domingo, 9 de febrero de 2025

EL PENSAMIENTO ECONOMICO DOMINANTE Y LA REALIDAD SOCIAL

 


En la revista digital Social Europe el economista heterodoxo James K Galbraith, que criticó el Consenso de Washington sobre políticas basadas en el libre mercado, y defendió que la economía keynesiana ofrecía una solución a la crisis financiera desatada en 2008 mientras que las políticas monetaristas no harían más que profundizar la recesión, ha publicado un artículo en el que da cuenta de los sucesivos fracasos predictivos de la economía dominante ante los problemas más relevantes que se le han planteado.  

Lo que denuncia Galbraith es un hecho cotidiano también en el pensamiento económico europeo, que permea tanto la política económica y fiscal – las reglas adoptadas sobre el equilibrio presupuestario y la deuda son el ejemplo más evidente – como la elaboración académica dominante. También en España este enfoque es preponderante – aunque haya muy relevantes excepciones – y el área de economía del gobierno y sus asesores permanecen anclados en estas posiciones. Las advertencias sobre las consecuencias negativas sobre el empleo y la inversión de las reformas laborales – del “mercado de trabajo” – que amplían y consolidan derechos de las personas que trabajan y por consiguiente intervienen, regulando este “mercado” e imponiendo límites a los poderes empresariales, se han ido desvelando inconsistentes en el ciclo de reformas que se ha emprendido desde el 2020. Los recientes debates aun en curso sobre las que se predican como consecuencias desoladoras sobe la productividad y la inversión de la reducción legal de la jornada máxima a 37,5 horas son un buen ejemplo de ello.

Por eso el artículo aquí incorporado parcialmente, es interesante porque rescata para la opinión pública no experta un principio de realidad que la economía dominante no está dispuesta a admitir, siempre proclive a plantear su análisis en última instancia como justificación de la codicia corporativa y el dominio del capital financiero sobre las personas y los pueblos.

LA ECONOMÍA DOMINANTE: UN CATÁLOGO DE FRACASOS

James K Galbraith , Social Europe,6 de febrero de 2025

Una crítica de los fracasos de la economía dominante y de su resistencia al cambio.

https://www.socialeurope.eu/mainstream-economics-a-catalogue-of-failures

 

En un notable catálogo de horrores para The New York Times, el periodista Ben Casselman detalla los «principios centrales» de la economía dominante que han caído en desgracia política: libre comercio, fronteras abiertas, un impuesto sobre el carbono, austeridad fiscal. En su cobertura de la reciente reunión anual de la American Economic Association en San Francisco, Casselman señala los problemas que los economistas no han resuelto: la desindustrialización, el crack de 2008 y la consiguiente recesión, la ralentización del crecimiento a largo plazo. Y subraya sus mayores fallos de previsión: la crisis financiera de 2007-09, la crisis de precios de 2021-22 y la naturaleza transitoria de la inflación resultante, que hasta ahora ha retrocedido sin desencadenar una recesión.

Con admirable moderación, Casselman informa de la opinión de Jason Furman de que los economistas deben «hacer un mejor trabajo... comprendiendo los problemas que preocupan a la gente», y de la observación de Glenn Hubbard de que demasiados economistas han sido «desdeñosos e insensibles» ante tales preocupaciones. No es broma.

No es de extrañar que un periodista se encontrara con semejante cúmulo de fracasos -y casi nadie con una opinión discrepante- en esta reunión de economistas «de primera fila». Por supuesto, hay economistas que han abrazado ideas contrarias sobre aranceles y desarrollo, fraudes y crisis financieras, las raíces de la desindustrialización en los años ochenta, política industrial y medioambiental, y dinero, déficit y deuda. Pero cuando estos expertos asisten a las reuniones - firmemente controladas por la corriente dominante - son marginados a pequeñas habitaciones en hoteles satélites. No hay error que pueda avergonzar a los economistas «top» para que renuncien a los puestos de honor.

El control de lo convencional está profundamente arraigado en las normas institucionales. Para ser un economista «de primera» hay que ser titular en un departamento de economía «de primera», lo que a su vez requiere publicar en una revista «de primera», un ojo de aguja estrechamente controlado por los ortodoxos. La única otra vía hacia el prestigio profesional es un nombramiento para un puesto de alto nivel en la Casa Blanca, la Reserva Federal, el Tesoro estadounidense o, tal vez, el Fondo Monetario Internacional. Los académicos heterodoxos están dispersos, sus departamentos están infradotados y mal clasificados. Mantener una opinión discrepante coherente -sobre todo si es acertada en cuanto a los méritos- les impide asistir al tipo de reunión que observó Casselman.

(…)

Los economistas derivan sus teorías de la parábola del intercambio y del supuesto de que los mercados son la institución económica clave. Esto les permite tratar la producción como algo secundario -organizada en pseudomercados de trabajo, capital, tecnología, etc.- y aferrarse a una ilusión de equilibrio. La reconfortante idea en la que se basan los modelos de los economistas es que -aparte de todos los problemas, como el monopolio- los mercados, en algún escenario ideal, resolverán las cosas.

