lunes, 30 de enero de 2023

COMPARANDO LOS DOS CICLOS DE REFORMA LABORAL EN ESPAÑA: DOS MODELOS CONFRONTADOS


 

El seminario comparado de Derecho del Trabajo celebrado en Ciudad Real el pasado viernes 27 de enero en el que se analizaron las experiencias comparadas de España y Brasil en materia de reforma laboral, fue extraordinariamente productivo e interesante, y todas las personas asistentes al mismo coincidieron en esa valoración muy positiva. A continuación, se inserta una parte de la reflexión que abrió el seminario mediante la comparación de los dos ciclos de reformas que ha experimentado el sistema jurídico español, el primero con ocasión de la crisis del euro en el arco temporal del 2010 al 2012, y el segundo a partir de la irrupción de la pandemia con la legislación de excepción y la reforma laboral fruto del acuerdo tripartito que culminó en el RDL 32/2021.  

El ciclo de reformas que inicia en el 2010, se prolonga en el 2011, en ambos casos impulsadas por el gobierno del PSOE, y se completa de manera definitiva y más profunda en el 2012, ya con el nuevo gobierno del Partido Popular, se resume en la reducción de las garantías del derecho al trabajo como forma de lograr la creación de empleo, en la idea neoliberal bien conocida de que la reducción de costes salariales en el ajuste de empleo – abaratamiento y facilitación del despido – favorece la reactivación del mismo durante la recuperación de la economía tras la crisis. Además de ello, se debilitó la negociación colectiva y la fuerza vinculante del convenio colectivo como una manera de lograr la devaluación salarial, otro objetivo funcional al aligeramiento de costes para obtener una recuperación de los niveles de empleo.

El epicentro de estas líneas de cambio se dio en la última fase del ciclo reformista, en el 2012, en un contexto de precarización y segmentación del trabajo, con altas tasas de temporalidad y de externalización de actividades, una fuerte tendencia a la individualización y deslaboralización de las prestaciones de servicios en las nuevas formas de negocio conectadas con la economía digital, y en general, la aceptación de la destrucción de empleo como un efecto natural del ajuste económico que además servía como medida de disciplinamiento del interés colectivo sindical, amenazado en su despliegue por la pérdida de puestos de trabajo. Desde este enfoque, la reforma laboral no sólo detenía el incremento afiliativo a los sindicatos que se había ido detectando en el primer decenio del nuevo siglo, sino que reducía drásticamente la adhesión al sindicato de las personas que perdían su empleo o lo veían en peligro. Además se rompía la capacidad de representación general que ostentaba el sindicalismo representativo a través de la cobertura de la negociación colectiva, y se impedía su capacidad de interlocución con el poder político en el gobierno de los intereses económicos y sociales que encarnan las personas que trabajan consideradas en su condición de ciudadanía subalterna.

Es muy diferente el proceso que se inicia en marzo del 2020, tras la declaración del estado de alarma ante la irrupción de la pandemia causada por el Covid-19. En las primeras normas, la protección del empleo estable se llevaba a cabo a través del veto de los despidos por fuerza mayor y ETOP sin causa justificativa y mediante la generalización del ajuste temporal de empleo a través de los ERTE, unido al escudo social desgranado en prestaciones sociales y en la creación del Ingreso Mínimo Vital. En esta misma fase del ciclo, se dieron pasos en la cuestión salarial, con la subida del SMIG y las normas de igualdad y transparencia retributiva para reducir la brecha salarial de género, junto con la regulación de nuevas formas de prestación del trabajo derivadas de las TIC y de la digitalización, como el trabajo a distancia o las actividades de reparto al servicio de las plataformas digitales, con la obligación de informar a la representación de los trabajadores en la empresa de la gestión algorítmica del personal.

El momento más determinante de este ciclo de cambio legislativo se produjo con la reforma laboral en el marco del plan de recuperación y resiliencia de diciembre de 2021, que se basaba en un principio de estabilidad en el empleo a través de la profunda reordenación restrictiva de la contratación temporal, el mantenimiento del empleo incorporando a la “normalidad normativa” el ajuste temporal de empleo de los ERTE como regla general de acción ante las dificultades que las crisis económicas plantean a la actividad de las empresas y finalmente, la vigorización de la acción sindical en la negociación colectiva. La reforma laboral del 2021 está dando frutos importantes, pero la comparecencia de nuevos fenómenos críticos, en especial la crisis energética y de suministros causada por la guerra de Ucrania, no ha impedido que durante el 2022 siguieran efectuándose cambios normativos relativos a al ampliación de derechos para determinados colectivos, señaladamente las trabajadoras del hogar familiar como consecuencia de la ratificación del Convenio 189 OIT, la ampliación de prestaciones sociales y la revalorización de pensiones, y otros elementos importantes como la regulación de la ley de empleo, entre otras.

Es fácil detallar las orientaciones completamente opuestas de ambas iniciativas de cambio. Mientras que las correspondientes al ciclo 2010-2012 actúan sobre la modificación sustancial de las condiciones de trabajo guiadas por un principio de unilateralidad y de inmunización de las decisiones empresariales respecto de la intervención colectiva de las representaciones sindical y electiva de los trabajadores – la flexibilidad interna no contratada – y la decidida degradación de las garantías de empleo en el despido como fórmula predominante de efectuar el ajuste de empleo ante las dificultades económicas, unido a la acentuación de la relación descompensada entre sindicatos y empresarios en la dinámica de la negociación colectiva,  las políticas del derecho del segundo ciclo reformista ante la pandemia en el período 2020-2022, se apoyan en los principios de estabilidad y mantenimiento del empleo, el reequilibrio de la negociación colectiva y el establecimiento de un cinturón protector frente a la pobreza salarial – el incremento del SMIG – o frente a la pobreza como forma de exclusión social – el Ingreso mínimo vital – así como a la mejora de las pensiones mediante un fuerte mecanismo que permite la revalorización de las mismas.

Pese a esa fuerte contraposición, hay elementos comunes a ambos procesos. El condicionamiento político de las reformas españolas por la política monetaria y la gobernanza económica europea en el caso de la crisis financiera que luego devino crisis de la deuda estatal, y que se resumió en el mecanismo de estabilidad, y en el segundo supuesto, la reorientación del paquete Next Generation en el marco de la suspensión del pacto de estabilidad y el encuadre del cambio legislativo en el plan de recuperación y resiliencia que se acordaba con las autoridades europeas. En ambos supuestos, el condicionamiento de las políticas sociales impulsadas por las medidas adoptadas como resolución de la crisis ha sido fundamental, aunque evidentemente la orientación de las mismas ha sido muy diferente en el caso de la crisis del euro y la que se desencadenó a raíz de la pandemia. Pero también es cierto que aún dentro de esta homogeneización política y económica, hay márgenes en la escala nacional-estatal, para una política del derecho diferente dentro de los marcos fijados por la gobernanza europea. Los hubo en efecto en el primer ciclo reformista, como lo demostró la gradual propuesta de reforma que va del bienio 2010 y 2011 a la que se impuso en el 2012, y en el supuesto actual, se puede apreciar esa diferencia en relación con los otros planes de recuperación y resiliencia que se han ido aprobando en otros estados miembros de la Unión, frente a los cuales la propuesta española sobresale por su decidido carácter de fomento del trabajo decente y de calidad. Es posible que, siempre en este segundo caso, hayan existido límites infranqueables – seguramente los relativos a la modificación directa de los despidos colectivos económicos – pero lo que es indudable es que la modificación legislativa que ha incorporado a la normalidad normativa el ajuste temporal de empleo como la regla prioritaria que se debe practicar ante los supuestos de crisis, incide indirectamente sobre el tema del despido colectivo, aunque no se modifique su régimen legal.

Lo que emerge finalmente de esta comparación es la existencia de dos modelos plenamente enfrentados. Un modelo neoautoritario de degradación de derechos individuales y colectivos de las personas trabajadoras, frente a un modelo democrático de relaciones laborales, el que encarna el proceso de modificaciones legislativas que han tenido lugar como reacción frente a la crisis provocada por la pandemia, en el que la centralidad del trabajo es el eje de la construcción de una ciudadanía democrática. Una relación que interpela al jurista sobre el hecho de hallarse ante un cambio de paradigma normativo que pretende modificar profundamente las coordenadas ideológicas, políticas y técnicas del modelo neoliberal de las relaciones de trabajo sustituyéndolo por una construcción gradual de un proyecto regulativo neolaborista.

