martes, 21 de julio de 2026

TRES VOCES DE AMÉRICA LATINA: LA RELEVANCIA POLÍTICA DEL MUNDIAL, LA CRIMINALIZACIÓN DEL ANTIFASCISMO COMO NUEVO MACARTISMO, LA CONTRARREFORMA LABORAL EN EL CHILE DE KAST

 



En este verano intenso en Europa, hay que mirar más que nunca a lo que sucede fuera de nuestras fronteras. En una misma entrada hemos decidido juntar tres voces significativas sobre aspectos relevantes para la civilización democrática. Abrimos con una  breve reflexión de Tarso Genro sobre el significado político de la victoria de la selección española – La Roja – en el mundial de fútbol, para seguir con el comunicado del Grupo de Puebla en el que denuncian la peligrosa deriva autoritaria que se está generando en Estados Unidos con la criminalización del antifascismo como “terrorismo político” y su inmediata exportación a América Latina. Y finalmente, se incorpora un artículo de Lucho Villazón, abogado laboralista chileno y viejo amigo de este blog,  junto a Antonia Morales, socióloga, en donde denuncian la contrarreforma del gobierno Kast en Chile, toda una muestra de lo que las extremas derechas hacen en cuanto llegan al poder, desmontar los avances en materia social, sean éstos pequeños o grandes. Con ello además compensamos la ausencia de entradas durante este mes de julio, en donde deberíamos haber escrito en el blog, como hacían algunos comercios alimentarios en España, el género dentro, por el calor. Vamos a ello.

I

LA COPA DEL MUNDO COMO EVENTO POLÍTICO

Tarso Genro

La copa del mundo se volvió, a partir de los años 70, cada vez más un evento político. Hoy, además, es un evento básicamente mercantil, permeado por la corrupción y manipulaciones arbitrales, para prestigiar a los chicos-mercancía (como Neymar) con sus contratos millonarios. Apoyé a Brasil en todas las Copas en las que participó la selección, incluso durante el régimen militar, sin ningún problema de conciencia, porque la mayoría de nuestros atletas estaba allí con la sangre y el sudor de nuestro pueblo, representando a nuestro país y haciendo que explosiones de alegría recuperaran nuestra autoestima. El domingo 19 de julio apoyé, bufé, insulté, grité, porque allí —en la Copa más politizada y manipulada de la Historia— estaban disputando, de un lado, el psicópata perverso Trump, el idiota y cruel Milei y el genocida Netanyahu y —del otro lado— Pedro Sánchez, García Lorca, Don Quijote de La Mancha y las Brigadas Internacionales en la Guerra Civil. El fútbol violento, desleal y peligroso de Argentina perdió, no fue su pueblo. El pueblo de Argentina ya había perdido cuando eligió a Milei, el bufón almibarado que ofende todos los días la dignidad democrática de América Latina, bajo el permanente acoso imperial-colonial de un agente naranja senil cada vez más enloquecido.

II

EL GRUPO DE PUEBLA RECHAZA EN NUEVO MACARTISMO. CRIMINALIZAR A LA IZQUIERDA NO ES COMBATIR EL TERRORISMO

julio 21, 2026

Las recientes declaraciones formuladas por altas autoridades del Gobierno de los Estados Unidos representan un preocupante retroceso político e intelectual. Al presentar a “la izquierda”, “la extrema izquierda” o “el izquierdismo” como una amenaza global asociada al terrorismo, se instala deliberadamente una lógica de sospecha ideológica que creíamos superada desde los peores años de la Guerra Fría.

No es casualidad que, junto a organizaciones armadas, se evoquen una y otra vez referencias históricas destinadas a construir un relato en el que toda tradición política de izquierda aparezca bajo un mismo manto de violencia. Esa simplificación no busca comprender la historia: busca reescribirla para deslegitimar a millones de ciudadanos, partidos, gobiernos, sindicatos, movimientos sociales e intelectuales que, desde la democracia, han luchado y luchan por la justicia social, la igualdad y los derechos humanos.

La izquierda democrática latinoamericana no necesita recibir certificados de compromiso con la democracia. Ha sido protagonista de la recuperación democrática, de la ampliación de derechos, de la reducción de la pobreza y de la defensa irrestricta de los derechos humanos, incluso frente a dictaduras, persecuciones y golpes de Estado.