En todos los demás campos del conocimiento humano, las teorías del equilibrio desaparecieron después de mediados del siglo XIX, cuando la evolución y la termodinámica pasaron a dominar el pensamiento científico. Los economistas dominantes son los únicos que se resisten, prefiriendo las verdades triviales de los modelos matemáticos autocontenidos al compromiso con el mundo real.

Una visión termodinámica entiende que lo primordial es la producción, no el intercambio. Sin producción, no hay nada que intercambiar. Adquirir y movilizar los recursos necesarios para la producción requiere una inversión fija, realizada por las organizaciones con la esperanza de obtener beneficios. Todas estas inversiones son inciertas. Y toda actividad debe regularse, como la tensión arterial o la temperatura del motor del coche.

No hay mercado sofisticado - en realidad, no hay mercado - sin gobierno, y no hay gobierno sin fronteras y límites que determinen su jurisdicción. Sólo por eso la globalización estaba destinada a acabar en caos.

No es difícil ajustar el pensamiento a este paradigma bien establecido, con el que todas las demás ramas de las ciencias naturales y sociales se enfrentaron hace mucho tiempo. Muchas cuestiones políticas - comercio, desigualdad, energía, tipos de interés y de descuento, déficit y deuda, poder monopolístico - pasan a primer plano. Pero no se puede esperar avanzar mientras una escuela de pensamiento anticuada monopolice los recursos que sustentan las universidades, las revistas, las promociones, los fondos de investigación y los primeros puestos en las reuniones anuales de economía.

 

 


miércoles, 5 de febrero de 2025

JORNADA DE ESTUDIO EN MADRID EL 27 DE FEBRERO: NOVEDADES SOBRE LA REGULACIÓN DEL DESPIDO

 


Todos los años, el Gabinete de Estudios Juridicos de CC.OO., órgano de asesoramiento y consulta jurídica de ámbito confederal, dirigido por Francisco Gualda, organiza una Jornada de Estudio en Madrid en colaboración con la asociación Jueces y Juezas por la Democracia, en la que también participa como entidad co-organizadora, el departamento de Derecho del Trabajo y Trabajo Social de la UCLM. En esta ocasión, el tema que se ha elegido es de enorme actualidad, porque va a abordar las novedades en la protección del despido a través del estudio de las últimas intervenciones legislativas y jurisprudenciales.

En el proyecto reformista en el que el sindicato y los actores institucionales más comprometidos con el mismo – el Ministerio de Trabajo y el área de derechos sociales junto con los partidos que componen el bloque de SUMAR y una parte de la izquierda nacionalista – el tema de la reforma del régimen legal del despido constituye un objetivo evidente, en gran parte obligado por las decisiones que sobre la estructura de la indemnización ante el despido injustificado está adoptando el Comité Europeo de Derechos Sociales respondiendo a las reclamaciones colectivas que han interpuesto UGT y CCOO, esta última aun por resolver. Pero además algunas sentencias del Tribunal Supremos han sido particularmente interesantes, como la que reconoce el derecho a audiencia previa a la persona despedida, en aplicación del Convenio 158 OIT, y una batería de normas legales han incidido material y procesalmente sobre la garantía de indemnidad, los despidos discriminatorios o el desarrollo del proceso de despido.

Para su análisis, el 27 de febrero en el Auditorio Marcelino Camacho se ha convocado esta Jornada de Estudio con la participación ya acostumbrada de profesores de universidad y magistrados de trabajo. En esta ocasión, como se puede comprobar en el programa que se inserta a continuación, intervendrán Antonio Baylos, Henar Álvarez, Diego Álvarez y Margarita Miñarro, profesores respectivamente de las universidades de Castilla La Mancha, León, Oviedo y Jaime I de Castellón, junto al magistrado del Tribunal Supremo jubilado y ex vicepresidente del CGPJ, Fernando Salinas. El acto cuenta con al intervención del secretario general de CCOO, Unai Sordo, y las sesiones son coordinadas y moderadas por los responsables jurídicos de los gabinetes confederales y de los servicios jurídicos del sindicato – Francisco Gualda, Eva Urbano, Juan Jesus Marín – y con la catedrática y Decana de la Facultad de Talavera de la UCLM, Juana Serrano. Al final del programa aparece las condiciones para la inscripción y las instrucciones para ello, puesto que es posible que algunas personas que integran la amable audiencia del blog pueden estar interesados en asistir.

JORNADA DE ESTUDIO

27 Febrero 2025

Madrid

NOVEDADES EN LA PROTECCIÓN FRENTE AL DESPIDO: AUDIENCIA PREVIA, PROTECCIÓN ANTE REPRESALIAS. DESPIDO DISCRIMINATORIO. NOVEDADES EN EL PROCESO SOCIAL.  LAS BASES PARA UNA REFORMA LEGAL

 

Auditorio Marcelino Camacho. Calle Lope de Vega, 40.

