jueves, 30 de octubre de 2014

NEGOCIACION COLECTIVA EN EL EMPLEO PUBLICO Y CONDICIONES DE TRABAJO



Los empleados públicos están sufriendo las consecuencias de las llamadas políticas de austeridad desde el 2010. Su condición es frecuentemente puesta en duda al ser motejados de personal parasitario, improductivo. El sindicalismo del área pública, frente a otras experiencias europeas, tiene una escasa afiliación. Y además es considerado por estas políticas de gestión de la crisis como un elemento que debe desaparecer de la "gobernanza" de estas relaciones de servicio.

Los recortes del gasto público que han sido preconizados en España como consecuencia de las llamadas políticas de austeridad, han sido especialmente agresivos con el salario y las condiciones de trabajo de los empleados públicos, para lo que resultaba necesario una intervención autoritaria que hiciera ineficaz el derecho de negociación colectiva de este personal y que eliminara en la práctica el principio de negociación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos. Las normas fundamentales en la materia corresponden a la segunda fase de las reformas estructurales, el RDL 20/2011, de 30 de diciembre, el RDL 3/2012 de 10 de febrero (y la Ley 3/2012, de  6 de julio), y en fin el RDL 20/2012 de 13 de julio, que suspende los pactos, convenios y acuerdos colectivos del personal del sector público, pero fue anticipado como en tantas otras cosas por el RDL 8/2010, que cuestionó seriamente el derecho de negociación colectiva. Pese a la elevación de bien fundadas cuestiones de inconstitucionalidad, el Tribunal Constitucional  - a partir del Auto 85/2011, de 7 de junio – avaló de forma incondicionada esta ablación del derecho sindical de negociación colectiva.

El objetivo de estas reformas en cascada es la reestructuración de plantillas, eliminación de personal y reducción salarial de los empleados públicos. Un punto de no retorno lo constituye la modificación de la Constitución – sin consulta ciudadana – decidida por el pacto bipartidista PSOE – PP que redactó un nuevo art. 135 de la Constitución, obligando a todas las Administraciones Públicas a “adecuar sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria”, y cuyo contenido fue desarrollado por la Ley Orgánica – que requería mayoría cualificada – 2/2012 de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de las Administraciones Públicas. En esta norma se dispone que las Administraciones Públicas, salvo casos excepcionales de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria, deben presentar equilibrio o superavit. Como es sabido, se establece la prioridad absoluta del pago de los intereses y del capital de la deuda pública frente a cualquier tipo de gasto.

Las leyes de julio del 2012 establecen una cláusula de excepcionalidad de manera permanente interpretada unilateralmente por la autoridad de Gobierno. Lo que la norma llama “causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas” se equipara a la decisión del gobierno de realizar planes de ajuste, “de reequilibrio de las cuentas públicas o de carácter económico-financiero para asegurar la estabilidad presupuestaria o la corrección del déficit público”. A partir de este momento, la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos se establece por normas de orden público, proscribiendo el principio de libertad sindical y de negociación colectiva de este ámbito. A nadie se le escapa lo grave de este giro normativo, que se justifica, de forma vaporosa, en una suerte de estado de excepción económico que declara implícitamente y gestiona unilateralmente el gobierno, legislando directamente por decreto-ley por motivos de urgencia. Como tal ha sido denunciado ante la OIT por la práctica totalidad de los sindicatos con implantación en el área pública. Pero el sistema actual deja en las manos de la Administración la “suspensión” – es decir la pérdida de efectos – de cualesquiera pactos, acuerdos y convenios de los empleados públicos, prescripción que se extiende asimismo a los convenios colectivos del personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.

La vigencia imparable de este proceso, que retrotrae el marco regulador a los tiempos pre-democráticos del franquismo, no ha provocado las resistencias colectivas entre los empleados públicos que se podía prever. Tiene que ver este hecho con la escasa implantación real en los lugares de trabajo del sindicalismo de clase, su progresivo desenraizamiento – y desinterés – por los cuerpos de funcionarios técnicos superiores, y la burocratización de sus estructuras. A ello se ha unido la política  sectaria de las administraciones dominadas por el PP de restricción de garantías y facilidades para el desempeño de la actividad representativa de los empleados públicos. La primera respuesta en forma de convocatoria de huelga frente al RDL 8/2010 tuvo un seguimiento muy escaso y a partir de ese momento prácticamente sólo el personal laboral al servicio de las administraciones públicas ha mantenido judicial y sindicalmente una actividad clara de rechazo y de reivindicación del poder contractual colectivo. La excepción la constituyen los sectores de sanidad y de enseñanza, pero en ellos los elementos básicos de movilización se han trasladado a un conjunto de movimientos y una pluralidad de sujetos – médicos, personal sanitario, pacientes movimiento vecinal, de una parte, asociaciones de padres, estudiantes y profesores de otra – a través de las llamadas “mareas” en donde los sindicatos se integran sin protagonizar el movimiento, de manera unitaria y constructiva.

En cualquier caso, los resultados en términos estadísticos de este procesos son terribles. El empleo público se ha destruido fuertemente a partir del 2012, de forma que en un año se han eliminado 375.000 empleos sobre 2,5 millones de empleados, lo que se ha hecho mediante una reducción indiscriminada prohibiendo nuevas contrataciones y limitando al máximo la reposición de efectivos, con independencia de la consideración del servicio o de las necesidades ciudadanas. El personal laboral temporal de la Administración ha sido el principal blanco de esta política. La devaluación salarial de este colectivo es muy intensa, se calcula que en estos cuatro años se ha reducido su poder adquisitivo en un 18 – 20%. Sus condiciones de trabajo – en especial en la educación o en sanidad – han empeorado de manera muy evidente.

La irrupción de la crisis ha sido aprovechada para destruir  la fuerza vinculante de los convenios colectivos – en lo que se refiere a la negociación colectiva laboral – y los mecanismos de inaplicación de acuerdos y pactos en el área pública. Es decir que se ha  ligado  el objetivo invocado de reducción del gasto público con el efecto político autoritario perseguido quizá con máyor interés,  el de derogar sobre la base de una situación de excepcionalidad económica, el principio de negociación de las condiciones de trabajo en el empleo público y la eliminación consecutiva del poder contractual del sindicato, haciendo ineficaz la libertad sindical colectiva.

Este es el panorama con el que nos encontramos a finales del 2014. El sindicalismo de clase como un elemento superfluo – y molesto – en la gestión de la Administración Pública que tiende a reducirse y a privatizar sus servicios, descentralizándolos en la contratación externa de los mismos con empresas privadas (que en muchos casos benefician económicamente esa contratación, como estamos viendo en los conitnuos ejemplos de corrupción que afloran). Una situación que no puede valorarse sólo desde el punto de vista del empeoramiento de las condiciones de trabajo y la reducción salarial, como posiblemente se enfoque desde los sindicatos del área pública.

