jueves, 30 de marzo de 2023

INICIATIVAS PARLAMENTARIAS RECIENTES EN EL TEMA DE LAS DESLOCALIZACIONES DE EMPRESAS

 


Las consecuencias laborales y sociales de la deslocalización (o relocalización) de las empresas son muy negativas para las regiones y territorios de las que se desplazan las empresas que se habían afincado en ellos. Desde la perspectiva laboral, el fenómeno de la deslocalización se confunde con el problema de cómo arbitrar el control de los despidos colectivos y por consiguiente remite a la regulación que en el marco legal español está actualmente vigente, que no es otro que el impuesto en la reforma del 2012. Por eso, y sin perjuicio de que en el futuro inmediato esta regulación pueda ser modificada, una buena parte de los esfuerzos normativos se ha dirigido a la fijación de contrapartidas posibles respecto de la inversión pública que suele acompañar a la oferta de los territorios para obtener la presencia de las empresas transnacionales en el mismo, dado que es ya normal que las grandes empresas y corporaciones se hagan financiar por las instituciones públicas como condición necesaria para poder desplegar su actividad económica en un territorio determinado.

En este sentido, y como ya se ha aludido en este blog (https://baylos.blogspot.com/2023/01/obstaculizar-las-deslocalizaciones-un.html) el RDL 1/2023 de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral, introdujo una norma de evidente interés – y originalidad – según la cual “las empresas que procedan al traslado de su actividad industrial, productiva o de negocio a territorios que no formen parte del de los Estados miembros de la Unión Europea o del de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán proceder a la devolución de todas las cantidades dejadas de ingresar con el recargo y los intereses de demora correspondientes, según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social en concepto de beneficios sociales en materia de cotización por las contrataciones realizadas durante los cuatro años inmediatamente anteriores a la deslocalización”. Es decir, se introducía la obligación por parte de las empresas que cesasen en su actividad o en una parte importante de la misma por su traslado a otros países fuera de la Unión Europea, de devolver las exenciones o reducciones de las cotizaciones y subvenciones a la contratación laboral de las que se hubieran beneficiado en los últimos cuatro años, estableciéndose el procedimiento regular de liquidación de la LGSS y el RGR.

Recientes acontecimientos escandalosos, como la decisión de Ferrovial, empresa española que fundamentalmente ha desarrollado su actividad en el marco de concesiones públicas, de trasladar su sede social a Holanda con la finalidad de no tributar en España, han vuelto a colocar el tema de las consecuencias de la deslocalización en el centro de las preocupaciones de las fuerzas que componen la mayoría que sostiene al gobierno de coalición progresista.

De esta manera, el grupo parlamentario Euskal Herria Bildu planteó el 3 de marzo de este año una proposición no de ley (BOCG Serie D. núm. 588, 10 de marzo de 2023, pp. 43-44) en la que, mencionado expresamente el caso de Ferrovial, atiende a la necesidad de que los Estados se doten “de mecanismos que protejan a los trabajadores y a la ciudadanía en general” de estos procesos de deslocalización, “ya sean los relativos a los procesos de producción o los relativos al cambio de domicilio por motivos fiscales”. Por ello la PNL insta al Gobierno a “desarrollar y aprobar la legislación necesaria para impedir la deslocalización de empresas que hayan obtenido financiación pública, en el sentido que la obtención de fondos, subvenciones o ayudas públicas deberían estar condicionadas a una obligación de permanencia durante “al menos los cinco años posteriores a la última financiación pública obtenida”, de manera que si se produjera pese a ello un cese o traslado de empresa, éstas deban devolver la financiación obtenida de los fondos y ayudas públicas en “al menos, los últimos diez años”. Además de esas medidas de reversión de las ayudas públicas, la PNL urge a “desarrollar u aprobar de manera urgente la legislación necesaria para proteger y asegurar los puestos de trabajo en estos casos de deslocalización de empresas por traslado de sede social o fiscal”. Esta PNL de EH Bildu solo contaba con el apoyo del grupo de Unidas  Podemos, pero ha encontrado un texto de transacción por el que el PSOE lo ha apoyado. Según éste, "el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a avanzar en la configuración de un entorno regulatorio atractivo para promover la constitución de empresas y la inversión extranjera y, a su vez, a elaborar y desarrollar, mediante su inclusión en la próxima Ley de Industria, legislación específica para condicionar la recepción de apoyo y ayudas públicas por parte de empresas a que no haya reubicación o deslocalización de la actividad". Asimismo, recoge que se establecerá por ley "el reintegro del apoyo y las ayudas públicas recibidas de producirse esta situación durante un determinado periodo de tiempo, teniendo en cuenta la jurisprudencia y normativa de la Unión Europea". Por último, en él se indica que las ayudas públicas a empresas quedarán "condicionadas" al mantenimiento del empleo, "por lo que el incumplimiento de esta obligación conllevará igualmente el reintegro de la ayuda recibida, dentro del marco normativo europeo en materia de ayudas de Estado, y de acuerdo con lo que se regule normativamente en la Ley de Industria y sus reglamentos de desarrollo."

Con esta redacción más matizada, la PNL ha resultado aprobada por la mayoría del congreso en la sesión de hoy, 30 de marzo de 2023, por 175 votos a favor, 11 abstenciones y 158 en contra.

Pero en esa misma dirección está también registrada una Proposición de Ley  impulsada por el Grupo Parlamentario Unidas Podemos – En Comú Podem – Galicia en Común sobre “medidas contra la deslocalización de actividades económicas estratégicas que hayan recibido ayudas públicas” (BOCG Serie B, 17 de marzo 2023, núm.. 338-1, pp.1-5). Esta proposición de ley parte de un análisis certero de la “actividad económica estratégica” en la línea de las indicaciones de la Unión Europea, constando que los procesos productivos industriales que se consolidan como impulsores de la economía competitiva a largo plazo “se insertan en redes y cadenas de producción regionalizadas y globalizadas”, pero en donde el peso de la actividad pública como impulso emprendedor de políticas estratégicas se manifiesta en fuertes inversiones de fomento y promoción a la actividad privadas. En ese esquema de colaboración público/privado, la existencia de un compromiso por parte de las empresas y centros de actividad beneficiarios de ayudas o subvenciones públicas  se debe plasmar en un contrato de permanencia en el territorio y en la capacidad productiva de las empresas que reciban ayudas o subvenciones de las Administraciones públicas.

