El año
2021 se ha iniciado con una mala noticia para quienes nos dedicamos al Derecho
del Trabajo y de la Seguridad Social. A principios de enero, llegó a los
suscriptores de la revista Derecho de las Relaciones Laborales el
número 11 de la misma, monográfico sobre el trabajo a distancia,
correspondiente a diciembre del 2020, en cuyas últimas páginas se incluía un
escrito, firmado por sus directores, con el título “Muchas gracias y Adiós” en
el que anunciaban que, con ese último número, DRL dejaba de publicarse. Las
razones alegadas por la Editorial Lefebvre eran de índole económica, para
afrontar las consecuencias que la pandemia ha tenido en la distribución y venta
de sus publicaciones. Una razón muy endeble, a la vista de la potencia del
grupo editorial de referencia, que sigue manteniendo la revista laboralista
francesa Revue de Droit du Travail en la que DRL se inspiraba, y
que además fue comunicada de forma inesperada por vía telemática, sin ni
siquiera dar espacio a la discusión sobre la posibilidad de adoptar otras
medidas – periodicidad, transformación de formato al puramente digital, etc –
en diálogo con los directores de la revista, que no se ha llegado a producir.
Es una mala noticia porque desde
su nacimiento en abril de 2015, DRL se había colocado entre las publicaciones
periódicas más interesantes dedicadas al Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social. Convocados por Lefebvre – El Derecho, representaba una apuesta
inteligente de este grupo editorial que concurría con un producto de enorme
calidad en el panorama de las revistas iuslaboralistas especializadas con una
periodicidad mensual muy exigente, bajo la dirección de Miguel Rodriguez
Piñero y Bravo Ferrer, Fernando Valdés Dal-Re y Maria Emilia Casas Baamonde. Se
trataba por tanto de una presencia teórica muy potente, articulada por tres
profesionales de largo recorrido y enorme impacto en la creación del Derecho
laboral español, con un reconocimiento generalizado en el espacio cultural
jurídico europeo, y que habían obtenido el máximo reconocimiento institucional:
dos expresidentes del Tribunal constitucional y un magistrado en activo de este
órgano. Con esta iniciativa, además, venía a darse continuidad a una
colaboración permanente de estos juristas en torno a la desaparecida revista Relaciones
Laborales, creada por Miguel Rodriguez Piñero y Bravo Ferrer en
1984, y donde colaboraron y luego codirigeron los profesores Valdés y Casas,
y cuyas circunstancias de su eliminación editorial fueron recogidas
críticamente en su momento por este blog en una entrada a la que se remite, por
si alguien quisiera recordar este episodio que supuso un verdadero efecto
colateral de la respuesta del poder político y económico a la acción jurídica
democrática contra las políticas de la austeridad en materia de relaciones
laborales a partir de las reformas del 2012 y su convalidación constitucional. (https://baylos.blogspot.com/2014/12/obituario-de-una-revista-relaciones.html)
El nacimiento de DRL y su propia
denominación se planteaba por sus directores como “un cierto homenaje” a Marco
Biagi, laboralista y político italiano asesinado por las Nuevas Brigadas
Rojas en marzo del 2002, y tenía por objetivo el examen del cambio en la
cultura jurídico-laboral que se había ido manifestando desde el nuevo siglo tanto
desde la construcción académica como desde la producción legislativa y sobre la
creación de reglas por la negociación colectiva y las agencias sociales que sostienen
este sistema. De ahí la elección del título, que hacía referencia como elemento
central del análisis el sistema de relaciones laborales, insistiendo sin
embargo en la importancia – y peculiaridad – de su regulación jurídica. La revista
nacía, como se ha dicho, en el 2015, es decir, una vez ya culminada en nuestro
país la reconfiguración del sistema jurídico-laboral tras las reformas
laborales y de Seguridad social del 2012 y 2013, que habían impuesto directamente
un marco institucional que devaluaba derechos laborales y sociales, incidía
negativamente en la negociación colectiva, reduciendo su capacidad de
regulación autónoma, y despreciaba, desde la seguridad de una mayoría política
que caucionaba la restructuración de las reglas colectivas a partir de un reforzamiento
del poder unilateral del empresario, la participación sindical en la creación
de dicho marco negando cualquier interlocución política de los sindicatos al respecto. DRL recogía un
trabajo crítico con este planteamiento que se había iniciado en la extinta
revista Relaciones Laborales y lo quería continuar de manera
renovada. Su aparición fue saludada con alborozo por la Revue du Droit du
Travail, Lavoro e Diritto, Revista de Derecho Social, Giornale di diritto del
Lavoro e delle Relazioni Industriali y Temas Laborales,
no en vano todas ellas miembros de la International Association of Labour
Law Journals (IALLJ), que la admitiría inmediatamente en este “club” internacional
de revistas.