Es sin embargo el momento para aprovechar esta situación desastrosa y en el proyecto de reversión de la misma planear un replanteamiento profundo de la acción sindical en la Administración Pública, arbitrar medidas para fortalecer la presencia sindical eliminando los reflejos corporativos tan comunes, y desplegar una estrategia de actuación no sólo limitada a los aspectos puramente económicos de la relación de servicio. Una nueva mirada sobre la negociación colectiva y sobre las posibilidades del conflicto, incluido desde luego la huelga, normalmente anulada – a veces con la complacencia de un sindicalismo incapaz de lograr la movilización de los empleados públicos – mediante la aplicación copiosa y excesiva de los servicios mínimos, ignorando la construcción sindical del conflicto en los servicios esenciales y el concepto de éstos.


martes, 28 de octubre de 2014

DERECHOS DE INFORMACION Y CONSULTA Y REESTRUCTURACIÓN DE EMPRESAS


La editorial Comares ha publicado un libro de la profesora de la Universidad Rey Juan Carlos, Maria Luisa Molero, junto con el magistrado del Tribunal Constitucional y catedrático de la UCM, Fernando Valdés Dal-Re. A continuación se inserta un comentario sobre el mismo para estimular su lectura.

Los derechos de información y consulta de los representantes de los trabajadores constituyen sin duda una de las señas de identidad del derecho social europeo. Como corresponde al tiempo en el que estamos instalados, es sin embargo un aspecto que la Comisión Europea quiere reexaminar. En efecto, es sabido que una de las directivas más importantes, la de los Comités de Empresa Europeos, se revisará lo más tarde en junio del 2016, a partir de un estudio de evaluación de los problemas aplicativos que ésta ha suscitado. Este proceso coincide con el llamado fitness check sobre varias directivas que reconocen los derechos de información y consulta, que se quieren “simplificar” y reducir los “trámites burocráticos”, eufemismos que normalmente ocultan una intención de rebajar el alcance y la intensidad de la información o de la consulta y una reducción por tanto de los derechos colectivos de los trabajadores. En concreto la Comisión quiere “consolidar” varias directivas sobre información y consulta, para unificar las definiciones y rectificar las diferencias. Entre ellas, la de despidos colectivos, protección de los trabajadores en casos de transmisión de empresas, o la directiva – marco del 2002. Uno de los elementos clave en este proceso de redefinición va a ser el de asignar un significado amplio o restringido a los derechos de consulta, lo que resulta clave, al confluir en un concepto que sea sinónimo de entablar un proceso de negociación para llegar a un acuerdo, como señala la Directiva de la Sociedad Europea del 2001. Pero este significado no es el que pretenden reformular las autoridades de Bruselas.

En esa misma línea, hay que recordar que precisamente en lo relativo a reestructuraciones empresariales, la Comisión Europea no dio seguimiento a la resolución aprobada por el Parlamento Europeo en enero del 2013 sobre restructuraciones de empresa (el llamado Informe Cercas, por el parlamentario socialista que lo impulsó), que contenía recomendaciones para la Comisión en materia de información y consulta de los trabajadores, previsión y gestión de las reestructuraciones (el texto puede consultarse en http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?type=TA&reference=P7-TA-2013-0005&language=ES&ring=A7-2012-0390#BKMD-6 ),  de manera que la inacción de la Comisión provocó que la CES planteara una queja oficial ante el Mediador de la Unión Europea, sin resultado tangibles por lo demás.

A ese contexto europeo se une un intenso desarrollo legislativo en el estado español que ha alterado los equilibrios de poder en la empresa y que se ha centrado de manera paradigmática en la modificación del sistema de información y consulta en los casos de despidos económicos y restructuración de empresas. La Ley 35/2010 primero y, de manera mucho más incisiva, la Ley 3/2012 después, han generado un cambio muy importante en esta materia en una dirección que debilita claramente la intervención de los representantes de los trabajadores y los derechos de participación de éstos en la empresa. El libro comentado se centra en el ámbito nacional - estatal, y pretende realizar un “análisis integral e integrador” de los derechos de información y conducta en relación con las medidas legales de restructuración empresarial.

El trabajo que se comenta tiene su origen en un informe encargado a los autores por la CCNCC, que en su conversión en libro se estructura implícitamente en dos partes. La primera inicia el examen del marco constitucional de la participación de los trabajadores en la empresa al que acompaña una explicación sintética de estos derechos en el derecho social europeo, para finalmente, en esta parte de encuadramiento normativo, señalar el marco legal que reconoce los derechos de información y consulta en el Estatuto de los Trabajadores. Es a partir de aquí cuando la obra comentada introduce el tema central de su estudio, es decir, cuáles son las decisiones del empresario que se incluyen en el concepto de reestructuraciones empresariales y los términos en los que los derechos de información y consulta se materializan ante cada una de estas medidas, estableciendo un relación entre el art. 64 ET y los preceptos concordantes que regulan, en orden ascendente, flexibilidad interna, suspensión, reducción de jornada y despido y transmisión de empresa.

Un último y muy interesante capítulo de cierre reflexiona sobre la incidencia de las normas de reforma del 2013-2014 sobre los derechos de información y consulta, a partir de la incidencia del RDL 11/2013 y la Ley 1/2014, que impacta de forma relevante – y negativa – en estos derechos atribuidos a las representaciones colectivas. La obra incluye una bibliografía muy funcional al objeto de estudio.

DERECHOS DE INFORMACION Y CONSULTA Y REESTRUCTURACIÓN DE EMPRESAS
Maria Luisa Molero Marañón y Fernando Valdés Dal-Re. Editorial Comares, Granada, 2014, 179 pp. 18 €

sábado, 25 de octubre de 2014

REGULAR EL TRABAJO DESDE EL DERECHO AL TRABAJO DIGNO. (SOBRE UNA INICIATIVA PARLAMENTARIA DE IZQUIERDA PLURAL)




Las llamadas “reformas de estructura” exigidas por las instituciones financieras internacionales, el Banco Central Europeo y la Comisión a los países afectados por un sobreendeudamiento privado, convertido en su justificación económica en problema de competitividad, ha tenido como consecuencia la implantación de una nueva normativa laboral caracterizada por la exaltación de la unilateralidad empresarial, el declive del control colectivo y la degradación de las garantías laborales en especial sobre el despido. Los efectos han sido tremendos en términos primero de destrucción acelerada de puestos de trabajo y posteriormente en la consolidación de la precariedad en el trabajo y el aumento exponencial del trabajo ilegal, no declarado.

La crítica a esta deriva política es cada vez más extensa, asumida en distintos grados pero de forma generalizada no sólo por los sindicatos, sino por una amplia mayoría del arco político, parlamentario y no, con la excepción del PP en el gobierno español y CiU en el catalán. La derogación de las leyes de reforma laboral del 2012 a 2014 es un compromiso político muy amplio que deberá realizarse tras las elecciones de noviembre del 2015.

Sin embargo, las presiones para que esto no suceda o que se haga en términos muy relativos son muy fuertes por parte de los poderes económicos, que utilizarán en su favor la amenaza de la liquidez bancaria ofertada por el BCE y el mecanismo de estabilidad financiera. La irreversibilidad del desequilibrio de poder en las relaciones laborales, la concentración residual del poder contractual de los sindicatos en el ámbito de las grandes empresas, y la anulación práctica de las garantías del trabajo y del empleo por la vía de la reducción de “costes” de terminación del contrato, es un objetivo fundamental de esta política, aunque posiblemente sea suicida en términos económicos al inducir tendencias deflacionistas muy fuertes que se acentuarán con la nueva oleada de crisis en marcha. Se pretende ante todo la reconfiguración de las relaciones de poder en el ámbito del trabajo asalariado en el sentido señalado de incrementar la asimetría fortaleciendo el poder privado del empresario a la vez que se pone en crisis la noción de representación colectiva y se margina el espacio de acción sindical.