En un contexto en el que “cobra protagonismo” el cierre de empresas y centros de trabajo, no sólo como un factor importante del proceso de desindustrialización, sino en lo que supone de fuerte pérdida de empleo directo e indirecto, desinversión y reducción de la producción nacional, es necesario generar una respuesta legislativa que fortalezca la relación entre el sector público y las empresas residentes en España beneficiarias de ayudas públicas. La propuesta por tanto es muy concreta, la reversión de estas ayudas en el caso de la deslocalización de la empresa beneficiada.

La propuesta legislativa contiene una interesante definición de lo que debe entenderse por deslocalización: “la transferencia o reubicación de una industria, actividad económica o unidad productiva o parte de éstas o cambio de domicilio fiscal o de domicilio social a otro Estado, por parte de la misma sociedad de capital o de otra sociedad con la que mantenga cualquier tipo de vinculación, control o dependencia en los términos del art. 42 C.Co. o el art. 18 Ley del Impuesto de Sociedades, o pertenezca al mismo grupo de empresa a efectos laborales”. La definición tiene aspectos problemáticos, aunque la referencia a la empresa que domina o ejerce el control o a las operaciones vinculadas puedan resultar más operativas que la que se efectúa al grupo de empresa “a efectos laborales”, que tiene como se sabe una concreción muy complicada.

El cuerpo de esta proposición de ley es realmente la modificación de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, introduciendo este supuesto habilitante para el reintegro de subvenciones en el listado de los que lo permiten, que hasta el momento no estaba previsto, lo que imposibilitaba cualquier intento de reversión de las ayudad públicas. Según esta propuesta, procede el reintegro de subvenciones ante “la deslocalización de una sociedad de capital, industria o unidad productiva y/o el traslado de su domicilio social o fiscal a otro Estado, dentro de los 10 años posteriores a la concesión de una subvención para fomentar el desarrollo o mantenimiento de actividades estratégicas, o la realización de inversiones de carácter industrial, o para la internacionalización, la mejora de la competitividad, la digitalización o para el mantenimiento de la actividad económica”, a lo que sigue la reforma del procedimiento del reintegro que se iniciará “de oficio, bien por propia iniciativa, bien como consecuencia de una orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia” y siempre, naturalmente, garantizando el derecho del interesado a la audiencia previa, extendiéndose el plazo para resolver y notificar el mismo durante 12 meses desde la fecha del acuerdo de iniciación. La propuesta de Ley, por último, establece que esta norma se aplicará a las ayudas públicas concedidas antes de la entrada en vigor de la ley siempre que no hubieran transcurrido diez años desde la notificación o publicación de la concesión de la ayuda.

No se sabe cual será el destino de esta proposición de ley de UP, si será aceptada mediante un acuerdo con el PSOE – y el resto de los partidos que gorman la mayoría parlamentaria que sostiene el gobierno – o si se remitirá también al proyecto de ley de Industria que todavía no está elaborado ni presentado en el Parlamento. También hay que pensar que los tiempos de discusión y preparación de la norma son ahora muy estrechos, ante el previsible fin de la legislatura a finales de año. Pero en cualquier caso, lo que es evidente es que la previsión de medidas que encarezcan la decisión de las empresas o grupos de empresas radicadas en España en “sectores estratégicos” de resituarse en otros países, es una cuestión compartida, y que, sobre el modelo que marcó el RDL 1/2023 en materia de exenciones de cotizaciones y bonificaciones a la seguridad social, se quiere extender a todo tipo de subvenciones y ayudas públicas.

 

 

 


martes, 28 de marzo de 2023

HITOS DE JAIME SARTORIUS EN LA HISTORIA DE COMISIONES OBRERAS. HABLA ENRIQUE LILLO

 


En  el digital Nueva Tribuna ha publicado Enrique Lillo esta semblanza sobre la relación directa entre la actuación de Jaime Sartorius y algunos hitos históricos de Comisiones Obreras. Por su interés evidente se reproduce en este blog con el permiso de su autor.

Recientemente ha fallecido el compañero Jaime Sartorius y se han publicado diversas notas necrológicas elogiando su trayectoria profesional y política. No obstante, a mi juicio  hasta ahora no se ha descrito suficientemente el vínculo de Jaime con la lucha clandestina del PCE y CCOO primero, y posteriormente su papel transcendental en las gestiones políticas y administrativas conducentes a la legalización del PCE y de CCOO en abril de 1977.

Jaime Sartorius había tenido un papel decisivo en la coordinación de los abogados de todas las tendencias de oposición democrática al franquismo en la defensa de los dirigentes de CCOO encarcelados en el proceso del 1001. Todas las tendencias estaban representadas en esa defensa jurídica menos el PSOE, probablemente por cierto sectarismo inicial en cuanto a reticencias sobre Comisiones Obreras como posible competidor de la UGT en la anhelada democracia española. No obstante según Jaime, se le ofreció al PSOE y abogados de ese ámbito que intervinieran en la defensa de algunos imputados e inicialmente expresaron su reticencia.

Fue posteriormente cuando Felipe González quiso intervenir pero el espacio de defensa jurídica de Saborido y Soto estaba ya ocupado por el decano del Colegio de Abogados de Sevilla y las familias respectivas se negaron a la revocación y sustitución de letrado.

Junto con este papel, Jaime intervino activamente en todas las gestiones sobre solidaridad internacional con todos los dirigentes sindicales del 1001 tanto es así que viajó por Estados Unidos recabando la solidaridad económica y política de importantes colectivos y grupos.

