sábado, 28 de febrero de 2009

HUELGA PARA QUIEN NO PUEDE HACER HUELGA


Aprovechando una sesión de Master on line para magistrados de trabajo brasileños que organiza Joaquin Herrera Flores en la Universidad Pablo de Olavide, el profesor Baylos presentó para el debate en la misma la proposición de ley italiana que se menciona a continuación. En la fotografía, se destacan ambos profesores junto con el Presidente de la Cooperativa Vino Excelso, vino del país de Parapanda, organizando las actividades de esparcimiento del grupo de juristas brasileños.
Hay trabajadores y funcionarios que no pueden hacer huelga. En ocasiones la ley se lo impide, pero en otros momentos porque la presión que se puede hacer sobre la contraparte es muy pequeña y el sacrificio requerido a los huelguistas excesivo para los efectos conseguidos. La fértil imaginación italiana ha inventado una respuesta al problema: ¿cómo ejercitar el derecho de huelga cuando no compensa o no se puede en la práctica ejercitarlo?.

Un grupo de senadores, entre los que destacan los iuslaboralistas Ichino y Treu, presentaron un proyecto de ley, el 28 de octubre de 2008, sobre lo que denominan “huelga virtual”. Se trata de una “alternativa a la huelga tradicional”, que los senadores conciben especialmente idónea para los servicios públicos, y que pretende dar publicidad o exteriorizar el conflicto, causar un daño económico en términos monetarios a la contraparte y a la vez, impedir cualquier perjuicio a los usuarios o a los consumidores puesto que la producción de bienes y de servicios permanece inalterada durante el conflicto. Los proponentes animan a la doctrina científica y a los sindicatos a que desarrollen esta nueva modalidad de huelga, e incluso citan en la propuesta de ley las aportaciones doctrinales con las que se cuenta en el sistema jurídico italiano.

Convocada como tal huelga virtual por los sindicatos con implantación en el sector, a los huelguistas se les descuentan sus retribuciones y se ingresan en un fondo junto con las detracciones que en idéntica cantidad (o en un montante superior si así se estipula en convenio colectivo) debe ingresar la empresa o Administración afectada. Este es el elemento más problemático en orden a su determinación concreta y justiciabilidad, en donde, como se verá, resulta central la regulación concreta que de ello haga la negociación colectiva.

Este Fondo es administrado por los sindicatos convocantes de la huelga, aunque tiene presencia en él la contraparte empresarial en minoría, pero con derecho de veto respecto de las decisiones de los administradores del Fondo sobre su empleo concreto. El veto pone en marcha un arbitraje de urgencia para solventar el conflicto en el uso de estos fondos.

La norma prevé que el dinero del fondo se utilice: a) para dar publicidad a los objetivos y reivindicaciones de la huelga b) para sosener la organización de la misma – reuniones, comunicaciones, etc . y c) para iniciativas cívicas de progreso o finalidades de solidaridad social.

Las retribuciones detraidas a los huelguistas virtuales quedan exentos de imposición fiscal.

Un acuerdo marco, un convenio colectivo de sector o el acuerdo de empresa regulan en concreto la prescripciones diseñadas en la propuesta de ley. Existe algún precedente : el servicio de urgencias médicas por helicópteros y los dirigentes médicos y veterinarios del Servicio Sanitario Nacional.

La huelga virtual puede ser convocada también conjuntamente con la huelga tradicional que implica el rechazo del trabajo en sectores convergentes, de manera que unos trabajadores o empleados se abstengan del trabajo y otros virtualicen su rechazo al mismo; y tambien, a lo que parece, resulta una opción libre del sindicato, solo condicionada a la obtención de un acuerdo regulador de esta modalidad de ejercicio con el empleador, por lo que puede darse una situación convergente para un mismo grupo de trabajadores que sean convocados de la manera tradicional y conforma esta nueva modalidad si los sindicatos no se ponen de acuerdo. En el caso de servicios esenciales, la intervención de la Comisión de Garantía es obligada, y promueve la realización de acuerdos y pactos que implanten esta modalidad de huelga en la práctica huelguística de ciertos sectores especialmente sensibles a los perjuicios sobre los usuarios y ciudadanos en los casos de suspensión del servicio. .

