miércoles, 10 de octubre de 2007

SISTEMA DE GARANTÍAS DE LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

El titular del blog reflexiona desde alguno de los acuíferos manchegos todavía no extinguidos sobre el complicado sistema de responsabilidades derivadas del accidente de trabajo que va a exponerse en las jornadas de Albacete de los próximos 18 y 19 de octubre.



El sistema de responsabilidades derivadas del accidente de trabajo es una materia extremadamente complicada por las diferentes vertientes jurídicas y procesales que pone en juego y el diferente papel que cada uno de estos vectores reperesenta. Existe la responsabilidad penal derivada del delito - y la civil subsidiaria del mismo - pero el mismo hecho del accidente genera responsabilidades del empresario que su sustancian conforme al derecho laboral y responsabilidades que se enjuician conforme al derecho civil. Las reglas de repartición de competencias y del alcance de estos elementos no son claras. Por eso resulta interesante la iniciativa del Departamento del Derecho de Trabajo de la UCLM que, conjuntamente con el Consejo General del Poder Judicial, han organizado un curso de formación para jueces y magistrados - abierto no obstante a otros profesionales, estudiantes y sindicalistas - en el que éste sea el tema central.

Bajo el título Sistema de garantías de la salud y seguridad en el trabajo, el curso, dirigido por Joaquín Aparicio y del que es secretaria Mª Jose Romero, quiere ofrecer una panorámica completa sobre el punto nodal de la garantía judicial en la reparación del daño infligido al trabajador, la víctima del accidente. El primer día del seminario, 18 de octubre, el tema se aborda comenzando por la visión de la siniestralidad laboral como delito, que explicará Juan Terradillos, catedrático de derecho penal por la Universidad de Cádiz, y siguiendo por la incidencia de las condiciones de trabajo en la siniestralidad laboral, a cargo del catedrático de la Universidad Politécnica de Valencia, Juan López Gandía. A continuación se dedican dos sesiones al análisis de lo que posiblemente constituye el aspecto estelar del seminario, la doctrina del Tribunal Supremo en materia de responsabilidades derivadas del accidente de trabajo. Ante la bipartición existente entre la sala de lo social y la de lo civil, es el magistrado de la Sala 4ª del TS, Gonzalo Moliner, quien analizará la doctrina laboral, mientras que la también magistrada de la Sala 1ª del TS, Encarna Roca, hará lo propio con la de la Sala de lo Civil. El tema promete ser interesante y extremadamente novedoso, dado que es muy previsible que en estas sesiones se de conocimiento de las últimas decisiones del TS sobre la delimitación competencial en la materia, que implican un cambio sustancial de la doctrina hasta ahora llevada a efecto.

El dia siguiente, 19 de octubre, se analiza de manera específica el tema delr ecargo de prestaciones como consecuencia del incumplimiento de las medidas de seguridad. El tema lo llevará a cabo el magistrado Juan Miguel Torres, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Por último, se examinará el novedoso tema de la protección de la salud y seguridad de los trabajadores autónomos sobre los que la reciente Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo ha incidido. El responsable de explicar cómo y con qué alcance será Jesús Rentero, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.

Las Jornadas de Estudio se inscriben en un convenio de colaboración entre el CGPJ y la UCLM para la formación de jueces y magistrados al que se han unido, como fórmula incentivadora de este tipo de inciativas, la Diputación de Albacete, la JCCM y la mutua Fraternidad- Muprespa junto con la editorial Bomarzo. Se celebrarán en Albacete, en la E.U. de Relaciones Laborales de aquella sede universitaria, y sin duda constituye una muy interesante oferta de formación y de reflexión para todos aquellos interesados en la regulación jurídica de los resultados del accidente laboral.


miércoles, 3 de octubre de 2007

VIOLACION DE DERECHOS SINDICALES EN COLOMBIA


EL INFORME DEL AÑO 2007 DE LA CSI SOBRE LA LIBERTAD SINDICAL DENUNCIA LA SISTEMATICA VIOLACION DE LA LIBERTAD SINDICAL EN COLOMBIA.

El Informe para 2007 sobre la libertad sindical de la CSI, prologado por su Secretario General, Guy Ryder, desvela la situación de violencia y de persecución sistemática al sindicalismo en Colombia. Es este sin embargo un hecho "invisible" para los medios de comunicación en Europa, siempre atentos a ocultar situaciones de opresión y de vulneración extensa de libertades y derechos de los trabajadores en países que, como Colombia, son claves en el proyecto de dominación norteamericano en América Latina. Además, y en el caso español, la guerrilla de las FARC y la autodenominada lucha antiterrorista del presidente Uribe permite centrar en este aspecto la información sobre Colombia, asimilando al fenómeno del terrorismo y su combate algunos de los asesinatos de sindicalistas y de trabajadores de aqul pais. La situación en Colombia merece una actuación colectiva y decidida desde Europa y en concreto desde el Estado español, que de un lado haga "emerger" el carácter clasista de la represión y que presione para que no pueda repetirse este escenario de matanza y de violencia contra los trabajadores colombianos para que no puedan ejercer sus derechos.

La publicación en este blog de las páginas del informe de la CSI sobre Colombia creemos que puede servir a esta actuación colectiva de denuncia y de presión sobre el gobierno colombiano de Uribe.


"Colombia sigue siendo el país más mortífero del mundo para los sindicalistas. Sin embargo, en lugar de emplear sus recursos para hacer frente al problema real, el gobierno de Uribe destina millones de dólares a sufragar una amplia campaña de relaciones públicas, y envía a altos representantes del Estado al extranjero para decir al mundo que la situación en Colombia está mejorando. No son más que mentiras. En 2006, 78 sindicalistas fueron asesinados, ocho más que en 2005, y muchos otros fueron víctimas de amenazas, secuestros o "desapariciones". Colombia es uno de los mayores desafíos a los que ha de hacer frente nuestra nueva internacional sindical y nos disponemos a abordarlo preparando un importante plan de acción de la CSI."


