miércoles, 14 de abril de 2021

REFORMAS PROMETIDAS Y NOVEDADES EN EL SENADO EN LOS 90 AÑOS DE LA II REPÚBLICA


 

Absorbidos como estamos por las vicisitudes de la pandemia, el arranque de la vacunación masiva, y el entretenimiento favorito de los medios de comunicación de situar el centro de sus informaciones en las elecciones de Madrid, presentadas con la pasión de los hooligans británicos abrumadoramente escorados hacia el equipo (presuntamente) ganador, hay muchos elementos importantes de la actualidad que pasan inadvertidos y que tampoco se insertan en el discurso mediático dominante, que es a fin de cuentas el que alimenta la información de la inmensa mayoría de la ciudadanía española. Pero además, hoy es 14 de abril.

Algunos de estos temas han sido subrayados por intervenciones aisladas, como el hecho fundamental del plan de la presidencia de los Estados Unidos de inversión de más de dos billones de dólares, que se suma a las cantidades ya movilizadas hasta el momento, un plan que hace que la Next Generation de la Unión europea sea visto como un esfuerzo raquítico en comparación, a lo que se suma la propuesta de subir el salario mínimo casi al doble de su magnitud actual – de 7,25 a 15 USD la hora – y la propuesta de imponer a nivel global un impuesto de sociedades cuyo mínimo se sitúe en un 20%. Y ello sin dejar de atender al enorme esfuerzo de compra de vacunas y de organización de la vacunación de la población norteamericana que la Administración Biden está llevando a cabo. Sin perjuicio de que este programa de acción norteamericano responda también al incremento del peso que tiene en el interior del Partido Demócrata su ala izquierda, lo que es evidente es que la orientación neoliberal en el tratamiento de la salida de la crisis ha sido sustituida por un fuerte impulso al gasto social, una impresionante inversión en infraestructuras públicas y de empuje de sectores económicos punteros, reformas que potencian el crecimiento salarial y la mejora de las condiciones de trabajo y establecimiento de impuestos a las grandes corporaciones.

Las reformas necesarias para abordar la recuperación post-Covid

Aunque en la UE el esfuerzo ha sido mucho menor, la suspensión del mecanismo de estabilidad y su sustitución por políticas de impulso a los servicios públicos y al gasto social, pone de manifiesto el cambio de perspectiva. Que no sólo puede centrarse en el debate muy importante de la aplicación de los fondos europeos y la colaboración público / privado en su desarrollo, sino que requiere fundamentalmente abordar los escenarios de reforma y modernización en materia de relaciones laborales y de Seguridad Social que conectan con el programa de gobierno y que se han traducido asimismo en compromisos del Estado español frente a la Comisión Europea. En este sentido se manifestaba Unai Sordo, el secretario general de CCOO en una entrada publicada en su blog el 12 de abril, fecha en la que los sindicatos han decidido movilizarse cada mes por la obtención de la subida del salario mínimo, la derogación de las reformas del 2013 de Seguridad Social, y de los aspectos más lesivos de la reforma laboral del 2012 en materia de negociación colectiva y en la dislocación salarial que se produce en los fenómenos de subcontratación, y la remodelación de la contratación laboral y la temporalidad, junto con la permanencia de un mecanismo de regulación temporal de empleo en la línea del que se ha puesto en práctica con los ERTE.

