El lector español de este blog está familiarizado con el
debate que se ha planteado en nuestro país a partir de la moción de censura
contra el gobierno de Mariano Rajoy y la correspondiente investidura de Pedro Sanchez y la formación de su
gobierno, sobre la subsistencia o no de la normativa emanada especialmente en
el 2012 que introdujo incisivas reformas estructurales en materia de relaciones
laborales que fueron contestadas y criticadas por los sindicatos y en general
por los expertos universitarios y profesionales en Derecho laboral. Aquellas reformas,
desde las primeras del 2010 hasta las más amplias del 2012 y del 2013, se
realizaron sobre la base de la aceptación por parte del gobierno español de las
llamadas políticas de austeridad directamente relacionadas con la gobernanza
económica europea que se pone en pie ante la crisis del euro en el 2010.
Estas políticas de austeridad incidieron, de una forma bastante homogénea,
sobre los ordenamientos jurídicos y constitucionales de los países del sur de
Europa. El marco normativo que produjeron estas políticas funcionó como un
verdadero estado de excepción no declarado, que removió las bases del derecho
al trabajo y de los principios de autonomía colectiva y de acción sindical
reconocidos en las constituciones nacional-estatales de estos países, desde
Grecia hasta Portugal, y que se impuso incluso contra la voluntad de los
pueblos, como sucedió con el referéndum griego. La obsesión por la estabilidad
financiera como fórmula habilitante del crecimiento de la acumulación por
desposesión en la crisis, el incremento exponencial de la desigualdad y la
seria devaluación salarial que estas políticas engendraron, son elementos que
sin embargo se quieren dar por amortizados políticamente, en un intento de
considerar que este “culto europeo a la gobernanza” del que habla “Bifo” Berardi debe mantenerse
inalterado, como si los vaivenes democráticos no fueran sino un elemento
accidental que no puede impedir la preservación del nuevo marco regulatorio que
sustituye el “tiempo de los derechos” por un espacio discursivo y ritual que
los niega y los sustituye en un amplio proceso de remarcantilizacion del
trabajo y de descolectivización de la organización, preferentemente sindical,
del mismo. Sin embargo, se pueden detectar algunas tímidas tendencias a la
inversión de esta situación.
Es evidente que las políticas de austeridad han generado un fuerte proceso
de deslegitimación política que ha conducido entre otras cosas a la
debilitación de la posibilidad de una Europa social y democrática que
paradójicamente es la única solución política de la crisis del capitalismo
financiero global que padecemos a partir de 2008 y que se extendió con fuerza
en Europa a partir de 2009. En sucesivos momentos electorales, sin embargo, se
han ido modificando las correlaciones de fuerzas políticas que estaban vigentes
en el inicio de la crisis y por tanto han ido accediendo al gobierno de los
estados europeos del sur formaciones políticas que no se corresponden con la
tendencia – el trend – de las
reformas estructurales de la austeridad, y que en su diseño de proyecto político
han incorporado la necesidad de alterar el marco regulatorio que ha dado lugar
a las reformas laborales del 2010-2013. Aunque se menciona en primer lugar el
caso portugués, también camina en esta línea Italia, porque las elecciones del
2018 implicaron la victoria de los planteamientos del Movimiento 5 Estrellas
(M5S) que eran muy críticos con la Job
Act que había promulgado el gobierno
Renzi, del PD, y que le había
enfrentado con la parte más relevante del movimiento sindical italiano, la
CGIL, que llegó a formular la petición de tres referéndums derogatorios sobre
aspectos centrales de esta legislación, que, por una serie de razones – a las
que se puede acudir en este mismo blog, en Referendum y reforma laboral en Italia y La CGIL y la batalla por el referéndum– no llegó a celebrarse. La victoria
arrolladora del M5S en el centro y sur de Italia llevaba consigo el rechazo a
la posición de un centro izquierda como el Partido Democrático que había
interiorizado los mecanismos de degradación de derechos laborales y sociales de
los trabajadores entendidos como un conjunto variable de costes económicos que
funciona en relación con las capacidades del mercado para asumir empleos cada
vez más precarios y menos remunerados, pero también como rechazo de un tipo de
política según la cual, ante los mecanismos de poder de la economía y las instituciones
financieras, la democracia es un puro ritual de aceptación de consensos casi
automáticos. Se puede decir que los electores italianos rompieron el
bipartidismo expresado en torno al PD de una parte y Forza Italia con
Berlusconi, de otra, apoyando dos formaciones supuestamente anti sistema - la Lega y el M5S - que tenían un ingreso
forzado en el cuadro institucional italiano.
El gobierno resultante, ante la negativa por parte del grupo dirigente del
Partido Democrático a intentar, como querían algunos de las voces más lúcidas
de entre ellos, una alianza con el M5S que apoyara un gobierno de centro
izquierda en el país, ha realizado una composición de fuerzas verdaderamente
extravagante, en la que lamentablemente el Movimiento 5 Stelle se ha visto hegemonizado
tanto en el espacio político como en la opinión pública, por Salvini y los componentes más
fuertemente chovinistas y racistas de la Lega
en lo que se muestra como decisiones colectivas del gobierno de Italia. Sin
embargo, Di Maio, viceprimer ministro y ministro de trabajo (en la foto de portada) ha intentado
conservar un espacio propio en materia de relaciones laborales que recogiera al
menos formalmente algunas de las reivindicaciones esgrimidas en campaña contra
la Job Act renziana y las políticas
de austeridad europeas. El resultado ha sido la emanación de un Decreto-Ley de
reforma de la legislación laboral, que posteriormente ha sido convertido en Ley
por el Parlamento italiano. Se trata del “Decreto Dignidad”, un nombre pomposo
que deriva del título de la norma, decreto ley de medidas urgentes para la
dignidad de los trabajadores y de las empresas, D.L. n. 87 del 12 julio 2018,
hoy Ley 96/2018 de conversión de dicha norma.
