La
crisis sanitaria es también crisis de la salud laboral y degradación del
ambiente de trabajo. Tres espléndidos juristas del trabajo, una profesora en la
Universidad de Valencia, otro en la Universidad de Castilla La Mancha y el
tercero abogado y doctor en derecho en ciernes, han permitido que este blog
publique esta contribución suya a las que se están haciendo públicas por los
sindicatos y otras personalidades políticas. Bien conocidos de los lectores de
este blog, Adoración Guamán y
Francisco Trillo
disponen de esta página como si fuera
propia. Miguel Ángel Garrido también
en adelante podrá desde luego ser un nuevo invitado a esta bitácora.
Este
es el texto que nos envían en absoluta primicia:
Medidas laborales para salvar vidas
Si no se atiende y protege ya la seguridad y salud laboral,
la salud pública seguirá lo suficientemente desprotegida como para poner en
cuestión las iniciativas sociales y económicas del Gobierno
Francisco Trillo, Adoración Guamán, Miguel Ángel Garrido
“No vamos a dejar a nadie atrás”.
Con este lema, el Gobierno ha lanzado una serie de medidas económico-sociales
que acompañan a la declaración del Estado de Alarma, vigente desde el pasado 14
de marzo. Las iniciativas, que implican modificaciones importantes en diversas
instituciones laborales y suponen una importante intervención estatal en la
gestión de la empresa privada, se plantean como excepcionales y se dirigen,
entre otras cuestiones, a una finalidad doble: garantizar el trabajo y asegurar
la compatibilidad de este con las necesidades vitales.
Sin dejar de estar de acuerdo con la
necesidad y lo correcto de estas medidas, y conscientes del esfuerzo que
realiza el Ejecutivo, consideramos, sin embargo, que la situación exige aportar
algunas visiones de las intervenciones y reformas necesarias para conseguir que
estas sean realmente un eficaz acicate de contención de la crisis sanitaria y
humanitaria y de los retos económicos y sociales a los que se enfrenta la
sociedad española –y no solo– durante y después de esta ‘nueva’ crisis. En primer lugar, hay que hablar
de salvar vidas y en segundo lugar de mantener la producción.
La situación ha puesto sobre la mesa
la indudable centralidad del trabajo, y de los derechos de protección social a
él asociados, para la vida y el funcionamiento de nuestra sociedad. Algo que la
derecha neoliberal se ha empeñado en invisibilizar y negar desde la década de
los noventa.
La expansión del virus está
develando varias realidades que la supuesta “buena recuperación del mercado
laboral” se empeñaba en ocultar. Por un lado, la estrechísima relación entre
salud laboral y salud pública y la necesidad, ahora perentoria, de mejorar los
mecanismos para asegurar y mejorar la primera. Por otro lado, la crisis actual
revela cómo nunca superamos, en términos de dignidad en el empleo, la crisis
anterior. Así, vemos ahora cómo las situaciones de precariedad laboral
–preexistentes, instauradas en buena medida durante la crisis anterior y que solo
permitían malvivir– se están convirtiendo en una trampa letal que exige
redoblar esfuerzos públicos para retomar la senda de la dignidad en el trabajo,
perdida hace años.
Las medidas que se adopten tienen el
reto de enfrentar ambas realidades, la emergencia sanitaria y la recuperación
de la dignidad en el empleo, pero en estos momentos hay que priorizar una,
salvar vidas, sobre la otra. Por ello, queremos centrarnos en las cuestiones
relativas a la salud laboral y la necesaria articulación de medidas que permitan
compaginar (conciliar) cuidados con trabajo. En próximos textos trataremos las
cuestiones relativas a la conservación de puestos de trabajo y medidas
compensatorias de los salarios o ingresos (ERTE y situación de los autónomos).
Pero, repetimos, lo urgente ahora es frenar el contagio y eso significa
priorizar la vida sobre la economía.
Así, atajar la crisis sanitaria del
COVID-19, el contagio masivo de personas y la saturación del sistema nacional
de salud exige concentrar la atención en la protección de la salud de las
trabajadoras y trabajadores. De lo contrario la salud pública seguirá lo
suficientemente desprotegida como para poner en cuestión el paquete de medidas
sociales y económicas dispuestas por el Gobierno. Se trata, entonces, de intervenir
sobre la protección de la salud de las personas en los lugares de trabajo como
condición irrenunciable para la protección de los y las ciudadanas y para
reducir las posibilidades de crecimiento exponencial del contagio. Y ello, al
menos, en dos planos muy concretos.