 

martes, 24 de enero de 2023

SEMINARIO COMPARADO DE DERECHO DEL TRABAJO. EXPERIENCIAS Y DIÁLOGOS ENTRE ESPAÑA Y BRASIL

 



                 

 

No es necesario remarcar la importancia que tiene el cambio político que se ha producido en Brasil a partir del triunfo electoral del presidente Lula da Silva. La irrupción de las hordas de golpistas bolsonaristas en la explanada de los tres poderes – legislativo, judicial y ejecutivo – en Brasilia, han puesto de manifiesto la resistencia feroz de los poderes salvajes a la reordenación democrática de las relaciones sociales, económicas y políticas en aquel inmenso país. Una de las vertientes más importantes de esta reordenación es la que se refiere a la derogación de la reforma laboral que se inició en el breve lapso de la Presidencia de Temer en el 2017, tras el arbitrario impeachment de la presidenta legítima, Dilma Rouseff y que se prolongó con las medidas emanadas bajo la presidencia de Bolsonaro. En ese sentido, la problemática que se plantea ahora al movimiento sindical, la doctrina académica y judicial y las autoridades públicas es muy semejante a la que se discutió entre nosotros respecto de la subsistencia y cambio de las reformas laborales del ciclo 2010-2012.

 

La relación entre el grupo de investigación de los y las iuslaboralistas de la UCLM y la cultura jurídica del derecho del Trabajo en Brasil es muy estrecha y data de lejos. Tuvo una importancia decisiva en esa hermandad la puesta en práctica de un curso de doctorado en estudios sociales para magistrados de trabajo de Brasil que se llevó a cabo durante ocho años consecutivos en turnos de dos años por cada promoción, fruto de un acuerdo entre la UCLM y ANAMATRA, la gran asociación de magistrados de trabajo brasileños, y que ha producido 98 tesis de maestría y más de 35 tesis doctorales. Este acuerdo se interrumpió con los recortes que llevó a cabo el ajuste radical del presupuesto de la UCLM impulsado por Maria Dolores de Cospedal, y el Partido Popular al vencer en las elecciones regionales del 2011. La relación académica continuó sin embargo a través de la participación de abogados y profesores brasileños en los Cursos de Postgrado de la UCLM organizados en enero en Toledo, además de la intervención en paralelo en el master que ha establecido la Universidad Pablo de Olavide sobre derechos humanos siguiendo la estela de Joaquín Herrera Flores, la única iniciativa que ha sobrevivido a los efectos destructores creados por la pandemia a partir del 2020.

 

En ese intercambio de conocimientos y experiencias, el Instituto Lavoro de Brasilia, una asociación que está destinada a desarrollar estudios sobre las relaciones de trabajo en un contexto interdisciplinar y que organiza seminarios, encuentros y congresos con estos objetivos, ha acordado, con el CELDS como instituto de investigación de la UCLM, celebrar un seminario conjunto hispano—brasileño en el que de manera monográfica se aborde el examen comparado entre la reforma laboral llevada a cabo esencialmente por el RDL 32/2021 en nuestro país, y la que se debe desplegar en Brasil como uno de los objetivos del programa de reformas a que se ha comprometido la presidencia de Lula.

 

Conscientes además de la importancia de la formación extralegislativa del derecho del trabajo y la importancia consiguiente de la acción sindical como elemento central en la determinación de las reglas que encuadran y dan vida a las reformas legales en materia laboral, el seminario dedica una amplia porción del mismo al debate sobre el contenido de aquella, y a la dialéctica que se despliega entre el conflicto y la concertación social como elementos que caracterizan el contexto decisivo para orientar el cuadro institucional resultante en la reforma del mismo.

 

Finalmente, tanto en Brasil como en España, la dimensión política orienta de manera muy potente la dirección que debe adoptar el cambio legislativo. En ambas naciones, la referencia a una orientación neolaborista del pensamiento político, en el que el trabajo se sitúa en el centro de la regulación social y económica como una pieza clave de la formación del sentido material en trono al cual se debe agregar la comunidad política y de la propia democracia, es fundamental. Por eso en el último tramo del seminario es éste el tema de discusión, en la que además participarán la Vicepresidente Segunda y Ministra de Trabajo y de Economía Social de España, Yolanda Díaz, y el Ministro de Trabajo brasileño.

 

En la consecución del seminario han sido determinantes Jose Eymard Loguercio , Mauro Menezes y Francisco Trillo, que han posibilitado los contactos precisos y han dispuesto los medios necesarios para llevar a cabo en un tiempo brevísimo, esta interesante actividad. La coincidencia temporal de Sayonara Grillo y Bárbara Vallejos en una estancia de investigación en el CELDS y la realización del XIII seminario de teoría crítica de los derechos humanos en Sevilla los días 24 y 25 de enero, con la participación de varios de los invitados brasileños, ha hecho posible esta muy interesante propuesta de discusión transversal y comparada. Por su parte, la colaboración plena de la Secretarías Confederales de Internacional  y de Acción Sindical de CCOO junto con la de la Secretaría de Estado del MTES, han favorecido de manera plena el resultado final del mismo.

 

Sólo de la lectura del programa que a continuación se publica, resulta evidente el interés del tema, que naturalmente ha despertado la atención de muchas personas que asistirán a este acto. En el blog daremos también cuenta de su desarrollo y de sus aspectos más relevantes.

 

SEMINARIO COMPARADO DE DERECHO DEL TRABAJO. EXPERIENCIAS Y DIÁLOGOS ENTRE ESPAÑA Y BRASIL

 

 

10,00h.- Experiencias comparadas de las reformas laborales en España y Brasil: procesos y perspectivas.

 

Intervienen: Antonio Baylos (Catedrático DTSS UCLM), Amparo Merino (Catedrática DTSS UCLM), Sayonara Grillo (Profa DTSS UFRJ) y Mauro Menezes (Abogado Laboralista).

Presenta y modera: Luis Pérez Capitán (Secretario de Recursos y Estudios UGT) y Francisco Trillo (Prof. Titular de Universidad DTSS UCLM).

 

12,00h. La acción sindical en tiempos de reformas: del conflicto al diálogo social.

 

Intervienen: Mari Cruz Vicente Peralta (Responsable Confederal de Acción Sindical y Empleo CC.OO.), Fernando Luján (Vicesecretario General de Política Sindical UGT), José Eymard Loguercio (Asesor jurídico Nacional CUT), Clemente Ganz Lúcio (Coordinador Técnico Fórum Centrales Sindicales de Brasil).

Presentan y Moderan: Cristina Faciabén (Responsable Confederal Internacional, Cooperación y Migraciones CCOO) y Bárbara Vallejos (Profa. Escuela DIESSE de Ciencias del Trabajo).

 

14,00h.- Pausa comida.

 

17,00h.- La representación política del trabajo en las reformas laborales.

 

Intervienen: Joaquín Pérez Rey (Secretario de Estado de Trabajo y Economía Social) y Kátia Magalhães Arruda (Ministra del Tribunal Superior de Trabajo de Brasil)

Saluda: José Julián Garde López-Brea. (Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha).

Presenta y Modera: Joaquín Aparicio Tovar (Prof. Emérito DTSS UCLM).

 

18,15h.- Debate y Clausura

 

Mensajes de Yolanda Díaz Pérez (Ministra de Trabajo y Economía Social) y Luiz Marinho (Ministro de Trabajo).

 

Lugar y fecha de celebración: 27 de Enero. Salón de Actos del Museo del Quijote-Biblioteca Cervantina. Ronda de Alarcos, s/n. 13002. Ciudad Real.

sábado, 21 de enero de 2023

DESINCENTIVAR LAS DESLOCALIZACIONES: UN PRIMER PASO MUY IMPORTANTE EN EL RDL 1/2023.

 


La deslocalización de empresas es un fenómeno ligado a la globalización de los mercados que busca transferir las capacidades de producción de un enclave nacional a otro extranjero para mejorar la posición de la empresa – normalmente Empresas transnacionales – en el mercado. No solo busca la reducción de los costes de producción, fundamentalmente salariales, sino que persigue asimismo aprovechar un marco institucional favorable en orden a la regulación de las condiciones laborales, exenciones fiscales, ayudas y subvenciones o cesión de suelo público. Es frecuente que, obtenidas éstas, la empresa vuelva a relocalizarse en otro país, desmantelando los puestos de trabajo creados y sin que exista una obligación de reversión de las inversiones públicas que se habían realizado para atraer la inversión en el territorio nacional de la empresa transnacional. No existía en el derecho español una norma que con carácter general estableciera la obligación de la empresa que deslocaliza de devolver las ayudas públicas de las que se había beneficiado. El reciente Real Decreto Ley 1/2023, la establece por primera vez en nuestro sistema jurídico laboral.

