jueves, 1 de octubre de 2026

EL DEBATE SOBRE LA VIVIENDA. HABLA DAVID BALLESTEROS

 


Estamos en medio de un momento crucial en la regulación del derecho a la vivienda en el que la movilización popular y la indignación ante el desahucio de Maricarmen, ha catalizado una respuesta normativa que se ha materializado en dos Decretos Leyes correlativos numerados 26 y 27 de este año, cuya convalidación se debe efectuar el viernes 2 de octubre en el Congreso, frente a una concentración de los acampados en Sol y una serie de fuerzas sociales que les acompañan. David Ballesteros, investigador de la UCLM que está haciendo una estancia de investigación en la Universidad de Bolonia, no es ajeno a las vivencias españolas y ha seguido en estos días el debate mediático y político sobre la regulación de la vivienda, anotando algunas conexiones entre los discursos que e sostenían en las reformas laborales de la austeridad  reformas para intentar frenar los intentos regulativos de la estabilidad en el empleo y las que se proyectan sobre el alquiler (la intervención pública que, con las restricciones a la sacrosanta libertad, va a destruir la oferta de alquileres). Y defiende que, desde un punto de vista democrático, el trabajo no puede ser completamente funcional como base de ciudadanía social si no se desmercantilizan otros derechos sociales, en este caso la vivienda.

Este es el pequeño texto que ha preparado y que con mucho gusto ofrecemos a la amable audiencia de este blog.

 

Trabajar para vivir, pero sin poder vivir. De nuevo, la democracia subordinada a las necesidades del mercado

David Ballesteros

 

Si algo parece claro dentro del marco de la actualidad española es que la vivienda ha irrumpido en el debate público de una manera intensa y notoria. A pesar de algunos intentos por mantener en el centro mediático y político la crisis migratoria producida en Ceuta, lo cierto es que desde ciertos sectores no se ha conseguido marginar los sucesos sociales y políticos que se han ido generando desde el pasado 23 de septiembre, momento en el que se produce el ya de sobra conocido y dramático desahucio de una persona de 87 años con movilidad reducida que se vio expulsada del domicilio familiar en el que había vivido durante 70 años. La conmoción social generalizada que ha supuesto este acontecimiento, al margen de los inevitables bulos y comentarios frívolos hechos incluso desde instancias políticas, se ha traducido en el auténtico estallido de un conflicto social que está movilizando a parte de la ciudadanía española y dejando imágenes que recuerdan, con matices, a lo ya vivido en el fenómeno del 15M.

El clamor social por una actuación pública que garantice una vivienda digna, reproducida por distintas asociaciones, organizaciones sindicales y partidos políticos, ha obligado a la parte mayoritaria del ejecutivo central a actuar de manera inmediata, dando lugar esta semana a la publicación de los Reales Decretos-leyes 26/2026 y 27/2026, ambos de 29 de noviembre, relativos a la adopción de medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda, por un lado, y de medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento urbanos, por otro. Sobre estas normas son muchos los debates que se han abierto, comenzando con su propia efectividad para solucionar los problemas urgentes sobre los que dicen intervenir, aunque desde aquí interesa resaltar solo una de las aristas de ese debate. Y es que, desde la mirada de aquellos dedicados al estudio laboralista, no pasa desapercibida la conexión que en estos momentos se establece entre vivienda y trabajo, instituciones ambas, entre otras, que son funcionales a la cláusula social y democrática de nuestro Estado de Derecho y que son degradadas bajo un mismo discurso.

El mantra repetido públicamente en torno a la defensa del acceso a la vivienda parte de unas coordenadas jurídicas muy claras, el artículo 47 de la Constitución española, en donde expresamente se declara a todos los españoles el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, debiendo los poderes públicos promover las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. Claro es que este precepto constitucional no faculta a la ciudadanía a reclamar una vivienda, lo que hace que a menudo se interprete como un mandato frustrado, pero sí informa la actuación de los poderes públicos para que adopten una determinada política de vivienda. El tipo de orientación ideológica de esta política dependerá de lo que la propia sociedad mayoritariamente decida a la hora de elegir a sus representantes, pero lo cierto es que desde nuestra Carta Magna la vivienda no parece concebirse como una mera mercancía sujeta a las libres condiciones del mercado, sino como un derecho que debe ser tutelado y promocionado, subordinado por lo demás, como cualquier otra manifestación de la propiedad, al interés general.