Guy Ryder


El continente americano fue nuevamente el más mortífero para los sindicalistas, principalmente a causa de un solo país: Colombia donde, en 2006, 78 personas perdieron la vida a causa de sus actividades sindicales, lo que representa ocho muertes más que el año anterior. Once de las víctimas eran mujeres, frente a 15 en 2005.
El Acuerdo Tripartito por el Derecho de Asociación y la Democracia en Colombia, firmado durante la Conferencia anual de la OIT en Ginebra en junio de 2006, abrió la vía para el establecimiento en noviembre de una representación permanente de la OIT en aquel país y la creación de una unidad especial consagrada a la investigación de los ataques contra los sindicalistas. La impunidad continúa constituyendo el mayor obstáculo para garantizar que se haga justicia respecto a los asesinatos de sindicalistas y para impedir nuevos homicidios. La unidad especial descubrió que de los 1.165 crímenes registrados contra sindicalistas, sólo 56 se llevaron a juicio y apenas diez terminaron en condenas. Resulta también preocupante la evidencia de implicación oficial en los asesinatos, como se desprende de las revelaciones del ex jefe de la Oficina de Informática del DAS, indicando que el DAS había proporcionado a grupos paramilitares los nombres de 23 dirigentes sindicales – la mayoría de los cuales fueron asesinados o se vieron obligados a esconderse tras recibir amenazas de muerte.
Derechos sindicales en la práctica
Los sindicalistas colombianos, dirigentes y afiliados siguen viviendo una crisis humanitaria expresada de manera contundente en una violencia selectiva, sistemática, extendida en el tiempo y con total impunidad.
Impunidad: La impunidad continúa siendo el principal incentivo a la violencia contra los sindicatos en Colombia. Se han registrado pocos progresos respecto al clima de impunidad que rodea a estos actos de violencia. De hecho, la gran mayoría de las violaciones, es decir más del 99% de los casos, quedaron sin castigar y muchos asesinatos no han sido investigados.
Como parte del Acuerdo Tripartito por el Derecho de Asociación y la Democracia, la Fiscalía General creó un grupo especial para el esclarecimiento y castigo de los delitos contra la vida y la libertad de los dirigentes sindicales y trabajadores/as, conformado por 5 fiscales. La primera tarea que se propuso fue hacer un balance de las investigaciones adelantadas por ese despacho en todo el país vinculada a estos casos desde 1994 a la fecha. El resultado inicial fue que 1.165 casos de crímenes habían sido cometidos contra sindicalistas. De ellos el 95% permanecían en total impunidad, como ya había sido denunciado por las organizaciones sindicales nacionales e internacionales. De esos 1.165 casos, que podrían ser 1.369, si se suman las masacres, sólo 56 fueron llevados a juicio y apenas diez han terminado en condena. Esta realidad obligó a la Fiscalía General a elevar el número de fiscales especiales de 5 a 13 y se comprometió a entregar resultados a las organizaciones sindicales colombianas y a la OIT en un plazo de 2 años.
Blanco de ataques a causa de sus actividades sindicales: La Escuela Nacional Sindical ha señalado, en varios de sus informes, que "la mayoría de las violaciones a los derechos humanos de los sindicalistas en Colombia se encuentran ligadas a conflictos laborales, aunque ocurran en el contexto de la guerra y sean cometidas, en la mayoría de los casos, por alguno de los actores de la guerra". También señala "que la mayoría de asesinatos, amenazas, secuestros y desplazamientos forzados de trabajadores/as colombianos se han realizado en momentos y contextos marcados por el aumento de sus reivindicaciones laborales" y que por ello los sindicalistas colombianos no son "víctimas casuales o colaterales del conflicto armado que desde hace décadas vive ese país".
A principios de 2006, Rafael Enrique García Torres, ex jefe de la Oficina de Informática del DAS, reveló a la Fiscalía así como a periodistas de dos importantes revistas de noticias del país, que el DAS había proporcionado a grupos paramilitares los nombres de 23 dirigentes sindicales. Aunque estas declaraciones serían refutadas de inmediato por la Presidencia, resulta chocante que la mayoría de los líderes mencionados por García hayan sido asesinados o se vieran obligados a esconderse tras recibir amenazas de muerte y que ninguna investigación penal en relación con estos casos haya producido resultado alguno hasta la fecha. En sus declaraciones el ex funcionario del DAS, aseguró que una importante empresa extranjera, con sede en la Costa Atlántica, les pagó a los "paras" para que asesinaran a dirigentes sindicales, advirtiendo que dicha práctica no era política de las multinacionales, sino de los mandos medios. En cualquier caso, no se tomó ninguna medida en el seno del DAS para elucidar los hechos en torno a estas acusaciones.
El 7 de Julio, las organizaciones sindicales colombianas, conocieron un informe interno de la multinacional Unión FENOSA de España, propietaria de las empresas de energía eléctrica de la Costa Colombiana, Electrocosta y Electricaribe. El documento alega que, el 65 por ciento de los 450.000 afiliados de los miembros de la CUT, son de extrema izquierda y que el sindicalismo colombiano esta tomado por las guerrillas. El etiquetamiento a los sindicalistas colombianos y a los líderes sociales como guerrilleros o simpatizantes de las guerrillas, por parte de los grupos paramilitares y por miembros de las fuerzas militares deja el sindicalismo en alto estado de vulnerabilidad y esto ha contribuido a la critica situación que ha vivido el sindicalismo, en donde más de 4000 miembros afiliados a la CUT han sido asesinados y además miembros de la CTC y la CGT.
Respuesta inadecuada del gobierno: Como respuesta a esta intolerable situación y ante la presión nacional e internacional, el gobierno ha instituido diversos programas, incluyendo un Comité de Reglamentación y Evaluación de Riesgos (CRER) y del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. Por otro lado, tal como se mencionó más arriba, se ha creado una unidad de investigación consagrada exclusivamente a la investigación de las violaciones de los derechos humanos de los sindicalistas en el seno de la Fiscalía General de la Nación. Se facilitan también escoltas y/o vehículos blindados y teléfonos celulares a algunos sindicalistas que se considera están en situación de riesgo.
No obstante, esos esfuerzos son claramente insuficientes y las organizaciones sindicales se quejan regularmente de que algunos de sus dirigentes o activistas, que han recibido amenazas de muerte o han sido ya víctimas de atentados, han visto denegada la concesión de medidas de protección oficial o las misma después de un tiempo han sido retiradas, encontrándose la persona nuevamente desprotegida y en situación de riesgo. Los motivos aludidos por las autoridades generalmente son que "la evaluación de los riesgos incurridos resultó negativa" o la falta de fondos.
El gobierno afirma que el sistema penal acusatorio, vigente de manera parcial en el territorio de Colombia desde enero de 2005, ayudará a acelerar los procesos y permitirá luchar mejor contra la impunidad. No obstante, el sistema sólo es aplicable a los delitos que tengan lugar después del 1 de enero de 2005. Los cientos de asesinatos de sindicalistas cometidos antes de esa fecha, incluyendo algunos casos que datan de principios de los 90, no se verán afectados por el nuevo sistema y probablemente continuarán sin castigo. Además, la denominada Ley de Justicia y Paz, adoptada en junio de 2005, no contribuye en absoluto a luchar contra la impunidad de que gozan los asesinos de dirigentes y activistas sindicales en Colombia (véase Derechos Sindicales en la Ley, más arriba).
La violencia contra las mujeres sindicalistas: Durante 2006, el número de violaciones al derecho a la vida de las mujeres sindicalizadas disminuyó respecto a la cifra de 2005; siendo que en este período fueron víctimas de 11 feminicidios, lo que representa el 14% del total de asesinatos (78), cabe resaltar que de ellas 9 estaban afiliadas a sindicatos de la educación y representaron el 23% del total de personas asesinadas en este sector.
Falta de un interlocutor social: En la práctica, los sindicatos no tienen un interlocutor social adecuado por parte del gobierno. El Ministerio de Salud y Protección Social es el responsable de las cuestiones laborales a través del Viceministro de Trabajo. Sin embargo, según fuentes sindicales, el Viceministro tiende a parapetarse en el hecho de no contar con plena autoridad ministerial y siempre que puede remite las cuestiones laborales a los tribunales.
