“TRABAJO Y CIUDADANÍA: HOMENAJE A UMBERTO ROMAGNOLI”
Toledo, del 18 al 29 de
septiembre de 2020
22 DE SEPTIEMBRE, VIERNES
10,00 : Mesa redonda: el pensamiento
de Umberto Romagnoli y su incidencia en el ámbito cultural hispano parlante.
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Modera y preside la
sesión: Joaquín Aparicio
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Antonio Baylos:
sobre el libro homenaje de Umberto Romagnoli
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Juan López Gandía,
Universidad Politécnica de Valencia
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G. Guido Balandi,
Universidad de Ferrara
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Miguel
Rodriguez-Piñero y Bravo Ferrer, expresidente del Tribunal Constitucional
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Maria Emilia Casas
Baamonde, expresidenta del Tribunal Constitucional
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Pedro Guglielmetti, coordinador del Curso
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Guillermo
Gianibelli, catedrático de Derecho del Trabajo, Facultad de Derecho,
Universidad de Buenos Aires.
G.
Guido Balandi, Universidad de Ferrara
Antes
de comenzar mi breve intervención, me gustaría dirigirme a todos los colegas y
amigos aquí presentes en esta mesa redonda y en el aula con unas pocas palabras
en castellano.
Me
resultó muy difícil aceptar la cariñosa invitación de Antonio y Joaquín. Desde
hace más de quince años, estos días de septiembre fueron el último verano que
pasamos juntos, Umberto, Gigi y yo. El mismo vuelo desde Bolonia, Felix nos
esperaba en el aeropuerto de Madrid, la casa del Rector. Temprano en la mañana,
Gigi y yo dábamos un paseo y luego tomábamos un café con Umberto en la cocina
del primer piso.
Después
de que Gigi falleciera en 2020, le dije a Umberto que sería muy doloroso volver
a Toledo sin él. Pero el año pasado también se fue Umberto y entonces, aunque
con mucho dolor, no pude ya evitar estar aquí, precisamente en su nombre.
Ciertamente
no soy un profesor tan bueno como Umberto y Gigi y por eso sólo puedo mencionar
su recuerdo y en particular el cariño que sentían por este Curso. Umberto por
ser su Fundador - ¡cómo le hacía gracia este nombre!_y Gigi por la pasión y
curiosidad que siempre lo impulsó a cuestionar las realidades sociales y
políticas con las que tuvo la oportunidad de lidiar.
Y
además todos, incluyéndome a mí, siempre hemos encontrado aquí grandes amigos:
antiguos como Pedro, Antonio, los dos Joaquines, Laura y Charo y cada año
nuevos y diferentes amigos que traían la realidad del continente
latinoamericano.
Umberto
y Luigi no pudieron agradeceros todo lo que el Curso nos ha dado, hoy lo hago
por ellos y os pido que los recordéis cuando estudiéis Relaciones Laborales.
(a partir de aquí sigue en italiano)
Los estudios de U.R. no pueden clasificarse
bibliométricamente -por así decirlo- como comparaciones jurídicas, pero sus
características de estudio sistemático histórico en profundidad y riqueza de
análisis socioeconómicos los convierten "naturalmente" en una lectura
útil para reflexionar también sobre sistemas distintos del doméstico. Son
útiles, en otras palabras, para una comparación que no pretende transponer
instituciones de un sistema jurídico a otro, sino comprender los problemas del
propio partiendo también de los problemas de otro. Y estas características de
los trabajos de U.R. han sido ampliamente experimentadas sobre todo en el mundo
hispanohablante, en la península ibérica y en el subcontinente latinoamericano,
así como entre algunos estudiosos franceses e ingleses más atentos y sensibles.
Escritos de U.R. están ya publicados en tres colecciones de editoriales
españolas y han aparecido regularmente en la Revista de derecho social, la
revista dirigida por nuestro amigo Antonio Baylos, pero no sólo en ella. Desde
finales de los años ochenta hasta que la pandemia impidió su organización, U.R.
fue fundador y luego animador continuado de este Curso de especialización para
expertas/os latinoamericanas/os en relaciones laborales, en los últimos veinte
años aproximadamente celebrado en Toledo, después de Bolonia y la colaboración
con el centro OiT de Turín. La difusión de su pensamiento, que ha contribuido
al crecimiento de toda una clase dirigente sudamericana, fue la ocasión de tres
h.c. en Castilla La Mancha, Buenos Aires y Lima.
Antes he hablado de la "profundidad histórica
sistemática y la riqueza del análisis socioeconómico" como elementos de la
obra de U. que permiten utilizarla con éxito en términos de comparaciones entre
sistemas
Estos rasgos característicos aparecen en los estudios de U.
ya desde los trabajos del período que podríamos definir como su período de
"formación", el que precede a la oposición que le hizo ganar la
cátedra en 1970: en 1963 Contratto collettivo d'impresa, en el que, según sus
propias palabras, "celebra la apología del vínculo existente entre el
derecho del trabajo y su dimensión fáctica" (p. 770). 770), seguido en
1967 por La prestazione di lavoro nel contratto di società: un tema
estrictamente jurídico en el que el autor ejerce -o, quizás mejor, descubre- su
capacidad de investigación histórica como "reconstrucción en clave
diacrónica de los vínculos entre la lógica jurídica y la transformación de la
sociedad" (p. 775).
Los dos años siguientes -1968-1969- vieron la publicación de
dos libros que se situaban en dos vertientes distintas y complementarias de la
construcción y la metodología de investigación de U.R., en una palabra, de su
pensamiento: Contrattazione e partecipazione, de 1968, y Le associazioni
sindacali nel processo, de 1969. El primero aborda, combinando los instrumentos
de la investigación jurídica con los de las relaciones laborales, un caso
empresarial de una industria textil del norte de Italia, en el marco de la
investigación, dirigida por Giugni y Mancini, sobre la formación
extralegislativa del derecho del trabajo. La segunda -como ya se ha dicho-
retoma temas procesalistas de su formación inicial, desplegándolos, una vez
más, en perspectiva histórica: "la veta aurífera que nunca he
abandonado" (p. 776).