Sólo modalidad presencial.

Organiza: Gabinete de Estudios Jurídicos CCOO. Secretaria de Estudios y Formación Sindical. Confederación Sindical CCOO

Dirección: Antonio Baylos Grau. Catedrático Emérito Universidad de Castilla-La Mancha.

Boletín de inscripción ONLINE: ACCESO.

PRESENTACIÓN. 

El próximo 27 de febrero vamos a celebrar, en Madrid, una nueva edición de las Jornadas de Estudio, bajo la dirección académica del Profesor Antonio Baylos.  

Un objetivo permanente de estas Jornadas de Estudio es dar cuenta de las novedades normativas que van incidiendo en las relaciones laborales, así como el panorama de la intervención judicial en estos conflictos, a fin de ofrecer una visión descriptiva, pero también operativa para la defensa legal y la actuación sindical.

Queremos tratar diversos temas que serán analizados, desde una perspectiva crítica, pero igualmente práctica, por un conjunto de especialistas del ámbito de la Universidad, las profesiones jurídicas y del ámbito sindical.

En estos encuentros es esencial el DEBATE Y LAS APORTACIONES DE QUIENES ASISTEN desde el ámbito jurídico laboral y sindical, que contribuyen a clarificar las intervenciones y ponen en evidencia los enormes retos que supone, para la defensa legal y la actividad sindical, su aplicación en las relaciones laborales.

La estabilidad en el empleo es uno de los ejes fundamentales sobre los que se sostiene el proyecto sindical de reivindicación y consolidación de derechos individuales y colectivos, y que en consecuencia la reforma del despido y el diseño de un marco regulatorio global de esta institución que se apoye en un principio de mantenimiento del empleo estable, forma parte del programa de cambios legislativos que el sindicato ambiciona y de su programa de acción sindical y de intervención legal en los conflictos.

La reforma laboral del 2012, en el marco de las reglas de la gobernanza económica europea que impulsaron las políticas denominadas de “austeridad” con recortes severos del gasto social, degradación de derechos y devaluación salarial, supuso una reforma del despido que banalizó la causalidad del mismo, debilitó el control judicial y facilitó y abarató su realización, reforzando de manera exorbitante  el poder unilateral del empresario en la rescisión del contrato sin que tuviera apenas coste añadido por el ejercicio irregular de su facultad de despedir. Además de ello, eliminó la autorización administrativa en los despidos colectivos y limitó al máximo las posibilidades de control colectivo y sindical de las extinciones por causas económicas, organizativas, técnicas o productivas. Los daños generados por esta reforma sobre la destrucción de empleo y el incremento de la desigualdad y pérdida de poder adquisitivo de los salarios son evidentes, y el movimiento sindical incorporó a sus objetivos la derogación de estas normas.

Además de la muy oportuna derogación del despido por absentismo en el 2020, la reforma laboral del 2021, que incidió de manera muy favorable sobre la segmentación del mercado de trabajo imponiendo un principio de estabilidad en el empleo con resultados espectaculares en la reducción de la tasa de temporalidad y que devolvió a la negociación colectiva importantes instrumentos de regulación que la ley le había negado, no abordó sin embargo el tema del despido, aunque la preferencia por el ajuste temporal de empleo a través del ERTE evitó directamente el recurso al despido colectivo de miles de trabajadores en la crisis producida por la pandemia y los momentos posteriores de excepcionalidad social.

Es el momento ahora, con la recuperación  económica en el que nos hallamos, y ante la necesidad de impulsar un escenario de pleno empleo, de revisar el marco institucional que regula el despido en nuestro país. La Fundación 1º de mayo efectuó en este sentido un Seminario durante todo el año 2024 que dio lugar a la confección de un libro en el que se analizaba críticamente el dispositivo legal sobre el despido, tanto individual como colectivo, con propuestas de reforma de importantes aspectos de éste.

Además, importantes decisiones de órganos jurisdiccionales europeos, señaladamente el Comité Europeo de Derechos Sociales, han planteado la urgencia de ciertas reformas en este ámbito, en especial en lo relativo a la cuantía y función de la indemnización por despido ilegítimo, como consecuencia de dos reclamaciones colectivas impulsadas por UGT (ya decidida favorablemente) y por CCOO (en curso). Los Tribunales españoles están ya decidiendo sobre este particular en materia de indemnizaciones, pero aún hay que esperar a que se culmine el proceso de reclamación ante el CEDS del Consejo de Europa para adoptar una estrategia sindical acorde con la resolución que se dicte.

Otros elementos importantes han entrado en juego siempre sobre este mismo tema del despido. El abandono de la doctrina judicial que consideraba no aplicable en nuestro ordenamiento jurídico la garantía de audiencia previa en el despido que imponía el Convenio 158 de la OIT, la introducción de una nueva formulación legal de la garantía de indemnidad en la Ley 5/2024, del derecho de defensa, los nuevos aspectos que impone la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia procesal sobre la tutela jurisdiccional del despido y el fortalecimiento en determinadas materias de la nulidad de los despidos, aconsejaban la realización de una jornada de estudio en la que estos temas se pudieran de relieve y se pudieran analizar colectivamente.