En efecto, la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, que ofrece un cuadro general de incentivos y bonificaciones de las cuotas de seguridad social, introduce una regla muy contundente respecto del reintegro de subvenciones y de los beneficios de seguridad social en materia de contratación y empleo en supuestos de deslocalización empresarial. Según dicho precepto, “Las empresas que procedan al traslado de su actividad industrial, productiva o de negocio a territorios que no formen parte del de los Estados miembros de la Unión Europea o del de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán proceder a la devolución de todas las cantidades dejadas de ingresar con el recargo y los intereses de demora correspondientes, según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social en concepto de beneficios sociales en materia de cotización por las contrataciones realizadas durante los cuatro años inmediatamente anteriores a la deslocalización”.

Como puede comprobarse, la norma citada sólo se aplica a las deslocalizaciones de empresas que se efectúen a países terceros fuera de la Unión Europea, entendiendo por consiguiente que la libertad de establecimiento y la libertad de empresa en el marco de la Unión no puede ser sancionada al tratarse de una libertad fundamental que se extiende asimismo al llamado Espacio Económico Europeo. La devolución de cuotas y bonificaciones se debe llevar a efecto con arreglo al procedimiento liquidatorio previsto en la LGSS y en el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, y se extiende a los cuatro años inmediatamente anteriores al cese de la actividad por la deslocalización de la empresa a países terceros. Una responsabilidad que es compatible además con la administrativa que establece el art. 22.9 de la LISOS, al definir como infracción grave la obtención o el disfrute indebido de todo tipo de reducciones, bonificaciones o incentivos en relación con el importe de las cuotas sociales que corresponda, entendiendo producida una infracción por cada trabajador afectado.

La norma también incluye en esta obligación de reintegro a “las subvenciones públicas contempladas en disposiciones de ámbito competencial estatal obtenidas en materia de contratación y empleo, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las normas dictadas para su concesión”, es decir, a todas las normas que establecen bonificaciones y ayudas que no se refieren a la cotización a la seguridad social, como las que se prevén para determinados colectivos específicos: personas con discapacidad, víctimas y personas en riesgo de exclusión social, personas en paro de larga duración, personas que se incorporen somo socios trabajadores a una cooperativa, conversión de un contrato en indefinido, etc.

La fórmula elegida por la Disposición Adicional 2ª del RDL 1/2023 difiere de las que se han ido empleando en la legislación específica de las industrias electro intensivas y que tenían por tanto un alcance muy limitado y una eficacia prácticamente nula. Mientras que para los textos normativos  aplicables a esta rama industrial – en donde se encuentra la industria del aluminio, con el caso emblemático de Alcoa - la devolución de las ayudas y subvenciones referidas procede sólo cuando la empresa, al deslocalizar su producción, procede a reducir su capacidad productiva en un 65%, o a reducir su personal en un 85%, en el caso de las exenciones y bonificaciones de las cotizaciones sociales que fija el RDL 1/2023 no se precisa el alcance de la deslocalización ni en cese de actividad ni en número de despedidos, por lo que es un concepto abierto que deberá ser precisado ante cada supuesto en concreto de traslado de las instalaciones y de una significativa parte de la actividad de la empresa a otro tercer país sin que sea preciso fijar el quantum de la misma para proceder a exigir el reintegro de las cotizaciones y bonificaciones.

Es indudable que la norma comentada supone el establecimiento de un condicionante económico importante a las decisiones empresariales de trasladar la producción fuera del territorio nacional, aunque su ámbito de aplicación esté restringido al desplazamiento de las instalaciones a los estados que no forman parte de la Unión Europea ni del espacio Económico Europeo. Es además una norma original, puesto que se sitúa en un espacio, el de los incentivos destinados a promover la contratación laboral, así como otros programas o medidas de impulso y mantenimiento del empleo estable y de calidad financiados mediante bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, que se conecta necesariamente con la preservación del empleo de calidad que estos instrumentos persiguen, de manera que la exigencia de reintegrar estos incentivos ante el cese del empleo debido a la deslocalización de la empresa, es funcional a los objetivos perseguidos por tales medidas, revirtiendo la inversión pública efectuada para garantizar el empleo estable, y  constituye una norma tendencialmente disuasoria de las decisiones de relocalización ante el coste económico adicional que éstas llevan aparejado.

Además, exigir la devolución de los beneficios y subvenciones de seguridad social en materia de contratación y empleo durante los cuatro últimos años que preceden a la decisión empresarial de deslocalizar la empresa, tiene la ejecutividad que reúne el procedimiento de recaudación de la Ley General de Seguridad Social, mientras que los preceptos relativos a la reversión de las ayudas públicas en la industria han tenido muy escasa aplicación ante los estrictos límites dentro de los cuales funciona la exigencia de devolución y la dificultad técnica que plantea la Ley de Subvenciones, a lo que se une su reducido campo de aplicación ceñido a determinadas empresas industriales. Por el contrario, la norma comentada tiene un ámbito de aplicación generalizado a todos los sectores, industriales, de servicios o agrarios, y su entrada en vigor, a tenor de la complicada Disposición Final 13ª del RDL 1/2013,  es inmediata, se ha producido el 12 de enero de 2023, aunque es todavía demasiado pronto para calibrar los efectos que puede tener en orden al coste económico real de las devoluciones posibles.

La norma cumple una clara función disuasoria de las decisiones de deslocalización, si bien es evidente que, dada la actuación que en la práctica llevan a cabo las empresas transnacionales, más que desalentar sus decisiones, lo que consigue es incrementar el coste económico de éstas añadido a los costes indemnizatorios que se prevén y asumen como elemento consustancial a este tipo de traslado de instalaciones y actividad productiva a otro país. Es decir, que estas medidas no llegan a condicionar realmente las decisiones empresariales, pero el sobrecoste es importante en la medida en que es una suerte de resarcimiento – siempre limitado – de la actividad de fomento y el gasto público para el sostenimiento y el apoyo de la industria y la actuación de las empresas que ha llevado a cabo el Estado, y como una fórmula que expresa la relación entre esta acción estatal y el mantenimiento de un empleo estable y de calidad como objetivo central de las políticas públicas. La norma pretende una reversión de la inversión pública de fomento de la actividad empresarial y de los incentivos destinados a promover la contratación laboral, así como de otros programas o medidas de impulso y mantenimiento del empleo estable y de calidad financiados mediante bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.

Es por consiguiente una norma que debe ser valorada muy positivamente, en línea por cierto con últimas reformas legislativas, en este mismo sentido, como la ley italiana de 2022. Pero es sólo un primer paso. Habría que explorar otras formas de intervención normativa que condicionen directamente la decisión empresarial de relocalizar la empresa en otros países, ante los efectos negativos y fuertemente antisociales que ésta produce  a través del reforzamiento de los derechos de información y de consulta en el caso de los despidos colectivos, y el reforzamiento de las facultades de intervención de la autoridad laboral. Un tema siempre pendiente, la regulación del despido, que deberá ser abordado pronto como otro de los elementos básicos de la regulación de nuestro sistema de relaciones laborales.


lunes, 16 de enero de 2023

SUMAR EN EL 80 ANIVERSARIO DEL INFORME BEVERIDGE. HABLA JOAQUIN APARICIO

 


El pasado día 12 de enero se celebró en Madrid un acto en el que se reunieron 350 personas de las más de mil que han participado y discutido las propuestas sobre los 35 grandes temas que han de ser encarados para una década progresista con el impulso de la plataforma SUMAR, auspiciada por la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, que tomó la palabra al final del acto. Durante el mismo el ministro de universidades, Joan Subirats, hizo una oportuna referencia a los 80 años de la publicación del Informe Beveridge, acaecida el 1 de diciembre de 1942, en plena segunda guerra mundial. En efecto, fue una oportuna referencia porque, aunque los tiempos no son los mismos, de aquella experiencia se pueden extraer interesantes reflexiones útiles en el momento actual.

 

Es conveniente recordar que, aunque el primer ministro era Churchill, aquel era un Gobierno de coalición y el informe formalmente le fue encargado a Beveridge por Arthur Greenwood, ministro laborista para la Reconstrucción, pero era sabido que la idea venía de Ernest Bevin, el ministro de Trabajo, también laborista. Beveridge estudió en Oxford lenguas clásicas y después matemáticas. Con 24 años empezó a investigar sobre la pobreza y el desempleo en Londres al preguntarse cómo un país rico podía tener tantos pobres. Durante la primera guerra mundial ocupó importantes cargos en la Administración y en 1919 fue durante tres años director de la London School of Economics para lo que contó con el apoyo de Beatrice y Sidney Webb, ilustres exponentes del socialismo fabiano, si bien Beveridge pertenecía al partido liberal en representación del cual acabó entrando en el Parlamento, aunque compartía algunas ideas con aquellos.  Ciertamente era un liberalismo que nada tiene que ver con lo que hoy propugnan los sedicentes liberales en nuestro país.

