sábado, 28 de marzo de 2015

PIETRO INGRAO CUMPLE 100 AÑOS





 Pietro Ingrao cumple cien años el próximo día 30 de marzo. Imposible resumir en unas pocas líneas su trayectoria política en el Partido Comunista de Italia y en las formaciones que le han sucedido, se necesitaría un libro voluminoso; y sus aportaciones a la teoría política han ido incluso más allá de su talla de dirigente. Como homenaje al luchador y al maestro, los blogs hermanos En campo abierto, Desde mi cátedra, Metiendo bulla, Punto y Contrapunto  y Según Baylos hemos creído oportuno volver a airear el discurso que pronunció en el Paraninfo de la Universidad de Barcelona el 4 de octubre de 2002, en la ceremonia en la que recibió la distinción de Doctor Honoris Causa de dicha institución académica.




11S: un amargo presente
Pietro Ingrao


Era el mes de julio de 1936. Había cumplido 21 años. Era estudiante de la Facultad de Derecho de la Universidad de Roma, en la plenitud de mi juventud. La agresión del gobierno fascista italiano a la joven República española fue el trauma, la ocasión desconcertante que me orientó (diré: me obligó) a la conspiración antifascista: a aquel empeño en la batalla política que después ha marcado toda mi existencia. Empezó para mí, en aquellos años, una confraternidad con el antifascismo español en el exilio, que se prolongó en el tiempo, y se acompañó con el encuentro de la fascinante poesía española del siglo XX: Machado, Lorca y Rafael Alberti.

En este largo camino de mi vida he esperado ardientemente que los horrores, las masacres, la pila de víctimas que han marcado la época que he vivido, fueran solamente un amargo recuerdo: casi como la culminación de una locura a la que nos llevaron el capitalismo en su fiebre de la época fordista y, por su parte, los errores fatales del estalinismo. Después me engañé cuando, tras la caída de la URSS, pensé que se podía abrir un espacio nuevo para frenar la carrera de armamentos. No fue así. Cuando cayó el Muro de Berlín en pedazos, vimos que volvía la guerra en una zona crucial del mundo: en la península arábiga, que es un punto de juntura entre Europa, Asia y África. Hoy la cuestión de la guerra ve otro capricho. Ante todo ha sido un turbio y ambiguo pasaje orientado a relegitimar la intervención de las armas en nombre de un deseo de justicia. Recordad: fue la grave acción militar de la OTAN en Serbia, justificada en nombre de la democracia y la liberación de los pueblos destrozados por el déspota Milosevic. Vinieron los sermones de la "guerra justa". Y alguno en Europa se lanzó incluso a evocar un término supremo y antiguo. Habló de "guerra santa".

En verdad, en aquella ocasión de los Balcanes también se lanzó y alimentó (al menos por parte de algunos autores) la esperanza y la imagen de una purificación de la guerra: como si, apartándose del fango del territorio y moviéndose en la pureza de las grandes alturas de la atmósfera, pudiese y se quisiera golpear solamente (con la sabiduría de las técnicas modernas) los medios militares del adversario. Es lo que he llamado la ilusión (o el engaño) de la "guerra celeste". Brotó (¿lo recordáis?) aquella consoladora representación del piloto americano atravesando las orillas atlánticas, allá en la calma solitaria de los cielos lanzó la bomba inteligente, volviendo a casa, a la patria americana, limpio de manchas.

¡Qué horror! Sin embargo, vino la guerra de Afganistán y el ataque del cielo se ha mezclado con la cancelación de la ciudad, con los estragos civiles, con la máquina de las armas, dirigiéndose a los altiplanos y a los pliegues de la tierra. Y, paso a paso, cayeron amargamente las justificaciones éticas, las representaciones salvíficas, los sermones moralizantes.

Verdaderamente hasta ahora no han sido cancelados los vínculos formales que, en muchas Constituciones europeas y en la Carta de las Naciones Unidas, limitan el recurso a las armas. Todavía siguen ahí tales vínculos, escritos en leyes solemnes. Simplemente sucede que se han descabalgado o, de hecho, hechos trizas. El artículo 11 de la Constitución de mi país, que consiente sólo la guerra de defensa, se ha roto, sin que sobre ello haya sorpresa, ni escándalo, ni siquiera una discusión en el Parlamento o algunas aclaración del Presidente de la República, que observa sobre tal violación un religioso silencio.

Y hay algo que me espanta todavía más. Es el hecho amargo que, en nuestros países, el sentido común no se alarma, no tiembla. Hay que decir esta amarga verdad. Ojead los libros, oíd las palabras de los gobernantes, echadle un vistazo a los debates parlamentarios. Veréis que ha desaparecido la palabra "desarme". Ya no la usa nadie. Es, en este sentido amplio y angustioso que yo hablo de "normalización de la guerra". Se ha liquidado el espanto, el horror que sobrecogió a mi generación, que en aquel mayo de 1945, nos hizo jurar que nunca más debería volver la masacre.

¡Cómo mentíamos! Mirad hoy, mirad cómo se discute ahora, en estos días, abiertamente de un ataque a Irak y se invoca la "guerra preventiva". Quien habla no es un político descerebrado o un gacetillero fanfarrón. Hoy lo propone al mundo, como obligación ineludible y urgente, el Presidente de los EE.UU., el jefe de la potencia más grande de la Tierra. Y eso sucede sin escándalo. No se reúnen con angustia los parlamentos. No suenan las campanas de las iglesias, Los sindicatos no convocan huelgas. Atención: se ha convertido en normal la "guerra de prevención", invocada por el país que se considera el guía del mundo.

¿En qué se funda esta revalorización y normalización de la guerra, y, por qué el pacifismo tiene hoy una restringida minoría?

Quiero, solamente, aludir a una explicación que, por comodidad y brevedad, llamaré "técnica". La verdad es que no entra en mis conocimientos la criba de las grandes innovaciones tecnológicas y de los nuevos saberes que han dilatado y revolucionado los sistemas de alarma, la trama de los conflictos, la combinación de las estrategias entre tierra, mar y aire. Sin embargo, tengo "in mente" los fuertes cambios acaecidos en la relación políticosocial entre la vida del hombre sencillo y las masas de civiles, de un lado, y, de otra parte, en lo que se ha convertido la guerra en este cambio de siglo.

Me parece indudable que, en los últimos decenios, se está desarrollando (¿o retornando?) la connotación "especializada" de la práctica de la guerra. Parece que ha desaparecido o empalidecido aquella connotación totalizante que viene clamorosamente desde principios del "Novecento": aquel camino que, a partir del conflicto mundial de 1914, vio alinearse a millones de hombres en los frentes de varios continentes. Durante años y años, y en una condición humana radicalmente diversa del vivir civil: aquella guerra de masas en el fango de las trincheras que pronto fue dilatándose hasta atrapar al conjunto de las naciones, las ciudades lejanísimas del frente, la vida de los desarmados, las mujeres y los niños. En suma, la guerra de masas. La guerra mundial como la llamábamos.

