La
persecución de los sindicalistas y miembros de los partidos obreros desde el
primer momento de la sublevación militar contra las autoridades democráticas
republicanas no sólo fue una constante durante la larga contienda civil, con las
trágicas consecuencias que conocemos y que aun hoy permanecen vigentes ante la
enorme cantidad de personas desaparecidas y enterradas en fosas comunes sin que
sus familiares puedan conocer su ubicación. El Decreto de 13 de septiembre de
1936 que declaraba ilegales a todos los partidos y agrupaciones sociales que
integraron el Frente Popular decretaba también la incautación de todos sus
bienes, y esta declaración se acompañaba de la represión severa de todas las
personas que formaban parte de estas organizaciones, así como de sus familias en
una gran parte de los casos. Al acabar la guerra con la victoria del bando
faccioso, la política de hostigamiento personal se consolidaba al declarar la
ilegitimidad de las organizaciones de clase, sindicales y políticas, y la
criminalización de sus medios de acción.
Esta perspectiva que negaba la
existencia de un conflicto de clase y que por tanto se empeñaba en la ilegalización
de cualquier forma de organización colectiva del trabajo sería una constante de
la dictadura y de la primera transición, hasta el giro que a la misma se dio tras
los terribles siete días de enero de 1977. La necesaria adaptación del
franquismo a una lógica de mercado abierto, con la instauración de la
negociación colectiva tutelada por el Ministerio de Trabajo, y la creación de
un espacio de representación de los trabajadores diferente al del empresario,
fue aprovechado por el movimiento obrero para crear una de las formas organizativas
más inteligentes a medio camino entre la legalidad y la subversión de la misma,
las comisiones obreras como movimiento de clase, que inmediatamente fueron ilegalizadas
por el Tribunal de Orden Púbico y consiguientemente perseguidas penal,
gubernativa y laboralmente mediante el despido. Quiere decirse que la acción
colectiva tanto en lo que se refiere a la organización de las personas que
trabajaban en torno a un interés colectivo y confrontado al empresario como en
la forma de libertad de expresión, de reunión y manifestación, y desde luego la
huelga y otras manifestaciones del conflicto, fueron perseguidas con saña por los
poderes públicos y en especial por la policía política y los tribunales,
civiles (es un decir) y militares. Y esto hasta la muerte del dictador y la
primera transición con Arias Navarro de presidente de gobierno, es decir,
como una característica fundamental del régimen a lo largo de todas sus
diferentes fases, desde las más ligadas a la retórica claramente fascista de
sus primeras décadas – que simboliza claramente el Ministerio de trabajo de Girón
de Velasco, a partir de 1941 hasta 1957 – hasta el desarrollismo tecnocrático
que consolidó un autoritarismo social de mercado progresivamente deteriorado
por el auge de la conflictividad obrera y la exigencia de un cambio político
democrático que afectaba ya a amplios sectores económicos y sociales del país.
Reparar las consecuencias más negativas
sobre las personas trabajadoras que habían ejercitado sus derechos
fundamentales a organizarse colectivamente y a defender sus intereses fue el
objetivo de la muy importante Ley de Amnistía (Ley 46/1977, de 15 de octubre)
en su versión de amnistía laboral, que se vino a aplicar a más de 60.000
personas que habían perdido su empleo por organizarse como movimiento, realizar
propaganda, reunirse, manifestarse o participar en una huelga. La vertiente
colectiva habría de regularse más tarde, en la Ley 4/1986, de 8 de enero, de
cesión de bienes del Patrimonio Sindical acumulado, de una forma deficiente, diferenciando
entre el patrimonio acumulado y el patrimonio histórico y ligándolo a un
procedimiento de adjudicación en principio relacionado con la mayor
representatividad , luego ampliada por obra de una jurisprudencia
constitucional muy condescendiente.
Sin embargo, otros aspectos no
menos relevantes por su significación política permanecieron inmutables. Uno de
ellos era el de la entrega de condecoraciones y honores derivadas del trabajo a
importantes exponentes públicos de la dictadura, cuya entrega había sido motivada
de manera evidente como una forma de celebración del poder que esta figura acumulaba
en el seno del sistema. Que personajes siniestros con un protagonismo señalado
en el franquismo mantuvieran esos honores repugnaba a cualquier demócrata. Pese
a ello no se tomó ninguna medida, ni siquiera cuando a partir del 2007 se
promulgó la llamada Ley de Memoria Histórica, para revocar estas distinciones.