Este es por consiguiente el objeto de esta Jornada.

PROGRAMA

27 Febrero 2025                                               

 

Sesión de mañana.

 

9:30 

INAUGURACIÓN DE LA JORNADA.

 

PALOMA LÓPEZ BERMEJO. Secretaria General CCOO de Madrid.

AMAYA OLIVAS DÍAZ. Juezas y Jueces para la Democracia.

Gabinete Estudios Jurídicos CCOO.

CARLOS GUTIERREZ CALDERÓN.

Secretario Confederal Estudios y Formación Sindical CCOO

 

9:45

LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO COMO PROYECTO SINDICAL: LAS BASES PARA UNA REFORMA DEL DESPIDO.

UNAI SORDO. Secretario General CCOO.

Presenta: FRANCISCO GUALDA.

Director Gabinete Estudios Jurídicos de CCOO

 

 

 

10:30

EL DESPIDO: REFORMAS NECESARIAS Y REFORMAS POSIBLES. UNA INTRODUCCIÓN AL TEMA.

Interviene: ANTONIO BAYLOS GRAU.

Catedrático Emérito Universidad de Castilla La Mancha

 

LA GARANTÍA DE LA AUDIENCIA PREVIA EN EL DESPIDO, TRAS LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 18 NOVIEMBRE 2024.

(1) La doctrina del TS ante el Convenio 158 OIT.

(2) Supuestos de audiencia previa.

(3) Contenido de la oportunidad de defensa.

(4) Efectos de su incumplimiento.

Interviene: HENAR ÁLVAREZ CUESTA

Catedrática Derecho del Trabajo Universidad de León.

 

 

 

12:30

Descanso.

 

 

12:45

LA PROTECCIÓN FRENTE A REPRESALIAS: El contenido de la garantía de indemnidad en las relaciones laborales tras la ley orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa.

(1) El alcance de la reforma legal de la garantía de indemnidad.

(2) El contenido de la garantía.

(3) La prueba de la lesión.

(4) Calificación del despido y reparación de daños.

 

Interviene: DIEGO ÁLVAREZ ALONSO.

Profesor Titular Derecho del Trabajo. Universidad de Oviedo

Modera el debate: JUANA Mª SERRANO GARCÍA

Catedrática Derecho del trabajo UCLM (Talavera de la Reina)

 

 

14:30

Fin de la sesión de mañana.

 

Sesión de tarde

 

16:00

LOS RETOS DE LA PROTECCIÓN REFORZADA DEL DESPIDO ANTE EL EMBARZO Y LAS MEDIDAS DE CORRESPONSABILIDAD:

- Protección frente al Despido de la trabajadora embarazada y de las medidas de corresponsabilidad

- La recuperación de la nulidad del despido por ejercicio del derecho de adaptación de jornada.

-Despido nulo y despido discriminatorio. Aspectos procesales relevantes.

 

Interviene:  MARGARITA MIÑARRO YANINI

Profesora Titular Derecho del Trabajo Universidad Jaume I Castellón.

Modera el debate: EVA URBANO BLANCO

Directora Gabinete Jurídico confederal CCOO.

 

17:15

ASPECTOS CLAVE DE LA REFORMA DEL PROCESO SOCIAL EN LA LEY ORGÁNICA 1/2025 DE EFICIENCIA PROCESAL:

(1) La nueva organización de los Tribunales de Instancia.

(2) Reglas procesales.

(3) Posible incidencia en la tutela jurisdiccional de la extinción contractual.

(4) Novedades en materia del recurso de casación y el papel de los sindicatos.

Interviene: FERNANDO SALINAS MOLINA. Ex-Magistrado Sala Social Tribunal Supremo.

Modera el debate: JOSÉ JUAN MARÍN SÁNCHEZ.

Coordinador Servicios Jurídicos Confederales CCOO

 

18:30

Fin de la Jornada.

 

 

CUOTA DE INSCRIPCIÓN.

·       Afiliación, organizaciones y personal CCOO: (40 €, IVA incluido).   

·       Otros asistentes: 125 € (IVA incluido).

 

La cuota comprende la asistencia presencial a las sesiones, entrega de publicaciones, y resumen de las intervenciones.

 

Ingreso en cuenta: ES46 2100 2185 4413 0037 1126

 

Boletín de inscripción ONLINE: ACCESO.