Hoy las obligaciones prevalentes, el núcleo central de la acción bélica parecen nuevamente confiados a los soldados de oficio: a ciudadanos y ciudadanas que aceptan (o incluso piden) ser llamados a practicar la ciencia de la guerra, con sus tecnologías refinadas y sus riesgos de muerte. El matar colectivo, en nombre del poder público, vuelve a ser una tarea noble y ambicionada, bajo el aspecto de las retribuciones, del rango social y del reconocimiento público. Y la existencia de estos cuerpos especializados en el matar, en nombre de la comunidad pública, aparece como una nueva división de responsabilidades que permite a los civiles garantías de protección y sabiduría especializada para dedicarse (digámoslo de ese modo) serenamente al objetivo de la paz. Así, el soldado Ryan (¿recordáis la famosa película?) puede quedarse tranquilamente en su ciudad, ya que un adecuado "ejército de oficio" echa sobre sus espaldas el cruento y "nuevamente" noble oficio de la guerra.

De ahí que se podría pensar que esta revalorización de las armas y su relanzamiento como nervio y recurso central de la política se apoyen sobre operaciones de desagravio de masas de civiles y sobre eso de la lejanía (de su horizonte) del peligro a una vuelta de las pruebas terribles vividas en dos trágicas guerras mundiales (y aún, otra más). Y se puede pensar que Bin Laden y la feroz masacre de las Torres Gemelas (intencionadamente y con una espectacular audacia) han querido e intentado volver a lanzar al horno de la guerra de masas a "los civiles" del enemigo americano para sembrar en su ánimo nuevamente el espanto de la guerra, el miedo de masas de las masacres de masas. ¿Fue ese el feroz reto? No lo sé. Sé que los terribles acontecimientos a los que me he referido y el hecho de que nosotros queramos atrapar los acontecimientos reabren ásperas preguntas sobre el sentido y las formas que asume la política cuando se abre el Tercer Milenio y en la época de la globalización: un momento en que el capitalismo (desagregados a escala planetaria los momentos del producir y del consumir) vuelve a desorientar y dividir las nuevas subjetividades sociales que, en el curso del trágico "Novecento" habían puesto en discusión sus poderes y parámetros. Sin embargo, para sorpresa de muchos, de esta victoria no brotan ni la primavera del Tercer Milenio ni la calma de una estación segura de sus reglas íntimas. Retorna también sobre el trono, con arrogancia (y con una duda interior) la ciencia del matar; y vuelve, además, incluso sobre aquel vértice del mundo occidental donde (tras la trágica derrota de los "rojos") parecía que florecería una calma sabiduría irrefutable.

Entonces, en aquel 1936, el fragor de las armas sobre vuestra tierra y la masacre de Guernica cambiaron mi existencia, metiéndome dentro del conflicto. No pensaba, nunca lo habría pensado que habiendo tenido la fortuna de vivir casi un siglo, habría tenido finalmente que volver a la pregunta elemental sobre el derecho y sobre la forma del matar colectivo a nuestros semejantes; y que ese arte viniera hoy presentado, incluso, como instrumento de "educación" del mundo, de sabia "prevención".


Intervención de Pietro Ingrao en el Paraninfo de la Universidad de Barcelona en su nombramiento como doctor Honoris causa el 4 de octubre de 2002


La traducción del italiano es de José Luis López Bulla.


Con Il Manifesto del martes 31 de marzo se venderá este libro - homenaje.




lunes, 23 de marzo de 2015

SOBRE LAS ELECCIONES ANDALUZAS



Las elecciones andaluzas serán objeto de análisis en los medios de difusión del pensamiento dominante. También, felizmente, en los intersticios de la comunicación libre que todavía existe. Lean el análisis de Javier Aristu en su blog En campo Abierto Vencedores y vencidos. Y en éste, a modo casi de telegrama, las reflexiones que nos sugieren los resultados de las elecciones andaluzas.

La primera, la progresión de las distintas sensibilidades del arco político que se sitúa desde la izquierda oficial institucional, la izquierda alternativa y la nueva izquierda emergente. Respecto de las elecciones del 2012, la cantidad de votos que PSOE, IU-CA y Podemos han cosechado suponen un 57,19%, frente al 50,91% que se recogieron como suma de los sufragios de IU y PSOE en aquellas elecciones. Es decir que la posición política de los votantes andaluces se escora hacia la izquierda, y el rechazo más firme a las políticas de austeridad se fortalece, sumando el 21.73 de los votos. Esta profundización electoral de las perspectivas de resistencia a las reformas estructurales y a los recortes sociales es muy significativo de cara a los próximos procesos electorales.

La segunda cuestión es la derrota abrumadora de la formación política que ha `protagonizado prácticamente en solitario – con el apoyo de CiU solamente – la política de austeridad durante estos cuatro años. El PP tuvo su oportunidad de oro en el arco temporal que inició en mayo de 2011, pero su apuesta en marzo de 2012 por arrebatar Andalucía al PSOE fracasó ante la respuesta de la ciudadanía que mayoritariamente – casi un 51% - se inclinó por la izquierda, por lo que pese a que la candidatura de Javier Arenas fuera la más votada, sólo reunió el 40,67% de los sufragios emitidos, 1.570.833. Ahora el PP ha descendido a un score difícil para un partido que detenta el gobierno a nivel estatal, un 26,76 %, y ha perdido 506.000 votos, aproximadamente el 32% de sus electores. Naturalmente es un aviso importante para las elecciones de mayo. El Partido Popular reduce enormemente su influencia, se contrae a un núcleo de seguidores más restringido. El incremento de Ciudadanos parece ser un elemento importante en la explicación de esa pérdida de votos y por tanto en muchos medios se habla de trasvase de votos – y equilibrio por tanto de vasos comunicantes – un poco como estaba sucediendo con UPyD. Pero aun sumando ambos polos como parte común del mismo pensamiento conservador y de defensa de la salida autoritaria y antisocial de la crisis, la reducción de su fuerza electoral es muy significativa.

La tercera cuestión tiene que ver con el desplazamiento de una parte importante del voto a la izquierda alternativa clásica en Andalucía, IU, hacia los nuevos espacios de protesta y de resistencia emergentes, personificado en Podemos. IU ha perdido el 40% de sus votos, 164.445 personas, que previsiblemente se han volcado en las listas de Podemos. Ambas formaciones políticas comparten presencia en los movimientos sociales, están acostumbradas a la movilización social, aunque IU tiene una marca institucional – su presencia en ayuntamientos, su inserción sindical – que no ha sido valorada positivamente como “hecho diferencial” en la elección que deseaba un cambio real de la situación política y social de la región. El PSOE se desembarazó de la presencia molesta de su socio en el gobierno al convocar estas elecciones, y los electores han preferido marcar su predilección por posiciones de mayor confrontación, novedosas, gestionadas por personas nuevas. Reformular por tanto una relación entre el trabajo político serio que lleva a cabo IU y su nuevo equipo de dirección en Andalucía y estos nuevos fenómenos emergentes, será el objeto de las tareas a realizar en los próximos meses, siempre bajo la tensión de los diversos procesos electorales que hay que afrontar.

La cuarta cuestión se relaciona con la hegemonía ideológica y política del PSOE en este territorio. Aunque pierde votos – casi 120.000 – esa cantidad es una sangría pequeña porcentualmente hablando respecto de las pérdidas del PP y de IU. Ha pasado de tener el 39,56% de los sufragios emitidos al 35,46 %, un 4,1% menos. Pero se mantiene como partido guía de forma ininterrumpida desde hace más de 30 años, y sus resultados permiten un gran respiro al PSOE en sus próximas citas electorales, impidiendo por tanto hablar con propiedad de una crisis del bipartidismo en Andalucía. Las denuncias por corrupción en la que tanto han insistido los medios de difusión empotrados en el poder económico, no han conseguido su propósito, posiblemente porque no afectan a la percepción que una buena parte de los ciudadanos andaluces tienen de una institucionalidad cercana, próxima, con al que tienen un fuerte sentido de pertenencia y con la que identifican al PSOE como sujeto de la misma. Es posible pensar que a lo largo de estos años se ha ido construyendo una imagen según la cual PSOE e instituciones de autogobierno andaluz son la misma persona, y que por tanto no cabe separar el gobierno y su organización capilar del partido que lo ocupa. Este conglomerado institución pública – partido político puede generar problemas desde una perspectiva de transformación social y de unidad de la izquierda, pero simultáneamente es la clave del éxito electoral y de la fuerza del socialismo andaluz.


