
El desarrollo polìtico de la nociòn de representatividad tiene grandes problemas de concepciòn y desarrollo, pero justo por ello al sindicato le va mucho en perfilar sus estrategias abriendo un debate sobre su propia identidad. Las consideraciones de esta entrada del blog como las inmediatamente anteriores pretenden plantear una opiniòn sobre este tema. A favor de este debate se muestran, como se desprende claramente de la fotografia no sòlo jòvenes pero ya importantes exponentes del sindicalismo castellano manchego, sino dos mujeres de extraordinaria valìa, Mari Luz Rodriguez y Maria José Romero, ambas ponderando sus argumentos desde la tarima en un encuentro Parapandista - Albacetenio celebrado inmediatamente antes de las elecciones polìticas que el blog hermano Metiendo Bulla està analizando con la agudeza caracterìstica.
Es posible concebir que de la complejidad que sugiere la noción de la representación sindical que se expresa tendencialmente ya prácticamente sólo como representatividad, la figura sobre la que recae un mayor uso de presencia sindical sea la que liga la noción de representatividad con la negociación colectiva. Es en este aspecto donde se centran los problemas y se aprecia una mayor conflictividad; es también el lugar en el que se sitúan los debates sobre la necesidad de reformar los criterios que en un país determinado sirven para delimitar la noción de representatividad. (El muy interesante debate francés sobre el particular entre los cinco sindicatos considerados representativos y la patronal, que ha sido impulsado a partir de una declaración común muy reciente, de finales de enero de 2008, expresamente liga la discusión de nuevos criterios de representatividad – en especial la audiencia electoral en la propuesta de CGT y CFDT – a la regulación del principio de mayoría en la negociación colectiva. En nuestro sistema, es un lugar común que la construcción de la noción de representatividad sindical por parte de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la primera mitad de los años 80 que realizó a través de su relación con la negociación colectiva de eficacia normativa y general, fue el eje a partir del cual se formalizan los grados de la representatividad en la LOLS).
Sin embargo encuentra más problemas hoy en día el desarrollo político de la noción de representatividad, sin que en este sentido se deba entender un cierto encasillamiento del sindicato representativo en fórmulas de autonomía reducida o de suplencia de la acción regulativa de los poderes públicos. Posiblemente el tema haya que reconducirlo al de la crisis del sindicalismo de transformación social, es decir a la carencia de un proyecto político, económico y social alternativo al que está vigente como modelo global. Lo que quiere decir que el sindicalismo encuentra dificultades en precisar un horizonte de progreso al que dirigirse y al que referirse en su actuación cotidiana de defensa de los derechos de los trabajadores. La dialéctica entre la realidad concreta del sector o del puesto de trabajo y el proyecto social y político al que se aspira ha generado históricamente los mejores momentos del impulso sindical y explica su fortaleza. El sindicalismo por tanto, que se inscribe en esa área cultural que denominamos para entendernos la izquierda – no es necesario detenerse en explicarlo - , sufre también por consiguiente los sobresaltos y las indefiniciones de ésta, su desvanecimiento y borrado en cuanto indicio de un espacio de acción política que aspira a cambiar la realidad actual por una sociedad más igualitaria y más justa. El objeto del trabajo sindical no puede situarse sólo en el momento histórico del presente sino que tiene que señalar el movimiento hacia el futuro que permita la apropiación colectiva del mismo por los trabajadores. De lo contrario el objeto del trabajo sindical pese a su concreción e inmediatez tiende a ser percibido como algo extraño, inasible, una realidad exterior que el sindicato no puede dirigir ni de la que le es posible adueñarse porque no posee un proyecto de transformación social desde donde dar sentido a su actuación cotidiana. Sin él el sindicalismo pierde la capacidad de incidir decisivamente en la realidad por no saber trascenderla en el marco de un proyecto de sociedad futura.