Una línea reformista que cuenta con obstáculos importantes de quienes no entienden que es el momento de modificar profundamente los parámetros de la acción pública desarrollando servicios públicos de calidad y modificando las estructuras productivas empresariales inadecuadas para la recuperación de la actividad económica en el inmediato después de la pandemia. En esa modernización, la consolidación de la negociación colectiva articulada en torno a la figura del convenio sectorial, la ampliación y reconocimiento de nuevos derechos laborales, la reconstrucción de figuras de amortiguamiento social ante los ajustes de empleo y la reorganización de los mecanismos de externalización productiva en términos de equidad, tiene que repercutir además en poner fin a la larga e intensa depreciación salarial sufrida a partir de la reforma del 2012 y a la terrible segmentación desigual que la precariedad ha generado entre el conjunto de los trabajadores, manteniendo en situación vulnerable a los colectivos de mujeres, jóvenes e inmigrantes fundamentalmente. Quieren impedir o rebajar a toda costa estas reformas prometidas y comprometidas la CEOE, en donde pesa mucho la inercia de un asistencialismo público a una actuación económica acostumbrada a competir con bajos salarios, carga fiscal irrisoria y dependencia financiera exorbitante, con episodios frecuentes de especulación, pero también una buena parte de administradores públicos y de miembros de servicios de estudio financieros, económicos y jurídicos, que han incorporado la lógica insolidaria y mercantilizadora de las relaciones de trabajo que se mostró terriblemente negativa en la gestión de la crisis financiera y de la deuda soberana en el período 2010-2014 en los países del sur de Europa y en especial en España. En algunos de estos exponentes, late una suerte de hipóstasis o unión de dos naturalezas, la que hace referencia a su condición de cargo político en el gobierno de la nación, y la que se considera elemento relevante de la leadership informal de la Unión Europea. Una presunción excesiva que no solo genera malas decisiones sino también equivocaciones notables por su presuntuosidad: no todos pueden considerarse parte del star system europeo, y las consignas neoliberales se han puesto en el refrigerador de momento.

Tramitación de la ratificación del Convenio 189 OIT sobre el trabajo doméstico.

Reformas por emprender y concluir, por consiguiente, y nuevos territorios de conflicto y de encuentro a través del diálogo social. Pero no todo se concentra en este espacio. Ayer mismo, en el Senado, la Vicepresidenta tercera y Ministra de Trabajo y Economía Social anunció que se ha comenzado el proceso de ratificación del Convenio 189 de la OIT, sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, un texto internacional que regula el trabajo al servicio del hogar familiar, es decir, un sector estratégico en la inserción del trabajo de cuidados en la lógica de la tutela laboral, que requerirá modificaciones importantes en nuestro ordenamiento interno, en especial la previsión de la protección por desempleo para este colectivo, fundamentalmente feminizado y racializado. Como en tantos otros temas, el derecho emanado durante el período Covid19 inició un  primer tratamiento en positivo de esta materia, al prever, en el RDL 11/2020, un subsidio extraordinario por falta de actividad para quienes hubieran visto extinguido su contrato de trabajo por despido o desistimiento de su empleador, una cuestión que ya fue objeto de atención por este blog https://baylos.blogspot.com/2020/04/nuevas-medidas-dirigidas-trabajadores.html. El anuncio de la ratificación de esta norma internacional se contenía en el programa de gobierno, pero es una reivindicación sindical y del colectivo de las trabajadoras del hogar, que intenta dotar de mayores derechos a este segmento de trabajo vulnerable y precario.

En la intervención ante el Senado, Yolanda Díaz afirmó que con la incorporación al ordenamiento interno español de esta norma internacional, se pretendía erradicar una injusticia histórica que había mantenido en una situación de subalternidad acentuada a las trabajadoras que prestan sus servicios en el ámbito del domicilio privado de otras personas. Hay que tener en cuenta que este es el único sector en el que nuestro sistema prevé el libre desistimiento, es decir el despido sin causa, una conducta directamente contraria al reconocimiento del derecho al trabajo en el art. 35 CE, y en el que, como ya se ha señalado, la pérdida del empleo no lleva consigo la posibilidad de recibir una prestación de desempleo, como el resto de las trabajadoras. La opacidad de esta relación hace que la informalidad de la relación laboral emprendida y, en el caso de formalizar esta, la subcotización por este colectivo sea endémica. Simplemente con una carta de la Inspección de Trabajo ,se ha conocido que han aflorado seis millones de salarios mensuales impagados a las empleadas de hogar. Una noticia muy significativa.