2015 fue también un año especial en
el contexto político, porque en las elecciones de diciembre, se produjeron unos
resultados electorales que consolidaron por primera vez a nuevas figuras
políticas que complicaban la gobernanza del sistema, de manera que el bipartidismo
se encontró con severas dificultades para conseguir un gobierno con los apoyos
suficientes ante la fragmentación del mapa político en nuestro país. Fue el
comienzo de un período muy agitado en el espacio político-electoral, mientras
que en el plano social y económico, se produjo paradójicamente la consolidación
del marco institucional creado en el 2012. Paradójicamente porque a partir del
2015, esta referencia normativa resultó extremadamente cuestionada en los
programas y en los discursos de los partidos políticos – y no ya solo en las
estrategias sindicales - , mientras que su aplicación, matizada en ocasiones por
una doctrina judicial ambivalente, se desarrollaba y se afianzaba en las relaciones
laborales. La anunciada recuperación económica a partir de 2016 partía de una
intensa devaluación salarial que se decía había permitido la recuperación del
empleo. En 2016 el paro en España cayó en 541.700 personas, quedando la tasa de
paro en el 18,63%, según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), y
era la tasa más baja desde el tercer trimestre de 2009. El año se cerró con
18.508.100 ocupados y 4.237.800 parados, y la prensa destacaba que desde el
2009 se habían encadenado ocho cierres de año con más de cuatro millones de
desempleados. Recuperación económica.
DRL acompañó este período mediante
un trabajo exigente, crítico y sostenido en sus once números anuales, a través
de un producto que sobresalía por la originalidad en su presentación y en su
sistemática, continuando con la tradición de Relaciones Laborales en
cuanto a Editoriales extensos y siempre potentes en su formulación y elección
del tema, una parte destacada de aportaciones doctrinales, el análisis y la
reseña jurisprudencial, dando relieve a la crónica internacional y a documentos
y materiales legislativos o de propuestas sugerentes, abriendo un espacio al debate
sobre temas o instituciones de actualidad y con una atractiva sección de
recensiones críticas de libros. En sus páginas han tenido cabidas discusiones
muy decisivas sobre la futura regulación de las relaciones laborales que
pudiera sustituir la implantada unilateralmente por el PP, como sucedió con el
Informe FIDE, dirigido por Maria Emilia Casas Baamonde y que generó un
interesante debate también en sus páginas, así como el examen de los
principales fallos y tendencias presentes en el diálogo multinivel entre los
tribunales supremo, constitucional y de justicia de la Unión europea, además
del examen de la gran mayoría de los temas de interés del Derecho del trabajo y
de la Seguridad social. Desde la declaración del estado de alarma, el examen
continuado y exhaustivo de la inmensa producción legislativa en materia laboral
y social ha constituido el objetivo prioritario de la revista, y algunos de sus
números, como el monográfico dedicado al Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social ante la Pandemia de COVID-19, o el último monográfico sobre el trabajo a
distancia, son sin duda referencias doctrinales de consulta imprescindible
sobre estos temas.
Como señala la nota de adiós, caracterizó
a DRL el pluralismo ideológico, académico y profesional de distintos autores y
procedencias (de la universidad, de la judicatura, de los despachos jurídicos,
de la Administración, de las empresas) “sin adscripciones escolásticas ni a firmas
de abogados y con puntos de vista no coincidentes o incluso discrepantes, enriqueciéndola
con sus diversas aportaciones”. También su apuesta por lo que en un editorial
de agosto y septiembre de 2020 firmado por los tres directores se denominaba “un
Derecho del Trabajo renovado”, que huyera de la labor del “anecdotario judicial
comentado” y que reflexionara sobre las consecuencias de los procesos de
transformación social y económica, los modelos de relaciones laborales y el
diálogo cultural entre iuslaboralistas europeos.
