El Estado de derecho democrático y social hace referencia inmediatamente a las garantías de los derechos. En el logro de esa función existen sujetos institucionalmente orientados a este tipo de actividad. Los abogados laboralistas han sido históricamente un elemento imprescindible en la delimitación de un campo de lucha por la defensa de los derechos de los trabajadores, en la configuración del propio interés colectivo del trabajador en cuanto tal, es decir en cuanto miembro de una clase social subalterna, y en la organización de ese interés en la subjetividad colectiva que representa de forma general a la fuerza de trabajo, especialmente el sindicato. En la foto, dos grandes especímenes del laboralismo español preparan sus próximas intervenciones en la explicación de los efectos de la reforma laboral a la que el Senado en agosto acaba de dar via libre y la necesidad de una respuesta contundente y global a la misma mediante la participación en la huelga general del 29 de septiembre.
En las lecturas recomendadas para el verano, estaba el libro de Carlos Miguel Herrera sobre Derecho y socialismo en el pensamiento jurídico, publicado en una de las preciosas ediciones de la Universidad del Externado de Colombia en Bogotá, en el 2002. Como entre un grupo de estudiosos brasileños y españoles se está preparando un libro que recoja algunas de las aportaciones realizadas en dos seminarios en Sevilla y en Curitiba en este mismo año para celebrar el 90 aniversario de la Constitución de Weimar, el texto de Herrera resultaba muy pertinente por sus reflexiones sobre las concepciones político-jurídicas de la socialdemocracia en Weimar y su noción de Estado de derecho y de Estado Social.
Sin embargo, más allá de este interés inmediato, en el prólogo aparece una muy sugerente aportación a la relación entre el derecho y la posibilidad de un discurso jurídico alternativo y el poder económico y político, desde una visión crítica del capitalismo. Las reflexiones son suficientemente explícitas como para reproducirlas sin añadidos. Como una invitación a proseguir la dirección del razonamiento que allí se construye.
“En el espacio entre lo establecido de las instituciones y el dinamismo de las relaciones sociales se desarrolló un discurso jurídico alternativo. Se podría hablar de un uso, o, mejor aún, de una apropiación sistemática del derecho como discurso político por parte de los juristas socialistas. La originalidad teórica de ciertas corrientes socialistas reside justamente en el hecho de asir el derecho en toda su tecnicidad para sus fines de transformación social, o, como dice gráficamente un socialista francés, “emplear el derecho contra el derecho”. Ya no se trata de un simple uso de carácter puramente instrumental, aunque esta dimensión estará siempre presente: nos hallamos ante una apropiación teórico-política, ya que la transformación social exige una conceptualización jurídica del socialismo, que se convertirá rápidamente en una visión del socialismo sin más.
En efecto, esta relación entre derecho y socialismo no se agota en un interés por ciertas materias o nociones jurídicas, sino que articula un verdadero proyecto político. En ese marco, los juristas socialistas pelean en dos frentes de batalla. En el interior del derecho, buscan hacer emerger una nueva teoría jurídica que acentúa el carácter vivo, dinámico, social, de la producción del derecho, insistiendo sobre la autonomía de las fuerzas sociales. En el seno del socialismo, afirman una vía reformista, gradualista, que hace pasar su realización por el derecho y por el Estado. Para decirlo de manera rápida: ante el proletariado insisten en la importancia central del derecho e incluso del formalismo jurídico para la realización de los fines socialistas; ante la ciencia jurídica, subrayan la importancia del derecho vivo, del derecho social que se produce en otros sitios que no son Estado.
Este doble combate conlleva múltiples tensiones que muestran el carácter complejo del discurso de los juristas socialistas. Y no desde la perspectiva de señalar a posición militante de tal o cual jurista, sino en determinar cómo lo político se inscribe en las conceptualizaciones jurídicas y cómo las transformaciones del derecho en cada momento vigente sirven de base para el trabajo específicamente teórico”.
1 comentario:
Compañero, ¿es posible conseguir en España el libro deCarlos Miguel Herrera sobre Derecho y socialismo en el pensamiento jurídico?
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