sábado, 30 de abril de 2016

EL DERECHO AL TRABAJO, EL TRABAJO CON DERECHOS



El diario digital bez.es, por intermedio de Marta Molina e Ignacio Muro, me ha solicitado un texto para poder publicarlo como introducción al 1 de mayo. Trata del derecho al trabajo y su conclusión inmediata, trabajar con derechos. El artículo, que se puede encontrar en este enlace El trabajo con derechos, lo reproduzco ahora en el blog anticipándome a las manifestaciones de mañana. Hagamos de la calle un lugar donde se escuche la voz de las trabajadoras y de los trabajadores de este país. Que seamos muchas las personas que las recorramos exigiendo trabajo y derechos. Dos requisitos necesarios para avanzar en la idea de la democracia social como horizonte de sentido.

Es bien conocido que el derecho al trabajo constituye el fundamento del modelo laboral en la Constitución española, y que legitima todo el derecho del trabajo. Pero su significado es más profundo. La Constitución  del 78 llevó a cabo un compromiso político sobre el trabajo como factor de inclusión social y de cohesión social que nuclea la sociedad y sobre todo como un espacio de derechos que da sentido a la noción de ciudadanía. El trabajo es una relación social sobre la que reposa todo el sistema económico, pero principalmente estructura el sistema social y vertebra políticamente un proyecto de futuro. El trabajo al ser un espacio de derechos es también un espacio de conflicto y de lucha por estos derechos, donde se realiza la idea democrática, un campo de derechos individuales y colectivos que abre además la posibilidad de ser titular de derechos de Seguridad Social, es decir, que enlaza la cláusula de Estado social con una situación de subordinación o de dependencia social y económica que caracteriza al trabajo asalariado como llave de una extensión universal a todos los ciudadanos de estas prestaciones sociales. Eso quiere decir también desde el punto de vista cultural que el trabajo aparece como una actividad social creativa, como un elemento central en la creación de riqueza, pero también como una forma de que las personas se sientan socialmente activas, que aportan algo a la sociedad y que, por tanto, esperan como contrapartida unos derechos.

Se ha producido un cambio importante en la forma de representar el trabajo con una pérdida de su valor político y democrático. Las fracturas de la tutela laboral han llevado a la generalización de fenómenos de segmentación y de fragmentación del trabajo. El trabajo como base de derechos de ciudadanía se ha visto erosionado por tales transformaciones. Hay una fuerte compulsión hacia figuras sociales que invisibilizan el trabajo, figuras construidas desde el consumo, la mercantilidad o la libre iniciativa. Hay también una crisis en la fundamentación democrática y constitucional de la regulación del trabajo, que ha sido extraordinariamente intensa en los últimos años, a partir del comienzo de la crisis en el 2010. La norma laboral de la crisis propaga en las relaciones laborales un desequilibrio radical entre la libertad de empresa y el derecho al trabajo, de manera que el contenido laboral de este último queda en gran medida anulado, y esta operación ha sido avalada sorprendentemente por nuestro propio Tribunal Constitucional. Todo ello sobre la base de favorecer la creación de empleo, se dice, ante un cuadro permanente donde millones de ciudadanas y ciudadanos se encuentran privados de él. El trabajo, que se mide tan sólo en términos económicos de volumen de empleo, se pretende que sea un espacio habitado por sujetos cada vez con menos derechos políticos y civiles. Sujetos considerados tales en relación con lo que cuestan económicamente al empleador y en cuanto su trabajo se  incorpora a una organización productiva determinada  unilateralmente, con débiles controles públicos y colectivos, por el empresario.

No es posible seguir por la vía de degradación que conduce la re-mercantilización del trabajo en las políticas de ajuste y de austeridad que se han ido llevando a cabo a partir del 2010. El trabajo es el centro de un proyecto político democrático de emancipación y eso es algo que no sólo está escrito en nuestra Constitución al reconocerlo como derecho de ciudadanía. Lo está ante todo en las figuras que visibilizan esa idea, la del individuo que trabaja y la del sujeto que representa en el plano colectivo al trabajo, el sindicato, que tiene un proyecto global de reformulación de las relaciones sociales sobre la base precisamente de garantizar condiciones de trabajo suficientes, con un salario digno y en un entorno saludable y sostenible, y condiciones de existencia en términos de seguridad frente a los estados de necesidad. La noción de trabajo decente que proviene de la OIT es inseparable de la noción de trabajo con derechos que reconoce el sistema político democrático como un elemento fundamental, integrante de sus señas de identidad en cuanto forma de organización política y social. Que además debe abrirse y compenetrarse con los tiempos de vida que marcan la existencia social de las personas, evitando la desigualdad de género, muy evidente en este aspecto al confrontarse con el trabajo de cuidados. Un trabajo que no puede perder la capacidad creativa de la profesionalidad que se ejercita ni ser sofocado por el despotismo en los lugares de producción.

La tendencia a la mercantilización del trabajo destruye el valor democrático del mismo. Es una deriva autoritaria cuyos costes sociales y personales son inmensos. Los cambios del trabajo exigen cambios para afrontarlos, cambios en la cultura jurídica, en las políticas previstas, en las decisiones sobre la estrategia sindical, en las resoluciones del gobierno, en las opciones electorales. Cambios que afronten los cambios y vuelvan a colocar al trabajo en el cetro de la sociedad, una necesidad ineludible en el día de hoy. En el Primero de Mayo, precisamente. 

viernes, 29 de abril de 2016

SOMOS COCA COLA EN LUCHA (EL LIBRO)


El conflicto de Coca Cola, que da inicio el 22 de enero de 2014, ha sido un caso emblemático tanto desde el punto de vista de la gestión del conflicto laboral como desde el análisis jurídico a través de la acción judicial contra el despido colectivo que dio lugar a una serie de fallos favorables para los trabajadores entre ellos la trascendental STS de 15 de abril de 2015 que declaró nulos los despidos colectivos de estos trabajadores por vulneración del derecho de huelga de los mismos. Las vicisitudes posteriores de este conflicto son también conocidas en torno a la dificultad de ejecución de dicha sentencia, pero la relevancia política y sindical de esta huelga es indudable, más aún al situarse en la fase descendente del ciclo de movilización sindical contra la reforma laboral de la que sin duda forma parte este supuesto, fruto de una labor de “ingeniería jurídica” para abaratar costes de personal que se generó sobre la base de la nueva regulación del despido colectivo.

Dice la reseña del libro en la página de la editorial que el libro es una autobiografía colectiva, “un relato oral que narra en primera persona cómo 238 trabajadores y trabajadoras y sindicalistas de la fábrica de Cocacola en Fuenlabrada vencieron al gigante. Desde un yo soy Carmen, yo soy Antonio, yo soy Juan Carlos, podremos leer situados en una línea de tiempo de dos años, el día a día de unos y unas trabajadoras y sus familias que no aceptaron un ERE ilegal, que el supremo calificó de nulo, y que les ha devuelto a sus puestos de trabajo dos años después”.

En efecto, a través de una iniciativa de financiación popular o crowndfunding, el colectivo de los “espartanos” lanzó la posibilidad de plasmar en un libro colectivo los resultados de las experiencias de la lucha llevada durante dos años consecutivos. Alfonso Serrano como editor de la Oveja Roja, Eddy Sánchez como director de la Fundación de Investigaciones Marxistas y Eva Fernández, integrada en el colectivo “sinautoría”, de obras sin autor como experiencia alternativa, organizaron y ordenaron el contenido del libro, que se basa fundamentalmente en los relatos directos de una larga serie de protagonistas, junto con conversaciones y debates en grupo con el Comité Sindical, a las que se une una larga entrevista con Enrique Lillo, el abogado de los trabajadores. El libro sitúa al final una biografía de la directiva de Coca Cola que condujo el proceso de despidos colectivos,  una cuidada cronología de los hechos y un largo espacio para los agradecimientos a los contribuyentes de la financiación popular.

Integrado en un espacio virtual de redes sociales, con un amplio bagaje de movilizaciones propias y de presencia en prácticamente todas las manifestaciones convocadas durante este período de tiempo, los autores del libro quieren recordar que la lucha continúa. “No solo la lucha continúa dado que CCIP (Cocacola Iberian Partners) no cumple la ley, ni está reabriendo la planta de Fuenlabrada como un "centro logístico", sino más bien como un "almacén fantasma" sino porque lo que hace necesaria la lucha obrera, lxs obrerxs, el mundo que queremos, lo tenemos que hacer. No se lo pagamos a nadie a precio de saldo, para que lo haga por nosotrxs”.


Se trata de un tipo de literatura que no es muy frecuente en nuestro país, pero que tiene un interés no sólo documental, sino literario. La capacidad de “contarnos” desde un nosotros que es colectivo y afirmativo de un sujeto que ha sido capaz de resistir y de construir solidaridades extensas en el interior y en el exterior del conflicto. Los autores señalan que este libro se trata de un acto de ocupación colectiva, “porque este conflicto obrero fundamental ha sido silenciado y malversado por medios de comunicación y parcialmente desatendido por productores culturales”, y porque “alentamos la cultura como aliento de revolución”, presentando así una obra que “compartirá su hacer con otras luchas” para poder expresarse en la primera persona del plural como afirmación colectiva : “Somos”, en el pleno sentido de este verbo.

