Nos lo
habían dicho, pero al final hasta la comparecencia de hoy a las diez de la
mañana, no ha sido oficial: el día de las elecciones generales será el 28 de
abril, a la vuelta de las vacaciones de Semana Santa. Una fecha que coincide
con el día internacional de la salud laboral y antecede al “puente” del 1 de
mayo. Atrás quedan las declaraciones del presidente Sánchez en las que enfáticamente aseguraba que llegaría en todo
caso al 2020 y que “si fracasan los Presupuestos, gobernaré con Decretos” (PedroSanchez gobernará aunque no le aprueben los presupuestos).
Poco dura la alegría en la casa del pobre, como diría mi inolvidable tía Viti.
Dejando de lado las consabidas
explicaciones sobre la necesidad de recomponer el tablero político, la
inamovible cuestión catalana que sabemos reconducida al peor de los escenarios
posibles, y otras zarandajas mediáticas, lo que de verdad importa es comprobar
en qué medida sirvió a los intereses ciudadanos estos ocho meses de gobierno
del PSOE tras la moción de censura al gobierno del PP de Mariano Rajoy y más en concreto los efectos de esta etapa de
gobierno sobre la cuestión social, que
es, pese a que los grandes medios conspiran para ocultarla y hacerla invisible,
la cuestión principal en este país tras los seis años de aplicación de las
políticas de austeridad por los gobiernos del PP.
En los periódicos digitales más
interesantes se enumeran algunas de las carencias o por mejor decir las medidas
que la convocatoria de elecciones no podrá llevar a cabo. Lo que en esta
entrada se quiere poner de relieve por el contrario es lo que el gobierno ha
hecho hasta ahora en políticas sociales, cuáles han sido sus referencias para
ello, el alcance de las reformas efectuadas y finalmente el significado de los
temas que han quedado pendientes.
Conviene recordar brevemente, en
efecto, que antes de la moción de censura que desalojó felizmente al nefasto
gobierno del PP de Mariano Rajoy, el
PSOE mantuvo una escasa actividad legislativa, y además fue paralizada por el
gobierno del PP sobre la base del art. 134.6 CE según el cual el Gobierno puede
negar su conformidad a una proposición de ley si ésta supone “aumento de los
créditos o disminución de los ingresos presupuestarios”. En efecto, una
proposición de ley del Grupo socialista para la modificación de la
subcontratación de servicios laboral (art. 42 ET) fue vetada por el gobierno y
el Tribunal constitucional en STC 44/2018, de 26 de abril, entendió que este
veto es inconstitucional porque debe justificarse mínimamente. La proposición
de Ley se tramitó a partir de ahí y es ese testo al que el gobierno confiaba la
introducción de importantes modificaciones de la norma laboral en materia de
registro de jornada y negociación colectiva, como luego se verá.
En ese período previo, la mayor
actividad legislativa de reforma corresponde al Grupo Parlamentario de Unidos
Podemos – En Comú Podem. En Marea, con
una larga serie de proposiciones de ley de entre las cuales solo se ha tramitado
hasta el momento la proposición de ley sobre igualdad salarial y eliminación de
la brecha de género, pero donde hay un dilatdo elenco de temas bien desarrollados
que dan cuenta de un proyecto de regulación de las relaciones laborales que
desmonta los elementos centrales de la reforma laboral del 2012 y desarrolla
aspectos importantes de un programa progresista de derechos laborales. El
aislamiento institucional en el que paradójicamente se mueven estas iniciativas
- ¿no es el Parlamento el espacio en el que se producen los grandes debates que
interesan a la opinión pública? - impiden que sean conocidas por la ciudadanía
en general y ni siquiera por una buena parte de los que serían sus
protagonistas, las y los trabajadores del Estado español.