Los movimientos sociales y los sindicatos han sido protagonistas del resultado electoral en lo que supone un fortalecimiento global de las posiciones de rechazo a las políticas de reforma derivadas de la austeridad. En esta nueva situación deben seguir impulsando en la realidad concreta y cotidiana del conflicto soluciones a la situación social desastrosa en la que nos encontramos. La vivienda, el desempleo, la ayuda social, son los ejes centrales por los que debe seguir discurriendo la presión y la negociación social. Ahora en Andalucía hay más recorrido político para presionar en ese sentido. 

sábado, 21 de marzo de 2015

¿QUÉ SON LOS CONVENIOS COLECTIVOS DE PROTECCIÓN PATRONAL?



Recientemente la Confederación Sindical Internacional ha hecho pública una nota en la que daba cuenta de la próxima ratificación por México del convenio 98 de la OIT sobre negociación colectiva, lo que evidentemente generaría efectos beneficiosos en lo referido a la protección de la negociación colectiva en aquel país. En particular, la CSI subrayaba que esta ratificación permitiría acabar con una de las prácticas antisindicales más extendidas, la de los Convenios Colectivos de Protección Patronal.

Para conocer más sobre este tema, el abogado de ANAD y del sindicato minero Oscar Alzaga, amigo y compañero de hace tantos años en la lucha común e internacional por la emancipación de los trabajadores, y uno de los más activos organizadores del Tribunal Internacional para la Libertad Sindical que ha sesionado en México DF durante tres años consecutivos, ha enviado para su publicación en esta bitácora, un texto en el que explica en qué consiste la práctica antisindical de los CCPP y su desarrollo exponencial en México, sustituyendo paulatinamente los convenios colectivos de trabajo de empresa existentes.

Para un lector español, esta práctica debe ponerse en relación con la posibilidad, admitida en la reforma laboral de 2012, de acuerdos de empresa establecidos entre comisiones de trabajadores “ad hoc” y el empresario para modificar las condiciones de trabajo e inaplicar el convenio colectivo vigente, y con el hábito progresivo de las gestorías de crear “acuerdos de empresa” típicos que se pone a la firma a los trabajadores. Atentos por tanto a la lectura del texto sobre México, porque también aquí de te fabula narratur.

 

 

¿Qué son los Contratos Colectivos de Protección Patronal?

                                                                                                 Oscar Alzaga*

                                                            Color de sangre minera tiene el oro del patrón.                                                                          Atahualpa Yupanqui. Preguntitas. 1962.

 

Son aquellos Contratos Colectivos de Trabajo (CCT) previstos en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como un derecho sindical de los trabajadores que, sin embargo, ahora son convertidos en simulación legal en miles de casos, porque se firman los CCT a nombre de los trabajadores, pero a sus espaldas, sin su conocimiento ni autorización. Por lo tanto, sin estar representados sus intereses, sino los contrarios: los patronales, por eso se llaman Contratos Colectivos de Protección Patronal (CCPP), para diferenciarlos de los que sí son CCT; en estos tiempos, los menos.

Si los CCPP se hacen a espaldas de los trabajadores, su vigencia igual se lleva sin el conocimiento de ellos, por lo tanto no hay bilateralidad ni siquiera actualización del CCT, ni revisión salarial ni de prestaciones para los trabajadores. Se trata de un acto de simulación legal, ilegal.

Los CCPP expresan una brutal degradación del derecho del trabajo, que se produce en 33 años de neoliberalismo en México, en que  degradan la justicia en todos los ámbitos, a la par que crece la violencia.

Los CCPP están íntimamente ligados a la pérdida de libertad sindical que priva hoy en la mayoría de los sindicatos, como también lo está la disminución del derecho de huelga, que casi desaparece.

Rompe la base del derecho colectivo constitucional: el equilibrio entre los factores de la producción, el acuerdo entre las partes, base de la tesis de Mario de la Cueva el derecho colectivo triangular, que reconoce indivisible los derechos del sindicato, contrato colectivo y huelga.

Con tal nombre, CCPP, se registró en la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Caso 2694, que presentó la Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas (FITIM) el 5 de febrero de 2009. Así se informa de ellos en la OIT. (Informe 310ª reunión de la OIT, de marzo de 2011.)

Los CCPP están de moda en México desde 1982 y toman fuerza en 1994, con la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Coinciden esas fechas con el auge de las maquiladoras en la frontera norte del país, la mayoría trasnacionales, tienen este tipo de CCPP. Se ofrecieron como menú a los inversionistas extranjeros y como una “ventaja comparativa”.

Este fenómeno ha evolucionado y cambiado. Inició como algo común en las maquiladoras de la frontera norte y en pequeñas y micro empresas del país, pero se ha ido generalizando junto con la debilidad sindical y la nueva presencia patronal, porque ésta ahora asume muchas funciones sindicales de control, que antes tenían los sindicatos oficialistas.

De 1946 a 1982 en los principales sindicatos y centrales se perdió la autonomía sindical, como la CTM, pasaron de la pluralidad política a un sindicalismo subordinado y oficialista. A cambio, mejoraron los CCT y derechos sociales de salud, vivienda, utilidades, etc. Es la época dorada del charrismo encabezado por Fidel Velázquez. Pero en su decadencia de 1982 a 2015, la CTM pasó de oficialista que, los primeros de mayo, movilizaba a 2 millones de trabajadores en el país, a un sindicalismo débil y de ancianos, que ahora es más cercano al sindicalismo blanco o patronal. En este marco crecen los CCPP.

Ahora los CCPP están también en las grandes empresas, como en el caso de la minería, metalurgia y siderurgia, en fábricas de autos y de autopartes –en pleno auge en México y principal indicador del comercio internacional-, a la par crecen las empresas contratistas y terceristas, cuya característica principal son los bajos salarios y empleo temporal.

Los CCPP están registrados en las Juntas Locales y en la Junta Federal (tribunales de trabajo), igual que están registrados los sindicatos. Lo que quiere decir que todas las autoridades tienen pleno conocimiento de su existencia, más aún, son cómplices, ya que se presentan a registro los documentos del caso, sin realizar asambleas con miembros sindicales que los aprueben, así se aprueban los CCPP, con voluntad exclusiva de los líderes sindicales y los empresarios.

El gobierno de México ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT, al ser cuestionado por la “práctica enormemente extendida de los contratos colectivos de protección patronal”, respondió: “que el sistema jurídico mexicano no la prevé”. Evadiendo la respuesta y la responsabilidad.

Para llevar a cabo esta práctica de los CCPP, resulta indispensable que la información al respecto se oculte. Pese a la política de transparencia y al Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), creado el 11 de junio de 2012. La información sindical y de los CCT se oculta en la mayoría de los tribunales.

