domingo, 7 de febrero de 2021

EL VALOR DE LA IGUALDAD Y EL DERECHO DEL TRABAJO

 


Pararse un poco y analizar los grandes temas que sostienen el andamiaje constitucional del Derecho de Trabajo es imprescindible cuando el jurista se enfrenta todos los días a una información ingente de producción normativa y de decisiones jurisprudenciales. Algunos autores suministran material de interés en esa dirección, y entre ellos Manuel Álvarez de la Rosa, siempre ofrece textos muy atractivos. En la misma editorial que el que ahora se comenta, publicó, cuando comenzaba la crisis financiera, en el 2011, un estudio histórico sobre la construcción jurídica del contrato de trabajo, que amplió en una segunda edición en el 2014, y ahora, al inicio de la crisis sanitaria y económica del Covid-19, publica una reflexión sobre el valor de la igualdad y su trasposición en el Derecho del Trabajo. Un valioso libro que se comenta a continuación

El crecimiento material de la norma legal y del Derecho del Trabajo Legislativo que se ha ido produciendo a lo largo del último año con la irrupción de la crisis sanitaria y económica derivadas de la pandemia, ha condicionado decisivamente la producción académica de los juristas del trabajo, volcados en el análisis de las nuevas figuras normativas de relevancia laboral y social en el contexto del estado de alarma. Sin embargo, el libro comentado pretende tomar respiro y examinar la relación entre la igualdad y el derecho del trabajo desde una perspectiva axiológica, discurriendo sobre los contenidos y las perplejidades de la igualdad, centrándose en la consideración normativa de la igualdad como principio jurídico. El autor, Manuel Álvarez de la Rosa, catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad de La Laguna, es un lector ávido y reflexivo, al que le gusta estructurar sus estudios en torno a una idea atractiva que tenga una cierta complejidad y que alimente una reflexión crítica sobre el ordenamiento jurídico-laboral. Y en esta obra presenta una explicación – un relato cultural – sobre la relación entre la igualdad como valor normativo y su expresión a través del Derecho del Trabajo, para en último término, presentar algunos problemas específicos en los que se pueden verificar los dilemas interpretativos que lleva consigo esta noción.

El libro, estructurado en tres capítulos, se abre con la presentación de varias propuestas de filosofía política que explican la “difícil conversión” del valor de la igualdad en norma jurídica, un recorrido intelectual que, en paralelo al título sartriano de “los caminos de la libertad”, se anuncia como los caminos de la igualdad. Centrándose en clásicos contemporáneos como Rawls, Dworkin y Sen, y demostrando un enorme bagaje de lecturas y referencias, aborda el tema de la positivización jurídica de los valores morales, su transformación en normas y reglas jurídicas, y la centralidad en este pensamiento del paradigma constitucional que “tutela las diferencias y se opone a las desigualdades”, que será el eje de la noción y en la que Álvarez de la Rosa recoge las aportaciones del garantismo constitucionalista para precisar el bloque constitucional de la igualdad, introduciendo además algunas reflexiones muy pertinentes sobre el concepto de solidaridad, porque “no puede descuidarse esta vertiente de la solidaridad a la hora de estudiar el principio de igualdad (mejor, la lucha contra las desigualdades)” (p. 32).

El segundo capítulo enfoca el tema de la igualdad en la constitución española a través del Derecho del Trabajo. Naturalmente, el alcance del art. 9.2 CE es decisivo al respecto, si bien el autor lo presenta en el contexto del reconocimiento de la igualdad como derecho fundamental, que conduce a la aceptación de límites razonables de la misma y a la incorporación de la técnica de la ponderación de derechos y bienes constitucionales sobre la base del principio de proporcionalidad. La noción de igualdad que se deduce de este precepto “se hace más complicada, pero, quizás más exacta”, permite explicar la función esencial del Derecho del Trabajo de reequilibrar la relación de poder que se da en el trabajo asalariado, pero al definirse como igualdad sustantiva, no permite una configuración tan nítida como la que se refiere a las situaciones de igualdad en y ante la ley y las situaciones de discriminación (p.46). La tarea que emprende el autor en este segundo capítulo es la de desarrollar problemáticamente esta doble visión sobre la igualdad integrándola en la forma en la que ha ido plasmando en la actividad legislativa, tanto respecto de la autonomía individual como en lo referente a la autonomía colectiva, pero partiendo de una concepción original que reconduce el derecho constitucional de libertad de empresa y el propio poder de dirección al ámbito de la igualdad. Esta parte termina, como no podía ser menos, con una reflexión, muy acotada por la jurisprudencia constitucional, de la relación entre igualdad y no discriminación en el sistema de relaciones laborales.