A partir del 2 de junio de 2018, se
entra en una fase caracterizada por una serie de declaraciones y acuerdos que
no necesariamente van a tener una traducción normativa, pese a la trascendencia
de alguna de estas decisiones. En
efecto, se entra en un período de declaraciones a cargo de diferentes miembros
del gobierno que en muchas ocasiones se desmienten unos a otros sobre los propósitos
de reformas incoherentes entre sí sobre la reforma laboral y sobre la seguridad
social. Pese a que en la justificación política del nuevo gobierno resultaba un
elemento clave la derogación de la reforma laboral y la reconstrucción de las
garantías precisas para enlazar las
pensiones con el IPC, el resultado concreto de estos compromisos se postergaban
a lo que se decidiera en el diálogo social o en el Pacto de Toledo, en el bien
entendido de que el Gobierno pretendía priorizar la reforma de algunos aspectos
de la reforma del 2012 especialmente en materia de negociación colectiva y la
derogación de la reforma de Seguridad social del 2013.
La firma del IV Acuerdo para el
Empleo y la Negociación Colectiva 2018-2020 (IV AENC) en julio de 2018 entre
CCOO y UGT se una parte y CEOE-CEPYME de otra, contenía dos elementos
fundamentales, el establecimiento de un salario convenio mínimo de 14.000 €
anuales, 1.000 € al mes y un compromiso de diálogo con los interlocutores
sociales y el gobierno para intervenir sobre aspectos concretos de la reforma
laboral del 2012 especialmente en materia de negociación colectiva. Esta última
estipulación permitió al Gobierno incentivar el diálogo social a través de la
apertura de mesas de negociación sobre este particular y por consiguiente
dilatar la resolución de aspectos centrales y perentorios de la reforma
esperando la conclusión de un acuerdo entre los interlocutores sociales que le
garantizarían el acuerdo del Congreso en la convalidación de un Decreto Ley al
respecto. Mientras tanto, la única señal de acción concreta por parte del
gobierno en materia laboral fue la aprobación de un Plan Director para el
Trabajo Digno el 27 de julio 2018 que comprometía la actuación de la Inspección
de Trabajo en el incumplimiento del fraude en la contratación temporal y tiempo
parcial y en la persecución de los supuestos de falsos autónomos, lo que habría
que arrojar buenos resultados en los siguientes meses.
En octubre de 2018 se llega al
trascendental Acuerdo Presupuestario entre el Gobierno y el grupo de Unidos
Podemos- En Comú Podem – En Marea que contiene un importante contenido laboral
y social: tanto el SMI a 900 euros, como la revalorización de pensiones, la
derogación del factor de sostenibilidad, la reforma del contrato de obra y
servicio desligándolo de la duración de la contrata, la eliminación de la
preferencia aplicativa del convenio de empresa y el establecimiento de la ultra
actividad sin límite, el subsidio de mayores de 52 años, la nueva contribución
de los autónomos, la ratificación del convenio 189 de la OIT sobre trabajo
doméstico, la ratificación de la Carta Social Europea modificada, y en general
todo un programa de prestaciones en dependencia, mejoras en el desempleo, junto
con la promesa de configurar un grupo de estudio para la realización de un
nuevo Estatuto de los Trabajadores del siglo XXI. Es mucho más que un acuerdo
sobre los presupuestos, da sentido y fuerza a un programa de gobierno y permite
por tanto pensar en un horizonte de reformas que reviertan durante el tiempo de
la legislatura los elementos más negativos de la reforma laboral del 2012 y las
reformas en materia de Seguridad social del 2013. Con este Acuerdo, la
identidad social del gobierno queda marcada y definida por los objetivos sociales
del mismo, aunque se asistirá posteriormente a continuas tensiones en el seno
del PSOE para achatar o incluso anular el alcance de estos compromisos, que en
unos casos se resolverá positivamente mediante la presión de los votos de
Unidos Podemos y que en otras ocasiones se buscará su solución en el aplazamiento
de la toma de decisiones al respecto.