Además de su intervención en este hito histórico de CCOO que supuso, sin duda, la celebración del juicio del 1001 en el Tribunal de Orden Público, Jaime Sartorius también intervino en otro hito importante: el proceso de legalización de CCOO, hasta el punto de que fue en su casa personal donde se celebraron entrevistas importantes entre De la Mata Goroztizaga, ministro de relaciones sindicales durante la transición, y la dirección clandestina de CCOO. En estas entrevistas quedo claro que CCOO rechazaba que primero se legalizaba UGT, y en una fase posterior, a CCOO. UGT estaba legalizada de facto y CCOO todavía no había adquirido este status a pesar de su notoria implantación en todos los ámbitos laborales, debido a lo acertado de su estrategia de participar en las elecciones sindicales de enlaces y jurados de empresa.

Por ello, tras la ratificación de los convenios 87 y 98 de la OIT, la legalización a través de la presentación de estatutos sindicales en la oficina del Ministerio de Trabajo se hizo de manera inmediata en abril de 1977.

Jaime también intervino en las gestiones de la legalización del PCE, recabando el apoyo de importantes personalidades de relieve jurídico que elaboraron dictámenes acerca de la necesidad de legalizar el PCE, puesto que los estatutos y la practica política de esta organización no se podían considerar incluidas en el código penal vigente.

Tras un episodio lamentable en el Tribunal Supremo dirigido por los sectores más reaccionarios del mismo que se negaron a emitir el dictamen de legalidad de los estatutos del PCE, la intervención personal de Adolfo Suárez y otros ministros como Martín Villa, Gutiérrez Mellado y Landelino Lavilla, así como el dictamen de la junta de fiscales de Sala cuya intervención fue sugerida por los magistrados Rafael Mendizábal y Arozamena, resultó decisiva y tras la misma se adoptó la decisión política y administrativa de legalización del PCE.

Jaime también intervino como representante de CCOO y también de representante del PCE en la elaboración de los transcendentales pactos de La Moncloa. En estos, se acordó entre otros puntos la adopción de una amnistía general para los actos de intencionalidad política, y por lo tanto, la liberación de los denominados presos políticos.

Con este fin se elaboró la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía. Esta ley tuvo una regulación especial, la denominada Amnistía Laboral diferenciada de la Amnistía Política, puesto que pretendía la Amnistía Laboral, dejar sin efecto las resoluciones judiciales y actos administrativos o gubernativos que hayan producido despidos, sanciones, limitaciones o suspensiones de los derechos activos o pasivos de los trabajadores por cuenta ajena, derivadas de los hechos que se contemplaban en el artículo 1º y 5º de la Ley, es decir, participación en huelgas, reivindicaciones sindicales y laborales, etc.

Este artículo 8º suponía también la restitución a todos los afectados de los derechos que tendrían en el momento de aplicarse la Amnistía, de no haberse producido aquellas medidas, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social y Mutualismo Laboral, que, como situación de asimilados al alta serán a cargo del Estado. Por lo tanto, la Amnistía Laboral tenia un efecto muy favorable para todos los trabajadores represaliados que habían sido despedidos o sancionados y que, por tanto, se les había privado, no solo del salario y del trabajo, sino también de las cotizaciones a la Seguridad Social.

En el artículo 9º de la Amnistía se establecía un precepto muy importante para la tramitación de la Amnistía Laboral. La aplicación de la Amnistía en cada caso corresponderá con exclusividad a los jueces, tribunales y Autoridades Laborales correspondientes y la acción para solicitarla será pública.

En definitiva, con estos dos preceptos lo que se establecía era que la Magistratura de Trabajo ante una demanda del trabajador represaliado en sus derechos laborales y sindicales, y que había sido objeto de sentencia de despido procedente por participar en huelgas, incidentes, asambleas, etc., debía revisar sus propias sentencias, anulándolas puesto que en realidad el trabajador había ejercido derechos establecidos en pactos internacionales de la OIT, básicamente, y debía ordenar la reincorporación a la empresa y el disfrute de los beneficios de alta y cotización en la Seguridad Social durante el periodo que había estado inactivo. La importancia social y sindical de esta Amnistía Laboral es obvia puesto que miles de trabajadores se pudieron beneficiar de la misma.

Además debe subrayarse que este tipo de amnistía, negociada por CCOO con intervención personal y decisiva de Jaime Sartorius, implicaba la pérdida de efecto y, por tanto anulación de resoluciones judiciales y actos administrativos o gubernativos, y , por lo tanto, afectaba también a trabajadores que durante la guerra civil o la postguerra inmediata tuvieron que dejar de trabajar para eludir la amenaza inminente de ser detenidos o ejecutados en virtud de la practica policial de detenciones masivas, con posteriores celebraciones de consejos de guerra o resoluciones de Tribunales Especiales existentes en los años 40 y 50.

Es decir si se efectuaba una aplicación finalista de la Ley se podría interpretar que por actos administrativos o gubernativos podría entenderse también la práctica de hecho de las detenciones policiales, y por lo tanto, el trabajador que necesariamente tuvo que huir para evitar este tipo de detenciones debía ser beneficiario de esta importante Amnistía Laboral con los efectos de alta y cotización en seguridad social, si es que la empresa había desaparecido.

Hay que tener en cuenta que esta interpretación finalista consistente en anular resoluciones judiciales y equiparar a actos gubernativos las actuaciones de hecho de la policía franquista fue la que sustentó el Tribunal Central de Trabajo aún cuando la ideología de muchos de sus miembros fuese contraria a este tipo de medidas legales.

En otras palabras, la jurisdicción social en aquel momento dio un ejemplo de cómo los jueces, más allá de su conciencia, tienen que aplicar la ley y no retorcerla en virtud de operaciones de reinterpretación que implican la inaplicación real de la ley como lamentablemente esta ocurriendo en la actualidad en el orden judicial penal para políticos que no están ubicados en la clásica derecha español, o con la anulación del cese del general Pérez de los Cobos.