Como puede comprobarse, esta propuesta diseña una modalidad de huelga en la que se quiere garantizar la visibilidad del conflicto y una cierta lesión al patrimonio o al presupuesto de la contraparte empresarial, junto con el correlativo “sacrificio” (como diría nuestro Tribunal Constitucional) de los huelguistas. No es parangonable por consiguiente a las experiencias que conocíamos de huelga virtual en un mundo virtual, como la que se dio cuenta en el blog hermano Metiendo bulla sobre la huelga en Second Life de los empleados de IBM, siempre ceñida a la esfera de la visibilidad mediática como espacio de conflicto añadido al tradicional.

La huelga virtual es, pues, pura demostración del conflicto y a la vez de su incapacidad de expresarse sobre la producción. Con ella no se altera la relación del trabajo con la producción y el consumo, se acepta por los trabajadores que estas actividades no resultan cortocircuitadas por el rechazo colectivo del trabajo. La huelga, como medida de presión, se introyecta como asunto de relevancia puramente económica bilateral entre empresario y trabajadores y sus sindicatos, que sólo gana la dimensión de lo público a partir de su visibilidad mediática – “comprada” por cierto a través de las aportaciones de trabajadores y empresario, que se emplean prioritariamente con esta finalidad – como un relato del conflicto y sus causas que no altera la normalidad productiva de bienes y de servicios, haciendo explícita la irrelevancia del trabajo como subjetividad en un sistema que objetiviza consumo.y prestación libre de servicios sin interferencias..

El texto de la propuesta, en Italiano, se encuentra en:

viernes, 20 de febrero de 2009

MASCULINO Y FEMENINO EN LA PELICULA DE GODARD

Aprovechando el inicio del segundo cuatrimestre, se reunieron en los Salones Filantrópicos de Parapanda una amplia muestra de profesores y compañeros de viaje de la educación superior, estupefactos ante las declaraciones de exponentes de relieve del mundo de la economía y de las finanzas que negaban alegremente elementos esenciales de la democracia y de su modelo social en pleno siglo XXI. Para evitar deprimirse, visionaron la película de Jean Luc Godard, Masculino / Femenino, introducida por las páginas que siguen a continuación. Como sucede en estos casos, unos espectadores estuvieron pro y otros contra. Los tres de la foto -masculino y femenino - recibieron el film con visibles muestras de satisfacción.


GODARD: MASCULINO / FEMENINO (ESQUEMA DE EXPOSICIÓN)


Godard en el contexto cultural de los 60 europeos.

El cine de Jean Luc Godard es muy original y relevante. Forma parte de una generación de cineastas franceses conocidos como “Nueva Ola” entre los que destaca François Truffaut, Jacques Rivette, Alain Resnais y Eric Rohmer, pero donde también se encuentran Claude Chabrol, o Jacques Démy. Este grupo de realizadores tienen en común además su formación como críticos de cine a través de una revista : Les Cahiers du Cinéma, que durante los años 50 analizó toda la producción cinematográfica americana y europea, con una especial atención a los nuevos valores que surgieron a finales de los 40 y comienzos de los 50 (Hitchcock, Kubrick), pero también respecto de los respetables filmes de la serie B de gangsters y de westerns. Esta dimensión cultural – reflexionar sobre el cine y a partir del cine – se une a una importante presencia en todos ellos de la literatura. No sólo porque en muchas ocasiones se lleven a la pantalla obras literarias, sino porque la propia narrativa cinematográfica se llena de referencias literarias. Hay también en este cine un gusto por la palabra que explica y antecede la acción y los comportamientos de los personajes, y que hace que muchos de estos trabajos tengan un componente discursivo. La forma de hacer cine se altera de manera radical, se elude el estudio cinematográfico y se rueda en la calle, en cafés o en pisos con un escasísismo equipo y sin apenas reproducción de tomas. Esta manera de actuar abarataba los costes pero además y fundamentalmente “naturalizaba” la narración.