SOMOS COCACOLA EN LUCHA. UNA AUTOBIOGRAFIA COLECTIVA
AAVV. La Oveja Roja, Torrejón de Ardoz, Madrid, 2016, 331 pp., 17 €.

El día 30 de abril se presentará el libro a las 12 de la mañana en el Auditorio Marcelino Camacho de Madrid (C/Lope de Vega). Un buen momento para hacerse con el mismo.


miércoles, 27 de abril de 2016

EFECTOS DE LA REFORMA LABORAL SOBRE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA


Acaba de publicarse el número 76 de la Revista de la Fundación 1 de Mayo, Estudios y Cultura, bajo la dirección de Carmen Rivas. Es un número bien interesante, donde destaca una intervención muy amplia de Ignacio F. Toxo, , un artículo muy instructivo sobre el TTIP de Adoración Guamán, y la presentación de la Red RELATS como una nueva narrativa sindical entre Europa y América Latina de Pere J. Beneyto.  La revista se puede descargar aquí:  http://www.1mayo.ccoo.es/nova/files/1018/Revista76.pdf    En él el titular de este blog ha publicado un artículo con el título ¿Qué ha sido de la negociación colectiva tras las reformas laborales?     Una parte del mismo, contrastada con los últimos datos oficiales del Ministerio de Empleo y de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, se publica ahora en este post.

Las tres grandes novedades de la reforma de la negociación colectiva son la llamada “descentralización negocial” desdoblada en la inaplicación del convenio de sector en la empresa o centro de trabajo y en la “preferencia aplicativa” del convenio de empresa que en todo caso sustituye al convenio de sector, junto con la eliminación de la ultra-actividad del convenio colectivo pasado el plazo de un año.

La “descentralización negocial” busca la inaplicación del convenio de sector en las empresas y centros de trabajo que requieran una regulación diferente y menos garantista que la que se fija en aquél. La flexibilización máxima a la que se somete el procedimiento de inaplicación parcial de los contenidos del convenio colectivo en las materias que señala el art. 41 del ET, desde el sistema de remuneración y la cuantía del salario a horarios y ritmos de trabajo, turnos, sistema de rendimiento y funciones, significa sencillamente que mediante acuerdo con los delegados de personal o el comité de empresa – o las llamadas “comisiones ad hoc”, no sindicalizadas -  se establecen peores condiciones de trabajo en esa empresa que las fijadas por el convenio de sector.  Y el principio de “preferencia aplicativa”, que ningún acuerdo marco o convenio sectorial   puede condicionar o impedir, porque es una norma imperativa de derecho necesario absoluto, quiere promover un proceso de fragmentación de unidades de contratación que disperse la capacidad de concentración de la fuerza sindical y que por tanto restrinja fuertemente su poder de negociación.

La idea que subyace a este diseño normativo es la de confinar al sindicalismo en las medias y grandes empresas, generando un “territorio libre” en la gran mayoría del tejido empresarial, que progresivamente se liberaría  no solo de cumplir la regulación del convenio sectorial, sino de la propia presencia de representantes de los trabajadores en sus sedes, estableciendo las condiciones de trabajo de forma atomizada, casi individualizadamente, con una fuerte competición a la baja de salarios y condiciones laborales. Esa es la forma en la que se piensa que es posible la recuperación del excedente empresarial y por tanto la salida de la crisis.

Realmente los datos con que se cuenta permiten afirmar que son modestos los resultados formales de la primera de las cuestiones, la inaplicación parcial del convenio colectivo ha sido mayor en los primeros años (2012 y 2013) pero se estabiliza en torno a los 50.000 trabajadores en 2014 y 2015, y nunca ha alcanzado una cantidad muy significativa. En cuanto a las nuevas contrataciones de empresa, han crecido también, y ha fragmentado la relación entre trabajadores y empresa con convenio, que antes se concentraba en medias y grandes empresas, pero en el cómputo global no ha alterado de manera sensible el número de trabajadores que se regulan por un convenio de empresa. Sin embargo en el plano real de las relaciones laborales, la degradación ha sido mucho mayor, unido a lo que luego se dirá, de reducción de la tasa de cobertura. Los estudios con los que se cuenta hablan de cifras pavorosas de devaluación salarial en el cuatrienio, en especial en aquellos trabajos de menor remuneración, que han llegado a verse reducidos en un 25%. Pero además el avance de la precarización y la rotación entre desempleo y empleo precario debe también ser considerado bajo esta perspectiva, en la medida en que la reducción de la “fuerza vinculante” y la extensión del ámbito de aplicación de los convenios colectivos favorece la asimetría entre los contratantes y permite la imposición de condiciones salariales y de trabajo que devalúan sistemáticamente el valor del trabajo.

La segunda gran novedad de la reforma perseguía la pérdida de eficacia del convenio colectivo al eliminar la prórroga automática de su contenido hasta tanto no existiera un nuevo convenio, lo que se ha conocido como ultra actividad del convenio. Con ello lo que la norma ponía a disposición de los empleadores era sencillamente la posibilidad de impedir la negociación del nuevo convenio para obtener una posición de fuerza mucho más rotunda, ante la amenaza de aplicar únicamente las normas mínimas que prevé la ley con carácter imperativo. Es decir, se empujaba al convenio hasta su extinción – denunciando el convenio los propios empresarios en muchas ocasiones – para negociar sobre el vacío y poder imponer el contenido del mismo sobre la base de los planteamientos empresariales. “Poner el reloj –de las conquistas sociales – a cero” era la frase del empresariado.

Como se sabe, esta medida legal ha sido corregida por la jurisprudencia del Tribunal Supremo – con una fuerte división entre sus miembros, producto del carácter emblemático de esta disposición – declarando la incorporación de los contenidos normativos del convenio colectivo extinguido a los contratos individuales de los trabajadores a los que se aplicaba el convenio, con lo que se desmontaba un tanto la estrategia de la presión que implica negociar sobre el vacío de derechos. En el mismo sentido caminan los fallos cada vez más frecuentes de los tribunales en los que se declara que el empresariado negociaba de mala fe. Pero con todo, esta medida legal ha conseguido una buena parte de lo que era su objetivo principal, la progresiva desprotección de los trabajadores mediante la reducción del ámbito de cobertura de los convenios colectivos. La caída de la tasa de cobertura ha sido muy significativa, del 75% del 2010 a la que se estima en un 60% actual. Una reducción importante del número de personas que ven sus condiciones de trabajo reguladas por convenio colectivo. Y, consecuentemente, un amplio proceso de degradación laboral y salarial en éstas.  Según los datos de la CCNCC, la negociación colectiva con efectos económicos en 2015 afecta a 7,2 millones de trabajadores (y 3.180 convenios colectivos), pero en ese año se firmaron sólo 1.435. El aumento salarial pactado fue de un 0,8% y la jornada pactada fue mayor que la acordada en 2014 elevándose a 1.758 horas. La CCNCC quiere hacer un mapa de la negociación colectiva mediante una aplicación telemática que favorezca la “seguridad” de la norma aplicable y la accesibilidad a la misma. Pero todavía el mapa está en formación.

Empobrecer el trabajo, reducir su valor, precarizar el empleo y fragmentar el poder contractual del sindicato. Ese es el horizonte de sentido de las reformas laborales de estos últimos cuatro años.

¿Qué hacer en el tiempo incierto en el que nos movemos? La esperanza de cambio político se ha visto reenviada a momentos posteriores, y actualmente sigue en el poder un gobierno en funciones que desprecia la democracia y se niega a ser controlado por el Parlamento, al que no reconoce la potestad de legislar. Los agentes sociales han firmado un acuerdo que está permitiendo la recuperación incipiente de la negociación colectiva, con algún éxito sonado, como la negociación del primer convenio estatal del metal. Pero muchos de sus contenidos siguen pendientes de una legislación invasiva que desplaza la negociación colectiva a un papel subsidiario y designado previamente por el poder público como subordinado al poder privado empresarial que se considera el real centro de imputación normativa. Las trabajadoras y los trabajadores de este país siguen sufriendo este cuadro regulativo que les confina en una situación de dependencia desigual acentuada.

La ley debe ser cambiada sin dilación alguna. En el grupo de estudio que desplegó su actividad en la Fundación 1 de Mayo y presentó al debate sus conclusiones en el II Congreso Trabajo, Economía y Sociedad, se proponían reformas muy serias sobre esta cuestión, que llevaban consigo la derogación del principio de preferencia aplicativa del convenio de empresa, introducía correctivos básicos a los mecanismos de inaplicación parcial del convenio, restablecía el mandato de la ultra actividad, con algunas previsiones especiales para negociaciones de larga duración, entre otras medidas importantes. Es el momento de poner punto final a esta etapa de desmoronamiento de las políticas democráticas, sustituidas por actos de violencia institucional que buscan afirmar la desigualdad y el privilegio. No deberíamos permitir por más tiempo esta situación.


lunes, 25 de abril de 2016

25 DE ABRIL: LA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA




Hoy es 25 de abril y no es un día cualquiera para una parte de la Europa del sur. En Portugal y en Italia es fiesta nacional, y en ambos países se celebra la caída de la dictadura. En Portugal, mediante la revolución de los claveles, la relación pueblo / fuerzas armadas acabó con la terrible dictadura corporativista del fascismo portugués y su aventura colonial dando un ejemplo de movilización pacífica y terminante. En Italia, el 25 de abril  es la fiesta partisana, el día de la liberación de Italia del nazifascismo  que es celebrado de forma solemne en todas las ciudades, con especial significación en las ciudades del centro y norte en donde la resistencia partisana fue más intensa y la pérdida de vidas más prolongada, como en Milán, liberada precisamente el 25 de abril de 1945, cuando se proclamó por la radio la huelga general contra la ocupación alemana y la insurrección  general, la toma de todos los poderes por el Comité de Liberación de la Alta Italia y la condena a muerte de todos los jerarcas fascistas.