Jaime Sartorius también tuvo un papel importante en esta práctica judicial, planteando demandas y consiguiendo sentencias favorables a los trabajadores. Con posterioridad, intervino también en labores de coordinación jurídica de los letrados que ejercieron la acción penal contra los autores de los asesinatos de los abogados de Atocha.

Finalmente y a raíz del trauma de la división en los despachos laborales del PCE sobre integración o no como asalariados en CCOO, Jaime Sartorius mantuvo su actuación política pero, por razones profesionales, dejo de intervenir a lo largo de la década de los 80 y posteriores como abogado laboralista clásico de CCOO. Ahora bien su papel y su vínculo con la organización sindical siempre permaneció vivo y su trayectoria y memoria personal forma parte de la memoria colectiva de CCOO. Estas notas pretenden simplemente recordar esta relación tan importante.


lunes, 27 de marzo de 2023

EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL EN LA ENCRUCIJADA

 


La opinión pública es ajena a la gravedad de la situación en la que se encuentra el Consejo General del Poder Judicial. Se trata de una institución que en la communis opinio es difícil de explicar y diferenciar de la función jurisdiccional y esta confusión es aprovechada por los medios empotrados en el poder económico para presentar el problema como una suma de maniobras del gobierno para acabar con la independencia judicial cuando realmente estamos en presencia de una violación continuada de la norma constitucional al negarse el PP a la renovación de los miembros del CGPJ. El gesto digno de la vocal Concepción Sáez (en la fotografia) al dimitir de un Consejo que se enquista en su preservación frente al mandato constitucional de la renovación del mismo ya desde hace más de cuatro años. El texto que sigue a continuación ha sido publicado en el diario digital Público en el día de hoy antes de la reunión de los ocho miembros progresistas del CGPJ.

Hablando claro: el Partido Popular ha incumplido consciente y expresamente el mandato constitucional de renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que debe conformarse con arreglo a las nuevas mayorías parlamentarias que deciden las elecciones generales. Formado conforme a la composición del Congreso y el senado en el 2013, debería haberse renovado a partir de diciembre de 2018. La intención manifiesta es la de mantener la misma composición que obedece a una mayoría política que es completamente ajena a la de su origen y que se ha disuelto con las elecciones de noviembre de 2019. Alejándose de la conexión que establecen la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial del “órgano de gobierno” de las personas que ejercen la función jurisdiccional con las orientaciones políticas decididas en las urnas (hay que recordar que los miembros del CGPJ son elegidos por el Congreso y el Senado y por tanto responden a la composición política de estas cámaras), el CGPJ ha ejercitado con plena normalidad las atribuciones que le señala la ley pese a hallarse en funciones, y ha tenido que ser el Congreso de los Diputados quien hiciera evidente que en la situación de excepcionalidad en la que se hallaba no podía mantener el ejercicio normal de sus funciones, en especial el nombramiento de personas para los altos tribunales de la nación.

Esta situación anómala, provocada y mantenida por el torpe designio anticonstitucional del llamado principal partido de la oposición, ha generado además una escisión pública entre los vocales que la cuestionan y aquellos que, de manera cada vez más explícita, se atrincheran en su posición y utilizan la mayoría de la que disponen para deslegitimar cualquier decisión del gobierno o de las mayorías parlamentarias que lo sostienen, en perfecta coalición con las decisiones políticas que dicte el Partido Popular. El órgano al que se niega la renovación ha sido capturado así por la orientación directa de las decisiones de su mayoría por este partido, como por otra parte es algo notorio en las informaciones periodísticas que conforman la opinión pública.

El presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, tuvo que dimitir porque los suyos le dejaron caer, al no acceder a la renovación del Consejo con su nominación al Tribunal Constitucional en el enésimo fracaso de las conversaciones para la renovación, unidas a la derrota de la iniciativa del gobierno de reducir el quorum para la nominación de sus miembros, que fue acusado hipócritamente de ataque a la independencia judicial, como si este no fuera un órgano de gobierno que necesariamente está conectado con el cambio político y la alternancia en el poder de las distintas fuerzas políticas en que se basa la democracia. Antes ya en el 2020 se había planteado la posibilidad de que dimitieran los vocales nombrados a propuesta de las organizaciones políticas con representación parlamentaria entonces minoritaria, en función de la composición de las cámaras (Congreso y Senado) en el 2013, pero esta iniciativa fracasó al ser avalada sólo por cinco vocales. Actualmente, la vocal Concepción Sáez ha presentado su dimisión al entender “inútil” su continuidad en lo que justamente considera un escenario de “radical y puede que ya irreversible degradación de la institución”. Y explica que la “incapacidad de tomar determinadas decisiones en el ejercicio ordinario de las competencias” del órgano “al tiempo que se clama por la recuperación de competencias impropias de un Consejo en funciones” ha terminado por agotar su paciencia.

La situación es insostenible, y, como dice la dimisionaria, es posible que ya la imagen del CGPJ haya quedado deteriorada irreversiblemente. La asociación Juezas y Jueces para la Democracia ha reclamado “la inmediata dimisión de todos los vocales del CGPJ” que aún no lo han hecho, siguiendo el ejemplo que ha dado Concepción Sáez, porque “es la única forma de recuperar la dignidad de la institución, que no puede seguir indefinidamente en funciones, pese al mandato constitucional de que su duración sea de cinco años”. Se trata de una situación inaceptable que conduce, en la práctica, a duplicar el mandato constitucional”, lo que implica además el incumplimiento de la prescripción legal con arreglo a la cual ningún vocal puede ser reelegido, y estos mismos lo han sido en la práctica durante otros cuatro años más, y previsiblemente durarán hasta que se agote el ciclo electoral proveniente de la legislatura iniciada en el 2019. Ante el bloqueo obstructivo por parte del Partido Popular, las presidencias del Congreso y Senado “tienen la obligación legal, recogida en el artículo 568.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de adoptar las medidas necesarias para que la renovación del CGPJ se produzca en plazo”.