 

Una vez cumplimentado el boletín de inscripción, se deberá enviar el comprobante del pago de la cuota a la siguiente dirección:  

 

estudiosyformacion@ccoo.es

 

 

 


domingo, 2 de febrero de 2025

50 CONCENTRACIONES SINDICALES EN ESPAÑA: CON LOS DERECHOS NO SE JUEGA

 



El domingo 2 de febrero ha visto en todas las capitales de provincia una concentración de los sindicatos CCOO y UGT  para denunciar el uso "oportunista" de la protección social que las formaciones políticas han realizado y que casi hizo decaer el primer decreto 'ómnibus' haciendo peligrar medidas como la revalorización de las pensiones o las ayudas al transporte. Al margen de los rigodones y las polkas que los partidos de la llamada oposición han danzado desde la negativa a aprobar estas medidas a su aceptación sin restricciones, lo que esta jornada pretendía era una llamada de atención sobre la necesidad de que tanto el movimiento sindical como en general los movimientos sociales estén alertas y vigilantes ante el desarrollo de políticas sociales qe protejan a la ciudadanía en sus estados de necesidad y obtengan mejoras fundamentales en la relación salarial, en especial la reducción de jornada y el aumento del salario mínimo.

Han sido 50 las concentraciones, el titular de este blog ha acudido a la de Madrid en la plaza Jacinto Benavente en una mañana fría pero soleada, entre unas dos mil personas. En esta concentración, bajo el lema “Con los derechos de la gente no se juega”, los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, junto a las líderes madrileñas de ambos sindicatos, Paloma López y Susana Huertas, y la presencia invitada de Jorge Nacarino, secretario regional de la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM), han intervenido explicando el por qué de esta concentración, su finalidad y explicando que esta es el arranque de un proceso de movilizaciones en el que se entrecruzan las reivindicaciones propiamente sindicales con las que llevan a cabo los movimientos sociales.

Paloma López afirmó que CCOO no va a dejar que se reduzcan los derechos de millones de personas que mejoren su calidad de vida: pensiones, empleo y escudos sociales. “Hay que exigirle a la presidenta de Madrid que se restablezca el marco de dialogo social para poner en marcha una defensa a ultranza de la los servicios públicos”. No se puede tolerar por más tiempo la infrafinanciación de la universidad pública, la falta de acceso a la vivienda y el mal estado de las residencias, en las que se dejó morir a 7921 ancianos.

El problema de la vivienda recibió una atención especial tanto de las dos secretarias generales de CCOO y UGT como del invitado de la FRAVM que dio a conocer a la gente presente en la concentración que el próximo domingo 9 de febrero se había convocado una manifestación en Madrid para reivindicar el acceso a la vivienda digna para todas y todos, es decir , conseguir hacer realidad el derecho constitucional a la vivienda digna y adecuada del art. 48 del texto constitucional, lo que requiere una actuación multinivel de los poderes públicos, tanto de la comunidad y del ayuntamiento como del propio Estado, mediante medias incisiva de control del mercado y de los precios de la vivienda y la construcción de viviendas sociales.

Unai Sordo ha respondido a quienes preguntaban en tertulias y columnas periodísticas por qué se movilizaban los sindicatos, si el objetivo de mantener la revalorización de pensiones y el escudo social ya se había conseguido en esta segunda oportunidad – y que serían los mismos que si se hubiera desconvocado la concentración por ese motivo habrían acusado al sindicalismo confederal de tratarse de un animal doméstico al servicio del gobierno que solo actuaba a sus órdenes cuando éste se encontraba en dificultad – desde la reivindicación de la autonomía sindical y su función de presión y de vigilancia del cumplimiento de un programa de reformas que el sindicalismo apoya y promociona. "Queremos que el Gobierno ponga en marcha una agenda social y los sindicatos deben estar muy atentos y vigilantes" de lo que se hace en el Congreso, máxime cuando se ha visto que existe una alternativa "de derecha y de extrema derecha" que pone en peligro las conquistas de los trabajadores, lo que ha provocado un par de semanas en las que “ha estado en peligro un decreto ley” que renueva el escudo social, y que durante estos días se han vivido unos “juegos de pactismo” muy preocupantes, que muestran a la ciudadanía la separación de intereses de las mayorías sociales y los de los políticos, atrapados en un tacticismo partidista insoportable. Como remachó Pepe Álvarez,  los sindicatos están en la calle “para reivindicar que el Parlamento no secuestre los derechos de los ciudadanos y ciudadanas”.

Más allá de este tema la reivindicación sobre la reducción de jornada y el aumento del salario  mínimo son dos objetivos fundamentales en el proyecto que quiere llevar adelante el sindicalismo español. Uno ya ha sido conseguido, y será aprobada en el próximo Consejo de Ministros con carácter inminente y será aplicada en cuanto este publicada en el BOE la subida del SMI a 1.184€ repartido en 14 pagas o a 1.381,33€ prorrateado en 12 pagas. Por el contrario, y tras el conflicto desplegado entre Yolanda Diaz como Ministra de Trabajo y Economía Social y Carlos Cuerpo como Ministro de Economía, que se ha solventado a favor de las posiciones de la Ministra, el proyecto de ley en los términos pactados con los sindicatos será aprobado también de manera inminente en el Consejo de Ministros y enviado al Congreso para su tramitación legal. Ahora bien, ante las previsibles – y ya anunciadas – maniobras empresariales para impedir el objetivo de la reducción del tiempo de trabajo, el secretario general de CCOO anunció la convocatoria el 4 de marzo de una importante manifestación en Barcelona, el lugar mítico en el que en 1918 a través de la huelga de la Canadiense se obtuvo por primera vez la jornada de 8 horas, para defender la reducción de la jornada semanal sin reducción salarial. Veremos la presión que este tipo de movilización sindical induce sobre Junts en la negociación parlamentaria del proyecto de ley de reducción de jornada.