Tampoco el trabajo puede concebirse como una mera mercancía puesta en el mercado, como bien nos recuerda la OIT desde 1944, constituyéndose así más bien como el elemento por antonomasia sobre el que se funda la base de la ciudadanía efectiva. Concebido esto desde la óptica democrática, es mediante un trabajo digno y decente con el que se cumplen con las expectativas de conseguir dentro de la sociedad una posición de dignidad e independencia para ejercer los derechos políticos, económicos, sociales y culturales que nos son reconocidos. Por eso la Constitución declara el trabajo como un derecho y como un deber que también los poderes públicos deben promocionar, como un elemento que en definitiva garantice la efectividad de la libertad y la igualdad, valores supremos sobre los que se funda nuestro Estado. Sin embargo, si algo se pone de manifiesto con la actual crisis de vivienda es que ese trabajo como base para el desarrollo de la ciudadanía social no es suficiente si no se garantiza un Estado del bienestar en el que se contemple la vivienda como uno de los pilares que lo sostiene. El trabajo, en resumen, aun siendo el elemento de desarrollo democrático no puede ser completamente funcional si el resto de los derechos reconocidos quedan desprotegidos y sometidos a una dimensión puramente económica, mercantilizando necesidades sociales que son ordenadas por las dinámicas del mercado.

Desde esta perspectiva resultan muy alarmantes algunas de las opiniones mediáticas y políticas que se están realizando en relación a la intervención del poder público en el mercado de la vivienda, especialmente en lo que respecta a los alquileres. Opiniones que, una vez más, insisten en limitar el ejercicio de derechos sociales reconocidos para favorecer su dimensión económica, empleando discursos que no son ajenos a los que se han planteado desde los años ochenta para legitimar una regulación del mercado laboral que ha tendido a remercantilizar el propio trabajo. La vieja idea de que en un mercado libre es contraproducente la norma protectora de la posición del contratante en situación de dependencia y vulnerabilidad socioeconómica, por cuanto supone una rigidez que desalienta las mismas contrataciones, es ahora utilizada para rechazar la protección de aquellos inquilinos que, incluso cumpliendo con sus obligaciones contractuales, ven con total crudeza la violencia especulativa del mercado.

No solo cabe recordar que la vivienda es uno de los intereses propios de la clase trabajadora que reconoce la Constitución, sino que es también un pilar para la misma democracia. ¿Puede ser esta compatible con el actual marco de desigualdades sociales y de concentración de la riqueza en una minoría social? ¿Pueden, en definitiva, los poderes públicos esquivar o incluso negar la obligación que la cláusula social del Estado les impone para promover y eliminar todos los obstáculos que nos impidan disfrutar a todas las personas de unas condiciones reales de libertad e igualdad?


martes, 29 de septiembre de 2026

LAS JORNADAS DE ESTUDIO DEL GABINETE DE ESTUDIOS JURÍDICOS DE CCOO: LA EDICIÓN Nº 66 DE LAS REPUTADAS JORNADAS DE ALBACETE

 


En efecto, ya son sesenta y seis las Jornadas de Estudio que desde su inicio en 1992 celebran las Jornadas que organiza el Gabinete de Estudios Jurídicos de CCOO junto con la Facultad de Relaciones Laborales y Recursos Humanos y el departamento de Derecho del trabajo y Trabajo Social de la Universidad de Castilla La Mancha en Albacete. Cuando lo que se conocía como “las Jornadas de Albacete” comenzaron a celebrarse, se elegían los meses de marzo o abril pero posteriormente se fueron desplazando, ante la coincidencia con otros eventos también colectivos dedicados al estudio del Derecho del Trabajo, al mes de junio de cada año. En este año 2026, sin embargo, se han debido posponer al coincidir con la celebración del Congreso de CCOO en junio de este mismo año, por lo que se ha tenido que desplazar al comienzo del otoño, los días 1 y 2 de octubre, siempre en el Aula Magna del edificio jurídico-empresarial que aloja a las Facultades de derecho, Economía y Relaciones Laborales en Albacete.

La dirección de las Jornadas es compartida, según la tradición, por el responsable del Gabinete de Estudios Jurídicos, Francisco Gualda, y la Directora del Departamento de Derecho del Trabajo y Trabajo Social de la UCLM, Maria José Romero, y esta dirección conjunta se proyecta también sobre el contenido, en el que participan tanto sindicalistas como profesores y magistrados en la exposición de las sucesivas materias objeto de análisis. Hay que tener en cuenta que el Gabinete de Estudios Jurídicos es el órgano confederal encargado de la formación y dirección de la consulta y asesoría jurídica de la Confederación, y mantiene una relación especial desde su fundación con la Universidad de castilla La Mancha y en concreto con el Área de Derecho del trabajo y de la sEguridad Social de esta Universidad.