Este es el camino por tanto: “la iniciativa de Álvaro Cuesta debería secundarse por los vocales de cualquier signo, emulando lo que Pascual Sala y otros hicieron en 1996, decisión que entonces propició que se desencadenara la renovación del CGPJ”. El martes, se reúnen los 8 vocales progresistas para intentar una acción coordinada para una dimisión en bloque que impediría que el CGPJ pudiera funcionar y por tanto forzaría la solución a la que el Partido Popular se niega permitiendo la continuidad de este órgano in aeternis. Esperemos que puedan de este modo favorecer con esta acción el respeto de la Constitución que el Partido Popular desprecia.


sábado, 25 de marzo de 2023

FRANCIA: DE LA CRISIS SOCIAL A LA CRISIS DEMOCRÁTICA


 

Los “acontecimientos” de marzo en Francia han ganado las portadas de los periódicos europeos, no sólo de la prensa francesa. Entre nosotros, además, la turbulencia francesa ha coincidido con la realización de un acuerdo entre el gobierno y los sindicatos confederales en torno a la segunda parte de la reforma del sistema de pensiones, que ha sido volcado en el RDL 3/2023. Era un acuerdo difícil porque debía garantizar la estabilidad financiera del sistema y lo ha efectuado sin reducir las posibilidades de acceso a la pensión, aumentando los ingresos previstos mediante el destope de las cotizaciones y otro tipo de medidas interesantes que sin embargo han sido cuestionadas por la patronal española y por el principal partido de la oposición, el PP, que se ha dedicado a intentar revertir el acuerdo logrado por el Ministerio de Inclusión y de Seguridad Social con la Comisión Europea y a defender en público la reforma de las pensiones que se está llevando a cabo en Francia por el empeño personal del presidente Macron.

Esta apuesta del Partido Popular por la propuesta reformista francesa es extraordinariamente llamativa, porque abandona la defensa de la reforma llevada a cabo en solitario por el PP en el 2013, sin acuerdo social y contra lo dispuesto en los Pactos de Toledo, y se adentra en un terreno ambiguo puesto que la situación francesa tanto en gasto social – casi tres puntos superior al español en relación con el PIB – como en el aspecto concreto de la reforma – subir la edad de jubilación de 62 a 64 años, cuando en España, desde la ley del 2011 está fijada la edad pensionable en 67 años, no tiene nada que ver con el supuesto de hecho en el que nos movemos. El otro elemento que causa una cierta sorpresa es que el apoyo y la inspiración en la reforma Macron ha generado una contestación social sin precedentes en Francia, con una conflictividad extensa y continuada, de donde pareciera que el Partido Popular añora ese momento de conflicto social en el que el poder público puede imponer sus condiciones de gobernabilidad sin acuerdo social y contra la movilización ciudadana. Es decir, como si anhelara la exasperación del conflicto social como forma de afirmación de la corrección de los cambios normativos previstos. Es por tanto muy difícil no aislar esta opinión de la implícita propuesta de gobierno en alianza estrecha con la ultraderecha en el marco del reforzamiento de las pulsiones autoritarias de la actuación política del mismo.

Lo cierto es que en Francia se ha instalado una inmensa crisis social. La protesta sindical se ha extendido y se ha convertido en protesta ciudadana, y el eje de la misma es la reivindicación de un tiempo libre para vivir la vida aún a tiempo de gozarla sin necesidad de tener que depender del trabajo una vez entrada en la década de los sesenta. La revuelta frente a la ampliación de dos años de la edad pensionable va de la mano de la reivindicación del tiempo y de la tutela de la vejez como situación de necesidad, y ambas en el contexto de un Estado social que cuida de la seguridad de la existencia de los ciudadanos que lo componen.

La movilización ha ido creciendo conforme el gobierno resistía y mantenía su posición, y ha llegado a su culmen cuando éste ha decidido no someter el proyecto de ley a la votación de la Asamblea Nacional y lo ha presentado como Decreto-Ley, salvando ese procedimiento mediante la superación por apenas nueve votos de la moción de censura, una serie de convalidación compleja de la urgencia de la norma que ha evitado así su aprobación parlamentaria. Los sindicatos han actuado en unidad plena de acción – lo que en el caso francés es verdaderamente llamativo y para nada frecuente – y han convocado, con creciente éxito, hasta nueve huelgas generales y las correspondientes manifestaciones de cierre de estas huelgas. La progresiva acumulación de personas en estas manifestaciones ha llegado a su máximo el pasado 23 de marzo, con más de tres millones de francesas y franceses en las calles de las diversas capitales de Francia, con una espectacular concentración de cientos de miles de personas en Paris.

El conflicto social es también político, y lo capitaliza La Francia Insumisa de Mélenchon, con intervenciones fulgurantes de alto contenido retórico que fustiga de forma constante el autoritarismo y la insensibilidad del presidente Macron, que por otra parte ha debido suspender la primera visita del monarca inglés a Francia ante no poder garantizar su seguridad -qué buena imagen habríamos obtenido de una cena de gala en Versalles con el rey Carlos mientras los huelguistas toman Paris en sus plazas- y que defiende la diferencia entre el pueblo (el buen pueblo de los franceses honrados) y la multitud o muchedumbre (siempre fuera de si y alejada de la concordia y la estabilidad del orden) para presumir que la presidencia es sostenida por el pueblo aunque esté sacudida por la multitud  (soutenue par le peuple, secouée par la foule).

El caso es que la crisis social se ha convertido en una crisis de sistema, del sistema democrático. El tránsito ha sido progresivo, partiendo de la base de que el 70% de la ciudadanía y el 90% de la población activa entienden que se trata de una reforma injusta. La movilización se ha ido extendiendo a lo largo de diez días y ha asumido todas las formas posibles de la protesta: peticiones, manifestaciones, huelgas, bloqueos. Queda todavía el recurso a acciones legales, como el reenvío de la norma al Consejo Constitucional y la petición de un referéndum de iniciativa compartida, creado por una ley de 2008 y que permite que se someta a referéndum, a iniciativa de un número de parlamentarios y el consenso posterior de al menos el 10% de los electores, para derogar la norma.

