martes, 27 de febrero de 2018

EL CÍRCULO DE EMPRESARIOS CONTRA EL “ACTIVISMO JUDICIAL”



El Círculo de Empresarios, que es un activo grupo de presión especializado en la producción de ideología, ha hecho público un documento, fechado en febrero de 2018, que titula “La calidad del sistema jurídico como clave del crecimiento económico y del progreso social”. El documento se ha elaborado en el Grupo de Trabajo del Círculo de empresarios sobre seguridad jurídica, una forma de agruparse que es toda una declaración sobre la necesidad del cálculo y de simplicidad del sistema regulativo “externo” a la regulación del mercado y de la libre empresa como es el sistema jurídico, una regulación que nunca debería ser autónoma de las orientaciones de la libertad de empresa ni tan compleja que impida su calculabilidad en la producción inmediata de efectos. El Informe ha gozado, como era previsible, de inmediata publicidad en los medios de comunicación oficiales, que han destacado la "denuncia" en el mismo del "activismo judicial" al que luego se hará referencia en esta entrada. (En la foto, una parte selecta de los juristas que colaboran en el mismo)

El informe ha contado con la colaboración de “un equipo extraordinario de profesionales de distintos ámbitos de la Justicia”, como subraya la presentación del mismo, y en efecto el listado es impresionante. Prácticamente todas las grandes firmas y estudios jurídicos de las grandes empresas y de las instituciones financieras están allí presentes: Baker & Mackenzie, Broseta Abogados, Uría y Menéndez, Gómez Acebo & Pombo, Garrigues, Argelí Abogados, Cuatrecasas, Martínez Lage, AllendeSalazar & Brokelmann, Moreno Catena & Venturi, Perez LLorca, Roca Junyent y Sagardoy Abogados.  Ya me dirán si queda alguno fuera de importancia. También representantes de la Cámara de Comercio de Madrid y de la Cámara de Comercio España – EEUU, la fundación FIDE y algunas personalidades de la justicia de evidente relieve: Jose Antonio Xiol, magistrado del Tribunal Constitucional desde junio del 2013, Ignacio Sierra, Magistrado emérito del Tribunal Supremo, que fue designado en el 2013 como miembro del comité de tres expertos que asesoraba al Banco de España sobre la idoneidad de los altos cargos y titulares de funciones clave en las entidades financieras españolas; la ex Fiscal Helena Prieto, ahora counsel de Garrigues, el también ex fiscal  Eduardo Torres Dulce, ahora socio de Garrigues y finalmente, el ex presidente del Tribunal constitucional, Pascual Sala, hoy socio consultor de Roca Junyent. La mera enunciación de estos componentes permite hacerse una idea previa de la orientación que va a guiar las consideraciones del informe.

Lo más relevante del informe es la enunciación que en él se hace de los “problemas generales” que gravitan sobre la calidad del sistema jurídico. Éstos se identifican con la “baja calidad” de las normas, especialmente las originadas por motivos de urgencia – es decir en el caso de lo social y laboral, todas las que se han ido emanando desde 2010 hasta el 2015, los años de esplendor de la crisis y de las políticas de austeridad frente a ello – la “deficiente” coordinación y articulación entre los distintos niveles u ordenamientos estatal, internacional,  europeo, y la “falta de estabilidad” del marco normativo, sometido a continuos cambios legislativos, de los que justamente constituyen un ejemplo paradigmático las reformas laborales permanentes y progresivas del 2010, 2011, 2012 y 2013, con últimos añadidos en el 2014 y en el 2015. Finalmente, el informe entiende que el último gran problema general que afronta la situación española es el llamado “activismo judicial”, fenómeno que se define como “la tendencia de algunos tribunales a buscar soluciones justas aunque se separen de una interpretación razonable de las leyes aplicables”, es decir se producen lecturas forzadas de los textos normativos que pretenden “un alejamiento del programa normativo que el legislador democrático ha adoptado”.

No sin dejar de compartir con los autores del informe la perplejidad ante el hecho de que los jueces pretendan buscar soluciones justas ante el litigio que tienen que componer, como si su misión fuera la búsqueda de la justicia y no la aplicación pura de la ley materialmente injusta siempre que sea razonable, este tipo de afirmación revela un cierto simplismo en su construcción y desde luego es contradictorio con las tres primeras características problemáticas que han precisado los autores del informe.

En efecto, si las normas de nuestro ordenamiento interno son cada vez más de una menor calidad técnico – jurídica, a lo que se une un fenómeno de exuberante producción normativa confusa y contradictoria que modifica lo que acaba de entrar en vigor y propone una regulación diferente y si a eso se une la dificultad de manejar un derecho como el español que se halla sometido al principio de supremacía legislativa del derecho de la Unión y que debe cumplir sus obligaciones internacionales y que, en esos diferentes niveles, se solventan los litigios en tribunales supraestatales como el TEDH o el TJ, sin dejar de mencionar el CEDS de la Carta Social Europea y las decisiones del Comité de Libertad sindical de la OIT o los informes de la Comisión de Expertos y reclamaciones de esta institución, si en definitiva nuestro sistema permite el control de constitucionalidad a los jueces y magistrados y la presentación de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia, toda esa protección multinivel de los derechos fundamentales derivados del trabajo y de las situaciones protegidas por los sistemas de Seguridad Social, ¿no derivarán necesariamente en un incremento del momento interpretativo atribuido a los jueces que se verán además obligados a manejar un ordenamiento complejo en un contexto de pluralismo normativo muy importante?

El ”activismo judicial” significa algo que los autores del informe conocen perfectamente, y es que el campo del derecho se encuentra atravesado por intereses contrapuestos, a los que atienden tanto el plano de la creación como de la interpretación de las normas estatales y de las reglas colectivas, y que es imposible aislar en la determinación resultante de la regulación jurídica ambas vertientes. El momento interpretativo está atravesado por elementos ideológicos de fondo, naturalmente, pero fundamentalmente se desarrolla a través de la presentación de discursos narrativos confrontados que se apoyan en una argumentación teórica y técnica del derecho, uno de los cuales se impone en todo o en parte, a partir precisamente de la doctrina que establece el órgano judicial y que luego puede seguir un camino importante de precedentes y de correcciones hasta conformar una doctrina asentada. Asentada y criticada, porque la crítica es fundamental al razonamiento jurídico, pero una crítica que se base en elementos seguros y concretos y no en afirmaciones apriorísticas basadas en conceptos vacíos y, a su vez, directamente ideológicos.