 El objetivo de Beveridge era derrotar a los cinco gigantes que sacudían a la sociedad: La Necesidad, la Ignorancia, la Enfermedad, la Miseria y la Vagancia, para lo que era necesario poner en marcha un plan de seguridad social que garantizase prestaciones económicas a toda la población cuando fallasen los medios ordinarios de obtener rentas, un sistema nacional de salud universal, una política de educación potente, una política de vivienda, pues la carencia de una vivienda digna es fuente de miseria,  y una política de pleno empleo. Conocía muy bien la caótica situación de las prestaciones sociales de su tiempo por eso propugnó un cambio radical, ya que en tiempos de revoluciones no era cosa de parchear y la guerra daba la oportunidad de actuar sobre un campo despejado para que la victoria permitiera vivir mejor que en el pasado. La victoria contra el nazi-fascismo y “la esperanza social iban de la mano”, como dijo Hobsbawm. No podía repetirse lo ocurrido los años posteriores a la Gran Guerra y la enseñanza de la revolución bolchevique estaba muy presente.

Ese era “el espíritu del 45” que llevó a que en las elecciones de ese año los laboristas con un programa que auspiciaba profundas reformas sociales, entre ellas la puesta en marcha del plan Beveridge, obtuvieron una arrolladora victoria. Clement Attlee fue elegido primer ministro con un 48% de los votos que dieron 393 escaños a los laboristas frente 213 a los conservadores y su Gobierno levantó lo que se ha dado en llamar el Estado del Bienestar que tantos embates ha sufrido desde aquellos años.

Como ya se ha dicho, no son hoy las mismas circunstancias que las de 1945, pero no deja de llamar la atención que otra guerra ha estallado en suelo europeo afectando de modo intenso a la Unión Europea y otros muchos países en un contexto en el que, sin haber sido restaurados los destrozos sociales y económicos causados por la crisis financiera de 2008, ha habido que hacer frente a la pandemia del Covid-19. Hoy la desigualdad ha aumentado, la pobreza golpea a una parte importante de la población, incluida la pobreza laboral, algo novedoso. También hay un deterioro de los servicios de salud, muy en especial de la atención primaria, una crisis climática y alimentaria que es una de las causas de los fenómenos migratorios, un deterioro de la legitimidad democrática con un aumento de los movimientos políticos que del viejo fascismo se han transmutado en lo que Umberto Eco ha llamado el fascismo difuminado o fascismo eterno, entre otros graves problemas, como el problema energético. Problemas que no son inevitables pero su solución exige medidas audaces, muy alejadas de las recetas viejas de la época Reagan -Thatcher que de un modo u otro han seguido aplicándose. Ahora son necesarias nuevas medidas de protección del planeta, de reforma de la empresa, justicia fiscal, etc… y aquí Beveridge puede sernos de utilidad cuando en su segundo informe “El pleno empleo en una sociedad libre”, animaba a ser audaces cuando decía que sus propuestas para alcanzar el pleno empleo se hacían conservando las libertades esenciales del pueblo inglés, entre las que no está, ni ha estado ni va a estar nunca la de propiedad privada de los medios de producción porque eso es coto de una minoría. Aún así, decía, se puede conseguir el pleno empleo en un régimen de propiedad privada de medios de producción, pero, añadía, si con argumentos teóricos o evidencias empíricas se demostrase lo contrario, no habría duda que ese tipo de propiedad debería ser abolida.

 
Nuestra constitución reconoce el derecho a la propiedad privada y la libre empresa, pero “de acuerdo con las exigencias de la economía en general y, en su caso, de la `planificación”, así como el derecho de los trabajadores a la participación en la empresa y el acceso a la propiedad de los medios de producción (art. 129 CE), lo que permite unas reformas osadas y valientes para encarar de modo justo los desafíos, los nuevos gigantes del siglo XXI en la próxima década, como el proyecto SUMAR se propone.




 

 

 

 


viernes, 13 de enero de 2023

LA REUNIÓN CON LOS GRUPOS DE TRABAJO DE SUMAR: IDEAS PARA UNA DÉCADA PROGRESISTA

 



Tuvo lugar ayer, en el Espacio Rastro de Madrid, una reunión de los grupos de trabajo de SUMAR que se habían puesto en marcha en septiembre de este año y que habían ya preparado los informes preliminares sobre los 35 grandes temas que se había decidido abordar. Un proceso de discusión y debate colectivo en el que han participado activamente más de un millar de personas que fue puesto en común en un acto en el que intervinieron algunas de las personas que habían coordinado los mismos, junto con dos de los relatores a los que se ha encomendado la tarea de resumir y reconducir a un texto integrado las aportaciones de estos grupos de trabajo. Se abre ahora una etapa de diseminación de estas ideas para una década progresista que se trasladarán a las organizaciones de la sociedad civil y a los sindicatos para su conocimiento y debate, abiertas además a la participación de las personas individuales que se sientan asimismo interesadas en ello. El acto, al que asistieron unas 350 personas, se cerró con una intervención de Yolanda Díaz muy centrada en los contenidos de este material de trabajo y en los retos que plantea a la acción colectiva en el espacio de la política.

A continuación, se incluye una apreciación personal del titular del blog sobre este proceso y su significado, que estuvo en la base de su intervención en el acto, reducida forzosamente por las exigencias del tiempo requerido.

La desatención, cuando no el manifiesto incumplimiento de la constitución social, ha caracterizado nuestro inmediato pasado y es la causa del desapego ciudadano ante la política como fórmula de cambiar las cosas. Vaciando progresivamente de contenido las promesas de un trabajo estable como base de la seguridad de la existencia de la mayoría de la población, imposibilitando la realización de un derecho a la vivienda cada vez más ilusorio, demostrándose incapaces de garantizar un ambiente saludable, la precariedad laboral y vital de amplias capas populares ofrecía una imagen de una sociedad escindida y profundamente desigual, lo que se acentuó de manera terrible con ocasión de la última crisis financiera y de endeudamiento público en el ciclo 2010-2013, que puso fin a un proceso largo de la modernización y privatización a gran escala a partir de la mitad de la década de los ochenta y toda la de los noventa del pasado siglo hasta el inicio de los años dos mil.

Los juristas saben – sabemos -  que la realidad no puede separarse de sus representaciones, y en el largo trayecto que lleva hasta el inicio de un período de excepción marcado por la irrupción de la pandemia a comienzos del 2020, se ha ido conformando un modelo de sociedad, regida políticamente por el turno bipartidista en el gobierno y comprometida por su representación económica, social y cultural fuertemente neoliberal, que ha generado inseguridad, desigualdad creciente y sufrimiento de innumerables personas, condenadas a su irrelevancia en términos de decisión política. La captura de este espacio por agentes que mantenían en lo esencial la impotencia de las pulsiones sociales, inmunizando la dimensión de la política frente a cualquier cambio sustancial, impuso una gobernanza alejada de las propuestas de profundización democrática del país.  Esa es la crónica del fracaso democrático del sistema de turno de partidos que ha caracterizado la experiencia española a partir de 1982 hasta su crisis a partir de las elecciones del 2015 y las turbulencias electorales e institucionales posteriores que desembocaron en el gobierno de coalición tras las elecciones de noviembre del 2019.

A partir de la situación de excepcionalidad social que causó la pandemia, la sociedad ha descubierto la necesidad de políticas públicas que combatieran las consecuencias más lesivas de una crisis económica y productiva de incalculable alcance, la posibilidad de articular un escudo social frente a las adversidades personales, de construir estructuras sólidas de preservación del empleo en el contexto de un proceso de institucionalización de sindicatos y asociaciones empresariales en torno al diálogo social como método de gobierno, a la vez que se visibilizaba a tantas y tantas personas protagonistas de cuidados y atenciones imprescindibles en una sociedad avanzada como la nuestra cuyo trabajo paradójicamente apenas veía reconocido su valor en términos de mercado. Desde ahí se ha planteado la oportunidad y la necesidad de un cambio profundo de modelo que consolide el compromiso público por nivelar la desigualdad, fortalecer el empleo estable y profundizar de este modo el diseño de la constitución social que durante tanto tiempo ha quedado sin desarrollar.

