miércoles, 3 de marzo de 2021

UNA MALA NOTICIA: LA DESAPARICIÓN DE LA REVISTA “DERECHO DE RELACIONES LABORALES”

 


El año 2021 se ha iniciado con una mala noticia para quienes nos dedicamos al Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. A principios de enero, llegó a los suscriptores de la revista Derecho de las Relaciones Laborales el número 11 de la misma, monográfico sobre el trabajo a distancia, correspondiente a diciembre del 2020, en cuyas últimas páginas se incluía un escrito, firmado por sus directores, con el título “Muchas gracias y Adiós” en el que anunciaban que, con ese último número, DRL dejaba de publicarse. Las razones alegadas por la Editorial Lefebvre eran de índole económica, para afrontar las consecuencias que la pandemia ha tenido en la distribución y venta de sus publicaciones. Una razón muy endeble, a la vista de la potencia del grupo editorial de referencia, que sigue manteniendo la revista laboralista francesa Revue de Droit du Travail en la que DRL se inspiraba, y que además fue comunicada de forma inesperada por vía telemática, sin ni siquiera dar espacio a la discusión sobre la posibilidad de adoptar otras medidas – periodicidad, transformación de formato al puramente digital, etc – en diálogo con los directores de la revista, que no se ha llegado a producir.

Es una mala noticia porque desde su nacimiento en abril de 2015, DRL se había colocado entre las publicaciones periódicas más interesantes dedicadas al Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Convocados por Lefebvre – El Derecho, representaba una apuesta inteligente de este grupo editorial que concurría con un producto de enorme calidad en el panorama de las revistas iuslaboralistas especializadas con una periodicidad mensual muy exigente, bajo la dirección de Miguel Rodriguez Piñero y Bravo Ferrer, Fernando Valdés Dal-Re y Maria Emilia Casas Baamonde. Se trataba por tanto de una presencia teórica muy potente, articulada por tres profesionales de largo recorrido y enorme impacto en la creación del Derecho laboral español, con un reconocimiento generalizado en el espacio cultural jurídico europeo, y que habían obtenido el máximo reconocimiento institucional: dos expresidentes del Tribunal constitucional y un magistrado en activo de este órgano. Con esta iniciativa, además, venía a darse continuidad a una colaboración permanente de estos juristas en torno a la desaparecida revista Relaciones Laborales, creada por Miguel Rodriguez Piñero y Bravo Ferrer en 1984, y donde colaboraron y luego codirigeron los profesores Valdés y Casas, y cuyas circunstancias de su eliminación editorial fueron recogidas críticamente en su momento por este blog en una entrada a la que se remite, por si alguien quisiera recordar este episodio que supuso un verdadero efecto colateral de la respuesta del poder político y económico a la acción jurídica democrática contra las políticas de la austeridad en materia de relaciones laborales a partir de las reformas del 2012 y su convalidación constitucional. (https://baylos.blogspot.com/2014/12/obituario-de-una-revista-relaciones.html)

El nacimiento de DRL y su propia denominación se planteaba por sus directores como “un cierto homenaje” a Marco Biagi, laboralista y político italiano asesinado por las Nuevas Brigadas Rojas en marzo del 2002, y tenía por objetivo el examen del cambio en la cultura jurídico-laboral que se había ido manifestando desde el nuevo siglo tanto desde la construcción académica como desde la producción legislativa y sobre la creación de reglas por la negociación colectiva y las agencias sociales que sostienen este sistema. De ahí la elección del título, que hacía referencia como elemento central del análisis el sistema de relaciones laborales, insistiendo sin embargo en la importancia – y peculiaridad – de su regulación jurídica. La revista nacía, como se ha dicho, en el 2015, es decir, una vez ya culminada en nuestro país la reconfiguración del sistema jurídico-laboral tras las reformas laborales y de Seguridad social del 2012 y 2013, que habían impuesto directamente un marco institucional que devaluaba derechos laborales y sociales, incidía negativamente en la negociación colectiva, reduciendo su capacidad de regulación autónoma, y despreciaba, desde la seguridad de una mayoría política que caucionaba la restructuración de las reglas colectivas a partir de un reforzamiento del poder unilateral del empresario, la participación sindical en la creación de dicho marco negando cualquier interlocución política  de los sindicatos al respecto. DRL recogía un trabajo crítico con este planteamiento que se había iniciado en la extinta revista Relaciones Laborales y lo quería continuar de manera renovada. Su aparición fue saludada con alborozo por la Revue du Droit du Travail, Lavoro e Diritto, Revista de Derecho Social, Giornale di diritto del Lavoro e delle Relazioni Industriali y Temas Laborales, no en vano todas ellas miembros de la International Association of Labour Law Journals (IALLJ), que la admitiría inmediatamente en este “club” internacional de revistas.