Pero junto a esta reivindicación primera contra el aumento de la edad pensionable a 64 años, se ha introducido el debate sobre la reducción de la jornada a cuatro días laborables, los derechos de los trabajadores y las trabajadoras precarias, la necesaria regulación más protectora de los algoritmos como empleadores, no sólo en relación con las plataformas de entrega de comida o mercancías. Además la inflación ha golpeado masivamente a la población, y pese al sistema electoral francés , prácticamente mayoritario, la composición de la Asamblea Nacional es mucho más plural ( y conflictiva) que hace cuatro años, lo que posibilita que éste órgano sirva de caja de resonancia del conflicto. Un conjunto de materias que descansan en la centralidad del trabajo como elemento vertebrador de la sociedad y que ha desbordado el espacio de lo laboral/social para situarse en un terreno de confrontación general, política, denunciando que la respuesta de los poderes públicos de desprecio ante esta fuerza inmensa del conflicto social denota una componente autoritaria que pone en peligro el propio sistema democrático.

Es decir que el “asalto” a los derechos no sólo hace que sea la clase trabajadora y los sindicatos de clase los grandes dinamizadores de la protesta, sino que también el movimiento estudiantil, los movimientos vecinales, las ONGs, el movimiento feminista y LGTBI, han participado activamente en la misma, incluyendo sus reivindicaciones específicas. El recurso al art. 49.3 de la Constitución que ha permitido al gobierno no someter a votación la reforma, sino prevalerse del mecanismo de la moción de censura, ha permitido vislumbrar que éste se quiere liberar de los condicionantes de la discusión parlamentaria, imponiendo un acto que se define por LFI y Mélenchon como una muestra clara de autoritarismo. La extrema derecha por lo demás, no ha tenido una voz propia ni relevante en este proceso de conflictividad abierta, que se ha centrado en las subjetividades organizadas del mundo del trabajo, la intersindical convocante de las acciones de masas.

La crisis social ha devenido así crisis democrática, y la situación dista de haberse terminado. El martes 28 de marzo se ha convocado una nueva huelga general, de forma que los transportes estarán bloqueados y el personal de las refinerías en huelga ha tenido que ser “requisado” como forma de garantizar el suministro de combustible. La discusión sobre el sentido de la violencia y su expresión a lo largo del conflicto sigue también su camino en el discurso mediático pero la respuesta de los colectivos en lucha no deja muchas dudas sobre la aceptación de medidas de acción contundentes como forma de acompañar la resistencia ante una reforma que se estima injusta y dañina.

El caso francés  - les événements de mars - deberá seguirse de cerca no tanto ni tan solo por verificar las evoluciones y consecuencias de la reforma emprendida, sino por las repercusiones que puede tener sobre la gobernabilidad democrática de Francia y, por ende, sus efectos sobre la delicada composición de equilibrios en la Unión Europea en un momento central de revisión de las reglas sobre el pacto de estabilidad en esta situación de policrisis en la que nos movemos. Frente a ello, en España ya hemos visto que el Partido Popular añora volver al poder para poder enfrentarse a un amplio conflicto social como la prueba evidente de que su programa político va por buen camino; una añoranza del caos regido con mano de hierro en el que también parecerían sentirse a gusto algunos nostálgicos desde la izquierda supuestamente radical que prefieren siempre acertar en su pronóstico sobre la imposibilidad de cambiar las cosas si no se cambia todo de raíz. Ambas opciones felizmente están lejos de realizarse por el momento.


jueves, 23 de marzo de 2023

LAS REFORMAS DE LA LEGISLACIÓN LABORAL IMPULSADAS POR EL RDL DE REFORMA DE LAS PENSIONES

 


El BOE de 17 de marzo publicó el el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, una norma acordada con los sindicatos UGT y CC.OO frente a la que se ha posicionado la CEOE-CEPYME y las fuerzas políticas de la derecha.

Sobre alguno de sus contenidos más llamativos ya ha habido interesantes comentarios, como el de Joaquin Aparicio en una entrada de este blog. Sobre otros asuntos de enorme interés, como la reducción de la brecha de género, tiempo habrá de introducir en estas mismas páginas elementos de debate.

Lo que ahora simplemente se quiere manifestar son las reformas que, ha causado el RDL 2/2023 en los textos legales que se señalan a continuación. Un recordatorio de lo que espera a los profesores que tiene a su cargo la asignatura de Seguridad Social en este cuatrimestre.

En publicaciones especializadas, como la Ciudad del Trabajo o los boletines de Juezas y Jueces para la Democracia que se publican en la Revista Jurisdicción Social encontrarán las tablas de correspondencias y cambios correspondientes. Aquí se dejan, para los usuarios del blog, las referencias legislativas directas gracias al BOE.

 

Disposición transitoria cuadragésima cuarta. Aplicación del artículo 60 a hechos causantes anteriores.


miércoles, 22 de marzo de 2023

LAS JORNADAS DE MOTRIL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y MIGRACIONES

 


Llevan ya diecinueve ediciones, y las Jornadas de Motril (Granada) sobre migraciones que organiza, año tras año, Luis Carlos Nieto, mantiene tanto su peciuliar formato como el renovado interés por un tema en el que la violencia del Estado se une cada vez más a un contexto ideológico en el que la ultraderecha quiere afirmar su xenofobia como un activo electoral que le impulse en su programa de odio y deshumanización del adversario político )y enemigo social).