Como fenómeno cultural, la “nueva ola” francesa no es un hecho aislado en el panorama cinematográfico europeo de los años 60. En esa década, las relaciones con el potente grupo de directores italianos (Fellini, Antonioni, Pasolini, pero tambien Rossi y Germi, entre otros, mas adelante el joven Bertolucci) eran muy comunes, incluso a través de coproducciones, y ese movimiento de renovación del cine europeo se experimentaba en Alemania (Schlondorf, Kluge), en Inglaterra (con Losey, pero también la muy importante escuela del Free Cinema) y en Suecia con Bergmann. Pero también en el cine español con Saura, Bardem y Berlanga, en Grecia con Theotopoulos o en lo que se llamaba la Europa socialista, en el cine de Wajda en Polonia o la escuela del nuevo cine checoslovaco con Jiri Menzel. En todos ellos predominaba una mirada crítica radical respecto de la sociedad en la que vivían y un horizonte ideológico inscrito en los marxismos (o las diferentes formas de teorizar políticamente el marxismo) de la época, un pensamiento entonces hegemónico en las élites culturales europeas que se empeñaban en la transformación social, a la que en el caso francés se unía un decidido anticolonialismo, muy marcado por la traumática experiencia de la guerra de Argelia. Aunque la realidad y la forma de representarla a través del cine conocía códigos y formas de expresión muy diferentes en cada uno de estos realizadores, su horizonte cultural era muy semejante y la capacidad de mutua influencia (de interactuación diríamos ahora) entre todos ellos, muy alta.

Dentro de este grupo, Godard simboliza un caso muy extremo. Antes de su evolución, con ocasión de los sucesos de 1968, hacia posiciones políticas maoístas, su cine ya tenía características propias muy definitorias. Visto desde hoy, por un grupo de estudiantes de la UCLM que nunca han visionado sus trabajos, es posiblemente arriesgado, porque muchos de los rasgos de la escritura de este director pueden resultar muy llamativos por no estar acostumbrados a los mismos. La ruptura de la narración en escenas con bruscas sucesiones entre ellas, la intertextualidad constante entre la imagen y la palabra, en la que los protagonistas hablan con las palabras de un autor, a veces de una novela, a veces de un ensayo; la inserción en medio de la trama de carteles en negro en los que se incluye una reflexión, o se deriva hacia una problemática general, no directamente abordada en ese momento narrativo, abriendo así el discurso a la exploración de otros elementos mas allá del hilo narrativo (porque las historias son todas la Historia y esta se compone de estructuras sólidas que la explican desde una perspectiva de lucha de clases); el uso constante de la paradoja y la reflexión sobre el lenguaje, con juegos de palabras (muchos de ellos devenidos célebres o al menos muy celebrados), la utilización normal de los que hoy llamamos caméos en donde un personaje muy conocido hace de sí mismo y se integra en el hilo de la trama; la reflexión política e ideológica que se explicita como elemento constitutivo de la acción, en fin, los rasgos de humor disparatado y absurdo que asombran y divierten como acompañamiento de una cotidianeidad nada sorpresiva, rutinaria y sin sentido de los personajes, hacen de los films de Godard unas obras singulares. Esa forma de expresión cinematográfica es la que hace surgir pasiones encontradas entre los cinéfilos. A Godard o se le adora o se le execra antes que dejar indiferente.