Al grado de que la reforma laboral del 1 de diciembre de 2012, establece la obligación de los sindicatos y empresas de que entreguen a los trabajadores esa información (artículo 373 de la LFT), lo mismo que las autoridades, pero en ningún caso se cumple. Las Juntas Locales de los estados de la República no tienen abiertos sus archivos de los CCT, de los sindicatos, estatutos, tomas de nota, padrones de socios. Pese a que la nueva Ley los obliga y multa y sanciona su incumplimiento.

Sólo la Junta Federal, la Junta Local de la Ciudad de México y la Secretaría del Trabajo publican la información, pero incompleta. Lo que no hacen las 32 juntas de los estados del país, como tampoco entregan la que se les solicita. Fue en base a la información de la Junta Local de la Ciudad de México de los CCPP, con lo que se hizo principalmente la denuncia en la OIT.

Principales características de los CCPP:

1.   Se suscriben en nombre de los trabajadores, pero a sus espaldas, sin su conocimiento, aprobación ni asamblea. Se firman entre el líder sindical y el representante del patrón.

2.   Son depositados en las Juntas –federal y locales-, llenan los requisitos de mera formalidad, no de fondo.

3.   En empresas medianas el contenido de los CCPP apenas mejoran los mínimos de la LFT.

4.   En la mayoría de las empresas pequeñas y micro contienen salarios y prestaciones idénticas a la LFT, que resultan inútiles ya que la razón de ser de los CCT es mejorar a la LFT.

5.   Los CCPP en su mayoría abrumadora son desconocidos por los trabajadores (igual que los estatutos, la ley interna del sindicato). Esto es muy importante, porque esa es la función de los CCPP: que los obreros ignoren sus derechos, para que no los ejerzan.

6.   Destruyen el acuerdo bilateral o entre las partes –sindicato y empresa-, la base de la democracia y diálogo en el trabajo.

7.   Permiten abaratar el costo de la mano de obra en todos los aspectos, incluso en las cuotas de salud, vivienda etc. Ya que el valor del salario es la base de las prestaciones

8.   Permiten aumentar la explotación del trabajo a niveles de exceso y sobregirar las ganancias patronales.

9.   Son regresivos y llevan a prácticas de otras épocas que se creían superadas.

10.   Son fuente de corrupción sindical, patronal y autoridades.

11.  Se apoyan en los contratistas –outsourcing- que proliferan de modo paralelo a los CCPP.

12.  Las autoridades tienen responsabilidad, ya que los CCPP tienen enorme repercusión en la justicia y el derecho de libertad sindical, huelga y contratación colectiva. En síntesis, destroza el derecho colectivo.

13.  Las centrales sindicales registran más CCPP, los encabeza la CTM en todo el país, luego la CROC y la CTC.

Un caso destacado de resistencia obrera al modelo neoliberal, es el Sindicato Minero que desde 2005 intentan su destrucción gobiernos y oligarcas, en forma abierta el 17 de febrero y el 20 de abril de 2006, con acciones ilegales de autoridad, como retirar la representación sindical y entregarla a un empleado patronal, órdenes de aprehensión de líderes, exilio forzado. Pero también con violencia: el asalto a la sede sindical con golpeadores el 17 de febrero de 2006 y el desalojo sin orden judicial de los obreros en paro de labores en Lázaro Cárdenas, Michoacán, el 20 de abril de 2006, con 2 muertos y 23 heridos que, sin embargo, impidieron el desalojo por la fuerza, al derrotar a los policías federales que obedecían entonces órdenes de Medina Mora, hoy recién nombrado Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Estas y otras acciones más han seguido golpeando a los mineros; así les fueron arrebatados 8 CCT de grandes empresas de Grupo México del oligarca Germán Larrea, en julio y septiembre de 2007; contratos colectivos que fueron transformados en CCPP con sindicatos blancos de Monterrey. El grado de corrupción oficial se dejó ver, cuando el abogado del oligarca fue nombrado secretario de Gobernación en 2008.

De modo similar el gobierno del PAN de Felipe Calderón, despojó a los mineros de otros 10 CCT de grandes empresas del Grupo Peñoles de Alberto Bailleres, en el tiempo record de una semana crea un sindicato al gusto del oligarca y en un mes en diciembre de 2010, llevan los 10 juicios de titularidad de los 10 CCT, para luego convertirlos en CCPP de un sindicato blanco o patronal.

Pero la resistencia del Sindicato Minero sigue y ha logrado triunfos, pese a todos los obstáculos y violencia, como la defensa del CCT de la Mina San Martín en Sombrerete, Zacatecas, el 16 de noviembre de 2012, contra todo pronóstico por la brutal violencia que usó Grupo México. De modo similar se defienden los CCT de las minas de Taxco y Cananea. Y apenas en febrero de 2014 en la Mina El coronel de Zacatecas, con un sonado triunfo por la votación favorable a los mineros.

En otros casos, como la industria automotriz y autopartes también se lucha a brazo partido, como en la empresa japonesa Honda que pase a tres amparos favorables por la vía de los hechos se incumple con todas las normas. Tiempos de excepción muy largos vivimos en México.

La simulación legal es un recurso muy socorrido en la justicia nacional, se valen de la parcialidad, de verdades a medias y exponen “razones” jurídicas formales para fundar una acción de simulación legal, que de fondo es contraria a la norma. Para lo cual en primer término ocultan la información y en segundo niegan la investigación a fondo. Ocurre no solo en materia laboral, también en los casos de Ayotzinapa, la casa blanca, etc. De manera espectacular ha sido en los fraudes electorales de 1988, 2006 y 2012. Durante el neoliberalismo revivió con bríos la vieja institución jurídica española: obedézcase pero no se cumpla, una herencia que caló a fondo en las clases dominantes colonizadas.

 

·        Abogado del Sindicato Minero y miembro de la ANAD y ALAL.


miércoles, 18 de marzo de 2015

HUELGA EN LA UNIVERSIDAD PÚBLICA PARA EL 24 DE MARZO


El 24 de marzo próximo, martes, está convocada una huelga general en las Universidades españolas. La han convocado todos los sindicatos representados en la mesa sectorial de universidades para todo el personal que presta en ella sus servicios, PAS o PDI. Por su parte, han convocado asimismo huelga todas las organizaciones representativas de los estudiantes y los sindicatos de estudiantes. El motivo es rechazar el modelo universitario que quiere imponer el Decreto del Ministro Wert que modifica la distribución de los estudios de grado y de master. (En la foto dos conocidos profesores de la UCLM twittean y extienden la convocatoria de huelga)

El Decreto Wert,  RD 43/2015, más conocido por las cifras 3+2, que modifica  y reduce los estudios de Grado hasta el momento situados en 4 años, ampliando y liberalizando los 2 años de Master, ha sido rechazado por la Conferencia de Rectores (CRUE), que rompiendo su tradicional sumisión a las órdenes y dictados del Ministerio, ha decidido que no puede poner en práctica el Decreto al menos hasta el 2016, después de evaluar los resultados de la implantación de los nuevos planes de estudio dictados al socaire de lo que se conoce como Plan Bolonia y que tiene que cerrar su acreditación y monitorización a lo largo de todo este año. Como el lector podrá imaginarse, el Ministerio no ha abierto ninguna negociación con los distintos sectores de la comunidad educativa, desde los sindicatos hasta los estudiantes. Es una decisión autocrática que ha ignorado tanto a las autoridades académicas como a las fuerzas representativas de los distintos sectores universitarios y que se quiere imponer con la fuerza autoritaria de un poder público en sus últimas horas, a contrarreloj.