Pero el rechazo ante la estabilización – el “acomodamiento” como es definido por Ignacio Fernández Toxo – de esta situación normativa, no sólo se manifiesta en la resistencia a su aplicación a través del conflicto y del recurso a la tutela jurídica, sino que esencialmente se proyecta sobre el cuadro normativo que debe sustituir al actualmente vigente. Este es un tema central, pero sobre el que los sindicatos confederales no han elaborado ninguna propuesta más allá de la Iniciativa Legislativa que plantearon ya en el 2010 y que fracasó al no ser tenida en consideración tampoco – y mucho menos -  con la nueva mayoría parlamentaria que conformó  el gobierno del PP. Pero ese texto no se maneja actualmente como complemento al discurso que explicita los motivos del rechazo de la reforma laboral por sus consecuencias, ni por tanto se discute ni se propone entre sus afiliados o entre los trabajadores en los centros de trabajo un modelo alternativo de regulación de las relaciones de trabajo.

No se disponía por tanto de un programa de regulación normativa del trabajo asalariado que precisara una garantía positiva del derecho al trabajo y reforzara el poder colectivo y sindical sobre la base de un principio de representación efectiva de las personas que trabajan. Este es el objetivo de una iniciativa parlamentaria del Grupo de Izquierda Plural que, bajo la forma de una proposición no de ley, se presentó el 7 de octubre 2014 en el Congreso, bajo el título “promover el derecho al trabajo digno”, articulado en 50 proposiciones concretas.

El sentido de este texto lo explicó Joan Coscubiela en un artículo publicado en El periódico, http://www.elperiodico.com/es/noticias/opinion/trabajo-digno-3580866, de forma muy clara.

“Trabajo digno significa cosas distintas en función de cada país. En algunos aún comporta abolir formas de trabajo esclavo, de la que en muchos casos se benefician empresas transnacionales que se aprovechan de este modelo de globalización sin reglas ni derechos. En España el trabajo digno pasa por detener el proceso de grave precarización de las condiciones de trabajo. Y para conseguirlo una condición necesaria - aunque no suficiente ni la única- es revertir las Reformas Laborales aprobadas con la coartada de la crisis económica.

Izquierda Plural (IU, ICV-EUiA, CHA) quiere contribuir al debate y a las soluciones con propuestas propias para demostrar que sí existen alternativas y para ello hoy presentamos en el Congreso de Diputados una Proposición No de Ley que, después de hacer balance de estos años, propone 50 líneas de actuación para avanzar en la dignificación del trabajo. Esperemos que el Reglamento del Congreso permita discutirla pronto”.

El contenido de esta proposición no de ley discurre por varias líneas de actuación, que se pueden resumir en las siguientes:

a)      El trabajo es un derecho constitucionalmente garantizado, de contenido concreto, que no puede confundirse con el empleo como objeto de intercambio en el mercado, como una mercancía.

b)      En el trabajo debe garantizarse un principio de igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

c)       El  objeto del derecho al trabajo revaloriza ante todo sus contenidos formativos, de donde es importante revalorizar mecanismos contractuales formativos no ligados a su bajo coste salarial.

d)      La norma legal debe recuperar el equilibrio relativo en las relaciones de trabajo a través de una regulación clara de la flexibilidad negociada, garantías en la contratación de entrada, garantías más firmes en la extinción del contrato y en el despido, fortalecimiento de la negociación colectiva.

e)      El poder contractual del sindicato y la fuerza vinculante del convenio colectivo debe constituir el centro de la regulación de las condiciones de trabajo y empleo, garantizados y promocionados mediante garantías legales fuertes de la eficacia de los convenios y del deber de negociar.

Como puede verse, se trata de un texto muy apegado a una forma de entender las relaciones de trabajo en plena consonancia con la cláusula del Estado Social y el respeto del derecho al trabajo del art. 35, pero que en modo alguno se plantea como un programa de cambio radical del modelo económico de mercado libre. Además incorpora las formas de concentración empresarial y descentralización las alteraciones de la fisonomía de la empresa. como un dato relevante a efectos normativos laborales.

Pese a su evidente importancia, no ha tenido hasta el momento la difusión que sería deseable. El blackout informativo respecto de estos temas es absoluto, y la propia dinámica política lleva a las fuerzas políticas de la izquierda a centrarse en los problemas de actualidad antes de popularizar elementos centrales de su proyecto político reformista.

Consciente posiblemente de estos déficits informativos, el viernes 24 de octubre, el Grupo Parlamentario Izquierda Plural organizó una “Jornada por el Trabajo Digno” en el Congreso de Diputados, en la que se presentaba esta proposición no de ley, inserta desde luego en su contexto, en especial el europeo, a partir del cambio de gobierno y el plan de trabajo de la Comisión en estos aspectos. La Jornada, coordinada por Marga Ferré, siempre activa secretaria de coordinación política y de programas de IU,  contó así con la participación primera de dos eurodiputados del grupo, Paloma López del grupo de Izquierda Unitaria y Ernest Urtasun, del Grupo de Los Verdes, que fundamentalmente trabajaron sobre el papel de la Unión Europea y la continuidad de los paradigmas de la austeridad y de la flexibilización de los mercados de empleo en el sur y en el este de Europa, aunque advirtiendo que los efectos degradantes de los derechos del trabajo se extiende ya a países con peso económico y político más fuerte, Italia y Francia, pero también Bélgica. La segunda parte de la Jornada se dedicó a la presentación de las 50 propuestas que contiene la proposición no de ley para la promoción del trabajo digno, que corrió a cargo de Joan Coscubiela, para lo que además contaron con la presencia de Toni Ferrer de la UGT e Ignacio Fernández Toxo, de CCOO, como exponentes de alto nivel de la presencia y representación del sindicalismo confederal. Ambos valoraron de forma extremadamente positiva la propuesta de Izquierda Plural, aunque en un discurso más volcado sobre la descripción crítica de los efectos de la reforma y la situación actual de las relaciones laborales, pero resaltando un hecho evidente, que la reforma laboral tiene necesariamente que ser revertida, aunque no es posible volver a la misma situación de la que se ha partido, es decir, antes de la primera acción del 2010. La jornada fue inaugurada por Jose Luis Centella y clausurada por Cayo Lara ante una audiencia fundamentalmente compuesta por dirigentes de grado medio locales y regionales de las distintas organizaciones de IU, con una nutrida representación de ICV-LV y EUiA.

El texto que promueve Izquierda Plural debe ser conocido. Es muy probable que, dada la legalidad reglamentaria del parlamento español, que cercena cualquier iniciativa no consensuada por los dos grandes partidos, este texto ni siquiera pueda ser debatido en esta sede. Tampoco es muy seguro que integre la actualidad del debate de Izquierda Unida, más volcado en una perspectiva hegemonizada por la consideración social de la ciudadanía en el espacio municipal o autonómico que dificulta priorizar los temas estrictamente ligados al poder en los lugares de trabajo. Por eso mismo no es previsible que otros grupos de la izquierda se ocupen de contrastar estas propuestas. Pero debería ser distribuido para su discusión y enriquecimiento tanto en el ámbito sindical – organizando jornadas en común desde el sindicalismo confederal  con el grupo político que ha producido las propuestas – como en el espacio cultural doctrinal y académico, que posibilitaría un diálogo sobre las bases políticas y el diseño técnico de la iniciativa.