Combatir el terrorismo es una obligación de todos los Estados. Pero utilizar esa causa para estigmatizar una identidad política constituye un grave error que solo alimenta la polarización, debilita el pluralismo democrático y reabre una peligrosa lógica de enemigos internos.

América Latina conoce demasiado bien las consecuencias del macartismo, de la doctrina de la seguridad nacional y de las campañas que identificaban cualquier demanda de justicia social con una amenaza terrorista. Esa visión dejó miles de muertos, desaparecidos, presos políticos y exiliados. No aceptaremos que esa narrativa vuelva a instalarse bajo nuevos nombres.

El Grupo de Puebla rechaza categóricamente cualquier intento de criminalizar a la izquierda democrática o de convertir las diferencias ideológicas en categorías de seguridad nacional. Defender la democracia exige combatir toda forma de terrorismo, pero también defender el pluralismo político, el Estado de derecho y el derecho de los pueblos a elegir libremente sus proyectos políticos sin ser estigmatizados.

Frente a quienes pretenden dividir al mundo entre amigos y enemigos ideológicos, reafirmamos nuestra convicción de que la democracia se fortalece con más diálogo, más derechos y más justicia social, nunca con listas negras ni con la criminalización del pensamiento político.

La historia juzga con dureza a quienes confunden la discrepancia con el delito. América Latina no debe volver a recorrer ese camino.

iii

LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, LA GRAN AUSENTE DEL DEBATE LABORAL

Luis Villazon León. Abogado. Antonia Morales Vera. Socióloga. Santiago. 19/7/2026. 

El martes 30 de junio se publicó el Informe de la Mesa de Reactivación Laboral convocada por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, de la que participaron ocho economistas y una abogada, todos con perfiles que explican las conclusiones de la mesa: varias exautoridades y funcionarios de confianza de los gobiernos de Sebastián Piñera y personas vinculadas a centros de pensamiento de derecha, como Libertad y Desarrollo fundado por Hernán Büchi. La participación de las organizaciones de trabajadores y actores del mundo del trabajo fue restringida al envío de propuestas mediante un formulario.

El resultado de la mesa es un insumo técnico político que viene a complementar una agenda de debilitamiento del Estado y retroceso de derechos laborales individuales y colectivos, conformada por la “megarreforma”, una serie de iniciativas legislativas impulsadas por parlamentarios de partidos de derecha, proyectos que amenazan el derecho a huelga como el llamado “registro de vándalos”, y retrocesos consumados por vía administrativa como los dictámenes recientes de la Dirección del Trabajo.

En materia de derechos laborales, el Eje IV del informe de la mesa aborda cinco materias que resultan sensibles para los trabajadores: distribución del tiempo de trabajo, protección del empleo ante shocks, costos de despido e indemnización por años de servicio, polifuncionalidad laboral, y certeza jurídica en la causal de necesidades de la empresa. El hilo conductor de la propuesta es reducir costos laborales y las supuestas rigideces normativas para los empleadores. Las medidas se fundan en lo que el actual gobierno ha llamado “la emergencia laboral”, estableciendo erróneamente y sin evidencia que la principal causa del desempleo son los supuestos costos asociados a derechos laborales.

El componente laboral, “legitimado” mediante esta mesa “técnica”, es el aspecto regresivo que le faltaba al plan general del gobierno. Se trata de una reforma laboral encubierta que propone profundizar la desregulación de las relaciones laborales, debilitando los derechos colectivos, generando retrocesos en derechos conquistados por décadas y en aquellos sumados recientemente. Además, se omite deliberadamente cualquier debate sobre la negociación colectiva y su urgente reforma al actual sistema, como forma democrática de mejora de economía y condiciones de vida.

Ejemplo de ello es cómo se retrocede en la reducción de la jornada laboral a través de una propuesta “técnica” que permite calcular la jornada en promedios anuales que aumentan la jornada por sobre 45 horas semanales llegando incluso hasta 52 horas. El informe plantea que esto es posible en países como Alemania o Países Bajos. Esta afirmación desconoce que en esos países hay negociación colectiva ramal, mecanismo que permite negociar la jornada con los sindicatos y aplicarla según las particularidades de cada sector productivo, evitando la precarización y el abuso laboral.