La causa de esta prisa y de este golpe autoritario se puede vislumbrar al analizar las consecuencias que la norma va a acarrear. Ya el Ministro había indicado desde hace tiempo que la Universidad española no funcionaba, que los resultados de la misma no eran proporcionados a la ingente inversión que había recibido. No se sabe cuáles son los datos que ha manejado el Ministro, porque lo cierto es que en el  2009 en España se destinó un 1,77 % del gasto público en Enseñanza Superior, mientras que la media en la Unión Europea fue de 9,2%. Las partidas peor paradas han sido las destinadas a becas y ayudas a los estudiantes, resultando en España un 0,11% del PIB, mientras que la media en los países de la OCDE ascendió al 0,31%. Como es público y notorio, a partir de 2010, los presupuestos de las distintas Universidades públicas se han reducido sensiblemente, han pasado de 10.118 millones en el 2010 a 8.594 en el 2014  destacando la asfixia financiera padecida por alguna Universidad pública como la Universidad de Castilla-La Mancha, que entre 2010 y 2014 ha visto decrecer su presupuesto en 56.480.059 euros, pasando de 244.086.591 a 187.606.532 euros, es decir una reducción del  23,14%. Otras universidades han acompañado a la UCLM en esta carrera de recortes: Murcia, Cantabria, las Universidades Catalanas, la Universidad del Pais Vasco, las universidades públicas de Madrid. Todas ellas con recortes entre el 21,8 y el 16,2 %. 

En cómputo global, las reducciones presupuestarias del conjunto de Universidades públicas han descendido en el período un 15,06 %. Además a partir de la llegada al poder del Partido Popular se ha producido un descenso de las partida provenientes del poder público (Comunidades Autónomas, principalmente) y un paralelo incremento de las partidas privadas como consecuencia del incremento de las tasas y precios públicos universitarios. Mientras que el capítulo de transferencias corrientes se ha reducido un 19,38%, los ingresos por tasas se han incrementado en un 20,82%.

Esta es la Universidad que ha dejado el Partido Popular en el gobierno. Ahora con el Decreto 3 + 2 se prosigue, de un lado, el encarecimiento de las tasas y precios universitarios. Aunque los datos cambian entre universidades, es interesante señalar cómo incluso en las que se han situado en las posiciones más bajas en cuanto al incremento de las tasas, como la UCLM, el resultado es desolador. En la UCLM, entre 2010 y 2015 el precio del crédito de grado en primera matrícula se ha incrementado en un 26,75% y el de máster en un 47,45%. A ello se une la alteración, siempre con criterios excluyentes y restrictivos, del sistema de becas, para las que por otra parre cada vez se presupuesta menos dinero. Eso ha conducido a una pérdida de más de cuarenta y cinco mil estudiantes en las universidades públicas, que sin embargo no ha sucedido en las universidades privadas, que han incrementado en 5.000. El gasto público por alumno ha descendido en el 2015 en 1.279 €, un 16,5%.

Este es otro de los objetivos de la norma. Privatizar la franja del master, considerarlo un título profesionalizante decisivo, y encomendarlo a su determinación por el mercado, estableciendo una amplia gama de especializaciones cuyo común denominador sea la concurrencia medida en términos de precio de la enseñanza. En esta carrera, las universidades privadas tienen un interés predominante, para poder desplazar el grueso de sus enseñanzas hacia la franja del +2 con un incremento exponencial de las tasas para los grupos favorecidos. Con ello se da un impulso decisivo a la privatización de la enseñanza universitaria, hasta el momento todavía muy marginal en relación con lo que sucede con la enseñanza privada concertada en las fases no universitarias.

Para los sindicatos, la conclusión es clara, y la resume Alfonso Gil, secretario general de la F.E. de CC.OO. de Castilla la Mancha: “El resultado del Decreto será menos financiación de las universidades, pérdida de empleo del PDI y del PAS y mayor deterioro de las condiciones laborales, más privatización, ya que junto con el proyecto de RD de creación de centros y universidades facilitará que las universidades privadas accedan a una parte mayor del pastel de la educación superior y pérdida de equidad, configurando un modelo de universidad más clasista y menos democrática”.

Por otra parte, hay dos normas más en marcha que culminan este desaguisado. El primero, un Real Decreto de creación de centros y universidades que  flexibiliza y desregula la creación de universidades para facilitar que prosperen las privadas y que éstas no tengan trabas legales – calidad de la enseñanza, número mínimo de doctores, infraestructuras académicas, etc -  eliminando muchos requisitos mínimos fijados por la ley  y rebajando la exigencia de los que quedan. El segundo, otro Real Decreto por el que se modifica la acreditación del PDI funcionario disminuyendo la ya de por si limitada “objetividad, transparencia e imparcialidad” del sistema actual, minusvalorando la actividad docente frente a la investigación. Según lo que afirman los sindicatos, el nuevo régimen legal “suprime un marco común general -cada comisión tendría sus propios criterios-  y comportaría valoraciones poco o nada homogéneas”, de tal manera que el propósito general sería el de endurecer los requisitos para la acreditación con el fin de tener menos profesores acreditados, como efectivamente se manifiesta en las instrucciones informales que se están dando en las respectivas comisiones de acreditación.

Una pésima coyuntura para la Universidad frente a la que hay que resistir mostrando un rechazo activo. Estudiantes, PAS y PDI se han manifestado claramente por este rechazo. Los rectores y las autoridades académicas están asimismo muy incómodos por la actuación del Ministerio y comprenden la necesidad de los distintos sectores de la comunidad universitaria en expresar su protesta.

La huelga del día 24 es el primero de los actos que se deben ir poniendo en marcha para detener estos últimos movimientos destructivos del que posiblemente sea el peor y más nocivo equipo ministerial desde los tiempos del franquismo. Seguiremos informando.




viernes, 13 de marzo de 2015

UN TEXTO DE RICHARD SENNETT


En el 2012 Richard Sennett  publicó “Juntos. Rituales, placeres y política de cooperación”, que fue traducido inmediatamente al castellano por Marco Aurelio Galmarini en la editorial Anagrama, en noviembre de ese mismo año. Sennett escribe muy bien y es siempre una lectura recomendable, así que esta es la sugerencia de lectura para este fin de semana a los lectores de este blog. A continuación, se copian algunos párrafos del capítulo 4 del libro, sobre la Desigualdad. Cuidado con la consideración de elementos terribles de injusticia y de desigualdad como una situación familiar, reiterada, "natural".

“Los expositores de las salas de la “cuestión social” de la Exposición Universal de Paris de 1900 no tenían dudas acerca del capitalismo. Que el sistema económico degradaba y desmoralizaba a los trabajadores era un artículo de fe; cuando, a mediados de la última década del siglo XIX, se produjo una racha de suicidios entre los trabajadores norteamericanos, ningún órgano de la prensa radical dio muestras de sorpresa. Fueran cuales fueran las promesas de una cultura superior en el pasado y fuera cual fuere la promesa de cooperación en nuestro inicial desarrollo biológico personal, en la vida cotidiana adulta la bestia capitalista ha aplastado todas estas promesas.