El propósito explícito de esta concentración que se repetía en 50 ciudades españolas ha sido por tanto constituir un punto de arranque de un proceso de movilización en torno a la reducción de jornada y más allá, sobre la construcción de una opinión pública en la que los elementos esenciales de la solidaridad y fraternidad del discurso sindical calen en la ciudadanía impidiendo por consiguiente el avance de las posiciones profundamente insolidarias, individualistas y excluyentes que caracterizan el ideario político de la extrema derecha y de la derecha extrema aliada en nuestro país. En este proceso que implica tanto una reflexión seria sobre las políticas sociales que en el ciclo 2020-2024 los sucesivos gobiernos de coalición progresista han puesto en marcha como la necesaria continuidad del programa reformista en materia laboral, la implicación activa del movimiento sindical y su capacidad de movilizar a amplias capas de la población, será determinante. Seguiremos atentamente estos procesos desde las páginas de esta bitácora.

 


martes, 28 de enero de 2025

EL BAILE DE LAS METÁFORAS SOBRE LA REGULACIÓN DE LAS RELACIONES LABORALES EN ESPAÑA

 


Está reconocido por prácticamente todos los actores sociales y una buena parte de la ciudadanía el influjo perverso de las frases de impacto y los titulares agresivos que caracterizan el modo de presentar las noticias utilizando la forma de expresión de las redes sociales. El uso del click bait sin embargo se ha prolongado en las propias argumentaciones y razonamientos que se emplean en la presentación de informes o comparecencias sobre materias de actualidad. De manera especial en lo que se refiere al Derecho del trabajo o, por ser más específico, en las reformas del ordenamiento laboral que se están llevando a cabo o se quieren poner en práctica. En esta forma de comunicación abundan las metáforas con su traslación de sentido a otras figuras que ocultan o sugieren. En algunos ejemplos muy recientes esta tendencia se ha acentuado, como se explica a continuación.

En efecto, en el reducido mundo de la academia universitaria llamó mucho la atención la presentación de un informe del servicio de estudios de la CEOE (El Instituto de Estudios Económicos, IEE), sobre “Las necesidades organizativas y productivas de las empresas y la s respuestas jurídicas del ordenamiento jurídico”,  en la que se hicieron públicas una serie de afirmaciones que señalaban entre otras cuestiones el carácter anticuado de la normativa laboral, la falta de libertad y la intensa presencia de las notas características de regímenes corporativos como el franquismo o el falangismo, y que generó en algunos medios especialmente comprometidos con el uso del clickbait el siguiente titular: “Seis catedráticos de derecho comparan la política laboral de Díaz con la del franquismo” (https://theobjective.com/economia/2025-01-14/seis-catedraticos-trabajo-politica-laboral-diaz-con-franquismo/ ). Estas afirmaciones han sido contundentemente criticadas por el Directorio de NET21, página imprescindible para seguir las líneas generales de la evolución normativa y jurisprudencial del Derecho del Trabajo actual, en una entrada  titulada “A propósito de las dudas generadas sobre las políticas sociales de las dos últimas legislaturas” ( www.net21.org/a-proposito-...) que ha recibido un aluvión de visitas que ha superado con mucho las que normalmente recibe esta página, demostrando así que el tema resultaba especialmente interesante a la comunidad de expertos que se alimenta de su contenido.

No se va en esta entrada a hacer una paráfrasis del contenido de la crítica muy bien fundada, a la que nos remitimos, sino que se va a resaltar el uso insistente de imágenes que sustituyen la realidad por otras figuras que la ocultan como forma de expresión de lo que se quiere comunicar. Un primer ejemplo evidente es el propio titular de The Objetive referido, en el que se resalta la condición de catedráticos de (la mayoría de) los autores del informe, cuando realmente lo que debería destacar es que el informe del IEE es el resultado de la colaboración de los seis grandes despachos de abogados al servicio de los intereses patronales, es decir Garrigues (Federico Durán), Perez Llorca (Yolanda Valdeolivas), Cuatrecases (Salvador del Rey), Uría Menéndez (Jesús Mercader), Abdón Pedrajas (Jesús Lahera) y Sagardoy Abogados (Íñigo Sagardoy) que coherentemente han efectuado este trabajo para sostener y lubrificar doctrinalmente las posiciones de la CEOE y de su servicio de estudios. De esta manera el lector comprende mejor el sentido de lo noticiado.