A este marco de pensamiento corresponde la iniciativa de SUMAR de impulsar un amplio proceso de escucha entre la sociedad española y constituir nada menos que 35 grupos de discusión y trabajo sobre los temas más importantes que definen un modelo social y político en nuestro país, una mirada colectiva crítica del presente y un diseño de cambio real de futuro. Un proceso de debate que ha culminado sus trabajos en una serie de materiales valiosísimos que contienen análisis y propuestas muy completas que denotan una capacidad de proyecto, un diseño poliédrico de una serie de enfoques de la realidad social más justa, más igualitaria, en la que el trabajo esté en el centro de la construcción democrática y en donde se prescribe una ciudadanía materialmente sostenida en sus necesidades y en sus anhelos de prosperidad y de felicidad por políticas públicas activas que garanticen sanidad, educación, inclusión social e igualdad efectiva, a partir de un esquema de redistribución equitativa de recursos y de asignación plena de derechos.

Hay un proyecto de país muy detallado y articulado como resultado de estos debates que han involucrado a más de mil doscientas personas de distintos ámbitos y organizaciones en una discusión colectiva. Un proyecto de país que se aleja de – y se confronta con – las visiones que hasta el momento se han ido desplegando ante la ciudadanía como únicas propuestas viables, un proyecto que busca salir adelante mediante un cambio social, político, económico y cultural que deje atrás el fracaso evidente de la lógica neoliberal que ha animado las políticas públicas y la acción de los poderes privados en el inmediato pasado, y que se ha encarnado en la impotencia democrática en la que se movía el bipartidismo. La lectura de estos textos surgidos de la discusión colectiva permite comprender la riqueza de los debates habidos que se manifiesta en la corrección de los análisis y la inteligencia de las propuestas efectuadas. Más allá de las coordenadas discursivas e históricas que encuadran este esfuerzo colectivo, lo cierto es que las palabras allí recogidas importan, son en sí mismas una herramienta interpretativa y expresiva de la realidad que se quiere transformar, extremadamente valiosa y sugerente.

Ahora bien, ese proyecto requiere de agentes colectivos que lo dinamicen, lo protagonicen y lo encarnen. Un sujeto que, apoyándose en la articulación de subjetividades complejas y polifónicas, declinadas también en femenino, poblado por identidades diversas, que sepan confluir entre lo social y lo político, capaz de representar esa realidad anotada en los análisis y las propuestas de estos grupos de estudio. Un sujeto que actúe en el espacio público y en la política de partidos, bien anclado en los movimientos y en las dinámicas sociales, capaz de articular una cultura ciudadana en torno a los ejes que se han discutido en el proyecto de país que emerge de estos debates de enorme riqueza, que sepa representar esa realidad apenas anotada en las densas páginas que han recogido los análisis críticos y las propuestas de actuación que prefiguran reformas institucionales bien meditadas y escogidas. En todas ellas destaca la necesidad de políticas públicas que reconstruyan derechos e intereses, que impongan límites a los poderes privados, que recuperen el sentido profundo del derecho de la ciudadanía a tener derechos y a que éstos estén garantizados suficientemente. Políticas públicas que se remiten a un Estado social comprometido con los objetivos de igualdad sustancial y de remoción de las dificultades para su logro efectivo que declara nuestra Constitución

Este es el reto actual, la decisión consecuente ante un proyecto completo de cambio institucional, político y social como el representado por el conjunto de estos grupos de estudio, un mundo posible que representa una realidad que tiene grandes probabilidades de alcanzarse y lograrse impulsada por una amplia mayoría social. La promesa de SUMAR.

 

 

 


martes, 10 de enero de 2023

ALGUNOS DATOS RECIENTES SOBRE EL MERCADO DE TRABAJO ESPAÑOL EN EL 2023

 


Comienza el año nuevo y se vuelve a la normalidad productiva sin excesivos sobresaltos en nuestro país, y es conveniente cobrar conciencia de algunos datos que ayudan a enmarcar la situación actual del llamado mercado de trabajo, realmente la situación del empleo que, según el discurso económico al uso, condiciona directamente el alcance del derecho al trabajo y los derechos individuales y colectivos que están asociados al mismo. El cuadro actual muestra una mejoría continua de la relación entre ocupados y desocupados, un incremento de la población activa asalariada y una disminución progresiva de la contratación temporal, con un correlativo aumento de la estabilidad en el empleo. Son datos muy positivos que sin embargo han sido recibidos con desagrado y desconfianza por la derecha política – no así, como es natural, por los sectores empresariales – que han expresado en público su disgusto, como si un marco social de relativa estabilidad se confrontara con su proyecto político inmediato.

De manera esquemática, podemos exponer los siguientes elementos materiales.

Afiliación a la Seguridad Social

La afiliación de trabajadores es un acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) reconoce la condición de incluida en el Sistema de Seguridad Social a la persona física que por primera vez realiza una actividad determinante de su inclusión en el ámbito de aplicación del mismo. En definitiva denota la entrada de una persona en el ámbito de la prestación de actividad que se corresponde con alguno de los regímenes de protección del sistema, principalmente el Régimen General o el Régimen de Trabajadores Autónomos.

El gráfico que abre esta entrada es obra de Carlos Castedo y ofrece datos interesantes sobre la variación que ha tenido esta magnitud de la afiliación a la Seguridad Social desde el 2007 y la composición interna entre hombres y mujeres.

En el pasado mes de diciembre hubo más de veinte millones de personas afiliadas a la Seguridad Social (20.296.271). Eso supone el 2,4% más que en diciembre de 2021 (1,9% hombres y 2,9% mujeres) y un 4,8% más que en 2007, el año anterior al comienzo de la crisis financiera en el que España vivía en una burbuja de esplendor económico. Es importante señalar el incremento del empleo femenino en estos años. Las mujeres son ya el 47,1% de la afiliación y un 17% más que en 2007, un verdadero salto adelante muy importante.

El desempleo

Hay que recordar que el Paro Registrado está constituido por el total de demandas de empleo en alta, registradas por el SPEE, existentes el último día de cada mes. De estas demandas de empleo se excluyen aquellas personas que estén en alguna de las siguientes situaciones:

Demandantes que solicitan otro empleo compatible con el que ejercen (Pluriempleo).

Demandantes que, estando ocupados, solicitan un empleo para cambiarlo por el que tienen (Mejor empleo).

Demandantes perceptores de prestaciones por desempleo que participan en trabajos de Colaboración Social (Colaboración Social).

Demandantes que son pensionistas de jubilación, pensionistas por gran invalidez o invalidez absoluta y demandantes de edad igual o superior a 65 años (Jubilados).

Demandantes que solicitan un empleo para un período inferior a 3 meses (Empleo Coyuntural).

Demandantes que solicitan un trabajo con jornada inferior a 20 horas semanales (Jornada < 20 horas).

Demandantes que están cursando estudios de enseñanza oficial reglada siempre que sean menores de 25 años o que superando esta edad sean demandantes de primer empleo (Estudiantes).

Demandantes asistentes a cursos de Formación Profesional Ocupacional, cuando sus horas lectivas superen las 20 a la semana, tengan una beca al menos de manutención y sean demandantes de primer empleo (Estudiantes).

Así también las demandas suspendidas, las que se encuentren en compatibilidad de prestaciones por realizar un trabajo a tiempo parcial, los trabajadores eventuales agrícolas subsidiados, quienes hayan rechazado acciones de inserción laboral u otras causas.

El número de personas desempleadas registradas en las Oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), al finalizar el mes de diciembre, ha descendido en 43.727 personas (-1,52%) en relación con el mes anterior. De esta forma, el paro registrado se ha situado en 2.837.653 alejándose más la barrera de los 2,9 millones de personas desempleadas. De ellas, el 62,46% (1.799.838) percibieron algún tipo de prestación, aunque la tasa de cobertura bruta, se calcula en un 66,27 %, según el informe de Alberto Pérez para noviembre de 2022, que contrasta con los valores de 2016, en donde se situaba en el nivel más bajo del 52,9 %.

Respecto a diciembre de 2021, el paro interanual ha descendido en 268.252 personas (-8,64%), un porcentaje aun mayor si se compara con la situación en diciembre de 2020, más de un millón de personas menos, un descenso del 27,04%. La tasa de paro se calcula que se encuentra en un 12,5% en el 4º trimestre del 2022, frente al 25,7% de la crisis en 2013 y al 18,6% de 2016, un año de “plena recuperación económica” según el gobierno del momento.