Cabe recordar que fue el propio gobierno quien, como primera acción al día siguiente de asumir, retiró del Congreso el proyecto de ley sobre negociación ramal, negando el debate democrático sobre este mecanismo establecido en países de la OCDE que se suelen citar de ejemplo.

Un gobierno que en su discurso pone en el centro el orden, la familia y la seguridad como sus grandes paradigmas, no hace más que asestar un golpe profundo a la seguridad de miles de familias, que no solo buscan seguridad contra la delincuencia, sino que también contra el abuso empresarial y la falta de protección laboral tan propia de nuestro ordenamiento jurídico laboral.

Los cambios propuestos en materia laboral significan un profundo retroceso y van en contradicción directa incluso con la reciente encíclica papal “Magnifica Humanitas”, cuyos ejes colisionan con la agenda dogmática del gobierno. La encíclica señala en forma clara que el trabajo debe diseñarse centrado en la persona y no en el rendimiento (productividad). También pone énfasis en el rol de las organizaciones sindicales y sus instrumentos, constituyendo un respaldo explícito al rol de las organizaciones de trabajadores como actores relevantes de representación y, por cierto, a la negociación colectiva como instrumento de disminución de las desigualdades.

En efecto, el papa León XIV se refiere, ante escenarios de mayor pobreza y desigualdad provocados por la sustitución de trabajadores por sistemas automatizados, a la necesaria renovación de las organizaciones sindicales para asumir estos desafíos. Es uno de los respaldos más explícitos del texto a los cuerpos intermedios de representación de los trabajadores frente al cambio tecnológico.

Chile no va a crecer más excluyendo y precarizando a quienes sostienen el país con su trabajo: son los trabajadores quienes conocen de mejor forma los retos y necesidades de los sectores económicos en los que se desenvuelven. La propia evidencia muestra que para enfrentar los cambios en el mundo del trabajo son necesarios actores robustos, sindicatos que jueguen el rol que la propia autoridad eclesiástica resalta. Fortalecer la negociación colectiva es fortalecer la democracia en un amplio sentido: distribuye mejor la riqueza, incorpora a los trabajadores en los debates y decisiones productivas, y nos acerca a que el trabajo sea fuente de dignidad humana.

 


miércoles, 8 de julio de 2026

¿PUEDEN LOS JUECES PROHIBIR UNA HUELGA SIMPLEMENTE A INSTANCIAS DE LA EMPRESA AFECTADA? ALGUNAS CONSIDERACIONES EN UN CONTEXTO DE DESCONFIANZA CIUDADANA ANTE EL SESGO POLITICO DE LAS DECISIONES JUDICIALES

 


Ha causado un gran revuelo una encuesta publicada por el diario El Pais el 6 de julio en la que se concluía que el 65% - casi dos tercios – de las personas preguntadas afirmaban que el lawfare o guerra judicial existía, frente a tan solo un 11% que mantenía su inexistencia, y el 34% de los mismos entendían que en sus decisiones los jueces favorecían a la derecha, frente a un 16% que pensaban que lo hacían a la izquierda. Solo un 23% afirmaba que los jueces son imparciales. Ello ha dado lugar a una serie de intervenciones lamentando la desconfianza de la ciudadanía española frente al poder judicial y su forma de actuar en connivencia con orientaciones políticas expresas, ha generado innumerables afirmaciones de que la mayoría del personal titular de los juzgados y de las salas de los Tribunales hacen bien su labor y son irreprochables, y finalmente ha provocado que las asociaciones judiciales mayoritarias achaquen esta desconfianza a la acción del gobierno y su capacidad de desprestigio de un poder del Estado que le pone coto y le limita en su actuación. En el otro lado del tablero, el gobierno y los partidos que le sostienen recuerdan casos emblemáticos de resistencia judicial a las leyes aprobadas en el Parlamento, la bochornosa y atrabiliaria condena al Fiscal General del Estado, y las causas abiertas contra la mujer y el hermano del presidente del gobierno, con decisiones grotescas y claramente vulneradoras de derechos básicos de la persona.