Las Jornadas de Motril unen discusión política, análisis jurídico, con literatura y arte. Ese es el formato muy original que hace que su realización tenga un valor especial. En su promoción y elaboración participa la UNED, en el centro asociado de Motril, y la asociación Juezas y Jueces para la Democracia. Este año las XIX Jornadas sobre Derechos Humanos y Migraciones están organizadas por el magistrado Luis Carlos Nieto junto a Pilar Tello (UNED), Fátima Mateos (JJpD) y Eduardo Granados (funcionario de justicia), y participan Felipe Villa Rodríguez, Abogado y Presidente de la Asociación “Derechos Humanos y migraciones”  de Motril, José Antonio Ruiz Caballero, Director del Centro Asociado de la UNED de Motril, Begoña López Anguita, Magistrada, Gerardo Esteva Vallejo, Abogado y Presidente Cruz Roja Motril y Gonzalo Sáenz Quilez, de la Fundación Abogacía Española. Además de ello, un recital contra la exclusión a cargo de Pedro Pastor, un homenaje a Mariano Maresca, filósofo y pensador que ha acompañado estos encuentros, la proyección del documental “M” la voz a ellos debida, los testimonios de 14 menores migrantes que llegaron solos a Europa, y la intervención del poeta Juan Carlos Mestre en un acto sobre “la justicia de la memoria”.

En definitiva, tres días, del 29 al 31 de marzo, en el que se discute y se vive en torno a este tema fundamental, que en el momento actual – y más visto desde Italia – constituye uno de los elementos más terribles de la pretendida capacidad europea de autodefenderse de los flujos migratorios considerados como amenaza externa y reducida a una cuestión de orden público. El libro de Nunzia Castelli “Las migraciones internacionales. Una mirada crítica a la regulación internacional y europea desde la perspectiva laboral”, que publicó Bomarzo en 2019 sigue teniendo una vigencia crítica y propositiva muy importante ante estos fenómenos.

Las Jornadas son ya un espacio de encuentro y una experiencia importante que se ha convertido en una referencia fundamental sobre este tema.  En esta edición son presentadas por su inspirador y organizador de la siguiente manera:

Un año más nos vemos esta primavera en Motril para hablar sobre migraciones y refugio en un momento en el que más del 3% de la población mundial está migrando. La guerra de Ucrania ha provocado un desplazamiento masivo de personas que ha hecho que se superen los cien millones de desplazados forzados en el mundo, una cantidad muy superior a la que se produjo después de la Segunda Guerra Mundial. Esta es la realidad que nos puede ayudar a dimensionar el fenómeno migratorio.

El cartel que este año anuncia las Jornadas es un cuadro del pintor Mintxo Cemillán, inspirado en su participación y las reflexiones que tuvieron lugar en las jornadas del año pasado en Motril. El proceso creativo lo inició con un pequeño círculo rojo al que dejó sangrar por un lienzo todavía blanco y a partir de ahí una pintura envolvente que atrapa conciencias y avanza sumergida entre la música de Antton Valverde y la precisión de la poética de Patxi Zubizarreta, para el que los encuentros de Motril han servido de inspiración de varias obras literarias. El lugar donde se pintó también es muy simbólico, el salón de actos del Museo Preindustrial de la Caña de Azúcar de Motril, y a sus trabajadores queremos agradecer la generosidad de permitirnos realizar el acto, incluso fuera de horario. Muchas gracias.

¿Tragedia o compromiso? ¿Esperanza o convencimiento? El cartel puede trasmitir diferentes cosas, pero a quienes organizamos esta convocatoria nos ha servido para reforzar ese andamiaje de solidaridades del que hemos hablado en tantas ocasiones con supervivientes de las rutas migratorias. Ideas y emociones para reivindicar la hospitalidad, que al fin y al cabo es el origen de la fiesta y el canto, como dice el poeta Claudio Rodríguez. Hospitalidad también en sentido político y jurídico, que fundamenta el deber de acogida de quien huye del hambre o de la guerra. Y llegamos a estas Jornadas con más violencia en las fronteras de Europa.

La falta de respeto a la inmemorial ley del mar que obliga a rescatar a los náufragos y llevarles a puerto seguro ha dejado en Calabria a finales de febrero más de 70 muertos, muchos de ellos niños, que solo son parte de los casi 26.000 muertos del Mediterráneo, según cifras de la Organización Internacional de las Migraciones. Las muertes en la frontera de Melilla de 23 personas según datos oficiales, 37 según el informe de Amnistía Internacional que además recoge otros 77 en paradero desconocido, con una exhibición de violencia que repugna a la decencia y que supone una violación flagrante de los derechos más elementales, el derecho a la vida, devoluciones sin garantías, falta de asistencia médica, han supuesto uno de los acontecimientos más graves contra las personas desplazadas forzadas de los últimos tiempos.

Estas políticas de inmigración y asilo basadas en el cierre de fronteras que se resuelven con una violencia impropia de Estados democráticos pretenden lanzar un mensaje desmotivador de las migraciones, que además no es efectivo y solo consigue cambiar de lugar las rutas migratorias, abriéndose otras más peligrosas. Y también muestran violaciones del derecho internacional de los derechos humanos sin ningún pudor, como la supresión del derecho fundamental de asilo, sea Grecia en 2020 o el anuncio hecho ahora por Reino Unido o sus pretendidas deportaciones de solicitantes de asilo a Ruanda. Todo esto parte de una errónea concepción nacionalista de los derechos humanos, que por definición son de todas las personas, se enraízan en la dignidad de los seres humanos y por tanto son universales. Como hemos reiterado en tantas ocasiones los derechos o son de todas las personas o no son derechos, cuando solo son de unos pocos son privilegios.

Pero hay señales que abren ventanas de esperanza. La invasión de Ucrania ha provocado un desplazamiento forzado de personas sin precedentes y ha supuesto que la UE haya activado mecanismos de protección y ayuda para quienes huyen de una guerra injusta con una movilización de recursos y acogida importantes, cuya prórroga hasta el 2025 ya se ha anunciado. La decisión de proteger a estos refugiados ha permitido evitar un aumento de la tragedia en Europa y es muy loable, demostrando que tenemos mecanismos jurídicos para dar protección a los refugiados. Nos queda reclamar que estas medidas se amplíen para los refugiados de tantos países, sean sirios, afganos, africanos o americanos. ¿Cuánto hace que no oímos hablar de la guerra en Yemen? En fin, sobran motivos para que sigamos convocando estas ya veteranas Jornadas de Motril, en las que este año hablaremos sobre las distintas respuestas basadas en los derechos en el convencimiento de que otra forma de gestionar las migraciones es posible, sin tanto dolor, sin tanta dosis de muerte.

