domingo, 22 de junio de 2014

LA ACCION PENAL CONTRA LOS SINDICATOS. HABLA RODOLFO BENITO




Rodolfo Benito ha escrito en el digital Nueva Tribuna un texto en el que explica y valora la criminalización de la acción sindical de extensión de la huelga, insertándo este proceso en uno más amplio de debilitación de la huelga como medida de presión sindical y de disuasión personal de los militantes sindicales que participan activamente en el desarrollo de las huelgas convocadas. El texto señala claramente los objetivos y las consecuencias de este tipo de acciones impulsadas por el poder público que tienen un propósito decididamente antisindical.

La criminalización del sindicalismo y la ofensiva penal contra el derecho de huelga tiene todos los ingredientes para afirmar que estamos ante una acción coordinada, con instrucciones desde la fiscalía, a lo que habría que añadir, el proceso involutivo que esta afectando a determinados sectores de la judicatura.
Desde hace tiempo el sindicalismo de clase se ha venido enfrentando a una poderosa campaña mediática que ha buscado, de manera sistemática, su quiebra reputacional, con un único objetivo debilitar el trabajo sindical y su capacidad de respuesta.

Para los sectores más conservadores, debilitar los sindicatos, haciéndolos prescindibles, es una prioridad, y a ello se ha sumado, además de alentar todo tipo de campañas, el propio gobierno, adoptando decisiones dirigidas al corazón de las relaciones laborales, intentado con ello, limitar el poder contractual de los sindicatos.

Aunque también he de decir que algún que otro sector, en las antípodas del conservadurismo, no sé si por ignorancia, por miopía política, o sencillamente porque conciben a los sindicatos como organizaciones meramente instrumentales, se han sumado con “campañitas”, en algún caso, ciertamente miserables.
Pues bien estamos ante una situación extremadamente preocupante, un ataque sin precedentes al sindicalismo democrático y su función constitucional, que se articula a través de la acción penal, que pone en cuestión derechos fundamentales, entre ellos el derecho de huelga.

En el caso de CCOO se han abierto casi 60 procedimientos que afectan a prácticamente 200 sindicalistas, a una parte de los cuales se les piden hasta ocho años de cárcel, como es el caso de los compañeros de AIRBUS; o cuatro años y medio en el caso de la secretaria general de CCOO de Baleares; dos para cada uno de los cinco compañeros de Rioja, entre ellos el secretario general; tres a compañeros de Navantia; o dos a un compañero de Coca-Cola, o a compañeros de Fiesta, o la apertura de diligencias, todavía sin calificar, a compañeros de otras empresas, o los procesos abiertos en el País Valenciano, en Andalucía,…  A esta relación hay que añadir, las sentencias en Pontevedra, Vigo o Granada, o la relación de compañeros de UGT, afectados igualmente por la acción penal impulsada a instancia de distintas fiscalías.

Efectivamente hay una actuación determinante en el mantenimiento de las acusaciones penales del Ministerio Fiscal, pues en este punto, la posición de los Juzgados de Instrucción de forma muy general es la de admitir la viabilidad de la instrucción y permitir que el Fiscal pueda formular su acusación.

Todas estas prácticas sancionadoras, que están en relación con el desarrollo de las huelgas de carácter general, sectoriales o de empresa, son intolerables y ante las que, el sindicato no se va a quedar en la mera denuncia.

Ya se están adoptando iniciativas jurídicas y sindicales y se va a impulsar un amplio e intenso proceso de movilización en la empresa y en la calle. Se van a multiplicar las iniciativas para evitar que ninguna persona, por ejercer un derecho constitucional, como es el de huelga, entre en prisión. Se lo hemos trasladado al Ministro de Justicia y se recurrirá a todas las instancias, incluidas las internacionales.

El sindicalismo internacional, que se muestra enormemente sorprendido por lo que esta ocurriendo en España, va igualmente a impulsar una campaña de denuncia frente a estos hechos y de apoyo al sindicalismo español.
De otra parte, no es tolerable la injerencia de los poderes públicos en las organizaciones sindicales, como tampoco una restricción ilegitima de derechos democráticos y de manera singular del derecho de huelga, pieza esta, codiciada por determinados sectores empresariales.

Sin derecho de huelga, o cortocircuitado a través de distintas vías, una de ellas la de la represión, no se puede, en ningún caso, calificar la democracia española, como una democracia plena.

Ahora bien, la acción del sindicato, no solo va a continuar, también se va a fortalecer. Haciendo irreversibles lo que son derechos fundamentales, impulsando y convocando movilizaciones y huelgas, siempre que sea necesario, al igual que van a continuar los emplazamientos a la negociación, a gobiernos y patronales, para dar respuesta a los graves y reales problemas que tiene nuestro país: el desempleo, la pobreza y la desigualdad.

El respeto y la vigencia generalizada de la libertad sindical y por consiguiente la presencia del sindicato como figura social clave no solo de las relaciones económicas y sociales, sino de la propia civilización democrática, en ningún caso puede estar en cuestión. 

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