El caso es que la llamada “judicialización de la política” se ha instalado como el motivo determinante de la información pública que aparece en los medios y como eje del discurso de agresión y de respuesta que las fuerzas políticas mantienen y despliegan en el Parlamento y en la esfera de la comunicación. El lawfare se muestra como un torbellino que engulle las posiciones políticas por el sumidero de un proceso de sospechas y acusaciones, en el que la derecha y la extrema derecha utilizan un lenguaje cada vez más violento y deslegitimador del enemigo. La corrupción, en sus múltiples formas, es el eje del discurso en todo tiempo y lugar, y su extensión y ampliación reforzada por las terminales mediáticas de todo tipo reduce a la opacidad y a la irrelevancia el debate sobre ideas y propuestas diferenciadas que sirven de base a los proyectos políticos que están en juego.

Esta descarnada luche en el que algunos jueces son determinantes – comenzando por un órgano tan relevante – e incontrolable democráticamente – como la Sala Segunda del Tribunal Supremo – pone sobre el tapete la peligrosa fascinación de la derecha y la ultraderecha por apropiarse del espacio judicial como un elemento asertivo de la impugnación del discurso político defendido por las izquierdas y por el gobierno, sobre la base del sesgo favorable a sus postulados que asumirán las decisiones de los tribunales. Pero deja en la sombra otro tipo de fallos de órganos judiciales en los que, sin iniciación inducida del proceso debido a una intención política directa, el resultado es una sentencia en la que el órgano judicial impone medidas que vulneran directamente derechos fundamentales básicos sin que ni siquiera se plantee que su decisión los conculca de manera patente y explícita, es decir, decisiones que evidencian la nula formación jurídica y la ignorancia de los valores constitucionales como elemento “normal” de la actuación judicial.

Viene ello a cuenta de un auto dictado por el juzgado de lo social  de Talavera de la Reina, de 26 de junio de 2026, en el que la magistrada-juez acuerda, como medida cautelar solicitada por la empresa en el marco de un proceso de conflicto colectivo, nada menos que “la SUSPENSIÓN INMEDIATA de la huelga convocada por CCOO para el 29 de junio de 2026”, prohibiendo su inicio o continuación hasta que recaiga sentencia firme en el proceso de conflicto colectivo, imponiendo una caución o fianza a la empresa demandante de 1.000 euros.

¿Cómo es posible que una huelga sea directamente prohibida por una decisión de un órgano judicial? ¿Cuáles son los elementos que han coincidido para eliminar de raíz, por medio de una decisión judicial, un derecho fundamental ejercitado además por un sindicato más representativo en uso de su libertad de acción colectiva?

El relato de los hechos es descorazonador. En una empresa de fabricación de helados, CASTY.S.A., con una alta presencia de trabajadores fijos discontinuos en los meses de verano, CC.OO convoca una huelga de carácter indefinido de una hora de duración por día, en todos los turnos de producción de la empresa, en la que se reivindican mejoras de orden salarial, organizativo y de prevención de riesgos laborales. En la empresa está establecido un comité de empresa de 13 miembros, todos de UGT, sin que CCOO haya obtenido representación en él. La negociación del convenio colectivo se inició en 2024 entre la empresa y el Comité, que desembocó en un preacuerdo que fue rechazado `por la asamblea de trabajadores en junio de 2025, y ante este bloqueo de la negociación se instó un trámite de mediación ante el Jurado arbitral de Castilla La Mancha, mediación que culminó con un compromiso de continuar negociando entre las partes, sin resultado final alguno hasta el día de la convocatoria de huelga. Es en este contexto, sin que por tanto se haya firmado un convenio colectivo entre el comité de empresa y la empresa, en el que CCOO convoca la huelga para forzar mejores condiciones de trabajo, ante la indeterminación del resultado del convenio colectivo todavía en fase de negociación.

La respuesta de la empresa ante esta convocatoria de huelga es la de impulsar una demanda de conflicto colectivo en la que solicita “la declaración de ilegalidad de la huelga y la nulidad de su convocatoria” y, lo que es más importante, ante la inminencia de la misma, la adopción, como medida cautelarísima, inaudita parte, la suspensión inmediata de la convocatoria y de la celebración de la huelga declarada por CCOO.