El capítulo tercero se dedica a exponer algunos cruciales problemas interpretativos que plantea la aplicación de la igualdad en nuestro sistema jurídico laboral. El primero de ellos, el referente al tratamiento de la discapacidad y a su evolución protectora, con especial incidencia positiva de la misma a cargo del derecho de la Unión europea. Un tema que le conduce al tratamiento de la enfermedad como causa de despido, que, pese a la derogación del apartado d) del art, 52 ET por obra de la Ley 1/2020 de 15 de julio, es examinado ante la convergencia de la STJUE de 18 de enero de 2018 (Asunto Ruiz Conejero) y la STC 118/2019, esta última, con su doctrina mayoritaria claramente escorada hacia la protección de la defensa de la productividad como valor constitucional ilimitado frente al derecho a la salud, el derecho al trabajo y la discriminación indirecta por razón de sexo. Esta doctrina aberrante es directamente causante de la iniciativa de urgencia del gobierno en el RDL 4/2020, de 18 de febrero de derogación de esta figura, que el autor aprovecha para añadir otras consideraciones críticas del precepto derogado por “abierta violación del principio de igualdad ante la ley” (pp. 81-83). Además de estos dos casos, el Capítulo analiza la técnica de la sustitución, en caso de discriminación, la cláusula nula por el derecho a la retribución correspondiente  al trabajo igual o de igual valor, técnica de nulidad parcial recogida por el RDL 6/2019 en su ordenación de la discriminación retributiva, y, correlativamente, las acciones positivas que quieren lograr la igualdad de género a través de las políticas de conciliación, o los permisos de paternidad y de maternidad regulados en esta misma norma, la constatación de un cambio de paradigma. En ese sentido, se examina críticamente el contenido del art. 60 LGSS, validado por varios autos del Tribunal Constitucional en el 2018 (ATC 61,106 y 114/2018) y desautorizado por la STJUE de 12 de diciembre de 2019, y se propone la inmediata reforma del mismo. Algo que en efecto se ha realizado a través del RDL 3/2021, en línea con otras autorizadas voces doctrinales (Ramos Quintana, Margarita, “El complemento por maternidad en el Sistema de Seguridad Social: las compensaciones implícitas en su código genético y la erosión de una acción positiva”, Revista de Derecho Social  número 89 (2020), pp. 121-150).

También plantea importantes problemas desde el prisma de la igualdad el espacio fragmentado de la externalización, no sólo en los fenómenos de interposición regulados a través de las Empresas de Trabajo Temporal, sino muy especialmente en el caso de las contratas y subcontratas y las empresas multiservicios, realidades organizativas que exigen una nueva formulación legal que haga posible la recomposición de situaciones flagrantes de desigualdad entre los trabajadores de la comitente y los de la contratista, de una parte, y de otra, que impida la precariedad laboral y la pérdida de derechos que se desprenden de la actuación de las multiservicios.

A fin de cuentas, concluye el autor, la igualdad se traduce necesariamente en la acción reformadora de los poderes públicos, y el Derecho del Trabajo es un observatorio privilegiado para analizar en qué medida se consigue este propósito de reformas guiadas por la igualdad. Desde esta constatación, habría resultado interesante experimentar un enfoque centrado en el art. 9.2 CE para valorar, desde esta perspectiva, el estado del ordenamiento jurídico laboral de nuestro país tras la crisis financiera y de la deuda soberana del 2010-2013. Una igualdad direccionada a la remoción de los obstáculos que impiden el cuestionamiento de un estado de cosas que reposa sobre la subordinación y el dominio privado, y que por consiguiente impiden experimentar el goce de la igualdad y de la fraternidad como condición de validez de la libertad en el terreno económico y de las relaciones sociales.

El libro, en definitiva, consigue lo que su prologuista, Carlos Palomeque, maestro, coautor de un manual de referencia y amigo del autor, define muy bien: explicar, de modo racional y concluyente, la importancia del papel transformador de la igualdad normativa laboral en la lucha contra la exclusión social, al servicio de la dignidad humana. Lo que desde luego, en estos tiempos que corren, hace que su lectura sea altamente provechosa para quienes se quiera aproximar al conocimiento ilustrado de este conjunto normativo.

EL VALOR DE LA IGUALDAD Y EL DERECHO DEL TRABAJO.

Manuel Álvarez de la Rosa. Editorial Comares, Granada, 2020, 104 pp. 12€.

El índice y el prólogo se pueden descargar aquí : https://www.comares.com/media/comares/files/toc-117153.pdf

 


1 comentario:

Margarita Ramos dijo...

Muchas gracias, querido Antonio, por esta referencia reseñando un libro magnífico, como es el último que ha publicado Manolo Álvarez de la Rosa. Te veo haciendo gala de las muchas lecturas de carácter transversal que tanto te gusta explorar en el DT. Un abrazo, Margarita.