La desaparición de la revista es
una mala noticia también y quizá de manera muy relevante porque supone el final
de una colaboración conjunta y permanente como organizadores de un marco teórico
y de discusión que ha enlazado las biografías de los tres directores de DRL - un
trio majestueux como les denominó Antoine Lyon-Caen en el número de
apertura de la revista – que durante “un largo período”, 36 años, han
desarrollado una “labor conjunta de dirección” con repercusión amplísima en el
conjunto de la cultura iuslaboralista española, en una trayectoria en la que
han sabido hacer crecer e impulsar las líneas fundamentales y señalar las
referencias básicas sobre las que se podía construir la reflexión teórica sobre
la regulación de las relaciones laborales en nuestro país. No se trata solo,
como explican en la nota de despedida de DRL que “durante estos largos años de
trabajo en equipo…basados en el respeto mutuo y en la búsqueda de consenso para
concordar puntos de vista no siempre coincidentes, logrando en todo caso
acuerdos satisfactorios para los tres”, se haya construido entre ellos amistad,
admiración y afecto, sino que su capacidad de trabajo y su fuerte personalidad,
unida a un impresionante esfuerzo creativo y una productividad teórica
constante, han constituido un referente esencial para cualquier estudioso u
operador jurídico de esta materia. Y claro está, para quienes hemos tenido el
placer de acompañar este recorrido, la amistad, la admiración y el afecto para
con ellos son sentimientos ineludibles.
Es una mala noticia por tanto que
el mercado editorial haga imposible la continuidad de un espacio que, a través
del pensamiento crítico, ha contribuido a profundizar en el conocimiento y en
la renovación del Derecho del Trabajo. Los grandes grupos editoriales son
insensibles, parece, a este esfuerzo creativo, aunque eso suponga dejar un
vacío en el espacio de publicidad científica especializada, y más precisamente,
en el campo del pensamiento alternativo y crítico. Desde hace algún tiempo, se
están modificando de manera muy significativa las coordenadas que delimitan la
confrontación ideológica a la búsqueda de una hegemonía cultural en el seno del
Derecho del Trabajo. Desde este otro enfoque, el cierre de DRL se tiene que
interpretar como un paso atrás en la organización de las corrientes progresistas
de esta materia. Los tres directores en su despedida expresaban su deseo de que
el vacío que deja DRL pueda ser cubierto pronto, con nuevas iniciativas, bajo
distintas formas, con las aportaciones de estudiosos de distintas tendencias y
nuevas generaciones. Ojalá la referencia a las nuevas iniciativas implique la
continuidad de esta línea de pensamiento a cargo de su equipo de dirección.
Nadie hablará de nosotras
cuando hayamos muerto era el título de un espléndido film negro de Agustín
Diaz Yanes, y en efecto ese parece ser el destino de las revistas científicas
que desaparecen por obra de las que se denominan exigencias del mercado, puesto
que nadie parece dedicar un espacio a glosar esta pérdida. En el caso de Derecho
de Relaciones Laborales, por el contrario, la totalidad de las personas
que nos dedicamos al Derecho del Trabajo nos veremos obligados a acudir a sus
textos y a sus intuiciones y propuestas siempre creativas e interesantes. Por
el contrario, su ausencia llamará la atención de los expertos y de los
cultivadores del derecho, que se preguntarán cómo fue posible que un grupo
editorial potente, sobre la base de una reestructuración económica, haya
decidido poner fin abruptamente a una experiencia intelectual tan innovadora,
original e intelectualmente productiva. Un nuevo sinsentido del sistema de
mercado aplicado al espacio de la creación científica del que nadie hablará
porque es de mal tono alzar la voz denunciándolo.
Un sin sentido del mercado (uno más) del que algunos, como ha hecho Antonio Baylos, no dejaran de hablar y denunciar.
ResponderEliminarDa Umberto Romagnoli e Gian Guido Balandi, solidarietà a nome di tutto il gruppo di Lavoro e diritto. Quando si spegne una voce critica, a soffrirne di più è non tanto il parlante a cui la parola è tolta quanto piuttosto il movimento culturale che essa contribuiva ad alimentare.
ResponderEliminarIl rimpianto di non poterla riascoltare è forte. Resta tuttavia la certezza che il solco tracciato nel corso di decenni non sarà cancellato, perché il club internazionale delle riviste di cui Derecho de las relaciones laborales costituiva parte integrante saprà proseguire un discorso bruscamente interrotto.
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barbaravoodootempel@gmail.com
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