El Decreto Ley (y luego la norma legal) no cumple con una de las
aspiraciones centrales del sindicalismo de la CGIL, la vuelta a la readmisión
forzosa obligatoria como consecuencia del despido ilegítimo que señalaba el
art. 18 del Statuto dei Lavoratori,
pero si amplía el quantum indemnizatorio
por los despidos improcedentes y restringe a dos años máximo las fórmulas de
contratación temporal que la norma precedente había prácticamente liberalizado.
Es un texto legal más favorable a los derechos laborales, en la medida en que
recompone mínimamente algunos de los elementos más graves de degeneración
regulativa para estos colectivos, aunque también recupera la figura muy
negativa del voucher, que había sido
denunciado como fuente de innumerables fraudes de ley en la medida en que
vehiculaba la incorporación de trabajos intermitentes y precarios sin los
costes sociales que se requieren para la mano de obra regular y constante,
aunque lo limita a ciertos trabajos, y por otra parte, exonera de las cautelas
legales sobre la contratación temporal a los contratos educativos formativos,
especialmente en la universidad. Ambos elementos, que ha incluido la norma de
ley al ser aprobada finalmente en la cámara, generarán seguramente amplios
contenciosos por resultar contrarios a decisiones del Tribunal Constitucional y
en general a la arquitectura jurídica que el ordenamiento constitucional italiano
debe mantener.
En todo caso, y aún pendiente de un examen más pormenorizado de la norma,
que seguramente efectuarán nuestros queridos amigos y colegas Giovanni Orlandini y Giovanni Calvellini, a través de la
revista Diritto e Lavoro en la que
han efectuado un interesante examen del Decreto Ley, pronto completado con el
análisis de la norma legal, (que puede consultarse en Boletin numero 5 2018 Diritto e Lavoro)
es interesante anotar que en Italia se
está re -escribiendo, de manera limitada, la regulación normativa de las relaciones de
trabajo que proviene de las políticas de austeridad, en un grado y nivel claramente
insuficiente que no permite hablar de un estadio de recuperación de derechos,
pero que marca una tendencia que, pese a la infinita sobrecarga del mercado de
la atención del público a partir de los medios de comunicación, no ha sido
señalada ni valorada por los mismos, pese a que se trata sin duda de un dato importante
para integrar en el análisis y valoración de las políticas racistas y xenófobas
frente a la inmigración que exhibe el primer ministro italiano y que, estas sí,
son abundantemente comentadas en la programación de la opinión pública
efectuada por los medios de comunicación al uso.
Esta tendencia a la revisión de las reformas estructurales en materia
laboral se encuentra asimismo en el caso portugués, también con las limitaciones
y cortapisas que la reconsideración de las políticas de la austeridad está
encontrando incluso ante el cambio de dirección política. En Portugal, en
efecto, la coalición de izquierda que sostiene al Partido Socialista y a Antonio Costa, ha encontrado su más
importante disenso justamente al intentar concretar el diseño de las normas
laborales. En efecto, el proyecto de ley presentado al Parlamento por el
gobierno ha recibido el apoyo entusiasta de la confederación empresarial
portuguesa y se aparta de lo acordado en las negociaciones con el PCP y el Bloco
de Esquerdas, que naturalmente se han opuesto al mismo, aunque resultó aprobado
con los votos del Partido Socialista y del Partido Social Demócrata - realmente el centro derecha – que con este
apoyo propone además la constitución de una alianza que sustituya la del bloque
progresista hasta ahora vigente. El proyecto del gobierno socialista, que éste
defiende como un “cambio de paradigma”, limita a dos años los contratos
temporales con un mínimo de 180 días, pero no corrige el cálculo para la
indemnización por despido, que era una medida clave en la reforma ordenada por
las políticas de austeridad en el rescate diseñado por la troika. El desarrollo
completo de la propuesta socialista y la defendida por sus socios de izquierda
se encuentra explicado de manera exhaustiva en esta página : Modificaciones de la ley laboral propuestas en la asamblea de la República Como
ha señalado Boaventura dos Santos,
este importante desencuentro – del que tampoco se han hecho eco los medios de
comunicación españoles – no impide que PCP y BE sigan en esa coalición “porque
entienden que, a pesar de todo, lo esencial de los objetivos de la coalición se
está manteniendo”, pero al margen de cómo se pueda gestionar por las izquierdas
portuguesas este tema ante las próximas elecciones, y con independencia del
resultado final que pueda adoptar el texto legislativo en concreto, puesto que
todavía se encuentra en trámite de consultas y de debate y por tanto es
previsible que la CGTP – In emprenda en el otoño movilizaciones al respecto, lo que es significativo es comprobar las
limitaciones que encuentra una estrategia de recuperación de los derechos pese
a la recuperación económica de la crisis.
Tendencia por tanto a reconsiderar los términos de las reformas laborales,
pero dificultades para reformular un marco normativo que implique una nueva
referencia a derechos individuales y colectivos de las y los trabajadores que
refuercen la acción colectiva y las garantías del derecho al trabajo. En
España, como sabemos, la situación está pendiente de un lado de la negociación
tripartita, por otro del desarrollo del AENC y, finalmente, de la propia
capacidad de los grupos políticos que forman el apoyo del gobierno socialista
de considerar algunos aspectos de la re-regulación de las relaciones laborales
un elemento central de las políticas posibles y realizables.
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