En Italia y en Portugal ambas revoluciones trajeron una Constitución democrática, antifascista, que creó un marco de derechos que prometía una transformación social, un cambio político en profundidad y la progresiva eliminación de un sistema injusto y desigual como el capitalismo. La democracia, ganada por las armas ante el fascismo, era una promesa de libertad que lograría controlar y finalmente sustituir el sistema de marcado y sus presupuestos de violencia y de desigualdad. Hoy ese legado democrático y antifascista ha sido vaciado progresivamente de contenido, y la gran crisis del 2008 junto con las políticas de austeridad dirigidas por el conglomerado político – financiero que dirige Europa, están poniendo en peligro de manera muy concreta los propios fundamentos de la democracia como sistema político.

La problemática actual del 25 de abril es la del cambio político. Cómo actuar los ideales del 25 de abril, que se materializan en las constituciones democráticas, en una Europa en la que el capital financiero considera disfuncionales los derechos de la clase trabajadora e impone de nuevo a sangre y fuego ( o a golpe de restricción de recursos)  la re-mercantilización del trabajo y la violencia del beneficio privado para aumentar las desigualdades y conservar y aumentar sus tasas de ganancia. En Portugal y en Italia los caminos de la libertad son diferentes, porque los resultados electorales difieren como la propia concepción de la política. En Portugal hay una unidad de acción de la izquierda, pero en Italia la izquierda real sigue perdida en su laberinto, y sólo el sindicato – dividido a su vez – es el sujeto social que mantiene, a través de la promoción de movilizaciones e iniciativas que afectan a toda la sociedad, un proyecto democrático e incluyente democrático.

En España, tras cuatro años de incesantes e intensas movilizaciones, un ciclo de luchas realmente impresionantes, la votación del 20 de diciembre ha transformado de manera importante el panorama político, mediante la emersión con fuerza de nuevos sujetos en esa esfera, junto con una forma diferente de proyectarse en la misma. No ha habido sin embargo posibilidad de dar una salida concreta a esta realidad, y hoy parece inevitable volver a repetir las elecciones para el 26 de junio. De hecho hoy en España se concentra la información en la ronda de entrevistas que el Rey está efectuando en lo que parece un paso previo antes de volver a convocar elecciones.

Si eso es así, es importante que el nuevo encuentro electoral – que se realizará todavía bajo una normativa que busca la obstaculización del pluralismo político – modifique en un sentido favorable la correlación de fuerzas que se dibujó el 20 de diciembre. Y una forma de intentar que esto se produzca, pese a todos los negros presagios que se avecinan ante una mayor abstención y una campaña electoral en donde los golpes bajos y la desinformación general se acentuará, es la de intentar una confluencia entre las fuerzas partidarias del cambio real, que han apostado por el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo de los derechos de las clases subordinadas, dando por consiguiente la centralidad al trabajo como eje de esta reconstrucción política.

Una serie de personas, que en un tiempo eran llamados “intelectuales y artistas”, han elaborado un manifiesto. Es sobradamente conocido, pero no está de mas reproducirlo en las páginas de este blog. No sólo como expresión de deseos razonables, sino como una forma de presión para que se constituya un bloque que defienda los elementos más preciosos de nuestra democracia, el respeto de los derechos laborales y sociales, la igualdad social y la libertad de los ciudadanos frente a la extorsión y la violencia del autoritarismo político y económico.

Este es el texto del manifiesto

POR LA CONFLUENCIA POLÍTICA Y ELECTORAL  DE LAS FUERZAS DEL CAMBIO EN EL ESTADO ESPAÑOL

Hay que reunir en una articulación política común y una única opción electoral el dinamismo de Podemos y las distintas confluencias de  organizaciones y activistas procedentes de movimientos sociales –como se ha hecho, con éxito, en Cataluña, Galicia, País Valenciano y otros lugares en las pasadas convocatorias municipales, autonómicas y  generales—, junto con la experiencia militante e institucional de Izquierda Unida y la incipiente Unidad Popular. No nos importa qué fórmula se adopte, siempre y cuando se plasmen en la práctica los  principios de democracia interna, plurinacionalidad, participación activa de quienes apoyen la iniciativa y respeto al pluralismo en un marco que tienda hacia una nueva organización política, un  partido-movimiento que lo sea de verdad, más allá de la retórica y los  buenos deseos.

 El momento es ahora. Podemos, IU y las confluencias diversas han sido  capaces de sacudir inercias y conectar con millones de ciudadanas y  ciudadanos hartos de la vieja política y de los abusos de los poderosos: estas formaciones se han ganado autoridad para encabezar el  proceso. Pero en esta confluencia no sobra nadie y todo el mundo debe  recibir reconocimiento por sus aportaciones específicas a la resistencia frente a la oligarquía y sus agentes políticos. La  generosidad, la responsabilidad y el espíritu cooperativo deben presidir el proceso.

Es esencial construir un instrumento a la vez estable y ágil para la defensa de los de abajo y la irrupción de éstos en la esfera política. El malestar y la desesperación de las y los desfavorecidos obligan a unirse para construir el instrumento para el cambio. Urge disponer de una herramienta política capaz de revertir las políticas austeritarias, impulsar los procesos constituyentes democráticos y frenar el ecocidio. No comprenderíamos que personalismos, prejuicios enquistados o mentalidades sectarias hicieran abortar el esfuerzo  unitario.


viernes, 22 de abril de 2016

SOBRE EL JOB ACT ITALIANO: UN TEXTO DE UMBERTO ROMAGNOLI


Mientras en España las noticias se centran sobre el problema del gobierno, despreciando los avisos que los sindicatos están dando sobre la terrible situación económica y social existente y la necesidad de un cambio en profundidad, ante todo revirtiendo las reformas laborales de 2012 y 2010, en Italia se está produciendo un avance en las movilizaciones importante, con manifestaciones, una huelga general nacional de los metalúrgicos, la petición de un referéndum para la aprobación de una carta de derechos universales de los trabajadores y reformas decisivas del bloque de constitucionalidad. Nada de eso se transmite por los medios de comunicación, felizmente instalados en la desinformación selectiva. Por eso se trae ahora al blog en primicia un texto de Umberto Romagnoli que analiza en términos contundentes el sentido de la medida estelar de la reforma Renzi y la ley (en inglés) Job Act, para asociar a su contenido un impulso modernizador. El texto se ha publicado en Eguaglianza & Libertà , revista dirigida por Antonio Lettieri, y la traducción - con ligeras correcciones para asimilarla al castellano peninsular - es obra de la profesora chilena y amiga de la blogosfera de Parapanda, Daniela Marzi. 

(La foto está tomada el 1 de octubre de 1996 en Albacete, y corresponde al nombramiento de Doctor Honoris Causa a Umberto Romagnoli por la UCLM. Además de Joaquín Aparicio, Juan López Gandía y Antonio Baylos, acompañando al doctor HC y su mujer Lisa, se puede reconocer en el grupo de la izquierda,  a Anna Rita Tinti y tras el grupo que posa, a Giorgio Ghezzi, hablando quizá con un muy joven Faustino Cavas).

Umberto Romagnoli

Jobs Act, una proeza de Spin Doctor[1]

La de la Jobs Act es una historia de engaños, astucia pícara y apariencias falsas. Tiene para todos los gustos. Va desde el uso (sin precedentes) de anglicismos con un fuerte impacto mediático, pero de incierto significado en nuestra lengua-madre, al uso descuidado de palabras que propagan la figura de un contrato de trabajo promocionado como innovador, cuando éste lleva en sus espaldas una experiencia secular. Va desde el respeto solamente formal de los procedimientos parlamentarios –porque la ley de delegación no contiene ni los principios ni los criterios directivos que la Constitución exige con el fin de limitar la discrecionalidad de lo decretado vía delegación, la que deja intencionalmente en blanco el objeto que la constitución quiere predefinido, y ha sido aprobada recurriendo al voto de confianza para impedir el examen de las enmiendas y amordazar a los disidentes internos de la propia mayoría gubernamental--  a la ruptura de la consolidada regla no escrita que hace preceder a la intervención legislativa a consultas  sobre su contenido con los sindicatos. Va desde la valorización del poder empresarial a través de la sustancial recuperación de la libertad de despedir, a la marginación de la tutela jurisdiccional de los derechos, en la ejecución de un proyecto político cuya hipótesis es el intercambio entre la mayor flexibilidad en ventaja de la empresa hoy, y la mayor seguridad en el mercado en ventaja del trabajador, mañana. Un intercambio que, si bien está alentado por la governance europea, en un país como el nuestro en el que las políticas activas del trabajo son todavía el abc, es más virtual que virtuoso.