Factores que socavan la negociación colectiva: Numerosos factores contribuyen al reducido número de trabajadores/as cubiertos por convenios colectivos, comenzando evidentemente por el bajo nivel de sindicalización y la violencia contra los sindicatos. A ello se suma el hecho de que los convenios colectivos se negocian únicamente a nivel de empresa y no a escala industrial o sectorial.
Otros factores son el incremento en la subcontratación y la facultad que ahora tienen los Tribunales de Arbitramento para revisar las convenciones colectivas, favoreciendo con ello las demandas de los empresarios en el sentido de desmejorar y/o suprimir derechos conquistados por los trabajadores/as.
Asesinato de negociadores sindicales: En muchos otros casos se han producido homicidios o amenazas de muerte contra dirigentes sindicales en contextos de la negociación del pliego de peticiones presentado por los trabajadores/as.
Violaciones en 2006
Cifras globales: Según la información suministrada por la Escuela Nacional Sindical y otras fuentes, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2006, se registraron 78 asesinatos a sindicalistas. El magisterio es el sector más afectado con 49 sindicalistas asesinados, seguido del sector agropecuario con 9 sindicalistas asesinados.
Violaciones a la negociación colectiva: El 19 de Enero, fue despido ilegalmente Fernando Ramírez González, miembro de la Junta Directiva de la Federación de los trabajadores mineros y energéticos (FUNTRAENERGETICA). Este despido, se realizó sin que se le iniciara el procedimiento de levantamiento de los fueros sindicales que posee el trabajador, en su calidad de miembro de comisión de reclamos de esa organización sindical.
El 25 de mayo, la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales, ACOLFUTPRO, presentó una queja ante el Comité de Libertad Sindical, de la OIT, porque los empresarios del fútbol colombiano se niegan a negociar con los futbolistas y desconocen las peticiones contenidas en el pliego de peticiones del sindicato, vulnerando el ejercicio de libertad sindical de los futbolistas.
El 17 de octubre, los trabajadores/as afiliados al sindicato SINALTRAINAL de la fábrica de Nestlé en Colombia, denunciaron acciones de persecución sindical y acoso laboral por parte del personal directivo de la compañía. Luego de la firma de la convención colectiva de trabajo (septiembre 2006), los jefes de esta empresa empezaron a hacer operaciones de acoso laboral y represión sindical. Llamaron a dos miembros de esta organización sindical a descargos, han concentrado a todos los afiliados de SINALTRAINAL en un solo turno, discriminándolos y aislándolos de los demás trabajadores/as.
Amenazas y hostigamientos: Durante los primeros días del mes de enero, Porfirio Rivas Moreno, Presidente del Sindicato de Trabajadores Postales de Colombia (STPC) fue víctima de constantes amenazas de muerte asociadas a las denuncias contra la mayoría de los directivos de la Administración Postal de Colombia (ADPOSTAL), quienes se encuentran cuestionados por actos de corrupción probados por organismos de control competentes.
Situación similar vivió Eder Montes Álvarez, Secretario de Prensa de STPC, quien ha sido amenazado de muerte en varias oportunidades, destaca que las amenazas recibidas están firmadas por el Bloque Central Desmovilizado de las Auto Defensas de Colombia (AUC).
En el mes de febrero, los trabajadores/as agrícolas afiliados a la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria. FENSUAGRO, denunciaron las amenazas contra varios de sus líderes y el hostigamiento contra su sede, en Popayán, Departamento del Cauca.
El 4 de febrero, Plutarco Vargas Roldan, dirigente del sindicato de los trabajadores de alimentos (SINALTRAINAL) seccional Bogotá y trabajador de la embotelladora de Coca Cola, recibió un comunicado de amenazas de muerte contra él y su familia.
El 29 de abril, el Sindicato de Trabajadores de la Drummond, realizó un mitin de protesta. Fueron fuertemente agredidos y golpeados por agentes de la Policía Nacional. Los policías filmaron y fotografiaron a los trabajadores y amenazaron de muerte a los sindicalistas Alejandro Vergara, Rubén Morón, Luís Antonio Garzón y Raúl Sosa Avellaneda.
El 6 de mayo fue amenazado Rodolfo Vecino Acevedo, trabajador de ECOPETROL, miembro de la Junta Directiva Nacional de la Unión Sindical Obrera (USO) y del sindicato de los trabajadores petroleros.
El 15 de agosto, Martha Cecilia Díaz Suárez, Presidenta de ASTDEMP DEPARTAMENTAL fue abordada por sujetos desconocidos que se movilizaban en un vehículo particular quienes tras intimidarla manifestándole que tenían retenida a una de sus hijas, le obligaron a subir al vehículo llevándola a un lugar desconocido. Allí fue torturada e interrogada sobre sus actividades sindicales y las de sus colegas sindicales. Fue dejada en libertad con hematomas en su cara y le hicieron dos disparos de bala rozando el abdomen que dejaron huella de pólvora en su ropa.
En la primera semana de octubre, la CUT- Seccional Valle del Cauca, conoció la existencia de un plan para detener a 9 líderes sindicales (en la lista se mencionan los nombres y los sindicatos a los que están afiliados) y sociales de ese Departamento.
El 26 de octubre, dos hombres encapuchados se introdujeron en el domicilio de Medardo Cuesta, líder del Sindicato de los trabajadores/as agrarios (SINTRAINAGRO), Municipio Apartadó, Departamento de Antioquia. Dejaron folletos con amenazas de muerte.
El 2 de noviembre, fueron amenazados de muerte los dirigentes nacionales de ASONAL JUDICIAL: Miguel Enrique Ardila Sánchez (Fiscal Nacional) y Luz Marina Hache Contreras (Vicepresidenta), quienes recibieron constantes amenazas de muerte, desde el mes de junio, luego de la firma de un acuerdo sindical.
El 22 de noviembre, fue encontrado en la sede del Sindicato de Institutores del Cauca (ASOINCA) de la ciudad de Popayán, una amenaza escrita firmada por el autodenominado "Grupo Mano Negra" disidente grupo paramilitar, en donde se amenaza de muerte a líderes sindicales y populares de la ciudad.
El 27 y 28 de Noviembre, Fernando Ramírez, integrante de la Comisión de Derechos Humanos y Paz de la Unión Sindical Obrera (USO), recibió varias llamadas telefónicas amenazantes.
El 27 de noviembre, fue enviado al correo electrónico de la Unión Sindical Obrera (USO) y al de la CUT, un escrito firmado por El Bloque Norte de los Grupos Paramilitares, que contenía amenazas de muerte contra varios miembros del sindicato.
El 4 de Diciembre, la madre de Domingo Tovar Arrieta, reconocido líder sindical y director del Departamento de Derechos Humanos de la CUT, Marqueza Arrieta, fue interceptada y amenazada de muerte por desconocidos, quienes le dijeron: "la vamos a matar está advertida". Desde hace varios años, la madre del dirigente sindical vive en constante situación de amenazas y hostigamientos.
El 14 de Diciembre, en la ciudad de Barranquilla, en la casa de habitación de Eurípides Yance, trabajador de Coca cola e integrante de la Junta Directiva Nacional de SINALTRAINAL fue dejado un comunicado titulado "AGUILAS NEGRAS", donde amenazan y dan plazo de una semana para que salgan de la ciudad varios dirigentes sindicales, estudiantiles y sociales, entre ellos, varios integrantes y dirigentes de SINALTRAINAL y trabajadores de Coca cola.
Asesinatos: El 2 de enero, fue encontrado en el Municipio de Puerto Wilches, Departamento de Santander el cuerpo de Carlos Arciniegas Niño, amarrado y con visibles signos de tortura y con tres impactos de bala. Estaba afiliado al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Agropecuaria (SINTRAINAGRO).
El 4 de enero, en el Municipio Yumbo del Departamento del Valle, fue asesinado Armando Espinosa Misael, afiliado al Sindicato de Trabajadores del Municipio de Yumbo (SINTRAMUNICIPIO).
El 5 de enero fue asesinada Rosabel Rincón, en el Municipio de Villavicencio, del Departamento del Meta. Estaba afiliada a la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (FENSUAGRO).
El 8 de enero, en el Municipio Inza del Departamento del Cauca, fue asesinado Manuel Antonio Tao. Afiliado a la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (FENSUAGRO).
