domingo, 18 de junio de 2023

LEY DE EMPLEO Y NUEVO ECOSISTEMA PRODUCTIVO. UNA CRÓNICA DE EMMA RODRIGUEZ

 


Los días 15 y 16 de junio se ha celebrado en la Facultad de Derecho de Ourense (Universidad de Vigo) un Seminario Internacional sobre el mantenimiento y recuperación del empleo, con especial énfasis sobre los colectivos de atención prioritarias. El Seminario es el primero de los que está previsto que se realicen en el marco del proyecto Adaptación e mantenimiento del empleo en el nuevo ecosistema productivo, financiado por la Agencia Estatal de Investigación y el Ministerio de Ciencia e Innovación, y Coordinado por el Profesor Jaime Cabeza Pereiro y la Profesora Marta Fernández Prieto. A él ha asistido la profesora Emma Rodríguez, que ha escrito esta crónica en exclusiva para este blog.

En torno a una veintena de investigadores e investigadoras de diferentes países de Europa ha evaluado la normativa laboral relativa a la creación de empleo o, lo que sin duda es más ambicioso, el nuevo derecho del trabajo que incluye y acoge una concepción más social y menos economicista de lo que supone ser una persona trabajadora. Efectivamente el derecho al trabajo se constituye y produce una serie de efectos directos que el propio texto constitucional del año 78 ha atisbado a diseñar. Ser una persona trabajadora supone una plenitud de derechos de ciudadanía y eso es más amplio que el propio empleo activo strictu sensu. Estas reflexiones encuentran cobijo en el verdadero sentido jurídico y objetivo finalista de la nueva Ley 3/2023, de Empleo, de 28 de febrero (BOE de 1 de marzo). Esta norma ha sido, sin duda, el eje central del Seminario Internacional.

En efecto, el primer panel, a cargo de los coordinadores del Proyecto, se encargó de la contextualización de esta normativa. Comenzado por los principios rectores de gobernanza, el Profesor Cabeza destacó positivamente que la norma acoge el marco de flexibilidad que propugnaba el Método Abierto de Coordinación y describe con profusión los órganos que componen el Sistema Nacional de Empleo, centrándose en el importantísimo papel de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, tanto en lo que significan sus funciones, como por la relación directa que guarda con la propia financiación del Sistema y la distribución de fondos. Para concluir, el Profesor Cabeza resaltó el papel de las corporaciones locales, sobre todo, en la intermediación laboral, precisamente por su proximidad geográfica para alcanzar una coordinación efectiva de las políticas activas y pasivas.

A continuación, la Profesora Fernández Prieto examinó de manera pormenorizada la regulación que en la norma se ha dado a las políticas activas de empleo. Para ello se refirió a los antecedentes normativos y de soft law que sin duda ha recogido el legislador, pero también, a que por primera vez, la norma española defina y se refiera al concepto de empleabilidad, así como a la tasa de empleabilidad. Además de incidir de nuevo en la otra gran innovación normativa referida a una suerte de derechos subjetivos de las personas trabajadoras en relación con empleo, el llamado catálogo de servicios, se recoge otra gran novedad cual es el papel de la intermediación de los servicios públicos de empleo estatal y sus funciones de prospección y captación de ofertas de empleo incluyendo la selección de personal, función que sería desarrollada de manera más idónea por las oficinas más próximas a las personas trabajadoras.

Tras ambas ponencias, el siguiente panel se refirió a colectivos de atención prioritaria de la Ley de Empleo. Se trata de las personas trabajadoras jóvenes, las de edad madura y las discapacitadas. El Profesor Rojo Torrecilla se ocupó del colectivo de jóvenes, para lo que comenzó analizando el propio concepto o delimitación de colectivo, haciendo una comparación con la normativa de los países de nuestro entorno. Pero, como acostumbra el Profesor Rojo, su análisis fue amplio y riguroso, de manera que claramente puso de manifiesto que el problema más relevante en este colectivo se situaba en los jóvenes que cuentan con menor formación. Y, propio de su talante de estar al tanto de la última novedad jurídica, destacó el papel que podría llegar a desempeñar también el Estatuto de las personas en prácticas no profesionales, también llamado “Estatuto de las personas becarias”, cuyo acuerdo bipartito sobre el texto final se estaba firmando en ese mismo momento entre los sindicatos más representativos (CC.OO y UGT) y el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Seguidamente la Profesora Belén Cardona analizó el otro sector de la población que por la edad madura encuentra trabas, no tanto en el acceso al empleo, cuanto en su mantenimiento e invisibilización, lo que se traduce en las dudas de rentabilidad que supone para las empresas invertir en su formación. En este sentido critica acertadamente varios pronunciamientos judiciales del TJUE y del Tribunal Supremo que conectan el reparto del empleo con la facilidad en la extinción de la relación laboral de personas mayores como medida de creación de empleo. Recuerda que estos sujetos son víctimas, en muchas situaciones, de realidades que se engloban en supuesto de discriminación múltiple.

Por último, la Profesora Gloria Rojas se centró en la discapacidad como el factor de protección que, de manera tradicional, ha sido objeto de mayor protección por la normativa internacional e interna en cuanto al acceso al empleo, hasta llegar al momento actual en el que está próximo a publicarse el Libro Blanco que ahondará en los conceptos de trabajo digno y trabajo decente para todas las personas, también para las personas discapacitadas. No obstante, en la misma línea apuntada por la Profesora Cardona, ahondó y explicó de manera muy didáctica que la discriminación múltiple es habitual en relación con este colectivo y se trata de una situación de verdadera necesidad de protección.

