Está
reconocido por prácticamente todos los actores sociales y una buena parte de la
ciudadanía el influjo perverso de las frases de impacto y los titulares
agresivos que caracterizan el modo de presentar las noticias utilizando la
forma de expresión de las redes sociales. El uso del click bait sin
embargo se ha prolongado en las propias argumentaciones y razonamientos que se
emplean en la presentación de informes o comparecencias sobre materias de
actualidad. De manera especial en lo que se refiere al Derecho del trabajo o,
por ser más específico, en las reformas del ordenamiento laboral que se están
llevando a cabo o se quieren poner en práctica. En esta forma de comunicación
abundan las metáforas con su traslación de sentido a otras figuras que ocultan
o sugieren. En algunos ejemplos muy recientes esta tendencia se ha acentuado,
como se explica a continuación.
En efecto, en el reducido mundo
de la academia universitaria llamó mucho la atención la presentación de un
informe del servicio de estudios de la CEOE (El Instituto de Estudios
Económicos, IEE), sobre “Las necesidades organizativas y productivas de las
empresas y la s respuestas jurídicas del ordenamiento jurídico”, en la que se hicieron públicas una serie de
afirmaciones que señalaban entre otras cuestiones el carácter anticuado de la
normativa laboral, la falta de libertad y la intensa presencia de las notas
características de regímenes corporativos como el franquismo o el falangismo, y
que generó en algunos medios especialmente comprometidos con el uso del clickbait
el siguiente titular: “Seis catedráticos de derecho comparan la
política laboral de Díaz con la del franquismo” (https://theobjective.com/economia/2025-01-14/seis-catedraticos-trabajo-politica-laboral-diaz-con-franquismo/
). Estas afirmaciones han sido contundentemente criticadas por el
Directorio de NET21, página imprescindible para seguir las líneas generales de
la evolución normativa y jurisprudencial del Derecho del Trabajo actual, en una
entrada titulada “A propósito de las
dudas generadas sobre las políticas sociales de las dos últimas legislaturas” (
www.net21.org/a-proposito-...) que
ha recibido un aluvión de visitas que ha superado con mucho las que normalmente
recibe esta página, demostrando así que el tema resultaba especialmente
interesante a la comunidad de expertos que se alimenta de su contenido.
No se va en esta entrada a hacer
una paráfrasis del contenido de la crítica muy bien fundada, a la que nos
remitimos, sino que se va a resaltar el uso insistente de imágenes que
sustituyen la realidad por otras figuras que la ocultan como forma de expresión
de lo que se quiere comunicar. Un primer ejemplo evidente es el propio titular
de The Objetive referido, en el que se resalta la condición de
catedráticos de (la mayoría de) los autores del informe, cuando realmente lo
que debería destacar es que el informe del IEE es el resultado de la
colaboración de los seis grandes despachos de abogados al servicio de los
intereses patronales, es decir Garrigues (Federico Durán), Perez Llorca
(Yolanda Valdeolivas), Cuatrecases (Salvador del Rey), Uría
Menéndez (Jesús Mercader), Abdón Pedrajas (Jesús Lahera) y
Sagardoy Abogados (Íñigo Sagardoy) que coherentemente han efectuado este
trabajo para sostener y lubrificar doctrinalmente las posiciones de la CEOE y
de su servicio de estudios. De esta manera el lector comprende mejor el sentido
de lo noticiado.
No utilizar en vano el nombre
del tirano
Parece que se está adquiriendo la
costumbre en ciertos ambientes de mencionar al franquismo en relación con la
fuerza vinculante e imperativa del ordenamiento laboral. Enric Juliana aludía
en una columna reciente (https://www.lavanguardia.com/politica/20250126/10320296/muera-espartero.html)
a un conferenciante al parecer de moda en los círculos de la derecha política y
económica, Jesús Fernández Villaverde, catedrático de Economía en
Pensilvania (Estados Unidos), que esboza el programa unitario de las derechas
españolas si el Partido Popular y Vox logran sumar mayoría en unas futuras
elecciones generales, y que propugna máxima flexibilidad en el mercado laboral afirmando
de manera lapidaria – nunca mejor dicho – que “han sacado a Franco del Valle de los Caídos y
se han olvidado de sacarlo del Estatuto de los Trabajadores”. Vaya por Dios.