Ese mismo día (8 de enero) también fue asesinada Hortensia Neyid Tunja Cuchumbe en el Municipio Inza, Departamento del Cauca. Afiliada a la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (FENSUAGRO).
El 21 de enero, en Bogotá, fue asesinado Jorge Abril Parra, afiliado al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metalmecánica, Metálica, Metalúrgica y Siderúrgica (SINTRAIME).
El 23 de enero, en el Municipio de Tulúa, Departamento del Valle fue asesinada María Isabel Fuentes Mejía. Afiliada al Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Valle (SUTEV)
El 3 de febrero en el Municipio de Riohacha, Departamento de la Guajira, fue asesinada Eneida Josefa Quintero Epieyo, estaba afiliada a la Asociación de Educadores de la Guajira. ASODEGUA.
El 6 de febrero fue asesinado José Giraldo Parra Osorio en el Municipio Puerto Rico, Departamento del Meta, afiliado a la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (FENSUAGRO).
El 13 de febrero, en el Municipio Sincelejo, Departamento Sucre, fue asesinado Arturo Santos Guzmán, afiliado a la Asociación de Educadores de Sucre (ADES).
El 23 de febrero, fue encontrado el cuerpo sin vida del educador Guillermo Zemanate Bermeo, en el Municipio de Popayán, Departamento del Cauca. Se encontraba desaparecido desde el 14 de febrero. Estaba afiliado a la Asociación de Institutores del Cauca (ASOINCA) y trabajaba en la Institución Educativa "El Túnel, del Municipio de Cajibio, Cauca.
El 27 de febrero, fue asesinado Giovanny Toloza García, en el Municipio Saravena, Departamento del Arauca, afiliado al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de la Carne. SINTRACARNE.
El 2 de marzo, en el Barrio El Cincuentenario, Municipio de Barrancabermeja, Departamento Santander, fue asesinado por un sicario, Héctor Diaz Serrano, cuando se dirigía a su centro de trabajo.
El 2 de marzo, en el Municipio Salamina, Departamento de Caldas, fue asesinado Jhon William Vásquez Vargas, afiliado a la Asociación Sindical de Empleados del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (ASEINPEC).
El 6 de marzo, fue asesinado Samuel Manrique Pérez, en el Municipio Puerto Asís, Departamento Putumayo, afiliado a la Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (FENSUAGRO).
El 7 de marzo, en el Departamento del Arauca, fue asesinada Luz Marina Farias Rodríguez, afiliada a la Asociación de Educadores del Arauca
El 8 de marzo, en el Municipio Puerto Santander del Departamento Norte de Santander fue asesinado William Rafael Ortiz Cárdenas, afiliado a la Asociación Sindical de Institutores Nortesantandereanos (ASINOR).
El 14 de marzo, fue asesinado Derly Narváez en el Municipio Florencia del Departamento del Caquetá, afiliado a la Asociación Nacional de Trabajadores/as y Empleados de Hospitales, Clínicas, Consultorios y Entidades Dedicadas a la Protección de la Salud (ANTHOC).
El 22 de marzo, fue asesinado Norberto Castillo Romero en el Municipio Santa Catalina, del Departamento Bolívar, afiliado al Sindicato Único de Educadores de Bolívar. (SUDEB).
El 25 de marzo, fue asesinado Harvey Jovanny Morales Guevara, en el Municipio Ciénaga del Departamento Magdalena, afiliado al Sindicato Nacional de Trabajadores/as de la Industria Minera y Energética (SINTRAMIENERGETICA).
El 28 de marzo, fue asesinado Max Villa García en el Municipio Barranquilla del Departamento Atlántico, afiliado a la Asociación de Educadores Distritales de Barranquilla (ADEBA).
El 30 de marzo, fue asesinado Arselio Peñas Guatico, en el Departamento del Chocó, afiliado a la Unión de Maestros del Chocó (UMACH).
El 1 de abril, fue asesinado en el Departamento de Chocó, Jhon Jairo, afiliado a la Unión de Maestros del Chocó (UMACH).
El 2 de abril, en la noche, fue asesinado Daniel Cortez Cortez, mientras se encontraba desempeñando sus labores como trabajador de la Electrificadora de Santander en el Corregimiento Las Montoyas, Municipio de Puerto Parra. Unos sujetos le dispararon varios tiros que provocaron su muerte inmediata. Afiliado al Sindicato de Trabajadores de la Electricidad de Colombia (SINTRAELECOL).
El 8 de abril, fue asesinado Edgar de Jesús Rave Serna, en el Departamento de Antioquia, afiliado a la Asociación de Institutores de Antioquia (ADIDA).
El 11 de abril, fue asesinada Hermelinda Lozano Plata Hermelinda, en el Departamento de Valledupar, afiliada a la Asociación de Educadores del César (ADUCESAR).
El 11 de abril, en el Municipio Coyaima, Departamento de Tolima, fue asesinado Henry Pérez Díaz, afiliado al Sindicato Unitario de Trabajadores de de la Construcción, SUTIMAC.
El 23 de abril 2006, apareció el cuerpo en total estado de descomposición, de Jaime Enrique Gómez Velásquez, ex Presidente del Sindicato de Teléfonos de Bogotá. Se encontraba desaparecido desde el 21 de marzo de 2006.
El 23 de abril, fue asesinado Alvaro Garnica Diaz, en el Municipio Montería, Departamento de Córdoba, afiliado a la Asociación de Maestros de Córdoba (ADEMACOR).
El 25 de abril, fue asesinado Marlos Cuadros Beltrán Marlon en el Municipio Cartagena, Departamento Bolívar, afiliado al Sindicato de Conductores de Taxis de Cartagena (SINCONTAXCAR).
El 29 de abril, en el Municipio Arauquita, Departamento del Arauca, fue asesinado Nelson Martínez, afiliado al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de la Construcción. (SINDICONS).
El 26 de mayo, en el Departamento de Cundinamarca, fue asesinada Gilma Serrato. Afiliada a la Asociación de Educadores de Cundinamarca (ADEC).
El 2 de junio, en el Municipio Yarumal, Departamento de Antioquia, fue asesinado Julio Enrique Vergara Adarve, afiliado a la Asociación de Institutores de Antioquia (ADIDA).
El 6 de junio de 2006, fue encontrado el cuerpo sin vida de Luis Antonio Arismendi Pico, en el Municipio de Zipacón, Departamento de Cundinamarca, quien se encontraba desaparecido desde el 28 de abril de 2006, luego de salir de su lugar de trabajo en Bogotá, junto con la Sra. Belquis Dayana Goyeneche, quien también desapareció. Era Presidente del Sindicato "Manuela Beltrán" de Trabajadores/as y Expendedores de Alimentos y Bebidas de la Plaza de Mercado del Barrio San Francisco (SINDIMANUELABELTRAN).
El 7 de junio, en el Municipio de Medellín, Departamento de Antioquia, fue asesinado Mario de Jesús Giraldo Aristizabal, afiliado a la Asociación de Institutores de Antioquia (ADIDA).
El 14 de junio, en el Departamento de Antioquia, fue asesinado William Fabio Carrillo Salinas. Afiliado a la Asociación de Colocadores de Apuestas Permanentes y Loteros de Antioquia (ASCAPLAN).
Ese mismo día (3 de julio) también fue asesinado Iván Ñañez, en el Municipio San Pablo, Departamento Nariño, afiliado al Sindicato de Trabajadores/as del Magisterio de Nariño (SIMANA).
También el 3 de julio, fue asesinado Humberto Navarro Ribon, en el Municipio de Valledupar, del Departamento Cesár, afiliado a la Asociación de Educadores del Cesár (ADUCESAR).
El 6 de julio, fue encontrado muerto el profesor Francisco Ernesto García, en el Municipio Samaniego, Departamento Nariño, afiliado al Sindicato de Trabajadores del Magisterio de Nariño (SIMANA).
El 6 de julio, fue encontrado el cuerpo de Efrén Alonso Motta Acosta, en el Municipio Samaniego, Departamento Nariño. Se encontraba desaparecido desde el 27 de junio de 2006. Afiliado al Sindicato de Trabajadores del Magisterio de Nariño (SIMANA).
El 12 de julio, fue asesinado Helber Orozco Pinzon en Bogotá Departamento de Cundinamarca, afiliado a la Asociación de Educadores de Cundinamarca (ADEC).
El 23 de julio, fue asesinado en el Municipio Barrancabermeja, Departamento Santander, Jorge Guillén Leal. Trabajaba en la empresa Fertilizantes de Colombia S.A. y formaba parte de la junta directiva del Sindicato Nacional de la Industria Química, Agroquímica, Gases, Ramas Afines y Derivados (SINTRAINQUIGAS).
El 23 de Julio, en el Guadual, Departamento de Nariño fue encontrado muerto, Luís Hernando Chirán quien presentaba signos de tortura. Estaba desaparecido desde el 17 de julio de 2006. Afiliado al Sindicato de Trabajadores del Magisterio de Nariño (SIMANA).
El 25 de julio, fue asesinada en el Municipio Cali, Departamento del Valle, Maria Leticia Garcés Franky, afiliada al Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Valle (SUTEV)
El 27 de julio, fue asesinado, en el Municipio Barranquilla, Javier Pedroza de la Hoz, afiliado a la Asociación de Educadores del Atlántico (ADEA).
El 5 de agosto, fue asesinada Luz Marina García Martínez, en el Municipio Puerto Asís, Departamento Putumayo, afiliada a la Asociación de Educadores del Putumayo (ASEP).