Seguiremos por tanto esta trayectoria. E informaremos puntualmente en este blog. Permanezcan atentos.


viernes, 24 de octubre de 2014

LECTURAS SOBRE PIKETTY Y (SIEMPRE) LA CRISIS



El interés por la obra de  Thomas Piketty, El capital en el siglo XXI (de la que hay edición española, Fondo de Cultura Económica, 2014), se ha disparado ante la constatación del incremento exponencial de las desigualdades pavorosas que está produciendo la resolución neoliberal de la crisis. Este interés se acrecienta, naturalmente, en el área europea, en donde se percibe como una realidad evidente que la gestión de la crisis por las instituciones financieras internacionales y la Comisión Europea ha producido miseria, sufrimiento y desigualdad crecientes en los paises del sur y este de Europa.

Este interés se manifiesta en seis intervenciones que se proponen como lectura a propósito del libro de Piketty que la revista multilingüe Insight ofrece en su número de octubre. Se trata de textos de varios autores, especialmente politólogos y economistas, (Paladini,Rowthorn, Baker, Faux, Palley,Galbraith) que tienen un evidente interés.

Además de eso, en la misma revista, se continua con el desarrollo de las reformas estructurales urgidas por las políticas europeas de austeridad en la eurozona a través de las aportaciones de expertos en donde la rpesencia italiana y española es muy importante Lettieri, Romagnoli, Baylos, Fried, Clericetti, Moreno).

Por último, se incluye una reflexión sobre oriente medio (Colitti) y un trabajo sobre el informe del Banco Internacional del Desarrollo sobre las transiciones económicas en curso (Nutti).

A continuación se inserta el índice de los contenidos del número con sus enlaces correspondientes, a tra´ves de la conocida división de sus contenidos entre los apartados de “Artículos y Opiniones”, “Papers” y “Views”.


In this issue: Piketty's Capital (),
Austerity and structural reforms in the Eurozone ().


Articles & Opinions

  • Ruggero Paladini



  • Marcello Colitti



  • Antonio Lettieri



  • Umberto Romagnoli



  • Carlo Clericetti


 

  • Michel Fried


 

  • Antonio Baylos


 

  • Juan Moreno


 

  • D. Mario Nuti


 


 

  • Thomas Palley


 

  • Ruggero Paladini



  • Antonio Lettieri



                                  

  • Mario D. Nuti


Papers



Dean Baker; James K. Galbraith; Paul De Grauwe; Jared Bernstein; Dani Rodrik; Charles Wyplosz
__________________________________________________

Editor Antonio Lettieri Co-Editors Bruno Amoroso, Antonio Baylos
Editorial Board Margarita Barañano; Ramón Baeza; Barry Bluestone; Carlo Clericetti; Marcello Colitti; Oscar Ermida; Jeff Faux; Jacques Freyssinet; Tarso Genro; Jayati Ghosh; Guillermo Gianibelli; Stuart Holland; David Howell; Jesper Jespersen; Elvira S. Llopis; Mario Nuti; Ruggero Paladini; Thomas Palley; Guido Rey; Umberto Romagnoli; Mario Rusciano; Herman Schmid; Hartmut Seifertio Rusciano; Herman Schmid; Hartmut Seifert

 


miércoles, 22 de octubre de 2014

CARLOS ARISTU EXPLICA LA REFORMA LABORAL EN ITALIA




En Italia se está debatiendo el cambio de la regulación de las relaciones laborales en la línea general exigida por los organismos político-financieros que comandan la crisis de reducir y limitar los derechos individuales y colectivos del trabajo. Carlos Aristu ha publicado en el admirado blog En campo abierto unas reflexiones sobre este proceso, que a los españoles nos recuerda mucho a lo padecido en el 2010, que ahora las transcribimos para la blogosfera de Parapanda pirateandolas cariñosamente.

Italia: (sin)razones para la contrarreforma laboral


Por Carlos ARISTU OLLERO

Igual les suena de algo. Matteo Renzi, Primer Ministro de Italia que asumió las riendas del país bajo la promesa de desmantelar las viejas redes clientelares de poder, ha optado por “ modernizar” el mercado de trabajo por la vía de una amplia reforma laboral. El Jobs Act, un paquete de medidas para incentivar el empleo que presentó bajo la forma de moción de confianza ante el Senado en un procedimiento de dudosa constitucionalidad, ha sido calificado por Ángela Merkel como “un paso importante”. Les recuerdo que en 2010, la canciller alemana describió en términos similares la reforma laboral del gobierno de Rodríguez Zapatero.

En el contexto actual de disputa ideológica generalizada, sin duda el debate sobre el factor trabajo ofrece claves de enorme importancia. La fórmula de “austeridad + flexiseguridad” se prescribe como la única salida amable a la crisis. Como venimos conociendo en España desde 2010, la fórmula conlleva un incremento desmedido de desigualdad salarial y precariedad laboral. Esto se debe, en gran parte, a que las reformas emprendidas confieren al empresario una capacidad ilimitada para modificar las condiciones de trabajo, junto a la importante reducción  de influencia del convenio colectivo como referencia protectora general. A modo de ejemplo, Renzi abandera en Italia la supresión de la readmisión forzosa del trabajador en caso de despido improcedente.

Esta contrarreforma laboral persigue, en última instancia, una individualización de las relaciones en el espacio de trabajo. Limitando el carácter colectivo de la negociación, restringiendo el papel de los sindicatos en la empresa, no se consigue otra cosa que una devaluación importante de las condiciones salariales y de trabajo. Zapatero defendía en 2010 su reforma laboral, un anticipo que luego exprimiría el Partido Popular, como necesaria para “luchar contra la rigidez de los salarios y modernizar la organización de las empresas”. Los resultados son conocidos -aparte de la mayoría absoluta lograda por el Partido Popular en las siguientes elecciones-. Así, no sólo se viene firmando la mitad de convenios colectivos que antes, sino que el ámbito de cobertura de éstos puede decaer hasta casi un tercio; la preferencia legal vigente sobre las unidades pequeñas de negociación desvirtúa en gran medida lo que debe ser una negociación equilibrada. En suma, lo que acaban por lograr estas reformas es implantar el miedo en el tajo: si el convenio no te protege, si la acción sindical está limitada legalmente, si el despido es fácil y barato… Se calcula que han sido 50.000 millones de euros los que se han traspasado desde las rentas del trabajo hacia las de capital sólo en España. No es ciencia, sino política.

El Jobs Act de Renzi engloba también toda una suerte de medidas que, bajo la consabida marca de la modernización y las facilidades al emprendimiento, obvia por completo cualquier atisbo de políticas incentivadoras del empleo. La renta media familiar seguirá cayendo en países como España o -en menor medida- Italia mientras no se reconduzcan las prioridades hacia el empleo y la inversión. Reformas laborales como la de Renzi sólo contribuirán a un mayor riesgo de deflación, además de restringir seriamente el cuerpo de libertades y derechos en el espacio laboral italiano.

Renzi asume la confrontación sindical como mal menor. El próximo 25 de octubre, la CGIL -primera fuerza sindical del país- ha convocado una jornada nacional de movilización en Roma. Será seguro un éxito movilizador, pero quien lidera hoy el Partido Democrático parece tener amortizada de antemano su repercusión social. Todo recuerda demasiado a España, ¿no creen?

