A falta de algún tiempo para examinar el resultado final
de la negociación del tercer rescate de Grecia, se incorporan a esta bitácora
algunas reflexiones realizadas en el contexto de la investigación de Arturo Luque, doctorando cuya tesis es
dirigida por Juan Hernández Zubizarreta (EHU/UPV)
y Agustín Galán (UH), sobre la subcontratación en la
cadena de valor de las empresas del textil. Las reflexiones discurren sobre la
Empresa Transnacional y su existencia en el marco del espacio global. En la foto, se puede apreciar el interés que este debate ha suscitado entre varios y conspicuos exponentes laboralistas patrios.
El espacio global se mueve, desde el plano de las reglas, a partir de la
voluntad de ese sujeto global que es la Empresa Transnacional (ETN). Las normas
nacionales – que corresponden al Estado como centro de imputación normativa –
son empleadas por la ETN como estímulo o desincentivo a la inversión, y hay
listas de países especialmente señalados por instituciones financieras
internacionales como especialmente recomendados para invertir en ellos porque
la legislación nacional es débil o inexistente o el control judicial es
deficiente y de difícil acceso. En estos países además los sindicatos están
perseguidos o tienen una reducida implantación. La vigencia de las normas
internacionales, como los Tratados o Convenios de la OIT requieren una
trasposición al ordenamiento interno, por lo que también en este supuesto el
elemento nacional es clave para la elusión de derechos. Desde el ámbito
internacional, solo queda por consiguiente el recurso a medidas de “soft law”
que son funcionales al dominio hegemónico de la ETN en cuanto creadora de
reglas o sujeto legislador en el espacio global. De esta manera el espacio
global es un ámbito privatizado, en el que sin embargo podría entrar – como así
sucede paulatinamente a partir de la presencia del sindicalismo global – el
esquema bilateral del contrato, mientras que rechaza la cualidad imperativa de
la norma pública (internacional y nacional por defecto). Por eso el sindicato,
en la medida en que se construye y organiza en su dimensión global, puede
entrar en el espacio privado de las reglas que domina la ETN, e intentar en él
la realización de acuerdos colectivos. Esta es una vía de acción muy prometedora,
si bien desplazar paulatinamente el espacio de regulación privado de las ETN
hacia la esfera internacional y por consiguiente hacia vínculos normativos o
contractuales con control público – tribunales internacionales, relocalización
de la responsabilidad de la ETN en el ordenamiento jurídico del país de la
empresa matriz de ésta, etc – es asimismo un elemento crucial para construir
los fundamentos de una civilización global que tenga en cuenta el espacio de
los derechos como un eje fundamental.
El territorio peculiar de
la ETN en materia de derechos laborales y medioambientales sigue siendo
conocido como el espacio de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), y se expresa en los Códigos de Conducta de
estas empresas, progresivamente sustituidos por Acuerdos Marco Globales
pactados con los sindicatos.
Es sabido que los Códigos de Conducta tienen un origen claramente defensivo
por parte de las Empresas Transnacionales que buscan proteger su imagen ante
consumidores y usuarios informados que pueden apartarse de la marca que ha sido
reconocida como vulneradora de derechos fundamentales básicos, el trabajo
forzoso o el trabajo infantil. El caso de Nike es emblemático a estos efectos.
Pero al tratarse de un compromiso unilateral y voluntario de la empresa, surte
más efectos en el espacio de su imagen mercantil que en la esfera de la
producción, que es siempre opaco y en donde la eficacia real de estas medidas
es muy débil y no deja espacio a la dimensión colectiva del trabajo como eje de
relación y de mediación de la reparación o prevención de tales abusos.