Masculino / Femenino

Esta película, de 1965, no es de las más celebradas de su autor. Sin embargo, representa a mi juicio de forma muy satisfactoria el estilo del realizador, y es muy funcional al tema elegido como eje del ciclo al que se dedica este curso la asignatura sobre la relación entre el principio de igualdad y la noción de la diferencia. M/F es ante todo un experimento cinematográfico que mezcla géneros de forma portentosa. Godard pretende investigar el fenómeno de la juventud como hecho social – lo realiza a través de 15 “hechos precisos” como subraya el título del film – y para ello superpone a una narración lineal de la relación amorosa entre un joven (Jean Pierre Léaud) y una joven (Chantal Goya), elementos documentales a través de entrevistas a otros jóvenes no “novelados”, sino que se representan a si mismos, como piezas integradas en la trama, y resalta un decorado, el urbano, como el habitat en el que se desenvuelve la vida y la cotidianeidad de estos sujetos. El examen de la juventud como categoría social y cultural, históricamente determinada (los jóvenes que nacen después de la Segunda Guerra Mundial, los años 40), que sin embargo se insertan en una homogeneidad horizontal de clase – los personajes del film son jóvenes, pero el trabajo es un elemento determinante de su acción y de su pensamiento – aunque generan una “diversidad” radical que les hace “diferentes”. Diferentes de sus padres y de la generación de estos, de sus valores y sus pautas de conducta – es el contexto de lo que se llamaría “lucha generacional”, en donde la liberación sexual es un elemento distintivo muy relevante – y diferentes en la sociedad en la que se desenvuelven, porque sus preferencias, sus hábitos y sus formas de pensar se segregan de la forma común de relacionarse socialmente, también en relación con los hábitos de cada clase social. Los jóvenes que describe Godard saben que la sociedad está dividida en clases y que la clase obrera es una clase subalterna, dominada por la explotación en el trabajo. Pero viven normalmente el desarrollismo del consumo, se relacionan a través de formas de trabajo prematuramente inestables, con trabajos progresivamente volcados en el sector de los servicios y en donde el componente intelectual frente al manual es más relevante. Viven en una esfera propia, donde lo colectivo como pertenencia al grupo se compadece con una existencia aislada, sin demasiado sentido porque no tiene un futuro delineado y previsible.

Dentro de esa identidad, masculino y femenino se confrontan. La mirada de Godard es muy parcial, e insiste en esa diferencia que explica (no separa) la misma juventud de sus personajes. Los componentes masculinos de la trama ligan más sus acciones a la teoría y reflexión sobre las mismas y las insertan en un marco teórico y político de clase. Las mujeres actúan de manera mas sentimental, la reflexión la hacen sobre la experiencia de sus sensaciones. En esta mirada hay mucho de tópico, pero también de descripción cultural, de “esferas” privativas a Masculino y Femenino. Esa forma de confrontarse es de todas formas muy desigual, Jean Pierre Léaud nunca consigue el amor de Chantal Goya, entre otras cosas porque ella mantiene una ambigüedad sobre su vida y su trabajo que hace impenetrable a ambas. En cualquier caso, y pese a la cierta descompensación de la mirada godardiana, los diálogos de M/F entre el chico y la chica, el fumando, ella maquillándose, a la salida del baño, o la visión de la película sueca por el grupo de jóvenes, son inolvidables y demuestran una originalidad en el lenguaje narrativo ciematográfico inolvidable. El discurso se desenvuelve además en una estética “pop” favorecida por la dedicación a la música de la protagonista (que se interpreta a ella misma). La presencia de Jean Pierre Léaud, uno de los iconos de Truffaut e imagen emblemática del actor “nouvelle vague” garantiza al personaje una frescura envidiable.

La película tiene todos los elementos “peculiares” del cine de Godard a los que ya me he referido. El asesinato del marido por la mujer rubia que luego se convierte en prostituta, la petición de un coche oficial para el general Léaud al que se suben los jóvenes tras la grabación del disco, el discurso devastador sobre los intelectuales defensores de sentidos profundos sobre el jazz que se desarrolla en el metro parisino, todos ellos son elementos sorpresivos que refuerzan ese sentido “sin-sentido” de la cotidianeidad. De todos ellos, la presencia de Brigitte Bardot, con la que el director había rodado en Italia hacía dos años Le mépris, en donde Fritz Lang se interpretaba a si mismo, es el mas emblemático. Y para los francófilos, la descripción interminable de los cafés parisinos y la melancólica visión de esa ciudad por la noche sigue siendo un punto de referencia en el recuerdo de aquel tiempo y de aquel país.