Hoy en ciertos aspectos el capitalismo es diferente y en otros igual al animal que era hace un siglo. Diferente porque los servicios desempeñan en la economía un papel más importante que hace cien años. En otra época, la producción industrial era el corazón mismo de las economías desarrolladas, hoy la producción fabril se ha localizado y trasladado al extranjero y su lugar ha sido ocupado por servicios técnicos y humanos (…) Hace un siglo el consumo masivo estaba en sus inicios; los consumidores preferían pagar por lo que les resultaba físicamente tangible o podían sopesar en sus manos; hoy el consumo está dominado por las imágenes de fotos en internet.

Algunos males antiguos se han profundizado. Lo más notable es que la desigualdad se ha ampliado, así que la brecha entre los ricos y las clases medias es cada vez mayor (…) Las cifras dan señales de una competencia de suma cero con tendencia al extremo en el cual quien gana se lo lleva todo, el capitalista se está convirtiendo en un gran depredador.

Por mucho que la economía haya cambiado en los últimos cien años, muchos analistas creen que la cuestión social se mantiene tal como era. En el capitalismo la cohesión social es intrínsecamente frágil. El nuevo alcance de la desigualdad parece tan sólo confirmar la gravedad del antiguo mal. Aun cuando el lector fuera decididamente de izquierdas (como yo), este juicio debería preocuparle, pues la antigua convicción se ha vuelto hoy en día demasiado familiar, demasiado inmediata.”.



martes, 10 de marzo de 2015

REFORMAR LA REFORMA LABORAL A PARTIR DE LA CONSTITUCIÓN


Hay mucho por deshacer, afirmaba en un titular muy efectista The Parapanda Journal en una edición de hace dos días. Y así es. La presente entrada, producto de un encargo de la revista Trabajo Sindical, de las CC.OO. de Aragón, viene a resumir una propuesta de reforma del marco institucional laboral y social a partir de una nueva consideración del texto constitucional en un hipotético pero seguro cambio constitucional.

La virulencia de la reforma y la modificación que ésta ha producido en un esquema regulativo bastante asentado, ha llevado a la exaltación del poder privado, la relegitimación de la asimetría histórica de la relación laboral y a la restauración del poder unilateral de mando en la empresa como características más relevantes del nuevo modelo, como ha señalado Umberto Romagnoli en su trabajo La política della ri-mercificazione del lavoro (http://www.insightweb.it/web/content/la-politica-della-ri-mercificazione-del-lavoro-0)  . Se trata sin embargo de un prototipo normativo que no ha sido aceptado por los sujetos políticos que han tenido que presentar sus proyectos de sociedad con la finalidad de que éstos sean valorados por el conjunto de la ciudadanía.

Es constatable por consiguiente no sólo la condensación de una opinión pública mayoritaria que rechaza el modelo laboral degradatorio de los derechos individuales y colectivos derivados del trabajo, sino que plantea la reversibilidad de esta situación. En el mismo sentido, pero con mayor razón, el sindicalismo confederal debe avanzar en el debate y la discusión de las líneas generales sobre las que debería desplegarse una nueva regulación legal de las relaciones laborales. Para ello no debe solo limitarse a debatir los proyectos que pueden venir de la actual presencia de sujetos políticos y de sus propuestas electorales,  rechazando algunas de éstas – como las que sostienen UPyD y Ciudadanos sobre el tan traído y llevado “contrato único” – y avalando otras, sino mostrando una aproximación propia basada en el proyecto de sociedad que en estos momentos el sindicato tiene que presentar a la sociedad como diseño más o menos acabado del marco regulativo que entiende apropiado a la presente situación económica y social.

Un aspecto de este proyecto que debe invertir el proceso de degradación de derechos en el que la reforma laboral nos ha sumido es, desde luego la creación de un nuevo marco institucional y legislativo sobre el trabajo. Ahora bien, ese nuevo marco institucional exige previamente una reflexión sobre la pervivencia del sistema de derechos constitucionalmente garantizados, mucho más después de los tres fallos del Tribunal Constitucional que han avalado la compatibilidad de la reforma laboral con la Constitución española sobre la base tanto de una interpretación extensiva de la libertad de empresa, como en atención al “interés constitucional prevalente” a la conservación de un nivel de empleo mediante la reconformación por la norma legal del alcance de los derechos ciudadanos de negociación colectiva y del derecho al trabajo.

 Por lo tanto, para el sindicalismo español  este problema se liga directamente con el de la reforma constitucional  la que ya se refería en junio del 2014 la Comisión Ejecutiva Confederal de CCOO tras la abdicación del rey, exigiendo el abordaje tanto del modelo de estado como el territorial, “así como los modelos social y económico”.

En ese rediseño constitucional del “modelo social y económico” hay muchos aspectos en juego. Ante todo el refuerzo de los derechos laborales básicos que han resultado más dañados por el impacto en ellos de las prescripciones de la reforma laboral. El derecho al trabajo en primer lugar, recuperando para él mismo la función declarativa y constitutiva que le relaciona con el Estado Social y con el impulso a la nivelación social de las desigualdades que provienen de la asimetría de poder que caracteriza la relación de trabajo asalariado. En esa re-escritura del reconocimiento constitucional del derecho al trabajo se tienen que  reforzar sus garantías en especial respecto de su pérdida o privación, que no podrá realizarse sin causa justa, procedimiento adecuado y control judicial, pero también pormenorizar sus contenidos en orden al principio de igualdad de oportunidades, la promoción y la formación en el trabajo y el derecho a la ocupación efectiva. Y otro esfuerzo de concreción constitucional es razonable exigir para el derecho de negociación colectiva, que no sólo puede identificarse como propia del ámbito del trabajo por cuenta ajena, sino que debe partir del reconocimiento del principio de autonomía colectiva también en el empleo público y en general en los supuestos de trabajo subordinado prestado materialmente como tal, junto con el reforzamiento de las garantías de la fuerza vinculante de los convenios colectivos que eviten su degradación mediante la norma legal.

El espacio de la empresa no puede configurarse como un territorio inmune a la democracia. La vigencia de determinados derechos ciudadanos clásicos en los lugares de trabajo tiene un largo recorrido en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, pero nuevas situaciones derivadas de las tecnologías de la información y de la comunicación deberían abrirse camino en un nuevo texto de derechos fundamentales. Algunos de ellos, como los referidos a la libertad de expresión y de comunicación, tienen un contenido colectivo muy evidente, que tiene que reforzarse al ejercitarse normalmente en el cuadro de la acción sindical colectiva, pero que precisan un tratamiento diferenciado. Y la dimensión colectiva de la representación en la empresa no puede agotar las posibilidades de participación de los trabajadores en la misma. En el ámbito unionista europeo hay una graduación precisa de los derechos de información, consulta y participación que tendrían que ser incorporados al nivel constitucional como fórmulas posibles de la participación en la empresa, incluida expresamente la cogestión, y posteriormente desarrolladas en un texto legal. En última instancia, el propio art. 38 CE debería ser profundamente modificado, incorporando el estándar de la empresa socialmente responsable como la figura constitucionalmente prevalente de empresa, y colocando esta libertad en el contexto de una economía social de mercado sobre la que el poder público y  la autonomía colectiva han de establecer una actuación de encaminamiento y de redireccionamiento sobre la base de las repercusiones social y ciudadana del ejercicio del poder privado que se deduce de esta libertad.