En síntesis, la delegación no era sólo sustancialmente una norma en blanco para permitir al gobierno meter sus manos sobre todo el Derecho del trabajo, sino que además ha terminado por asumir las características de una auto-celebración de la corriente de pensamiento que reduce la política a mera comunicación.

Cándido como una paloma y astuto como una serpiente, el legislador delegado ha calificado como de “tutelas crecientes” un contrato de trabajo a tiempo indefinido, en el que la única forma de tutela que puede crecer (con el ritmo de 2 anuales, pero hasta un máximo de 24 mensualidades) es la indemnización a pagar en caso de despido injustificado. Así, con un solo golpe se han logrado muchos resultados de los cuales no se tardará en descubrir la contradicción. Este contrato, de hecho, si por un lado parece prometer un futuro socialmente deseable en razón de la indeterminación de su duración -que abre una rendija a la esperanza en la “des” precarización del mercado de trabajo- por otro lado, es enemigo de toda expectativa de estabilidad a causa de la reconstitución de las condiciones del poder de mando que, por tradición, han estado simbolizadas en la licencia para despedir. En realidad, es un contrato socialmente peligroso porque está asociado a una tutela contra el despido ilegítimo dominada no tanto por la preocupación de anular el ilícito y sus consecuencias sino, por el contrario, por la de garantizar al empleador la irreversibilidad de sus decisiones, por más ilegales que puedan resultar en el juicio por despido. Y ello porque ni siquiera la pérdida de un puesto de trabajo sin algún motivo justificado es percibida por el gobierno como un drama para quien lo soporta. Haciendo suya la óptica de la empresa, el gobierno valora el despido ilegítimo en la medida de un costo del que es bueno conocer con anticipación el importe, predeterminado en los límites más contenidos posibles. Flexible y blanda, dada la cantidad medianamente modesta de la indemnización debida, es una tutela que permite a este contrato ser competitivo en términos de costos directos e indirectos con el contrato a tiempo indefinido, ahora ya completamente liberalizado, precisamente facilitando la cesación de la relación de trabajo a iniciativa del empleador. A fin de cuentas, la tutela es cualitativamente idéntica a la prevista en la época anterior al Estatuto de los Trabajadores. La readmisión al puesto de trabajo, de hecho, será para los neo-contratados, una sanción completamente excepcional: una remota eventualidad. En otras palabras: no estamos en presencia de la muerte prematura del derecho del trabajo, pero es innegable que lo han hecho volver a la adolescencia.

Cándido como una paloma y astuto como una serpiente, el legislador delegado ha previsto la eutanasia del artículo 18 que la Ley Fornero[2] había ya alejado de aquél preexistente. Este artículo, en efecto, está destinado a extinguirse paso a paso en la medida que los (millones de) trabajadores contratados a tiempo indefinido en servicio antes de la entrada en vigor de la reforma se vayan de la empresa de pertenencia. Es decir que se disolverá lentamente y sin necesidad de ser derogado. Llegados a ese punto, sin embargo, la decencia exigiría que la cautivante coquetería de las “tutelas crecientes” fuera suprimida por respeto, si no a los italianos, al menos al idioma italiano. Por más astuto que sea, es un spot publicitario cuya función promocional se está agotando. Por tanto, una vez que se haya finalmente comprendido que el éxito del contrato a “tutelas crecientes” en el mercado de las reglas del trabajo dependía de una robusta, pero temporal disminución del costo del trabajo a cargo de las arcas fiscales generales, es esperable que la mentirosa etiqueta caiga por sí sola, como una hoja seca que se suelta de la rama. Éste, de cualquier manera, es el mal menor. El hecho es que en el tiempo intermedio el Derecho del trabajo ha soportado un durísimo ataque al principio-base de la igualdad, que la constitución querría ver actuado en los lugares de trabajo, tanto en dirección vertical como en sentido horizontal. Por el contrario, ha sido clamorosamente transgredido en dirección vertical, porque el vaciamiento de la tutela contra el despido injustificado relegitima la histórica asimetría de las relaciones de dependencia personal con estructura jerárquica. Ni siquiera a la igualdad en sentido horizontal se le han ahorrado violentos golpes. Y ello porque la fecha de la entrada en vigor de la ley funciona como pretexto para no aplicar la regla en ausencia de la cual la solidaridad social  se arriesga a ser despedazada y desaparecer: aquélla por la que al trabajo igual le corresponde un igual tratamiento. De hecho, la diferenciación de los regímenes del despido entre los antiguos y los nuevos contratados no encuentra justificación alguna en la diversidad de su condición de trabajo. Cierto, solamente la Corte constitucional podrá pronunciar al respecto la última palabra; lo que antes o después sucederá. Entre tanto, sin embargo, es plausible presumir que la lógica adoptada para establecer que cualquier contratación sucesiva al fatídico día de entrada en vigor de la norma da origen a tratamientos distintos respecto de una institución con tanta importancia estratégica como el despido, obedece solamente a  un cálculo de oportunidad, que tiene mucho que ver con lo que ha llevado al mismo gobierno a conceder un aumento salarial de “80 euros” a quienes perciben réditos del trabajo bajo una cierta medida o, en forma más reciente, el bonus de 500 euros para darse algo de cultura a quienes tengan dieciocho años de edad en la República. En todos estos casos, es siempre una cuestión de consenso: capturar lo más posible o perder lo menos posible.

Cándido como una paloma y astuto como una serpiente, el legislador delegado se ha casado con la idea, en circulación desde hace tiempo, que el Estatuto de los trabajadores habría envejecido precozmente. Una idea que es hija de la convicción para la cual si el derecho del trabajo tenía con la constitución la misma conexión que el idioma tiene con la gramática, no sería más una ventaja. Por esto el actual gobierno considera que el derecho refundado del estatuto de los trabajadores en el surco trazado por la constitución es un derecho con gran futuro a las espaldas. En efecto, incorporando al contrato la tutela de los derechos fundamentales de libertad y dignidad de los trabajadores en su contenido esencial, el legislador del Estatuto había afrontado el problema del equilibrio con la libertad de iniciativa económica rodeando la gestión del personal de reglas que testimoniaban cómo el contrato de trabajo difería de otros contratos por la calidad del intercambio. Ahora el conjunto del dispositivo regulatorio es modificado radicalmente. No es que el problema del equilibrio entre derechos y libertades haya sido dejado de lado. Al contrario. Simplemente, se desecha la solución. Ya la lógica mercantil del contrato no debe hacerse cargo del respeto a los derechos fundamentales. Son los derechos fundamentales los que deben hacerse cargo de la lógica del contrato y ser sacrificados por tanto. Francamente, era difícil imaginarse una salida más patente de los rieles trazados por la constitución, que marcan de la manera más solemne posible el fin de la mercantilización del trabajo: “Italia es una República democrática, fundada en el trabajo”.



[1] Con Spin doctor el autor alude a la figura del especialistas en un tipo de propaganda que manipula directamente  a la opinión pública, N. de la T.
[2]Se refiere a la anterior reforma al mercado de trabajo del año 2012, Ley Nº92 del 24 de julio de ese año, titulada "Disposiciones en materia de reforma del mercado de trabajo en una perspectiva de crecimiento”, que fue la primera que modificó la sanción general de readmisión en el puesto de trabajo, prevista desde 1970por el artículo 18 del estatuto de los trabajadores, aplicable en empresas con más que 15 dependientes, para todo caso de despido injustificado, N. de la T.


miércoles, 20 de abril de 2016

TERCIARIZACIÓN Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES



Es un lugar común referirse a la implantación progresiva y homogénea en todos los países desarrollados en los que la ideología neoliberal se ha convertido en culturalmente hegemónica, de un modelo de relaciones laborales basado en la desestructuración del trabajo estable. La precariedad como forma predominante de inserción laboral en un contexto generalizado de desempleo masivo, acompaña a una práctica permanente de dislocación y de fragmentación de las unidades productivas y a un impulso a la colocación permanente de actividades de prestación del trabajo fuera de las tutelas ofrecidas por el derecho laboral, un proceso de fomento del trabajo autónomo como paradigma de la nueva profesionalidad construida en torno a la noción de emprendimiento.

Este panorama altera de forma importante algunos puntos fijos en toro a los cuales se articulaba la regulación laboral clásica. No sólo en cuanto a la noción de empresa en el marco de una relación contractual y las consecuencias derivadas de su capacidad de obligarse respecto de su patrimonio, la responsabilidad respecto de la deuda salarial y de seguridad social, así como los problemas derivados de la sucesión empresarial en materia de contratas y subcontratas, sino también y de forma muy importante respecto de los fenómenos de representación colectiva, la acción sindical, la negociación colectiva y el derecho de huelga. La reacción doctrinal que ha ido construyendo, a partir de modelos proporcionados por la ley en los supuestos de las ETTs o de la responsabilidad en materia de salud y seguridad laboral, una noción integradora de las dislocaciones en la personalidad jurídica que sin embargo no impiden la consideración unitaria de un proceso de decisiones y de producción de bienes y de servicios, resulta idónea para enfocar estos problemas.