El tema se debía plantear
claramente con carácter general a partir de la promulgación de la muy
importante Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, cuyo art. 40
establece que “Las administraciones públicas, en el ejercicio de sus
competencias y con arreglo a los correspondientes procedimientos, adoptarán las
medidas oportunas para revisar de oficio o retirar la concesión de
reconocimientos, honores y distinciones anteriores a la entrada en vigor de
esta ley que resulten manifiestamente incompatibles con los valores
democráticos y los derechos y libertades fundamentales, que comporten
exaltación o enaltecimiento de la sublevación militar, la Guerra o la Dictadura
o que hubieran sido concedidas con motivo de haber formado parte del aparato de
represión de la dictadura franquista”, pero esta posibilidad ya había sido
planteada anticipadamente por el Real Decreto 153/2022, de 22 de febrero, por
el que se aprueba el Reglamento de la Medalla y la Placa al Mérito en el
Trabajo, cuyo art.10.1 prevé que la
medalla pueda ser objeto de revocación “cuando quede acreditado que la persona beneficiaria,
antes o después de la concesión, con motivo de haber formado parte del aparato
de represión de la dictadura franquista, hubiera realizado actos u observado
conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los
principios rectores de protección de los derechos humanos”, añadiendo en su
Disposición Transitoria que “las Medallas al Mérito en el Trabajo concedidas
con anterioridad a la entrada en vigor de este reglamento podrán revocarse por
el mismo órgano competente para su concesión, en los supuestos, mediante el
procedimiento y con los efectos previstos en los artículos 10 a 12”.
En aplicación de este proceso, el
Consejo de ministros del 11 de julio de este año ha decidido retirar las
respectivas Medallas al Mérito en el Trabajo concedidas a personas que
participaron activa y destacadamente de la represión tras el Golpe de Estado de
1936, entre ellas la medalla especial laureada a Francisco Franco, cuyo
decreto de concesión, siendo ministro Girón de Velasco decía literalmente
lo siguiente:
Al frente de los trabajadores
que en la guerra dieron su sangre y en la paz dan su esfuerzo, Francisco
Franco, caudillo de la hueste laboral de España, devolvió a la patria el honor
y la dignidad perdidos.
Cuarenta y siete años de
servicios sin reposo, en continuada vela, desde el alba hasta el ocaso,
combatiendo y gobernando, conduciendo a la Nación española desde la oscuridad a
la luz, dictando la Justicia en el trabajo, velando por la pureza de la
Revolución Nacional-Sindicalista forjando el primero y el último eslabón de la
unidad entre los hombres de España, obligan a los trabajadores que siguen sus
banderas a exigir para su Jefe un galardón sin par que corone sus victorias
sociales.
El Ministro de Trabajo recoge
este clamor para constancia solemne de los esclarecidos méritos del primer
trabajador de España y crea por el presente Título la Medalla de Oro Laureada
al Mérito y al Sacrificio en el Trabajo que nadie podrá ostentar en el futuro,
para el Excmo. Sr. CAPITAN GENERAL DON FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE, Generalísimo
de los Ejércitos, Caudillo de España y Jefe Nacional del Movimiento.
Madrid, 18 de julio, Fiesta de
Exaltación del Trabajo, de 1953.
La medalla “nadie la podrá
ostentar en el futuro”, pero a partir de ahora tampoco sus descendiente podrán
vanagloriarse de ello, ante la revocación ineludible de esta infamia. Además
del propio dictador, la revocación afecta a otros importantes exponentes de la
represión franquista de clara orientación antidemocrática: El cardenal Enrique
Pla y Deniel que bendijo la “santa cruzada”, el coronel golpista y luego alcalde eterno de Cádiz León de Carranza,
el teniente general Yagüe, y los ex ministros de trabajo Girón de
Velasco, Jose Luis Arrese, Jesus Romeo Gorría, Pepe Solís, ministro de Sindicatos
y “la sonrisa del régimen”, y el alcalde de Oviedo, coronel y ministro de obras
públicas Fernández Ladreda, todos destacados personajes dirigentes de la
dictadura franquista que sin embargo integraban un “libro de oro” de la medalla
del trabajo que se conservaba como tal en los archivos del Ministerio.
En la situación actual, tanto el
Partido Popular como la ultraderecha post/neo franquista claman por la
derogación de la Ley de Memoria Democrática. Entienden que el derecho a la
verdad que esta norma reconoce a todas las personas que vivimos en España sobre
la existencia de una larga noche de dictadura y de carencia de libertades, es
algo que debe ser negado e imposibilitado, sustituido por un relato en el que el valor de la democracia no tiene sentido ni
político ni ciudadano ni moral. Ese peligro acecha en las elecciones del 23 de
julio.
Que el Ministerio de Trabajo y
Economía Social con Yolanda Díaz a la cabeza haya hecho posible la revocación
de estos honores infames concedidos a relevantes miembros de la dictadura y al
propio dictador, halagado hasta la náusea por un coro de seres serviles ante su
poder e inmisericordes respecto del sufrimiento y la represión de la clase
trabajadora organizada, dice mucho de su real compromiso con la democracia
social y con “el reconocimiento de quienes padecieron persecución o violencia,
por razones políticas, ideológicas, de pensamiento u opinión”, repudiando la
dictadura franquista como dice la Ley de Memoria Democrática y debería defender
cualquier fuerza política que se defina como constitucionalista.
Muchas gracias por tanto al
equipo del Ministerio por acabar con la indignidad de ese “libro de oro” de la
medalla del trabajo y recuperar la dignidad democrática de una distinción que
se basa fundamentalmente en la dignidad del trabajo con derechos.
La decisión del Consejo de Ministros constituye sin duda un hito histórico que avanza hacia una democracia que se libera paso a paso de la dictadura franquista.
ResponderEliminarEnhorabuena al Ministerio de Trabajo de la esperanza.