Hace años, el histórico dirigente sindical italiano Bruno Trentin lamentaba el desapego progresivo que cierta izquierda política comenzaba a mostrar hacia escenarios otrora claves de su imaginario colectivo. Hablaba, claro está, del conflicto Capital-Trabajo. Alertaba de un posible distanciamiento de estos grupos dirigentes con respecto a los intereses de aquellos a quienes tendían a representar. Cuando obvias los escenarios en los que se dirimen las cuestiones sustanciales para aquellos a quienes consideras “ los tuyos” el conflicto no se congela, se acelera en beneficio de la contraparte. La gestión que los gobiernos de centro-izquierda europeos están haciendo de la crisis está marcada, en gran parte, por un desplazamiento de contrapesos en el marco de la relación laboral en favor del empleador, lo que tiene una significación ideológica y económica de gran calado. Lo más preocupante es que se acaba por adaptar el discurso a las necesidades de este viraje, contribuyendo a que el debate ideológico se desarrolle de forma favorable a las élites económicas y la derecha política. Así, se contribuye a identificar con lo arcaico al marco conceptual que el derecho del trabajo venía sustentando en relación a la negociación colectiva; se desprecia la interlocución con los trabajadores y su representación en favor de la parte empresarial; se diluyen las identidades en el imaginario laboral para reforzar construcciones como “emprendedor”, cargadas de un enorme simbolismo nada desinteresado. En suma, como diría aquel, “se trabaja para el inglés”.

Parece evidente que el mundo del trabajo está sufriendo una transformación sustancial fruto de fenómenos como la internacionalización, la innovación tecnológica o la externalización de la cadena de producción. Pero esto no tiene nada que ver con el desmantelamiento de las estructuras básicas de protección que el Derecho del Trabajo ofrece como garante de cierto equilibrio en el marco de relaciones laborales para la canalizar el conflicto social inherente a éstas. Volcar el tablero hacia un lado imposibilita soluciones justas o equilibradas. Y como hemos comprobado en España, no garantizan ni empleo ni recuperación económica. Lejos de eso, hoy contamos una reducción sustancial de la renta media familiar, una tasa de desempleo que ronda el 26% y una precarización galopante de nuestro mercado laboral. Por eso, el 25 de octubre la mayoría de españoles nos sentiremos representados en la gran movilización que llenará Roma en protesta por el Jobs Act de Renzi. Sabemos de lo que hablamos.
——–
Publicado originalmente en la sección Contrapoder, de El diario.es

sábado, 18 de octubre de 2014

SOBRE LOS CÓDIGOS ÉTICOS EN POLÍTICA


Se trata de un comentario propiciado por el documento colgado en la última entrada en este blog que está discutiendo Guanyem Barcelona sobre la adopción de un nuevo código de ética política. Algo de lo que está muy necesitada la política española en general, y si no, vean la foto que ilustra este post.

Más allá de que el documento se inscriba en una precisa relación entre los códigos éticos y el municipalismo – lo que es de por si muy significativo – el documento tiene un alcance más amplio, representa una forma de intervención política e ideológica alternativa que se funda en una percepción clara de un estado de irritación y de indignación ciudadana respecto de lo que se conceptua como la “clase política”, los dirigentes de los partidos políticos, los candidatos y elegidos en órganos legislativos, los componentes de los diferentes gobiernos, y naturalmente los concejales y los alcaldes. Es mucho más que  “una distancia insalvable entre las élites políticas profesionales y la ciudadanía”, como señala el documento de Guanyem Barcelona (GB) , posiblemente sea un “estado de ira contenida”, acentuada por el desgranarse de escándalos en los últimos dos años.

En efecto, generan alarma social  los casos de corrupción presentados, aireados y comentados por los medios de comunicación en un cruce de informaciones frecuentemente contradictorias, en donde lo característico es responder a un escándalo de la “derecha” con otro mayor de la “izquierda”, cuando no, como en el caso de las tarjetas de Caja Madrid, mediante la exposición de un cuadro global de corrupción que afecta a todos los partidos políticos representativos, las asociaciones empresariales y los sindicatos, mostrando por tanto un cuadro desolador en el que nadie queda exento. Las causas de la corrupción pueden ser muchas, desde los que están ligadas a la financiación de los partidos – y a su vez en diversos grados y mediante diferentes medios – o al propio beneficio privado del cargo representativo, hasta “la utilización de los espacios institucionales como fuente para la acumulación de privilegios”, como señala el texto de GB. En el caso concreto del poder local en los municipios, la intercambiabilidad de posiciones políticas respecto de los intereses de constructoras, industriales y otros grupos privados de presión, es notoria, como asimismo el recurso indiferenciado desde la “izquierda” o la “derecha” a formas de organización de los servicios que privatizan su uso y degradan su calidad.

La corrupción es grave, pero no lo es menos la debilitación del nexo representativo entre la ciudadanía, el partido político y el programa que este esgrime como proyecto de gobierno, y la lista de elegidos y sus alianzas. Por no decir que este nexo se ha degradado de forma muy intensa, mediante la continua desvinculación de los representantes políticos de sus compromisos electorales y programáticos una vez resultan elegidos. A ello se refiere correctamente el documento GB como “falta de mecanismos efectivos de rendición de cuentas y de participación de la ciudadanía en los asuntos públicos”, o la banalización del hecho electoral como un acontecimiento más emocional que político, del que resulta una preferencia general que reacciona positiva o negativamente al gobierno padecido, y que, en el mejor de los casos, procede a efectuar una “delegación de responsabilidades cada cuatro años”.

Frente a ello se reacciona mediante la revalorización de un código ético como parte del nuevo contrato que los movimientos sociales y las fuerzas políticas alternativas quieren efectuar con la ciudadanía para transformar la sociedad y las condiciones de vida de las personas. Las fuentes en las que se basa el documento GB son muy significativas del área cultural y política de referencia en el que este compromiso moral forma parte de su manera de representar a la ciudadanía.

Es significativa la importancia que se da al código ético como compromiso que asume una fuerza política a la hora de articular la representación con la ciudadanía que asume su programa de acción y su discurso ideológico. En el recurso a la ética, hay un cierto paralelismo con el proceder de las empresas transnacionales a la hora de elaborar sus códigos de conducta, que los laboralistas conocemos bien. En efecto, el hecho decisivo conforme al cual las empresas transnacionales adoptaron estos compromisos unilaterales sobre el respeto de determinados derechos laborales y medioambientales, era el del perjuicio reputacional que su actuación contraria a los mismos había producido en los países en los que éstas se habían aposentado, donde habían generado miseria, corrupción y sobre-explotación del trabajo asalariado. La analogía en este caso sirve para una actividad política que se percibe cada vez más como un espacio de privilegio personal y de servicio para los grupos económicos, cada vez menos susceptible de encarnar un interés general y público con la participación real de la ciudadanía. Por eso el Partido Popular enarbola la bandera de la “regeneración”, como un compromiso moral que le permita evitar el desprestigio y el daño que la opinión pública tiene de la actividad política, y mantener la reputación de su actuación en ese campo, justamente por el hecho de haber sido uno de los sujetos más activos en su envilecimiento y putrefacción.