A su vez, estos procesos tienen un alcance global, y precisamente por ello se ha organizado un seminario de estudios de una semana de duración en la Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales de Toledo, de la UCLM, llevado a cabo por el Tribunal Regional de Trabajo de la 2ª Región (Sao Paulo) de Brasil, y la Facultad de Relaciones Laborales y de Recursos Humanos de Albacete, bajo el título “Terciarización, derechos de los trabajadores y responsabilidad empresarial”. La Dirección de las Jornadas cae en Joaquín Aparicio y Maria Jose Romero, y la coordinación de las mismas corresponde a la Presidente del TRT de Sao Paulo, Silvia Devonald, junto a Yone Frediani y a Renato Sabino, gestor del programa “Trabalho Seguro” de aquel tribunal. La profesora invitada de la UCLM y doctora reciente por esta universidad, Thereza Nahas, ha contribuido asimismo de manera decisiva al buen fin del evento.

En Brasil, hay en marcha un proyecto de ley que reconoce en generosos términos la figura de la “terciarización” (externalización como sinónimo) y que está pendiente de debate en el Senado. El proyecto normativo ha sido muy criticado desde la doctrina laboralista brasileña y por instituciones clave en la aplicación de dicha ley, como AMATRA, la asociación nacional de magistrados de trabajo brasileños. En el primer número de la recién publicada Revista de Derecho Social Latinoamérica, se incluye en la sección de Tendencias, un artículo de Riccardo de Lacerda Carelli en el que se efectúa una crítica seria a este proyecto de (re)mercantilización de la relación laboral (http://editorialbomarzo.es/comprar/revista-de-derecho-social-latinoamerica/rdsl-1-nueva-epoca-digital/)

En la situación de excepcionalidad política que está atravesando Brasil en estos momentos, y de la que ha dado cuenta la esperpéntica votación en el Congreso de Diputados que ha merecido la atención crítica de numerosos medios internacionales, el tema cobra si cabe más actualidad puesto que en la agenda de las fuerzas políticas y de sus sostenedores mediáticos que conducen el golpe de estado contra la presidenta elegida para desautorizar el resultado electoral se encuentra, como todos reconocen, el disciplinamiento de las capas subalternas de la población, el aseguramiento de la tasa de ganancia que permite una vida extremadamente confortable a las clases medias brasileñas, la impunidad para una larga fila de personajes carcomidos por la corrupción, y el aislamiento político durante un largo tiempo del Partido de los Trabajadores y de las organizaciones sociales que lo respaldan, impidiendo fundamentalmente la presentación del ex presidente Lula a las presidenciales de 2018. 

En este conflicto que atraviesa de modo muy intenso la vida política brasileña, la puesta en práctica de una agenda de reformas laborales directamente antisindicales y antiobreras, que degrade los derechos de las trabajadoras y trabajadores del país, es un proyecto que acompaña al impeachment. Por eso el tema de la “terciarización” resultaba extremadamente importante y los magistrados brasileños pretenden trabajarlo desde un tratamiento comparado que incluya no sólo el derecho español, sino el tratamiento normativo europeo.

El programa académico, que tiene antecedentes en un encuentro anterior realizado el año pasado en Albacete, cuyo objeto temático fue la regulación de la prevención de riesgos laborales, mezcla actividades académicas puras con visitas a empresas y, de refilón, algunas visitas turísticas. Fue inaugurado por la Vicerrectora de Relaciones Internacionales de la UCLM, Fátima Guadamillas, junto con el Decano de la Facultad, Pedro Carrasco, el magistrado de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, Jesús Rentero, la presidenta del TRT de Sao Paulo, Silvia Devonald, y por el Director del Departamento de Derecho del Trabajo y Trabajo Social, Antonio Baylos. A los asistentes al mismo se les entrega además un material bibliográfico y se organiza para ellos y sus eventuales acompañantes una visita guiada por Toledo durante la noche del miércoles.

A lo largo de cinco días, los asistentes a este seminario de estudios – unos veinticinco magistrados y abogados paulistas – van a estudiar no sólo la regulación laboral de la subcontratación en el sistema legal español cifrado en el art. 42 del Estatuto de los Trabajadores (que les explica Marta Olmo), sino la doctrina del Tribunal de Justicia europeo en los casos de sucesión de empresas para contratas y subcontratas ( que realiza el magistrado y profesor de la UCLM Jesús Rentero, que posiblemente sea uno de los magistrados que mejor conoce el procedimiento para plantear cuestiones prejudiciales ante aquel tribunal) y la doctrina del Tribunal Supremos español sobre la subcontratación y otras formas de externalización productiva (que lleva a cabo Joaquín Pérez Rey). Siempre sobre este problema, pero referido a las consecuencias sobre los derechos sindicales en este proceso de terciarizacion, con especial hincapié en los problemas de la representación colectiva, la negociación y la huelga, interviene Antonio Baylos, y de forma más general, relacionando las nuevas formas de organización de empresa con las técnicas de evasión de la responsabilidad, expone sus reflexiones Joaquín Aparicio. A ello se unen dos temas que circundan la problemática central, el estudio del teletrabajo, que se encomienda a Rosario Gallardo, y el examen d la responsabilidad social de las empresas en relación con el principio de igualdad a la luz de las prescripciones de la LOIEMH, que efectúa Amparo Merino. Por último, Maria José Romero dirige un taller en el que se plantean los proyectos de investigación que pueden surgir a partir de este seminario y se debaten de forma comparada los problemas que se han ido planteando a lo largo de las sucesivas sesiones.

Entre las actividades del seminario están comprendidas las visitas a algunas empresas relevantes del desarrollo industrial de la región. En esta ocasión se han elegido dos polos claros del mismo, uno referido al trabajo artesano, como fórmula que alcanza competitividad y buenas cuotas de mercado y en donde la subcontratación de actividades no resulta compatible con la calidad de la producción. De esta manera, el obrador de Santo Tomé y su fábrica de mazapán – casi un título de novela de Roald Dahl -  y la fábrica de damasquinos y espadas Suárez han sido las elegidas. El  otro polo por el contrario corresponde  a una gran empresa puntera industrial, la fábrica de Illescas del Airbus, en donde se puede apreciar la complejidad de un trabajo industrial de alta tecnología y calidad en una empresa internacionalizada.


Una comida final en la bodega Osborne, en Malpica de Tajo, cierra las actividades de este seminario.



sábado, 16 de abril de 2016

REPRESIÓN PENAL Y MEDIOS DE ACCIÓN SINDICALES

Las continuas noticias sobre corrupción, paraísos fiscales y sueldos millonarios de quienes no hacían sino decir a la ciudadanía de este país que eran necesarios sacrificios inmensos, impiden ver la situación en la que estamos, con un gobierno en funciones que dirige los asuntos cotidianos con la seguridad de que no va a ser puesto en cuestión, demostrando pleno desprecio democrático a un Parlamento al que no reconoce legitimidad para controlar sus acciones y al que pronostica una vida efímera hasta que, en las nuevas elecciones, “las aguas vuelvan a su cauce”, es decir a un gobierno del PP, “con los apoyos que sean necesarios” como ha afirmado un dirigente de este partido.

Esta escandalosa situación antidemocrática, en la que la voluntad popular expresada en las urnas en diciembre del 2015 se considera inválida porque no ha respetado las reglas no escritas de la alternancia bipartidista imperfecta – y el curso de las cosas demuestra la incapacidad de los actores políticos de llegar a una solución que permitiera un acuerdo programático y un gobierno que preparara en un corto plazo un cambio sustancial antes de unas nuevas elecciones anticipadas -  se mantiene con el beneplácito de los grandes poderes económicos que la ven como una forma insospechada de conseguir la continuidad de sus directivas sin ningún sobresalto, y la prolongación por tanto de su objetivo central de anular la política como forma de control de los procesos de aceleración de las desigualdades y de los privilegios.

Además de ello, en el estricto marco de la conservación de las libertades, la situación es dramática. No sólo en lo que se refiere al apoyo al vergonzoso tratado con Turquía respecto de la contención y devolución de los refugiados, sino en el plano interno con hechos enormemente preocupantes, como la elaboración de informes parapoliciales sobre Pablo Iglesias y la continua campaña de difamación que llevan a cabo los Ministros del Interior y de Justicia sobre la base de la “financiación venezolana-iraní” y la connivencia con ETA de Podemos, la alineación de la Fiscalía con la defensa de tantos imputados por corrupción y otros delitos, desde el caso de la Infanta hasta el último por el momento del alcalde de Granada, la consideración de la evasión fiscal como “otra cultura tributaria”, o la insólita exaltación de los periodistas asalariados del régimen de difamación promovido por el PP, como el caso del Comisario Honorífico del director del periódico portavoz de ese trabajo sucio. Las filtraciones desde el Ministerio del Interior a esta prensa vasalla para prevenir a otros agentes de la guerra sucia como el pseudo - sindicato Manos Limpias de la investigación judicial por extorsión que ha tenido que adelantarse para evitar su frustración, se inscriben en este contexto oscurantista. Por otra parte, el control férreo por parte del poder judicial del sistema de nombramiento de magistrados de los órganos superiores de la magistratura garantiza la progresiva eliminación de los espacios de garantía en el ámbito penal y social que se habían ido abriendo como consecuencia del intenso ciclo de luchas sociales que se desplegó en nuestro país entre 2010 y 2014.