Contratos registrados

La reforma laboral del RDL 32/2021 ha producido efectos muy directos sobre la contratación laboral. Como ha señalado Joaquín Pérez Rey en la presentación de los datos de todo el año 2022, se ha producido en este aspecto “la gran transformación” de la fisonomía de la contratación laboral. Los contratos iniciales han disminuido, han aumentado exponencialmente los contratos indefinidos, ha disminuido la contratación a muy corto plazo – hasta siete días o un mes – y se subraya también por los comentaristas que ha disminuido la rotación de la contratación realizada en relación con la ocupación de las empresas. El informe de Alberto Pérez sobre los efectos de la reforma laboral en la contratación y en la ocupación (diciembre de 2022) hace notar que mientras que en el año 2019 el porcentaje de contratos iniciales suponía el 136,84% de los trabajadores ocupados por las empresas, de enero a noviembre de 2022 este porcentaje disminuía al 103, 3% de los ocupados.

El número total de contratos registrados durante el mes de diciembre del 2022 ha sido de 1.189.917. De este total, 464.152 contratos de trabajo son de carácter indefinido y representan el 39% de todos los contratos. En términos absolutos son 290.368 contratos indefinidos más que en mismo mes de 2021.

Durante el año 2022 se firmaron un total de 18.310.343 contratos, 4.201.878 contratos menos (-18,7%) que en el mismo periodo de 2019, uno de los efectos esperados, en términos de estabilidad, tras la puesta en marcha de la Reforma Laboral. De este total, 7.027.160 son contratos por tiempo indefinido hasta diciembre de 2022, cifra que supone un ascenso de 4.913.819 sobre el mismo periodo del año 2021. El total de contratos temporales es de 11.283.183.

Hay que destacar que se han firmado cerca de cinco millones de contratos indefinidos más (4.867.726) y nueve millones de contratos temporales menos (9.069.604) que en el año 2019, el año previo a la pandemia. De estos, el contrato que más se ha incrementado ha sido el indefinido ordinario a jornada completa (1,7 millones más).

La polémica sobre la modalidad del fijo discontinuo en la que se obstinan los exponentes más señalados de la oposición al gobierno y una buena parte de sus sostenedores mediáticos no tiene mayor interés que el que provoca un ruido molesto, dada la consideración del fijo discontinuo como contrato indefinido desde la norma de 1985 que es conforme con la estadística europea al respecto. La reforma laboral justamente utilizó esta fórmula contractual, que puede también utilizar las ETTs, como figura que reconvirtiera a estacionalidad de tantas actividades económicas alejándola de la eventualidad o de la consideración a término de la contrata de servicios.

Prestaciones por Desempleo:

También en este punto se han disparado las críticas de la oposición política, por entender que hay un mayor gasto social de desempleo, desconectándolo de una mayor y mejor cobertura de las prestaciones que se prevén frente a este estado de necesidad.

Los beneficiarios existentes a final del mes fueron 1.799.838, con un descenso respecto al mismo mes del año anterior del 1,2%. Los gastos totales de noviembre de 2022 ascendieron a 1.743,4 millones de euros. Como ya se ha dicho, la tasa de cobertura en el mes de noviembre fue del 66,3%, nueve puntos superior a la de noviembre de 2021.

La cuantía de la prestación por desempleo se ha mejorado tras las modificaciones últimas que ha recogido el art. 270.2 LGSS, modificado por la disposición final 25.8 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, Ley de Presupuestos.

Como se sabe, el importe de la prestación por desempleo se calcula según la base reguladora; esta es la media de las bases de cotización de los últimos 180 días de trabajo anteriores al cese. La cuantía de la prestación por desempleo durante los primeros 180 días será el 70 % de la base reguladora, a partir del día 181 será el 60 % de dicha base (no el 50% como se había establecido en el 2013).

Los importes resultantes de ese cálculo no pueden ser inferiores al tope mínimo ni superiores al tope máximo establecido en la Ley según el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) y según se tengan o no hijos o hijas a cargo.

Con la publicación de los Presupuestos Generales del Estado el pasado 24 de diciembre, Ley 31/2022, en el Boletín Oficial del Estado el IPREM mensual ha quedado establecido en 600 euros mensuales, culminando así una subida paulatina a partir de 2021 de 564,90 € a 579,02 € en 2022.

Eso significa que la cuantía mínima de prestaciones por desempleo para 2023 será de 560 euros (sin hijos) y de 749 para personas con hijos a su cargo, y la máxima de 1.225 euros para personas sin hijos, de 1.400 euros para personas con un hijo y de 1.575 euros para personas con más de un hijo a su cargo.

Conclusiones

La situación económica es complicada y la guerra de Ucrania plantea muchos interrogantes que fundamentalmente se concentran en el proceso inflacionario, la negativa de las asociaciones empresariales a realizar un acuerdo sobre la subida salarial en la negociación colectiva, los topes a los precios energéticos y a otros productos de primera necesidad, y la discusión sobre la necesidad de una intervención sobre aspectos sociales fundamentales, como la vivienda. Pero los datos relativos al empleo son en general positivos y denotan una situación de estabilidad sobre la que el cambio del marco institucional ha resultado extremadamente provechoso. Algo que no se debe olvidar y sobre el que lamentablemente no se insiste cómo se debiera por los agentes políticos y sociales.

 

 


domingo, 8 de enero de 2023

LA ESTRATEGIA DE LA DESLEGITIMACIÓN DE LA DEMOCRACIA: LA IRRUPCIÓN DE LOS BOLSONARISTAS EN EL CONGRESO Y EN EL TRIBUNAL SUPREMO FEDERAL BRASILEÑO

 


La estrategia de la deslegitimación de los gobiernos democráticos como elemento central de la resistencia de la derecha extrema – Alt Right – ante la derrota en las urnas de los planteamientos políticos propios, ha conducido a actos de extrema violencia antidemocrática mediante la ocupación de los lugares emblemáticos en donde se expresa la voluntad popular, los órganos legislativos o el congreso de los diputados. El momento histórico que recoge el salto adelante en este momento lo supuso la irrupción en el Congreso de Estados Unidos por parte de las huestes enfurecidas de Trump protestando por lo que a su juicio había sido un “robo” electoral, un episodio de golpe de estado que felizmente acabó mal para sus inductores y partícipes, el 6 de enero de hace dos años.

En Brasilia y en las capitales de otros estados de aquella república, se han ido formando campamentos de partidarios de Bolsonaro a las puertas de acuartelamientos militares, exigiendo la intervención del ejército brasileño en un golpe de estado que devuelva la presidencia al presidente que ha perdido las elecciones. Aunque en alguno de los estados ya se han empezado a desmantelar estas concentraciones de personas claramente golpistas, en Brasilia el gobernador del DF las había permitido “siempre que fueran manifestaciones pacíficas”. Hoy, alas ocho de la tarde en España, cuatro de la tarde en Brasilia, centenares de personas concentradas ante las sedes de los organismos oficiales en Brasilia han procedido a invadir primero el Congreso y luego el Tribunal Supremo Federal – que actúa como Tribunal Constitucional y que ha mantenido en noviembre de 2022 presiones sobre Bolsonaro para que reconozca el resultado de las elecciones y pare las protestas de sus simpatizantes, entre ellos grupos de camioneros que se revelaron exigiendo una “intervención militar” – y la sede del gobierno federal el palacio de Planalto. En su irrupción, estos manifestantes han traspasado sin problemas la barrera policial y han procedido a destrozar el interior del Tribunal Supremo y del palacio de gobierno sin intervención de la fuerza pública. El gobierno del Distrito Federal – cuyo gobernador pertenece a la lista electoral de Bolsonaro - está manteniendo una actuación bochornosa de abstención frente a la destrucción de estos organismos públicos. Felizmente el presidente Lula se encuentra en Sao Paulo y por consiguiente la acción de los golpistas no ha encontrado un rehén precioso en su ataque a las instituciones democráticas.

La situación es muy grave, y ahora, ante la inacción de las autoridades del Distrito Federal, deberá ser la policía federal comandada por el Ministro de Justicia e Interior, la que garantice el orden público y desaloje a los golpistas. El recién creado Comité de Defensa de la Democracia y el Fiscal General del Estado abordarán en las próximas horas las medidas oportunas. No hay por el momento evidencia de participación en este conato de violencia de la extrema derecha. Pero la reacción debe ser inmediata y eficaz. Como dice Tarso Genro, había ya señales del tránsito de una “guerra de posiciones” a una “guerra de movimiento” con formas agudas de violencia subversiva de la extrema derecha que no han sabido ser interpretadas por el nuevo gobierno en parte ante la alegría y el júbilo por la victoria y la toma de posesión de Lula. El foco de la resistencia golpista está en Orlando, donde se ha retirado y conspira el ex presidente derrotado, pero también en Brasilia y en Sao Paulo, donde se encuentran poderosos medios de comunicación y sectores económicos con fuerte apoyo en sectores de la población.