Los motivos por los que la empresa entiende que la huelga es ilegal no son muy relevantes en este momento, aunque se pueden deducir de los hechos que se han narrado. Para CASTY.S.A., lo que la huelga hace es interferir en un proceso de negociación que es el producto de un acuerdo de mediación del órgano de solución de conflictos y en consecuencia incurre a su juicio en el art. 11 d) del DLRT, a lo que se añade una detallada argumentación sobre los daños que le produce a la empresa el seguimiento de la huelga, aunque esta se limite a una hora tan solo en cada turno, manteniendo por tanto el resto de la jornada de trabajo sin que se paralice por consiguiente la producción. Ambos argumentos son muy endebles, porque la huelga se produce en el marco de un proceso de negociación de un convenio colectivo aun por tanto no cerrado y del que el sindicato no forma parte, por lo que difícilmente puede afectarle el acuerdo de mediación, únicamente efectivo entre las partes comprometidas en el expediente ante la Junta Arbitral. El sindicato de CCOO tiene naturalmente un interés colectivo en participar en este conflicto, y posiblemente también afianzar su presencia futura en términos electorales en la empresa. Por otra parte, la función de la huelga implica necesariamente la alteración de la producción. En este caso la modalidad de la huelga no se incluye entre las tipificadas como abusivas en el art. 7.2 DLRT ni implica una paralización de la producción que desorganice u obstaculice de manera plena la producción de la empresa. Y ello sin contar que siempre cabe que las personas que trabajan en ella no secunden la acción colectiva, dada la composición del órgano de representación en la empresa, y rechacen por tanto participar en la huelga, lo que sin duda reduciría en mucho la eficacia de la misma.

Lo más llamativo es la petición de la medida cautelarísima que se pretende del juzgado sin que se escuche a la parte demandada, y sin que por consiguiente ésta pueda, en un incidente especial, aducir los motivos que justifican su acción y que por tanto permitiría que la huelga convocara siguiera adelante. Es una petición directamente contraria a lo que se regula en los procesos cuyo objeto consiste en la tutela de los derechos fundamentales, en cuyo art. 180.5 LRJS se describe el procedimiento que se debe seguir ante la petición de medidas cautelares, que exige una audiencia preliminar de las partes y el Ministerio Fiscal en el plazo de 48 horas sobre la justificación y proporcionalidad de la medida solicitada, que en este caso era especialmente grave puesto que se trataba de la prohibición del ejercicio del derecho de huelga.

Sin embargo, no es esa la solución que la magistrada juez de Talavera de la Reina, Doña Cristina Peño Muñoz adopta, que acepta de plano los argumentos de la empresa, sobre la base de algunas consideraciones extravagantes. Entiende que la huelga, al no ser convocada por los trabajadores de la empresa en asamblea ni por el comité de empresa, no ha sido correctamente convocada. De esta manera para la magistrada, la convocatoria por un sindicato más representativo con implantación notoria en el sector y en el territorio y en la propia empresa, en la que se celebró una asamblea con más de 300 personas que acordó ir a la huelga, no implica estar en presencia de una medida de acción colectiva directamente conectada con la libertad sindical, sin comprender que la supresión del derecho de huelga convocada por un sindicato más representativo, que además cuenta con una sección sindical en la empresa y una delegada sindical,  implica una vulneración de este derecho tal como reconocen nuestra Constitución, la LOLS y la LRJS, además de la normativa internacional y europea.

Para la magistrada, la identidad entre las reivindicaciones planteadas por la huelga sindical y la pervivencia de una “negociación activa y viva” entre la empresa y el comité – que no había conducido por cierto hasta el momento a ningún resultado – le conduce a la conclusión de que existe la prohibición de convocar huelga ante un acuerdo de mediación del que CCOO no forma parte, convirtiendo por tanto la relación bilateral del acuerdo en un texto vinculante para terceros e impeditivo de la afirmación de la presencia sindical de CCOO en el conflicto abierto. De esta manera, “y sin prejuzgar el fondo”, la magistrada-juez expresa su “juicio provisional favorable” a la existencia de una vulneración de los requisitos legales que rigen la convocatoria de huelga en nuestro ordenamiento “pues se realizó ignorando la suspensión del derecho de huelga durante la tramitación de una mediación previa aún abierta (art. 18.1 del III ASAC-CLM) y careciendo la entidad sindical convocante (CCOO)  de la legitimación material y procedimental suficiente para promover una huelga en el ámbito de CASTY.S.L. al no contar con representación en el comité de empresa ni haber promovido un acuerdo válido de huelga conforme a las exigencia del art. 3 del DLRT”.