Por último, la urgencia sindical
por revertir la reforma laboral logró que en diciembre del 2018 se llegara a un
preacuerdo entre Gobierno y CCOO y UGT sobre derogación de la prevalencia del
convenio de empresa sobre el sectorial, reponer la ultra actividad de los
convenios, establecer el registro de jornada, reformar el art 42 ET para que
los trabajadores “secundarios” de la contrata cobren el salario de los trabajadores
de la empresa principal, reestablecer la jubilación forzosa pactada en convenio
y el subsidio de mayores de 52 años. La CEOE-CEPYME se opuso a este acuerdo con
una sobreactuación en la prensa que no sólo buscaba establecer implícitamente
un principio de veto ante cualquier reforma laboral que no contara con su
anuencia, sino que quería bloquear la incorporación de estos temas a una norma
de urgencia como el Decreto-Ley. El gobierno fue sensible a este veto y derivó
la regulación de estos temas a la proposición de ley que se estaba tramitando sobre
modificación del art. 42 ET sobre subcontratación de obras y servicios, donde
iba a incluir las modificaciones del Estatuto de los Trabajadores pactadas bilateralmente
con los sindicatos y sin embargo mediados a través de las enmiendas al texto
tramitado.
Es a finales de año cuando se
produce el único impulso gubernativo a las reformas sociales, mediante una
emanación en cadena de decretos y sobre todo de Decretos –Leyes que luego habrán
de ser convalidados por el Parlamento. De manera muy sintética se pueden
recordar los principales temas de esta intervención: En primer lugar y de
manera destacada, el RD 1462/2018, de 21 de diciembre por el que se fija el
salario mínimo para el año 2019 en 900 euros al mes / 30 € día. En la misma
dirección, el RDL 24/2018, fija un incremento de las retribuciones de los
empleados públicos en un 2,5 %. Se trata sencillamente de recoger el II Acuerdo
para la mejora para el empleo Público firmado con los sindicatos del sector con
el Ministro Montoro que el PP no había puesto en práctica.
Además otros aspectos de relieve:
Nueva jubilación parcial en el RDL 20/2018 para los trabajadores de la
industria manufacturera, coeficiente de temporalidad para incremento cotización
en contratos temporales de corta duración, cotización de becarios y estudiantes
en prácticas a la Seguridad Social, Jubilación forzosa en convenios colectivos,
todo ello en la norma “escoba” RDL 28/2018, que aun contiene otras
prescripciones como la derogación de contratos e incentivos que la reforma del
2012 había previsto como “excepcionalidad social” ante las cifras de desempleo
en la crisis, vinculados a la tasa de desempleo de un 15%, derogación del
Contrato de Apoyo a los Emprendedores (CAE) que había sido impugnado por
inconstitucional al prever un período de prueba de 1 año, del contrato de
primer empleo Joven y de una larga serie de incentivos económicos aparecidos en
el 2012 y 2013.
Además, el RDL 25/2018 prevé ayudas
especiales y prestaciones en la “Transición justa” de la minería del carbón, fruto
de un Acuerdo entre las Federaciones de Industria de CCOO y UGT y la patronal del Carbón, o la compatibilidad
de la pensión de jubilación con los derechos de autor y promesa de modificación
de la relación laboral de carácter especial de los artistas en espectáculos
públicos en el RDL 26/2018. El gobierno a su vez ha iniciado los trámites para
ratificar la Carta Social Europea revisada en 1995, pero no sabemos si también
lo hará con el protocolo de reclamaciones colectivas. No parece tampoco que
cumpla su compromiso de ratificar el Convenio 189 de la OIT.
En materia de Seguridad Social,
aunque lo más importante quedaba para la Ley de Presupuestos, se establece la revalorización
de las pensiones en un 1,6% y un 3% las pensiones mínimas y no contributiva y
la subida de las bases mínima de cotización en el porcentaje de aumento del
salario mínimo, junto con el “destope” leve – un 7% - de las bases máximas de
cotización. También se prevé el incremento del período de percepción de la
prestación por cese de actividad hasta 24 meses (frente a los 12 actuales) para
los Trabajadores Autónomos y aumento del 1,25 % para estos de las bases mínimas
de cotización en la Seguridad Social, y la creación de un “convenio especial
para los afectados por la crisis”, para “recuperar” dos años de cotizaciones a
la Seguridad Social perdidos durante la etapa de la crisis económica, al objeto
de completar lagunas de cotización, mediante la suscripción de este convenio
con la TGSS. Finalmente, mejora en la cuantía de la pensión de viudedad (un
4%).