¿Es culpa del activismo judicial que el Tribunal de Justicia haya considerado en repetidas sentencias que nuestra regulación de la contratación temporal vulnera la directiva resultante de un Acuerdo Marco sobre contratos a término y que esta doctrina haya generado una serie de fallos de nuestros tribunales acordes con lo que señalaba el TJ? Y, viceversa, ¿se puede llamar activismo judicial la interposición de una cuestión de prejudicialidad por nuestro Tribunal Supremo en la que fundamentalmente se viene a mantener que la decisión del Tribunal de justicia en el caso De Diego Porras es esencialmente equivocada? ¿Puede el gobierno impugnar la inconstitucionalidad de las normas autonómicas que amplían derechos sociales  pero no puede un juez impugnar la regla de gasto, la supresión de los salarios de tramitación o la abolición de la negociación colectiva de facto en el empleo público porque considerar esto inconstitucional es sinónimo de “actiovismo”? ¿No es razonable argumentar que junto a un control de constitucionalidad hay un control de convencionalidad de las leyes y que este último permite la inaplicación directa de las normas que vulneran los compromisos internacionales que obligan al Estado español?

La propia denominación de “activismo” hace referencia a la figura del “activista” político o social, desgraciadamente hoy sospechosa en múltiples áreas del poder público de ser un elemento antisocial que debe ser reprimido, como atestiguan los procesamientos masivos de sindicalistas por participación en piquetes de huelga en las huelgas generales contra la reforma, las multas por la Ley de Seguridad ciudadana o los frecuentes castigos penales a la libertad de expresión. Sin embargo, los autores del informe deberían permitirnos mantener la hipótesis contraria. Activistas judiciales verdaderos lo son el Consejo General del Poder Judicial y su política de designación de presidentes de los TSJ, de la audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, que orientan de manera bien directa las prácticas de sumisión al poder y de defensa militante de las políticas del gobierno como criterios de selección de la cúpula judicial.

Los autores del informe hablan de que los jueces han mantenido en ese panorama “razonamientos poco rigurosos”. Como se ha dicho, la crítica al razonamiento jurídico empleado, entendido éste como un conjunto de argumentaciones teóricas y técnicas que permiten la solución correcta y equilibrada al caso planteado, está en la base del proceso. Es razonable que si el razonamiento mantenido por una parte ha sido desoído por el órgano judicial, ésta entienda que su argumentación era más atendible, e incluso que descalifique el mismo, utilizando normalmente la vía del recurso como forma de modificarlo. Si al final el estudio jurídico o el bufete de que se trate pierde el pleito, es más que razonable que explique a su cliente que el razonamiento de la sentencia no es riguroso, tanto más cuanto que la minuta que le cobra al mismo sí que puede ser de extremo rigor.

No se entiende sin embargo en este informe de tan reconocidos jurisperitos el simplismo que pregona al atacar el llamado “activismo judicial” como una forma de actuar que “fuerza” el sentido de la norma frente a la democrática voluntad del legislador. Pareciera como si los autores del mismo quisieran negar la complejidad de la mediación judicial en los litigios y recuperaran – con esprit de finesse eso si – una cierta conceptuación puramente ideológica del juez “desviado”. Habría sido conveniente que recayeran en un hecho importante, y es que la complejidad del sistema jurídico, la deficiencia técnica de las normas y fundamentalmente su inserción en un orden normativo global, ha permitido una interesante reflexión teórica de los juristas del trabajo, especialmente de origen académico, que en su mayoría no sólo se han mostrado críticos con las normas de reforma laboral en el plano de las políticas del derecho, sino que han elaborado un análisis teórico y técnico que solventaba una larga serie de problemas planteados por la propia forma de expresión del mandato legislativo. La solución que se ha dado a la ultra actividad, las relaciones triangulares en el despido colectivo y la incidencia en la calificación del mismo la vulneración del derecho de huelga efectuada por el grupo de empresas, como tantas otras vicisitudes interpretativas son ejemplos de esa conexión doctrinal que se ha retroalimentado mutuamente. Este análisis – riguroso, razonable, bien fundamentado teóricamente -  ha permeado tanto a los asesores y abogados sindicales como a los propios magistrados, y por tanto deviene un dato fundamental para entender el desarrollo concreto que la doctrina judicial ha venido siguiendo desde los comienzos de las reformas laborales. No es un problema de jueces y magistrados “desviados” ideológicamente, sino de construcción de espacios de hegemonía teórica que influye en la doctrina judicial, en las pretensiones ejercitadas en los pleitos y en la práctica colectiva que se manifiesta dentro y fuera de las aulas judiciales.

Finalmente, el informe bordea con esa denuncia del “activismo” el amedrentamiento indeterminado a aquellos que no acepten los argumentos razonables económicos que mantienen los grandes agentes de los intereses de la gran empresa y de las instituciones financieras. Ahí de nuevo el Informe también se equivoca, por mucho que repita hasta la saciedad argumentos ya manidos y escuchados desde hace tanto tiempo a los propios miembros del gobierno que temían más a las togas negras de los magistrados de lo social que a los hombres negros enviados de la Troika. Incluso al final se desliza la idea de que el cuestionamiento judicial de la norma legislada de urgencia por el gobierno afecta a la imagen de España – menos mal que no a la Marca España – y que puede desincentivar las inversiones en nuestro país. Al margen de lo despreciable del argumento ante los continuos y reiterado anuncios de que hemos superado la crisis y que es contradictorio con el propio razonamiento anterior respecto a las normas inciertas e imperfectas de la reforma, que naturalmente deben ser corregidas por los órganos judiciales, los autores del informe deberían haber valorado si al cabo de estos años de reformas, el estado general de calidad y cantidad de los derechos laborales ha sido deteriorado y en qué medida este problema debería ser corregido tanto por los actores sociales como por las agencias en el campo del derecho y por los poderes políticos que no pueden seguir manteniendo una democracia de baja intensidad. Pero ese tema, el estado de la democracia en nuestro país, el crecimiento de la desigualdad y el desmoronamiento de los derechos individuales y colectivos derivados del trabajo, queda fuera de las preocupaciones del Círculo de Empresarios y sus escritos de producción ideológica.

lunes, 26 de febrero de 2018

JACOBO MUÑOZ, FILOSOFO MARXISTA Y EDITOR DE “MATERIALES”



Filósofo, editor y traductor, Jacobo Muñoz ha sido uno de los autores marxistas españoles más interesantes. Ha muerto a los 75 años, el 23 de febrero de este año. En el recuerdo de muchos de nosotros, era el editor de la revista Materiales, posiblemente el intento más potente de agrupar la cultura marxista en la transición democrática, hasta su desaparición en 1978, y la editorial con el mismo nombre que sin embargo subsistiría más tiempo y publicaría textos emblemáticos. En el digital El Cultural hay una necrológica de la que se han entresacado algunos elementos que permiten contextualizar su figura y su capacidad de creación colectiva. Y Francisco José Martínez, profesor en la UNED e investigador en la FIM, ha hecho una necrológica que se recoge a continuación.

En 1960, con tan solo 18 años, fundó La Caña Gris, una publicación que, pese a sus dos años de corta existencia, contó con firmas del orden de Juan Gil-Albert, José Agustín Goytisolo, Jaime Gil de Biedma o José Ángel Valente, entre otros. Por aquella época fundó la librería Lauria, conocida por la difusión clandestina de libros prohibidos por el franquismo. Ya a mediados de los setenta, radicado en Barcelona, se hizo cargo de la dirección editorial de Grijalbo, promoviendo una gran labor de traducción de textos clave del marxismo.