Es un hecho indudable que la asunción de un código ético para la actuación “en política” pretende restañar la confianza ciudadana en una institucionalidad determinada – que se quiere transformar en un sentido democrático – y en el mecanismo de representación política. También se podría entender que para determinadas fuerzas políticas alternativas, o simplemente situadas fuera del círculo bipartidista, el código ético ofrece una “ventaja competitiva” ante la competición electoral, demasiado lastrados los dos grandes partidos por el excesivo peso de los innumerables supuestos de connivencia con los poderes económicos y la confusión entre lo público y lo privado.

Pero lo más importante es que en el momento presente el código ético integra una forma precisa, esencialmente democrática y transformadora, de actuar políticamente. Y una “narrativa” de la manera de hacer política alternativa. Es decir, de un modo de estar en el espacio político y de (re)construir el vínculo representativo entre el agente y la ciudadanía. Es por tanto un elemento estratégico del modelo democrático de la representación política. Y no se conforma unilateralmente, como un código de conducta que engendra el sujeto político, sino como un contrato entre el sujeto que quiere representar al colectivo complejo y los movimientos sociales y grupos políticos que integran el proyecto de transformación social y del territorio y sus servicios. Es por consiguiente un elemento estratégico de este proyecto y habría que añadir que de cualquiera que pretenda presentarse ante la opinión pública con un impulso reformista que defienda y garantice derechos democráticos y participación ciudadana.

Es cierto sin embargo que en el nuevo código de conducta que presenta GB hay un primer apartado que realmente no supone un compromiso moral, sino un conjunto de medidas muy trascendentes por la manera en la que definen la relación de representación política. La “democratización de la acción política”, la “fiscalización y rendición de cuentas” de la acción de los representantes, son compromisos ofrecidos como base de ese contrato directo con la ciudadanía sobre la base de una visión estratégica de la democracia participativa ligada al mecanismo representativo. Por eso es la parte más interesante – y generalizable – del documento. El segundo apartado sobre “financiación, transparencia y control de los gastos” tiene el valor decisivo de abordar de manera directa el problema de la financiación de los partidos y en general de la actuación política. Se trata de un conjunto de medidas que se presentan como obligaciones éticas pero que tienen otro valor prescriptivo y colectivo, y sobre las que es muy productivo reflexionar y extrapolar – modificando el entorno – a otros ámbitos. La independencia económica y la dificultad de encontrar un campo de inmunidad del agente político frente a las exigencias de financiación de su actividad, es uno de los problemas que deben ser abordados en el contexto más general de un proyecto de reforma social.

El último de los apartados de este documento se intitula “profesionalización de la política, supresión de privilegios y medidas contra la corrupción”, y es la parte en la que se aprecia una mayor incidencia de las emociones negativas que suscita el estado de opinión contra la corrupción de “los políticos”, es decir, de una realidad “que ha extendido la indignación entre una ciudadanía que percibe que la política sirve básicamente para hacer dinero y que es el dinero el que controla la política”. Algunas de estas medidas sugieren ciertas reflexiones complementarias, porque en general puede decirse que profesionalización en la política, privilegios y desviación de poder, son problemas que no se plantea la derecha económica y la derecha política, puesto que los tiene resueltos previamente al establecimiento del nexo formal de la representación.

Se quiere decir, por ejemplo, que la limitación de retribuciones de un cargo público a términos estrictos – el triple del salario mínimo, por ejemplo – no afecta a quienes pueden ejercer la política “ad honorem” en razón de su patrimonio o de sus expectativas de futuro tras cesar en el cargo – las “puertas giratorias”- pero si puede tener efectos negativos en el sentido de hacer improponible este compromiso a una amplia capa de personas que saben que la representación política exige una dedicación muy importante. Lo señala el propio documento de forma sintética, cuando recuerda que “la remuneración digna y justa de los representantes ha sido una conquista democrática histórica, ya que permite que todos puedan dedicar tiempo a las funciones públicas y no sólo los que tienen suficiente dinero o patrimonio”.

El problema de una perspectiva desequilibrada en este punto es el de su utilización demagógica o falseada. En la que han sido pioneros los altos dirigenes del Partido Popular, los mismos que se beneficiaban de la trama Gürtel. Y puede alentar opiniones equivocadas. Últimamente, se ha criticado en los medios que Pablo Iglesias, como eurodiputado que viaja continuamente a Bruselas, haya dejado de utilizar Ryanair como forma de transporte  low cost y lo haya sustituido por Iberia, que ofrece un precio del billete superior. Las justificaciones que ha dado Podemos se basan en algo tan obvio como la incomodidad del vuelo de la aerolínea low cost y el mayor tiempo de los desplazamientos. Pero además – y sería interesante que se recordara – Ryanair ofrece precios más convenientes sobre la base de negar derechos sindicales a sus empleados y practicar el dumping social, por lo que ha sido condenada en Francia y existe un proceso abierto en Italia (http://baylos.blogspot.com.es/2013/10/dumping-social-en-el-transporte-aereo_21.html) . Se puede comprar ropa barata y zapatos a buen precio frente a otros productos más caros, pero es recomendable que antes averiguemos si se han confeccionado con trabajo infantil o por inmigrantes obligados a trabajar forzosamente hasta que no paguen su deuda con la empresa que les contrató en origen y los suministró al nuevo amo. Negarse a comprar más barato no es un despilfarro si con ello se alienta la vulneración de derechos y la negación del trabajo decente.

jueves, 16 de octubre de 2014

EL DOCUMENTO DE GUANYEM BARCELONA SOBRE “GOBERNAR OBEDECIENDO”







La corrupción en diferentes formas y niveles ha cobrado un protagonismo enorme en la conciencia de la opinión pública. Hay una reformulación de propuestas éticas como eje de una nueva institucionalidad política. A continuación se inserta un documento de trabajo que se está discutiendo en el movimiento Guanyem Barcelona en el contexto de una definición de la administración local de las ciudades como un gobierno que obedece a sus ciudadanos. El texto  no es muy conocido fuera de este espacio político, pero representa posiblemente un estado de ánimo muy extendido entre la ciudadanía. En un momento posterior se integrarán algunos comentarios al mismo, en especial a su último apartado, pero por el momento, conozcamos el texto.

 

Bibliografia

Este documento ha sido redactado por Guanyem Barcelona a partir de material escrito y debates sobre código ético y municipalismo realizados a lo largo de dos meses en un espacio de confluencia con diferentes fuerzas políticas. Para la redacción de este texto se han utilizado documentos diversos aportados por compañeros y compañeras de:


 

Para un nuevo código de ética política


En los últimos años ha crecido de manera exponencial la percepción de que existe una distancia insalvable entre las élites políticas profesionales y la ciudadanía. Las causas de este fenómeno son numerosas: la denuncia sistemática de casos de corrupción ligados a la financiación de los partidos, la utilización de los espacios institucionales como fuente para la acumulación de privilegios, la falta de mecanismos efectivos de rendición de cuentas y de participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, la reducción de las elecciones a un simple mecanismo de delegación de responsabilidades cada cuatro años.

Esta realidad ha extendido la indignación entre una ciudadanía que percibe que la política sirve básicamente para hacer dinero y que es el dinero el que controla la política. El descrédito está tan extendido que incluso los mismos que han provocado la actual situación han empezado ya a hablar de regeneración democrática y de la necesidad de generar nuevas formas de hacer política.