Los derechos colectivos ligados al sujeto sindical y el derecho de huelga como clave de explicación de la integración dinámica de la perspectiva colectiva y sindical de la representación del trabajo mediante el desarrollo del conflicto como instrumento de regulación del estado de la situación de las trabajadoras y trabajadores, tiene asimismo que reformularse para robustecer estas facultades de acción. El compromiso público con la consecución de la igualdad sustancial implica un deber responsable en la promoción del hecho sindical. En este sentido se han lanzado ya desde la perspectiva sindical propuestas de una ley de participación institucional y de financiación de los sindicatos a la que le vendría muy bien un asidero expreso en el texto constitucional. Y en materia de huelga, la reforma de la cláusula sobre los servicios esenciales, precisando la importancia de la autorregulación negociada como fórmula de disciplinar el ejercicio del derecho en estos sectores, y la determinación más precisa de la cláusula de esencialidad, son elementos imprescindibles para poder afrontar un nuevo estadio en las relaciones laborales en este país.

El terreno de los derechos sociales y de su exigibilidad es un territorio que está siendo reivindicado desde los movimientos sociales y desde los nuevos sujetos políticos emergentes – no sólo a nivel nacional, sino muy señaladamente a nivel municipal – como el espacio urgente de reformulación constitucional. Se habla de nuevos derechos pero fundamentalmente de dar exigibilidad a derechos sociales importantísimos pero muy desguarnecidos jurídicamente, como el derecho a la vivienda, o a la creación de unos nuevos, como las propuestas de renta básica, o, en otra concepción diferente, el derecho a una renta mínima universal.  Para ello es una condición previa eliminar el muy reciente art. 135 CE, introducido sin refrendo popular merced a un pacto bipartisan PP-PSOE en agosto de 2011, con el gobierno PSOE ya desahuciado. Cualquier planteamiento serio sobre el fortalecimiento de los derechos sociales tiene que descartar este principio de equilibrio presupuestario y  como mínimo corregirlo mediante la introducción de la cláusula del Estado Social, de forma que la regla de la contención del gasto no puede prevalecer contra la necesaria garantía de los derechos sociales promovida por el Estado Social que se expresa en una gran parte de los caso mediante la erogación de prestaciones económicas suficientes para atender a los estados de necesidad de los ciudadanos. Es la solución del Tribunal Constitucional alemán, lo que garantiza que no estamos hablando desde perspectivas radicales. Pero se trata de un punto irrenunciable para cualquier alternativa de reforma constitucional que pretenda la  vigorización de los derechos sociales.

Junto a ello el abordaje de la Seguridad Social y la precisión nueva del alcance de las prestaciones garantizadas, es un tema crucial en la delimitación de un modelo democrático del siglo XXI. La reconsideración de la protección por desempleo junto con la reivindicación sindical de una renta mínima garantizada, tiene que recibir una cobertura constitucional.  Como asimismo la determinación de un nuevo estado de necesidad, como la dependencia. Y asegurar las garantías de las prestaciones suficientes en las pensiones. Y relacionar este complejo institucional con el modelo territorial del Estado, impidiendo las tensiones privatizadoras de sectores estratégicos como el de la sanidad.

Por último, en este rápido repaso al cambio del marco legal que posibilite un nuevo encuadre democrático de las relaciones laborales, es necesario abordar la posibilidad de reformular el modelo dual de representación vigente en España, no para su sustitución – especialmente en lo que se refiere a la audiencia electoral como clave de la representatividad de los sindicatos – sino para lograr un perfil más acabado de la representación sindical en la empresa y de las facilidades y garantías de los representantes de los trabajadores.  Hay toda una labor de adaptación de estas estructuras de representación a la nueva morfología de la empresa y a las tecnologías de la información y de la comunicación, pero asimismo es importante desarrollar y promover figuras nuevas de una representación de base territorial que permita hacerse cargo horizontalmente de una pluralidad de trabajadores aislados que se equiparan desde el lugar de trabajo, con independencia de su vinculación vertical con empresas, franquicias o contratas, o potenciar la vinculación asociativa y afiliativa como eje de la representación más allá de la agrupación de afiliados en una empresa o centro de trabajo.

2015 no sólo es un año muy intenso en términos político-electorales. Es también un año en el que el sindicalismo español tiene que dar un salto adelante en su capacidad de diseñar y planear un marco de referencia normativo, social y económico, que rompa con la deriva autoritaria y anticolectiva del derecho del trabajo tal como ha sido impuesta por las decisiones derivadas de la crisis económica durante cinco años consecutivos en progresión ascendente, y que además presente un marco de relaciones colectivas e individuales sobre el trabajo en el  que se pueda reconocer un impulso emancipatorio que ligue el trabajo asalariado con la democracia tan ausente de esta relación.


sábado, 7 de marzo de 2015

LA INACEPTABLE PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE EL TIEMPO DE TRABAJO



El tiempo de trabajo es un elemento central en la definición del trabajo asalariado cuya determinación unilateral por el empleador ha sido recuperada de forma extensa con las circunstancias de la última crisis. La regulación del tiempo de trabajo determina nuestro tiempo de vida e incide directamente en la salud y el bienestar de las personas. La Directiva europea sobre el tiempo de trabajo está en el centro de una nueva regulación que pretende configurar estos poderes empresariales sobre el tiempo de las trabajadoras y trabajadores como facultades vigorosas eximidas del control colectivo, reduciendo el problema a una dimensión individual. La Confederación Europea de Sindicatos no se ha mostrado muy activa en la oposición a estos proyectos regulatorios de la Comisión que cuentan con el impulso muy decidido del empresariado europeo. En España, no es un tema que por el momento haya atraído el interés de los programas políticos ni de las propuestas sindicales, más centradas en el tema salarial. Y sin embargo la revisión de la directiva europea de la jornada de trabajo es un tema crucial.  Como ya se señaló en la entrada anterior de este blog, el grupo parlamentario de IU Europea e Izquierda Verde Nórdica, ha preparado un seminario el miércoles y el jueves pasado en Estrasburgo sobre este tema, al que acudió Francisco Trillo, que ha hecho el resumen ejecutivo del mismo que a continuación se publica.

UN NUEVO INTENTO (NEOLIBERAL) DE LA COMISIÓN EUROPEA DE MODIFICAR LA DIRECTIVA DE TIEMPO DE TRABAJO

El pasado 5 de marzo tuvo lugar una sesión de trabajo para analizar las implicaciones de la propuesta de modificación de la Directiva 2003/88/CE que ha presentado la Comisión Europea –COM (2010) 801 y 802 final, de 21 de diciembre de 2010-. Esta interesante iniciativa ha partido del Grupo Parlamentario Europeo Izquierda Unitaria/ Izquierda Verde Nórdica.

La propuesta de modificación de tal normativa ha sido encauzada a través del art. 155 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, encontrándose en estos momentos en fase de consulta a los interlocutores sociales. Cabe destacar a estos efectos, que la Confederación Europea de Sindicatos no ha promovido ningún tipo de acción a este respecto pese a que la consulta pública dispuesta a tal efecto finaliza el próximo día 15 de marzo.

Las propuestas concretas presentadas por la Comisión parten de la premisa de que tanto el sector privado como el público necesitan de manera urgente una regulación más flexible del tiempo de trabajo con los objetivos, en unos casos, de alcanzar mayores cotas de competitividad empresarial y, en otros, de mejorar los servicios públicos de atención continuada de 24 horas (sanitario y bomberos, fundamentalmente). De este modo, la Comisión Europea se presenta como la garante de las demandas de las patronales europeas en la materia, canalizando las “necesidades” de dichas patronales y presentándolas como exigencias ineludibles que, en cualquier caso, no tienen por qué afectar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores.