En 1976 se involucra en la creación del Colectivo Crítica de Barcelona, donde colaborarán entre otros Antoni Domènech, Rafael Grasa, Manuel Cruz o Gerard Vilar. De este colectivo salieron muchos de los fundadores de la revista Materiales, de la que Jacobo Muñoz fue editor, lo que le impulsó a crear una editorial homónima donde se publicaron libros de autores como Foucault, Marcuse, Negri o Marx.

En 1979 obtuvo un puesto como profesor en la Facultad de Filosofía de la Universidad Complutense de Madrid, y en 1983 accedió a la cátedra. En dicha facultad promovió la creación y dirigió el Departamento de Teoría del Conocimiento e Historia del Pensamiento.

Jacobo Muñoz ejerció un magisterio sobre tres generaciones de filósofos españoles que fue reconocido en 2012 en unas jornadas de homenaje en la Complutense de Madrid que recogidas en el libro colectivo Constelaciones intempestivas. En torno a Jacobo Muñoz (2015). El volumen, coordinado por Germán Cano, Eduardo Maura y Eugenio Moya, recorre el itinerario intelectual del pensador en sus múltiples facetas, desde la epistemología hasta la crítica literaria, pasando por la filosofía política y la teoría crítica. Participaron en el acto Vicente Sanfélix, Ángeles J. Perona, José Luis Moreno Pestaña, Francisco Vázquez, Sandra Santana, Manuel Cruz, Carlos Berzosa y Pedro Chacón. Un homenaje justo y necesario.

Marxista crítico y sensible, a la vez que comunista lúcido
In Memoriam Jacobo Muñoz: ocaso y desasosiego
Francisco José Martínez. UNED y Fundación de Investigaciones Marxistas.

No hace mucho me encontraba con Jacobo cerca de su casa, hablamos y me agradeció la recensión que había escrito de su último libro El ocaso de la mirada burguesa, libro al que había dedicado toda su vida y del que yo creo que la versión publicada es solo un esbozo. Jacobo Muñoz ha sido unos de los filósofos más potentes, más documentado y con mejor decir de la segunda mitad del siglo XX y lo que llevamos del siglo XXI. Ha sido un maestro insuperable de numerosas generaciones de discípulos, primero en Barcelona y luego en la Complutense de Madrid. En su pensamiento confluyeron las principales líneas de la filosofía: un sólido basamento clásico, herencia de su maestro Emilio Lledó, fundamentalmente Platón y Kant, un marxismo ágil y crítico, compartido con su maestro y amigo, Manuel Sacristán, un conocimiento profundo de la filosofía analítica, y, por último pero no menos importante, una apertura a las últimas filosofías hermenéuticas y postestructuralistas de la mano de sus alumnos madrileños. Platón, Kant, Hegel, Marx, Wittgenstein, Foucault, Lyotard, se articularon en una escritura densa y precisa, que se expresaba también a través de un hablar pausado y melódico, recorrido por una sutil ironia y un humor contenido y agudo.

Como persona, Jacobo era muy amigo de sus amigos, con los que mantenía una conversación fluida, erudita aunque no pedante, en la que los detalles curiosos se insertaban en un razonamiento muy estructurado. Como maestro ponía su inmensa cultura, su potente erudición, al servicio de sus oyentes y lectores. Su inmensa biblioteca, una de las bibliotecas filosóficas particulares más ricas de España, atesoraba desde los clásicos de la filosofía, hasta las obras maestras de la literatura y el arte, en numerosos idiomas. Destacaba la ‘Marx’s Room’ en la que se juntaban la casi totalidad de los libros que sobre temas marxianos y marxistas se han publicado en los últimos 50 años.

Marxista crítico y sensible, a la vez que comunista lúcido, no fue como él mismo decía de su amigo Manuel Sacristán, ‘ un hombre de la Tercera Internacional’, sino que su marxismo, y su comunismo, era más abierto, más amplio, menos situado, más culturalista que directamente político. Jacobo muñoz no solo fue un autor marxista, escribiendo muchos trabajos sobre Marx y el marxismo, sino que como director de colecciones en la editorial Ariel y en Grijalbo, tradujo, prologó y editó muchos clásicos de la tradición marxista. Destaca su famoso e imprescindible artículo sobre Marx en el Diccionario de Filosofía que editó Miguel Angel Quintanilla, una de las obras cumbres de la filosofía escrita en español de nuestros tiempos. Y como editor hizo lo propio en la editorial Materiales y en la revista del mismo nombre, uno de los hitos del pensamiento marxista español del siglo XX; en sus escasos pero densísimos y documentados números se reflejaron los principales debates teóricos y políticos de la época.

Gran analista de la modernidad y de la burguesía a cuyos logros dedicó sus mejores obras, entre las que descuella Figuras del desasosiego moderno, para mí su obra magna, su mirada combinaba la fría y exacta pulcritud de las novelas de Thomas Mann, uno de sus modelos intelectuales y vitales, con la lucidez y el entusiasmo del joven Lukács, de El alma y las formas, otra de sus obras de referencia. Pero lo que siempre le fascinó fue la decadencia de la Kultur burguesa frente al predominio de la Zivilisation moderna. Los valores de la cultura burguesa, capitalista y urbana a la vez, como se ejemplificaron de forma emblemática en la vida y la obra de Goethe, mirados a través de la mirada nostálgica de Thomas Mann, han sido objeto de culto para nuestro autor. Estos valores se van destiñendo de forma paulatina ante su vista en la obra de los grandes testigos de nuestra época: Musil, Kafka o Becket. Nuestro autor asiste, añorante y nostálgico, a esta decadencia, a este ocaso, de la forma de vida burguesa.

Lamentamos profundamente la pérdida de un amigo entrañable, de un maestro insustituible, de un intelectual comprometido y lúcido y de un filósofo profundo y certero. El marxismo español, un marxismo tan ralo y escaso, está de luto por la pérdida de Jacobo Muñoz, en la consciencia, triste e impotente a la vez, de que será imposible sustituir su ironia, a veces amarga pero siempre incisiva y clarividente, su análisis fino y profundo, y su fuerte y sincero compromiso con los de abajo, con las clases subalternas, en la estela de su adorado Lukács. Descanse en paz y que la tierra, esa tierra que amó de forma tan desesperada y vehemente, le sea leve. A nosotros nos queda el consuelo de su recuerdo y de su obra, obra a la que hay que volver continuamente para que nos enriquezca y vivifique. Obra que no morirá en el recuerdo de sus amigos y discípulos.


viernes, 23 de febrero de 2018

HOMENAJE A JAVIER MARTINEZ LÁZARO, ABOGADO DE CCOO Y MAGISTRADO DE LA AUDIENCIA NACIONAL




El jueves 22 de febrero se celebró en el Círculo de Bellas Artes un homenaje a Javier Martínez Lázaro, magistrado de la Audiencia Nacional que falleció el 17 de septiembre del 2017. La idea erala de rememorar todas las etapas de su vida, como líder estudiantil, abogado del metal de CCOO, miembro relevante de Jueces para la Democracia, miembro del consejo General del Poder Judicial y finalmente magistrado de la sala de lo penal de la audiencia Nacional. Cada una de estas facetas era comentada por algunas de las personas que le habían conocido en esos tiempos. El homenaje fue enormemente concurrido, más de 400 personas abarrotaron la Sala de Columnas del Círculo de Bellas Artes de Madrid, y la alcaldesa Manuela Carmena  fue la primera que intervino después de la presentación de Jose Maria Fernández Seijo. Una crónica bastante circunstanciada del acto se puede consultar en el digital Confilegal , en el siguiente enlace: Homenaje a Martinez Lazaro, un hombre en el buen sentido de la palabra bueno.