2015 fue también un año especial en el contexto político, porque en las elecciones de diciembre, se produjeron unos resultados electorales que consolidaron por primera vez a nuevas figuras políticas que complicaban la gobernanza del sistema, de manera que el bipartidismo se encontró con severas dificultades para conseguir un gobierno con los apoyos suficientes ante la fragmentación del mapa político en nuestro país. Fue el comienzo de un período muy agitado en el espacio político-electoral, mientras que en el plano social y económico, se produjo paradójicamente la consolidación del marco institucional creado en el 2012. Paradójicamente porque a partir del 2015, esta referencia normativa resultó extremadamente cuestionada en los programas y en los discursos de los partidos políticos – y no ya solo en las estrategias sindicales - , mientras que su aplicación, matizada en ocasiones por una doctrina judicial ambivalente, se desarrollaba y se afianzaba en las relaciones laborales. La anunciada recuperación económica a partir de 2016 partía de una intensa devaluación salarial que se decía había permitido la recuperación del empleo. En 2016 el paro en España cayó en 541.700 personas, quedando la tasa de paro en el 18,63%, según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), y era la tasa más baja desde el tercer trimestre de 2009. El año se cerró con 18.508.100 ocupados y 4.237.800 parados, y la prensa destacaba que desde el 2009 se habían encadenado ocho cierres de año con más de cuatro millones de desempleados. Recuperación económica.

DRL acompañó este período mediante un trabajo exigente, crítico y sostenido en sus once números anuales, a través de un producto que sobresalía por la originalidad en su presentación y en su sistemática, continuando con la tradición de Relaciones Laborales en cuanto a Editoriales extensos y siempre potentes en su formulación y elección del tema, una parte destacada de aportaciones doctrinales, el análisis y la reseña jurisprudencial, dando relieve a la crónica internacional y a documentos y materiales legislativos o de propuestas sugerentes, abriendo un espacio al debate sobre temas o instituciones de actualidad y con una atractiva sección de recensiones críticas de libros. En sus páginas han tenido cabidas discusiones muy decisivas sobre la futura regulación de las relaciones laborales que pudiera sustituir la implantada unilateralmente por el PP, como sucedió con el Informe FIDE, dirigido por Maria Emilia Casas Baamonde y que generó un interesante debate también en sus páginas, así como el examen de los principales fallos y tendencias presentes en el diálogo multinivel entre los tribunales supremo, constitucional y de justicia de la Unión europea, además del examen de la gran mayoría de los temas de interés del Derecho del trabajo y de la Seguridad social. Desde la declaración del estado de alarma, el examen continuado y exhaustivo de la inmensa producción legislativa en materia laboral y social ha constituido el objetivo prioritario de la revista, y algunos de sus números, como el monográfico dedicado al Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social ante la Pandemia de COVID-19, o el último monográfico sobre el trabajo a distancia, son sin duda referencias doctrinales de consulta imprescindible sobre estos temas.

Como señala la nota de adiós, caracterizó a DRL el pluralismo ideológico, académico y profesional de distintos autores y procedencias (de la universidad, de la judicatura, de los despachos jurídicos, de la Administración, de las empresas) “sin adscripciones escolásticas ni a firmas de abogados y con puntos de vista no coincidentes o incluso discrepantes, enriqueciéndola con sus diversas aportaciones”. También su apuesta por lo que en un editorial de agosto y septiembre de 2020 firmado por los tres directores se denominaba “un Derecho del Trabajo renovado”, que huyera de la labor del “anecdotario judicial comentado” y que reflexionara sobre las consecuencias de los procesos de transformación social y económica, los modelos de relaciones laborales y el diálogo cultural entre iuslaboralistas europeos.