Por eso la representatividad sindical como representación general que aspira a la emancipación social encuentra enormes dificultades para ser definida en términos organizativos y estratégicos por el sindicalismo de clase. El significado de la figura del sindicato como movimiento social pierde densidad y presencia de manera que otros problemas adicionales derivados de las transformaciones producidas en la economía y en la sociedad en el cambio de siglo confluyen en la debilitación del mismo. La presencia muy importante de actuaciones de corporativismo sindical de crisis que lleva aparejada la defensa de un patrón de trabajadores – estables, de cierta edad, del sexo masculino – frente a los trabajadores inestables y precarios, que son “sacrificados” en aras del empleo de los otros, o las prácticas negociales colectivas que instalan y desarrollan el fraccionamiento de las colectividades del trabajo son un ejemplo del desmoronamiento de la función de representación política del sindicato representativo. Y también coopera a ello el proceso de disolución del sujeto general, abstracto, en el que se encarnaba la desigualdad material como expresión de una situación objetiva de inserción en una esfera subalterna de poder tanto en a esfera económica privada como el la pública y ciudadana, y la polarización de esta subjetividad en una pluralidad de identidades ligadas a la persona y marcadas por condicionamientos más concretos y específicos en las que se descompone y precisa la noción de subalternidad o de sumisión en términos de poder economico y político, pluralidad de identidades que permiten una mejor visualización – que en todo caso resulta predominante – de la problemática de la igualdad / desigualdad. El sindicalismo por consiguiente encuentra dificultades para recomponer su ámbito de representación en este panorama de identidades y trayectorias de vida más diversificadas y no homogéneas.
Por lo demás, es también conocida la línea de pensamiento crítica con la propia noción de representación / representatividad del sindicato no tanto por la impostura de querer representar lo general sino fundamentalmente por la progresiva decadencia o declive del mecanismo representativo basado en la audiencia electoral, que lleva al desapego y al alejamiento de cada vez mayores capas de trabajadores a este proceso de mediación colectiva, es decir que el despliegue de la institucionalización del sindicato mediante la regulación legal de la representatividad cada vez resulta menos cohesiva y produce el desapego de los trabajadores “en su conjunto” a la función de representación (general) del sindicato. Esta línea de argumentación tiene la ventaja de forzar la mirada sobre los cauces técnicos e instrumentales de la representación y por tanto de los vericuetos sobre los que surge la noción de la representatividad como mayor presencia del sindicato. En esta línea van las (re)visiones de las instancias de representación directa en la empresa o la revisión del consejismo como eje de un sistema de representación política de los trabajadores, porque la representación directa a traves de los lugares de la producción no es algo “privado “ ligado a la mercantilización del trabajo, sino “política” es decir “general”. Desde luego que el debate conoce muchas variaciones, una de las cuales por el contrario radicaliza la “antena” del sindicato en los lugares de trabajo y pronostica su predominio respecto de las instancias de participación de los trabajadores en la empresa, lo que implica poner en cuestión uno de los elementos sobre los que se asienta la noción de la representatividad en el sistema sindical español.
El problema no se resuelve posiblemente mediante la insistencia en la presencia del sindicato en su función representativa “privada” del interés colectivo de los trabajadores en su posición de mercado, en la negociación de su valor de grupo en tanto que salario en la empresa en el sector o en el conjunto del mercado de trabajo, para a través de allí (re)construir mucho más ligada a lo económico y organizativo la función “general” de representante de todos los trabajadores. Es por el contrario posible que mediante este impulso autorrestictivo el sindicato no desarrolle su capacidad de “despegue” de la función auxiliar de lo político-económico-estatal, ni pueda elaborar una acción de síntesis que evite la dualización del trabajo y la mercantilización del mismo a través de un a actuación “política” general sobre la totalidad de trabajadores, ni en fin la acción del sindicato vaya más allá de la la representación “institucional” que produce la eficacia normativa en la negociación colectiva o la derivada de la participación en los organismos de consulta de la política económica y social de los gobiernos central y autonómicos.