M/F es una película que permite representar como “hecho preciso” la construcción de la identidad juvenil en la cultura y en la política europea a partir de los años 60; identidad que sin embargo habrá de sufrir importantes mutaciones con la transformación del paradigma fordista fundamentalmente en la década de los noventa del siglo pasado hasta la actualidad, una identidad basada esencialmente en la desanudación del trabajo como lazo de integración social y en la consolidación de la precariedad como forma de vida y de relación social. Pero eso ya es otra historia.

domingo, 15 de febrero de 2009

MATERIALES DOCENTES DE DERECHO DEL TRABAJO




Se han publicado recientemente por la editorial Bomarzo dos volumenes de materiales docentes sobre el Derecho del Trabajo que buscan una aproximación al mismo a través de materiales, casos prácticos y comentarios de convenios colectivos, jurisprudencia y documentos sindicales. En la reunión anual del Círculo de los Activistas del Derecho (de cuya sesión da cuenta la fotografía que abre esta entrada y que fué tomada en su sede de la calle Angel Rozas, de Parapanda), se decidió recomendar estos materiales con todos los medios a su alcance.
Se está produciendo una gran transformación en la enseñanza universitaria. El proceso de construcción del Espacio Europeo de Educación superior, iniciado con la Declaración de Bolonia de 1999 va a permitir una homogeneización en las condiciones de acceso a un sistema de titulaciones que se define como flexible, comprensible y comparable, y que de esta manera procure una “mayor competitividad” que puedan hacer de los sistemas educativos europeos “una referencia de calidad mundial” para el año 2010 en el que se supone se logrará la plena consecución de dicho espacio. Al margen de las expresiones retóricas positivas al uso – flexibilidad, competitividad – lo cierto es que el mero planteamiento del espacio europeo unificado de educación y de investigación universitaria implica una oportunidad de cambio tanto en la metodología como en los objetivos de la enseñanza que tiene que traducirse en reformas no sólo de los planes de estudio sino, muy principalmente de la forma de enseñar y de los instrumentos y materiales que se emplean en el proceso de transmisión de conocimientos.
Las prácticas docentes que se están proyectando parecen caminar en la dirección de una redistribución del trabajo entre docente y alumno. La implantación del sistema europeo de créditos (ECTS) y calificaciones exige una mayor atención y relevancia al trabajo (continuado) del alumno que no se vea reducido al examen final de la asignatura. De esta manera, uno de los principales objetivos que persigue la creación de ese espacio europeo de enseñanza es el de conseguir que el estudiante pase a ser el centro del sistema educativo ya que es el principal actor del mismo. Ello implica que se valore el esfuerzo que necesita realizar para superar las enseñanzas, no únicamente las horas de clase a las que debe asistir, que era el método tradicional de contar la unidad de medida de la actividad académica. Hoy por el contrario, como señala el RD 55/2005, de 21 de enero, se tiene en cuenta no sólo el tiempo de las enseñanzas teóricas y prácticas, sino otras actividades académicas dirigidas y las horas de estudio y de trabajo que el estudiante deba dedicar para alcanzar los objetivos formativos propios de las materias de las que se compone el Plan de Estudios.
De esta manera, la formación universitaria debe aunar conocimientos generales básicos y conocimientos transversales relacionados con la formación integral del estudiante, que se yuxtaponen a los conocimientos y capacidades específicos orientados a su incorporación al mundo profesional de que se trate. Esto se traduce en una tendencia a cambiar la filosofía de los estudios dando más importancia al manejo de las herramientas de aprendizaje más que a la mera acumulación de conocimientos.
En este contexto se inserta esta propuesta de textos y materiales docentes sobre la materia del derecho del trabajo y las relaciones laborales. Pretende incorporar las orientaciones presentes en las tendencias actuales sobre la convergencia de los sistemas universitarios europeos y en su apuesta por un cambio en la forma de enseñar. Para ello se han aprovechado las experiencias docentes que hemos ido destilando a lo largo de estos años en el área de Derecho del trabajo de la UCLM. En concreto, los materiales y casos prácticos que se presentan en este libro son el fruto del trabajo docente realizado con alumnos de la licenciatura de Derecho de la Universidad de Castilla-La Mancha durante varios cursos académicos. El método de trabajo adoptado en la asignatura de Derecho del Trabajo 1 consistente en combinar la clase teórica y práctica, con un examen final netamente apegado a la resolución de un supuesto práctico estimula una labor docente que parte de la premisa de la interactuación entre docente y alumno y en donde el manejo del razonamiento jurídico ante problemas concretos se relaciona directamente con une esquema teórico en el que insertar el discurso. Esta dinámica docente contribuye a un estudio de esta rama del ordenamiento jurídico que toma como fundamento el hecho social sobre el que teóricamente se construye la norma laboral. De este modo el alumno se encuentra en disposición tanto de adquirir un conocimiento técnico como de acumular una capacidad de reflexión y crítica respecto de la regulación jurídica que del trabajo subordinado ha realizado el ordenamiento jurídico español. Por todo ello, en esta obra se incluye una parte importante de los materiales didácticos con los que habitualmente se trabaja en clase, correspondientes a la primera parte del Derecho del Trabajo: Concepto y formas de producción del Derecho del trabajo y su dimensión colectiva, lo que conocemos como Derecho Sindical y Colectivo del Trabajo. En su redacción y confección ha influido directamente el propio modo de desarrollo del trabajo docente que los dos responsables de la asignatura en la licenciatura de derecho de Ciudad Real, Antonio Baylos y Francisco J. Trillo, han ido llevando a cabo en su práctica didáctica, pero la concreta realización de los textos, su manejo y presentación se debe a la intervención de Laura Huete, becaria de colaboración con el área de derecho del trabajo y de la seguridad social y ahora ya sobresaliente licenciada en Derecho por esta misma Facultad. Los tres autores han trabajado unitariamente los textos y han debatido su presentación buscando ofrecer una propuesta atractiva de enseñanza para los estudios de derecho y de relaciones laborales tanto actuales como muy especialmente los que surjan del proceso de reforma de los planes de estudio que se está llevando a cabo en las diversas universidades españolas.
Con estos objetivos se presentan estos Materiales y Casos Prácticos de Derecho del Trabajo.