La desaparición de la revista es una mala noticia también y quizá de manera muy relevante porque supone el final de una colaboración conjunta y permanente como organizadores de un marco teórico y de discusión que ha enlazado las biografías de los tres directores de DRL - un trio majestueux como les denominó Antoine Lyon-Caen en el número de apertura de la revista – que durante “un largo período”, 36 años, han desarrollado una “labor conjunta de dirección” con repercusión amplísima en el conjunto de la cultura iuslaboralista española, en una trayectoria en la que han sabido hacer crecer e impulsar las líneas fundamentales y señalar las referencias básicas sobre las que se podía construir la reflexión teórica sobre la regulación de las relaciones laborales en nuestro país. No se trata solo, como explican en la nota de despedida de DRL que “durante estos largos años de trabajo en equipo…basados en el respeto mutuo y en la búsqueda de consenso para concordar puntos de vista no siempre coincidentes, logrando en todo caso acuerdos satisfactorios para los tres”, se haya construido entre ellos amistad, admiración y afecto, sino que su capacidad de trabajo y su fuerte personalidad, unida a un impresionante esfuerzo creativo y una productividad teórica constante, han constituido un referente esencial para cualquier estudioso u operador jurídico de esta materia. Y claro está, para quienes hemos tenido el placer de acompañar este recorrido, la amistad, la admiración y el afecto para con ellos son sentimientos ineludibles.

Es una mala noticia por tanto que el mercado editorial haga imposible la continuidad de un espacio que, a través del pensamiento crítico, ha contribuido a profundizar en el conocimiento y en la renovación del Derecho del Trabajo. Los grandes grupos editoriales son insensibles, parece, a este esfuerzo creativo, aunque eso suponga dejar un vacío en el espacio de publicidad científica especializada, y más precisamente, en el campo del pensamiento alternativo y crítico. Desde hace algún tiempo, se están modificando de manera muy significativa las coordenadas que delimitan la confrontación ideológica a la búsqueda de una hegemonía cultural en el seno del Derecho del Trabajo. Desde este otro enfoque, el cierre de DRL se tiene que interpretar como un paso atrás en la organización de las corrientes progresistas de esta materia. Los tres directores en su despedida expresaban su deseo de que el vacío que deja DRL pueda ser cubierto pronto, con nuevas iniciativas, bajo distintas formas, con las aportaciones de estudiosos de distintas tendencias y nuevas generaciones. Ojalá la referencia a las nuevas iniciativas implique la continuidad de esta línea de pensamiento a cargo de su equipo de dirección.

Nadie hablará de nosotras cuando hayamos muerto era el título de un espléndido film negro de Agustín Diaz Yanes, y en efecto ese parece ser el destino de las revistas científicas que desaparecen por obra de las que se denominan exigencias del mercado, puesto que nadie parece dedicar un espacio a glosar esta pérdida. En el caso de Derecho de Relaciones Laborales, por el contrario, la totalidad de las personas que nos dedicamos al Derecho del Trabajo nos veremos obligados a acudir a sus textos y a sus intuiciones y propuestas siempre creativas e interesantes. Por el contrario, su ausencia llamará la atención de los expertos y de los cultivadores del derecho, que se preguntarán cómo fue posible que un grupo editorial potente, sobre la base de una reestructuración económica, haya decidido poner fin abruptamente a una experiencia intelectual tan innovadora, original e intelectualmente productiva. Un nuevo sinsentido del sistema de mercado aplicado al espacio de la creación científica del que nadie hablará porque es de mal tono alzar la voz denunciándolo.

 

 

 


3 comentarios:

  1. Joaquín Aparicio Tovar4 de marzo de 2021, 17:52

    Un sin sentido del mercado (uno más) del que algunos, como ha hecho Antonio Baylos, no dejaran de hablar y denunciar.

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  2. Da Umberto Romagnoli e Gian Guido Balandi, solidarietà a nome di tutto il gruppo di Lavoro e diritto. Quando si spegne una voce critica, a soffrirne di più è non tanto il parlante a cui la parola è tolta quanto piuttosto il movimento culturale che essa contribuiva ad alimentare.
    Il rimpianto di non poterla riascoltare è forte. Resta tuttavia la certezza che il solco tracciato nel corso di decenni non sarà cancellato, perché il club internazionale delle riviste di cui Derecho de las relaciones laborales costituiva parte integrante saprà proseguire un discorso bruscamente interrotto.

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