No utilizar en vano el nombre del tirano

Parece que se está adquiriendo la costumbre en ciertos ambientes de mencionar al franquismo en relación con la fuerza vinculante e imperativa del ordenamiento laboral. Enric Juliana aludía en una columna reciente (https://www.lavanguardia.com/politica/20250126/10320296/muera-espartero.html) a un conferenciante al parecer de moda en los círculos de la derecha política y económica, Jesús Fernández Villaverde, catedrático de Economía en Pensilvania (Estados Unidos), que esboza el programa unitario de las derechas españolas si el Partido Popular y Vox logran sumar mayoría en unas futuras elecciones generales, y que propugna máxima flexibilidad en el mercado laboral afirmando de manera lapidaria – nunca mejor dicho – que  “han sacado a Franco del Valle de los Caídos y se han olvidado de sacarlo del Estatuto de los Trabajadores”. Vaya por Dios.

Un tipo de discurso en el que pareció incidir en la presentación del Informe citado su Director, Federico Durán, al afirmar que las relaciones laborales de nuestro país “están anticuadas, con falta de libertad y absolutamente inoculadas por regímenes corporativos como el franquismo o el falangismo”, de forma que es preciso liberarse de esa base, empezando por un menor intervencionismo e hiperregulación del Estado, porque además la  negociación colectiva  es “muy tributaria de los últimos tiempos del franquismo”.  Esta continuada rememoranza del franquismo o, por ser más precisos, del tardofranquismo – con alusiones a un paralelismo entre esta época, Fernando Suárez  y Yolanda Díaz – seguramente le ha sido sugerido a ex presidente del CES por  la conmemoración del cincuentenario de la muerte del dictador, sino que constituye de nuevo una metáfora que de fuerza al sentido de lo defendido.

El director del informe para la CEOE no confunde la larga noche de piedra de Celso Emilio Ferreiro y el silencio mineral y asfixiante de las libertades democráticas de aquella época con el presente problemático de un marco institucional que se despliega en una situación económica envidiable, como tampoco el conferenciante de moda de la derecha extrema unida piensa en que en el Estatuto de los Trabajadores se disimula un paternalismo protector  y autoritario con la seda y el carmín de la movida de los años 80 en la negra noche que cantó Hilario Camacho. Lo que ambos pretenden sencillamente es defender la desregulacíón máxima de la relación de trabajo, la retirada de la función imperativa y de derecho necesario de la norma laboral y la recuperación de un principio directivo unilateral de las relaciones laborales basado en la titularidad de la empresa con el desplazamiento a la negociación colectiva del intercambio salarial, priorizando el nivel de empresa. Nada más pero nada menos.

Es más útil así para estas posiciones invocar el franquismo como tótem protector de un razonamiento que se confronta con un proyecto de reforma que basa en los derechos individuales y colectivos derivados del trabajo su seña de identidad. Pero en el futuro dejemos por favor esa moda que encubre una lucha de ideas – y de clases – con la invocación del fantasma del tirano y expresemos con claridad el programa de cada uno en la configuración del marco de regulación de las relaciones de trabajo.

La nave de Teseo y el calcetín remendado de Locke

Ha escrito recientemente Jesús Mercader a propósito de los antecedentes del modelo actual de relaciones de trabajo (https://www.elforodelabos.es/2025/01/el-barco-de-teseo-y-los-antecedentes-del-actual-modelo-de-relaciones-laborales/ )   sobre el hecho que supone fijarse en el cambio paulatino de los textos legales y no preguntarse sobre el resultado final, de manera que el Derecho Laboral español ya es otro del que se delineó en los años 80 del pasado siglo, entre otras cosas por el modelo democrático de relaciones laborales augurado por la Constitución y consolidado por el TC. La nave de Teseo – como el calcetín de la suerte que Locke había tantas veces remendado – remite al problema metafísico de reemplazo del objeto en todas sus partes y la transformación del mismo de manera completa en otra cosa diferente. Esta tendencia a la sustitución paulatina de las piezas del modelo ha resultado sin duda impulsada y reforzada en el ciclo de reformas 2020-2024 que van desde la reformulación de los ERTES en la crisis económica de la pandemia a los permisos climáticos de la catástrofe de las inundaciones de Valencia y que han acogido importantes, numerosas y continuas reformas normativas en este lapso de tiempo que no merece la pena enumerar por ser tantas y tan determinantes.

Sin embargo este largo proceso de cambio supone, para el comentado informe al IEE, que el Estado abusa de una «visión desagregada, dispersa» y al mismo tiempo «compleja, aplicando muchas reformas, mini reformas, reformas parciales, sin abordar en sí los elementos centrales que han de responder con altura a la exigencia de los retos del siglo XXI”. Como señaló en la presentación del mismo su coordinadora, Yolanda Valdeolivas, son reformas que afectan a la arquitectura de la legislación laboral “sin una visión holística, de conjunto”, cuando no de manera más descarnada, se define este proceso continuo de cambios normativos como una “diarrea legislativa” que hay que contener.