Ciudad Real, 13 de junio de 2008.
Antonio Baylos
Laura Huete
Francisco J. Trillo

Derecho del Trabajo, Historia, Fuentes y Derecho Sindical
ISBN 978-84-96721-58-6-
Formato 20x27 cm - 160 páginas - Editado 2008 - 15 Euros
INDICE DEL LIBRO
1. EL DERECHO DEL TRABAJO: SENTIDO, FUNCIÓN E IMPORTANCIA
2. NORMAS LABORALES: LAS FUENTES DEL DERECHO DEL TRABAJO
3. LA AUTONOMÍA COLECTIVA
4. EL DERECHO DE LIBERTAD SINDICAL. SINDICATOS Y ASOCIACIONES EMPRESARIALES
5. ORGANIZACIÓN Y ACCIÓN COLECTIVA DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA
6. NEGOCIACIÓN COLECTIVA. CONVENIOS COLECTIVOS ESTATUTARIOS Y EXTRAESTATUTARIOS
7. AUTOTUTELA COLECTIVA Y DERECHO DE HUELGA
8. MEDIDAS DE CONFLICTO COLECTIVO Y SOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS
9. CASOS DE SÍNTESIS


Y también, en la misma serie:

Derecho del Trabajo, Contrato Individual
ISBN 978-84-96721-69-2-
Colección Materiales Docentes - Formato 20x27 cm - 126 páginas - Editado 2009 - 15 Euros
INDICE DEL LIBRO
1. RELACIÓN LABORAL Y CONTRATO DE TRABAJO
2. EL EMPRESARIO Y LA EMPRESA
3. LA POSICIÓN CONTRACTUAL DEL EMPLEADOR
4. LA POSICIÓN CONTRACTUAL DEL TRABAJADOR
5. LA RETRIBUCIÓN DEL TRABAJO
6. MODIFICACIONES DEL CONTRATO DE TRABAJO
7. EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO. EL DESPIDO. EL DESPIDO DISCIPLINARIO
8. EL DESPIDO INDIVIDUAL POR CAUSAS OBJETIVAS Y EL DESPIDO COLECTIVO
9. OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN. LA FACULTAD RESOLUTORIA DEL TRABAJADOR
10. TUTELA DE LOS DERECHOS LABORALES
11. CASOS DE SÍNTESIS