 

En esta ocasión, el título general de las Jornadas es muy genérico. Aborda diferentes fenómenos de “intervención en las relaciones laborales”, precedida de una reflexión sindical a cargo del Secretario Confederal de Acción Sindical, Javier Pacheco, que  abordará los retos sindicales frente a la deslegitimación de los derechos laborales en el debate político y social, situando el contexto en el que se  desarrollarán las distintas sesiones y los desafíos que plantea la defensa de los derechos laborales en el momento actual.

Junto con las presentaciones y ponencias, la organización elaborará un resumen de las intervenciones, y se entregarán los estudios elaborados por el GEJUR-CCOO sobre las materias tratadas, además de algunas monografías sobre temas importantes, entre ellas el producto del seminario realizado en la Fundación 1 de Mayo sobre la reforma del tiempo de trabajo a la que se ha hecho referencia en este blog en varias ocasiones

También, y como espacio de encuentro, la organización incluye la cena del día 1 de octubre, que además del intercambio de conocimientos ye informaciones entre los asistentes, incluye un intercambio de afectos y de reconocimiento de amistades en muchas ocasiones de larga duración.

A partir de este planteamiento, el programa se articula en estos núcleos temáticos:

 

❶ Absentismo y discriminación. Se analizarán las garantías ante la penalización por el ejercicio de derechos vinculados con la enfermedad, la conciliación y los cuidados, así como la construcción de entornos organizativos incompatibles con el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales.

 

❷ Los daños ante la paralización de la Jurisdicción Social, analizando tanto las iniciativas impulsadas por CCOO como las posibles vías de reparación de los perjuicios ocasionados por la dilación en la resolución de los conflictos laborales.

 

❸ Novedades ante el abuso de la temporalidad y el despido injusto. Se examinarán las más recientes orientaciones jurisprudenciales relativas a la reparación de los abusos en la contratación temporal y su aplicación a los procesos de consolidación en el empleo  público.

 

❹ El nuevo sistema de jubilación parcial en el empleo público. La reciente regulación de esta institución abre un nuevo espacio de análisis e intervención colectiva.

 

❺ Nuevos elementos en la configuración del derecho de huelga, la libertad sindical y la negociación colectiva. Incluye el análisis de las resoluciones más relevantes dictadas por el TC y por la Corte Internacional de Justicia, y las perspectivas que abren para la intervención jurídica y sindical

 

En cada uno de estos ejes temáticos intervienen destacados especialistas. Da inicio el tema de las consecuencias sobre la jurisprduencia del TJUE y del TS en materia de abuso de la contratación temporal, donde participan  Maria José Romero (UCLM) y Cristobal Molina (U. Jaén), mientras que la discusión sobre los retrasos en la tutela judicial prestada por el orden jurisdiccional social es coordinada por Eva Urbano, directora del Gabinete Jurídico Confederal de CCOO.

 

La primera ponencia de la sesión de tarde se dedica a la muy actual temática del absentismo, azuzada por la patronal y recogida por el principal partido de oposición, que acaba de anunciar que permitirá si vence en las elecciones que el control médico de las bajas laborales las lleve a cabo las Mutuas Patronales. Interviene marcando la posición sindical Mariano Sanz, el secretario confederal de salud laboral y medio ambiente, y el análisis jurídico Carolina Martínez (U. de Oviedo).

 

En la última sesión de tarde, se examina el problema de la discriminación en la empresa y la organización de la empresa potencialmente discriminante, con la participación de la secretaria confederal de la mujer, Carolina Vidal, a la que le dará la réplica desde el análisis jurídico Francisco Gualda, el director del Gabinete de estudios Jurídicos que patrocina las Jornadas.

La Jornada se cierra ese día con la cena de los asistentes, que desde el comienzo de estas Jornadas es uno de sus alicientes más señalados.

El viernes 2 de octubre da inicio la última de las sesiones con un análisis de dos temas de evidente actualidad. De una parte, el problema de las jubilaciones anticipadas en el sector público, que ha generado un largo contencioso en este sector, y la solución que han dispuesto los poderes públicos. Interviene por parte sindical Carlos Bravo, secretario confederal de política institucional, y Remedios Roqueta (U. de Valencia), muy reconocida experta en el tratamiento laboral y de protección social de los empleados públicos.

El segundo tema de actualidad es el que suscitan fundamentalmente pronunciamientos relativamente recientes de diversas instituciones judiciales, desde la Corte Internacional de Justicia hasta nuestro Tribunal Constitucional, sobre el derecho de huelga. Intervendrán Cristina Faciaben, secretaria confederal de Internacional y Antonio Baylos, catedrático emérito jubilado de la UCLM, bajo la moderación de Jose Juan Marín, coordinador del departamento de atención integral a las personas y los servicios jurídicos confederales.