De esta manera, la propuesta de la CEOE critica y rechaza la sustitución paulatina de los componentes de la nave, los nuevos remos más potentes, el calafateado del casco, porque desearían que en los astilleros se botara una nueva nave con una nueva visión, apartándose de lo viejo revisado y reconstruido. Querrían comprar calcetines nuevos, no seguir usando los viejos y favoritos del filósofo completamente remendados. Pero en esa reivindicación no comprenden que lo que ellos pretenden conseguir como algo nuevo y diferente ya se ha realizado en la realidad normativa. El derecho del trabajo que se ha ido paulatinamente desplegando a través de las sucesivas reformas laborales es el objeto nuevo que ha transformado y modificado sustancialmente su orientación y su función.

La crítica por tanto no se dirige realmente hacia la inseguridad, la dispersión o la extravagancia de las normas emanadas, sino que lo que realmente se pretende es impedir el avance de la orientación legislativa que busca la ampliación de los derechos individuales y colectivos de las personas trabajadoras y anular por consiguiente el proyecto reformista que la mayoría de progreso está, con todas las dificultades que encuentra y sorteando tantos obstáculos, logrando llevar a cabo.

La gran metáfora: autonomía colectiva como libertad de empresa

En relación con el proyecto de reducción de la jornada de trabajo por ley sin reducción salarial correlativa que ha dado lugar a un acuerdo social bipartito entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y los sindicatos – del que se dio noticia en este blog https://baylos.blogspot.com/2024/12/el-acuerdo-entre-el-ministerio-de.html - las alegaciones de la CEOE  insisten en varias ocasiones en considerar inconstitucional tanto la forma del diálogo, por parte de Trabajo, como la propia reducción de la jornada, en este último caso, por “no respetar el contenido esencial del derecho a la negociación colectiva”. En efecto, “cualquier intento de regulación legal de la jornada de trabajo pactada invade el ámbito propio, protegido, del derecho a la negociación colectiva y debe considerarse lesivo y en este caso, del anteproyecto de ley, inconstitucional” (https://elpais.com/economia/2025-01-27/la-enmienda-de-los-empresarios-a-la-reduccion-de-jornada-apela-a-su-posible-inconstitucionalidad.html) No se trata de defender que es el espacio de la negociación colectiva  el único idóneo para proceder a la reducción de la jornada laboral, sino que se defiende que la intervención de la ley imponiendo un límite máximo a la jornada laboral es inconstitucional por vulnerar los arts. 7 y 37.1 CE.

No se va a responder en esta entrada a esta alegación. El directorio de NET21, en la entrada antes citada, ya lo ha hecho con solvencia en su crítica a la presentación al informe del IEE de los seis grandes despachos jurídicos. Ahora simplemente se debe destacar que lo que se construye a través de esta argumentación es una esfera de inmunidad a la intervención legal en donde la autonomía colectiva no puede ser controlada ni determinada por la ley.  No se trata solo de entender el desequilibrio que se produce en este planteamiento en el mecanismo de la negociación colectiva, que conduce a la constatación de un déficit democrático en las relaciones de trabajo, como recientemente ha defendido el abogado y profesor brasileño Mauro Menezes. El punto neurálgico del razonamiento consiste en la representación de una autonomía privada que exige un ámbito de libertad negativa frente a cualquier intromisión del poder público que no sea la de promover y sostener su dinámica. Es obvio que el argumento no se sostiene jurídicamente, pero lo interesante es que se afirma con tanta fuerza porque en él se ha desplazado la idea de la autonomía privada colectiva en sustitución de lo que realmente se quiere afirmar, la libertad de empresa como un espacio intangible e inmune a los límites que le pueda imponer el poder público.

Lo que la CEOE desvela en su alegación es una enorme metonimia, designa un concepto – la libertad de empresa – con el nombre de otro – la autonomía colectiva – y en esa misma retórica está confirmando el proyecto político que lo sostiene: un poder ilimitado que sólo conozca restricciones derivadas de su propia voluntad. Una libertad que se declina en las facultades correspondientes a sus poderes de dirección, control y organización de las relaciones laborales, que no pueden tener vínculos externos derivados de la normativa laboral, fiscal, contributiva o ambiental. Como sueño de libertad resulta excesivo, pero como resistencia a los proyectos reformistas que parten de la necesidad del límite a la libre empresa como condición de avance en la profundización de la democracia, es comprensible, pero debía ser explicitado en esos términos.

Presenciamos asi un baile de metáforas que oscurece un largo conflicto entre la tensión a las reformas del ordenamiento laboral en un sentido de ampliación de derechos sindicales y de derechos individuales de las personas que trabajan y la resistencia de los poderes empresariales a la imposición de límites a sus facultades directivas y de control en las relaciones de trabajo. Conviene en el futuro establecer con claridad los términos de esta disputa que atraviesa el campo del derecho. Sin metáforas ni exabruptos. Sin invertir la realidad de la lucha de ideas y de clases que estos debates trasladan al espacio de las políticas del derecho.