Derogación del art. 315.3 del Código Penal

No deja el Senado de ofrecer novedades positivas. Porque hoy, 14 de abril, se votará en el Pleno del mismo, el proyecto de ley, presentado por el grupo parlamentario socialista en octubre del año pasado, con el apoyo de la mayoría de investidura, por el que se deroga el art. 315.3 del Código Penal, el delito de coacciones laborales, que permitió, con ocasión de las huelgas generales del 2010 y del 2012 contra la reforma laboral, el encausamiento y la persecución de más de 300 sindicalistas por participar en los piquetes de huelga, con enormes peticiones de cárcel para sus integrantes, representantes sindicales de los trabajadores y de las trabajadoras, seleccionados por la policía y el Ministerio Fiscal como una forma de escarmiento público ante la acción colectiva impulsada por las organizaciones de clase frente a las medidas lesivas de los derechos de los trabajadores. Como se señalaba en este mismo blog (https://baylos.blogspot.com/2020/12/sobre-la-criminalizacion-de-los.html), las personas que resultaron encausadas y sometidas a procesos penales por la defensa de los derechos laborales en el marco de una huelga general, que sufrieron la represión policial y penal por haber luchado por mantener un derecho fundamental, tienen en esta derogación una reparación simbólica por parte de la sociedad. Todas ellas hoy deben estar orgullosas de su sacrificio y su compromiso, que han hecho posible que ese mismo tipo penal que sufrieron no se les vaya a aplicar más a las compañeras y compañeros que a partir de ahora formen parte de los piquetes de extensión e información de la huelga.

14 de abril, 90 años

Y todo ello tiene lugar a la vez que celebramos el 90 aniversario de la proclamación de la II República española. Un momento histórico de libertad que se produjo en un contexto internacional plenamente desfavorable para el establecimiento de un sistema democrático y social que luchara contra el caciquismo, la opresión ideológica de la Iglesia católica, y la reacción económica y política de los sectores industriales. En medio del ascenso y del brillo de los regímenes criminales del nazismo y del fascismo, la II República no pudo, como su modelo político, la República de Weimar, sobrevivir a su proyecto civilizatorio. Lo impidió, aunque el revisionismo histórico lleva negándolo desde el primer momento, un golpe de estado de extrema violencia, fundamentalmente dirigido a la eliminación de las organizaciones de los trabajadores y su capacidad de acción y de influencia y al exterminio y represión de los sectores progresistas de la ciencia y de la cultura instalados en la defensa del laicismo y del progreso social. Una rebelión militar contra el orden democrático que sus protagonistas habían jurado defender, que construyó una dictadura alineada con las potencias nazifascistas derrotadas luego de una guerra mundial masacrante, y que pudo sobrevivir tras una década de cruel represión y sometimiento colectivo mediante su transformación en una sociedad de mercado libre dirigida autoritariamente en lo social y con el rechazo permanente del pluralismo político y la libertad sindical, apadrinada por Estados Unidos en su estrategia de la guerra fría.

Pero la II República implica el reconocimiento del trabajo como un elemento esencial de la comunidad política – España es una república de trabajadores de todas clases – y el compromiso del Estado en desarrollar todo un programa de reformas sociales bajo el impulso del Estado: El trabajo, en sus diversas formas, es una obligación social, y gozará de la protección de las leyes. La República asegurará a todo trabajador las condiciones necesarias de una existencia digna, comienza el art. 46 de la Constitución. Y en efecto, en la II República se puede propiamente hablar del comienzo del Derecho del Trabajo moderno, una etapa extraordinariamente fértil en la producción de normas y en el debate cultural y político que las sostiene, en un contexto sindical fuertemente dividido entre concepciones opuestas que contemplaban de manera antitética cuestiones centrales como el papel del Estado, las bases de trabajo y la negociación colectiva, la acción directa, el colectivismo obrero y la gestión de la empresa. Un horizonte de debate que terminará abruptamente por obra de la rebelión sediciosa y de la cooperación de los sectores reaccionarios y fascistas que controlaban el poder económico y el inmenso aparato cultural de la Iglesia Católica, pero que sigue ofreciendo enseñanzas y sugerencias a quienes se adentran en su estudio. Hoy, noventa años después de su proclamación, no solo forma parte de la memoria democrática de la que tan necesitado se halla este país, sino de la cultura jurídica que alimenta el concepto de Estado Social y de Derecho sobre el que se funda nuestra constitución.

1 comentario:

  1. Paco Rodriguez de Lecea14 de abril de 2021, 17:10

    Paco Rodríguez de Lecea
    Magnífico 'compacto' de información, orientación y reivindicación. Para ser leído en voz alta, comentado a coro, compartido y difundido. Recuperación del viejo espíritu republicano en las nuevas medidas planteadas para un tiempo ya muy diferente, y homenaje a lo que fue entonces y a todo lo que pudo haber sido y no fue.

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