Mientras esperamos la resolución de este gravísimo atentado a la democracia en Brasil, no está de más observar el cambio que se produce en el discurso de las derechas extremas en la mayoría de los países en donde se ha producido un cambio de gobierno apoyado por mayorías sociales que quieren realizar un proyecto de transformación de la sociedad contrarias al modelo neoliberal dominante durante casi cuarenta años y exacerbado tras las grandes crisis financieras en el ciclo 2008-2013, que ha demostrado su ineficacia con la irrupción de la pandemia y la necesidad de un cambio normativo e institucional en torno a políticas públicas de protección social. En gran medida, y el caso español es paradigmático, la deslegitimación del gobierno democrático es el eje en torno al cual se nuclea una acción política y cultural que se extiende y fortalece a través de su reiteración en los medios de comunicación afines. En nuestro país, esta deslegitimación del gobierno de coalición se efectúa sobre la base de demonizar el pluralismo político de sus apoyos parlamentarios, a través de una imputación continua de actuación totalitaria y antidemocrática al gobierno que obtiene y representa a la mayoría social, llegando incluso al punto de afirmar que los incumplimientos flagrantes de la Constitución al negarse el PP a renovar el CGPJ se debe a la necesidad de “proteger” al poder judicial de su captura por los intereses partidistas del gobierno de Sánchez.

La deslegitimación de las instituciones democráticas ha calado profundamente en una parte importante del electorado de la derecha, que ha extremado y radicalizado sus posiciones negando la posibilidad de existencia política a la mayoría de la población representada por los partidos que mantienen al gobierno y respaldan su actividad legislativa. En el año que comienza es más que previsible que este clima de deterioro democrático se agudice por parte de estos grupos en una estrategia ya no solo privativa de la extrema derecha, sino que resulta participada por el principal partido de la oposición, el Partido Popular. Una reedición del gobierno de coalición en las elecciones generales de noviembre puede que provocara reacciones de violencia como las que estamos ahora observando en Brasil, queriendo impedir por la fuerza el desarrollo del mandato democrático del pueblo brasileño.

Toca ahora presionar desde nuestro país para que se respete esta voluntad democrática. La gran mayoría de los presidentes de Latinoamérica han hecho pública su solidaridad y apoyo al presidente Lula y a su gobierno democrático. La OEA debe reunirse de urgencia y condenar estos hechos, como también ha sido imperativo la expresión pública de Estados Unidos en ese mismo sentido, a través del secretario Blinken. La Unión Europea y su comisario de asuntos exteriores tendría que pronunciarse de inmediato - sin los tiempos largos a los que estamos acostumbrados -  y, naturalmente, el gobierno español y las principales organizaciones políticas y sociales de este país, como ya está comenzando a hacer, los primeros el presidente del gobierno Pedro Sanchez, y la Vicepresidenta segunda, Yolanda Diaz, seguidos de importantes lideres políticos y sindicales. Nos va mucho en juego en este momento. No se puede descuidar los frutos de esta estrategia de deslegitimación que busca acabar con la democracia ante la posibilidad de reformas sociales en profundidad avaladas por la mayoría de la ciudadanía. Un nuevo y peligroso espacio político se abre en el que el propio sistema democrático puede ser sacrificado a la necesidad de mantener la codicia corporativa y la sumisión plena a las coordenadas marcadas por la explotación del trabajo.

 


viernes, 6 de enero de 2023

SOBRE LA SITUACIÓN EN PERÚ. UN MANIFIESTO DE LA ASOCIACIÓN PERUANA DE LABORALISTAS

 


La situación política en Perú no recibe tratamiento permanente en los medios de comunicación españoles desde la noticia de la detención del presidente Pedro Castillo el 16 de diciembre y las circunstancias posteriores de represión y muertes en las protestas por la misma, más allá de referencias genéricas al “descrédito de toda la clase política y la sucesión de presidentes denunciados por corrupción alimentan un malestar que comenzó en 2017” (https://elpais.com/internacional/2022-12-13/por-que-escala-la-protesta-en-peru.html) . El contexto social y político en el que se están desarrollando estos hechos permanece fuera del foco de la opinión pública. Apenas ha habido un comentario a la crisis diplomática con México por dar asilo a la mujer y los hijos del ex presidente. Tampoco en los medios alternativos, incluso en la prensa sindical, se encuentra un análisis contextual de este fenómeno, pese a la declaración de la CGTP en contra de la represión social y el gobierno de Dina Boluarte en Perú del 30 de diciembre pasado. Cabe deducir que no se ha establecido un flujo de información entre los sectores de la izquierda social peruana y sus referentes en España, de manera que en gran medida las perspectivas de reforma social que se encuentran representadas en aquel país no son conocidas ni encuadradas en el momento político actual de crisis.

En este marco, es importante conectar con agentes sociales que puedan ofrecer una mirada consecuente con su actividad desde el interior del Perú de la que se desprendan algunas indicaciones que permitan una mejor comprensión de los procesos sociales que están en marcha en aquel país, en un contexto internacional en el que las sociedades de América Latina se están decantando por gobiernos populares partidarios de amplias reformas sociales y económicas.

Este es el caso de la Asociación Peruana de Laboralistas, una asociación que explícitamente defiende los derechos de los trabajadores y de la que forman parte no solo abogados sino también otros profesionales, de otras carreras, como Sociólogos/as, Economistas, Antropólogos/as, porque este colectivo apuesta por un enfoque interdisciplinario en la consecución del objetivo perseguido. Estela Ospina, una amiga y seguidora de este blog, y Gisella Figueroa, la presidenta de la APL, han hecho llegar este Manifiesto cuyo interés resulta evidente en la línea de la información antes aludida. Es importante en el mismo la referencia a un proceso de regulación de las relaciones laborales que se está llevando a cabo en el Perú durante la presidencia de Pedro Castillo y que se sustancia en un programa de cambios legislativos en materia laboral conocido como Agenda 19 , materializado en 19 puntos cuyo contenido se puede consultar en este enlace https://www.gob.pe/institucion/mtpe/campa%C3%B1as/7702-agenda-19, un programa que la nueva gobernanza política y los representantes empresariales rechazan explícitamente.

Hay por tanto un aspecto sociolaboral en el desarrollo de las políticas públicas que ya está siendo paralizado o revertido en esta situación de excepción que además se ha acompañado de una fuerte represión ciudadana. El Manifiesto que a continuación se publica en esta entrada denuncia esta situación con mesura, pero también con decisión. Es importante en consecuencia que estos aspectos relacionados con la seguridad de la existencia colectiva de las personas que trabajan sean atendidas como parte esencial del análisis que se efectúe sobre los procesos políticos en un país como Perú.

MANIFIESTO SOBRE LA SITUACIÓN POLÍTICA DE NUESTRO PAÍS

Sobre los últimos acontecimientos políticos y de violencia que han sacudido a nuestro país, la Asociación Peruana de Laboralistas se dirige a la opinión pública para expresar lo siguiente:

            Condenamos el asesinato de 27 peruanas y peruanos por parte de las FFAA reviviendo las épocas más oscuras de nuestro país, creyendo que el uso y fomento de la fuerza y al terror constituyen un medio de  “solución” al  conflicto generado esencialmente por  la incapacidad de nuestra  clase política para propiciar consensos republicanos sobre la base del diálogo y propuestas que aborden los problemas estructurales de índole política y social que explican la situación de crispación social de la que no salimos desde hace más de un lustro.

            Condenamos todos los actos de represión que, desde el nuevo gobierno, se vienen ejecutando contra el pueblo que protesta y exigimos a las autoridades el cese inmediato todo acto de violencia y amedrentamiento contra los ciudadanos de todo el país que ejercen libremente su derecho a manifestarse.

            Exigimos se respeten los avances procesados en materia laboral; y, en particular, la reforma del reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo para implementar las obligaciones derivadas de los Convenios de la OIT sobre Libertad Sindical ratificados por el Perú, la modificación del reglamento de la Ley sobre Tercerización para cesar con los abusos en los procesos de intermediación laboral, los reglamentos requeridos para implementar el nuevo régimen laboral de la agroindustria o la propuesta de discusión del Código de Trabajo que Perú no tiene y hace de nuestro país una excepción en el contexto normativo de toda Latinoamérica. En este sentido lamentamos las declaraciones brindadas por las nuevas autoridades del MINTRA y el sector empresarial, que cuestionan los avances mencionados, especialmente en lo referido al reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas y el Reglamento de la Ley de Terciarización de Servicios.