Fueron muchas las intervenciones, como se ha dicho, glosando los distintos aspectos de la personalidad de “Tito” que se entremezclaba con todo un tiempo histórico de lucha por la democracia y la libertad. De entre ellas, destacamos para su publicación en este blog las palabras que le dedicó su compañero en la Audiencia Nacional y gran amigo, Ramón Sáez, que fueron unánimemente comentadas por su belleza y su exactitud en el retrato. Merecen la pena, como podrán comprobar los lectores y lectoras de este sitio.


Palabras para Tito de su amigo Ramón (22 febrero 2018).


        Recurro a tres ideas para evocar la memoria de Javier y elogiar al amigo: la verdad, la cultura y la esperanza. (Ahora Tito me susurra: Ramón, no te pongas estupendo. Pero esta vez, querido, tampoco te haré caso, por respeto a la memoria de Max Estrella, aquel genial personaje a quien tantas veces encontramos en las rondas nocturnas por la ciudad.)

        1.- La verdad. En un hermoso texto sobre la figura y la tarea del periodista, y Tito lo fue, que prologaba una recopilación de artículos titulado El reportero frenético, uno de los libros mas vendidos en la República de Weimar, Egon Kisch –checo-alemán judío comunista y de buena familia, como se presentaba-, en una clave que nos resulta bien contemporánea, consideraba que su mundo estaba inundado de mentiras, se había olvidado de sí mismo y se regodeaba en las falsedades, de ahí que, afirmaba, «nada es mas asombroso que la simple verdad, nada más exótico que lo que nos rodea, nada más imaginativo que la objetividad. Y nada hay mas sensacional que el tiempo que nos ha tocado vivir». La sentencia de Kisch, el mismo personaje y sus artículos, causarían delicia a nuestro amigo. Es más, la afición a la verdad, la pulsión por la objetividad, la capacidad de atender especialmente, y de gozar también, de aquello que nos rodea eran valores y sentimientos que formaban parte del carácter y de la personalidad de Javier.

        2.- La cultura. Tito regresó a la jurisdicción en noviembre de 2007, después de siete años en el Consejo, lo que hizo posible que compartiéramos intensamente espacio y tiempo de vida, que aprovechamos para aprender de la amistad y del respeto al otro, en un clima de afecto y complicidad. El camino de vuelta al tribunal se desenvuelve, lo quieras o no, en un plano descendente: del gobierno de los jueces a miembro del colectivo gobernado –aunque Javier sabía que en materia de jurisdicción no hay nada que gobernar, así lo exigen la separación de poderes y la potestad de decir el derecho que le corresponde en exclusiva al juez en el proceso. El retorno a esa realidad, ya conocida, requiere de una adaptación emocional e intelectual que Javier llevó a cabo con la humildad y la fuerza que le caracterizaban.

        Le irritaba la falta de medios de la Audiencia Nacional, «el fuerte», como llamábamos a nuestro tribunal parangonando con ironía metáforas gloriosas con las que había sido nombrado. (La ironía es una estrategia universal de supervivencia que Tito manejaba con maestría.) Se encontró con expedientes de papel que eran auténticos mamotretos, compuestos por miles de folios unidos sin orden ni concierto, de manera arbitraria, y sin un índice que le permitiera transitar por ellos. Tenía razón: sin instrucciones de uso eran, físicamente, inmanejables. Hay muchas anécdotas que recordamos quienes compartimos aquel tiempo y que nos hacen sentir la ilusión de que sigue acompañándonos. En realidad nos acompaña, de otra manera.

Por lo demás, el reciclaje que hizo nos brinda una lección. Lo habíamos hablado en alguna ocasión a propósito de la formación del juez: la necesidad de la cultura para hacer un buen juez, de cultura jurídica y de cultura general. Porque una persona culta, que posee conocimientos, como era su caso, del derecho, de la historia, la economía, la sociología y la política, que se informa, que disfruta de la ficción literaria y cinematográfica, está mejor dotada para construir el conflicto objeto del proceso, para analizar la prueba y elaborar el hecho, para decidir aplicando la Constitución y la ley. Es algo que pudimos aprender  también trabajando a su lado: la importancia de la cultura. La labor del juez es de naturaleza intelectual, lo que demanda, aparte de la técnica jurídica y de conocimientos humanísticos, de una cultura democrática de las libertades y los derechos. (Si los jueces, y en general los decisores públicos, tuvieran el hábito de la cultura de los derechos -que es heredera del pensamiento ilustrado- no asistiríamos a la involución que representan la criminalización de la palabra sin incitación, la censura del arte, la persecución de creadores y de obras de ficción.)

        3.- La esperanza. Cuando nos enfrentamos al recuerdo del amigo aparece, como un lugar común, su optimismo. Sin embargo, yo creo que, más allá del punto de vista, Javier se identificaba con una tradición que se sustenta en la esperanza de un mundo mejor, lo que le determinaba a actuar aunque la empresa pudiera estar abocada a la derrota. Lo importante era plantar cara a la infamia, denunciarla, hacerla pública. Porque más que la injusticia, duele la sumisa aceptación de que las cosas son así y no se pueden cambiar. La desesperanza -de la que hablara Bertolt Brecht en sus versos de exilio A los hombres futuros- surge por la constatación de la falta de rebelión o de respuesta ante la injusticia. Lo recordaba hoy Santiago Sierra comentando la retirada de su obra de la feria de arte: peor que lo que ha pasado es lo que no ha pasado, es decir el silencio de galeristas y creadores. Frente a la servidumbre voluntaria que se impone como conducta políticamente debida, Javier reaccionaba ante toda forma de injusticia que detectara. Ni callaba ni otorgaba, sin reparar en evaluaciones utilitaristas y sin temer al fracaso. Solo por ello –aunque sabemos que hay mucho mas en su haber-, por estos gestos de hombre justo, su vida ha tenido sentido y es para nosotros un testimonio.


miércoles, 21 de febrero de 2018

EL PP CONTRA LA IGUALDAD SALARIAL ENTRE HOMBRES Y MUJERES


Ayer se debatía en el pleno del Congreso la toma en consideración de la proposición de Ley del Grupo Confederal de Unidos Podemos / En Comú Podem / En Marea sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres a la que en este blog se ha hecho referencia ( y que puede encontrarse en este enlace Según Baylos / Brecha salarial y ahora también en el digital Nueva Tribuna en este otro enlace Nueva Tribuna / Igualdad salarial  ).