Este tipo de reformas son sin
embargo muy modestas – salvo la relativa al Salario Mínimo – en relación con
las que deberían haberse aprobado y han quedado pendientes ante la convocatoria
de elecciones. Basta con enunciar las más conocidas para entender su
importancia: Vinculación de las pensiones al IPC y derogación del factor de
sostenibilidad (el eje de la reforma del 2013 en la que tanto el pacto político
como el acuerdo social eran plenamente coincidentes), ampliación del permiso de
paternidad a ocho semanas, y ante todo las reformas urgentes ya señaladas sobre
la desvinculación del contrato de obra y servicio de la duración de la
contrata, la implantación del registro de horas –al que en poco tiempo nos
obligará el TJUE – el establecimiento de un principio de igualdad salarial y de
condiciones de trabajo de los trabajadores subcontratados respecto de los
previsto en el convenio sectorial como mínimo garantizado, la derogación del
principio de preferencia aplicativa del convenio de empresa o la afirmación del
principio de ultra actividad una vez extinguido el convenio colectivo,
elementos todos ellos centrales en el acuerdo tanto con los sindicatos como con
Unidos Podemos que sin embargo ahora decaerá al no poder terminar la tramitación
del texto legislativo en el que se incluían.
La emanación de normas de
urgencia por parte del Gobierno en el período que resta hasta la disolución de
las cámaras y las elecciones no parece que pueda pasar el filtro de una
Diputación Permanente en donde tiene mayoría el PP y Ciudadanos. Por tanto el
grueso de las reformas acordadas quedarán una vez más sin poder aplicarse. Un
rasgo inquietante de la actuación del gobierno del PSOE que no ha sabido – ni tal
vez querido – arbitrar los medios para llevar a la práctica los pactos
establecidos. Un éxito para la CEOE que ha visto confirmada su capacidad de
vetar las reformas laborales que no tengan su consentimiento, y que
posiblemente espera que el resultado de las elecciones le permita seguir
manteniendo el eje ideológico que reivindica respecto de la negociación
colectiva de empresa fundamentalmente. Un horizonte negativo para la negociación
colectiva que tiene que afrontar una irresponsable actitud de algunas
patronales territoriales y de sector que se niegan a aplicar los compromisos
adoptados en el IV AENC en un contexto legislativo inconveniente. Un incumplimiento
evidente de núcleo central de los acuerdos alcanzados en el plano social y político
que posibilita una vez más la no reversibilidad de los aspectos más negativos
de la reforma laboral del 2012 de la que precisamente en estos días se cumplen
siete años de ominosa vigencia.
Posiblemente no es ahora el
momento para insistir en la movilización ya iniciada que actualmente tiene que
cambiar de rumbo ante el anuncio de elecciones generales y la amenaza de que éstas
sean ganadas por la ultraderecha tripartita y neoliberal que se ha manifestado
de forma explícita en la Plaza de Colón el domingo 10 de febrero. Tiempo habrá
para calibrar ésta, teniendo en cuenta además que se cruza en ese tiempo la
importante convocatoria de la huelga feminista del 8 de marzo. Ahora solo queda
recordar qué pese a haber trabajado duramente y haberse empeñado tanto los
sindicatos más representativos y la izquierda parlamentaria en sintonía con los
planteamientos de la ciudadanía social, sus esfuerzos han sido baldíos no sólo
por la connivencia entre las fuerzas de la derecha y las que representan el
independentismo catalán, sino por la incapacidad del gobierno del PSOE en
encontrar las vías apropiadas en el tiempo oportuno para dar satisfacción a los
acuerdos básicos que legitimaban su presencia institucional y daban confianza
en su gestión de gobierno al servicio de los que han sido castigados por las
políticas de austeridad en los últimos seis años.
Juan López Gandía: Esperaba ya desde ayer este magnífico y tan lúcido como siempre artículo de Antonio, un balance de la política laboral de esta segunda parte de la legislatura...Espero que lo lean nuestros colegas laboralistas y de este modo, una vez superado el impacto "inmediato" de la no aprobación de la ley de Presupuestos,,puedan valorarla mejor, de manera justa y ponderada, con argumentos y reflexión crítica.
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