Aspectos tales como el concepto de tiempo de trabajo, los tiempos de descanso, el período de referencia o la cláusula opt-out forman el grueso del eje patronales europeas/ Comisión Europea. En este sentido, han sido destacados por todos los intervinientes de esta sesión de trabajo dos hechos importantes. Uno, que la Comisión Europea se presente como representante de los intereses de las patronales europeas. Dos, que las propuestas realizadas prescindan de cualquier referencia al contexto actual donde los distintos marcos estatales presentan experiencias donde el desempleo y el desmantelamiento de servicios públicos resultan características comunes a todos ellos.

Merece la pena detenerse, si quiera de forma breve, a destacar los aspectos más relevantes de la propuesta de la Comisión.

En relación al concepto de tiempo de trabajo, la Comisión ha llamado la atención, con un lenguaje agresivo, sobre la necesidad de derogar buena parte de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los que se refiere a la consideración como tiempo de trabajo de las guardias de atención continuada con presencia en el centro de trabajo (Casos SIMAP y Jaëger). A ojos del eje patronales/Comisión Europea debería producirse una diferente forma de computar estos tiempos en los que los trabajadores se encuentran en el centro de trabajo, a disposición de su empresario, aunque no en el ejercicio de sus funciones. Como resulta fácilmente imaginable, la propuesta no se detiene a analizar el impacto que ello podría provocar a la salud de los trabajadores, pese a que los efectos de dicha propuesta resultan contrastables no solo en términos de afectación de la salud de los trabajadores, sino también en lo que al desvalor de este tiempo de trabajo se refiere además de un notable empobrecimiento injusto al que se podrían ver expuestos los trabajadores de tener éxito dicha propuesta de modificación.

Relacionado con esta concepción estrictamente mercantilista de la regulación del tiempo de trabajo, se propone igualmente derogar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en lo relativo a la necesidad de que los tiempos de descanso sean disfrutados por los trabajadores inmediatamente después de la realización de su jornada de trabajo. El desprecio por la salud de los trabajadores en esta materia resulta especialmente evidente en aquellos casos donde su jornada de trabajo haya experimentado alguna intensificación, ya que en lugar de descansar después de la realización de una prolongada jornada de trabajo lo que se propone en resumidas cuentas es comenzar una nueva jornada.

En este breve repaso por las principales propuesta de la Comisión se ha de destacar también la intención de la Comisión de prolongar aún más el período de referencia con el que computar la jornada de trabajo, para situarlo más allá de los doce meses de duración. Lo cual tiene un impacto más agresivo en los trabajadores temporales, dadas las reglas generales de limitación del tiempo de trabajo por contrato y no por trabajador. De igual manera, la Comisión entiende “crucial” el mantenimiento de la cláusula opt-out, por la cual los trabajadores convenientemente informados renunciarían libre y voluntariamente a la limitación de las 48 horas semanales, incluyendo horas extraordinarias. O lo que es lo mismo, se sigue apostando por la Europa del dumping social y de los derechos sociales a la carta frente a la aplicación sin fisuras de las libertades económicas.       
    
Con estos precedentes, la jornada de debate arrancó con la presentación de la presidenta del Grupo parlamentario, Gabriele Zimmer, quien recordó que tanto los intentos previos  como el actual de modificar la Directiva Europea presentan como característica común su marcado signo neoliberal, donde los trabajadores son vistos como una mera mercancía desprovistos de cualquier necesidad de protección de su seguridad y salud. Por su parte, Wiebke Warneck, consejera de la CES, concretó los puntos más relevantes de la propuesta de modificación poniendo en conocimiento de los presentes la difícil negociación que se avecina dada la rigidez de las posiciones patronales. Del mismo  modo, Warneck destacó que las tres grandes áreas en las que se quieren incidir desde la CES tienen que ver con a) los riesgos para la salud de los trabajadores derivados de las nuevas realidades del tiempo de trabajo; b) la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y c) la reducción del tiempo de trabajo.

A estas presentaciones más generales siguieron las intervenciones de las experiencias nacionales donde, bajo el título diferentes realidades, misma lucha, se realizó un repaso por las aportaciones de la Directiva en países como Portugal, Irlanda, España y Bélgica llevadas a cabo respectivamente por J. Dionísio (CGTP), E. Lynch (ICTU), F. Trillo (UCLM) y A. Bernard (SETCA) y moderadas de forma activa y brillante por Paloma López, europarlamentaria por IU y reconocida sindicalista de CC.OO.

Pese a que cada uno de los intervinientes se ajustó a su realidad nacional, los temas fueron bastante convergentes destacando el rechazo a esta propuesta de modificación por no responder a los temas más importantes existentes en el momento actual, donde la mayor de las preocupaciones se centró en la grave situación de desempleo existente a nivel europeo. De este modo, se recordaron los debates políticos, sindicales y jurídicos llevados a cabo durante los años 90 del siglo XX acerca de la introducción, por ley y/o negociación colectiva, de la jornada semanal de 35 horas. Las experiencias nacionales fueron muy reveladoras a estos efectos, destacando las prácticas que han emergido con ocasión de las crisis relacionadas con los llamados contratos de “0 horas” donde los trabajadores necesitan dos o más trabajos para su mera subsistencia.

Junto a esta relación entre desempleo y regulación del tiempo de trabajo destacó otra idea como es la difícil, en ocasiones imposible, conciliación de la vida personal, familiar y laboral, que podría verse aún más obstaculizada de darse desarrollo a las demandas de la Comisión. En esta materia, la hipocresía de la propuesta realizada se evidencia de forma nítida en la necesidad expresada por la Comisión de individualizar de las relaciones laborales como condición sine qua non para satisfacer este derecho.

Por último, los intervinientes pusieron de relieve cómo la tensión entre los aspectos social y económico de la propuesta de modificación de la Directiva es muy parecida la que se está produciendo de forma general en el seno de la Unión Europea. Cabe destacar, a estos efectos, cómo las propuestas presentadas por la Comisión Europea vulneran la vertiente social del proyecto europeo, residenciado hoy, entre otros instrumentos normativos, en la Carta Social Europea. La experiencia española aportó como argumento al debate el hecho de que dichas propuestas violan la Carta Social Europea en lo que se refiere al concepto de tiempo de trabajo y a la limitación efectiva del tiempo de trabajo, una vez conocidas las Conclusiones del Comité Europeo de Derechos Sociales sobre la regulación española al respecto después de la modificación introducida por la reforma laboral de 2012.

El debate generado por los distintos intervinientes enriqueció la sesión de trabajo, coincidiendo todas las intervenciones en que cualquier propuesta en materia de tiempo de trabajo debería tomar como prioridades ineludibles el desempleo y la precariedad generalizada. Además, todos y cada uno de los intervinientes aludieron a la necesidad estratégica de no negociar esta propuesta, ya sea por su contenido que por la desconfianza que genera la Comisión en los parlamentarios de dicho Grupo parlamentario.  

La jornada fue clausurada por Inês Zuber quien puso en evidencia que esta materia será la más trascendental de la Comisión de Empleo del Parlamento Europeo y que, por lo tanto, el objetivo que debería darse este grupo parlamentario sería el de no permitir una regresión social en materia de tiempo de trabajo. Zuber finalizó su intervención aludiendo a la particular forma que la Comisión ha tenido de articular la consulta pública, así como al discreto papel desarrollado por la CES en esta ocasión.