El 18 de diciembre, aprovechando la conmemoración que se comenta mas abajo, el Centro de Documentación para las Migraciones de la Fundación 1 de mayo y la Secretaría Confederal de Empleo y Migraciones de CCOO, organizaron en la sede de la USMR - CCOO una Jornada de Estudio sobre Derechos humanos de las personas migrantes y reformas normativas, donde se analizaron tanto las normas internacionales de protección del trabajo inmigrante, como las últimas Directivas europeas y la recientísima promulgación de la Ley Orgánica de Extranjería, publicada en el BOE del 12 de diciembre. En el primer punto, la regulación internacional de los derechos humanos de las personas migrantes ha constituido el eje de una campaña de la Confederación Sindical Internacional, de la que se da noticia a continuación.
El 18 de diciembre se conmemora el día internacional de las migraciones, y la Confederación sindical Internacional ha aprovechado esta fecha para celebrar el 20º aniversario de la adopción de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias (CIPDTMF), por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1990 (Resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990), realizando una campaña en todos los páises haciendo conocer este texto internacional que podría definirse como el estándar jurídico internacional del tratamiento de la inmigración por los Estados de acogida o "Estado de empleo", en la terminología de este texto internacional (en contraposición a Estado de origen o Estado de residencia habitual). La nota que al respecto ha publicado la CSI se resume como sigue.
La campaña busca llevar a las calles y a diferentes parlamentos una solicitud para que a los gobiernos ratifiquen este instrumento básico de las Naciones Unidas, tomando así medidas inmediatas que pongan fin las violaciones generalizadas que sufren a diario los migrantes alrededor del mundo. Para el año 2010, las Naciones Unidas estiman que 214 millones de personas vivirán por fuera de sus países de nacimiento o de ciudadanía, aproximadamente la mitad de esta cifra, alrededor de 95 millones según cálculos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), son personas económicamente activas consideradas trabajadores migrantes. Esta población, junto con sus familias, constituyen la mayoría de todos los migrantes internacionales.
Carla Edelenbos, de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) y coordinadora de la Global Campaing Steering Committee, ha declarado que “los trabajadores migrantes en todo el mundo sufren de abuso, discriminación y explotación por parte de traficantes, contrabandistas y empleadores. El fracaso de los Estados en la protección de forma efectiva a los migrantes en contra de estos abusos, demuestra la urgente necesidad de que ratifiquen este instrumento”.
La CIPDTMF proporciona los estándares legales requeridos por las leyes nacionales reconociendo la vulnerabilidad de los migrantes, así mismo promueve la existencia de condiciones de vida y de trabajo dignas y legales para esta población. Adicionalmente, la Convención otorga orientación en la formulación de las políticas de migración, las cuales solo poden ser eficaces si están basan en estándares legales bajo el estado de derecho. Es por lo anterior, que la ratificación de esta Convención es vital para combatir el abuso y la explotación que sufren los migrantes.
Hasta el momento 42 Estados han ratificado la Convención y otros 15 la han firmado –siendo la firma el primer paso para la ratificación-, desde su adopción por parte de la Asamblea General de las Naciones en 1990. “Hoy los miembros y socios de FIDH, alrededor del mundo, han hecho un llamamiento a los gobiernos a ratificar esta Convención sin más demora”, anunció Cynthia Gabriel, Vicepresidente de FIDH y Directora de CARAM Asia; “los Estados deben poner la cara a sus responsabilidades y decir no a la explotación y discriminación. Esperamos que con ocasión de 20º Aniversario de la Convención celebremos un record en el número de ratificaciones”, señaló.
“Instamos a los Estados, que aun no lo han hecho, a tomar esta oportunidad y enviar un mensaje a la comunidad internacional de su compromiso en la protección de los derechos humanos de todas las personas, incluyendo de los trabajadores migratorios”, comentó Guy Ryder, Secretario General de la Confederación Sindical Internacional. “También recordamos la importancia de que los Estados ratifiquen las Convenciones de la OIT sobre Trabajadores Migrantes y de asegurarse que las Convenciones fundamentales de la OIT sobre de libertad de asociación, el derecho a la negociación colectiva, protección en contra de la discriminación, trabajos forzosos y trabajo infantil sean aplicadas en su totalidad a favor de los trabajadores migrantes”, agregó.
Hasta aqui la nota de la CSI. Es de destacar que entre los países que no han ratificado la Convención se encuentran la práctica totalidad de los ordenamientos europeos, incluída España. Y sin embargo nuestro ordenamiento interno - modificado muy recientemente no sólo por la Ley 12/2009, de 30 de octubre, que regula el derecho de asilo y la protección subsidiaria, sino por la más extensa Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, que reforma la LO 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su protección social - no encontraría ninguna dificultad en ratificar dicho instrumento. Quizá ahora, en la presidencia española de la UE, podría realizarse, justo en medio de la crisis económica, este acto, esencialmente pedagógico, de incorporar la Convención Internacional sobre la Protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (18-12-1990) al ordenamiento español y ofrecerlo como ejemplo a seguir en muchos de los países europeos, como forma de proclamar el reconocimiento de derechos humanos a todos los trabajadores inmigrantes y sus familaires y la no discriminación en el reconocimiento de derechos. Es por tanto muy oportuna la campaña de la Confederación Sindical Internacional en este sentido.
