lunes, 18 de diciembre de 2023

CONVERSANDO CON UN AMIGO QUE YA NO ESTÁ: LUIGI MARIUCCI Y LOS “DIÁLOGOS” ORGANIZADOS POR LA UNIVERSIDAD DE VENECIA CA’ FOSCARI

 


El 10 de diciembre de 2020 fallecía, víctima del Covid, el profesor italiano Luigi Mariucci, que era co-director de la revista Lavoro e Diritto y uno de los iuslaboralistas más activos y lúcidos de la academia italiana. Había enseñado Derecho del trabajo en la Universidad de Venecia desde 1987 a 2012, año de su jubilación anticipada. A partir de su muerte, Adalberto Perulli y Vania Brino, profesores de esta Universidad, han organizado unos “diálogos” ideales con el autor y su obra que se efectúan anualmente en Venecia que posteriormente se traducen en una publicación. En esta ocasión, el diálogo se centraba en una de sus obras, Las fuentes del Derecho del trabajo, y ha tenido lugar en la sede central de Ca’Foscari, el 15 de diciembre.  

El acto, presentado por el director del Departamento, ha iniciado con la lectura de algunos párrafos de la obra de Mariucci seleccionados por cuatro estudiantes del Master en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social que dirige la profesora Vania Brino, tras de lo cual introdujo una reflexión general sobre el libro objeto del seminario Adalberto Perulli, que es el Director del Centro de Estudios Jurídicos de la Universidad Ca’ Foscari Venecia, dando paso a la intervención de Antonio Baylos, de la Universidad de Castilla La Mancha, Antoine Lyon-Caen, de a Universidad de Paris Nanterre, Silvia Borelli, de la Universidad de Ferrara y Elena Gramano, de la Universidad de Milán. Finalmente, Guido Balandi, director de Lavoro e Diritto presentó el tercer volumen de los escritos de Luigi Mariucci (LM en adelante) que recoge la mayoría de sus artículos de revista publicados. La sesión se cerró con las palabras finales de Tiziano Treu, de la Universidad católica Sacro Cuore de Milán y ex presidente del CNEL. Tras esta sesión, se hizo entrega del premio de tesis de fin de grado en honor de LM con la presencia de su mujer e hijo, Clara y Lorenzo.

La obra comentada de LM se publicó en 1988 en su primera edición. Y no puedo separar el comentario a la misma de un recuerdo personal, porque este era justamente el año en el que yo iniciaba una estancia de investigación en Bolonia que duró siete meses, desde el otoño de 1988 al final de la primavera de 1989, coincidiendo por cierto con el noveno centenario de la Universidad boloñesa. Aunque ya conocía a LM por sus trabajos – fundamentalmente su libro sobre la negociación colectiva de 1985 – el contacto que tuvimos cuando en octubre de 1987 se celebraron en Madrid los primeros encuentros italo-españoles de derecho del trabajo, codirigidos por Umberto Romagnoli y Maria Emilia Casas, en los que participó activamente Mariucci, permitiría que ya en Italia, se iniciara una relación de amistad que posteriormente se consolidaría con la llegada, tres años después, de Joaquin Aparicio y que se prolongaría durante muchos años de viajes, encuentros, proyectos comunes no sólo entre nuestras dos penínsulas y en Europa, sino también con respecto a América Latina, en especial a través del Curso para expertos y expertas latinoamericanos en relaciones laborales que también dirigía Romagnoli junto con el nonno Pedro Guglielmetti , al que tantas veces se ha aludido en este blog y en el que LM intervino siempre con enorme lucidez y pasión.

La lectura del libro de LM coincidió con el proceso de trabajo que yo desarrollaba en esos días para preparar una monografía que pudiera constituir la obra central de la oposición a cátedra en la UCLM a la que quería presentarme. La presentación que LM hacía del tema de las fuentes, el enfoque con el que venían analizadas tanto la “fuente legislativa” como la “negociación colectiva”, la relación que se establecía entre ambas y fundamentalmente la propuesta de una “nueva relación” entre las fuentes, me sugeriría un modo de construir una visión de conjunto del derecho del trabajo que era justamente el objetivo perseguido como punto nodal del texto que pretendía. De esta manera, Las fuentes del Derecho del trabajo, especialmente considerada en su perspectiva sustancialista e historicista me sirvieron de inspiración directa.

Más aun, cuando se publicó Derecho del Trabajo: modelo para armar (Trotta, 1991),fue de nuevo LM quien me hizo un enorme regalo, nada menos que la traducción del mismo al italiano bajo el título Diritto del Lavoro, modelo per proggettare. Era el tercer volumen de una colección denominada “Materiales de Derecho del Trabajo” que en la editorial Giappichelli dirigían Guido Balandi, Luigi Mariucci y Marcello Pedrazzoli, en la que el primer volumen correspondía precisamente al de Las fuentes…, el segundo a una obra de Perulli sobre los derechos de información, y la tercera, a la traducción de mi estudio obra de este último, que aparecía con un prólogo de Umberto Romagnoli y una presentación de Luigi Mariucci, que había sido realmente el impulsor y coordinador de todo el proceso.

En esta presentación se hacía notar la inagotable capacidad de LM de interrogarse sobre la forma en la que se combinaban las formas de producción normativa y la dirección política de los procesos que acompañaban los cambios en el sistema jurídico. En una afirmación muy clara de lo que LM apreciaba del comparatismo, justificaba dar a conocer este tipo de ensayos porque era importante “contrastar viejos y nuevos problemas de Derecho del trabajo a través del filtro de una específica experiencia nacional”, lo que en el caso de España era especialmente interesante porque este país había atravesado en una “singular aventura” tras la caída del régimen franquista, “un conjunto de innovaciones aceleradas que en otros países, como en Italia, había requerido para desarrollarse, unos cuantos decenios”.