            Llamamos a que no se retroceda en la implementación de la Agenda 19, y para que se impulse el diálogo social en el Consejo Nacional del Trabajo, lo mismo que por la expansión de negociaciones colectivas por rama de actividad.

            Llamamos a que se discuta una Ley de Debida Diligencia empresarial en materia de Derechos Humanos que ponga coto a los abusos que constituyen la principal fuente de los conflictos sociolaborales y socioambientales en el país.

            El país debe encaminarse en el más breve plazo a la convocatoria a Nuevas Elecciones Generales, con nuevas reglas, que impidan que prosiga la primacía de intereses subalternos y corruptos en el manejo de la cosa pública y los destinos del país.

Desde la APLT esperamos que el nuevo año signifique una nueva oportunidad para continuar en el camino de la defensa de los derechos laborales y los derechos humanos en nuestro país.

Lima, 30 de diciembre de 2022


lunes, 2 de enero de 2023

LA "PERSPECTIVA EUROPEA" Y UCRANIA


 

European Law Open es una revista editada por la prestigiosa editora Cambridge University Press de cuyo nacimiento el año pasado se hizo eco este mismo blog en esta entrada (https://baylos.blogspot.com/2022/06/una-nueva-revista-de-derecho-europeo.html). Contiene una serie de artículos siempre interesantes en acceso abierto que abordan de manera crítica y productiva una larga serie de asuntos relacionados con la Unión Europea. Cada fascículo contiene un editorial breve tras del cual se enumeran los artículos que componen el número en particular. En el último fascículo, el correspondiente al número 3 de 2022, publicado el 4 de noviembre, Harm Schepel, profesor en la Universidad de Kent y en la Escuela de Estudios Internacionales de Bruselas, ha publicado un editorial que con el título “La perspectiva europea”, denuncia en una suerte de eurocentrismo occidental que oculta e invisibiliza el oriente europeo, una mirada en la que posiblemente la existencia del llamado “telón de acero” haya influido poderosamente. Aprovechando el carácter abierto de este texto, hemos procedido a traducirlo al castellano y lo ofrecemos como la primera entrada de este año 2023, tan decisivo en todos los órdenes para la Unión Europea y para nuestro país.

The European Perspective

Harm Schepel (European Law Open, (ELO), nº 3, 2022)

https://www.cambridge.org/core/journals/european-law-open/article/european-perspective/4B99219CC9B74584C2D325CE6820F948

En su Dictamen de 17 de junio de 2022, la Comisión recomendaba que "se diera a Ucrania la perspectiva de convertirse en miembro de la Unión Europea". En su declaración presidencial del mismo día, Ursula von der Leyen abrevió la frase y recomendó que se diera a Ucrania "una perspectiva europea". Y el mismo día, tuiteó una foto suya con los colores de la bandera ucraniana. Es decir:

Los ucranianos están dispuestos a morir por la perspectiva europea.

Queremos que vivan con nosotros el sueño europeo.

Si entendemos la "perspectiva europea" como la perspectiva de pertenecer a la Unión, se trata de una desagradable apropiación del dolor y el sufrimiento. Invadidos por una potencia imperial que niega la existencia misma de su país y de su pueblo, los ucranianos no necesitan realmente otro posible epitafio para sus lápidas. Cada vez que se les dice que están luchando por un bien mayor -la seguridad europea, los valores europeos, la libertad, la democracia-, los ucranianos tienen buenas razones para preguntarse por qué son los únicos que mueren por ello. También es patético, en el sentido de atribuir a la Unión un sentido del patetismo del que tan obviamente -y con razón- carece. Incluso mejor que banderas de la UE, himnos y una Constitución, parece, sería un monumento a los ucranianos desconocidos caídos por "el sueño europeo".

Quizá sea útil entender la "perspectiva europea" de otra manera, como una forma europea particular de ver las cosas, concretamente, una forma europea particular de mirar hacia el Este. Esto implica, en primer lugar, mirar hacia otro lado y olvidar la historia. Por supuesto, mirar a través de un telón de acero es difícil. Pero para un proyecto moral e intelectualmente tan profundamente arraigado en la Segunda Guerra Mundial, la casi completa eliminación de la memoria colectiva del "frente oriental" sigue siendo chocante. Los combates más intensos, las matanzas más horribles y la hambruna deliberada tuvieron lugar en las "tierras de sangre" de los países bálticos, Polonia, Bielorrusia, Rusia occidental y Ucrania. Fue aquí, donde realmente vivía la mayoría de los judíos, donde se fusiló y gaseó a millones de judíos. Fue aquí donde se decidió la Guerra, fue aquí donde giró la bisagra del destino. Sin embargo, generaciones de europeos occidentales han sido educados en la creencia de que las victorias decisivas de la Segunda Guerra Mundial se produjeron en las playas de Normandía y que "Europa" fue liberada por soldados estadounidenses y británicos, ayudados por la resistencia francesa y los partisanos italianos. Y esas mismas generaciones han sido educadas para creer que la clave de la "paz en Europa" ha sido el proyecto de integración europea que ha encerrado a Francia y Alemania en patrones de dependencia mutua.

La "perspectiva europea" se basa en el olvido de formas más profundas. Gran parte de la doctrina jurídica europea y de la imaginación constitucional se basa en la idea de que la integración europea es una respuesta a la pregunta: ¿qué hay después del Estado nación? La pregunta más adecuada es: ¿qué hay después del Imperio? Para que el mito fundacional del Derecho europeo tenga sentido, el de los Estados-nación escarmentados que superan la guerra cambiando sabiamente el nacionalismo por la cooperación, el poder por la ley y la dominación por la reciprocidad, los Estados-nación tuvieron que ser imaginados para existir. El imperio y la colonización no tienen cabida en esa historia, por no hablar de los brutales hechos de los europeos estableciendo imperios dentro de Europa. Es aquí donde Ucrania es tan crucial y tan dolorosa: Lebensraum tenía un nombre y un lugar. El intento alemán de colonizar Ucrania en 1941, incluidas las políticas para matar de hambre deliberadamente a millones de ucranianos en la misma tierra negra que iba a alimentar a la madre patria, tenía que ser eliminado de la memoria colectiva -nuestra memoria colectiva- y así fue. Si no podemos ver eso, no podemos darnos cuenta realmente de la resonancia con la política imperial soviética de hambruna masiva una década antes, ni de las similitudes con la actual invasión rusa. Ucrania, en palabras de Timothy Snyder, "revela la regla: La historia europea gira en torno a la colonización y la descolonización".

Dar a los europeos una "perspectiva europea" es también una reminiscencia de un proceso intelectual de invención de la "Europa del Este" que se remonta a siglos atrás y persiste mucho después de 1989. El clásico en este caso es la Histoire de Charles XII de Voltaire, que narra las aventuras militares del rey sueco a principios del siglo XVIII desde el Báltico hasta el Mar Negro. En un ejercicio de geografía filosófica, la figura señera de la Ilustración se esmeró en revelar a los europeos una Europa desconocida para Europa. En el proceso, según reconstruye Larry Wolff, Voltaire dividió el continente en una Europa que "conocía" y otra que existía para ser conocida o desconocida; en definitiva, que esperaba ser "descubierta". Cuando Carlos se perdió en Ucrania, no estaba realmente perdido: sólo avanzaba en un pays perdu.

El Telón de Acero ya no existe, pero aún proyecta largas sombras de prejuicios culturales que lo superan con creces. Tony Judt lo expresó de forma memorable en Postwar, al describir la Unión tras la ampliación:

"Dos siglos y medio después de que Voltaire trazara el contraste entre una Europa que 'conoce' y una Europa que 'espera ser conocida', esa distinción conservaba gran parte de su fuerza. El poder, la prosperidad y las instituciones se concentraban en el extremo occidental del continente. La geografía moral de Europa -la Europa en manos de los europeos- consistía en un núcleo de Estados "verdaderamente" europeos, cuyos valores constitucionales, jurídicos y culturales se presentaban como el modelo para los europeos menores, aspirantes: que buscaban, por así decirlo, llegar a ser verdaderamente ellos mismos".

Hay una ambigüedad en el proceso, en la medida en que lo que significa ser "verdaderamente" europeo se define en parte por su "otro". La romantización de la muerte y el sacrificio de los ucranianos en el altar del "sueño europeo" forma parte de ese mecanismo.