Permítanme que introduzca aquí una breve nota de lectura:
estoy hablando de libros publicados hace más de medio siglo y que, por lo
tanto, suelen ser difíciles, si no imposibles de encontrar, sobre todo en
bibliotecas alejadas de Italia, Pues bien, no así Contrattazione e
partecipazione, el volumen que acaba de citar Umberto, en el que analiza, como
he dicho, los asuntos sindicales de una empresa textil - Bassetti -: un típico
"estudio de caso" en el que se ponen en relación hábilmente los
enfoques jurídico y socioeconómico y se llega a un resultado de gran
interés. Pues bien, ese libro ha sido
recientemente reeditado en formato digital y ha quedado así accesible en acceso
abierto como parte de una iniciativa de reedición -con esas características- de
volúmenes de la segunda mitad del siglo pasado por parte de la editorial il
Mulino, iniciativa asumida y guiada por Lavoro e diritto por el trabajo de
Laura Calafà y el ponente.
Pero volvamos a la obra de UR. Algunos años más tarde, al
publicar en 1973 74 la colección de escritos Lavoratori e sindacati tra vecchio
e nuovo diritto. U.R. afirma, en las primeras líneas de la Introducción, que
quería dar cuenta "de por qué he estado estudiando historia jurídica
durante los últimos cuatro o cinco años". Este es el rasgo que caracteriza
sus volúmenes posteriores, a lo largo de más de cuarenta años. En la segunda
mitad de la misma década, su colaboración con Tiziano Treu produjo I sindacati
in Italia dal '45 a oggi: storia di una strategia, en el que el marco
institucional y las políticas organizativas y contractuales de los sindicatos
se abordan en una perspectiva diacrónica que, como promete el título, abarca la
totalidad de los treinta años de la posguerra. Son los años que unas décadas
más tarde se denominarán "los treinta gloriosos", en alusión al
desarrollo keynesiano que los caracterizó, al menos en muchas zonas del llamado
Occidente. En ese libro, sin embargo,
encontramos la realidad de unas duras condiciones de trabajo y de vida, así
como importantes luchas -a Gigi Mariucci le gustaba recordarnos que sí, que
podían haber sido gloriosos, pero que la clase obrera y las clases populares
habían pagado con crudeza ese desarrollo-, lo que hace que el texto de Umberto
siga siendo hoy una lectura muy atractiva e interesante.
Pero el punto culminante -o al menos el más logrado y
reconocido- de la investigación histórica de Umberto es el libro de 1995Il
lavoro in Italia. Un giurista racconta. Le siguieron -años más tarde, durante
los cuales la actividad de Umberto nunca se detuvo pero tampoco se ralentizó-
dos densas recopilaciones de biografías de protagonistas del Derecho laboral:
Giuristi del lavoro. Percorsi italiani di politica del diritto y Giuristi
del lavoro nel novecento italiano.
Me gustaría cerrar estas breves notas sobre la sabiduría
histórica de la investigación de Umberto con una cita de sus propias palabras:
al informar sobre los estudios en profundidad realizados para la monografía
sobre La prestazione di lavoro nel contratto di società afirma que ha comprendido
que "la historia jurídica no es prólogo en el cielo ni erudición
escolástica. Es comprensión y reconstrucción en clave diacrónica de las
conexiones entre la lógica jurídica y la transformación de la sociedad".
Si éste, el de la investigación histórica, es uno de los
aspectos que hacen utilizable el pensamiento de Umberto en la reflexión
comparada, el otro que quisiera recordar y esbozar brevemente es el enfoque del
derecho en acción. Esto no significa otra cosa que la atención no formal al
fenómeno jurídico, según la enseñanza que tiene una pluralidad de raíces. Que
Umberto remonta a su encuentro con Gino Giugni, instado por Federico Mancini,
que recuerda con estas palabras: "Recibí de él el impulso de ampliar mi
investigación a las dinámicas que preceden y siguen a la redacción de la norma
y, de hecho, sólo por esta vía llegué a ver la cara oculta del Derecho del
trabajo". En otras palabras,
Umberto inspiró toda su investigación en una "desviación de los cánones de
la tradición", que "permite al jurista minimizar el riesgo de
adulterar la naturaleza y la función de un derecho fronterizo" como el
derecho del trabajo. Pero las raíces van
más lejos, hasta Redenti, que estudió la jurisprudencia de los probiviri a
principios del siglo XX, hasta la literatura alemana del periodo de Weimar,
cuando Sinzheimer -cuyas obras fueron destruidas posteriormente por militantes
nazis- afirmó la necesidad de un enfoque sociológico para liberar el estudio
del derecho del yugo formalista del positivismo jurídico.
Umberto reelabora estos planteamientos y consigue combinar el
conocimiento de la realidad socioeconómica con el análisis jurídico más
riguroso, lo que hace que su obra sea perfectamente "utilizable" para
analizar problemas, incluso de realidades sociales muy alejadas de aquella en
la que maduró la suya. De ahí mi
afirmación de que UR puede considerarse un comparatista, cuando -repito,
recordando la lección de Otto Kahn Freund- la comparación sirve para entender
los problemas no para buscar 'en otra parte' las soluciones a los problemas.
Esta creo que es la gran riqueza que Umberto ha puesto a
disposición del Curso, a lo largo de las casi cuatro décadas de larga vida del
mismo, y que seguirá siendo un referente en el futuro.
Gracias a todos
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