Este es por tanto el contexto en el que se produce la lectura de la obra sobre la que entablamos un encuentro intelectual el autor conmigo, en ese recorrido personal que necesariamente condiciona la mirada propia sobre este trabajo con el que se comparte no solo la orientación del análisis sino también la preocupación por la política del derecho que lo sostenía.

Las fuentes del Derecho del Trabajo conocieron una segunda edición en el 2003. En ella LM no modificó en nada el primer texto, que quedó tal como se había publicado quince años antes. Añadió sin embargo un nuevo y largo capítulo en el que reflexionaba en casi sesenta páginas sobre los cambios que se habían producido en el sistema de fuentes. Y, como forma de completar esta nueva perspectiva, añadió una serie de textos ya publicados que de manera monográfica abordaban algunos de los puntos que en la addenda se habían subrayado. En esta segunda ocasión, el punto focal desde el que partía a la inversa era justamente la reforma laboral conocida como el Libro Blanco en el 2001, y el giro de la regulación de las relaciones de trabajo hacia lo que se denominaba el “mercado de trabajo” que éste impuso.

La correspondencia entre una y otra parte del libro se produce a partir de dos palabras-llave, la de “transformaciones” del Derecho del Trabajo, en torno a los dos ejes temporales que marcan su contenido, el contexto de finales de la década de los 80 y el inicio del siglo XXI, y un enfoque metodológico en donde el historicismo y un materialismo sustancialista conducen los ritmos y las cadencias de estos procesos entrelazados y condicionados por la acción política. Un análisis muy rico y sugerente sobre el que cabe hacer algunas observaciones generales.

Su exposición gira en torno al moderno derecho del trabajo postconstitucional concebido como un producto democrático. Un derecho de la democracia, es decir, funcional a la consideración básica de la participación política y social de los trabajadores y las trabajadoras en la vida económica y social del país y al desarrollo de un principio de igualdad sustancial. LM narra su evolución en ascenso hasta el ciclo 1970- 1975, con el Estatuto de los Trabajadores, como un momento en el que se abre la posibilidad de un salto en la profundización de la democracia, para tras la crisis de la energía y la exasperación de la lucha de clases, progresivamente va mudando de contexto y de dirección, devaluando sus fundamentos para ir impidiendo los desarrollos posibles en la radicalidad de la participación democrática de los trabajadores y trabajadoras que se había anunciado.

En este sentido, se puede leer este libro como una narración, en dos fases, del progresivo afirmarse de un contra-proyecto de regulación de las relaciones laborales confrontado con su inmediato pasado, lo que el autor lo efectúa sin instalarse en la melancolía, al contrario, utilizando la crítica sobre los aspectos requieren una reflexión desde nuevos enfoques que el autor comparte y sobre los que propone una acción normativa y colectiva: la subordinación y el sistema sindical en la edición de 1988, la exclusión selectiva de derechos y de los estándares de tutela en la edición del 2003.

Además, anticipa otros elementos centrales en la producción teórica del autor que marcan su evolución posterior. Especialmente relevante al respecto es la concisión que aparece en el decálogo que incluye como último texto de la 2ª edición en el que explica y propone una línea que quiere orientar una reflexión profunda sobre la dirección que debería adoptar el derecho del trabajo en el contexto cultural y político italiano del momento. LM habla de ley y de negociación colectiva, pero en esa narración se concentra la aparición y el devenir complicado y abrupto del modelo democrático de relaciones laborales y su progresiva devaluación mediante su transformación ante las exigencias de la "metafuente" de la globalización de los mercados y el giro hacia la flexibilización de las relaciones laborales ante el que se muestra extremada y lúcidamente crítico. Está todavía lejos de lo que más de 15 años después sostendrá en el famoso texto de 2020 en el que defiende la caducidad del modelo neoliberal de derecho laboral en clara oposición a los enfoques Law & Economics, Iuslaboralismo y sindicatos en la era del ocaso del neoliberalismo, traducido y `publicado en la Revista de Derecho Social  nº 92 (2020), pero ya anuncia elementos centrales de esta crítica.

Su trabajo tiene una claridad expositiva y una lucidez al analizar el modelo de Derecho del trabajo y sus tendencias de desarrollo en acto, a la vez que sostiene una clara reivindicación de las políticas del derecho como forma de recomposición del análisis crítico de lo regulado. Releer hoy este trabajo tiene una doble virtualidad, porque no sólo permite comprender cuánto ha cambiado el modo de pensar el derecho del trabajo en treinta años, sino que también logra acercarse desde este enfoque a una propuesta de futuro en un momento crucial en el que se tiene que diseñar el marco general en Europa del derecho laboral post-covid.

El libro está dedicado “a los amigos que ya no están”. Hoy es Gigi Mariucci, nuestro admirado y querido compañero de tantas vivencias que hemos compartido juntos, el que ya no está entre nosotros. Pero lo tenemos presente en estas conversaciones ideales con él y con su obra, y lo recordamos con la isma amistad, estima y afecto de siempre.


1 comentario:

Anónimo dijo...

El libro de Mariucci, Las fuentes del DT, en sus dos versiones, ha sido una obra imprescindible para comprender la complejidad de las relaciones entre Ley y Convenio colectivo. De esa obra se nutren algunas de mis más queridas investigaciones. Siempre lo recordaré en sus encendidas intervenciones en un Seminario italospagnolo en Tenerife (2001). Bravo, Antonio, por este recorrido a través de su recuerdo. Un fuerte abrazo. Margarita Ramos