Ya no se habla apenas del trabajador autónomo económicamente dependiente, el TRADE. Un libro reciente rescata esta problemática, y la siguiente nota lo comenta.
La gran novedad de la LETA del
2007 fue la creación de la figura del trabajador autónomo económicamente
dependiente, popularmente conocido como TRADE. En su momento, fue objeto de un
aluvión de comentarios doctrinales que se explayaban sobre las características
de la misma y sus implicaciones, e incluso su vis atractiva pasó a otras culturas jurídicas, siendo esgrimido
como una creación normativa original y útil para explicar la gradación de las
tutelas de un trabajo en vías de transformación que además permite rebajar los
niveles de protección típicos del trabajo asalariado y hacerlo más sugerente
para los empleadores sin expulsar al trabajo en régimen de autonomía del
círculo de protección que brinda el derecho laboral. Como era previsible,
también fue objeto de crítica por quienes veían en él un subterfugio para
escapar a la inclusión de ciertos supuestos dudosos dentro del perímetro
protector del derecho laboral, junto a otras posiciones que explicaban la
opción de política del derecho efectuada en el 2007 como una forma limitada de
reversión de los procesos de expulsión de la norma laboral que se habían
producido en la reforma de 1994 respeto de categorías precisas como la de
transportistas o agentes comerciales.
Desde el sindicato, además, esta
figura generó un amplio debate sobre la base de la forma de encuadramiento de
este tipo de trabajadores y la necesidad (o no) de desplegar una estrategia de
acción sindical en este sector, en relación con la forma en la que el proyecto
de tutela de los derechos laborales que lleva a cabo el sindicato concebía al
trabajo autónomo – más allá de que fuera económicamente dependiente – y los
medios de acción que podía poner a su disposición. Este tema se extendía
asimismo al asociacionismo de los trabajadores autónomos de referencia
sindical, es decir, en aquellas asociaciones que mantenían un ligamen orgánico
o funcional con las grandes confederaciones.
En su desarrollo concreto, por
otra parte, muchos de sus aspectos problemáticos fueron abordados por una
jurisprudencia no muy numerosa pero si efectiva en cuanto a la fijación de
pautas interpretativas de las disposiciones legales. Pasado su momento, la
llegada de la crisis impactó posiblemente de manera negativa sobre el
desarrollo posible de una figura sobre la que se habían depositado tantas
expectativas, de forma que mientras que el trabajo autónomo creció
fundamentalmente a partir de la puesta en práctica de la reforma laboral, con
el desplazamiento de una amplia serie de trabajadores asalariados al ámbito de
la autonomía y de la exclusión laboral, el contingente de TRADEs siguió siendo
exiguo y muy minoritario dentro del universo del trabajo prestado fuera de la
regulación laboral. Pese a ello la segregación normativa que la crisis ha
efectuado sobre el emprendimiento como fórmula áurea de la recuperación
económica y la promoción del mismo ha llevado también a modificar esta figura,
en especial a través de la relativamente reciente Ley 31/2015, de 9 de
septiembre.
Era por tanto conveniente llevar
a cabo una suerte de recapitulación de la situación jurídica por la que
atravesaba en la actualidad el TRADE. Y esa tarea la ha acometido el profesor
Pérez Rey en un libro de la Colección básicos de la editorial Bomarzo, en el
que aborda, con gran efectividad y concisión inteligente, la totalidad de los
aspectos laborales que esta figura planta, desde su propia y compleja
definición, hasta el examen del contrato que liga al TRADE con el cliente
principal y las condiciones que éste puede contener, los elementos más
llamativos del régimen jurídico de este tipo de trabajador autónomo, las causas
de interrupción justificada y, muy especialmente, las características de la
extinción del contrato, con las consecuencias indemnizatorias que de ello se
siguen. Se examina asimismo la débil capacidad contractual colectiva que la ley
dispone para estos trabajadores autónomos, los apenas utilizados Acuerdos de
Interés Profesional y los problemas importantes que éstos plantean desde una
visión correcta del principio de autonomía colectiva, para finalizar con unas
consideraciones sobre la competencia jurisdiccional del orden social y la
posibilidad de solución autónoma de conflictos. La obra se cierra con una
bibliografía seleccionada muy indicativa de la pasión doctrinal que el tema
despertó entre los cultivadores del derecho laboral, y ello sin abordar otro de
los puntos más álgidos de la cuestión que son los relativos a los derechos de
protección social y en concreto la promesa del desempleo para esta categoría de
trabajadores, que queda fuera del campo del estudio propuesto.
El libro,
por tanto, permite conocer con perfección el estado de la cuestión y los puntos
problemáticos que identifican en la actualidad a esta figura, por lo que con
toda seguridad le hace merecedor de atención por parte tanto de los estudiosos
de la materia como de los juristas prácticos que analizan este sector del
ordenamiento.
EL RÉGIMEN PROFESIONAL DEL
TRABAJO AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE: NOVEDADES LEGALES Y
JURISPRUDENCIALES.
Joaquín
Pérez Rey. Editorial Bomarzo, Albacete, 2016, 116 pp.
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