El 18 de diciembre se conmemora el día internacional de las migraciones, y la Confederación sindical Internacional ha aprovechado esta fecha para celebrar el 20º aniversario de la adopción de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias (CIPDTMF), por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1990 (Resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990), realizando una campaña en todos los páises haciendo conocer este texto internacional que podría definirse como el estándar jurídico internacional del tratamiento de la inmigración por los Estados de acogida o "Estado de empleo", en la terminología de este texto internacional (en contraposición a Estado de origen o Estado de residencia habitual). La nota que al respecto ha publicado la CSI se resume como sigue.
La campaña busca llevar a las calles y a diferentes parlamentos una solicitud para que a los gobiernos ratifiquen este instrumento básico de las Naciones Unidas, tomando así medidas inmediatas que pongan fin las violaciones generalizadas que sufren a diario los migrantes alrededor del mundo. Para el año 2010, las Naciones Unidas estiman que 214 millones de personas vivirán por fuera de sus países de nacimiento o de ciudadanía, aproximadamente la mitad de esta cifra, alrededor de 95 millones según cálculos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), son personas económicamente activas consideradas trabajadores migrantes. Esta población, junto con sus familias, constituyen la mayoría de todos los migrantes internacionales.
Carla Edelenbos, de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) y coordinadora de la Global Campaing Steering Committee, ha declarado que “los trabajadores migrantes en todo el mundo sufren de abuso, discriminación y explotación por parte de traficantes, contrabandistas y empleadores. El fracaso de los Estados en la protección de forma efectiva a los migrantes en contra de estos abusos, demuestra la urgente necesidad de que ratifiquen este instrumento”.
La CIPDTMF proporciona los estándares legales requeridos por las leyes nacionales reconociendo la vulnerabilidad de los migrantes, así mismo promueve la existencia de condiciones de vida y de trabajo dignas y legales para esta población. Adicionalmente, la Convención otorga orientación en la formulación de las políticas de migración, las cuales solo poden ser eficaces si están basan en estándares legales bajo el estado de derecho. Es por lo anterior, que la ratificación de esta Convención es vital para combatir el abuso y la explotación que sufren los migrantes.
Hasta el momento 42 Estados han ratificado la Convención y otros 15 la han firmado –siendo la firma el primer paso para la ratificación-, desde su adopción por parte de la Asamblea General de las Naciones en 1990. “Hoy los miembros y socios de FIDH, alrededor del mundo, han hecho un llamamiento a los gobiernos a ratificar esta Convención sin más demora”, anunció Cynthia Gabriel, Vicepresidente de FIDH y Directora de CARAM Asia; “los Estados deben poner la cara a sus responsabilidades y decir no a la explotación y discriminación. Esperamos que con ocasión de 20º Aniversario de la Convención celebremos un record en el número de ratificaciones”, señaló.
“Instamos a los Estados, que aun no lo han hecho, a tomar esta oportunidad y enviar un mensaje a la comunidad internacional de su compromiso en la protección de los derechos humanos de todas las personas, incluyendo de los trabajadores migratorios”, comentó Guy Ryder, Secretario General de la Confederación Sindical Internacional. “También recordamos la importancia de que los Estados ratifiquen las Convenciones de la OIT sobre Trabajadores Migrantes y de asegurarse que las Convenciones fundamentales de la OIT sobre de libertad de asociación, el derecho a la negociación colectiva, protección en contra de la discriminación, trabajos forzosos y trabajo infantil sean aplicadas en su totalidad a favor de los trabajadores migrantes”, agregó.
Hasta aqui la nota de la CSI. Es de destacar que entre los países que no han ratificado la Convención se encuentran la práctica totalidad de los ordenamientos europeos, incluída España. Y sin embargo nuestro ordenamiento interno - modificado muy recientemente no sólo por la Ley 12/2009, de 30 de octubre, que regula el derecho de asilo y la protección subsidiaria, sino por la más extensa Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, que reforma la LO 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su protección social - no encontraría ninguna dificultad en ratificar dicho instrumento. Quizá ahora, en la presidencia española de la UE, podría realizarse, justo en medio de la crisis económica, este acto, esencialmente pedagógico, de incorporar la Convención Internacional sobre la Protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (18-12-1990) al ordenamiento español y ofrecerlo como ejemplo a seguir en muchos de los países europeos, como forma de proclamar el reconocimiento de derechos humanos a todos los trabajadores inmigrantes y sus familaires y la no discriminación en el reconocimiento de derechos. Es por tanto muy oportuna la campaña de la Confederación Sindical Internacional en este sentido.
(Puede descargarse el texto de la Ley Orgánica de Extranjería de 11.12.2009, en este enlace
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