Un tipo de discurso en el que
pareció incidir en la presentación del Informe citado su Director, Federico
Durán, al afirmar que las relaciones laborales de nuestro país “están
anticuadas, con falta de libertad y absolutamente inoculadas por regímenes
corporativos como el franquismo o el falangismo”, de forma que es preciso liberarse
de esa base, empezando por un menor intervencionismo e hiperregulación del
Estado, porque además la negociación
colectiva es “muy tributaria de los
últimos tiempos del franquismo”. Esta
continuada rememoranza del franquismo o, por ser más precisos, del
tardofranquismo – con alusiones a un paralelismo entre esta época, Fernando
Suárez y Yolanda Díaz – seguramente
le ha sido sugerido a ex presidente del CES por la conmemoración del cincuentenario de la
muerte del dictador, sino que constituye de nuevo una metáfora que de fuerza al
sentido de lo defendido.
El director del informe para la
CEOE no confunde la larga noche de piedra de Celso Emilio Ferreiro y el
silencio mineral y asfixiante de las libertades democráticas de aquella época con
el presente problemático de un marco institucional que se despliega en una
situación económica envidiable, como tampoco el conferenciante de moda de la
derecha extrema unida piensa en que en el Estatuto de los Trabajadores se
disimula un paternalismo protector y
autoritario con la seda y el carmín de la movida de los años 80 en la negra
noche que cantó Hilario Camacho. Lo que ambos pretenden sencillamente es
defender la desregulacíón máxima de la relación de trabajo, la retirada de la
función imperativa y de derecho necesario de la norma laboral y la recuperación
de un principio directivo unilateral de las relaciones laborales basado en la
titularidad de la empresa con el desplazamiento a la negociación colectiva del
intercambio salarial, priorizando el nivel de empresa. Nada más pero nada
menos.
Es más útil así para estas
posiciones invocar el franquismo como tótem protector de un razonamiento que se
confronta con un proyecto de reforma que basa en los derechos individuales y
colectivos derivados del trabajo su seña de identidad. Pero en el futuro
dejemos por favor esa moda que encubre una lucha de ideas – y de clases – con la
invocación del fantasma del tirano y expresemos con claridad el programa de
cada uno en la configuración del marco de regulación de las relaciones de
trabajo.
La nave de Teseo y el calcetín
remendado de Locke
Ha escrito recientemente Jesús
Mercader a propósito de los antecedentes del modelo actual de relaciones de
trabajo (https://www.elforodelabos.es/2025/01/el-barco-de-teseo-y-los-antecedentes-del-actual-modelo-de-relaciones-laborales/
) sobre el hecho que supone fijarse
en el cambio paulatino de los textos legales y no preguntarse sobre el
resultado final, de manera que el Derecho Laboral español ya es otro del que se
delineó en los años 80 del pasado siglo, entre otras cosas por el modelo
democrático de relaciones laborales augurado por la Constitución y consolidado
por el TC. La nave de Teseo – como el calcetín de la suerte que Locke había tantas
veces remendado – remite al problema metafísico de reemplazo del objeto en
todas sus partes y la transformación del mismo de manera completa en otra cosa
diferente. Esta tendencia a la sustitución paulatina de las piezas del modelo
ha resultado sin duda impulsada y reforzada en el ciclo de reformas 2020-2024
que van desde la reformulación de los ERTES en la crisis económica de la
pandemia a los permisos climáticos de la catástrofe de las inundaciones de
Valencia y que han acogido importantes, numerosas y continuas reformas
normativas en este lapso de tiempo que no merece la pena enumerar por ser
tantas y tan determinantes.
Sin embargo este largo proceso de
cambio supone, para el comentado informe al IEE, que el Estado abusa de una
«visión desagregada, dispersa» y al mismo tiempo «compleja, aplicando muchas
reformas, mini reformas, reformas parciales, sin abordar en sí los elementos
centrales que han de responder con altura a la exigencia de los retos del siglo
XXI”. Como señaló en la presentación del mismo su coordinadora, Yolanda
Valdeolivas, son reformas que afectan a la arquitectura de la legislación
laboral “sin una visión holística, de conjunto”, cuando no de manera más
descarnada, se define este proceso continuo de cambios normativos como una “diarrea
legislativa” que hay que contener.