Dado que el Seminario estaba integrado por profesores e investigadores e investigadoras especialistas en la materia, los debates resultaron especialmente ricos en cuanto a los aspectos principales de cada una de las intervenciones planteando cuestiones tan provocadoras o novedosas. Pero, además, se presentaron cuatro comunicaciones sobre aspectos más concretos. El llamado “equipo económico” liderado por el Profesor Alberto Vaquero centró su intervención en un análisis sobre la importancia de los contratos formativos como nicho de empleo joven. Seguidamente la Doctora Ana Martín Romero expuso de manera magistral el problema de los trabajadores senior ante el desafío democrático y la riqueza que implicaba para el Sistema integrar la llamada “diversidad generacional”. La doctoranda Elena Castro Surís analizó el pronunciamiento del Tribunal Constitucional 62/2022, por su importancia en la definición de la identidad de género y la relación con las políticas activas y la intermediación laboral. Por último, la Profesora Francisca Fernández Prol expuso sus importantes reflexiones acerca de la partición de las personas trabajadoras desde la perspectiva de género en los procesos de restructuración y, en concreto, en los acuerdos en fase de consultas.

El último día del Seminario comenzó con la magistral conferencia de la Profesora Casas Baamonde en torno a la perspectiva de género en la Ley de Empleo. En relación con la perspectiva género, reconoció que existe un planteamiento importante y una apuesta legislativa en el propio art. 51 de la norma. En este sentido fue categórica al afirmar que las brechas por género siguen existiendo y se aprecian sobre todo en la segregación ocupacional, tanto horizontal como vertical. Por eso se refiere de manera muy clara a los objetivos que en aras a su eliminación debe perseguir la nueva regulación: garantizar una formación igualitaria, en concreto en las llamadas STEM, pues la obsolescencia de cualificaciones es evidente desde la perspectiva de género en lo que se refiere a las profesiones que se prevén con más importancia en el futuro; en segundo lugar, debe garantizarse la soberanía de las personas trabajadoras sobre los tiempos de vida corresponsables; y, finalmente, las políticas de empleo deben destinarse a un verdadero empoderamiento en la toma de decisiones por parte de las mujeres, pues ocupar puestos de responsabilidad en la sociedad hará que se consiga una verdadera igualdad. Es más, insiste en recuperar la igualdad de oportunidades como núcleo de un mercado social y huir de los llamados “pesos muertos” que han supuesto los incentivos empresariales a la colocación, alejados de la finalidad esencial del derecho del trabajo como elemento redistributivo.

Después de un rico debate tras la magistral ponencia de la Profesora Casas, completó el análisis  de las políticas de empleo, las experiencias comparadas de Francia, ofrecida por Philippe Martin (Universidad de Bordeaux y Director de Comptrasec) y de Italia, expuesta por Giulia Bandelloni, (Università di Genova). En ambos casos, la cercanía de los servicios públicos de empleo estatal para la intermediación laboral resulta evidente, pero también se refiereron a ciertos beneficios en cuotas sociales y otros requisitos legales relativos a cupos, ambos como instrumentos destinados a incentivar la colocación de ciertos colectivos con mayores dificultades de ocupación.

La clausura del seminario contó con la intervención de Joaquín Pérez, Secretario de Estado de Empleo y Economía Social. Tras agradecer la invitación para participar en este seminario, del que destacó que “es de grandísimo interés”, y señaló, en línea con la temática del evento, que “nuestro país acaba de promulgar una nueva ley de empleo, con un horizonte novedoso, integrador para las políticas activas, y está consiguiendo resultados récord, junto con la reforma laboral, en muy poco espacio de tiempo”. Insistió en aspectos muy relevantes que conectan los cambios operados en el art. 15 ET al recuperar la presunción del contrato indefinido como regla general y delimitar la excepcionalidad de la contratación temporal. Así, la política de empleo ya no puede hacerse a consta de las condiciones laborales derivadas de la abusiva contratación temporal o las extinciones contractuales como regla para abaratar costes. Ahora la política de empleo se sitúa en una norma específica y con entidad y sustantividad propia, lo que dota al empleo de ese carácter amplio al que se refiere el derecho al trabajo. “Esta ha sido”, indicó, “la legislatura de la gran transformación del mercado de trabajo español hacia un modelo más sólido, menos esporádico, con mayor estabilidad en el empleo e más derechos para las personas trabajadoras” e indicó que “ahora mismo tenemos la menor tasa de temporalidad de la historia de España, tenemos la mejor situación de empleo de los últimos 15 años y de todos los mecanismos de empleo y trabajo están funcionando de manera adecuada”.

 


1 comentario:

Eduardo Rojo Torrecilla dijo...

Eduardo Rojo Torrecilla
Un seminario de indudable relevancia, donde, como explica muy bien y con mucha claridad y precisión la profesora Emma Rodríguez, se analizó la Ley de empleo y se aportaron muy interesantes analisis de la normativa frances e italiana. Como no podrìa ser de otra forma, la ponencia de la profesora María Emilia Casas tuvo el mismo exceelente nivel y calidad que todas sus exposiciones, y las certeras reflexiones de una persona que "vivió" la negtociación de la LE, el Secretario de Estado Joaquín Pérez Rey cerraron con broche de oro el seminario.