Se trata de una iniciativa legislativa de indudable valor que afecta a un tema especialmente candente en estos días, en donde está convocada una huelga general parcial el 8 de marzo como punto de inflexión en el tratamiento de la discriminación de la mujer, y que asoma críticamente en todos los estudios que se están efectuando sobre la configuración de nuestro “mercado de trabajo”, la diferente jerarquización salarial en él presente y en definitiva la depreciación del trabajo de la mujer de igual valor que el del hombre trabajador en un contexto generalizado de devaluación salarial tras la crisis. La discusión en sede parlamentaria de un proyecto normativo que plantea de manera muy concreta la reforma del marco institucional vigente para condicionar positivamente la igualdad retributiva entre mujeres y hombres, constituía una oportunidad política para debatir sobre este tema, la conocida brecha salarial y sus causas, así como para que la opinión pública pudiera comprobar el compromiso que con el principio de igualdad tienen  las distintas fuerzas políticas representadas en el Congreso, y en su caso, el grado de aceptación que esta iniciativa suscitaba.

El espectáculo que se pudo comprobar en el pleno del congreso de ayer fue extremadamente preocupante. En efecto, ni un solo miembro del gobierno estuvo presente en él, denotando un absoluto desprecio por esta propuesta de ley y el contenido de la misma. Se justificó luego la ausencia sobre la base de que algunos de los ministros tenían una sesión de preguntas en el senado, pero a nadie se le escapa el significado simbólico de la ausencia de cualquier miembro del gobierno de un debate de estas características, abandono de su responsabilidad que se conecta con las declaraciones del presidente Rajoy cuando respondió con un “no nos metamos en esto” a una pregunta precisamente sobre la discriminación salarial entre mujeres y hombres. El gobierno subestima altaneramente las iniciativas del Grupo Unidos Podemos, pero ignora a su vez que éstas se corresponden con las necesidades de la mayoría de la población y, en el caso concreto de la igualdad retributiva, con el compromiso de los poderes públicos al que les obliga el art. 9.2 de nuestra Constitución para que la igualdad sea real y efectiva. Pero el gobierno rechaza las formas democráticas de respeto al Parlamento y no se siente vinculado por la Constitución salvo en las partes de ésta que entiende le son propicias.

Este impulso constitucional es el que hizo que ayer en la cámara todos los grupos parlamentarios presentes hicieran pública su posición favorable a la toma en consideración de esta proposición de ley. Lo hizo el PSOE, que hoy mismo presentará otra proposición de ley sobre el mismo tema y que es en buena medida coincidente con las medidas presentes en la de Unidos Podemos como ha señalado la prensa digital en este enlace Coincidencias entre propuestas legislativas de igualdad retributiva, porque como señaló su portavoz, marcando un poco el tono general de las intervenciones de los distintos grupos, el tema de la igualdad es un tema central para la democracia y hay que estar a favor de cualquier iniciativa que la respalde y fortifique. También lo hizo Ciudadanos, siempre sobre la base de que se trata de un problema que debe enfocarse desde todos los ángulos posibles, así como los nacionalistas vascos del PNV, la portavoz de igualdad de ERC, los portavoces de Compromis, de PDeCat, y  de EH Bildu, e incluso el representante de Foro Asturias. Para todo este abanico de fuerzas políticas, la situación es “calamitosa” y hay que remediarla, y esta iniciativa va en la buena dirección y debe ser aprobada.

Sin embargo el Partido Popular votó en contra de tomar en consideración esta proposición de ley. Este es un hecho que han subrayado todas las informaciones aparecidas sobre el particular en los diarios digitales – Eldiario.es, Público, Infolibre – aunque no así en otras cabeceras más oficiales, como la de El Pais, que titula asépticamente que “El congreso apoya impulsar una ley contra la brecha salarial”, si bien añade a continuación que “el PP considera que ya trabaja en esa iniciativa de Unidos Podemos”, siempre sin mencionar que este partido ha votado en contra de esta proposición de ley. Siempre ocultado el voto en contra del PP, el ABC señalará que “El Congreso pondrá en marcha esta tarde la ley de Podemos para la igualdad retributiva”, y El Mundo indicará que “El Congreso da el primer paso para eliminar la brecha salarial de las mujeres”. Una lección de cómo presentar un debate político manipulando su contenido.

El PP no ha apoyado la toma en consideración de la propuesta legislativa sobre la base de consideraciones irrisorias sobre la extensión del machismo en la sociedad  - que a juicio de su portavoz, también se extiende por el grupo de Unidos Podemos – y sobre la base de que es muy difícil y complicado acabar con esta “lacra”, aunque el Gobierno está trabajando en esa dirección, lo que debería bastar a todos. Este es el pretexto, mas que el texto del discurso, pero lo que realmente comunica el mismo es la oposición a unas medidas que pretenden impulsar la igualdad salarial entre mujeres y hombres. Una oposición cuya causa se encuentra desde luego en la consideración de la relación salarial como una relación sometida estrictamente al mercado y por tanto donde los diferenciales retributivos derivados del tiempo parcial o del trabajo precario, o de los diferentes complementos salariales percibidos por mujeres y hombres,  por señalar los más relevantes, son funcionales al desarrollo económico desigual que se presenta como la salida practicable de la crisis.

Es importante constatar que en este debate parlamentario, el PP se ha opuesto a una propuesta legislativa que combate de forma intensa la brecha salarial, en un texto que está seria y profundamente razonado y desarrollado, y que la razón de su negativa a suscribirlo no se basa en la inidoneidad de las medidas propuestas para obtener el resultado declarado, sino en la convicción política del partido gobernante de que en definitiva, la desigualdad salarial forma parte del marco institucional del mercado de trabajo y es por tanto incorrecto querer impedir mediante una norma coactiva lo que no supone sino una ley decisiva de funcionamiento del desarrollo económico de las empresas.


El PP posiblemente elija al final optar por la abstención, para no mostrar públicamente su voto negativo frente a una mayoría abrumadora en el Congreso. Se lo recomiendan sus asesores de imagen, sus constructores de opinión. Pero este embellecimiento de su voto no puede hacer olvidar el dato fundamental que ha mostrado el debate parlamentario de ayer: Un partido, el partido que nos gobierna, que toma partido por la desigualdad. Tomemos nota y no permitamos que esta realidad se difumine en los diferentes relatos que concurren a la formación de la opinión pública actual.

lunes, 19 de febrero de 2018

BRECHA SALARIAL E IGUALDAD SALARIAL: UNA PROPUESTA DE LEY DE EN MAREA/ EN COMU PODEM / UNIDOS PODEMOS



Se aproxima el 22 de febrero que es el día fijado en Europa para recordar que existe un importante diferencial salarial entre mujeres y hombres. En previsión de este día, aparecen cada vez más en la prensa informes y datos que denuncian el hecho y calculan su valor económico, dado que, como es habitual, lo importante parece no ser la discriminación salarial, sino lo que esta cuesta o en lo que se valora. 