De esta manera, la propuesta de la
CEOE critica y rechaza la sustitución paulatina de los componentes de la nave,
los nuevos remos más potentes, el calafateado del casco, porque desearían que
en los astilleros se botara una nueva nave con una nueva visión, apartándose de
lo viejo revisado y reconstruido. Querrían comprar calcetines nuevos, no seguir
usando los viejos y favoritos del filósofo completamente remendados. Pero en
esa reivindicación no comprenden que lo que ellos pretenden conseguir como algo
nuevo y diferente ya se ha realizado en la realidad normativa. El derecho del
trabajo que se ha ido paulatinamente desplegando a través de las sucesivas
reformas laborales es el objeto nuevo que ha transformado y modificado
sustancialmente su orientación y su función.
La crítica por tanto no se dirige
realmente hacia la inseguridad, la dispersión o la extravagancia de las normas
emanadas, sino que lo que realmente se pretende es impedir el avance de la
orientación legislativa que busca la ampliación de los derechos individuales y
colectivos de las personas trabajadoras y anular por consiguiente el proyecto
reformista que la mayoría de progreso está, con todas las dificultades que
encuentra y sorteando tantos obstáculos, logrando llevar a cabo.
La gran metáfora: autonomía
colectiva como libertad de empresa
En relación con el proyecto de
reducción de la jornada de trabajo por ley sin reducción salarial correlativa
que ha dado lugar a un acuerdo social bipartito entre el Ministerio de Trabajo
y Economía Social y los sindicatos – del que se dio noticia en este blog https://baylos.blogspot.com/2024/12/el-acuerdo-entre-el-ministerio-de.html
- las alegaciones de la CEOE insisten en
varias ocasiones en considerar inconstitucional tanto la forma del diálogo, por
parte de Trabajo, como la propia reducción de la jornada, en este último caso,
por “no respetar el contenido esencial del derecho a la negociación colectiva”.
En efecto, “cualquier intento de regulación legal de la jornada de trabajo
pactada invade el ámbito propio, protegido, del derecho a la negociación
colectiva y debe considerarse lesivo y en este caso, del anteproyecto de ley,
inconstitucional” (https://elpais.com/economia/2025-01-27/la-enmienda-de-los-empresarios-a-la-reduccion-de-jornada-apela-a-su-posible-inconstitucionalidad.html)
No se trata de defender que es el espacio de la negociación colectiva el único idóneo para proceder a la reducción
de la jornada laboral, sino que se defiende que la intervención de la ley
imponiendo un límite máximo a la jornada laboral es inconstitucional por
vulnerar los arts. 7 y 37.1 CE.
No se va a responder en esta
entrada a esta alegación. El directorio de NET21, en la entrada antes citada,
ya lo ha hecho con solvencia en su crítica a la presentación al informe del IEE
de los seis grandes despachos jurídicos. Ahora simplemente se debe destacar que
lo que se construye a través de esta argumentación es una esfera de inmunidad a
la intervención legal en donde la autonomía colectiva no puede ser controlada
ni determinada por la ley. No se trata
solo de entender el desequilibrio que se produce en este planteamiento en el mecanismo
de la negociación colectiva, que conduce a la constatación de un déficit democrático
en las relaciones de trabajo, como recientemente ha defendido el abogado y
profesor brasileño Mauro Menezes. El punto neurálgico del razonamiento consiste
en la representación de una autonomía privada que exige un ámbito de libertad
negativa frente a cualquier intromisión del poder público que no sea la de
promover y sostener su dinámica. Es obvio que el argumento no se sostiene jurídicamente,
pero lo interesante es que se afirma con tanta fuerza porque en él se ha
desplazado la idea de la autonomía privada colectiva en sustitución de lo que
realmente se quiere afirmar, la libertad de empresa como un espacio intangible
e inmune a los límites que le pueda imponer el poder público.
