Se sigue hablando del incremento del salario
mínimo. Algunos periódicos dan la noticia de que la patronal del campo ASAJA,
aunque sólo su organización andaluza, ha decidido impugnar tanto el aumento del
año 2019 como, muy significativamente, el que fue objeto del acuerdo de los
interlocutores sociales en el mes pasado (https://www.elconfidencial.com/empresas/2020-02-10/justicia-salarios-costes-laborales-agricultura_2449151/) Al margen de la insólita
pretensión impugnatoria por quien no tiene legitimación para ello al tratarse
de una organización regional, es una muestra del ruido que ciertos actores
sociales y económicos, acompañados de potentes altavoces mediáticos, siguen
haciendo sobre este particular. Francisco Trillo, profesor en la UCLM y
frecuente copartícipe de las entradas de este blog, nos envía el texto que a
continuación publicamos.
El Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero ha incrementado el
SMI un 5,5%. Este incremento tiene como objetivo, según expresa el Preámbulo de
la norma reglamentaria, “hacer efectivo el derecho a una remuneración
equitativa y suficiente que les proporcione a los trabajadores y a sus familias
un nivel de vida decoroso”. La medida del Gobierno ha desencadenado el malestar
y las críticas de propios y ajenos por entender que ésta resulta imprudente e
inoportuna por su impacto negativo en la evolución de empleo. Lo que, para
algunos, se habría confirmado en los últimos datos de paro registrado. O lo que
es lo mismo, para este conglomerado heterogéneo de críticos de la medida del Gobierno,
subir 50 euros el SMI amenaza el crecimiento económico y el empleo al que asistimos
a partir de 2015.
Un disparate lleno de realidad que se debe impugnar y
criticar “poniendo un espejo al espectador (ciudadano), [para] que reflexione y que cada cual tire por donde quiera”, cómo brillantemente
hiciera el cineasta manchego José Luis Cuerda con los rincones oscuros de este
país. Pero ¿a qué espectador-ciudadano se debería colocar este espejo? A
cualquiera, sin duda. Pero especialmente a todo aquél que encuentra en el trabajo
asalariado el único modo de albergar y desarrollar una vida digna. Un espejo
que, en lo esencial, relataría con humor la paradoja insoportable de cómo las
trabajadoras y los trabajadores han acogido resignada y acríticamente que su
precariedad es the only one way para generar un nivel riqueza capaz de
ofrecer empleos indecentes y/o de mierda (David Graeber, 2013). Un
espejo donde el sufrimiento, la pobreza y la desigualdad se relatan democráticamente
como virtudes reservadas exclusivamente a los trabajadores y trabajadoras. Un
espejo que reflejaría cómo el lugar de tal decisión ha sido la taberna política
que ha gestionado hasta el momento la actual crisis del sistema
económico-empresarial. De este modo, al igual que los vecinos de Amanece,
que no es poco, trabajadoras y trabajadores aceptan incluso con
orgullo los designios de una clase política tabernaria que, hoy en día, se sucede
interminablemente en el banquillo de los acusados.
Este espejo lo ha puesto, sin duda alguna, el Gobierno, a
través del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Veamos qué se refleja en
él.
El RD 231/2020 fija la cuantía del SMI en 31,66 euros/diarios
o 950 euros/mensuales en todas las actividades económicas y para todos los
trabajadores, “sin distinción de sexo ni edad”. Cuantía a la que se adicionarán
los complementos salariales previstos en los convenios colectivos y contratos
de trabajo, así como el incremento sobre el salario a tiempo en la remuneración
a prima o con incentivo a la producción (art. 2). Con ello, la norma
reglamentaria establece un suelo mínimo de contratación y un nivel a partir del
cual considerar la suficiencia retributiva. Lo que en cómputo anual equivale a
13.300 euros. Quiere ello decir, que todos los convenios colectivos cuyo nivel
retributivo se encuentre por encima de esta cantidad no se verán afectados por
la entrada en vigor de la norma en cuestión.
En el ámbito de los trabajadores eventuales o temporeros, la
norma reglamentaria prevé que cuando los servicios prestados a una misma
empresa no excedan de 120 días, estos tendrán derecho a percibir “conjuntamente
con el SMI la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos,
así como de las dos gratificaciones extraordinarias” (art. 4.1). Lo que implica
una cantidad nunca inferior a 44,99 euros por jornada legal en la actividad.
Además, en todos aquellos casos en los que los trabajadores no hubieran podido
disfrutar del período de vacaciones anuales retribuidas, estos percibirán junto
al SMI la parte proporcional de éste correspondiente a las vacaciones legales
mínimas. Por su parte, el salario mínimo de las empleadas de hogar que trabajen
por hora, encuadradas en la relación laboral especial del servicio del hogar
familiar, será de 7,43 euros por hora efectivamente trabajada, computándose
únicamente la retribución en dinero, sin que las percepciones que pudieran
tener lugar en especie puedan minorar tal cantidad (art. 4.2).
Al contenido normativo expuesto hasta ahora se le ha
atribuido una capacidad letal del empleo comparable a la del coronavirus.
Sostenemos, sin demasiadas dificultades, que no se trata de una evidencia
científica, ni siquiera empírica. Por el contrario, apoyamos la tesis de que la
destrucción de empleo, al igual que ha sucedido con el Mobile World Congress
de Barcelona y el coronavirus, es producto de la histeria colectiva jaleada
por intereses espurios. En cualquier caso, incluso aceptando la crítica
neoliberal del mantra de la austeridad por el que la mejora de las condiciones
de vida y de trabajo destruye empleo, cabría objetar que, sin embargo, esa no
es la opción del Gobierno actual, quien pretende contribuir con la subida del
SMI “a promover un crecimiento económico sostenido, sostenible e inclusivo”
capaz de erradicar la pobreza y consentir la creación de puestos de trabajo
decentes que favorezcan la igualdad. Una pretensión que después de la visita a
España del Relator de la ONU sobre la pobreza severa, Philip Alston, resulta
insoslayable.
Medidas laborales como la que aquí brevemente se ha comentado
resultan imprescindibles para dar cumplimiento a las Metas marcadas por la
Agenda 2030, pero seguramente no son suficientes. Una década de cultura de la
austeridad parecerían aconsejar que junto al Ministerio de Trabajo y Economía
Social actuase el Ministerio de Educación con el objetivo de promover en los
distintos niveles educativos una pedagogía sobre la relevancia social del
trabajo asalariado que contribuya a evitar la intensa degradación de las
condiciones de vida que están padeciendo los trabajadores.
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