Un informe de la UGT defiende que en España, unos siete millones de mujeres ganan de media 6.000 euros menos al año que los hombres, lo que lleva a la conclusión de que “las empresas ganen 42.000 millones más al año” (Público, 42.000 millones de ganancia empresarial ) o, de forma más ajustada, a constatar que “la brecha salarial se reduce ligeramente en la Unión Europea mientras que se estanca en España” ( Infolibre, la brecha salarial se estanca en España  ).

Es importante en este tema perfilar el marco institucional en el que se desarrolla esta evidente discriminación salarial. En España, como se sabe, el ordenamiento jurídico establece un principio de igualdad en el valor del trabajo y en su retribución, pero la brecha salarial persiste. Los datos de los que se dispone van desde el 17,3% en la Encuesta EUROSTAT hasta el 20% en la estadística Mercado de Trabajo y Pensiones en las fuentes tributarias. Otros trabajos académicos suben este porcentaje, y el informe reciente citado de la UGT lo sitúa en un 22,86%. Una tendencia que manifiesta la persistencia de este hecho, agravado sin duda por la devaluación salarial masiva que hemos padecido durante la crisis mediante la aplicación de las políticas de ajuste y de austeridad desde el 2010 en adelante.

Es evidente que la eliminación de la brecha salarial requiere la utilización de medidas muy diversas, como múltiples son los factores que la determinan, y no se limitan al ámbito estrictamente laboral. Pero una norma que acometa de modo global y transversal la igualdad retributiva real y efectiva es sin duda un instrumento muy importante para combatir la llamada brecha salarial.

Este es el objetivo que se ha planteado el Grupo parlamentario Unidos Podemos / En Comú Podem / En Marea, que ha elaborado una Proposición de Ley de Igualdad Retributiva que fue presentada al público en octubre del 2017 y aceptada a trámite en noviembre de ese mismo año  y de la que sin embargo no se ha hablado en las informaciones de estos días. (El texto puede descargarse aquí Proposicion de Ley de Igualdad Retributiva Mujeres y Hombres) Para su elaboración, el Grupo Parlamentario con Yolanda Díaz y Alberto Rodriguez formó una comisión de expertos, presidida por la catedrática de la Universidad de Valencia, Maria Amparo Ballester, que ideó una acción normativa muy bien construida que afecta a una amplia serie de normas laborales, procesales, del empleo público y estadísticas, planteadas con un nivel de precisión técnica y de exhaustividad notable.

La proposición de Ley tiene un contenido “estricta y concretamente dirigido a la identificación, corrección y tutela contra la discriminación retributiva”, en la línea de otras iniciativas legislativas de países como Suecia o como Gran Bretaña, y pretende evitar que un tratamiento más general del tema que aborde otros aspectos de la conciliación de la vida personal, o del reparto del tiempo de trabajo, por ejemplo, diluya el objetivo principal que se persigue. La visibilidad social en la opinión pública del problema es más acentuada si existe una legislación específica sobre el particular. En definitiva, esta proposición de ley enlaza directamente con la obligación de los poderes públicos de garantizar la efectividad del principio de igual retribución por trabajo de igual valor, lo que por otra parte remite al compromiso que señala el art. 9.2 de nuestra Constitución respecto del logro gradual de la igualdad material o sustancial. Es además una obligación establecida por textos internacionales como el Convenio 100 de la OIT y desde luego forma parte de la piedra angular de la normativa europea desde la ya histórica Directiva 75/117 de 10 de febrero de 1975, en una línea desarrollada y reiterada por una larga emanación normativa del derecho de la Unión y promovida y concretada por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, que lo ha configurado, también desde su inicio, en el asunto Defrenne II en 1976 como un principio básico que tiene eficacia directa horizontal entre particulares. En lo que se refiere a la vertiente del ordenamiento constitucional, la proposición de ley se reclama de la Ley de Igualdad (LOIEMH) y de la mejor jurisprudencia del Tribunal constitucional, antes de las vacilaciones y retrocesos que ésta ha sufrido a partir del 2010.

No es ahora el momento de describir los contenidos concretos de esta proposición, que como se ha dicho, afecta a una larga serie de disposiciones laborales, comenzando por el Estatuto de los Trabajadores y la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, además del Estatuto Básico del Empleo Público y otras más. Se recomienda sin embargo su lectura, porque el texto propuesto evidencia la posibilidad material de corregir normativamente una serie de conductas que actualmente propician, directamente, el incremento o el mantenimiento del diferencial salarial mujeres / hombres. La consulta de su cuidada y detallista exposición de motivos, permite comprender fácilmente el alcance y la importancia de este texto. Las soluciones normativas propuestas son además muy interesantes para una posible recepción en la negociación colectiva, como sin duda podrán comprobar los y las sindicalistas que lo consulten.

Pero a su vez la mención de esta proposición de ley plantea otra serie de interrogantes y suscita no pocas perplejidades. Ante todo el aislamiento mediático y político que parece rodear las iniciativas legislativas de los grupos parlamentarios que no sostienen al gobierno, o, por mejor decir, la irrelevancia que en la opinión pública tiene la actividad parlamentaria que, por definición, es la expresión de la voluntad popular. Este cierto silenciamiento mediático de una actividad parlamentaria seria y rigurosa es especialmente puesto en práctica con el grupo parlamentario de Unidos Podemos.

En materia de derechos sociales, es el gobierno el que legisla por la vía de urgencia y además es él quien aplica el art. 134.6 de la Constitución para vetar las iniciativas del congreso que a su juicio suponga aumento de créditos o disminución de ingresos presupuestarios, negando su conformidad para su tramitación. Ya sabemos que más de cuarenta proposiciones de ley han sido vetados sobre esta base en la presente legislatura. El eje del análisis que se efectúa en la opinión pública y vincula la información socialmente relevante es por tanto la potestad normativa del gobierno, su iniciativa legislativa, sin que ni siquiera sea muy comentada el ejercicio continuo de su veto a propuestas de la oposición. Este hecho es muy llamativo, porque reduce la actividad parlamentaria a un espacio opaco incapaz de trasladar a la sociedad las distintas visiones que políticamente se mantienen respecto del marco institucional pretendido o proyectado, de forma que lo único que trasciende es el contraste de opiniones sobre la política del gobierno efectuado en el pleno del Congreso principalmente, en un esquema de preguntas y respuestas en las que el eje de la discusión es siempre la actuación del gobierno, por mucho que ésta resulte severamente censurada por los intervinientes en el debate.

El segundo elemento a destacar es la irrelevancia de la acción parlamentaria de reescritura del tejido normativo, la incapacidad de que estos proyectos alcancen finalmente valor y eficacia jurídica plena en el ordenamiento interno español. La lentitud con la que se desarrolla el procedimiento, la ampliación del plazo de las enmiendas, el estiramiento de los tiempos de elaboración de la norma en el Congreso, a lo que se suma el inútil trámite del Senado que ralentiza aun más el proceso, no sirve para que durante ese dilatado lapso temporal la ciudadanía socialmente responsable conozca y participe en estos proyectos regulativos, sino para asimilar que trabajar en este sentido es un esfuerzo inútil. Lo que en definitiva se quiere transmitir es que el trabajo colectivo empeñado en proponer elementos de regulación alternativos y contrahegemónicos no resulta practicable porque carece de eficacia y de repercusión social.