Hay que tener en cuenta que cada vez es mayor el número de trabajadoras y
trabajadoras formales, es decir, considerados formalmente como trabajadores
asalariados, en el mundo. La embestida neoliberal contra los derechos de los
trabajadores en los países desarrollados no debe hacer olvidar los avances que
sin embargo se realizan, en términos de estándares de derechos, en otras partes
del globo, como podría suceder si miráramos Latinoamérica, por ejemplo, y lo
comparamos con la situación en cuanto a derechos laborales y sociales en la
década de los 90 respecto de la situación actual. Asimismo, y pese a su
anquilosamiento y debilidad, el sindicalismo global se ha desarrollado mucho y
tiene una capacidad de información muy relevante, aunque los medios de
comunicación globales la combatan o la invisibilicen. En especial el
sindicalismo internacional tiene una cierta capacidad de proyecto y de
interlocución global y conoce bien el diseño de la estrategia de las grandes
ETN. Por eso la incorporación a los Acuerdos Marco no sólo de los estándares
laborales básicos de la OIT sino cada vez más de otras condiciones laborales y
medio ambientales resultan relevantes para rellenar mediante la autonomía
contractual colectiva esta esfera desregulada.
Es importante asimismo que el sesgo medio-ambiental (que parece más
pronunciado que el laboral, menos visible) ocupe una parte del discurso de la empresa
transnacional. Pero este hecho está en la base de la creación de la noción de
RSE y su relación con la imagen de la ETN con vistas a las reacciones negativas
que puede provocar en el consumo mundial de sus productos en el mundo
desarrollado. Los medios de comunicación social fortalecerán esa “toma de
posición” como forma de robustecer la presencia de estas ETN en el mercado
mundial señalando su sintonía con importantes sectores de consumidores (jóvenes
y mujeres fundamentalmente). El debate sobre este aspecto se tiene que llevar a
cabo en este espacio de comunicación, lo que es problemático, y abre el
problema de la utilización de las redes sociales como una forma alternativa de
“poner en evidencia” las afirmaciones “positivas” de las ETN respecto de sus
compromisos medioambientales y laborales. En ocasiones la lucha laboral ha
permitido, como en el caso de Coca Cola, confrontar el mundo feliz y cool de un producto mercantil en
sintonía con los mejores valores sociales, con una práctica de corrosión de
derechos y de denigración de las personas que trabajan, rompiendo el espejo de
virtud en el que la multinacional quería ser admirada.
El tema de la RSE ha tenido un momento de esplendor hasta el inicio de la
crisis mundial del 2010 y posteriormente se ha ido reduciendo, aunque la
aprobación de las normas Ruggie por
las Naciones Unidas en el 2013 – que no han sido suficientemente comentadas –
implican que sigue teniendo una cierta relevancia. Lo decisivo de la RSE (que
es un término preferible respecto de la Responsabilidad Social Corporativa, más
situado en la unilateralidad mercantil de la corporación y su “administración”)
es que se sitúa más allá de los
parámetros imperativos de la norma laboral o medioambiental, mejorando o
desarrollando sus contenidos, por lo que es necesario ante todo asegurar una
malla de derechos mínimos garantizados legalmente y un espacio de poder
colectivo gestionado sindicalmente que despliegue esos derechos a través de la
negociación colectiva. El margen de movimiento de la RSE en este escenario es
sin embargo importante, pero naturalmente que la condición necesaria para que
despliegue sus funciones es la existencia previa de ese marco legal y colectivo
de preservación de derechos y de estándares salariales y de condiciones de
trabajo.
Hay además mecanismos de control de las inversiones públicas y privadas en
el sector público en los que la apelación al cumplimiento de los estándares
laborales o ambientales puede ser muy útil, como lo sería la apreciación del
cumplimiento de estándares apropiados de RSE, y en ese sentido no tiene por qué
considerarse una medida puramente efectista. Naturalmente que este tipo de
iniciativas – no las de los “valores sociales” o “impacto social” de las
empresas, que es una noción vaporosa y manipulable, mucho más que la ya
asentada de RSE – no pueden suplantar el esquema básico ideal ya referido: una
red de derechos sociales garantizados por la norma estatal y un importante
margen de cobertura por la negociación colectiva de las condiciones de trabajo
de la gran mayoría de los trabajadores y trabajadoras de un país.