El 11 de agosto, fue asesinado Osvaldo Rodríguez Morales, en el Municipio Cartagena, Departamento Bolívar, afiliado al Sindicato de Conductores de Taxis de Cartagena (SINCONTAXCAR).
El 12 de agosto, fue asesinada Adelaida Ortiz, en el Municipio Ricaurte, Departamento Nariño. Afiliada al Sindicato de Trabajadores del Magisterio de Nariño (SIMANA)
El 17 de agosto, fue asesinado Fabio Martínez Rincón, en el Departamento Norte de Santander. Afiliado a la Asociación Sindical de Institutores Nortesantandereanos (ASINORT).
Ese mismo día (17 de agosto) fue asesinado en el Municipio de Barrancabermeja, Departamento de Santander, Carlos Arturo Montes Bonilla, afiliado al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria de Alimentos (SINALTRAINAL).
El 19 de agosto, fue asesinada Berta Inés Agudelo Valencia, en el Municipio Nariño, Departamento de Antioquia. Se desempeñaba como Secretaria de Asuntos de la Mujer y la Familia de la Subdirectiva Municipal de la Asociación de Institutores de Antioquia (ADIDA).
El 22 de agosto, en el Municipio Arauca, Departamento del Arauca, fue asesinado Orlando Antonio Hernández, afiliado al Sindicato de Trabajadores del Municipio de Palestina (SINTRAPALESTINA).
El 2 de septiembre, en el Municipio Arauquita, Departamento del Arauca, fue asesinado Ismael Monsalve Suárez, afiliado al Sindicato de Trabajadores de la Alcaldía Municipal (SINTROEPAR).
El 4 de septiembre, en el Municipio Santander de Quilichao, Departamento del Cauca, fue asesinado Luís Eduardo Cosme Taquinas, afiliado al Sindicato de Trabajadores de la Electricidad de Colombia (SINTRAELECOL).
El 5 de septiembre, en el Departamento del Arauca, fue asesinado Germán Solano, afiliado a la Asociación de Educadores del Arauca (ASEDAR).
El 10 de septiembre, en el Municipio Ariguani, Departamento Magdalena, fue asesinado Afranio Martínez González, afiliado al Sindicato de Educadores del Magdalena (EDUMAG).
El 13 de septiembre, fue asesinado José Gregorio Izquierdo, en un barrio residencial del Departamento de Arauca. Era presidente del Sindicato de Trabajadores de las Empresas de Servicios Públicos de Colombia (SINTRAEMSERPA) y miembro de la Junta Departamental del Comité Permanente para la Defensa de los Derechos Humanos. Había recibido amenazas por parte de los grupos paramilitares que operan en la región. Los integrantes del Comité Permanente están cobijados bajo medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA.
El 19 de septiembre en Medellín, Departamento de Antioquia, fue asesinado Jorge Iván Agudelo del Sindicato de Trabajadores del Departamento de Antioquia (SINTRADPTO).
Ese mismo día (19 de Septiembre) en el Departamento Bolívar, fue asesinado Alejandro Uribe. Afiliado a la Federación Agrominera del Sur de Bolívar (FEDEAGROMISBOL).
El 22 de septiembre, en Bogotá, Departamento de Cundinamarca, fue asesinado José Ignacio Amaya Ruiz, Secretario de Asuntos Sindicales de la Asociación Colombiana de Empleados Bancarios (ACEB).
El 9 de octubre, fue asesinado en la ciudad de Tulúa, Departamento del Valle del Cauca, frente a algunos de sus compañeros de trabajo, Jaime Andrés Sánchez Gutiérrez, afiliado al Sindicato de Trabajadores de la Empresa Carlos Sarmiento Ingenio San Carlos (SINTRASANCARLOS).
El 9 de octubre, en Santa Marta, Departamento Magdalena, fue asesinado John Justo Zarate Granados, afiliado al Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto del Seguro Social. (SINTRAISS).
El 10 de octubre, fue asesinado Javier Valenzuela en San Carlos, Departamento de Nariño, afiliado al Sindicato de Base del Municipio de San Carlos Nariño.
El 11 de octubre, en el Municipio Carepa, Departamento de Antioquia, fue asesinado Jesús Marino Mosquera, afiliado al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Agropecuaria (SINTRAINAGRO) e integrante de la Comisión Obrero Patronal en Urabá – Antioquia.
El 16 de Octubre, fueron asesinados los campesinos José Mario Guerrero Garzón y Héctor Jairo Yate, ambos afiliados a La Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria (FENSUAGRO), en el área rural del Municipio de Ibagué, Departamento de Tolima. Las fuerzas militares acantonadas en el área, manifestaron que estos dos líderes campesinos murieron en combate con las fuerzas militares, versión que ha sido negada por los campesinos y por la organización sindical.
El 18 de octubre, en Riochacha, Departamento de la Guajira, fue asesinado Douglas Mejia, afiliado a la Asociación Nacional de Funcionarios y Empleados de la Rama Jurisdiccional.
El 26 de octubre, fue asesinado Jairo de Jesús Escobar Morales, en Santa Marta, Departamento de Magdalena, afiliado al Sindicato de Educadores del Magdalena (EDUMAG).
El 31 de octubre, en Bogotá, Departamento de Cundinamarca, fue asesinado Efraín Gordon Mardoqueo. Afiliado a la Asociación Nacional de Funcionarios y Empleados de la Rama Jurisdiccional (ASONAL JUDICIAL).
El 31 de octubre, fue asesinado Hugo Hernán Perafán Gómez, en el Municipio de Villavicencio, Departamento del Meta, afiliado a la Asociación Nacional de Funcionarios y Empleados de la Rama Jurisdiccional (ASONAL JUDICIAL).
El 3 de noviembre, fue asesinado Jorge Wilson Ospina Espinosa, dentro de la Casa de la Cultura del Departamento de Antioquia, afiliado al Sindicato de los Trabajadores Oficiales de los Municipios de Antioquia (SINTRAOFÁN) desde hace más de 11 años.
Ese mismo día, en Vigía del Fuerte, Departamento de Antioquia, fue asesinado Jesús Elías Perea Quejada, afiliado a la Asociación de Institutores de Antioquia (ADIDA).
El 16 de noviembre, en el Departamento de Magdalena, fue asesinado Esau Gutiérrez Gálvez, afiliado al Sindicato de Educadores del Magdalena (EDUMAG).
Ese mismo día (16 de noviembre) en Santa Marta, Departamento del Magdalena, fue asesinado Ramiro Romero Coba, afiliado al Sindicato de Educadores del Magdalena (EDUMAG).
El 18 de noviembre, fue asesinado Jorge Víctor Padilla Babilonia, en el Departamento de Córdoba, afiliado a la Asociación de Maestros de Córdoba (ADEMACOR).
El 18 de noviembre, en Cocorná, Departamento de Antioquia, fue asesinado Rodrigo de Jesús Rendon Galvis, afiliado a la Asociación de Institutores de Antioquia (ADIDA)
El 24 de noviembre, en Sabanalarga, Departamento del Atlántico, fue asesinado Carlos Hernández Llanos, afiliado a la Asociación Nacional de Trabajadores y Empleados de Hospitales, Clínicas, Consultorios y Entidades Dedicadas a la Protección de la Salud. (ANTHOC).
El 7 de diciembre, en Popayán, Departamento del Cauca, fue asesinado Víctor Alberto Espinosa Navia, afiliado a la Asociación de Institutores del Cauca.
Atentados: El 13 de Junio, sicarios que se movilizaban en motocicleta intentaron asesinar Álvaro Mercado, líder sindical de SINTRAMIENERGETICA, cuando ingresaba a su casa en Valledupar.
El 25 de Noviembre, Martha Cecilia Marrugo Ahumada, esposa de Rodolfo Vecino, líder sindical de la Unión Sindical Obrera (USO), sufrió un atentado contra su vida. Mientras se movilizaban por carretera entre Cartagena y Barranquilla, en el carro blindado asignado para la seguridad del sindicalista por la Empresa ECOPETROL recibieron varios impactos de proyectiles disparados desde dos motocicletas de alto cilindraje
Detenciones: El 3 de Mayo, fueron detenidos en el Departamento de Arauca: Ender Rolando Contreras García, Fiscal de SINTRAELECOL; Edgar Botero Cárdenas, Secretario de Prensa y Propaganda y Javier Ricardo Guedez afiliado del mismo sindicato.
El 11 de Mayo, fue allanada la residencia de Miguel Ángel Bobadilla, miembro del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato de los Trabajadores Agrarios - FENSUAGRO. Durante este allanamiento, el sindicalista y su esposa fueron detenidos por agentes de la Policía de Bogotá.
El 12 de Agosto, fueron detenidos por miembros del Ejercito Nacional tres dirigentes sindicales del municipio de Fortul: Esaud Montero Triana – miembro de ANTHOC; Abdon Goyeneche Goyeneche, Presidente de la Asociación de Educadores del Arauca y William Saenz, también dirigente de la Asociación de Educadores de Arauca.
El 27 y 28 de Octubre, en el municipio de Saravena, Departamento del Arauca, fueron detenidos arbitrariamente 19 personas, por la policía, entre ellos los sindicalistas Doris García y William Efraín Higuera, trabajadores/as del Hospital San Ricardo Pampuri y afiliados a ANTHOC, Orlando Páez Duran, afiliado a SINDICONS y Vicente Vera, afiliado al gremio de los conductores.

lunes, 1 de octubre de 2007

¿PELIGRO DE NAUFRAGIO PARA EL DERECHO DEL TRABAJO? Habla Umberto Romagnoli

Este es un debido homenaje a Fermín Salvochea.


¿UN ARCA DE NOE PARA EL DERECHO DEL TRABAJO?

(Lección inaugural del curso italo-latino-americano para expertos en los problemas laborales, organizado por la OIT, la Universidad de Bolonia y la Universidad de Castilla La Mancha. Bolonia, 15 septiembre 2007. La traducción es de José Luis López Bulla y de Antonio Baylos)


Umberto Romagnoli


Llueve sobre el más eurocéntrico de los derechos nacionales. Llueve a cántaros; de hecho, está diluviando. Por eso, desde hace tiempo, los iuslaboralistas de mi generación se sienten como Noé cuando leía el boletín de las previsiones meteorológicas. En realidad, están peor. Mientras el venerable patriarca sabía que podía contar con el apoyo del Señor, y de hecho recobró pronto la sonrisa, a los juristas del trabajo de mi generación les cuesta reencontrarse con el buen humor.


Ni siquiera mi estado emocional brilla como antes. De hecho me estoy convenciendo que si bien no me equivoco pensando que cuando un europeo parte para Latinoamérica se dispone a un viaje más en el tiempo que en el espacio me equivocaba sin embargo, al creer que – llegando al punto de destino – le parecería haber dado un salto atrás de muchos decenios: como si hubiera desembarcado en el pasado del Viejo Continente. La verdad es que, en el curso del último cuarto del siglo XX, han sucedido muchas cosas vertiginosamente. No me refiero solamente a la caída del Muro de Berlín que probablemente constituye el epicentro del movimiento telúrico que ha zarandeado todo el planeta. No aludo sólo a la desindustrialización y terciarización de la sociedad; al desarrollo del capitalismo financiero; a la globalización de la economía y los mercados. No. No me refiero solamente a las macro-mutaciones. Me refiero ante todo a las microdiscontinuidades que acompañan todo ello como un enjambre de abejas, sin permitirme descifrar su alcance ni comprender si se trata de temblores sísmicos o del preludio de un cataclismo todavía incabado.


He ahí una sumaria descripción de las ruinas que están recubriendo la superficie del derecho del trabajo, no sólo del italiano, y cuya estratificación demostra que todo el derecho del trabajo del pasado siglo debe ser tratado como una herencia que debe aceptarse a beneficio de inventario.


1. Los valores del libre mercado -- que habitualmente no eran glorificados por las constituciones elaboradas en la segunda postguerra en aquellos países que promovieron la construcción de la Unión Europea -- han entrado ahora en sus respectivos ordenamientos internos.


2. Una vez compartida por la generalidad de los operadores jurídicos, se ha erosionado la presunción favorable a la subordinación: el trabajo se declina en plural y el autónomo está incrementado su dimensión. Por doquier.


3. Aunque el legislador no ha dejado de compartirla, la presunción favorable a la duración indefinida de la relación del trabajo subordinado, en la práctica está invertida. Si antes era retórico decir que los nuevos contratados entrabana formar parte de una gran familia y estaban invitados a compartir l’esprit maison, ahora es realista afirmar que se sienten como las hojas de un árbol en otoño.


4. Está siendo parcelizado el principio legal de la correspondencia entre el sujeto económico que utiliza la mano de obra y el que tiene la titularidad de las relaciones de trabajo.


5. Aunque su inderogabilidad ha sido siempre un tigre de papel, ahora la norma legal a veces nace para dictar reglas que son más de plastilina que de hierro, imitando el soft-law comunitario donde, como dice Giuliano Amato, hay más ligereza que derecho. Es paradigmática la parábola de la legislación reguladora del tiempo de trabajo, que con sus rigideces marcó el nacimiento del derecho del trabajo, y se ha convertido ahora en la más flexible.


6. Por absoluto que fuera – o así se creía – el valor de la estabilidad de la relación laboral se ha relativizado. Acorralado por el revisionismo de las políticas gubernamentales y por las orientaciones jurisprudenciales –animadas no tanto por el interés de ayudar a la empresa y bajar el coste del trabajo como por la hostilidad ideológica hacia la disposición-símbolo de la ortodoxia iuslaboralista del siglo XX: la que obliga al empleador a reintegrar al trabajador injustamente despedido. Por cierto, si Italo Calvino estuviese todavía con nosotros y le contásemos las vicisitudes del instituto de la readmisión forzosa, que ha estimulado una auténtica revuelta de los hechos contra la norma escrita, el escritor concluiría que el mecanismo de la estabilidad real se parecería más a su Caballero inexistente que a su Barón rampante. Cierto, ninguno de nosotros podía razonablemente esperar que, grácil como era, el instituto de la readmisión habría de dar un motivo válido para reescribir la deprimente historia procesal de la ejecución forzosa de las obligaciones de hacer. Pero pensábamos que su desaparición se habría producido al final de un duelo épico a cara descubierta con un adversario leal e identificable. Y, sin embargo, ha sucedido que la derrota se ha consumado un poco a la vez, por agotamiento y por obra de una multitud imprecisa de desconocidos: ni siquiera el fuego amigo les ha ahorrado golpes mortales.


7. La presunción de que el sindicato no podía no practicar en su interior unas reglas inspiradas (como también querría la Corte Constitucional) “en la valoración del consenso efectivo como medida de democracia”, ha entrado ya en el universo de las presunciones virtuales, en un equilibrio inestable entre ideología y apología. Por contra, un extenso proceso de mutación antropológico-cultural ha descubierto lo que Massimo D’Antona denominaba “lo no-dicho del estatuto de los trabajadores”. Sin embargo, incluso si se colmara la laguna e, incluso, si se formularan unas normas que definieran la legitimación de los representantes sindicales y la posición de los representados respecto a aquellos, aún quedaría la duda de que ello no bastaría para volver a dar un espacio a los protagonismos colectivos en una situación donde domina una visión darwinista de la sociedad, una sociedad competitiva y adquisitiva, una sociedad molecular.


¿Será porque en el curso de estos últimos años ha sucedido en Europa todo ello – y otras cosas más – que durante el último viaje a Latinoamérica ya no acariciaba el billete de vuelta como si fuera un talismán? Tenerlo en el bolsillo no me procuraba ya la sensación de superioridad en el límite de la arrogancia intelectual que tenía en anteriores ocasiones. Al contrario, me he sorprendido al reprocharme mi retraso en comprender que desembarcar en cualquier país latinoamericano puede comportar a un europeo a tener la sensación de encontrarse en un día impreciso del futuro próximo de la propia Europa.

Si es improbable que aportaciones propositivas adecuadas puedan venir desde los más espantados guardianes de la ortodoxia iuslaboralista del siglo XX que destacan por el uso paralizante de la memoria, tampoco son de fiar los agobiantes modernizadores que llevan a proyectar para el derecho del trabajo un futuro que no tiene apenas memoria o no tiene ninguna. Mas aún, un documento presentado hace poco por la Comisión Europea – el Libro Verde – no es otra cosa que una insistente y calurosa exhortación dirigida al sector profesional de los juristas del trabajo, solicitándoles a participar en una competición para designar al mejor, entendiendo por tal aquel que sepa indicar con más despreocupación donde ha comenzado a equivocarse todo.


El concurso es menos apasionante de lo que se imaginaban los autores del documento. Y ello porque, vistas las reacciones que provienen de los ambientes jurídicos que saben de qué estan hablando, no parece que haya muchos juristas inclinados a reconocer la causa y el inicio de una singular secuela de errores en la adhesión prestada a la opinión según la cual el derecho del trabajo del siglo XX había sido uno de los pocos ejemplos indudables del progreso de la cultura jurídica, si el contrato de trabajo -- que ha sido su núcleo fundante -- no se hubiera despedido del derecho de las obligaciones para sujetarse, en el persistente silencio del legislador, a una normación que emulaba el papel de la ley, imitaba sus modulaciones y su propia sustancia autoritaria. Lo que significaba el inicio de una nueva fase. La novedad consistía en esto: multitud de productores subalternos se apropiaban del poder contractual sin el cual el derecho, que del trabajo estaba tomando nombre y razón de ser, nunca habría sido capaz de pensar en grande; mucho más en grande de lo que estaban dispuestos a aceptar intérpretes persuadidos de que su proyecto se agotaría con el refinamiento de la ética de los negocios.

Confieso que siempre me ha intrigado la pregunta consistente en saber por qué el convenio colectivo se ha ganado tan amplio favor legislativo, mucho más rápido de cuanto no le ha sido posible al conflicto colectivo. De hecho, el caso italiano es un caso emblemático: en nuestro caso, la mayor valoración legal del convenio colectivo coincide incluso con la represión penal de la huelga.


Mi respuesta es que las clases dirigentes reconocieron en el convenio colectivo un instrumento de gobernabilidad que era preferible al legislativo. Idóneo para cambiar mentalidades, estilos y modelos de vida con el consenso de las mismas colectividades obligadas a adaptarse a lo nuevo que avanzaba y, al mismo tiempo, concedía a los hommes de travail la facultad de palabra y la posibilidad de contar, en la misma medida que no le permitía alzar demasiado la voz. Es, como si dijéramos, que el convenio colectivo ha sido la criatura normativa del siglo XX más mimada por un establishment que, tras el comprensible desconcierto inicial, supo valorar adecuadamente una actitud que estaba inserta en su DNA. La actitud es la propia de los instrumentos de pedagogía de masa porque enseña a metabolizar lo que atemoriza, lo hace fisiológico y lo normaliza: la cohabitación entre un poder empresarial unilateral y un contrapoder colectivo que, como unilateralidad, querría otra tanta. Por otro lado, la idea misma de contractualidad se suicidaría si estuviera desprendida de la necesidad de una mediación estructurada para impedir la radicalización del conflicto social sin precedentes generado por el capitalismo de mercado.


Sin duda la negociación colectiva ha superado el test. Y ello, aunque no fuera sencillo probar que el reformismo es preferible a la incendiaria profecía según la cual la humanidad no tiene nada que perder excepto sus cadenas y, al mismo tiempo, acelerar la deriva de las concepciones que celebran el elogio del padre-patrón.


Ha hecho como le consentía su naturaleza: probando que la imposibilidad de realizar la liberación completa y definitiva de las cadenas no prejuzga ni la expectativa de los comunes mortales de ser (un poco) más libres y (un poco) menos pobres ni el desarrollo del sistema capitalista. No por casualidad, en la crítica de las desigualdades sociales, destinada a tomar gradualmente la forma de derecho del trabajo que conocemos, la pars construens no es inferior a la destruens e incluso en su esfuerzo de no dejarse intimidar por la coacción a contemporizar reside la fascinación del derecho del trabajo.


No obstante, la más relevante parte activa del balance de esta secular experiencia se ha ido acumulando porque el pueblo de los hombres de mono azul y manos callosas no ha tardado en reconocer en la negociación el vector capaz de trasferir al ordenamiento del Estado una concepción global y totalizante del trabajo, excéntrica con respecto a la dimensión productivista y mercantilista. De hecho, como afirma el más importante estudioso de la revolución industrial, en la cultura de la clase social, creada por la Gran Transformación, “el trabajo era solamente otro nombre para designar una actividad humana que acompaña a la vida misma, que no está producida para ser vendida, y la organización del trabajo es sólo otra expresión para nombrar las formas de vida de la gente común”.


Ciertamente los mejores juristas tienen razón en ver en la cualificación del trabajo como bien económico valorable con criterios de mercado el nudo decisivo que, en la evolución del pensamiento no sólo jurídico, ha afirmado el paso de un indistinto status de sumisión servil a una relación contractual presuntamente paritaria entre sujetos abstractamente iguales. Pero, no sin pedir excusas por el retraso, hay también que denunciar los efectos distorsionantes de la política del derecho esponsorizada por una doctrina iusprivatista cuyas categorías lógico-dogmáticas y técnico-conceptuales le permiten homologar el trabajo deducido en contrato como el objeto de una de las prestaciones pactadas. Solamente eso.