Este es el daño que la opacidad de la actividad legislativa alternativa a la actual produce al propio sentimiento democrático. Como romper este círculo cerrado es difícil, pero no imposible. La comunicación frecuente y no solo puntual con los sindicatos de este tipo de proyectos, la apertura a la participación de los sectores especialmente interesados y fundamentalmente el acceso a unos medios de opinión pública que asuman valores de participación y de discusión democrática pueden ser elementos que ayuden a superar esa desconexión entre la labor de los representantes de una parte de la ciudadanía que ignora el trabajo que éstos están realizando sobre los temas más decisivos en el momento actual. Como sucede, en efecto, con el de la discriminación salarial entre mujeres y hombres.

martes, 13 de febrero de 2018

TRABAJO POR CUENTA AJENA Y ERA DIGITAL



Es un lugar común comprobar que vivimos en una época de turbulencias y rápidas transformaciones que cuestionan algunas certezas muy establecidas y que plantean retos e interrogantes sobre el futuro del trabajo que ya no es como nos lo representábamos hace tan solo una veintena de años. Estas incertidumbres sobre el futuro suelen centrarse en la presencia, profusamente anunciada, de cambios tecnológicos decisivos en la modificación de las formas de trabajar, que anticipan un trabajo sin garantías, líquido y esencialmente inestable como característica esencial del tiempo futuro.

Se subraya la capacidad de la revolución tecnológica para propulsar la productividad y estimular una nueva ola de crecimiento, de manera que, aunque la recuperación económica está siendo lenta y en ocasiones resulta estacionaria, hay un impulso creciente que la hará despegar de nuevo, y este consiste en el cambio tecnológico profundo que impone fundamentalmente la revolución digital. Este nuevo escenario requiere medidas de transición porque liberará una gran cantidad de trabajo y por tanto procederá a una ingente destrucción de empleo, junto con la exigencia de una transformación decisiva del tipo de empleo regulado, mucho más autónomo, lábil y disponible, para cuya regulación no son idóneos los viejos requerimientos de estabilidad y de un marco de derechos colectivos que procuran un tratamiento homogéneo de las condiciones salariales y de empleo incompatible con el tiempo de la digitalización. Diversificación, autonomía, individualización, son las grandes palabras de orden del futuro del trabajo en esta era digital, que sin embargo convivirán de manera polarizada con una parte de trabajo plenamente descualificado, precario y mal remunerado para el que tampoco sirven las fórmulas de regulación sindical.

Como todo discurso futurista, el del determinismo tecnológico tiene adeptos entusiastas y produce una gran fascinación. Pero en la realidad no se presenta como un elemento que permanezca aislado de los procesos sociales en los que se inserta. El trabajo en plataformas  digitales y el fenómeno de la uberización, el trabajo en red y la descentralización productiva, las nuevas formas de trabajo que se asientan en nuevas formas de consumo y producción, están siendo cada vez más objeto no sólo de la atención de las figuras colectivas que representan al trabajo, sino más específicamente, de aquellos que se dedican al estudio de estas relaciones sociales. En concreto, los juristas del trabajo se han visto directamente atraídos por el análisis de estos fenómenos y su explicación crítica.

Como un fuego que se propaga rápidamente, la digitalización y el trabajo en plataformas, la gig economy, se ha constituido en un tema de moda, al que prácticamente todas las revistas científicas especializadas, nacionales y extranjeras, han prestado su atención, reduplicada ante la existencia de algunos fallos judiciales de referencia ineludible aunque se hayan producido en su comienzo en sistemas jurídicos anglosajones – un tribunal en California, otro en Londres – con un sistema de control test en el marco de la libertad del empresario para proceder al despido sin causa y que posteriormente se han visto acompañados por decisiones mucho más cercanas y coherentes con el sistema jurídico europeo, como la emitida sobre Uber por el Tribunal de Justicia, y, ya entre nosotros, mediante las actas de infracción de la Inspección de Trabajo a Deliveroo o a Globo.

En el próximo número de la Revista de Derecho Social del que se dará cuenta apenas aparezca en  breve, dedica su editorial y el apartado de Debate a esta materia, con dos interesantísimas aportaciones, una de Silvia Borelli, de la Universidad de Ferrara y Juana Serrano de la UCLM, sobre el desarrollo del problema desde las coordenadas de ambos sistemas jurídicos, el italiano y el español, respecto de estas nuevas formas de trabajo, y otro de Eva Garrido, de la Universidad de Cádiz, que reflexiona sobre la existencia de formas de representación colectiva en estos sectores, en un texto escrito que reproduce su intervención en la reciente Jornada organizada por el Gabinete de estudios Juridicos de CCOO y Juezas y Jueces para la Democracia el 8 de febrero pasado en Madrid. Como prueba del interés suscitado, también en ese mismo número se incluye el comentario a la sentencia del Tribunal de justicia sobre Uber que firma Francisco Trillo, que ha sido de los primeros que han analizado la relación entre economía digital y derecho del trabajo. En una buena parte, por otro lado, esta problemática asoma al Debate que la OIT está llevando adelante sobre el futuro del trabajo, que ha dado lugar ya a una publicación muy interesante de un libro coordinado por las profesoras Laura Mora y Mari Luz Rodríguez, ambas de la UCLM, sobre el futuro del trabajo en el marco del debate impulsado por la organización internacional que ha desembocado en un encuentro interuniversitario celebrado en la Universidad Carlos III de Madrid, en Getafe, el viernes 9 de febrero, con la participación de más de 300 personas, que se dividieron en 14 grupos de trabajo, entre ellos, de manera destacada, los relativos a los cambios producidos en la forma de trabajar en el contexto de la era digital. En septiembre de 2018 se realizará un encuentro en Toledo de 70 personas, que han de trasladar el estado del debate sobre los temas planteados en la sede de la UCLM, y culminará con una conferencia final en marzo de 2019 en la que se establezcan las conclusiones del mismo con vistas al centenario de la OIT.

El futuro del trabajo está por escribir a partir precisamente de las luchas de mujeres y hombres por una sociedad mejor e igualitaria en la que el trabajo sea la fuente de la riqueza  en un modelo de crecimiento sostenible que provenga de una transición ecológica pactada y que dote a cada persona de un conjunto de derechos que garanticen su libertad y seguridad en la existencia. Los nuevos paradigmas de explotación del trabajo, las formas de precarización acentuada que establecen una separación tajante entre la actividad y su dirección efectiva respecto de la condición retributiva y la ejecución heterodirigida de las prestaciones en que consiste aquella, tienen que leerse desde la perspectiva de garantizar en estos casos los contenidos esenciales de la noción de trabajo decente y en consecuencia, preservando derechos individuales y colectivos directamente ligados a la condición de ciudadanía que procede del desempeño del trabajo. Lo que también requiere la organización de estos sujetos en su vertiente colectiva, la inclusión de los mismos en el universo de la contratación colectiva y del conflicto, que es el espacio privilegiado para la construcción de posiciones jurídicas equilibradas. Con la modestia del pensamiento del derecho, este es el futuro del trabajo que creemos factible.


jueves, 8 de febrero de 2018

EL ENCUENTRO ANUAL DEL EUROPEAN WORKING GROUP ON LABOUR LAW (EWLL) EN CIUDAD REAL (MARZO 2018).