El primero de ellos tiene que ver
con la protección de los y las trabajadoras en el trayecto habitual desde sus
domicilios hasta el trabajo, y viceversa (accidente in itinere). De modo que los empresarios han de idear, con ayuda
del poder público, sistemas alternativos de transporte que aseguren la
protección eficaz de los trabajadores en estos desplazamientos frente al
contagio del virus, teniendo en cuenta las limitaciones a la movilidad. Si la
implantación de sistemas seguros de transporte no resultara posible, la única
medida de prevención plausible habría de ser la interrupción de dicho
desplazamiento, haya o no en la empresa la posibilidad del teletrabajo.
El segundo de ellos guarda relación
con el derecho de los trabajadores a una protección eficaz de su seguridad y
salud en el trabajo. Ello comporta necesariamente evaluar el riesgo (general)
de contagio la empresa, adoptar las oportunas medidas de prevención e informar
y formar a los trabajadores, interrumpiendo la actividad en aquellos casos en
los que el contagio del virus pueda implicar un riesgo grave e inminente.
Somos conscientes de que la
aplicación de la normativa sobre protección de riesgos laborales podría
implicar la paralización de algunas de las actividades económicas que aún
siguen funcionando y que no son básicas para gestionar la declaración del
Estado de Alarma. Tal vez la vía italiana está dejando de sonar descabellada a
medida que pasen los días. En cualquier caso, ciñéndonos a la salud y
seguridad, consideramos que la decisión de aplicar de manera estricta la
normativa de prevención, ahora más vital que nunca, corresponde, sin duda, a la
Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
Se trata, en fin de hacer cumplir
una parte de la normativa laboral que, con demasiada frecuencia, se olvida y
posterga ante el hecho económico. En otras palabras y recogiendo la máxima
sindical, repetimos: “Primero salvar vidas, después salvar puestos de trabajo”.
Junto con las limitaciones de la
actividad económica, se adoptó un paquete de medidas extraordinarias para hacer
frente al impacto económico y social del COVID-19. Entre las previsiones,
además de atender a la cuestión de los ya famosos ERTE, se trata la salud de
los trabajadores y de sus familias mediante una serie de previsiones para
permitir la compatibilidad entre trabajo y cuidados. Es decir, permitir que las
personas trabajadoras se cuiden y cuiden en esta crisis.
Es importante destacar que la norma
plantea tres opciones posibles para garantizar la compatibilidad del trabajo y
de los cuidados: la adaptación de la jornada, la reducción de la jornada y el
teletrabajo. La primera y la segunda se pueden materializar por la mera
voluntad de los y las trabajadoras cuando concurran deberes de cuidado respecto
de familiares directos hasta segundo grado de consanguinidad.
Cuando sea posible compatibilizar el
cuidado con el trabajo retribuido se plantean opciones como cambiar el turno de
trabajo, modificar el horario, introducir un horario flexible, decidir sobre la
realización de una jornada partida o continua, el cambio de centro de trabajo,
sin tocar la retribución. Además, a voluntad de quien trabaja, se puede decidir
una reducción de jornada con disminución proporcional del salario. Es
importante destacar cómo la norma ha incluido algunas previsiones pedagógicas
importantes y hace una llamada de atención al reparto corresponsable de las
obligaciones de cuidado y el evitar la perpetuación de roles entre mujeres y
hombres.
Cuando no se puedan compatibilizar
cuidados y trabajo retribuido, creemos que la norma abre la puerta a una
distribución irregular de jornada, para evitar la pérdida de trabajo y, a su
vez, asegurar los cuidados y la contención del contagio. Nos referimos
concretamente a la posibilidad de distribuir irregularmente la jornada de
trabajo, de modo tal que mientras dure la situación de emergencia sanitaria y
la necesidad urgente de los cuidados, no se trabaje, con la condición de que
luego se intensifique la duración de la jornada de trabajo hasta compensar el
tiempo con arreglo a lo pactado en el convenio colectivo.
Junto con estas medidas, el
teletrabajo, sin embargo, parece quedar condicionado a que la actividad
productiva desarrollada en la empresa consienta esa modalidad, algo (seamos
realistas) alejado de la realidad de la mayoría de quien trabaja en este país.
En estos tiempos donde lo real
supera a la ficción, donde lo que parecía imposible se vuelve imprescindible,
donde la protección de la salud y de los cuidados de las y los trabajadores
deben pasar a un primer plano, es necesario dar un paso más y plantear
abiertamente otras posibilidades para asegurar un mínimo vital a todas las
personas, independientemente de su relación laboral. Medidas como la
introducción de una renta básica y de
la puesta en marcha del trabajo
garantizado resultan inaplazables y deben comenzar por las personas que más
lo necesitan e ir expandiéndose según la evolución de la crisis en la que nos
hallamos.
No hay que tener miedo a lo nuevo…
el debate está abierto.
–––––––
Francisco Trillo, Adoración Guamán y Miguel Ángel Garrido son laboralistas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario