lunes, 4 de abril de 2011

LA CONSTITUCIÓN QUE VIENE DEL FUTURO: HABLA UMBERTO ROMAGNOLI


Las manifestaciones en Italia que se han sucedido a partir del otoño de 2010 han reivindicado los ideales de dignidad y de igualdad presentes en la Constitución italiana, pisoteada y desdeñada por las fuerzas políticas que apoyan al gobierno de Berlusconi. En ámbitos mas moderados, pero igualmente reaccionarios, se afirma que la Constitución italiana "está obsoleta", anticuada o "demodée". Frente a ello, Umberto Romagnoli ha escrito una breve intervención que ha publicado Eguaglianza e Libertà en la que mantiene por el contrario el carácter hipermétrope de una constitución como la italiana que miraba de lejos y que hoy es plenamente actual y sus principios y valores imprescindibles. El texto en castellano lo ha traducido la Parapanda Translators Team y se publicará en exclusiva en la revista digital Insight en su número de abril. Este blog se ha apoderado del texto y lo hace público anticipadamente, confiando en no ser demandado judicialmente por Antonio Lettieri, el director de Insight.


LA CONSTITUCIÓN QUE VIENE DEL FUTURO

Umberto Romagnoli


Los italianos no habían visto nunca que un documento se relegitimara convirtiéndose en un cuento popular. Es posible que su sencillez expresiva haya facilitado el prodigioso evento. El texto constitucional no supera las treinta páginas, cada artículo se compone como media de tres párrafos, las frases no superan las veinte palabras y las palabras empleadas pertenecen normalmente a un vocabulario básico. Si, por las razones que diré en un momento, es razonable dudar de ello, permanece en cualquier caso el hecho que las doscientas palabras de la primera parte de la constitución no consiguieron alterar a una opinión pública a la que se había comunicado que la pretensión de la época de la post - Liberación de desfascistizar la normativa pre-existente debía ser rechazada porque estaba afectada por su maximalismo.


El argumento era sensato pero nada inocente. Es cierto que ni siquiera la derogación de las leyes puede provocar la inmediata disolución del clima cultural que ha fertilizado el terreno en el cual éstas hunden sus raíces. Sin embargo, era igualmente sensato imaginarse la desorientación que produciría la opción de exigir que la responsabilidad política de la desfascistización del ordenamiento la llevara a efecto el grupo de profesionales políticamente menos responsables y culturalmente más ligados al pasado, es decir, los jueces ordinarios, el juez de las leyes, el Tribunal Constitucional – que por lo demás no se constituiría hasta 1956 – y en general los operadores jurídicos.


Al contrario, la producción jurídica no situó en el centro de su atención la capacidad regulativa de la constitución, muchas normas de la cual – las mas innovadoras y cualificadas, situadas en la parte primera del documento – se definieron comúnmente como programáticas para poner de relieve la inidoneidad de éstas para incidir sobre la realidad de las relaciones entre las personas. Los expertos jurídicos en materia de trabajo no mostraron excesiva molestia en servirse de una normativa que, criminalizando el conflicto colectivo, secuestraba al sujeto sindical en el cono de sombra del derecho público y, en cuanto a las reglas del intercambio contractual entre retribución y trabajo, el código civil custodiaba la memoria de su privatización. Y, por su parte, la opinión pública acabó rápidamente por preguntarse si era necesario identificarse con los principios y con los valores de la constitución republicana desde el momento que, especialmente en materia de trabajo, los gobernantes no consideraban un obstáculo los retales normativos de un régimen derrumbado. La respuesta que se les sugirió, y que se dió, estaba alimentada por el prejuicio de que la constitución sólo contemplaba la forma de gobierno o poco más y que por ello no influía en el desarrollo y los resultados de los asuntos privados.


Ante todo en los de nivel micro. Con razón, la historiografía entiende que la constitución fue rescatada con la llegada del centro izquierda, en la primera mitad de los años 60. Sin embargo, es indudable que los resultados más significativos del deshielo constitucional fueron precedidos de un protagonismo de masas fundado en el objetivo unificador de adecuar praxis consolidadas al principio afirmado en el art. 3, primer párrafo, según el cual, “todos los ciudadanos tienen igual dignidad social”. En efecto, sin la imprevista aceleración del otoño caliente no habría existido el Estatuto de los Trabajadores de 1970, que se proponía derrotar la herejía jurídica que hacía del estado del empleo y de la profesión que se adquiría por contrato el prius y del estado de ciudadanía el posterius y, sin el impetuoso ascenso del movimiento feminista del decenio sucesivo, se habría continuado considerando el síndrome anti-igualitario que afecta a las sociedades organizadas por y para los hombres, si no un bien en si mismo, al menos su característica mas definitiva.


Por consiguiente, ahora que, como informan las crónicas, la constitución ocupa permanentemente la calle, cuesta imaginarse que habría podido suceder si hubiese procedido con la misma continuidad y la misma carga de agresividad desde el día de su promulgación, cómo habría crecido Italia y qué sería hoy. Es seguro que si el proyecto de sociedad elaborado por los padres constituyentes entre 1946 y 1947 no hubiese sido por tanto tiempo desconocido para la mayoría, incluso en edad adulta, y si su proceso de actuación hubiera podido contar con una participación popular menos episódica, el país sería mejor y desde luego diferente. Por el contrario, “la atmósfera en torno a la Constituyente – escribía en 1946 Piero Calamandrei en la revista Il Ponte – es brumosa, la gente ignora su actividad y se desinteresa de ella”.


Desde hace tiempo, no sólo resulta un consuelo decirse y decir a los demás que la nuestra es una constitución hipermétrope o con presbicia. Es realista entender que ha trazado con una buena aproximación el diseño de un mañana que el país real, no estando en condiciones de comprenderlo un poco por falta de preparación y un poco por los malos consejos que recibía, en lo inmediato no podía querer. A fin de cuentas, a los comunes mortales la constitución no les parecía un recurso del que tuvieran necesidad, porque lo que es urgente prevalece sistemáticamente sobre lo que es importante.


También los padres constituyentes, que no eran jacobinos, lo sabían, intuyendo que, en democracia, no es posible anticipar el futuro con acciones que no estén basadas en el consenso. Uno de ellos lo ha dicho abiertamente. Ha sido Vittorio Foa, quien, en el ensayo que recoge “las reflexiones de una vida”, su vida, celebra la apología del movimiento del caballo, como metáfora de un modelo de actuar tanto “en la política como en general en la vida”.


En el ajedrez, el caballo “parece la pieza más débil porque cubre como máximo ocho cuadros del tablero”, mientras que la torre puede llegar a cubrir catorce. En el pensamiento de Foa, torre y caballo simbolizan intransigencia y gradualidad. La torre “que procede en línea recta (…) va al ataque en un terreno impuesto”, mientras que el salto lateral del caballo que “traslada el ataque a un terreno diferente”, supera al adversario. La gradualidad, confiesa Foa, “me había parecido siempre timidez” e incluso, dado que la intransigencia lo ha acompañado una extensa parte de su recorrido, debía haberle parecido como una fastidiosa manifestación de pragmatismo de bajo nivel o hasta de oportunismo. “De viejo, sin embargo, me doy cuenta que a menudo es algo distinto”, y que “considerar a los otros y valorar la necesidad de su concurso en la acción y la aportación de la gente a esta requiere tiempo”.


Ahora bien, la gradualidad del proceso culminado en el encuentro actual de la constitución con la calle tiene algo que ver con el movimiento del caballo, porque estamos asistiendo a “la implicación del prójimo en la realización de un proyecto”. No obstante ello, no resulta sencillo establecer si es la constitución quien al final ha capturado a la calle o es la calle quien ha vuelto a descubrir el pathos por su cuenta, encontrando un inesperado apoyo a sus propias reivindicaciones en el texto constitucional.


En cualquier caso no resulta importante resolver esta duda. Antes bien, lo que cuenta es la certeza de que el hipermetropismo de la constitución no es necesariamente un defecto. A los padres constituyentes les ha permitido frecuentar el futuro, como Antonio Tabucchi sostiene que en un momento dado aprendió a hacer Pereira. De hecho me agrada pensar que los italianos han tomado la costumbre de autoconvocarse en la calle para abanderar venerables principios incluso sin saber que son los predilectos de la madre de todas las leyes. Por eso la prueba concluyente de la feliz culpa de los padres constituyentes reside justamente en esto: los principios de igualdad y de libertad de los que hoy se reclama su respeto y su aplicación son los mismos que una conciencia social ampliamente extendida volvería a escribir hoy si no hubiesen sido ya enunciados hace más de medio siglo. Hasta ahora, sin embargo, se pensaba que sólo los autores de ciertas novelas hacían decir a uno de sus personajes: te amaba antes de conocerte.



26-03-2011.

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