La decisión en forma de auto supone por tanto la declaración judicial de la suspensión inmediata del derecho de huelga y su prohibición. Una decisión que vulnera simultáneamente tres preceptos constitucionales. El art. 24 CE al adoptarse sin escuchar al sindicato convocante e impedir por tanto que éste pudiera rebatir los argumentos de la empresa y expresar sus razones, generando de esta manera una plena indefensión al sindicato convocante. El art.28.1 CE al privar al sindicato CCOO, cuya condición de más representativo fortalece su implantación y legitima su capacidad de acción colectiva, al no reconocerle capacidad de intervención en una situación de conflicto y negarle su derecho a la huelga. Y el art. 28.2 CE al suspender y prohibir de esta forma el ejercicio del derecho de huelga de las personas trabajadoras que estaban convocadas a hacerlo.

Las consecuencias son devastadoras porque aunque se recurra el auto y el Tribunal superior de la razón a los impugnantes ante la vulneración evidente de derechos fundamentales, la huelga no ha podido efectuarse, se ha hecho fracasar en su estrategia al sindicato y se ha impedido a trabajadoras y trabajadoras ejercitar su derecho a la protesta y a la presión para obtener mejoras laborales. El órgano judicial que ha procedido a esta evidente y lacerante resultado que cualquiera con una mínima preparación procesal sabe que debería haber evitado – aceptar una medida cautelar que afectaba directamente a derechos fundamentales de libertad sindical y derecho de huelga sin escuchar a la otra parte - no resultará afectado en absoluto ni se responsablizará de las consecuencias de su decisión antijurídica. Obviamente no tendrá ninguna repercusión disciplinaria en el CGPJ porque este órgano no revisa los contenidos de las decisiones sino solo las formas en las que se expresan estas, según parece.

Ese es otro de los elementos que alimentan en la ciudadanía la desconfianza ante las decisiones de los jueces, aunque no sea tan llamativa como las que la prensa y los medios de comunicación nos arrojan reiteradamente en los editoriales y en las tertulias. Jueces que ignoran las más elementales garantías democráticas que rodean la acción colectiva de los representantes institucionales del trabajo asalariado. 

 

 

 


martes, 7 de julio de 2026

LOS SINDICATOS DEL SUR DE EUROPA CONTRA LA AMENAZA DE LA EXTREMA DERECHA


 

No se trata de alarmismo. En Francia la ultraderecha puede conquistar la presidencia de la república y tiene un altísimo porcentaje de aceptación en votos. En Italia, la presidenta del consejo de ministros lidera Fratelli d’Italia, el partido heredero del MSI fascista, en España, VOX avanza en la proyección de votos y es clave en la formación de los gobiernos autonómicos con el PP, al que impone su programa autoritario. El antisindicalismo de estos grupos parece opacado ante otras reivindicaciones más llamativas que los medios de comunicación y el propio discurso político mayoritario subrayan como rasgos de identidad de estos grupos. Pero es un elemento central de su propuesta de regulación social que se afianza progresivamente sobre la degeneración del mecanismo de representación política al que se está asistiendo desde hace tiempo.

Ante esta realidad amenazante, se han reunido en Barcelona, en el marco de la Escuela de Verano de la CONC, los dirigentes de las tres grandes centrales sindicales italianas, francesas y españolas, Maurizio Landini por la CGIL, Sophie Binet por la CGT, Unai Sordo por CCOO y Belén López por la CONC, organización anfitriona y han decidido suscribir un manifiesto en el que alertan contra la extrema derecha y proclaman los valores colectivos y democráticos que defiende el sindicalismo y que llaman a preservar también en el plano político como elementos clave de una ciudadanía social y democrática.

Se trata de una alianza intersindical de los tres grandes países del flanco sur de la Unión Europea, que marca una toma de posición activa del sindicalismo en la oposición al ascenso de las fuerzas de extrema derecha que encuentran su acomodo político junto a la reposición de un liberalismo autoritario que prefiere imponerse con violencia frente a los marcos constitucionales democráticos en estos tres países que diseñan un estado social en el que el sindicalismo es un sujeto activo portador de valores igualitarios y emancipatorios. La importancia no solo simbólica de esta declaración se puede comprobar fácilmente de la lectura de su contenido, que se traslada a continuación a la audiencia de este blog.