Lo que la CEOE desvela en su alegación
es una enorme metonimia, designa un concepto – la libertad de empresa – con el
nombre de otro – la autonomía colectiva – y en esa misma retórica está confirmando
el proyecto político que lo sostiene: un poder ilimitado que sólo conozca
restricciones derivadas de su propia voluntad. Una libertad que se declina en
las facultades correspondientes a sus poderes de dirección, control y organización
de las relaciones laborales, que no pueden tener vínculos externos derivados de
la normativa laboral, fiscal, contributiva o ambiental. Como sueño de libertad
resulta excesivo, pero como resistencia a los proyectos reformistas que parten
de la necesidad del límite a la libre empresa como condición de avance en la
profundización de la democracia, es comprensible, pero debía ser explicitado en
esos términos.
Presenciamos asi un baile de
metáforas que oscurece un largo conflicto entre la tensión a las reformas del
ordenamiento laboral en un sentido de ampliación de derechos sindicales y de
derechos individuales de las personas que trabajan y la resistencia de los
poderes empresariales a la imposición de límites a sus facultades directivas y
de control en las relaciones de trabajo. Conviene en el futuro establecer con
claridad los términos de esta disputa que atraviesa el campo del derecho. Sin metáforas
ni exabruptos. Sin invertir la realidad de la lucha de ideas y de clases que
estos debates trasladan al espacio de las políticas del derecho.
2 comentarios:
Hay un paradigma clásico en el Derecho del Trabajo desde los derechos de los trabajadores y puede haber otro, compatible y complementaria, desde el interés de la empresa en una mejor eficiencia productiva y organizativa. Ambos no se niegan y el informe/libro es una aportación desde esta perspectiva y verás no niega derechos de los trabajadores plenamente consolidados. El hilo conductor del informe/libro es la negociación colectiva, que exige acuerdo entre partes, y no tanto el poder desregulado de la empresa. Y en cuestiones más concretas, se hace balance positivo de reformas laborales, sin apenas referencias salvo en raíces al franquismo, desatadas por estas reformas, y en ningún momento se afirma q la propuesta reducción jornada sea inconstitucional (ahí reivindicamos en coherencia a la negociación colectiva).Seguro es posible el diálogo, a ver si hay ocasión tenerlo, ya sabes me interesa siempre tu perspectiva y sigo tu blog y aportaciones
Es flipante como se dice ahora volver al discurso "liberal" de los iuslaboralistas que venían del franquismo, como Borrajo, que de la noche a la mañana se reciclaron al pensamiento liberal para construir algo nuevo difícil de calificar. Sagardoy que tenía despacho fue el padre el Estatuto de los Trabajadores y ahora su hijo Iñigo reniega de ello. Quizás piense que solo debía haber sido un "derecho de la emergencia" y no venir para quedarse. De vez en cuando vuelve ese discurso como calcetín remendado. Ahora llevan la libertad de empresa más allá de lo que lo hizo violentando la Constitución en su momento Pérez de los Cobos cuando fue presidente del Tribunal Constitucional, más allá incluso de los propuestas de otros laboralistas de los noventa, hoy en el Tribunal Supremo, sobre las relaciones entre ley y negociación colectiva. Lo coherente sería, dado lo que plantea este grupo de abogados de despachos, que fueran solo eso, "abogados", y que abandonaran su condición de iuslaboralistas y se pasaran al Derecho Civil o al Derecho Mercantil, sin tener que fabricar constructos de ingeniería jurídica, como a veces han hecho con poco éxito judicial, que es donde se sentirían más cómodos y mejor cara a su patronos sin tener que echarle la culpa al legislador de que no puedan defenderlos mejor . Toda una vida académica, muchas publicaciones, muchos cursos, muchos alumnos y discípulos, estudios en Bolonia en algunos casos ( no sé si seguiría defendiendo hoy alguno de ellos el derecho de huelga), para acabar maniobrando penosamente con esas vacuas, burdas y pobres referencias al franquismo y al falangismo y hasta no se sabe muy bien qué corporativismo, para llegar a una nueva tierra prometida, pero eso sí dejando atrás las tablas de la ley, como diría con su agudeza Umberto Romagnoli...
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