Últimamente, el PP ha decidido utilizar la excusa de la regeneración para llevar a cabo reformas que sólo buscan debilitar los espacios legítimos de representación y de participación directa de la ciudadanía, dejar la financiación de la política en manos de los grandes grupos privados y convertirla en una actividad reservada exclusivamente a los que tienen suficiente dinero y patrimonio.

Una candidatura que quiera gobernar y transformar la ciudad debe denunciar esta estrategia. Y, al mismo tiempo, debe abrir una discusión crítica, que atienda a la complejidad y carente de demagogia, sobre lo que deberían ser las nuevas formas de hacer política.

En estas jornadas queremos reflexionar sobre algunos temas básicos que nos permitan avanzar en una propuesta de confluencia: la fiscalización y el control democrático de la política; su financiación; los problemas y las exigencias derivadas de su profesionalización. No nos proponemos tratar ahora todas las cuestiones que este reto conlleva (como por ejemplo, los mecanismos de elaboración de listas u otros). Es un proceso que estamos iniciando.

 

1. Democratización de la representación política, fiscalización y rendición de cuentas

 

Muy a menudo las elecciones funcionan como una forma de delegación de la actividad política en unas élites que se acaban perpetuando y separando de los intereses reales de la sociedad. Cuando esto ocurre, el voto se limita a ser una herramienta de ratificación o de impugnación de un ciclo político, pero no permite a la ciudadanía verificar de manera continuada y desde abajo hacia arriba lo que hacen sus representantes.

Para superar esta realidad, se debe abandonar la idea de que unos nuevos representantes lo harán todo bien por simple virtud moral. Ganar no puede ser delegar el poder y la soberanía en unas nuevas élites. Una candidatura democratizadora debe plantear medidas concretas que aseguren una gestión transparente, con mecanismos eficaces de rendición de cuentas y con espacios reales de participación de la ciudadanía en los asuntos públicos.

Para alcanzar este objetivo, evidentemente, no podemos partir de la creencia idílica en una ciudadanía dispuesta a implicarse las 24 horas del día en los problemas comunes. En una sociedad con una división desigual del trabajo asalariado, voluntario y de cuidado, los mecanismos de fiscalización y de participación deben ser razonables y estar al alcance de todos. Los representantes políticos deben poder realizar su tarea con eficacia, pero deben estar obligados a rendir cuentas y a someterse a la supervisión ciudadana y de otros espacios institucionales. Por su parte, la ciudadanía debe tener derecho a fiscalizar la gestión pública y a intervenir en sus posibles desviaciones sin necesidad de mantener un estado permanente de movilización.

En realidad, la transparencia, la rendición de cuentas y la participación ciudadana pueden verse no sólo como mecanismos de control sino también de protección de los representantes. Desde esta perspectiva, la implicación y la corresponsabilidad ciudadana reducen la capacidad de otros poderes no democráticos para presionar sobre los representantes institucionales y condicionar las políticas públicas a favor de sus intereses.

Estamos convencidas de que existen muchas formas sostenibles de garantizar un control sostenido de los representantes electos, una mayor transparencia y una participación ciudadana en los asuntos públicos mucho más amplia y efectiva que la que existe actualmente.

Así, por ejemplo, los cargos electos y de libre designación deben comprometerse:

– A facilitar todos sus ingresos, bienes y rendimientos patrimoniales, así como todos aquellos datos necesarios para la elaboración de auditorías ciudadanas.

– A hacer públicas sus agendas, para hacer visible con quien se reúnen y para protegerlos ante las presiones de los lobbies.

– A rendir cuentas periódicamente de sus actuaciones en asambleas de barrio abiertas a toda la ciudadanía.

Una candidatura que se proponga transformar la ciudad también tiene que establecer, como mínimo, mecanismos digitales y presenciales que permitan a la ciudadanía:

– Censurar (y revocar, en su caso) a concejales y cargos de libre designación por mala gestión o por incumplimiento flagrante y no justificado del programa.

– Participar en la toma de decisiones relevantes como los acuerdos postelectorales o la realización de grandes proyectos urbanísticos y de infraestructuras.

– Finalmente, y para evitar prácticas como las de las puertas giratorias, los miembros de una candidatura deben comprometerse a no acceder, durante un periodo de al menos 5 años, a cargos de responsabilidad en empresas creadas, reguladas o supervisadas en virtud de las funciones que el cargo confería, y durante 10 años a los consejos de administración.

 

2. Financiación, transparencia y gestión de los gastos

El modelo de financiación de los partidos es fundamental para determinar quién puede llegar a las instituciones y con qué independencia.

Actualmente el sistema legal de financiación de los partidos permite obtener recursos de dos fondos principales: la financiación proveniente de las arcas públicas derivada de la presencia institucional (votos y cargos); y la financiación privada (derivada de donaciones, créditos o préstamos, cuotas de la militancia y aportaciones de los cargos públicos del partido a partir de sus sueldos).

Según entidades sociales como Cuentas Claras, este modelo es excesivo, ya que no se establecen topes máximos al importe global de las subvenciones públicas; y excluyente, ya que se privilegia en exceso a los partidos con representación, en detrimento de los que a pesar de obtener una cantidad considerable de votos no obtienen ningún escaño.

Como han demostrado los casos Bárcenas, Millet, Pallarols, Mercuri, Pujol (o antes, Filesa) muchos partidos han recurrido a la financiación irregular para garantizar su crecimiento político, para pagar estructuras organizativas y campañas electorales exorbitantes o con un fin de enriquecimiento personal de sus miembros.

Otros, por su parte, han tenido que pedir créditos a entidades financieras que conllevan una dependencia excesiva de ciertos bancos y que coartan la independencia de sus actuaciones políticas (según los últimos datos del Tribunal de Cuentas, los partidos deben 275 millones a las entidades de crédito y según el mismo informe, el valor patrimonial de 17 formaciones es negativo).

Una candidatura que se proponga hacer política de otro modo ha de acabar con estas prácticas. Para ello, es fundamental defender una financiación pública suficiente que asegure la independencia de las formaciones políticas frente a los grandes grupos económicos. Asimismo, se debe otorgar un mayor peso a la autofinanciación mediante cuotas de simpatizantes, pequeñas donaciones, micromecenazgo, bonos o préstamos personales.

Para alcanzar este objetivo, es importante discutir las siguientes medidas:

– Una apuesta clara por una limitación drástica del gasto en campañas electorales.

– La renuncia explícita a los créditos bancarios y a las donaciones de particulares que puedan coartar la independencia política de la candidatura.

– La publicación de datos desagregados que expliquen qué administraciones contribuyen, de donde provienen las donaciones, cuál es el gasto que genera el grupo municipal, etcétera (esta transparencia, de hecho, debería exigirse también a las empresas y los sindicatos).

– Un compromiso claro con el micromecenazgo finalista, es decir, el pequeño mecenazgo destinado a acciones y necesidades concretas.

– La introducción de sanciones administrativas y penales efectivas en caso de financiación irregular.

Actualmente, muchas fuerzas minoritarias que no tienen vínculos directos con los grandes poderes económicos se financian no sólo a través de aportaciones de sus afiliados o simpatizantes, sino también mediante una parte del sueldo de cargos públicos y eventuales. Es importante abrir una discusión sobre el destino de ese dinero: si debe ir destinado a pagar campañas electorales, a reforzar la propia actividad política, a apoyar a movimientos y entidades sociales, etcétera.