 

DECLARACIÓN DE BARCELONA

CONTRA LA EXTREMA DERECHA: VALORES, TRABAJO Y CONCIENCIA DE CLASE

 

 La 35ª Escuela de Verano de CCOO de Cataluña, celebrada en Barcelona con la participación de diferentes represen­tantes del sindicalismo internacional, ha querido poner el foco en la lucha sindi­cal ante el nuevo (des)orden mundial. En este marco, las máximas direcciones de CCOO de Cataluña y España, de la CGT francesa y de la CGIL italiana, integrantes de la Confederación Europea de Sindica­tos, junto a representantes de otros sin­dicatos de Europa y de América, somos conscientes que el auge de la extrema derecha y los nuevos autoritarismos no son fenómenos aislados, sino una ofensi­va global coordinada contra la democra­cia, los derechos sociales y la dignidad de la clase trabajadora.

Por eso manifestamos.

 

1.          La necesidad de un internacionalismo sin fronteras contra el nacionalismo excluyente

 

La clase trabajadora tiene intereses co­munes en todo Europa y el mundo. Ante la trampa de la “prioridad nacional” y la deshumanización de las personas mi­grantes —mecanismos que la extrema derecha utiliza para dividir la clase traba­jadora y facilitar la explotación—, noso­tros respondemos en base a los principios de justicia social. Nuestro sindicalismo de clase es, por definición, internacionalis­ta y feminista: nos unimos con nuestros aliados sindicales y movimientos sociales de toda Europa y el mundo para defender que nuestra lucha es una sola, trascien­de fronteras y rechaza la xenofobia como herramienta de dominación.

 

2.          La existencia de la falacia de la extrema derecha: no defienden el trabajo, defienden el capital

Desmontamos el discurso “antisistema” del nacionalpopulismo: cuando llega la hora de la verdad, la extrema derecha apoya y vota sistemáticamente con la patronal y los grandes intereses econó­micos. Su agenda es la desregulación, la precariedad y el ataque directo a las organizaciones sindicales. Ante esto, re­afirmamos nuestra exigencia de una tran­sición digital y ecológica que sea justa, que proteja el empleo y que ponga la vida y el bienestar de las personas por enci­ma de los beneficios de unos pocos. El sindicalismo de clase es la solución para erradicar la desigualdad.

 

3.          Valores democráticos: nuestra conciencia de clase es antifascista

 

No nos quedamos solo en la defensa económica y de las condiciones de vida materiales de la clase trabajadora; nues­tra conciencia de clase incluye la defensa infranqueable de los derechos humanos y la justicia social. La extrema derecha ataca el feminismo, el colectivo LGTBI, la memoria democrática y la libertad sindi­cal porque son los pilares que sostienen la igualdad y la justicia social. No permi­tiremos que el revisionismo histórico ni el blanqueamiento de las dictaduras se impongan. Ser sindicalista hoy implica hacer frente al neofascismo y defender la democracia como el único marco donde la clase trabajadora puede organizarse y conquistar su dignidad.

 

4.          Cultura, organización y acción colectiva: recuperar la esperanza

 

La extrema derecha se alimenta del miedo, la desinformación y la desmovi­lización. Por eso, nuestro proyecto es la construcción colectiva de esperanza. No basta con oponer datos a las mentiras; tenemos que disputar el relato, recon­quistar los espacios culturales y reforzar el sentido de comunidad y de clase en nuestros centros de trabajo, en nuestros barrios, en nuestras ciudades, en nues­tros países y en el conjunto de Europa y del mundo. La organización y la negocia­ción colectiva, la política y la acción social son nuestras herramientas.

Por todo esto, CCOO, la CGT y la CGIL nos comprometemos a seguir tejiendo alianzas internacionalistas y transnacio­nales fuertes contra la extrema derecha. Nos comprometemos a defender la cultu­ra de la paz, el multilateralismo, a seguir condenando las guerras, los genocidios y a aquellos que las provocan. Y a recupe­rar y poner al día la memoria y el lega­do de quien luchó, sin desfallecer, por un mundo más justo, cohesionado y profun­damente democrático. Defendemos un nuevo orden mundial con justicia social.

 

Barcelona, 6 de julio de 2026