A fin de cuentas, sin embargo, el problema de la regulación del espacio
global se remite a la consideración conjunta de una serie de niveles posibles
de regulación, que naturalmente no están coordinados ni pre-ordenados
en la actualidad. El núcleo de la problemática de la globalización está siempre
en una relación entre escalas, es multiescalar, en la medida en que entra en
juego lo local o territorial concreto, lo nacional /estatal, lo internacional y
lo propiamente transnacional o global. La clave está en la combinatoria de
estos elementos. Y no solo para las empresas transnacionales, su capacidad
ectoplásmica de desplazarse por los lugares de producción y su resistencia
problemática a cualquier intento de control de sus decisiones, considerado como
un obstáculo impertinente a su libertad de circulación, de establecimiento y de
prestación de servicios. También es un esquema pertinente para explicar los
mecanismos de fabricación de reglas vinculantes desde y para el capital
financiero en relación con espacios regulados sobre la base de un principio
democrático radicado fundamentalmente en alguno de estos niveles territoriales.
El caso de Grecia es emblemático al respecto.
La deslocalización empresarial internacional, el empleo de firmas
contratadas o subcontratadas en diferentes partes del planeta por las grandes
corporaciones transnacionales tiene que ver, desde luego, con el diferencial
salarial total, entendiendo por tal no solo la remuneración sino la carencia de
costes o contribuciones sociales y lo que eso implica, la inexistencia o
inviabilidad de organizaciones colectivas de defensa de las personas que
trabajan, sean sindicatos u otras formas de contestación permanentes. Es
funcional a este proceso la debilitación o inexistencia de los elementos básicos
de una democracia social avanzada en un territorio estatal determinado. Es
decir, la carencia de derechos democráticos está en la base de estos procesos
de producción y de creación de riqueza. No se debe olvidar por consiguiente que
la contraposición entre apropiación de la riqueza y de los recursos naturales e
instituciones democráticas fuertes es el fundamento de estos procesos que
impulsan de modo irresistible hacia la asunción de instrumentos regulativos que
privaticen y anulen los espacios normativos públicos y colectivos. El ejemplo
del TTIP es en estos momentos suficientemente ilustrativo.
Además, la corrupción, que constituye una característica del sistema
económico regular en muchos países, constituye asimismo una oportunidad de
negocio en el plano de decisión de las inversiones y de “localización” de la
empresa, es decir, se comporta como un dato más a la hora de decidir
económicamente, junto con la carencia de derechos en un país determinado o la
imposibilidad de ejercitarlos. Hay varios Acuerdos Marco Globales que incluyen
un compromiso de lucha contra la corrupción que es supervisado por los
instrumentos contractuales de administración del acuerdo, pero no hay que
olvidar que en gran medida las ex metrópolis coloniales necesitan la corrupción
de sus ex colonias para garantizar su presencia económica y militar en la zona.
Por otra parte, la narrativa dominante sitúa la corrupción en lo público – y en
la “política” – por lo que reivindicar la privatización de este espacio se
presenta, paradógicamente, no como la consecuencia, sino como la solución a la
corrupción.
Por último, es preciso analizar el contexto cultural de las ETNs y en
general de las grandes corporaciones nacionales para entender la disociación
que se produce entre formación de directivos y su práctica social. El estilo de
vida, el uso del tiempo y la inmersión en una cultura de la productividad del
dinero, propia de la financiarización de la economía que caracteriza la época,
hace que su horizonte cultural se base en la desigualdad y en la separación
emulativa de sus trayectorias vitales respecto de las del resto de la
población. Su fuerte autoestima como casta dirigente, su desprecio e ignorancia
respecto de las condiciones de vida y de existencia de los “naturales” de los
diferentes países en los que se instalan, y un cierto confesionalismo
fundamentalista en el poder del dinero explica en gran medida el aislamiento y la
falta de empatía con el resto de la población de esta capa de directivos
transnacionales que se reconocen como plenos protagonistas de los espacios
globales que riega el capital financiero.
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