo por el gobierno popular – el RDL 3/2012 – se presentaron en mayo
de 2012, de manera que su seguimiento y la fijación del ritmo con arreglo al
cual deben ser examinadas, estaban asegurados. Por un lado, en el Tribunal
Constitucional, se presionó para que éste no abordara el recurso de
inconstitucionalidad contra la reforma laboral del PP mientras era presidente Pascual Sala y por tanto pudiera haber
una mayoría “progresista”, mientras que en la OIT se dilataba el examen de las
quejas sindicales para que no se produjeran antes de – y condicionando a – el
fallo del Tribunal Constitucional.
Con la nueva mayoría del órgano
constitucional, Pérez de los Cobos alcanza
su cénit. Es elegido presidente por unanimidad. Es por consiguiente una posición
decisiva, de extraordinario valor en la preservación del cambio político y social
impulsado por el Partido Popular, desde la que puede administrar los ritmos y las
discusiones sobre su constitucionalidad, asegurada por otra parte una mayoría ideológicamente
afín al proyecto de gobierno. Algunas decisiones de orden interno, como la composición
de las salas del Tribunal han garantizado este objetivo, reduciendo la capacidad
arbitral de la Vicepresidenta. Pero ese diseño ha sido sacudido profundamente al
conocerse su militancia partidista en el Partido Popular no reconocida ni explicitada
en ningún momento, como si fuera un dato que conforma la privacy de un magistrado y no influyera en la necesidad de asegurar
su imparcialidad.
No reconocerlo, no señalar que abandonaba
su militancia, mostrarse como alguien “independiente” del fluir partidista mientras
se había asociado voluntariamente al ideario político del partido popular que le
proponía como magistrado, presentar su trayectoria profesional separada explícitamente
de su compromiso político, todo ello es lo que ha generado una importante contestación
a su persona, la petición de dimisión del cargo e incluso la pretensión de revisar
algunas de las decisiones en las que él había intervenido. Aunque el Partido en
el que militaba le defienda señalando su libertad ideológica o la nota de prensa
del TC asegure la legalidad de su opción – frente a lo que opinan tres asociaciones
judiciales – el ocultamiento de su militancia ha dañado la estrategia de captura
institucional del TC por el Partido Popular del que Pérez de los Cobos era una pieza fundamental. Como señala la nota de
la dirección de CC.OO., el problema es que no está en condiciones de velar por una
actuación independiente del órgano, y su actuación ha generado un cuestionamiento
evidente por parte de la ciudadanía del Tribunal Constitucional, “que tiene en
sus manos el análisis y resolución de importantes iniciativas políticas para la
vida de la gente, entre ellas, la constitucionalidad o no de la reforma laboral”.
Este es pues el eje de la cuestión. La deslegitimación de un órgano como el Tribunal
Constitucional, que aparece ahora, de forma evidente ante la ciudadanía, como un
espacio de poder al servicio de la ideología y del programa de gobierno del Partido
Popular, traicionando así su función de garante de los derechos fundamentales reconocidos
por la Constitución.