La situación represiva no se ha modificado. Hay que recordar que las nuevas formas de resistencia social – escraches, mareas ciudadanas, concentraciones convocadas por redes sociales, etc -  han dado lugar a nuevas formas de represión concentradas en la actuación represiva de los fuerzas y cuerpos de seguridad y en la imposición de cuantiosas multas pecuniarias sin necesidad de intervención judicial. La Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, más conocida como Ley Mordaza, es el ejemplo evidente de este nuevo impulso represivo. A su vez, las formas de lucha enraizadas en la reivindicación del trabajo con derechos, la huelga, ha sido objeto de una violenta campaña represiva sobre la base de la aplicación del precepto del Código penal relativo a las coacciones laborales en las que se incluyen a los piquetes de huelga, junto a otros tipos penales convergentes. La movilización sindical y ciudadana que se ha armado en torno al proceso de los 8 de Airbus, ha desmontado una parte de esta estrategia represiva, haciendo conocer a la opinión pública el alcance de esta incriminación masiva – más de 300 sindicalistas – de los piquetes de huelga. Pero el precepto penal sigue vigente, y los procesos penales también.

Es imprescindible por tanto comenzar a desmontar este panorama que está reduciendo el alcance de los derechos básicos de libertad de expresión, de participación y de conflicto. No puede quedar en el olvido esta situación que socava de raíz los principios básicos de nuestra democracia. Los cuatro años de gobierno del PP han sido un ejemplo nítido de la capacidad de un grupo político, con el apoyo sin restricciones de los poderes económicos, de anular la democracia e implantar las bases de un sistema social neoautoritario, degradando el núcleo esencial de los derechos laborales y del poder sindical. Es urgente que esta situación se revierta, y para ello se han movilizado tantas ciudadanas y ciudadanos en la calle y en las urnas, en diciembre último. Exigen – exigimos – una solución que haga cambiar las cosas, al menos las más básicas, las que se refieren al marco de tutela de derechos y libertades.

Sobre esta base, el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida Europea / Izquierda Verde Nórdica, en colaboración con la UCLM, el Centro Europeo y Latinoamericano para el Diálogo Social y la Editorial Bomarzo, han organizado el 17 de mayo, en La Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de Toledo (Convento de San Pedro Mártir ), unas jornadas que tienen por objeto en primer lugar, examinar las vías represivas de las libertades públicas y de los derechos fundamentales individuales y colectivos que comprende la acción sindical, y proponer un cuadro alternativo. Una segunda aportación de la Jornada es, por el contrario, la de sugerir qué tipo de cambios legislativos serían precisos para tutelar penalmente los derechos de los trabajadores y trabajadoras, entendida esta protección penal como una fuerte medida disuasoria del autoritarismo patronal recrecido en estos tiempos de crisis.

La Jornada es gratuita, aunque hay que inscribirse en contacto@editorialbomarzo.es  y a ella, además de los y las ponentes que se mencionarán a continuación, acudirán varios abogados y abogadas sindicales y muchos sindicalistas represaliados, entre ellos los 8 de Airbus con Pepe Alcázar y otros muchos más. El programa de la Jornada es el siguiente

SEMINARIO DE ESTUDIO
REPRESIÓN PENAL Y MEDIOS DE ACCIÓN SINDICALES
Patrocinado por el Parlamento Europeo , Grupo GUE / NGL., CELDS-UCLM, Editorial Bomarzo.


9,30-10,00: Recogida de documentación.

10,00: Presentación del Seminario. Paloma López, Diputada IU al Parlamento Europeo y Joaquín Aparicio, Decano de la Facultad de Relaciones Laborales y RRHH de Albacete.

10,30: Planteamiento general: Modelo neoautoritario y desarticulación de las resistencias colectivas, por Antonio Baylos, Catedrático DTSS UCLM, Ciudad Real.

11,00: Presentación de la sesión de mañana y moderación del debate: Rosario Gallardo Moya, Profesora Titular DTSS UCLM, Toledo.

11,15: Delitos contra los derechos de los trabajadores: derecho de huelga y artículo 315 del Código Penal, por Juan Terradillos, Catedrático Derecho Penal Universidad de Cádiz.

12,00: La represión de los derechos de acción colectiva  (asociación sindical, reunión y manifestación), por Marco Aparicio Wilhemí, profesor de Derecho Constitucional de la Universitat de Girona

12,45: Pausa

13,00: Amenazas a las libertades ideológica y a la de opinión en la ley penal, por Ramón Sáez Valcárcel, Magistrado de la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal.

13,45: Debate

14,30-16,00: Comida

16,00: Mesa Redonda: ¿Cómo criminalizar las conductas contrarias a la acción sindical? Reforma de los tipos penales y otras alternativas.

Presentación de la mesa redonda y moderación del debate: Natividad Mendoza, Profesora Titular DTSS UCLM, Talavera de la Reina.

 Intervienen:
Nicolás García Rivas, Catedrático Derecho Penal UCLM (Albacete)

Joan Coscubiela, Abogado y Diputado en el Parlament de Catalunya CSQP

Carolina Vidal, Abogada CCOO Castilla La Mancha.

18,00: Conclusión de las Jornadas: Paloma López, Eurodiputada IU .



viernes, 15 de abril de 2016

REFUGIADOS, EMIGRANTES, DEMANDANTES DE ASILO: UN MENSAJE


Hace 38 años nacía en Argentina, Eduardo (Edu) Actis, hijo de Walter Actis y de Alicia Montserrat, y cuando sólo tenía un año y siete meses sus padres tuvieron que exilarse de aquel país, huyendo del terror de la Dictadura y llevándose la tristeza y la desolación de pérdidas personales muy cercanas. Llegaron a España (a Madrid) un 14 de abril. Hoy Edu ha querido recordar ese hecho con una carta a sus padres que me ha enviado su madre y que me ha emocionado. Dice así:

Hoy, 14 de abril, Día de la República, hace exactamente 38 años que mis padres y yo llegamos a España. Alicia y Walter no sabían gran cosa de nuestro nuevo país, menos aun que habíamos aterrizado en tan simbólica fecha. Lo que sí conocían eran algunos de los horrores que dejábamos atrás, en aquella Argentina atormentada por una dictadura cívico-militar cuyo mayor crimen fue la desaparición de más de 30.000 personas.

No suelo dar una importancia especial a esta fecha, pero hoy me he emocionado más que nunca. Mi hija Vera tiene la misma edad que yo tenía entonces: un año y siete meses. En su mirada, sus gestos, sus juegos, sus palabras, sus sonrisas y sus silencios de hoy he tratado de reconocer a aquel Edu que, sin saberlo, también viajaba al exilio. ¿Habré sentido el miedo de mis padres a los milicos cuando todavía estábamos por salir? ¿La tristeza por dejar atrás a tantos seres queridos? ¿La angustia de viajar a un país desconocido con solo 100 dólares en el bolsillo?

Los primeros años en España no fueron especialmente fáciles, de eso sí que tengo unos cuantos recuerdos, pero siempre pienso que al menos nadie nos impidió entrar y quedarnos aquí. Si en aquella época hubiesen existido la Ley de Extranjería, la mezquina interpretación del derecho de asilo que se hace hoy en día o la Europa del miedo al inmigrante, los CIEs, las concertinas y las deportaciones, ¿habríamos podido rehacer nuestra vida en este país? ¿A los cinco años, me habría sentido tan de aquí como yo me sentí entonces?

Por los que no lo pudieron contar, por los que sobrevivimos, por Vera y su generación, por los que están a las puertas de esta Europa fortaleza, más nos vale no cesar en el empeño de combatir cada injusticia y hacer de este planeta un sitito en el que quepa todo el mundo.


Todo está dicho en esa carta. La evolución terrible de Europa, la degradación de un país que se define democrático, la tragedia de los refugiados. Y la necesidad de cambiar este estado de cosas. Aunque solo sea por nosotros mismos.

jueves, 14 de abril de 2016

EL PILAR SOCIAL EUROPEO




En septiembre pasado, el presidente de la UE, Juncker, anunció la creación de lo que vino a llamar “un pilar europeo de derechos sociales”, y el 8 de marzo de este año la Comisión Europea ha lanzado una consulta pública de amplio espectro a organismos públicos, universidades, sindicatos, asociaciones empresariales, etc., que se extenderá hasta diciembre de 2016.

Marianne Thyssen, comisaria europea de Empleo, Asuntos Sociales, Capacidades y Movilidad Laboral, ha declarado al respecto que : «El mayor reto del siglo XXI es la evolución del mundo laboral. La globalización, la revolución digital y los nuevos modelos empresariales tienen un impacto sin precedentes en nuestra forma de trabajar. Tenemos que estar preparados para prever estas tendencias y esta evolución e influir en ellas. Debemos plantearnos las siguientes preguntas fundamentales: ¿las políticas sociales, en un sentido amplio, de nuestra Unión Europea y de nuestros Estados miembros son adecuadas a su finalidad para el siglo XXI? ¿Cómo podemos hacer que el modelo social europeo sea viable en el futuro? Con la consulta que hoy iniciamos, damos un primer paso hacia un pilar europeo de derechos sociales». El pilar europeo de derechos sociales establecerá una serie de principios esenciales para apoyar unos mercados laborales y unos sistemas de protección social que funcionen “correctamente y con justicia” dentro de la zona del euro. La Comisión se reclama del Informe de los cinco presidentes titulado «Completar la Unión Económica y Monetaria de Europa», de acuerdo con el cual, es necesario “centrarse más en los resultados en materia social y de empleo como parte de un proceso más amplio de convergencia al alza hacia unas estructuras económicas más resistentes dentro de la zona del euro”.

