domingo, 16 de septiembre de 2007

TRABAJADORES AUTÓNOMOS: ANALIZAR LA LEY Y SUS IMPLICACIONES


Trabajadores autónomos económicamente dependientes sorprendidos en el Arenal de Parapanda mientras discutían sobre sus clientes preferentes.



La reciente publicación de la Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo está planteando numerosos interrogantes entre los juristas del trabajo. El alcance y la repercusión de esta norma en las relaciones laborales españolas depende en amplia medida del uso social que se de a la misma por parte de los sujetos colectivos implicados. En este sentido la posición del sindicalismo ante la Ley una vez ya promulgada no tiene por qué insistir en las diferentes posturas que diferenciaban a UGT y a CCOO, en gran medida condicionadas por una diferente visión de las consecuencias laborales que iba a provocar este texto legal. El sindicalismo confederal debe a partir de ahora, a mi juicio, concentrarse necesariamente sobre la vigilancia de la laboralidad dependiente o subordinada que no puede verse transmutada en laboralidad autónoma económicamente dependiente y también sobre la extensión de los derechos que reconoce la ley en varios de los sectores que regula. Ello implica dedicar especial atención al discurso sobre la interpretación de la norma legal e incidir sobre el campo de acción de los juristas prácticos y muy especialmente sobre la acción de los jueces.


En ese sentido, el Gabinete de Estudios Jurídicos de CC.OO., conjuntamente con la E.U. de Relaciones Laborales de la UCLM ha convocado una jornada de estudio de la Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo que se celebrará en Albacete, el proximo 8 de octubre. La jornada está abierta a iuslaboralistas y sindicalistas fundamentalmente, aunque pretende una cierta participación de jueces y de genete de la universidad. La aproximación a la norma legal se realiza desde la sistematización de los contenidos mas interesantes en relación con la aplicación de la misma, pero en cada uno de los temas se pretende no sólo poner de relieve los contenidos concretos de los preceptos legales y sus consecuencias en el sistema jurídico - laboral, sino también imponer una cierta propuesta de interpretación orientada, es decir un esquema de trabajo que pueda ser practicado y desarrollado por los operadores jurídicos.


Por la mañana se abordan tres elementos centrales de la ley: la delimitación de lo que se debe entender por trabajo / trabajador autónomo (a cargo de Federico Navarro, Catedrático en la Universidad de Córdoba); la noción del trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE) y sus principales señas de identidad en cuanto al zócalo de derechos que se le asigna, desde los que debe recoger el contrato, hasta la jornada, el régimen de extinción y la competencia de la jurisdicción social para resolver los conflictos derivados de esta relación (intervención de Maria Fernanda Fernández, catedrática en la Universidad de Sevilla) y, por último, los derechos colectivos de los trabajadores autónomos y su imprecisa subjetivización en referencia al sindicato ( encomendada a Antonio Baylos de la UCLM). La sesión de tarde examina la protección social de los trabajadores autónomos, lo que habrá de realizar Aurelio Desdentado, Magistrado de la Sala 4ª del Tribunal Supremo, y, en fin, el régimen de prevención de riesgos y de responsabilidad por accidente de trabajo del autónomo, que se ha encomendado a Reyes Martínez Barroso, Catedrática (EU) de la Universidad de León.


La dirección de la Jornada la llevan Joaquin Aparicio y Maria José Romero, y la inscripción es gratuita, lo que sin duda resulta una buena noticia para los asistentes a las mismas. Es sin embargo necesario formalizar la presencia, puesto que de este hecho se desprende la posibilidad de recibir el material bibliográfico que se repartirá a los inscritos. Desde este blog desde luego llamamos a acudir - y a intervenir en el debate tras de cada ponencia- a esta Jornada sobre el Nuevo Régimen Jurídico del Trabajador Autónomo.

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