Con ello se concluye la 66ª edición de las Jornadas de Albacete. Hacer el esfuerzo de acudir a ellas siempre merece la pena, y la amable audiencia de este blog lo conoce bien.

 

Inscripción

Jornadas de Estudio: INTERVENCIÓN EN LOS CONFLICTOS LABORALES

 

• Afiliación, organizaciones y personal CCOO: 90€ (IVA incluido)

 

 

• Otros asistentes: 210€ (IVA incluido)

 

La cuota comprende la asistencia presencial a las sesiones, entrega de publicaciones, resumen de las intervenciones y la cena del día 1 ofrecida por la organización.

 

Una vez cumplimentado el boletín de inscripción, se deberá enviar el comprobante del pago de la cuota a la siguiente dirección: estudios@ccoo.es

 


martes, 22 de septiembre de 2026

ENRIQUE LILLO, HOMENAJEADO Y RECONOCIDO POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA

 



El Ministerio de Justicia ha decidido otorgar una importante condecoración, la popularmente conocida como "la Raimunda", es decir la Gran Cruz de San Raimundo de Peñafort, a Enrique Lillo, posiblemente el mejor abogado laboralosta de nuestros días, que además frecuenta este blog en el que ha intervenido multitud de ocasiones con enorme seguimiento de su siempre atemta audiencia. Este blog por tanto se enorgullece de que nuestro amigo y compañero vea también en este espacio de la administración de justicia, un reconocimiento a su magnífico trabajo en el que todavía hoy persevera en algunos pleitos cuyo seguimiento considera fundamental, como el relativo a las cooperativas cárnicas.

La página web de la Confederación de CCOO le ha dedicado un texto que recurda a quien no la conozca una parte de su trayectoria personal y profesional. La ha titulado, con buen criterio, Enrique Lillo: Uno de los nuestros, y este es su contenido que reproducimos a continuación

"Uno de los nuestros, Enrique Lillo, histórico abogado laboralista de Comisiones Obreras, recibe hoy la Cruz Distinguida de Primera Clase de la Orden de San Raimundo de Peñafort que otorga el Ministerio de Justicia como reconocimiento a su relevante trayectoria al servicio del Derecho y la Justicia.

Antes de comenzar a ejercer como abogado laboralista, en 1977, militó en el Partido Comunista de España en la Facultad de Derecho de la UCM, llegando a ser delegado de facultad y siendo detenido por su actividad reivindicativa contra el cierre de la Universidad de Valladolid decretado por el gobierno franquista.

Ha dedicado prácticamente toda su vida profesional a la defensa de los derechos de las personas trabajadoras y de la libertad sindical. Vinculado a los servicios jurídicos de CCOO y, desde 1982, al Gabinete Jurídico Confederal, es una figura fundamental de la abogacía sindical de nuestro país.

Su trayectoria ha estado ligada a algunos de los grandes conflictos colectivos y litigios laborales de las últimas décadas —Coca-Cola, Telemadrid, Roca, Airbus, IBM o Endesa, entre muchos otros—, pero también a la construcción cotidiana del Derecho del Trabajo desde la negociación colectiva, la acción sindical y la defensa ante los tribunales. Una labor que ha combinado con la reflexión y la producción jurídica y que continúa hoy a través de su colaboración con el sindicato.

La concesión de esta distinción supone el reconocimiento, desde las instituciones del Estado, a una trayectoria de casi medio siglo de ejercicio de la abogacía laboral y de intervención jurídica desde el lado sindical de las relaciones laborales.

Para CCOO es un orgullo que uno de los nuestros sea distinguido con tal alta condecoración del Estado. Es una distinción más que merecida y, desde la dirección del sindicato, queremos trasladar a Enrique, nuestro compañero, todo nuestro afecto y admiración por una trayectoria ejemplar.

La distinción a Lillo supone también reconocer toda una tradición de la abogacía laboralista y sindical, que ha desempeñado un papel fundamental en la construcción y defensa efectiva del Derecho del Trabajo, de los derechos de las personas trabajadoras y de la democracia en nuestro país".

Una buena noticia por tanto entre tantas otras preocupantes. Festejemos a nuestro amigo porque siempre es excepcional que en nuestro país se reconozca el trabajo y la inteligencia de quien las dirige a la transformación de la sociedad y a la lucha por la mejora de las condiciones de trabajo y de vida de tantas personas. Enhorabuena, Enrique, y a seguir dando guerra.