La última vez que la UE organizó un amplio debate cultural y social lo hizo a través de la presentación del llamado Libro verde para la Modernización del Derecho del trabajo en Europa, que generó un altísimo nivel de respuestas – en su mayoría críticas -  de las que a la postre la Comisión decidió salvar la idea fuerza de la flexiseguridad en torno a la cual estableció las orientaciones de sus políticas. A partir de la crisis y el desencadenamiento del mecanismo de estabilidad financiera, es evidente que el malestar social que se extiende por toda Europa – principalmente la Europa del Sur, pero cada vez se amplía más el círculo de países afectados – está generando desafección política y resistencia social en una parte y en otra una fuerte tendencia a la renacionalización y al impulso de políticas xenófobas con importantes rasgos de autoritarismo. La llamada por tanto a fortalecer el “pilar de derechos sociales” que ha sido expresamente combatido por las políticas de austeridad y la ideología neoliberal que las sostiene, es posiblemente un flatus vocis al que se ve obligada la mayoría socialdemócrata y liberal que gobierna Europa para dar alguna legitimidad a un proyecto que se desintegra desde una política que persigue consolidar una profunda desigualdad social, que puebla las relaciones laborales de sujetos sin derechos a merced de la necesidad, fomenta la exclusión social y alienta las respuestas nacionalistas y execrables que impiden cualquier acción humanitaria con flujos enteros de población refugiada.

Pero ello no impide que haya que considerar esta llamada a “evaluar el actual acervo social de la UE, a fin de reflejar las nuevas tendencias en los modelos de trabajo y en la sociedad y recabar puntos de vista y reacciones sobre los principios señalados en un esbozo preliminar del pilar” como un momento que debe integrar las posiciones alternativas de quienes todavía pensamos que otra Europa es posible  y que el camino tiene que pasar necesariamente por la democratización de sus estructuras, reforzando desde luego el espacio europeo como un espacio de derechos sociales. Es por tanto un momento para participar en esta consulta, lo que sin duda estarán preparando los sindicatos y las fundaciones culturales que han creado, pero es asimismo una tarea que debería interesar a los profesionales universitarios que nos dedicamos al estudio crítico del Derecho del Trabajo, puesto que procede un trabajo colectivo sobre la idea del sistema de derechos sociales, del modelo social en suma que nos sirva de referencia.

De esta manera, a iniciativa de Margarita Ramos, catedrática de la Universidad de La Laguna, y de Jesús Cruz, catedrático de la Universidad de Sevilla, se ha constituido un grupo de estudio para que elabore un documento-propuesta que pueda ser considerado fruto del consenso de una gran parte de los iuslaboralistas españoles. Un documento que, en palabras de sus impulsores,  requiere compartir una cierta dosis de homogeneidad de pensamiento para conformar una propuesta acerca de cómo y con qué garantías crear ese pilar social dentro de la UE, y que una vez elaborado pudiera ser dado a conocer y se solicitaran adhesiones al mismo. Se trataría, en suma, de poner de manifiesto y tomar postura acerca de los grandes debates que puedan atravesar la actualidad: ciudadanía europea y derechos inherentes a ella, derechos de personas de terceros países y refugiados, así como de minorías, desplazamientos trasnacionales y salarios mínimos, reticencias para ratificar el CEDU, condicionalidad en la lucha contra el déficit y reformas internas del mercado de trabajo. Y creo, también, que deberíamos formular cierta reflexión crítica del devenir de la jurisprudencia del TJU. Y, muy en particular, de las políticas de la Comisión.

La iniciativa es muy interesante. En este blog se seguirán algunos de los debates que se desarrollen en el seno de dicho grupo y, naturalmente, se dará cuenta del documento que se alcance para su oportuna divulgación. Los temas en presencia son decisivos, como se puede comprobar fácilmente del cuestionario que se resume a continuación.

El cuestionario que está en la base de la consulta es el siguiente:

Sobre la situación social y el acervo social de la UE

1. ¿Cuáles son, en su opinión, las prioridades más apremiantes en materia social y de empleo?

2. ¿Cómo podemos tener en cuenta las diferentes situaciones en materia social y de empleo que se dan en Europa?

3. ¿Está actualizado el acervo de la UE? ¿Cree que hay margen para que la UE adopte nuevas medidas?

Sobre el futuro del trabajo y de los sistemas de bienestar

4. ¿Qué tendencias consideraría más transformadoras?

5. ¿Cuáles serían los principales riesgos y oportunidades vinculados a esas tendencias?

6. ¿Hay políticas, instituciones o prácticas empresariales —existentes o emergentes— que recomendaría como referentes?

Sobre el pilar europeo de derechos sociales

7. ¿Está de acuerdo con el enfoque que se esboza aquí para el establecimiento de un pilar europeo de derechos sociales?

8. ¿Está de acuerdo con el alcance del pilar, con sus ámbitos y con los principios que se proponen en el presente documento? ¿Existen aspectos que hasta ahora no se han expresado o tratado adecuadamente?

9. ¿Qué ámbitos y principios serían más importantes como parte de una convergencia renovada para la zona del euro?

10. ¿Cómo deberían expresarse y hacerse operativos? En concreto, ¿cree que unos estándares mínimos o unos parámetros de referencia tendrían alcance y valor añadido en determinados ámbitos, y, de ser así, en cuáles?



El debate sobre otra Europa debe comenzar también en este resquicio que ofrece una consulta popular. Atentos a su desarrollo

martes, 12 de abril de 2016

PRIVATIZACION Y EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA Y PROBLEMÁTICA LABORAL.


(Notas sobre la intervención en el seminario de estudios “Retos de la contratación pública en el contexto de la crisis económica” Barcelona, Auditori Serveis Municipals, 5 de abril 2016. La jornada fue presentada por Gerardo Pisarello, primer teniente de alcalde de la ciudad de Barcelona)

Tras las elecciones de mayo del 2015, vencieron en las principales ciudades del país una serie de candidaturas ciudadanas que llevaron al poder municipal a conglomerados políticos sostenidos por amplias mayorías y los movimientos sociales, que reivindicaban un nuevo modelo de ciudad.

La ciudad nueva y la ciudad antigua

Una ciudad nueva caracterizada por una serie de adjetivos que la califican de forma definitiva: una ciudad democrática abierta a la participación de los ciudadanos en la gestión y la programación de la acción municipal, que organiza servicios de carácter universal y promueve espacios de vida en común, colaborativa, y que se quiere construir espacialmente igualitaria y equitativa entre sus vecinos, desmercantilizada en su uso público, abierta y multicultural. Un gobierno de la ciudad que administra una larga serie de servicios con participación de los ciudadanos y que construye ciudadanía en un sentido político y democrático y especialmente en un sentido social, mediante una actuación que distribuye la riqueza y nivela las desigualdades, favoreciendo y extendiendo la noción de trabajo decente como regla de inserción laboral de quienes trabajan en ella. El gobierno de la ciudad nueva transforma el espacio urbano en significantes de valor social, incentivando una nueva productividad social en el marco de una economía plural con un sector público robusto, la potenciación de fórmulas de economía social y colaborativa, y el fomento de la responsabilidad social empresarial y su sostenibilidad ambiental y social.

Esta ciudad nueva es un proyecto en acto que se confronta al modelo de ciudad indeseado que hasta ahora era hegemónico en el panorama español, asentado en sus principales elementos a partir de la década de los noventa del siglo pasado, y que de alguna manera concebía la ciudad como un espacio neutro, básicamente un contenedor de otros espacios de actuación que se despliegan en el mismo. La ciudad como un lugar fundamental para el desarrollo económico y productivo de las empresas, y a su vez como un espacio de servicios que puede ser él mismo objeto de negocio y propiciar su apropiación por el mercado gestionado por las grandes corporaciones económicas y financieras. El territorio de la ciudad tiende a privatizarse como soporte de las relaciones sociales individualizadas, y los espacios públicos se transforman en espacios privados de uso público, de espacios de encuentro como lo atestiguan las grandes superficies, los mall de tantas barriadas y ciudades del cinturón de Madrid o de Barcelona, por ejemplo. Y además la ciudad es un espacio segmentado y fragmentado, donde se aprecia una discontinuidad grave en cuanto a los servicios y el bienestar que disfrutan diferentes zonas de la ciudad, lo que también repercute en materia de seguridad, y a la postre en la separación entre barrios ricos y barrios pobres. A fin de cuentas el espacio urbano es él mismo objeto de negocio en una espiral de especulación inmobiliaria que ha constituido la característica fundamental del crecimiento económico español a partir de 1996 hasta 2007. La ciudad gira en torno a la propiedad, es un amplio campo de propietarios en donde la inversión en valores inmobiliarios funciona también como fórmula de seguridad de las existencias de futuro de muchos de sus habitantes, propiedad por otra parte fomentada mediante una gran accesibilidad al crédito hipotecario para financiar la compra de las viviendas.

Este estereotipo de la ciudad antigua – que sin embargo coexiste con el proyecto de la ciudad nueva, por el momento siempre en fase de proyecto – favorece la segregación y la desigualdad y mercantiliza las relaciones sociales en su seno, y presenta como seña de identidad de la actuación y del ideario de las personas que la han gobernado la resignación de la acción pública de ordenación de los servicios públicos en la acción de los sujetos privados mediante la externalización de éstos en una amplia estrategia de privatización.