3. Profesionalización de la política, supresión de privilegios y medidas contra la corrupción

Una candidatura que se proponga gobernar la ciudad debe llevar a las instituciones a personas capaces de hacer bien su tarea y de ponerse al servicio de la ciudadanía. No puede ser que haya cargos electos o eventuales que hagan de la política institucional una profesión desvinculada de los intereses de la ciudadanía. Una excesiva profesionalización de la política, y la creación de carreras políticas, puede ser un fenómeno patológico que termina degradando la democracia.

Un fenómeno así, de hecho, es la causa de muchos males públicos: impide la renovación de personas y de ideas en la gestión de lo que es común, aumenta la dependencia de los movimientos políticos y sociales respecto de sus representantes institucionales y favorece la generación de verdaderas castas alejadas de la ciudadanía.

Una candidatura transformadora debe ser capaz de encontrar un equilibrio entre estos dos elementos:
– Debe reconocer, por un lado, que las instituciones son maquinarias que no se transforman si no se conocen y que esto exige tiempo, experiencia y saberes técnicos específicos.
– Pero también debe tener clara la importancia de la rotación de cargos, de la renovación de caras y de ideas y de la conveniencia de descansar de la función institucional.

Junto con los mecanismos de fiscalización y control institucional y ciudadano ya mencionados anteiormente, una limitación razonable de mandatos puede contribuir a evitar una perpetuación indeseable en la política institucional, sin necesidad de malgastar la experiencia y el conocimiento institucional que cualquier proyecto de transformación exige.

No es fácil determinar cuáles deberían ser exactamente estos límites:
– Hay quien considera que basta con mandatos de ocho años para concejales y cargos de libre elección.
– Hay quien cree que estos límites podrían extenderse, en casos excepcionales (o mediante un referéndum abierto a los simpatizantes), durante un mandato más, hasta llegar a los doce años.
– También debería pensarse si, una vez agotado este tiempo máximo, la experiencia de estas personas podría aprovecharse en otros espacios institucionales o si habría llegado la hora de tomarse un descanso, al menos temporal.

Lo que es cierto, en todo caso, es que una práctica política institucional que no se eternice facilita el retorno de las personas que hayan participado a sus ocupaciones laborales anteriores, de las que habrán estado desconectadas menos tiempo. El problema es que no resuelve el reto de fondo del retorno a la vida profesional una vez finalizada la etapa de dedicación a la política institucional.

Ser concejal o alcalde puede dificultar o favorecer el reciclaje o la actualización profesional. Además, no siempre se puede retomar una vida profesional cuando se acaba la función pública, o porque no se tiene o porque se llevaba tiempo sin empleo remunerado. Por ello, junto a medidas como la incorporación de límites estrictos a la ley de incompatibilidades que impidan las puertas giratorias, también se debe considerar la necesidad de que los cargos electos tengan derecho al paro.

Estas consideraciones permiten ligar la cuestión de la profesionalización con la de los sueldos:
– La remuneración digna y justa de los representantes ha sido una conquista democrática histórica, ya que permite que todos puedan dedicar tiempo a las funciones públicas y no sólo los que tienen suficiente dinero o patrimonio.
– Por otra parte, unos ingresos exorbitantes pueden comportar privilegios inaceptables que alejen a los cargos públicos de la realidad y que estimulen una indeseable perpetuación en la función pública.

En los últimos años, el debate sobre la limitación de sueldos ha acaparado buena parte del debate sobre la “nueva política”. El PP, una vez más, lo está convirtiendo en uno de sus principales argumentos para la “regeneración de la política”. Así, está planteando de manera demagógica reducciones extremas de la financiación pública de cargos y partidos, con el objetivo de que el sistema de representación acabe dependiendo de los grandes intereses económicos. En Castilla La Mancha, María Dolores de Cospedal impulsó la eliminación de los sueldos de los diputados, de manera que los electos sólo cobran dietas por asistencia a plenos y comisiones. En muchos ayuntamientos, los alcaldes del PP también están reduciendo el número de concejalas y concejales con dedicación exclusiva, perjudicando a las fuerzas con menos representación.

También aquí una candidatura que quiera gobernar y transformar la ciudad tiene que encontrar un punto de equilibrio:
– Las retribuciones deben reflejar, ciertamente, las responsabilidades asumidas y deben permitir que las personas con hijos o con otras personas a su cargo también se puedan dedicar a la actividad política.
– Pero eso no justifica que muchos concejales ganen entre 5.000 y 7.000 euros brutos al mes, mucho menos cuando una parte importante de la población está en paro o cobra poco más que el salario mínimo interprofesional.

Es verdad que muchas concejalas y concejales destinan parte de este sueldos a mantener o promover sus partidos o a dar apoyo a entidades y movimientos sociales. Y es verdad, también, que estas aportaciones pueden llegar al 25 o al 30% de sus ingresos. Sin embargo, una candidatura transformadora debería ser capaz de alcanzar diferentes objetivos al mismo tiempo:
– Garantizar condiciones dignas de ejercicio de la función pública.
– Erradicar privilegios.
– Evitar la acumulación innecesaria de cargos.

Desde esta perspectiva, parece de sentido común plantear:
– Que los concejales de una candidatura transformadora no dupliquen sueldos y remuneraciones.
– Que si una persona percibe una retribución, no puede cobrar por asistir a reuniones, como ocurre ahora.

Asimismo, deben idearse fórmulas para evitar el absentismo (como sanciones económicas internas) así como un sistema transparente de compensaciones económicas para los gastos de transporte y alimentación ocasionados por el ejercicio de sus funciones.

Teniendo en cuenta estas consideraciones, y que el costo de vida en Barcelona es más alto que en otros lugares, no es fácil establecer los límites a lo que un cargo electo o eventual debería ingresar por su labor. Se han propuesto diferentes criterios de referencia, como el Salario Mínimo Interprofesional (SMI, 641 euros en España) o el Salario Medio Bruto (SMB, 1700 euros en Cataluña). Lo que pasa es que ambos se encuentran entre los más bajos de Europa: en Francia, el salario mínimo son 1.430 euros; en Irlanda, el salario medio son 2.600 euros y en Alemania 2.574 euros, por poner algunos ejemplos). También se plantea como referencia la mediana del sueldo y la posibilidad de establecer las retribuciones a partir de una escala salarial de 1 a 3.

Hay quien considera que, en un contexto de paro y de precariedad elevados, unos 1.600 euros netos (2,5 Salarios Mínimos Interprofesionales) más compensaciones por transporte y alimentación sería una cantidad razonable para desarrollar correctamente tareas de gestión o de gobierno. Hay quien considera, en cambio, que todas las compensaciones deberían formar parte del sueldo y que el trabajo institucional debería equipararse a otros trabajos con responsabilidades similares. Así, por ejemplo, una concejala debería poder vivir con lo mismo que un director de instituto, es decir, alrededor de unos 2.600 euros netos.

En cualquier caso, sería importante que cargos electos y eventuales:
– No dupliquen funciones de manera innecesaria.
– Hagan público su patrimonio anual.
– Renuncien a los regalos o privilegios que se les puedan ofrecer por su condición y que puedan significar un trato de favor.

También se debe prohibir que los políticos procesados por delitos de corrupción con penas de tres años o más puedan formar parte de listas electorales.