INTERNACIONAL LABOUR LAW SEMINAR



Developments in dismissal regulation in the last 10 years: the case of Spain

Ciudad Real, 15th of March 2018

10:30 a.m. – 13:30 p.m.




 


PRESENTATIONS:

 

10.30 Nunzia Castelli: Right to work vs. free enterprise


11.00 Vera Pavlou: Fundamental rights and dismissal: the European perspective


11.30 Francisco Trillo: The judicial control of dismissal

12

12.00 OPEN DEBATE

 



Dirección: Nunzia Castelli

Secretaria Académica:
Marialaura Birgillito

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES


 Febrero está lleno de encuentros y trabajos que impiden atender como se debe las páginas de este blog. Pero es también importante dar cuenta de las actividades académicas y profesionales que pudieran ser de interés para nuestros lectores. Muchas de ellas no son conocidas del gran público, puesto que en su mayoría, el trabajo universitario de investigación y de circulación de conocimientos se efectúa al margen de los circuitos ordinarios de transmisión de informaciones, incluso en círculos especialmente interesados, como pueden ser los sindicales o profesionales. Por eso en esta ocasión se trae a este blog la iniciativa conocida como la reunión anual de un grupo de estudiosos europeos, el Grupo Europeo de Estudio sobre el Derecho del Trabajo, cuya breve historia junto con la convocatoria de su reunión anual en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real, en la UCLM, se comenta a continuación.

El área de Derecho del Trabajo de la UCLM - bajo la responsabilidad de la Profesora Nunzia Castelli - forma parte del European Working Group on Labour Law (EWLL), una red de Profesores especializados en Derecho del Trabajo a nivel nacional, europeo e internacional que incluye, además de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UCLM, a las Facultades de Derecho de las Universidades de Cassino (Italia), Frankfurt Oder (Alemania), Leicester (Reino Unido), Strasbourg (Francia), Utrecht (Holanda) y Poznan (Polonia).

En el marco de sus distintas actividades científicas, el EWLL organiza anualmente un Seminario Internacional de Derecho del Trabajo Comparado en el que profesores y estudiantes de las distintas Universidades que integran el Grupo debaten y ponen en común normativas y prácticas nacionales relativas al tema elegido. Puesto el carácter rotativo del seminario, las Universidades implicadas han de turnarse en la organización del mismo. Así este año (2017), la 18º edición del seminario se ha celebrado en la Universidad Europea Viadrina en Frankurft Oder (Alemania) en las fechas 21-24 de marzo. El tema elegido como objeto de estudio ha sido la interrelación entre el derecho fundamental a la intimidad de los trabajadores y los márgenes de legítimo ejercicio de los poderes empresariales de vigilancia y control de la actividad laboral del personal a su servicio. En representación de España, participaron 4 estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real (Ana María Sanchez Valdepeñas, Luís Miguel Vioque Galiana, María Pareja Sánchez y Víctor Jiménez Fernández) acompañados por las Profesoras del área de Derecho del Trabajo Nunzia Castelli y Marialaura Birgillito.

El desarrollo de trabajo en equipo - con la formación primero de grupos de estudiantes nacionales encargados de redactar y presentar los Informes Nacionales, y luego de grupos compuestos por alumnos procedentes de distintos países encargados de realizar la labor de comparación y redacción y presentación de los Informes Finales -, el carácter comparado del Seminario, así como la necesidad de manejarse en lengua inglesa, hacen del Seminario Internacional de Derecho del Trabajo Comparado EWLL una actividad de especial interés para alumnos y profesores. En el mismo, no solo se desarrollan habilidades, conocimientos, competencias relacionadas con el Derecho del Trabajo, sino que se tiene la oportunidad de compartir inquietudes y reflexiones sobre temas jurídicos de actualidad, además de consolidar el conocimiento y la práctica de otro idioma. Todo ello, en el marco de una experiencia de claro corte internacional que profundiza en el proceso de internacionalización de la educación superior universitaria que, en palabra de la “Estrategia para la internacionalización de las Universidades Españolas (2015-2020) del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se define “como el proceso de integrar una dimensión internacional, inter-cultural y/o global en los objetivos, funciones (enseñanza/aprendizaje, investigación, servicios) y suministro de la educación superior”. El mismo documento se refiere a la misma como “un factor esencial de la reforma para la mejora de la calidad y de la eficiencia de las universidades española” puesto que “favorece la aproximación a la excelencia como elemento que debe inspirar la educación española y para avanzar hacia una sociedad y una economía del conocimiento que propicien un modelo de desarrollo y crecimiento más sólido y estable”. Desde este punto de vista, no cabe duda de que la integración de la UCLM en el Grupo de Universidades participantes contribuye a coadyuvar a esta Institución académica a mejorar la calidad y la variedad de su oferta formativa y a expandir los horizontes del conocimiento.

En cumplimiento de las obligaciones derivadas de la integración en el EWLL y puesto el carácter rotativo de la organización del mismo entre todas las Universidades participantes, la próxima edición del Seminario (Edición n. 19 – 2018) corre a cargo del grupo español. La UCLM ya se hizo cargo de la organización de la edición n. 12 del Seminario que se celebró en Almagro en 2012.

En el marco de este encuentro se efectuará un seminario internacional, cuya lengua de trabajo será el inglés. El núcleo temático sobre el que versará el mismo se refiere al desarrollo de la regulación del despido en los últimos 10 años, con atención especial al caso español. De esta forma, el día 15 de marzo, a partir de las 10,30 de la mañana, tras el saludo de bienvenida del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Juan José Rubio Guerrero, intervendrá en primer lugar Nunzia Castelli para enmarcar este desarrollo legislativo en un enfoque constitucional que confronta el derecho al trabajo con la libertad de empresa, seguida de Vera Pavlou, investigadora en la Universidad Goethe de Frankfurt, que expondrá el marco europeo de regulación de los derechos fundamentales respecto del despido, y finalmente Francisco Trillo examinará los problemas derivados del control judicial del despido. A partir de estas intervenciones, se abrirá un debate libre entre los asistentes en donde se pueda ejercitar el análisis comparado con otros modelos regulativos del despido en los países presentes en el seminario y en donde se presenten asimismo las opciones de política del derecho que responden a la problemática planteada con propuestas de revisión del modelo regulativo actual.

De las actividades del seminario se efectuará un informe ejecutivo y los asistentes al mismo podrán disponer del texto de las intervenciones programadas.