La estrategia de la privatización

Esta estrategia no es privativa ciertamente de las administraciones municipales. Aunque con importantes precedentes especialmente a partir de 1992, fue el “Plan de Modernización del sector público empresarial” de 29 de junio de 1996 – hace por tanto veinte años – el documento que dio carta de naturaleza explícita a esa estrategia privatizadora en todo el país. Entre 1996 y 2004 se vendieron empresas públicas por 30.000 millones de euros. Fue un período en el que a esa furia privatizadora acompañó la formación de conglomerados político-financieros muy relevantes y de gran influencia hasta la actualidad, en una política de bajada de impuestos y de burbuja inmobiliaria y los fenómenos especulativos que la definían. La privatización afectó a sectores estratégicos de la energía, el transporte y las comunicaciones.

Este proceso además converge con una tendencia a la mercantilización del núcleo de servicios prestados por los entes y administraciones públicas, que no sólo se presenta en España, sino que forma parte del debate europeo en torno a la liberalización de servicios que se produjo polémicamente en torno al proyecto de Directiva Bolkestein (2004) y que se prolongará tiempo después, ya en la crisis, respecto de los debates sobre lo grandes tratados de libre comercio (TTIP) o el debate global sobre el TISA.

En los Ayuntamientos españoles – con independencia de la coloración política que tuvieran, en un panorama general dominado por el bipartidismo imperfecto – se acelera la externalización de servicios mediante la técnica de la concesión y de la contratación administrativa, en contratas y subcontratas de empresas privadas que gestionan los servicios que debe prestar el Ayuntamiento. Clásicamente, los servicios de agua, limpieza viaria, parques y jardines, recogida de basuras, servicios funerarios, y, más en general, ayuda a domicilio, señalización y tráfico, centro de llamadas, etc.

El discurso que sostiene la privatización es muy sencillo y se basa en tres ideas enunciadas con rotundidad. Ante todo, que la gestión privada resulta más económica que la pública, es decir que cuesta menos. Permite a los entes públicos contar con inversiones de mantenimiento garantizadas por las empresas adjudicatarias del concurso sin que haya carga presupuestaria ni se amplíe el capítulo 1 en gastos de personal, y, finalmente, que la gestión privada es más eficiente que la pública. Desde esta superioridad evidente, la “gestión indirecta” de los servicios municipales es la fórmula victoriosa durante la etapa del boom inmobiliario, que se querrá  prolongar durante la legislación de la crisis, como veremos más adelante, aunque con fuertes resistencias.

Costes de la privatización

El planteamiento dominante sobre la externalización de servicios entra en crisis fundamentalmente por dos motivos. En primer lugar por los costes políticos, económicos y sociales que produce, pero en segundo término por la resistencia popular y la deslegitimación masiva a las que se enfrentan en especial a partir del 2011 estas técnicas privatizadoras.

Se generan costes políticos importantes. La privatización o externalización de servicios implica transferencia de recursos públicos hacia corporaciones y empresas adjudicatarias, y ese es el campo en el que se generan relaciones “engrasadas” entre dirigentes políticos y la dirección de estas empresas, es decir fenómenos de corrupción en una doble vertiente de financiación del partido político y de lucro personal que son los resultados más vistosos de este proceso. La corrupción es así un hecho sistémico que se entronca con los modos de actuar de las empresas adjudicatarias en un doble sentido, organizativo y personal, con frecuentes desplazamientos personales de la política a los negocios. Son muchos los ejemplos recientes que demuestran esta relación obscena entre la política y el dinero que se alimenta de manera importante de este mecanismo de privatización.

Frente a lo que mantiene el discurso privatizador, lo que se constata es que en muchas ocasiones, el coste de la gestión directa del servicio es sensiblemente inferior al coste del servicio externalizado. Así lo vino a reconocer un informe del Tribunal de Cuentas del 2011, que estableció en un amplio estudio de casos que la gestión pública resultaba más barata en los servicios de agua, recogida de basuras, limpieza viaria y parques y jardines, así como alumbrado en las ciudades medio-grandes. En general, se viene a constatar en numerosos ayuntamientos elegidos a partir de mayo del 2015 que la reversión del servicio es una importante fuente de ahorro.

Los costes sociales son especialmente altos. La privatización supone salarios menores y condiciones de trabajo más estrictas. Normalmente se lleva a cabo una reducción de puestos de trabajo y simultáneamente un incremento de la carga de trabajo de los trabajadores externalizados. Ello repercute además en la disminución de la calidad del servicio público prestado. Existe en efecto una relación directa entre la noción de trabajo decente y las condiciones de empleo que garantizan la calidad, seguridad y eficacia del servicio. Esta relación se rompe en el caso de las privatizaciones, que además introducen como principal criterio de valoración el coste económico para fijar los efectivos y la extensión del servicio. Estos elementos están en la base de los importantes conflictos en el sector de las limpiezas que se desencadenaron en ciudades como Madrid y Alcorcón y que culminaron con una victoria de los trabajadores.

Es además un dato evidente el incremento de la siniestralidad laboral en los trabajadores que prestan sus servicios en contratas respecto de las tasas de siniestralidad de quienes lo hacen para la empresa principal, la salud laboral está más amenazada desde la precariedad y los bajos salarios. En esa situación influye asimismo la pérdida de cobertura de la negociación colectiva, bien por el desplazamiento de los trabajadores a un convenio que tiene menos intensidad en la protección que el convenio aplicable en la empresa de origen cuyo servicio se externaliza, bien sencillamente porque la externalización implica que no haya convenio aplicable. Naturalmente estos desplazamientos suponen asimismo la debilitación de las estructuras representativas y en muchos casos de la propia presencia sindical.

El efecto más señalado es la pérdida de estabilidad de los trabajadores privatizados y la situación de precariedad laboral en la que se sitúan. La condición de trabajadores temporales es inseparable de la técnica de la privatización, más aun a partir de la doctrina del Tribunal Supremo español que hace equiparar el objeto del contrato temporal de obra o servicio determinado con la duración de la contrata.

Resistencias

El ciclo de conflictividad y de luchas sociales que da origen en el período 2010-2014 tiene uno de los motivos de confrontación precisamente la nueva ola privatizadora que se produce tras el estallido de la crisis financiera y política en mayo del 2010 y la imposición de las exigencias de la troika a las políticas españolas en materia social y laboral. Se trata de la organización de resistencias fuertes sobre la base de la oposición a la privatización, que converge con otras luchas por los derechos laborales o sencillamente por las libertades y el desarrollo democrático. Las mareas ciudadanas que han recorrido Madrid, en especial la marea blanca de la sanidad y la marea verde de la educación, tienen como objetivo central la contestación de los proyectos de privatización de ambos sectores. Posiblemente el movimiento que ha tenido mejores resultados al respecto ha sido la oposición a la generalización de las fórmulas de gestión privada de los hospitales públicos en la sanidad madrileña, donde la movilización acompañó una acción judicial que permitió la paralización de la misma en los tribunales contenciosos, aunque el Tribunal Constitucional avalara desde la óptica de la constitucionalidad, el empleo de estas técnicas de privatización.

En esa misma línea, la plataforma contra la privatización del agua del CYII, logró una consistente movilización ciudadana frente al proyecto, que comprometía no sólo un derecho humano fundamental, el derecho al agua, sino un bien común que en otros ejemplos cercanos, como el del referéndum italiano del 2011, habían logrado echar atrás la estrategia privatizadora del gobierno italiano. Las acusaciones de corrupción que se desataron en este proceso ha permitido en la actualidad una reacción política contra este mecanismo. 

Otros muchos ejemplos se podrían traer a colación de la oposición frontal a estas fórmulas de privatización de los servicios públicos. Por eso en la reconstrucción de la imagen de la ciudad en las candidaturas ciudadanas del 2015 la reversión de estas situaciones constituía un elemento importante.

Sin embargo la solución no puede pasar por una regla de carácter general que invierta el sentido de la marcha hacia la privatización y proceda a remunicipalizar la gestión de los servicios. Hay toda una larga serie de normas que dificultan y obstaculizan este proceso e impiden dar una respuesta segura, en especial  a la situación de los trabajadores en orden a la estabilidad en el empleo, que es un problema importante que no encuentra soluciones satisfactorias como enseña la experiencia y el análisis de las normas jurídicas vigentes. Junto a ello, es preciso contemplar la posibilidad de enfocar la contratación pública desde las nuevas exigencias de las Directivas del 2014 en las que se no se contrapone eficiencia y transparencia del mercado a las cláusulas sociales y ambientales ni al objetivo preciso de evitar la precarización y la deslocalización. La reforma de las prácticas de contratación pública – la separación en lotes más pequeños la oferta de adjudicación del servicio para evitar que las grandes corporaciones sean las principales beneficiarias de los grandes concursos de servicios, la previsión en los pliegos de condiciones de cláusulas de estabilidad y de lo que los italianos llaman “equidad en las condiciones de trabajo”, entre ellas un salario mínimo o la aplicación de determinado convenio colectivo, la preferencia por empresas de economía social o cooperativa, etc – unido a experiencias exitosas de reversión del servicio a la caducidad de la concesión, como en el caso emblemático de la Funeraria de Madrid, son todos elementos que pueden cooperar a ese cambio de rumbo.