Agradecer a las gentes de la costa de Granada su participación y apoyo a este proyecto de inclusión y reconocimiento y a los trabajadores del Centro Asociado de la UNED de Motril su entrega en la organización.

Luis Carlos Nieto García


lunes, 13 de marzo de 2023

SOBRE LA PROYECTADA REFORMA DE LAS PENSIONES. HABLA JOAQUIN APARICIO

 


Hace dos días fue noticia de cabecera de los periódicos el acuerdo a varias bandas (con la Comisión Europea, entre los miembros de la coalición de gobierno) y el posible en el seno del diálogo social con los sindicatos confederales y el asociacionismo más representativo español, sobre la reforma del sistema de pensiones que pivota fundamentalmente sobre el aumento de ingresos al sistema y no sobre el recorte del gasto, es decir, de prestaciones, como suele ser habitual y constituía el leit motiv de las instrucciones económicas que mantenían las instituciones financieras centrales y policy makers más cotizados, en la senda del neoliberalismo dominante. El proyecto de reforma ha sido muy mal recibido por la derecha política española, que ha hecho lobby en Bruselas para forzar el recorte de prestaciones para luego explotar este malestar cara a las elecciones, y la derecha económica ha puesto el grito en el cielo ante la perspectiva redistributiva que este proyecto quiere llevar adelante. Joaquin Aparicio comenta en exclusiva para este blog el significado fundamental del eje de esta reforma del sistema de cotización. Una explicación clara y contundente, que convendría fuera conocida y debatida por doquier.

 

COTIZAR POR LO QUE SE GANA NO ES “VORACIDAD RECAUDATORIA”, ES JUSTICIA

 

Joaquín Aparicio Tovar

Catedrático Emérito Universidad de Castilla-La Mancha

 

El acuerdo del Gobierno de coalición con la Comisión Europea para la reforma de las pensiones que por primera vez encara la sostenibilidad del sistema no desde el recorte de prestaciones, como se hizo en la reforma de 2013 del PP, sino desde el  aumento de los ingresos para no reducir la cuantía de las pensiones, debería ser recibido por todos los agentes sociales con un sincero apoyo, pero no ha sido esa la reacción de la CEOE, que, sin embargo, ha centrado sus ataques en el aumento de las bases de cotización de los salarios más altos con el calificativo de “voracidad recaudatoria”, más propio de exabrupto de clientes en establecimientos de hostelería del barrio Salamanca de Madrid, que de un documento de una organización con un papel constitucional tan relevante.

 Aunque sean muy sabidas, parece que es necesario aclarar ciertas cosas, como que la Seguridad Social, que es quién garantiza las pensiones, es una fenomenal institución puesta en marcha por el Estado para llevar a cabo la solidaridad en su territorio y hacer posible una auténtica ciudadanía. Solidaridad intergeneracional (jóvenes con viejos) e intrageneracional (sanos con enfermos, empleados con desempleados, etc…) que precisa movilizar grandes recursos económicos. Esos recursos tanto pueden venir, entre otras fuentes menos importantes, de los impuestos generales o de cotizaciones calculadas sobre salarios. En nuestro país, como en otros, la mayoría se obtienen a partir de cuotas calculadas sobre los salarios, si bien ni la Ley General de la Seguridad Social ni las vigentes recomendaciones del Pacto de Toledo cierran la puerta a una mayor proporción de lo recaudado por impuestos. Para que la solidaridad no sea una palabra vacía es necesario que todos los recursos vayan a una caja común de la que saldrán las prestaciones para las distintas contingencias (invalidez, jubilación, prestaciones familiares, etc…), poniendo en práctica una redistribución de rentas desde los que más a los que menos tienen, porque es obvio que los que poco tienen poco pueden aportar y si de solidaridad se trata no puede haber una relación sinalagmática directa entre lo aportado y lo recibido, es decir, tanto has aportado tanto recibes, que es propio del seguro mercantil. Si así fuese los más pobres no saldrían de la miseria y se difuminaría el fin al que tiende la Seguridad Social, cual es la igualdad real que hace posible la ciudadanía.

Las bases de cotización se calculan de acuerdo al salario que perciben las personas trabajadoras, pero esa regla se rompe cuando el salario supera los 4.495,50 € al mes, que es la base de cotización máxima. A partir de esa cantidad ya no se aporta nada a la Caja Común de la Seguridad Social, es decir, para quien tenga un salario de 1.500 € al mes se le calculará su aportación sobre el cien por cien de lo que gana, mientras que quien gane 8.991 € aportará sobre el cincuenta por ciento. Los que menos ganan son más solidarios que los que más, una evidente injusticia que no se mitiga con el argumento de que las pensiones máximas están topadas, pues recordemos que no hay relación sinalagmática entre lo aportado y lo percibido.

La reforma pactada con la Comisión Europea prevé que entre 2024 y 2050 las bases de cotización máximas irán subiendo lo mismo que el IPC más 1,2 puntos y, además, habrá una cuota de solidaridad del 1% en 2025 que irá subiendo un 0,25% hasta el 6% en 2045. No parece que sea excesivo y desde luego es mucho más justo, por lo que no se entiende que la CEOE y sus secuaces políticos de la derecha digan que asfixiará a las empresas, en especial a las pequeñas y medianas, e impedirá la creación de empleo. Ojalá hubiera muchas empresas pequeñas y medianas que pagasen salarios superiores a los 4.495,50 €. Es claro el sentido de las críticas. Se trata de favorecer a las grandes empresas y los trabajadores mejor pagados y a los fondos de pensiones de capitalización individual ya que aquellos son el caladero donde echan sus redes los bancos que gestionan esos fondos de pensiones. Lo que pasa es que esa canción suena a vieja, lo mismo dijeron con la subida del salario mínimo y ahí están los datos del empleo para desmentir ese catastrofismo.