En efecto, una concepción parcelizante y descarnada, despersonalizante y desmotivadora como ésta – solidaria con los intereses del empresario en imponer a la mano de obra comportamientos funcionales a las exigencias de la organización productiva y a reprimir cualesquiera otras – es insoportablemente reductiva hasta el límite de la insignificancia. Haciendo irreconocible el conjunto de valores de los que se reclama implícitamente el trabajo, esteriliza contextualmente su derecho en la misma medida que lo inmuniza de contaminaciones externas y por eso lo condena a no influir sobre la transformación de la sociedad y del Estado. Viceversa, el derecho del trabajo ya no es la provincia menor de un imperio – el del derecho privado, perteneciente a la tradición romanista y las codificaciones del siglo XIX – porque ha dilatado su esfera de influencia y, separándose del territorio de su elección, se ha resituado en un lugar sin identidad. Una identidad que no estaba predefinida ni quizás se dejará nunca de definir. En realidad, el derecho del trabajo es un no-lugar al que no le ha bastado un siglo de historia para encontrar la colocación más apropiada en el estatuto epistemológico de las ciencias sociales que se disputan la hegemonía cultural.


Bien sé que no es esta la ocasión más favorable para remover los sedimentos de aguas profundas. Pero no puedo reprimir un gesto de irritación. Resulta exasperante, efectivamente, que la dislocación científico-cultural del derecho del trabajo dependa de la viscosidad de una organización académica del saber que levanta barreras allá donde deberían erigirse puentes, premiando una insensata propensión al dominio de monoculturas autoreferenciales. De igual modo, fastidia decir que el fascismo jurídico ha sido el único momento en que se intentó cambiar el curso de las cosas. No salió aquello, y además empeoró la situación. De todas maneras, sin embargo, incentivó al derecho del trabajo a superar la pequeña colina que le impedía la visibilidad de lo que había más allá de un contrato que comportaba la cesión de un tiempo de vida predisponiéndolo, así, a interceptar en un hábitat más favorable la evolución del constitucionalismo moderno, interactuar con él y acelerar sus ritmos hasta ejercitar una presión determinante en la dirección de la refundación democrática del Estado en un área significativa del Occidente capitalista.


Lástima que la demonización del fascismo jurídico, que caracterizó el reinicio de los estudios italianos del derecho del trabajo ya en la época republicana, haya acabado por complicar a la doctrina la tarea de explicar un por qué y un cómo:


--- por qué la tensión emancipatoria se ha desarrollado mucho más allá de la esfera del trabajo que los paradigmas de la doctrina iusprivatista identifican como un mero crecimiento del derecho civil, y

--- cómo se ha convertido en algo no relevante que la emancipación haya partido de aquí, en la amplia medida en que el derecho del trabajo, aun cuando esté necesitado de adaptaciones, se ha convertido en un elemento constitutivo de la civilización que caracteriza el Viejo Continente, aunque se haya limitado a los países de Europa centro-septentrional y meridional.


Como escribió Federico Mancini, es este el ángulo del mundo donde los legisladores “cualesquiera que sea su concepción del mundo (liberal, católica, socialista e, incluso, fascista) han estado dispuestos a modificar la condición del hombre que vende su fuerza de trabajo”. Es decir, han madurado más expeditivamente que otros y bajo gobiernos de diferente, e incluso opuesto, color, la conciencia de que el impacto de las reglas del trabajo sobrepasa el marco de las relaciones que nacen de un contrato de trabajo de derecho privado. En suma, tenían presente lo que los tecnócratas de Bruselas, y su entorno, tienden a desatender: en la relación de trabajo están implicados intereses extra-paptriomoniales de la persona, de manera que lesionarlos deteriora el status de ciudadanía exaltado por los mismos tecnócratas.


Efectivamente, si es incontestable que la marginación social empieza con la exclusión del trabajo, sólo una exageración mixtificadora puede llevar a considerar que allá donde el trabajo se desarrolla con características alienantes (tanto respecto al resultado inmediato de la prestación como al de la gestión de la organización productiva) que son propias de la subordinación, no hay necesidad de remover -- utilizando el lenguaje de la constitución italiana -- “los obstáculos del orden económico y social que, de hecho, limitan la libertad y la igualdad de los ciudadanos”.


Unos obstáculos que, como ejemplo, la Corte Constitucional italiana identificó, hace muchos años, en la situación de debilidad determinada por la menor protección del interés del trabajador en la conservación de la relación de trabajo y que le llevó a formular la regla de que la prescripción de los derechos económicos no puede transcurrir mientras dura la relación.


Unos obstáculos que, hoy, sería razonable identificar con la extensión de los contratos de trabajo no-estandar, que suscitan un sentido de inseguridad no menos opresivo (y probablemente más obsesivo) que el miedo que, en el contrato de trabajo por tiempo indeterminado, el despido suscitaba antes de la entrada en vigor de la regulación de los límites a la rescisión unilateral del contrato.


En torno a estas cuestiones, la Unión Europea parece interesada en promover una opinión pública que sea lo más favorable posible. Según los tecnócratas de Bruselas (y su entorno) el umbral de aceptabilidad – del que por otra parte no ofrecen indicadores de ningún tipo para precisarlo con la deseable concreción – está destinado a aumentar mediante la adopción de regímenes normativos que sitúan fuera de la relación de trabajo las tutelas que debe disfrutar el ciudadano-trabajador. Su común denominador se identifica con la flexiseguridad.


El oxímoron no es demencial. Surge, ante todo, de la ilimitada confianza en que para incentivar el empleo es necesario reducir los estándares de tutela del trabajo. Viceversa hay objetivos que se comparten en función también del método empleado para alcanzarlos. La democracia, por ejemplo, puede ciertamente considerarse un bien en sí. No obstante, nos preguntamos qué tipo de idea sobre la democracia se están llevando los iraquíes o a los afganos. De igual modo, pregúntemonos qué tipo de socialización se puede obtener generando praxis dominadas por el individualismo de mercado y si es sensato decir que cualquier contrato de trabajo – incluso el más escandaloso -- evita el escándalo del no-trabajo, rivalizando así (hasta ridiculizarla) la decrépita fórmula de “qui dit contractuel dit juste”.


Hágase, sin embargo, un discurso de verdad. Despues de todo, los protoliberales lo hicieron. En sus códigos civiles había un proyecto de sociedad; en sus repertorios jurisprudenciales circulaba una utopía que tenía su encanto que, en estos últimos años, ha reverdecido. En el corazón, si no tambien en la cabeza, de los intelectuales del área jurídica – al menos de aquellos que creaban opinión – vibraba una esperanza que se avergonzaba de morir: “los hombres de edad madura, y capaces de entender y de querer, deben tener la misma libertad contractual y los acuerdos, cuando son líbremente asumidos, son sagrados.”


Dígase ahora, con la misma franqueza, si el oxímoron comunitario anuncia la construcción de un orden social en el cual qué poco o qué parte de igualdad sustancial – que el siglo XX ha hecho entrar en el cuadro normativo de la relación de trabajo – se considera un lujo que la Europa del XXI no puede concederse. Por eso, antes que la demolición de lo existente sea irreversible, me agrada concluir con la advertencia de un gran europeísta: “si Europa no debiera crecer como organismo democrático, lo que quedaría por organizar ya no sería Europa”.


Eguaglianza e Libertà. Umberto Romagnoli: Un'arca di Noè per il diritto del lavoro